Si estás pensando en transferir tu casa pero necesitas tiempo para adquirir otra, la nota que te proponemos hoy puede ser de mucha utilidad. Aquí, te contaremos sobre algunos recursos que se establecen en la escritura pública que pueden darte un período de gracia, por medio del cuál puedes vender una vivienda y seguir viviendo en ella.

Este tipo de procedimientos es muy común. Se debe a que es muy habitual que sea necesario esperar a recibir el pago por la propiedad para obtener otra vivienda. Así, será necesario aclarar estos puntos para no tener problemas en el proceso. De esta forma, podrás recibir la totalidad del precio pactado o una gran parte de él, sin entregar la vivienda hasta que el plazo fijado sea cumplido.

En este post te contaremos todo respecto a esta modalidad que te permitirá vender una vivienda y seguir viviendo en ella. También te detallaremos las figuras legales que lo regulan. ¿Nos acompañas?

¿Cómo vender una vivienda y seguir viviendo en ella?

Ocurre con frecuencia que para poder cambiar de vivienda, sea por el motivo que fuere, el propietario necesite un período de tiempo una vez realizada la transacción para desalojar la propiedad. Para ello, dentro del pacto que figura en la escritura pública debe quedar debidamente establecido.

Se procederá a la venta como habitualmente se hace. La única diferencia es que en el documento quedará formalizado, ante el notario, el plazo máximo que tiene el vendedor para entregar al nuevo propietario las llaves de la vivienda.

En el caso de que por algún motivo el dueño original se retrase en dicha entrega, suele establecerse un monto de penalización por cada día que se demore este acto.

Otro de los puntos que deben quedar explícitos en la escritura tiene que ver con los gastos inherentes a la vivienda. Esto se debe a que, dependiendo del tiempo que se fije para entregar la llave, es posible que surjan impuestos o gastos que deberán afrontarse. Con estos datos, ambos participantes de la transacción sabrán los pagos que les corresponderán a cada uno.

Será importante también, que se revise la calificación jurídica en la que se contiene al vendedor en la escritura pública con el fin de evitar sorpresas.

Algunos conceptos importantes de tener presente

Suele suceder que a la hora de vender una vivienda, no tengamos muy en claro la diferencia que existe entre distintos conceptos. Dentro de la jerga inmobiliaria se utilizan palabras con las cuáles puedes no estar del todo familiarizado. Por ello, a continuación realizaremos algunas distinciones que te servirán para vender una vivienda y seguir viviendo en ella.

  • Posesión de una vivienda: este término hace referencia a la posibilidad de utilizar el inmueble. En este caso en particular, haría referencia al propietario que ha vendido su casa, pero que gozará de ella por el tiempo establecido en la escritura pública. Luego del plazo establecido, deberá hacer entrega de la llave al nuevo propietario.
  • Propiedad de la vivienda: en cuanto a la propiedad, es lo que una persona adquiere por medio de una transmisión u operación. Esto podría ser por medio de una venta, herencia o donación.

De esta forma podemos establecer que quien cuente con la posesión del bien en cuestión será el que pueda usarlo, mientras que el propietario, puede hacer uso de él siempre que no haya cedido su uso. También tendrá la potestad de realizar reformas o modificaciones en el inmueble.

Cuáles son las fórmulas legales con las cuáles es posible vender una vivienda y seguir viviendo en ella

Para poder vender una vivienda y seguir viviendo en ella, quien ha vendido el inmueble deberá acordar con el comprador el plazo de tiempo en el cuál continuará con la posesión del bien. Esto se debe a que el derecho de propiedad, al realizar la venta, será del nuevo titular.  Así, se realizarán los acuerdos teniendo en cuenta la regulación. Se fijará la fecha límite en la cuál el antiguo dueño hará entrega de las llaves definitivamente.

Existen distintas figuras jurídicas que se encargan de regular este tipo de acciones en las que el nuevo propietario cede su vivienda durante un periodo específico de tiempo. Para estos casos, suele utilizarse algunas de las siguientes:

Ocupación en concepto de precarista por consentimiento del propietario

Legalmente se recurre a ella cuando quien compra la vivienda decide aceptar ceder la utilización de su propiedad por otra persona. Esto, será sin realizar ningún tipo de contraprestación y sin recibir dinero por ella. En este caso, no suele establecerse una duración específica ni se aclara un uso concreto.

Un punto importante a recordar, es que esta figura, permite al propietario recuperar su vivienda en cualquier momento.

La ocupación en concepto de comodato por consentimiento del propietario

Esta figura, es utilizada para las situaciones en las que el antiguo propietario solicite vender la vivienda y seguir viviendo en ella durante un periodo de tiempo determinado. No deberá pagar una renta por ello y deberá fijarse un uso concreto, además de un plazo específico de tiempo. Al establecer el tiempo de duración, suele fijarse un plazo largo que sea posible de acordar.

Otro punto importante es que puede acordarse de que el antiguo propietario se haga cargo de determinados gastos. Entre ellos, estarán los necesarios para el uso y conservación de la vivienda que ha sido prestada.

¿Es posible establecer ese plazo como arrendamiento?

En el caso de considerar utilizar la figura del arrendamiento, debemos decir que es un riesgo para el nuevo propietario. Es que, es posible que luego de realizar el pago acordado, el antiguo propietario decida extender el alquiler de la vivienda. Así, podría durar esta renta por 5 años, ya que la regulación legal,  expresa que no puede ser contravenida ni por acuerdo expreso entre las partes. Debido a ello, podría ser sancionado como nulo el pacto, por ir contra la ley y las prórrogas establecidas en ellas,

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Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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