Al heredar una propiedad en España, uno de los motivos más comunes por los que se decide ponerla a la venta está relacionado a los gastos que genera. Hablamos de la liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, la Plusvalía, los costes de la Notaría y los del Registro de la Propiedad. Asimismo, puede suceder que quienes reciban la sucesión consideren más beneficioso disponer del dinero líquido en vez de un inmueble, para reinvertirlo. En este paso a paso para vender un piso heredado se integran los principales interrogantes de cómo realizar la transacción.

Si has heredado una propiedad y estas deseando venderla estas en el lugar indicado. En este post te contaremos los pormenores respecto a cómo llevar adelante el proceso de manera detallada y precisa. ¡Sigue leyendo!

¿Cuál es la importancia de aceptar o rechazar una herencia?

Antes de dar comienzo a la explicación minuciosa de cada uno de los pasos para vender un piso heredado que se deben llevar a cabo, es preciso detenernos unos minutos en la importancia de aceptar o renunciar a una herencia.

De hecho, resultan de gran importancia por su carácter de irrevocabilidad. Es decir, que una vez que se asume la decisión no podrá modificarse ni anularse.

Por lo tanto, ante la aceptación de una herencia existe la posibilidad de que con ella también se acepten las obligaciones que los bienes en sucesión cargan. Uno de los principales factores por los cuales los herederos evalúan ventajas y desventajas de ambas opciones.

En este contexto, en territorio español, el Código Civil otorga el llamado derecho a deliberar para las personas implicadas en una herencia. Se trata de la posibilidad de no pronunciarse de manera inmediata a la aceptación de la sucesión. Es decir, que puedan esperar el inventario final de cuáles son los bienes y obligaciones que el fallecido dejó como masa hereditaria.  

Este derecho a deliberar les posibilita a los herederos un plazo de 30 días para expresar su decisión una vez presentado el inventario. En el caso de no pronunciamiento, la normativa lo toma como una aceptación sin condiciones.

Pasos para vender un piso heredado

Una vez que se tenga en claro la decisión con respecto a la aceptación o no de lo bienes de la herencia, es momento de conocer los pasos para vender un piso heredado individualmente o entre varias personas. Entre ellos, la acción anteriormente mencionada.

Ahora si, veamos detalladamente cada una de las gestiones que se deberán llevar adelante para que el proceso de compraventa de un inmueble en sucesión por fallecimiento sea exitoso y sin demasiadas complicaciones.

Reunir la documentación necesaria

Aceptar la herencia

Liquidar todos los impuestos correspondientes

Inscribir el piso en el Registro de la Propiedad

Poner el piso a la venta

Pagar impuestos y gastos de la operación de compraventa

A continuación, especificaremos que integra cada uno de estos pasos para vender un piso heredado, así como también las condiciones en relación a la existencia o no de testamento, si hay uno o varios herederos, etc.

Documentación necesaria para vender un piso heredado

Entre los documentos que se deben recopilar para poder vender un piso heredado se encuentran los siguientes:

Certificado de defunción:

Se trata de un documento que es gratuito y se lo solicita en el Registro Civil de la localidad en al cual falleció el causante.

Este trámite puede demorar entre dos y quince días. Este dependiendo de la dinámica de cada registro.

Los requisitos para poder gestionar el certificado de defunción serán: el nombre y apellido del fallecido, su DNI, número de tomo y folio correspondiente a la inscripción del deceso.

Certificado de últimas voluntades

Se trata de un documento que certifica si la persona fallecida dejó a disposición un testamento y en que notaría. Es una gestión que cuesta casi 4 euros y se lo solicita en una sucursal del Ministerio de Justicia en la modalidad presencial o por teléfono.

El trámite de la gestión puede tardar hasta diez días hábiles y debe ser solicitado pasados los 15 días del fallecimiento del causante. Por último, los requisitos para su gestión serán: la presentación del modelo 790, el pago de la tasa correspondiente y el certificado de defunción (original).

Copia autorizada del testamento

Si la persona fallecida ha deja a sus últimas voluntades en un testamento se deberá presentar la copia autorizada del mismo. El precio del mismo dependerá de la cantidad de folios que tenga y el tiempo que lleva hecho, es decir, su antigüedad.

Se trata de un documento que debe ser solicitado al notario autorizado que acredita el certificado de últimas voluntades. Por ello, el tiempo que pueda tardar en salir dependerá de cada notaría. No obstante, en la mayoría de los casos no suele demorar más que una semana.

Y con respecto a los requisitos para su solicitud, solo se necesitará del certificado de últimas voluntades.

Aceptar de la herencia 

Como mencionamos al principio de la nota, aceptación de la herencia es un paso sumamente importante porque es una acción que no puede ser revocada. Con la disposición del derecho a deliberar se podrá esperar al inventario final para tomar la decisión. Una vez llegado el momento, surgirán los interrogantes más comunes como: ¿existe o no testamento? ¿Cuántos herederos hay? etc.

