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Muchas personas, al recibir un bien inmueble en herencia, optan por venderlo. Para ello es necesario conocer todos los trámites y procedimientos que deben realizarse previamente. Por otra parte, se deben tener en cuenta todos los inconvenientes que pueden surgir, que pueden acrecentarse cuando hay más de un heredero en escena. En este artículo te contamos el paso a paso vender una vivienda heredada y cada uno de los factores que se deben tener en cuenta para tomar la decisión correcta.

¡Sigue leyendo para enterarte todo lo que necesitas saber antes de vender un piso heredado!

¿Cómo está regulada la venta de derechos hereditarios?

Para vender un piso obtenido por herencia es necesario tener en cuenta una serie de factores que intervendrán antes y durante el proceso de venta.

La venta de derechos hereditarios, como puede ser la de un bien inmueble obtenido por una herencia, está regulada por el Código Civil español. Este la define como “la venta de los bienes integrantes de la herencia.” Es decir, que estos sujetos pueden disponer de la herencia como una universalidad o pueden optar por vender todos o algunos de los bienes que la componen.

De esta manera, los pasos previos a vender un bien inmueble heredado son la aceptación y luego, la partición de herencia. 

¿Quiénes tienen derecho a vender una vivienda heredada?

Quienes tienen derecho a vender un piso obtenido por herencia son, en principio, los familiares más cercanos de la persona fallecida. En caso de que no los haya, hay otras alternativas. Veamos de qué se tratan:

Herederos forzosos o legítimos

Son los primeros en la línea sucesoria al momento de adjudicar una herencia, es decir, los primeros en tener derecho a heredar. El artículo 807 del Código Civil considera herederos forzosos o legítimos a:

  • Los hijos y descendientes del fallecido: es indistinto si nacieron dentro de un matrimonio o si son extramatrimoniales, también si son adoptivos. En el caso de que los hijos hayan fallecido, los nietos o los bisnietos tendrán derecho a heredar.
  • Los padres y ascendientes del fallecido: cuando la persona no tuvo hijos, los siguientes con derecho a heredar son estos familiares. En el caso de que hayan fallecido, los abuelos o bisabuelos tendrán derecho a hacerlo.
  • El cónyuge del fallecido: la normativa prevé que la pareja formal de la persona también herede, tuviera esta o no descendientes o ascendientes.

Bajo ninguna circunstancia los herederos forzosos o legítimos pueden ser excluidos en el reparto, aún así el difunto haya confeccionado un testamento. La única manera de que uno de ellos no quede incluido es que haya sido desheredado por la persona.

¿Qué ocurre cuando no hay herederos forzosos?

Cuando no existen herederos forzosos, es posible que la persona haya redactado un testamento en donde explicite a quién le corresponden sus bienes. Pero ¿qué ocurre cuando un fallecido no dejó su voluntad por escrito?

En este caso, son los herederos colaterales quienes tienen derecho a heredar. Se trata de los otros parientes del fallecido hasta el cuarto grado de consanguinidad. El orden sucesorio es el siguiente:

  • Hermanos.
  • Sobrinos.
  • Tíos.
  • Primos u otros parientes que no superen el cuarto grado de consanguinidad.

Es importante aclarar que en estas situaciones, cuando no hay testamento, es necesario demostrar el parentesco ante las autoridades. Será un notario quien se encargue de determinar, de acuerdo a la ley, a quién se le debe adjudicar la herencia y en qué proporción. Luego, será necesario realizar un acta de declaración de herederos y una escritura de la herencia o cuaderno particional.

¿Es posible vender una vivienda heredada sin aceptar la herencia?

Como mencionamos anteriormente, hay dos procesos que intervienen cuando se produce una herencia. Por un lado, la aceptación de herencia, que es el acto libre y voluntario a través del cual una persona manifiesta su voluntad de aceptar los bienes que se le adjudicaron. Por el otro, la partición de herencia, que es el acto por el cual los herederos, en caso de que hubiera más de uno, se reparten entre sí estos bienes luego de realizar la aceptación de los mismos.

Por o tanto, no es es posible vender un piso obtenido por herencia antes de realizar la aceptación de la misma. Esto se debe a que sin este paso previo, el titular del mismo continuará siendo el difunto. Será necesario entonces, una vez aceptada la herencia, realizar el traspaso de la titularidad.

¿Cuánto tiempo es necesario esperar para vender una vivienda heredada?

Una vez realizada la aceptación de herencia y su consecuente partición, en caso de que hubiera más de un heredero, los pasos para vender una vivienda heredada son varios.

Cuando los herederos son forzosos o legítimos, es decir, hijos, padres, u otro tipo de descendientes y ascendientes, no es necesario esperar para vender el inmueble heredado. o mismo sucede con los heredederos colaterales luego de la eliminación del árticulo 28 de la ley hipotecaria. Por lo tanto, ya no existran límites para vender una vivienda heredada.

¿Qué ocurre cuando uno de los herederos no quiere vender el piso heredado?

Cuando hay varios herederos que realizan la aceptación de herencia pero no la partición o adjudicación de bienes y titularidades, suelen aparecer los conflictos. En estos casos, no importa si la herencia consta de un bien o de varios, los herederos serán dueños del todo y en partes indivisas.

Por lo tanto, si uno de los herederos se niega a afrontar los gastos de mantenimiento de un bien, si no quiere mantener esta condición de proindiviso, o bien, si se niega a vender su parte de la titularidad, aparecerán los problemas.

Sin dudas, lo mejor en esta situación sería adjudicar a cada uno de los herederos la propiedad de bienes en concreto y no la participación sobre todos ellos. Sin embargo, no siempre es posible realizar este tipo de partición, ya que hay ocasiones en las cuales la herencia consta de una única vivienda y los herederos son varios.

¿Cómo proceder en estos casos para vender una vivienda heredada?

Como no es posible vender la totalidad de un piso obtenido por herencia cuando uno de los herederos está en desacuerdo, ya que debe haber pleno consentimiento de todos ellos para hacerlo, será necesario recurrir a otras vías. Son tres las que, de alguna manera, obligan a las partes a vender a pesar de la negativa de uno de los herederos:

  • El heredero que no desea vender la vivienda puede comprar las partes que le corresponden a cada uno de los copropietarios, entregándoles a cambio una compensación económica. A esto se le llama extinción de condominio. 
  • De no ser posible la extinción de condominio, aquellos herederos que estén dispuestos a vender su parte de la vivienda pueden hacerlo a una empresa que compre proindivisos. Estas compañías se dedican exclusivamente a esto y el procedimiento es totalmente legal, ya que está amparado por el Código Civil. No obstante, implica vender muy por debajo del valor de mercado que poseen los bienes inmuebles.
  • También es posible iniciar acciones legales para que un juez resuelva la división de la cosa común y la venta se produzca en una subasta pública. Sin embargo, se trata de una opción bastante costosa que también puede implicar que la vivienda se venda a un precio que esté muy por debajo del de mercado.

