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Los estatutos de la comunidad de vecinos son documentos en los que se deja explícitamente asentado cuáles son los derechos y deberes de todos los propietarios que componen la comunidad. En este artículo te contaremos todo lo que necesitas saber sobre ellos, para qué sirven, donde es posible consultarlos y mucho más. ¿Nos acompañas?

Los estatutos y la comunidad de vecinos

Primero que nada, antes de abordar el tema en cuestión, sería interesante que podamos dejar en claro a que nos referimos al hablar de una comunidad de propietarios. Esta entidad no tiene personería. Por ello, a la hora de funcionar debe hacerlo como si fuera una empresa o persona jurídica. Pese a lo cuál, debemos dejar en claro que no tienen una personería jurídica propia.

Esta situación particular que que regula a a propietarios de un conjuntos de viviendas, permite que puedan contar con estatutos de la comunidad de vecinos. Estos son documentos internos, en los que se establecen tanto los derechos como los deberes de cada uno de los propietarios que lo conforman.

Allí se vuelcan todas las normas de convivencia y no creo que haga falta la aclaración, pero por las dudas, son de obligatorio cumplimiento.

Debido a este punto, a la hora de redactarlo, es necesario que todos los propietarios de la comunidad estén de acuerdo con su aprobación. Así, cada uno de los titulares que la conforman contarán con los mismos derechos y obligaciones que los demás integrantes.

Un punto importante a destacar sobre los estatutos de la comunidad de vecinos, es que no existe un formato que se pueda o deba utilizar para ello. Lo normal es que todos los vecinos puedan establecer estas normas. Tengamos en cuenta que son las que ayudarán a una buena convivencia durante el tiempo en el que habiten dicho inmueble. Por ello la importancia del acuerdo entre todos.

En el caso de que alguno de los propietarios incumpla alguna de las normas que se han fijado en los estatutos de la comunidad de vecinos, le da luz verde a la comunidad para iniciar acciones judiciales.

No todas las comunidades tienen estatutos de la comunidad de vecinos

Un primer punto que tenemos que tener presente es que los estatutos de la comunidad de vecinos no se encuentran regulados por ninguna legislación. Lo más cercano que podemos encontrar, es la Ley de Propiedad Horizontal. Es que es allí donde se puede saber de que forma debe realizarse. Por lo tanto no existe ninguna ley ni documento donde se fije que es obligatorio que lo posean.

Si, por otro lado, la comunidad decidiera que quiere tener un estatuto de vecinos, para hacerlo, deberá basarse o tener en cuenta los artículos 5,6 y 17. Pero veamos un poco de que tratan cada uno

En el artículo 6, se hace referencia a que es posible generar un acuerdo de normas de convivencia de régimen interior. Siempre y cuando esto se encuentre enmarcado en los límites de los estatutos. En el 17, por otro lado, se declara que cada comunidad puede decidir si generar un estatuto para la comunidad de vecinos.

Teniendo en cuesta estos dos puntos, podemos decir que aquellas comunidades que hayan decidido regirse por un estatuto, pueden hacerlo, aunque no es obligatorio hacerlo.

Cómo pueden las comunidades crear sus estatutos de la comunidad de vecinos

Si bien no existe la obligatoriedad de generar los estatutos de la comunidad de vecinos, muchas veces ayuda a mantener la paz y el orden entre los vecinos. De esta forma la convivencia puede ser más llevadera, principalmente cuando hay espacios comunes que regular.

Lo primero que debes saber es que para que pueda ser aprobada, se necesita que todos los propietarios, por unanimidad estén de acuerdo en sus puntos. Por ello, es necesario que primero se analicen cuáles son las necesidades y expectativas.

Contar con asesoramiento profesional puede ser muy útil. Para ello, puedes consultar con el administrador de fincas. Es que ellos tienen experiencia para poder adaptar la redacción del estatuto de la comunidad de vecinos a la legislación de la Ley de Propiedad Horizontal.

Cuando el escrito se encuentra terminado, será necesario realizar una Junta Extraordinaria en la que se deberá votar dicho documento. Cabe aclarar que es obligatorio que se convoque a los propietarios específicamente para ello.

En el caso de que no se logre la unanimidad requerida, debes saber que podrás adaptar o modificar los textos para poder cambiar los votos negativos, siempre que los demás propietarios estén de acuerdo.