Dependiendo de cómo se respondan dichas preguntas será el modo de proseguir, que pueden ser de dos maneras diferentes.

Herencia con testamento

Si este es el caso, se deberá llevar adelante el inventario de bienes y obligaciones de la persona fallecida. En esta gestión se incluyen todos los datos de los bienes inmuebles parte de la sucesión, los saldos en cuentas bancarias, seguros de vida y las obligaciones correspondientes. Es decir, las deudas.

A su vez, se debe llevar adelante la escritura de partición o el cuaderno particional. En este documento debe integrarse todos los datos de cada uno de los herederos. Asimismo, se especifica el modo de reparto de la masa hereditaria según figura en el testamento del causante.

Para aquellos casos en los cuales solo existe un heredero, solo se requerirá el redactado de un documento el cual acredite, mediante firma de notario, la aceptación de la herencia. Por lo tanto, no se requerirá la realización de la escritura de partición.

Herencia sin testamento

Otra circunstancia es cuando ante el fallecimiento de una persona no se registra la existencia de un testamento. Para estas situaciones, un notario deberá determinar según lo especifica la ley quienes serán los herederos.

Si este resulta el caso, cada uno de los implicados deberá demostrar el grado de parentesco con el causante mediante la presentación del libro de familia, certificado de nacimiento o de matrimonio. Una vez recolectado dicha documentación se deberá firmar ante notario:

El acta de declaración de herederos

Se trata de un documento que para su realización necesita la presencia de dos testigos, por heredero, que hayan sido conocidos de la persona fallecida.  Dichas personas deberán testificar que fehacientemente se trata de un heredero legítimo.

Este documento puede tener un coste entre 250 y 300 euros, aproximadamente. A lo que se le debe sumar el IVA. No obstante, el coste de la declaración de herederos dependerá de la cantidad de personas intervengan en la herencia y la amplitud de la masa hereditaria. Una vez que se lleva adelante la firma y se gestiona el acta, la resolución para conocer quiénes son los herederos saldrá en aproximadamente los próximo 20 días hábiles.

Escritura de partición de la herencia

Ante la solicitud de la declaración de herederos, el notario tendrá que realizar el inventario de la masa hereditaria del causante. Una vez realizado el inventario, deberá realizar la escritura de partición en la cual incluya los datos de todos los herederos legítimos y el modo en que serán repartido los bienes.

¿Cómo se reparte un piso heredado si uno de las partes no quiere aceptarla?

Para los casos en los cuales uno de los herederos no quiera aceptar su parte de la herencia, el resto de los protagonistas tendrán la posibilidad de acudir a un notario para que se le haga llegar un acta de notificación.

A partir del momento en el cual la persona que no desea la aceptación de la herencia, tendrá 30 días naturales para tomar la decisión y manifestarla. En los casos en los cuales no se reciba una respuesta en dicho lapso, se determinará que se ha aceptado la parte por defecto.

Por otra parte, si uno de los herederos no quiere participar de la herencia, puede realizar su aceptación, y antes de la repartición de bienes, vender su derecho a recibirla a un tercero.

Inscripción para vender el piso heredado en el Registro de la Propiedad

Como cualquier inscripción de una vivienda en el Registro de la Propiedad, la de un piso heredado no es obligatorio. No obstante, es un paso de suma importancia y muy recomendado. Llevar adelante el registro de una propiedad otorga seguridad al momento de ofrecerla y brinda la posibilidad de conseguir comprador de manera más rápido.

El procedimiento de inscribir incluye la titularidad de la propiedad, cada una de las características de la misma, las carga que pueda llegar a tener. Por lo tanto, resulta una herramienta utilizada por los interesados en comprar el inmueble para verificar cada uno de los datos: titularidad, distribución de la vivienda, posibles embargos, etc.

Poner a la venta la propiedad heredada

Luego de llevar adelante la inscripción de la propiedad en el registro correspondiente, el piso heredado se encuentra en condiciones para realizar su tasación y publicarlo en el mercado.

Una vez que este realizado dicho paso, solo resta seguir las acciones convencionales para lograr la venta exitosa de una vivienda.

No obstante, para vender un piso heredado hay que tener ciertos aspectos que no son considerados al momento de poner a la venta una vivienda convencional. En este sentido, resulta de gran importancia tener presente si la vivienda tiene algún tipo de carga hipotecaria, si son varios herederos que todos están de acuerdo, etc.

Para ello se recomienda el asesoramiento de un experto en la materia para poder llevar adelante la tramitación, tanto de la herencia como el de la venta.

¿Cómo proceder si la vivienda a heredar tiene una hipoteca en vigencia?