¿Qué ocurre cuando el piso heredado está sujeto a una hipoteca?

Otro de los obstáculos que pueden presentarse al querer vender un piso obtenido por herencia es que el mismo esté sujeto a una hipoteca. En estos casos, existen tres posibilidades:

  • Hacerse cargo de la hipoteca para quedarse con la vivienda: los herederos pueden pagar la totalidad del crédito y cancelarlo o asumir la titularidad del mismo y hacerse cargo de las cuotas. A este mecanismo se lo conoce como subrogación hipotecaria y siempre está sujeto a la aprobación del banco.
  • Aceptar la herencia a beneficio de inventario: los herederos también tienen la posibilidad de separar su patrimonio del que heredaron. Es decir, pueden aceptar la herencia sin responder a las deudas del difunto con su patrimonio, sino que estas deberán cancelarse a partir de lo heredado. Para acceder a este mecanismo será necesario comunicarlo al notario al inicio del proceso.
  • Verificar si hay un seguro de vida vinculado a la hipoteca: muchas hipotecas están sujetas a un seguro de vida que cubre la deuda en caso de que el titular fallezca. De esta manera, si el causante de la herencia había contratado uno, será la aseguradora quien se encargue de cancelar la deuda. Los herederos, por su parte, obtendrán la vivienda libre de cargas.

Paso a paso para vender una vivienda heredada

Ahora que enumeramos y explicamos cómo solucionar todos los inconvenientes que pueden surgir al momento de recibir un bien inmueble en herencia y querer venderlo, veamos qué pasos deben seguirse para efectuar la transacción: 

Tramitar y reunir los documentos necesarios para la aceptación de herencia

Como ya mencionamos, el primer paso es aceptar formalmente la herencia. Para ello, será necesario contar con los siguientes documentos: 

  • Certificado de defunción del causante de la herencia.
  • Certificado de últimas voluntades del fallecido.
  • Copia autorizada del testamento, en caso de que haya uno.

Aceptar formalmente la herencia

Una vez reunidos los documentos correspondiente, se puede proceder a aceptar la herencia ante un notario. El proceso variará dependiendo de si hay testamento o no. Veamos cómo:

Si existe testamento

En este caso será necesario:

  • Inventariar los bienes y deudas del fallecido.
  • Firmar una escritura de partición o cuaderno particional, en caso de que haya más de un heredero. De lo contrario, este paso no será necesario.

Si no existe testamento

En estas ocasiones, el notario debe determinar quiénes son los herederos según el orden en la línea sucesoria que determina la ley. Para ello, será necesario: 

  • Demostrar el parentesco con el difunto presentando documentos que lo acrediten, como el libro de familia, los certificados de nacimiento y el certificado de matrimonio.
  • Firmar en notaría el acta de declaración de herederos y la escritura de partición de la herencia o cuaderno particional, en caso de que haya más de un heredero.

Tributar en los impuestos correspondientes a la recepción de una herencia

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)

  • ¿De qué se trata?: Grava la transmisión de bienes o derechos a título gratuito, ya sea por una sucesión derivada del fallecimiento de una persona o una donación en vida.
  • ¿Dónde se paga?: En la delegación de Hacienda correspondiente a la Comunidad Autónoma en donde el causante poseía su residencia habitual.
  • ¿Cuándo se paga?: Dentro de los seis meses posteriores al fallecimiento, aunque es posible solicitar una prórroga de seis meses más.
  • ¿Cuánto se paga?: El monto a pagar dependerá del valor del patrimonio heredado, el grado de parentesco entre el fallecido y sus herederos, el coeficiente multiplicador y las determinaciones de cada Comunidad. La mayoría de ellas aplican importantes bonificaciones a los herederos de primer y segundo grado.

Inscribir el piso en el Registro Público de la Propiedad

No se trata de un paso obligatorio, pero sí es recomendable cuando existe el deseo de vender la vivienda heredada. Para ello, será necesario presentar los siguientes documentos:

  • El certificado de defunción del causante y una copia de su DNI.
  • El certificado de últimas voluntades del fallecido.
  • La escritura de aceptación de herencia y el acta de declaración de herederos ab intestato, en caso de que no haya testamento.
  • El recibo de pago correspondiente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD).

Iniciar el proceso de venta de una vivienda heredada

Una vez que la vivienda quedó inscrita en el Registro de la Propiedad, es posible venderla como en cualquier otra circunstancia. Los pasos a seguir para vender un piso obtenido por herencia pueden variar según las preferencias de cada vendedor pero, en general, serán los siguientes:

  • Tasar la vivienda a precio de venta.
  • Tramitar los documentos necesarios para la venta.
  • Promocionar la vivienda a través de una inmobiliaria o de manera particular.
  • Programar y recibir visitas.
  • Negociar las condiciones de la venta una vez que aparezca un interesado.
  • Celebrar un contrato de arras o de reserva.
  • Firmar la escritura pública de compraventa ante un notario.

Tributar en los impuestos correspondientes a la venta de un piso

Plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

  • ¿De qué se trata?: Grava el aumento de valor que una vivienda experimentó entre el momento de su adquisición y el momento de su transmisión.
  • ¿Dónde se paga?: En el ayuntamiento correspondiente al municipio en donde se encuentra el piso heredado.
  • ¿Cuándo se paga?: Dentro de los seis meses posteriores a la venta.
  • ¿Cuánto se paga?: El monto a pagar dependerá del valor real de la vivienda.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

  • ¿De qué se trata?: Grava el incremento que el patrimonio de una persona física experimentó en el lapso de un año.
  • ¿Dónde se paga?: En las oficinas del Ministerio de Hacienda correspondientes al domicilio del contribuyente, a través de la web del organismo o de manera telefónica.
  • ¿Cuándo se paga?: En el período determinado por Hacienda para presentar la declaración de la renta.
  • ¿Cuánto se paga?: El monto a pagar dependerá de si la venta del piso heredado significó un incremento patrimonial para los herederos. En este artículo te mostramos cómo calcular el IRPF por la venta de un inmueble.