Si, por el contrario, la votación es favorable y con un resultado unánime, cada uno de los propietarios deberá firmarla. Podría realizarse por medio de la firma electrónica para poder agilizar los trámites y evitar que ellos generen inconvenientes para los firmantes.

Para que tenga validez legal, debes saber que luego de la firma y aprobación, será necesario que se inscriba en el Registro de la Propiedad.

¿Es posible modificar los estatutos una vez efectuados?

Una duda importante que suele surgir sobre los estatutos de la comunidad de vecinos, tiene que ver si es posible modificarlas en caso de que los propietarios lo requieran. Esto puede suceder, por ejemplo en el caso de nuevas necesidades.

Esta posibilidad se encuentra abordada en la Ley de Propiedad Horizontal. Allí se explican cuáles son los pasos a seguir para ello.

  • Lo primero que debe hacerse, es un texto en el que se presentan los puntos que se quieren modificar del estatuto.
  • Una vez concluido esto, se debe convocar a la Junta de Propietarios. Ten presente que debe ser para el exclusivo tratamiento de este tema, y que nuevamente, deberá ser aprobada por unanimidad.
  • Al haber obtenido los votos requeridos, se realizará un Acta que será incluida en el Libro de Actas de la Comunidad luego de que la haya firmada el presidente y el secretario de la misma.
  • Cuando el acta esté terminada, será enviada a todos los propietarios como comunicación oficial. Si existen vecinos que no hayan participado de la junta, deba también comunicarse por correo certificado. Estos titulares de las viviendas, tendrán un plazo de 30 días desde el momento en que han recibido la comunicación para mostrar su disconformidad.
  • Si ningún propietario objeta luego de finalizado ese período de tiempo, es posible iniciar la tramitación de la modificación. Se debe acudir a una notaria para elevar a público el acuerdo que se ha modificado. Por último, debe llevarse al Registro de la Propiedad para su incorporación.

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Hoy en día, el problema del acceso a la vivienda es grave en la mayoría de los municipios, principalmente los que tienen mucha demanda y poca oferta. Por este motivo, puede suceder que una comunidad piense en la posibilidad de convertir una garaje en vivienda. En este momento, la pregunta que surge, es si es posible y, en el caso de que sea así, de qué manera debería realizarse.

Lo primero que debes tener claro es que para poder convertir un garaje en vivienda, deberán cumplirse una serie de requisitos. En caso de poder cumplirlos a todos, será posible dar un nuevo uso a este espacio.

En este post te contaremos todo lo que necesitas saber sobre la posibilidad de convertir un garaje en vivienda en una comunidad ¿Nos acompañas?

Se puede convertir un garaje en vivienda en una comunidad

En el caso de que se esté pensando en la posibilidad de convertir un garaje en vivienda, hay una serie de requisitos que cumplimentar. Uno de los que a veces conlleva mayor complejidad, tiene que ver con obtener la aprobación de la comunidad para ello.

Es que como decíamos, puede ser una muy buena opción a la hora de dar un nuevo uso para los garajes, por ejemplo, que muchas veces pueden no ser necesarios. Además, cada vez son más los proyectos en los que se intenta realizar reformas que permitan dar un nuevo uso a los inmuebles.

En esta línea, que son muchos los propietarios que piensan en la posibilidad de convertir un garaje en una vivienda. Pero para ello, debes saber que será necesario cumplimentar cada uno de los límites legales que se fijan para cualquier otro inmueble.

Cuando el proyecto lo realiza un propietario en su espacio, esto significa que la vivienda no se encuentre en conjunto con una comunidad, existe un punto menos que realizar. Tiene que ver con lograr que el plan cuente con la aprobación de la comunidad de propietarios. Debes tener en claro que es posible que ellos se nieguen y todo quede en la nada. Por lo que quizás lo mejor sería iniciar con este punto antes de invertir dinero en algo que podría quedarse en solo una idea.

Aspectos que debes tener en cuenta antes de iniciar la obra

Si estás pensando en realizar cambios en tu vivienda y ésta se encuentra dentro de una comunidad, tendrás un escollo más antes de iniciar. Esto tiene que ver con averiguar si es posible realizarlo y conseguir la aprobación para ello.