Una de las situaciones ante las cuales se puede ver sujeta la operación de vender un piso heredado es que el mismo tenga en vigencia el pago de una hipoteca. Ante esta circunstancia existe la posibilidad que se presenten dos escenarios posibles:

Que el causante tenga un seguro de vida vinculado a la hipoteca pendiente. Para estos casos, en muchas ocasiones, este tipo de seguro cubren la deuda ante el fallecimiento del titular. Si este es el caso, quien llevará a cabo las operaciones pertinentes será la aseguradora. Es decir, será quién le pagará al banco de manera tal que al momento de recibir la herencia la propiedad esté libre de cargas. 

Que la persona fallecida no haya realizado la contratación de un seguro de vida. O, en caso de tenerlo, no este vinculado al crédito hipotecario. Ante esta situación es posible la elección de dos alternativas.

  • Conservar la propiedad mediante la cancelación o pago del acuerdo hipotecario. Es decir, pagar la totalidad de crédito o cambiar la titularidad del mismo y asumir la deuda. En estos casos hablamos de una subrogación hipotecaria. Este procedimiento se encuentra sujeto a la aprobación de la entidad bancaria
  • Otra opción es aceptar la herencia a beneficio de inventario. Hablamos de separar todo el patrimonio personal del heredero de aquel que se hereda. Como resultado, es posible aceptar la herencia sin que ello implique responder con los bienes propios la deuda del fallecido. Es decir, las obligaciones vinculadas a la sesión serán liquidadas con la masa hereditaria en juego. Esto significa que: si se hereda un inmueble con crédito hipotecario pendiente, el mismo deberá ser vendido para amortizar el préstamo. En caso de sobrante, esa diferencia será lo que se recibirá. Si es la opción elegida, antes del inicio de todo el proceso, se debe notificar al notario de la misma,

Un detalle muy importe a tener presente, es una tercera situación que puede presentarse. Se trata de que la hipoteca ya se encuentre liquidada. No obstante, en el Registro puede aparecer como que aún no se ha cancelado el préstamo. Ante esta circunstancia, será necesario llevar adelante la cancelación registral.

¿Es posible vender un piso heredado si una de las partes no quiere hacerlo?

Para los casos en los cuales se quiere vender un piso heredado y una de las partes se niega a hacerlo hay tres posibles resoluciones. Hablamos de la extinción de condominio, la venta proindiviso y la división de la cosa común.

Cada una de estas alternativas significará una demora en la concreción de la venta y, en consecuencia, una perdida en relación a la rentabilidad de la operación. Por lo tanto, la mayor recomendación es poder llegar a un acuerdo con la parte negada y con el resto antes de poner tomar la decisión de vender la propiedad.

A continuación, te detallamos de manera resumida de que se trata cada una de estas alternativas legales.

Extinción de condominio

Se trata del proceso legal tras el cual se lleva adelante la división de una bien común. A raíz de ello, cuando se heredan bien en conjunto, indivisibles o enteros, cualquiera de los participantes de la sucesión está en condiciones de solicitar la división y así terminar con el condominio.

No podrá dividirse el bien común cuando hacerla implique inutilidad en el uso al cual se lo destina una vez realizada. Esta situación es de gran frecuencia ya que, en la general, el bien que más heredan de manera conjunta determinadas personas es una vivienda.

En estos casos, se puede adjudicar la vivienda en su totalidad a uno de los herederos. El resto deberá recibir de dicha parte el porcentaje que le corresponde de la vivienda. En este sentido, habrá que realizar una escritura pública de extinción de condominio y adjudicación e la vivienda.

Otra opción, es vender la propiedad a un tercero y luego repartir entre los herederos el monto que le corresponda a cada uno según testamento o declaración de herederos. En esta ocasión también habrá que otorgar escritura de compraventa.

Y, por último, para los casos en los cuales no se logra la unanimidad en la decisión de vender un piso heredado se deberá comenzar un proceso judicial de división de la cosa común.

Vender pro-indiviso

Como en el punto anterior, hablamos de una cosa común que se comparte. Es decir, cada parte es dueña de un proporcional del total del bien. En el caso de proindiviso hablamos de una copropiedad. Y las herencias proindiviso son aquellas en las cuales aún no se ha realizado la partición.

La mejor opción para repartir un bien común de esta índole es llegando un acuerdo entre, en este caso, los herederos. Tasar la vivienda, venderla y dividir el dinero. En caso contrario, acudir a la vía judicial.

Además, si no se llega a un acuerdo, la parte que desea vender puede acudir a un tercero a quién venderle esa parte del bien común. Se trata de un proceso igual que cuando se vende la totalidad de una propiedad. Es decir, se debe legalizar mediante notario.

El precio de la parte dependerá del porcentaje que le corresponde al copropietario que vende, la totalidad del resto de los titulares y el estado en que se encuentre el inmueble.