Hasta aquí te hemos contado el paso a paso para vender una vivienda heredada y cuáles son los factores que ontervienen. Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo.

Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

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Necesitas vender un piso en herencia, pero no sabes de qué modo hacerlo; aquí te indicamos todo lo que requieres saber. En Oi Real Estate, te brindamos toda la información necesaria para que la venta se lleve a cabo de la mejor manera y lo más rápido posible.

Vender un piso en herencia no es algo sencillo, implica muchos trámites por parte del heredero y sabemos que te tomará tiempo resolverlas. Por eso, en unos simples pasos te indicaremos a qué cosas debes prestarle atención si quieres vender tu piso, continúa leyendo y te enterarás de todo lo que necesitas conocer al respecto.

¿Cuáles son los puntos más importantes que debes conocer para vender un piso en herencia?

Sabemos que esta venta puede ser más difícil que cualquier otra, porque aquí está incluida una parte sentimental importante. Si has heredado una propiedad para que la habites; pero puede ocurrir que esto te cause inconvenientes con tus familiares y la mejor opción sea vender la propiedad.

Todo lo que concierne al sector inmobiliario requiere de tiempo, trámites administrativos y de contratos, no es un trabajo sencillo y sabes a lo que te expones si quieres vender un piso, cualquiera sea su forma y estilo. Para que no te atormente la cantidad de cosas que tienes que hacer para cumplir con tu objetivo, te exponemos algunos consejos útiles que facilitarán tu tarea.

Así que te recomendamos una serie de pasos, para que tu piso en herencia se venda lo más rápido posible. Entre las cosas que te proponemos, se incluyen:

  • Tener en claro los términos de la herencia,
  • Valorar la operación,
  • Acordar qué hacer con la vivienda,
  • Evaluar si es necesario una reforma o no,
  • Poner un buen precio.

Conoce en profundidad los términos de la herencia

Aunque parezca un consejo tonto no lo es. No siempre conocemos los términos de la herencia y caemos en varios contratiempos que se ahorrarían con el simple hecho de contar con toda la información necesaria. Si existe testamento, este debe seguirse al pie de la letra y sin discusiones. De lo contrario, puede ocurrir que el piso forme parte de todos los herederos del dueño de la casa, lo que hará que haya una disputa muy grande, para develar qué le corresponde a cada uno y realizar un reparto de bienes en partes iguales.

Para proceder a una venta de este estilo, debemos conocer que hay que aceptar la herencia y pasar a ser titular del piso, sino será imposible vender. En ocasiones, la herencia viene acompañada de una deuda que es mayor de todos los bienes adquiridos, indicando que no es rentable y que invita a los herederos a rechazarla.

Valora todos los costos que se incluyen en la operación

No aceptes de inmediato la herencia, primero investiga todo lo que te costará obtenerla. Se recomienda que realices un cálculo de los impuestos y gastos que deberás afrontar, el precio al que quieres vender tu piso, verifica si la vivienda puede ser vendida o alquilada, evalúa si necesitas hacer alguna reforma, si alguno de los herederos desea vender su parte.

Cuando tengas hecha la investigación de todo lo que tienes que gastar en la operación y coincidas en que es algo que te dará rentabilidad o te permitirá obtener más ganancias que pérdidas puedes aceptar la herencia, si así lo eliges.

Ponte de acuerdo sobre qué hacer con la propiedad

Como se sabe, heredar no es un regalo. Implica pagar impuestos, asumir gastos que no teníamos en nuestra mente y planificación, entre ellos se destacan la tasa de basuras, la cuota de comunidad de vecinos.

Por eso tenemos que tener muy en claro qué es lo que queremos hacer con el piso que se nos ofrece, ver qué nos conviene más. Qué oportunidad nos parece más rentable ¿Poner la propiedad a la venta o tomar la decisión de que se alquile? Son cosas a las cuales tenemos que tratar de resolver lo más pronto posible, porque el tiempo corre y los impuestos no esperan.

Evalúa si quieres realizar una reforma a tu piso en herencia

Es muy común que los pisos en herencia se encuentren viejos y requieran reformas, sobre todo si fueron habitados por personas de edad avanzada. Muchas veces se evidencian recuerdos, cosas viejas de los hijos que ya no viven en esa casa.

Principalmente se recurre a una reforma en la pintura, que se la puede modernizar y cambiar de color, los baños también suelen requerir modificaciones, además de las cocinas y comedores. Pensemos que nuestro posible comprador o inquilino será alguien joven y tenemos que apuntar a sus posibles gustos, que seguramente no sean compatibles con lo que permanece en la vivienda hasta el momento.

Las modificaciones hacen vistosa una propiedad, dándole el toque necesario para que los posibles clientes quieran obtenerla rápidamente. El estado en que el inmueble se encuentra es parte central para tomar decisión de compra, así como también, lo es su estilo y aspecto, una persona debe pensarse viviendo en esa casa; así que en cuánto mejor estado se encuentre, más posibilidades de compra hay.

Elige el precio perfecto para vender

Seguramente nuestro deseo sea concretar la venta lo más rápido posible. Debes saber que no sirve de nada colocar un precio por encima del valor que representa; porque no logrará venderse por ese precio e incluso tal vez, se encuentre mucho tiempo en el mercado sin recibir visita alguna.

Las ventas de pisos heredados suelen ser lentas, pero no debemos perder de vista nuestro objetivo. No hay que conformarse con un precio dos veces menor del que anunciamos. Tendremos que esperar, pero es muy necesario conseguir una buena ganancia, después de todo es una casa en la que seguramente vivimos y de la que tenemos muchos recuerdos.

Si estas decidido a vender tu piso, no dudes en contactarnos. Somos Oi Real Estate, una inmobiliaria de lujo con más de diez años de experiencia en el mercado. Además contamos con profesionales que te ayudaran a resolver los problemas que puedan surgir en el proceso.

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Al heredar una propiedad en España, uno de los motivos más comunes por los que se decide ponerla a la venta está relacionado a los gastos que genera. Hablamos de la liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, la Plusvalía, los costes de la Notaría y los del Registro de la Propiedad. Asimismo, puede suceder que quienes reciban la sucesión consideren más beneficioso disponer del dinero líquido en vez de un inmueble, para reinvertirlo. En este paso a paso para vender un piso heredado se integran los principales interrogantes de cómo realizar la transacción.