Otro de los puntos, es si es posible cumplir con las condiciones de habitabilidad de que la normativa exige. Es que debes recordar que no siempre es posible este tipo de obras y menos si lo que buscas es convertir un garaje en una vivienda. Para ello existen determinadas características y tamaños que pueden ser un problema para ello.

En este caso, lo mejor que puedes hacer es acercarte a un profesional, como puede ser un arquitecto, que sepa cual es la normativa. Recuerda, además, que pueden existir diferencias en las leyes de casa Comunidad o municipio. Allí se fijan las características que debe tener para poder ser considerada como una vivienda.

¿Puede la comunidad negarse a que se realice el proyecto de convertir un garaje en vivienda?

En el caso de que estés pensando en realizar el proyecto de convertir un garaje en vivienda, debes saber que si se encuentra integrado en una comunidad de propietarios, muchas veces puede haber prohibiciones o limitaciones para llevarlo adelante.

Para estar seguro de ello, debes verificar el título constitutivo de la comunidad y sus estatutos. Es allí donde generalmente estas cuestiones están establecidas. Puede ser que allí, se diga que no esta permitido realizar cambios de usos en los inmuebles que lo componen. En este caso tu proyecto quedará trunco. Es que para poder modificar esto, será necesario que todos los propietarios de la comuna estén de acuerdo con el proyecto que quieras realizar, o sea por unanimidad.

Otros de los lugares en los que suele aparecer este asunto, es en el estatuto o título constitutivo. Ten presente que puede que no lo prohíban sino que se encarguen de limitar o acotar esta opción.

En este caso, lo que te recomendamos es que puedas averiguar cuáles son las limitaciones que allí se establecen para saber si dentro de los requisitos, será viable o no.

Es posible que la comunidad no pueda negarse a llevar adelante el proyecto

Un punto que debes saber es que existen casos en los que la comunidad no podrá negarse a que el proyecto siga adelante. Esto sucederá cuando no se haya firmado una prohibición expresa o incluso una limitación respecto al cambio de uso que se pueda efectuar de los inmuebles que lo conforman.

Esto tiene que ver con el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal. Debemos tener presente que es la regulación que se encarga de marcar las normas en este tipo de casos. Allí se expresa que quien sea el titular de un piso o local, tiene la posibilidad de realizar las modificaciones que quiera sobre los elementos arquitectónicos, instalaciones y servicios. Esto será posible siempre y cuando no altere o perjudique de alguna forma la seguridad del edificio.

Con esto se refiere a la estructura general, configuración o estado exteriores. Tampoco en el caso de que pueda perjudicar el derecho de algún otro propietario. Un punto importante es que deberá informar las obras que llevará adelante antes de iniciarlas al representante de la comunidad.

De esta forma, el propietario de la vivienda, tiene la posibilidad de convertir un garaje en una vivienda, sin que sea posible que la comunidad pueda negarse a ello. Recuerda que esto será así, siempre que no haya una prohibición o condicionamiento que se encuentre expresamente establecido y que no haya interferencia con los elementos comunes de la comunidad.

Un punto importante a tener en cuenta es que si el proyecto que se llevará adelante altera la estructura o fábrica del edificio, deberá someterse a votación y obtener tres quintas partes a favor.

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Si te encuentras en una vivienda que cuenta con una comunidad de vecinos, debes saber que no siempre se logra llegar a un acuerdo en las decisiones. Es complicado que todas las personas piensen igual. Más si se trata sobre obras o reformas que hay que llevar adelante. Esto muchas veces tiene que ver con que cada uno de los ocupantes puede tener un interés diferente al de los otros propietarios. Por ello, es común que surja la pregunta de si puedo negarme a pagar una derrama.

En primer lugar, debemos tener claro a que nos referimos con una derrama. A veces sucede que existe un gasto que sea necesario afrontar y que no esté previsto dentro del presupuesto oficial. Puede ser por ejemplo debido a una reforma o una reparación urgente. Para ello, entre los miembros de la comunidad se define el monto que cada uno de los propietarios debe abonar para poder efectuarlo. Pero ¿Puedo negarme a pagar una derrama?

Muchas veces sucede que nos encontramos en una posición económica que no nos permite afrontar este gasto extraordinario, más en la situación actual en que nos encontramos. La inflación, las subidas de los tipos, los aumentos en los precios de los servicios, son algunos de los problemas que están dificultando el día a día de las familias. Este contexto, propicia que algunos propietarios quieran saber si pueden negarse a pagar una derrama.

