Si tenemos en cuenta que más de la mitad de las finanzas municipales dependen del recibo del IBI, los intereses que ocultan el pago de este impuesto merecen una especial atención. Más aún, en un momento en que la recuperación económica y el nuevo ciclo inmobiliario parecen animar a la revisión del valor catastral de los inmuebles.

Todo dueño de una propiedad residencial en España está obligado al pago de ciertos impuestos. Como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) o el pago de la plusvalía, en caso de venta con ganancia patrimonial.

Se trata de tributos que toman como referencia el valor catastral de un inmueble para calcular en qué proporción contribuye cada ciudadano a las arcas públicas.

Y aunque ésta valoración no se actualiza anualmente, la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2018 trajo consigo una reforma de la legislación catastral. Medida justificada con el objetivo de adaptar el catastro al precio de mercado de la vivienda.

Sin embargo, surgen dudas en relación al impacto que un impuesto como el IBI puede tener en la evolución de los precios de cada municipio. ¿Existe una relación directa entre ambos valores? ¿Qué municipios experimentarán mayores incrementos?

Estas son solo algunas de las preguntas que asaltan a compradores, vendedores y profesionales. Aspectos que Oi Realtor, la agencia inmobiliaria de lujo, tratará de resolver.

Jugada maestra de Hacienda en los PGE 2018

Los PGE de 2018 han incorporado, en la disposición final 18ª, una reforma de la ley del catastro que puede tener repercusión fiscal para miles de ciudadanos.

Esta modificación de la norma pretende que el catastro recoja los valores de mercado de las propiedades. A pesar de todas las revisiones periódicas que ha ido actualizando el catastro.

Actualización periódica del valor catastral de los inmuebles

Ciertamente, hasta la fecha, el valor otorgado a los inmuebles siempre ha estado bastante por debajo del precio real de mercado. Aunque no deja de resultar inquietante que los valores se actualicen justo cuando los precio de las casas encadenan un incremento tras otro.

El catastro es el importe de referencia para diversos impuestos, como el IBI. De hecho, la base imponible del tributo se constituye a partir del valor catastral de los inmuebles. Aunque los ayuntamientos pueden realizar bonificaciones.

Otro impuesto afectado es el relativo al incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. La popular plusvalía municipal que se abona al vender una vivienda. Cuya base imponible resulta de la aplicación del porcentaje aplicado por el ayuntamiento en relación al valor del catastro.

Así mismo, el valor catastral también puede afectar al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Exceptuando la residencia habitual. La revisión del catastro afecta a otras propiedades a las que se imputa un porcentaje del valor de los inmuebles. Del 2%, con carácter general, al 1,1% en localidades donde se ha revisado en la última década. Sin olvidar el impacto indirecto sobre el Impuesto de Sucesiones y Transmisiones Patrimoniales o el Impuesto sobre el Patrimonio.

Del precios al valor catastral de los inmuebles

Del mismo modo que existen grandes diferencias entre el precio de la vivienda de unas y otras ciudades o regiones, también hay enormes diferencias en el pago del IBI. En función del municipio de cada inmueble.

Sin embargo, uno y otro valor parecen no tener mucha relación. De hecho, las cinco ciudades con la viviendas más caras (Barcelona, San Sebastián, Madrid, Bilbao y Palma de Mallorca) no destacan por tener la mayor carga fiscal de toda España. Según Kelisto.es.

Es más, las capitales de Guipúzcoa cuenta con una de las tributaciones a la vivienda más bajas (48 euros). Mientras que Soria cuenta con el IBI más alto (152 euros). Muy por encima de la media nacional (89 euros).

Mientras que, por otro lado, el precio de la vivienda en la capital castellana no es precisamente de los más altos. Con apenas 1.200 euros por metro cuadrado. Frente a Barcelona (3.281 €/m²) y San Sebastián (3.262 €/m²). Según datos de Tinsa. para el segundo trimestre de 2018.

¿Qué se tiene en cuenta para el cálculo del IBI?

Existen diferentes variables para el cálculo del importe del IBI en España.

Por un lado el valor catastral del terreno. Donde se recoge tanto el precio del suelo como el de la finca. Además del valor catastral de los inmuebles existentes en el edificio.

Cada diez años, los ayuntamientos actualizan la valoración colectiva con carácter general. Para ajustar los valores a los precios de mercado. El nuevo importe se puede consultar tanto en el catastro como en el nuevo recibo del IBI. Resultando una cuota diferente en función del tipo de inmueble.

Si se trata de un inmueble urbano, al valor catastral de la propiedad se le aplicará un coeficiente del 0,4% al 1,1%. Mientras que para propiedades rústicas, el coeficiente se mueve entre el 0,3% y el 0,9%.

Aplicar uno u otro baremo depende de cada municipio concreto. De hecho, a partir de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, los ayuntamiento pueden aplicar diferentes porcentajes según diversas circunstancias:

2,6 millones de inmuebles mal declarados

Más allá de la revisión periódica, la Dirección General del Catastro realiza un seguimientos concretos.

Con el objetivo de adaptar los valores catastrales al mercado de la vivienda, María Jesús Montero (ministra de Hacienda) quiere que el proceso de revisión de inmuebles mal declarados se haga de manera continua. Intentando ‘cazar’ a todos aquellos vecinos que no regularizan mejoras ampliaciones en su vivienda.

En el último año, Hacienda revisó 63,3 millones de inmuebles repartidos por todo el territorio nacional. Localizando 2,6 millones de propiedades mal declaradas.

Córdoba es la provincia con mayor número de propiedades regularizadas (9,2% del total). Superando a Baleares (8%), Melilla (7,8%) y Ciudad Real (7,6%).

Un proceso que comienza con una multa de Hacienda por un importe de 60 euros y que culmina con el siguiente recibo del IBI.

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