Si has heredado una propiedad y estas deseando venderla estas en el lugar indicado. En este post te contaremos los pormenores respecto a cómo llevar adelante el proceso de manera detallada y precisa. ¡Sigue leyendo!

¿Cuál es la importancia de aceptar o rechazar una herencia?

Antes de dar comienzo a la explicación minuciosa de cada uno de los pasos para vender un piso heredado que se deben llevar a cabo, es preciso detenernos unos minutos en la importancia de aceptar o renunciar a una herencia.

De hecho, resultan de gran importancia por su carácter de irrevocabilidad. Es decir, que una vez que se asume la decisión no podrá modificarse ni anularse.

Por lo tanto, ante la aceptación de una herencia existe la posibilidad de que con ella también se acepten las obligaciones que los bienes en sucesión cargan. Uno de los principales factores por los cuales los herederos evalúan ventajas y desventajas de ambas opciones.

En este contexto, en territorio español, el Código Civil otorga el llamado derecho a deliberar para las personas implicadas en una herencia. Se trata de la posibilidad de no pronunciarse de manera inmediata a la aceptación de la sucesión. Es decir, que puedan esperar el inventario final de cuáles son los bienes y obligaciones que el fallecido dejó como masa hereditaria.  

Este derecho a deliberar les posibilita a los herederos un plazo de 30 días para expresar su decisión una vez presentado el inventario. En el caso de no pronunciamiento, la normativa lo toma como una aceptación sin condiciones.

Pasos para vender un piso heredado

Una vez que se tenga en claro la decisión con respecto a la aceptación o no de lo bienes de la herencia, es momento de conocer los pasos para vender un piso heredado individualmente o entre varias personas. Entre ellos, la acción anteriormente mencionada.

Ahora si, veamos detalladamente cada una de las gestiones que se deberán llevar adelante para que el proceso de compraventa de un inmueble en sucesión por fallecimiento sea exitoso y sin demasiadas complicaciones.

Reunir la documentación necesaria

Aceptar la herencia

Liquidar todos los impuestos correspondientes

Inscribir el piso en el Registro de la Propiedad

Poner el piso a la venta

Pagar impuestos y gastos de la operación de compraventa

A continuación, especificaremos que integra cada uno de estos pasos para vender un piso heredado, así como también las condiciones en relación a la existencia o no de testamento, si hay uno o varios herederos, etc.

Documentación necesaria para vender un piso heredado

Entre los documentos que se deben recopilar para poder vender un piso heredado se encuentran los siguientes:

Certificado de defunción:

Se trata de un documento que es gratuito y se lo solicita en el Registro Civil de la localidad en al cual falleció el causante.

Este trámite puede demorar entre dos y quince días. Este dependiendo de la dinámica de cada registro.

Los requisitos para poder gestionar el certificado de defunción serán: el nombre y apellido del fallecido, su DNI, número de tomo y folio correspondiente a la inscripción del deceso.

Certificado de últimas voluntades

Se trata de un documento que certifica si la persona fallecida dejó a disposición un testamento y en que notaría. Es una gestión que cuesta casi 4 euros y se lo solicita en una sucursal del Ministerio de Justicia en la modalidad presencial o por teléfono.

El trámite de la gestión puede tardar hasta diez días hábiles y debe ser solicitado pasados los 15 días del fallecimiento del causante. Por último, los requisitos para su gestión serán: la presentación del modelo 790, el pago de la tasa correspondiente y el certificado de defunción (original).

Copia autorizada del testamento

Si la persona fallecida ha deja a sus últimas voluntades en un testamento se deberá presentar la copia autorizada del mismo. El precio del mismo dependerá de la cantidad de folios que tenga y el tiempo que lleva hecho, es decir, su antigüedad.

Se trata de un documento que debe ser solicitado al notario autorizado que acredita el certificado de últimas voluntades. Por ello, el tiempo que pueda tardar en salir dependerá de cada notaría. No obstante, en la mayoría de los casos no suele demorar más que una semana.

Y con respecto a los requisitos para su solicitud, solo se necesitará del certificado de últimas voluntades.

Aceptar de la herencia 

Como mencionamos al principio de la nota, aceptación de la herencia es un paso sumamente importante porque es una acción que no puede ser revocada. Con la disposición del derecho a deliberar se podrá esperar al inventario final para tomar la decisión. Una vez llegado el momento, surgirán los interrogantes más comunes como: ¿existe o no testamento? ¿Cuántos herederos hay? etc.

Dependiendo de cómo se respondan dichas preguntas será el modo de proseguir, que pueden ser de dos maneras diferentes.

Herencia con testamento

Si este es el caso, se deberá llevar adelante el inventario de bienes y obligaciones de la persona fallecida. En esta gestión se incluyen todos los datos de los bienes inmuebles parte de la sucesión, los saldos en cuentas bancarias, seguros de vida y las obligaciones correspondientes. Es decir, las deudas.

A su vez, se debe llevar adelante la escritura de partición o el cuaderno particional. En este documento debe integrarse todos los datos de cada uno de los herederos. Asimismo, se especifica el modo de reparto de la masa hereditaria según figura en el testamento del causante.

Para aquellos casos en los cuales solo existe un heredero, solo se requerirá el redactado de un documento el cual acredite, mediante firma de notario, la aceptación de la herencia. Por lo tanto, no se requerirá la realización de la escritura de partición.

Herencia sin testamento

Otra circunstancia es cuando ante el fallecimiento de una persona no se registra la existencia de un testamento. Para estas situaciones, un notario deberá determinar según lo especifica la ley quienes serán los herederos.

Si este resulta el caso, cada uno de los implicados deberá demostrar el grado de parentesco con el causante mediante la presentación del libro de familia, certificado de nacimiento o de matrimonio. Una vez recolectado dicha documentación se deberá firmar ante notario:

El acta de declaración de herederos

Se trata de un documento que para su realización necesita la presencia de dos testigos, por heredero, que hayan sido conocidos de la persona fallecida.  Dichas personas deberán testificar que fehacientemente se trata de un heredero legítimo.

Este documento puede tener un coste entre 250 y 300 euros, aproximadamente. A lo que se le debe sumar el IVA. No obstante, el coste de la declaración de herederos dependerá de la cantidad de personas intervengan en la herencia y la amplitud de la masa hereditaria. Una vez que se lleva adelante la firma y se gestiona el acta, la resolución para conocer quiénes son los herederos saldrá en aproximadamente los próximo 20 días hábiles.