Las discrepancias entre vecinos en una Comunidad, son más comunes de lo que parecen, por ello suelen surgir distintos conflictos. Es que lo cierto es que la vida vecinal es por momentos sumamente compleja. En este contexto, una de las principales razones por las que surgen este tipo de disputas o discusiones, tienen que ver con la necesidad de establecer una derrama o cuotas extraordinarias para poder hacer frente a gastos que no se encontraban dentro del presupuesto ordinario.

En este post te contaremos todo lo que debes saber sobre si puedo negarme a pagar una derrama para hacer frente a un gasto fuera de lo ordinario. ¿Nos acompañas?

¿Puedo negarme a pagar una derrama?

Es posible que en la comunidad de vecinos por algún problema particular e imprevisto, se solicite realizar el pago de una derrama. El problema surge cuando los propietarios no logran ponerse de acuerdo con el gasto.  Estas cuotas extraordinarias que se solicitan son una fuente de conflicto con el resto de los propietarios, haciendo que la vida vecinal sea compleja. Es que existen discrepancias y no todos se encuentran de acuerdo con hacer frente a estos pagos.

Una derrama es una cuota extraordinaria, fuera de los pagos mensuales que suelen hacerse. Para establecer este monto, se calcula cuál es el coste que tendrá la acción que se debe realizar y se divide entre la cantidad de propietarios que conforman la comunidad. Este tipo de situaciones se dan por ejemplo, cuando se necesitan realizar reparaciones urgentes y el monto que tiene el consorcio no logra cubrirse la totalidad de la obra. En estos casos se puede solicitar el pago de una derrama. Así todos los propietarios pueden contribuir con el pago de estos trabajos.

Es importante aclarar que estos costes pueden ser por ejemplo para la reparación de una zona común. También para reemplazar un elemento de la comunidad de propietarios, como puede ser un una maquina del gimnasio, o incluso que varios de los propietarios quisiera incorporar una pileta o alguna comodidad extra para los titulares de las viviendas.

Ante esta situación surge la pregunta de si puedo negarme a pagar una derrama. Dentro del artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal se establece la regulación. Allí se especifica que no será posible negarse siempre y cuando se haya realizado durante la junta de propietarios la aprobación de este pago. Cabe aclara que no tendrá que ver con la forma en la que hayas votado o si es que no votaste.

Dentro de la normativa se explica que deben ser costeadas por parte de los propietarios que conforman la comunidad o la agrupación de comunidades, limitándose el acuerdo de dicha Junta a la distribución de los gastos correspondientes a cada propietario y la forma en la que deberá efectuarse el pago.

Esto significa que según la ley no puedo negarme a pagar una derrama que se haya aprobado por medio de la junta. Pese a ello, es posible realizar la impugnación judicial de la misma. Para que pueda llevarse adelante este proceso judicial será necesario que demuestres que la cuota extraordinaria no es necesaria ni urgente. También puede suceder que se haya efectuado de manera irresponsable o ilegal. De todas maneras, lo mejor es realizar el pago de este coste extraordinario ya que figurarás como un moroso y podrías recibir una demanda por ello.

En el caso que hayas comprado una vivienda que tiene derramas, deberás hacerte cargo de ellas. Por eso, a la hora de adquirir una propiedad, es importante que puedas consultar respecto a las cargas que posee. La Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 17 establece que los pagos a la Comunidad de Propietarios para las obras referidas a mejoras efectuadas o por realizar en la comunidad, deberán ser pagadas por quien sea propietario al momento que sea fijado por la comunidad de propietarios.

Puede suceder que la junta mediante la que se ha aprobado la derrama. Así, aunque no fueras aún el propietario del piso, lo que se tendrá en cuenta será la fecha en la que debes abonarlo. Por ello deberás hacer frente a las cuotas que queden por pagar del inmueble que ha sido afectado por la derrama.

¿Qué tipo de derramas puedo no pagar?

Existe un tipo de derrama que puedo negarme a pagar. Estas tienen que ver con aquellas que la comunidad de propietarios vaya a efectuar solo con fines estéticos y que no tenga que ver con la eficiencia, la conservación, accesibilidad o la seguridad. En estos casos será posible evitar este coste extraordinario. Un punto importante es que deberás realizar una votación en la junta. Allí, se debe plantear la demanda en contra de la comunidad.

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