Impuestos por vender un piso heredado:

Tanto la obtención de bienes inmuebles por una herencia como la venta de este tipo de activos están sujetas a impuestos. Algunos de ellos son recaudados directamente por el Ministerio de Hacienda, otros, por cada municipio. Si bien no son una gran cantidad, la mayoría de los herederos tienen dudas acerca de cuáles son y cuándo deben pagarlos. En primer lugar, será necesario diferenciar entre estas dos etapas: la sucesión y la venta.

Los impuestos que se deben pagar por vender un bien inmueble que fue obtenido por una herencia son tres:

  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
  • Plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

Sin embargo, no se tributa por todos ellos en el mismo momento. Algunos de estos impuestos deben ser abonados antes de llevar a cabo la venta de la vivienda y otros, una vez que se haya concretado la compraventa.  Te explicaremos cada instancia.

Al iniciar el proceso de venta

Antes de iniciar el proceso de venta de un inmueble obtenido por herencia hay tres pasos de los cuales no se puede prescindir o que es altamente recomendable seguir:

  • Realizar la aceptación formal de la herencia.
  • Tributar en los impuestos correspondientes a la recepción de una herencia.
  • Inscribir la vivienda en el Registro Público de la Propiedad.

Debes saber que en esta instancia, solo deberás abonar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD). Cabe mencionar que los herederos deben tributar por él siempre, sin importar si luego venden la vivienda o no.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)

Este es el impuesto gravará las transmisiones de bienes o derechos a título gratuito. Estas pueden darse por una sucesión, derivada del fallecimiento de una persona, o por una donación realizada en vida.

  • ¿Dónde pagarlo?: En la delegación de Hacienda correspondiente a la Comunidad Autónoma en donde el causante de la herencia residía de manera habitual.
  • ¿Cuándo pagarlo?: Dentro de los seis meses posteriores al fallecimiento del causante. Es posible solicitar una prórroga de seis meses más en caso de no poder abonarlo en ese momento.
  • ¿Cuánto pagar por él?: El monto a pagar por este impuesto dependerá del valor del inmueble y el resto de los bienes heredados. También del grado de parentesco entre el causante y sus herederos, el coeficiente multiplicador y las determinaciones de cada Comunidad. La realidad es que la mayoría de ellas aplican importantes bonificaciones e, incluso, exenciones para este tributo.

Impuestos que se deben pagar después de vender un piso heredado

Una vez que se ha realizado la aceptación formal de la herencia, se ha tributado en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD) y se ha inscripto la vivienda en el Registro Público de la Propiedad, los pasos a seguir son los siguientes:

  • Iniciar el proceso de venta del inmueble.
  • Concretar la compraventa.
  • Tributar en los impuestos correspondientes a la venta de un piso.

Esto quiere decir que deberás en este momento del trámite, realizar el pago de dos impuestos: el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) o plusvalía municipal. Es importante aclarar que el vendedor de una vivienda debe tributar en ellos en cualquier operación de compraventa, sin importar si la propiedad en cuestión es heredada o no.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Es el impuesto que se encarga de gravar el incremento de valor que el patrimonio de una persona física experimentó en el lapso de un año.

  • ¿Dónde pagarlo?: La declaración de la renta de cada heredero puede ser confeccionada y presentada en la oficina del Ministerio de Hacienda más cercana a sus domicilios. También puede realizarse a través de la web de este organismo o por vía telefónica.
  • ¿Cuándo pagarlo?: Dentro del período que Hacienda determina cada año para presentar la declaración de la renta y que suele ser entre abril y junio. Los herederos deberán declarar el inmueble y el resto de los bienes recibidos en el año siguiente al fallecimiento del causante. 
  • ¿Cuánto pagar por él?: El monto a pagar dependerá de si la venta del piso heredado significó un incremento patrimonial para los herederos o no.

Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

Si bien este es su nombre correcto, se lo conoce más comúnmente como plusvalía municipal. Es un impuesto municipal que se encarga de gravar el aumento que el valor de una vivienda experimentó entre el momento de su adquisición y el momento de su transmisión.

  • ¿Dónde pagarlo?: En las oficinas del ayuntamiento correspondientes al municipio en donde se encuentra el inmueble vendido.
  • ¿Cuándo pagarlo?: Dentro de los seis meses posteriores a la venta de la vivienda heredada. 
  • ¿Cuánto pagar por él?: El monto a pagar por este impuesto dependerá no solo del precio real del piso sino también de su valor catastral, de la cantidad de años que hayan transcurrido entre la adquisición y la venta y de los coeficientes determinados por cada municipio.

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Desde Oi Real Estate, esperamos que esta información haya sido útil. Si te has quedado con alguna duda o consulta, no dudes en comunicarte con nosotros. Deja tu mensaje en los comentarios y te responderemos a la brevedad.

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