Escritura de partición de la herencia

Ante la solicitud de la declaración de herederos, el notario tendrá que realizar el inventario de la masa hereditaria del causante. Una vez realizado el inventario, deberá realizar la escritura de partición en la cual incluya los datos de todos los herederos legítimos y el modo en que serán repartido los bienes.

¿Cómo se reparte un piso heredado si uno de las partes no quiere aceptarla?

Para los casos en los cuales uno de los herederos no quiera aceptar su parte de la herencia, el resto de los protagonistas tendrán la posibilidad de acudir a un notario para que se le haga llegar un acta de notificación.

A partir del momento en el cual la persona que no desea la aceptación de la herencia, tendrá 30 días naturales para tomar la decisión y manifestarla. En los casos en los cuales no se reciba una respuesta en dicho lapso, se determinará que se ha aceptado la parte por defecto.

Por otra parte, si uno de los herederos no quiere participar de la herencia, puede realizar su aceptación, y antes de la repartición de bienes, vender su derecho a recibirla a un tercero.

Inscripción para vender el piso heredado en el Registro de la Propiedad

Como cualquier inscripción de una vivienda en el Registro de la Propiedad, la de un piso heredado no es obligatorio. No obstante, es un paso de suma importancia y muy recomendado. Llevar adelante el registro de una propiedad otorga seguridad al momento de ofrecerla y brinda la posibilidad de conseguir comprador de manera más rápido.

El procedimiento de inscribir incluye la titularidad de la propiedad, cada una de las características de la misma, las carga que pueda llegar a tener. Por lo tanto, resulta una herramienta utilizada por los interesados en comprar el inmueble para verificar cada uno de los datos: titularidad, distribución de la vivienda, posibles embargos, etc.

Poner a la venta la propiedad heredada

Luego de llevar adelante la inscripción de la propiedad en el registro correspondiente, el piso heredado se encuentra en condiciones para realizar su tasación y publicarlo en el mercado.

Una vez que este realizado dicho paso, solo resta seguir las acciones convencionales para lograr la venta exitosa de una vivienda.

No obstante, para vender un piso heredado hay que tener ciertos aspectos que no son considerados al momento de poner a la venta una vivienda convencional. En este sentido, resulta de gran importancia tener presente si la vivienda tiene algún tipo de carga hipotecaria, si son varios herederos que todos están de acuerdo, etc.

Para ello se recomienda el asesoramiento de un experto en la materia para poder llevar adelante la tramitación, tanto de la herencia como el de la venta.

¿Cómo proceder si la vivienda a heredar tiene una hipoteca en vigencia?

Una de las situaciones ante las cuales se puede ver sujeta la operación de vender un piso heredado es que el mismo tenga en vigencia el pago de una hipoteca. Ante esta circunstancia existe la posibilidad que se presenten dos escenarios posibles:

Que el causante tenga un seguro de vida vinculado a la hipoteca pendiente. Para estos casos, en muchas ocasiones, este tipo de seguro cubren la deuda ante el fallecimiento del titular. Si este es el caso, quien llevará a cabo las operaciones pertinentes será la aseguradora. Es decir, será quién le pagará al banco de manera tal que al momento de recibir la herencia la propiedad esté libre de cargas. 

Que la persona fallecida no haya realizado la contratación de un seguro de vida. O, en caso de tenerlo, no este vinculado al crédito hipotecario. Ante esta situación es posible la elección de dos alternativas.

  • Conservar la propiedad mediante la cancelación o pago del acuerdo hipotecario. Es decir, pagar la totalidad de crédito o cambiar la titularidad del mismo y asumir la deuda. En estos casos hablamos de una subrogación hipotecaria. Este procedimiento se encuentra sujeto a la aprobación de la entidad bancaria
  • Otra opción es aceptar la herencia a beneficio de inventario. Hablamos de separar todo el patrimonio personal del heredero de aquel que se hereda. Como resultado, es posible aceptar la herencia sin que ello implique responder con los bienes propios la deuda del fallecido. Es decir, las obligaciones vinculadas a la sesión serán liquidadas con la masa hereditaria en juego. Esto significa que: si se hereda un inmueble con crédito hipotecario pendiente, el mismo deberá ser vendido para amortizar el préstamo. En caso de sobrante, esa diferencia será lo que se recibirá. Si es la opción elegida, antes del inicio de todo el proceso, se debe notificar al notario de la misma,

Un detalle muy importe a tener presente, es una tercera situación que puede presentarse. Se trata de que la hipoteca ya se encuentre liquidada. No obstante, en el Registro puede aparecer como que aún no se ha cancelado el préstamo. Ante esta circunstancia, será necesario llevar adelante la cancelación registral.

¿Es posible vender un piso heredado si una de las partes no quiere hacerlo?

Para los casos en los cuales se quiere vender un piso heredado y una de las partes se niega a hacerlo hay tres posibles resoluciones. Hablamos de la extinción de condominio, la venta proindiviso y la división de la cosa común.

Cada una de estas alternativas significará una demora en la concreción de la venta y, en consecuencia, una perdida en relación a la rentabilidad de la operación. Por lo tanto, la mayor recomendación es poder llegar a un acuerdo con la parte negada y con el resto antes de poner tomar la decisión de vender la propiedad.

A continuación, te detallamos de manera resumida de que se trata cada una de estas alternativas legales.

Extinción de condominio

Se trata del proceso legal tras el cual se lleva adelante la división de una bien común. A raíz de ello, cuando se heredan bien en conjunto, indivisibles o enteros, cualquiera de los participantes de la sucesión está en condiciones de solicitar la división y así terminar con el condominio.

No podrá dividirse el bien común cuando hacerla implique inutilidad en el uso al cual se lo destina una vez realizada. Esta situación es de gran frecuencia ya que, en la general, el bien que más heredan de manera conjunta determinadas personas es una vivienda.

En estos casos, se puede adjudicar la vivienda en su totalidad a uno de los herederos. El resto deberá recibir de dicha parte el porcentaje que le corresponde de la vivienda. En este sentido, habrá que realizar una escritura pública de extinción de condominio y adjudicación e la vivienda.

Otra opción, es vender la propiedad a un tercero y luego repartir entre los herederos el monto que le corresponda a cada uno según testamento o declaración de herederos. En esta ocasión también habrá que otorgar escritura de compraventa.

Y, por último, para los casos en los cuales no se logra la unanimidad en la decisión de vender un piso heredado se deberá comenzar un proceso judicial de división de la cosa común.

Vender pro-indiviso

Como en el punto anterior, hablamos de una cosa común que se comparte. Es decir, cada parte es dueña de un proporcional del total del bien. En el caso de proindiviso hablamos de una copropiedad. Y las herencias proindiviso son aquellas en las cuales aún no se ha realizado la partición.

La mejor opción para repartir un bien común de esta índole es llegando un acuerdo entre, en este caso, los herederos. Tasar la vivienda, venderla y dividir el dinero. En caso contrario, acudir a la vía judicial.

Además, si no se llega a un acuerdo, la parte que desea vender puede acudir a un tercero a quién venderle esa parte del bien común. Se trata de un proceso igual que cuando se vende la totalidad de una propiedad. Es decir, se debe legalizar mediante notario.

El precio de la parte dependerá del porcentaje que le corresponde al copropietario que vende, la totalidad del resto de los titulares y el estado en que se encuentre el inmueble.

Impuestos por vender un piso heredado:

Tanto la obtención de bienes inmuebles por una herencia como la venta de este tipo de activos están sujetas a impuestos. Algunos de ellos son recaudados directamente por el Ministerio de Hacienda, otros, por cada municipio. Si bien no son una gran cantidad, la mayoría de los herederos tienen dudas acerca de cuáles son y cuándo deben pagarlos. En primer lugar, será necesario diferenciar entre estas dos etapas: la sucesión y la venta.

Los impuestos que se deben pagar por vender un bien inmueble que fue obtenido por una herencia son tres:

  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
  • Plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

Sin embargo, no se tributa por todos ellos en el mismo momento. Algunos de estos impuestos deben ser abonados antes de llevar a cabo la venta de la vivienda y otros, una vez que se haya concretado la compraventa.  Te explicaremos cada instancia.

Al iniciar el proceso de venta

Antes de iniciar el proceso de venta de un inmueble obtenido por herencia hay tres pasos de los cuales no se puede prescindir o que es altamente recomendable seguir:

  • Realizar la aceptación formal de la herencia.
  • Tributar en los impuestos correspondientes a la recepción de una herencia.
  • Inscribir la vivienda en el Registro Público de la Propiedad.

Debes saber que en esta instancia, solo deberás abonar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD). Cabe mencionar que los herederos deben tributar por él siempre, sin importar si luego venden la vivienda o no.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)

Este es el impuesto gravará las transmisiones de bienes o derechos a título gratuito. Estas pueden darse por una sucesión, derivada del fallecimiento de una persona, o por una donación realizada en vida.

  • ¿Dónde pagarlo?: En la delegación de Hacienda correspondiente a la Comunidad Autónoma en donde el causante de la herencia residía de manera habitual.
  • ¿Cuándo pagarlo?: Dentro de los seis meses posteriores al fallecimiento del causante. Es posible solicitar una prórroga de seis meses más en caso de no poder abonarlo en ese momento.
  • ¿Cuánto pagar por él?: El monto a pagar por este impuesto dependerá del valor del inmueble y el resto de los bienes heredados. También del grado de parentesco entre el causante y sus herederos, el coeficiente multiplicador y las determinaciones de cada Comunidad. La realidad es que la mayoría de ellas aplican importantes bonificaciones e, incluso, exenciones para este tributo.

Impuestos que se deben pagar después de vender un piso heredado

Una vez que se ha realizado la aceptación formal de la herencia, se ha tributado en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD) y se ha inscripto la vivienda en el Registro Público de la Propiedad, los pasos a seguir son los siguientes:

  • Iniciar el proceso de venta del inmueble.
  • Concretar la compraventa.
  • Tributar en los impuestos correspondientes a la venta de un piso.

Esto quiere decir que deberás en este momento del trámite, realizar el pago de dos impuestos: el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) o plusvalía municipal. Es importante aclarar que el vendedor de una vivienda debe tributar en ellos en cualquier operación de compraventa, sin importar si la propiedad en cuestión es heredada o no.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Es el impuesto que se encarga de gravar el incremento de valor que el patrimonio de una persona física experimentó en el lapso de un año.

  • ¿Dónde pagarlo?: La declaración de la renta de cada heredero puede ser confeccionada y presentada en la oficina del Ministerio de Hacienda más cercana a sus domicilios. También puede realizarse a través de la web de este organismo o por vía telefónica.
  • ¿Cuándo pagarlo?: Dentro del período que Hacienda determina cada año para presentar la declaración de la renta y que suele ser entre abril y junio. Los herederos deberán declarar el inmueble y el resto de los bienes recibidos en el año siguiente al fallecimiento del causante. 
  • ¿Cuánto pagar por él?: El monto a pagar dependerá de si la venta del piso heredado significó un incremento patrimonial para los herederos o no.

Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

Si bien este es su nombre correcto, se lo conoce más comúnmente como plusvalía municipal. Es un impuesto municipal que se encarga de gravar el aumento que el valor de una vivienda experimentó entre el momento de su adquisición y el momento de su transmisión.

  • ¿Dónde pagarlo?: En las oficinas del ayuntamiento correspondientes al municipio en donde se encuentra el inmueble vendido.
  • ¿Cuándo pagarlo?: Dentro de los seis meses posteriores a la venta de la vivienda heredada. 
  • ¿Cuánto pagar por él?: El monto a pagar por este impuesto dependerá no solo del precio real del piso sino también de su valor catastral, de la cantidad de años que hayan transcurrido entre la adquisición y la venta y de los coeficientes determinados por cada municipio.

Si quieres vender tu piso heredado, ¡contáctanos! Somos una inmobiliaria de lujo con más de diez años de experiencia en el mercado. Estaremos encantados de ayudarte. Contamos con profesionales idóneos y calificados para que puedas conseguir tu objetivo de la forma más fácil posible.

Desde Oi Real Estate, esperamos que esta información haya sido útil. Si te has quedado con alguna duda o consulta, no dudes en comunicarte con nosotros. Deja tu mensaje en los comentarios y te responderemos a la brevedad.

Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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No es lo mismo ostentar la titularidad sobre un bien inmueble que tener derecho a utilizarlo. Cuando el propietario no es el mismo que goza, usa y disfruta de este bien, hablamos de dos figuras diferentes: la nuda propiedad y el usufructo. Al momento de pensar en impuestos o, específicamente, de preparar la declaración de la renta, son muchas las dudas que surgen. En este caso, nos centraremos en la figura que concierne al uso y goce de los bienes inmuebles: ¿cómo se declara el usufructo en el IRPF? ¿Existen exenciones? En este artículo te lo contamos.

CONTENIDO ACTUALIZADO

El próximo 30 de junio vence el plazo para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2021 ante el Ministerio de Hacienda. Muchas dudas suelen surgir año tras año a la hora de preparar el borrador. En este caso, es importante mencionar que será necesario ratificar un domicilio fiscal. ¿Qué opciones tienen los contribuyentes para elegir según lo que más se ajuste a su situación? Son cuatro: pueden registrarse como propietarios, arrendatarios, usufructuarios u otros. 

Sin embargo, aunque estas categorías parecen ser bastante inteligibles, no siempre queda claro qué y cómo debe tributar cada usuario, según la figura que lo identifique. En este caso, nos centraremos en los usufructuarios. ¿De qué se trata la figura del usufructo? ¿Cómo tributa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)? ¿Existen exenciones? ¿Qué ocurre con otros impuestos? A continuación respondemos todas estas preguntas.

Información importante sobre la Campaña de la Renta 2021-2022

La Campaña de la Renta 2021-2022 ha comenzado a principios de abril y culminará el último día de junio. El borrador completo y chequeado de la declaración puede presentarse ante el Ministerio de Hacienda:

  • A través de internet desde el 6 de abril.
  • Por teléfono a partir del 25 de mayo (debe solicitarse una cita previa a partir del 3 de mayo).
  • De manera presencial a partir del 1° de junio.

La fecha límite para realizar la presentación es el 30 de junio de 2022. En este artículo puedes encontrar más información con respecto a las fechas y las diferentes formas de declaración.

¿En qué consiste la figura de usufructo?

Como mencionamos al principio, no es lo mismo ostentar la propiedad sobre un bien inmueble que contar con el derecho a utilizarlo. A quienes no son propietarios de una vivienda pero tienen derecho sobre su uso, goce y disfrute, se los denomina como usufructuarios. Por su parte, a quienes sí son propietarios pero no tienen derecho a utilizar el bien inmueble, se los llama nudos propietarios.

Si nos remitimos al Código Civil español, en los artículos 467 y 522 se especifica que “el usufructo es un derecho que concede la facultad de uso, el disfrute y el aprovechamiento de bienes ajenos sin que se altere su forma ni su sustancia.” ¿Qué significa esto? Que la persona en cuestión puede gozar del inmueble durante un determinado período de tiempo o de por vida, ya sea para hacer uso de él de manera particular o para obtener un rédito económico. Lo único que el usufructuario no puede hacer es vender o donar el bien, ya que no es propietario. El único que puede tomar ese tipo de decisiones es, precisamente, el nudo propietario.

Casos más comunes de usufructo

Pero ¿cómo podemos graficar las figuras de usufructuario y nudo propietario en la vida real? Estos dos suelen ser los casos más comunes:

  • Una persona fallece y sus hijos se convierten en propietarios de su inmueble. Sin embargo, el cónyuge del fallecido continúa residiendo allí de manera temporal o vitalicia. En este caso, los herederos se convierten en nudos propietarios y el cónyuge, en usufructuario.
  • Una persona, seguramente mayor, vende su propiedad para obtener liquidez. Sin embargo, sigue residiendo en ella de manera vitalicia. En este caso, el comprador, que seguramente adquirió la vivienda como inversión, se convierte en el nudo propietario. La persona mayor, por su parte, se convierte en usufructuaria.

Ahora bien, ¿qué pasa cuando pensamos en tributos? ¿qué ocurre en relación al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas? ¿Deben los usufructuarios de bienes inmuebles tributar por él? ¿En qué casos existen exenciones? A continuación te lo contamos.

Si te interesa conocer, en cambio, cómo tributa la nuda propiedad en diferentes impuestos, en este artículo te lo explicamos en detalle.

¿Cómo tributa el usufructo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)?

A la hora de pensar en qué impuestos corresponde abonar por una vivienda en donde hay una parte que ostenta la propiedad y otra que posee el derecho a utilizarla, es importante saber que, en principio, las obligaciones recaen sobre el usufructuario. Sin embargo, en el caso del IRPF, la situación cambia considerablemente dependiendo de a qué se esté destinando el inmueble. 

Al momento de redactar el borrador para la declaración de la renta no dará lo mismo si el usufructuario destina el inmueble para alquiler o si lo convierte en su vivienda habitual.

¿Qué ocurre con el IRPF cuando el usufructuario obtiene una renta por el bien inmueble?

En caso de que el usufructuario no resida en la vivienda, es decir, que esta se encuentre vacía o alquilada, será su obligación declarar en el IRPF. ¿Por qué esta obligación recae sobre él y no sobre el nudo propietario? Porque, a pesar de que este último posee la titularidad sobre el inmueble, no es quien está obteniendo un beneficio económico por ella. 

Es importante mencionar, también, que si el bien inmueble en cuestión proviene de una herencia, durante el período en que esta aún no se haya repartido, será obligación de todos los herederos declarar la renta obtenida por este bien en partes iguales.

¿Qué ocurre con el IRPF cuando el usufructuario reside habitualmente en la vivienda?

Ahora, ¿qué ocurre cuando el usufructuario no tiene este derecho sobre el inmueble porque quiere obtener una renta a partir de él? ¿Qué pasa cuando su único objetivo es convertirlo en su lugar de residencia habitual? En estos casos, la persona no tendrá obligación de tributar en el IRPF.

¿Cómo tributa el usufructo en otros impuestos, además del IRPF?

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)

Este tributo es el encargado de gravar los bienes obtenidos a título gratuito luego de producirse una herencia o donación. En este caso, el valor de la nuda propiedad y el valor del usufructo aún no se conocen, como sí ocurre luego, al momento de tributar en el IRPF. Por esta razón, la normativa correspondiente al Impuesto de Sucesiones y Donaciones diferencia entre dos tipos de usufructos. Ambos serán valorados de manera diferente:

Usufructo vitalicio

Esta clase de usufructo es la más habitual: ocurre cuando el usufructuario tiene derecho a ocupar la vivienda de por vida, es decir, que este derecho finaliza cuando se produce su fallecimiento. El usufructo, en estos casos, no podrá ser menor al 10% del valor de la vivienda, sin embargo, pasará a ser del 70% cuando el usufructuario tenga menos de 20 años.

Usufructo temporal

En otros casos, menos recurrentes, el usufructuario tiene permitido hacer uso de la vivienda por un tiempo determinado. Aquí, se fija un valor del 70% como punto de partida y luego se va reduciendo un 2% por cada año de usufructo.

Impuesto sobre el Patrimonio (IP) 

En el caso de este tributo, sí será necesario que, tanto el nudo propietario como el usufructuario, declaren el bien. El valor del usufructo se calculará de manera diferente a cómo se determina en el IRPF, también dependiendo de si es de carácter temporal o vitalicio:

Usufructo vitalicio

Cuando la persona tenga derecho a hacer uso de la vivienda hasta que se produzca su fallecimiento, el importe a pagar por el Impuesto sobre el Patrimonio se determinará según la edad de este usufructuario. Como mencionamos, el nudo propietario también deberá declarar, según cuál sea el valor que ostenta.

Usufructo temporal

Cuando el usufructo tenga una fecha límite para su finalización, el importe a declarar por el Impuesto sobre el Patrimonio será del 2% sobre el valor del bien por cada año hasta que se extinga el contrato. 

Si quieres conocer más información respecto a cómo tributa el usufructo en el IRPF, el ISyD y el IP, la Agencia Tributaria ofrece un cuadro explicativo sobre los impuestos que le corresponden a esta figura que podría resultarte útil.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a OI REAL ESTATE. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!

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No todos los herederos eligen quedarse con la totalidad de los bienes obtenidos luego del fallecimiento de un ser querido. Cuando de inmuebles se trata, es frecuente que los beneficiarios lleguen a un acuerdo y ejecuten la compraventa de la o las propiedades. Como todas las operaciones que se llevan a cabo dentro del sector inmobiliario, la venta de una vivienda recibida por herencia está sujeta a tributos. ¿Cuáles son los impuestos que se deben pagar por vender un piso heredado? ¿Cuándo hay que abonarlos? En este artículo te lo contamos.

Tanto la obtención de bienes inmuebles por una herencia como la venta de este tipo de activos están sujetas a impuestos. Algunos de ellos son recaudados directamente por el Ministerio de Hacienda, otros, por cada municipio. Si bien no son una gran cantidad, la mayoría de los herederos tienen dudas acerca de cuáles son y cuándo deben pagarlos. En primer lugar, será necesario diferenciar entre estas dos etapas: la sucesión y la venta.

A continuación te contamos qué tributos deben pagar los herederos al recibir un piso por una herencia y cuáles deben abonar si deciden venderlo y la compraventa resulta exitosa. También veremos de qué se trata cada impuesto, cuándo, dónde y cuánto se debe pagar por ellos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Cuáles son los impuestos que se deben pagar por vender un piso heredado?

Los impuestos que se deben pagar por vender un bien inmueble que fue obtenido por una herencia son tres:

  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
  • Plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

Sin embargo, no se tributa por todos ellos en el mismo momento. Algunos de estos impuestos deben ser abonados antes de llevar a cabo la venta de la vivienda y otros, una vez que se haya concretado la compraventa. A continuación veremos cuándo se paga cada uno.

Impuestos que se deben pagar antes de vender un piso heredado

Antes de iniciar el proceso de venta de un inmueble obtenido por herencia hay tres pasos de los cuales no se puede prescindir o que es altamente recomendable seguir:

  • Realizar la aceptación formal de la herencia.
  • Tributar en los impuestos correspondientes a la recepción de una herencia.
  • Inscribir la vivienda en el Registro Público de la Propiedad.

Ahora bien, lo que más nos interesa en este artículo son los impuestos que se deben pagar por vender un piso heredado. ¿Qué tributos corresponde abonar en esta instancia, o sea, antes de lanzar el inmueble a la venta? Sólo uno: el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD). Cabe mencionar que los herederos deben tributar por él siempre, sin importar si luego venden la vivienda o no.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)

Es, nada más y nada menos, que el impuesto encargado de gravar las transmisiones de bienes o derechos a título gratuito. Estas pueden darse por una sucesión, derivada del fallecimiento de una persona, o por una donación realizada en vida.

  • ¿Dónde pagarlo?: En la delegación de Hacienda correspondiente a la Comunidad Autónoma en donde el causante de la herencia residía de manera habitual.
  • ¿Cuándo pagarlo?: Dentro de los seis meses posteriores al fallecimiento del causante. Es posible solicitar una prórroga de seis meses más en caso de no poder abonarlo en ese momento.
  • ¿Cuánto pagar por él?: El monto a pagar por este impuesto dependerá del valor del inmueble y el resto de los bienes heredados. También del grado de parentesco entre el causante y sus herederos, el coeficiente multiplicador y las determinaciones de cada Comunidad. La realidad es que la mayoría de ellas aplican importantes bonificaciones e, incluso, exenciones para este tributo. En este artículo te contamos cuáles son.

Impuestos que se deben pagar después de vender un piso heredado

Una vez que se ha realizado la aceptación formal de la herencia, se ha tributado en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD) y se ha inscrito la vivienda en el Registro Público de la Propiedad, los pasos a seguir son los siguientes:

  • Iniciar el proceso de venta del inmueble.
  • Concretar la compraventa.
  • Tributar en los impuestos correspondientes a la venta de un piso.

¿Cuáles son los tributos que se deben abonar en esta instancia, es decir, una vez que se ha vendido el inmueble heredado? Son dos: el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) o plusvalía municipal. Es importante aclarar que el vendedor de una vivienda debe tributar en ellos en cualquier operación de compraventa, sin importar si la propiedad en cuestión es heredada o no.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Es el impuesto que se encarga de gravar el incremento de valor que el patrimonio de una persona física experimentó en el lapso de un año.

  • ¿Dónde pagarlo?: La declaración de la renta de cada heredero puede ser confeccionada y presentada en la oficina del Ministerio de Hacienda más cercana a sus domicilios. También puede realizarse a través de la web de este organismo o de por vía telefónica.
  • ¿Cuándo pagarlo?: Dentro del período que Hacienda determina cada año para presentar la declaración de la renta y que suele ser entre abril y junio. Los herederos deberán declarar el inmueble y el resto de los bienes recibidos en el año siguiente al fallecimiento del causante. 
  • ¿Cuánto pagar por él?: El monto a pagar dependerá de si la venta del piso heredado significó un incremento patrimonial para los herederos o no. En este artículo te mostramos cómo calcular el IRPF luego de vender un inmueble.

Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

Si bien este es su nombre correcto, se lo conoce como plusvalía municipal. Es un impuesto municipal que se encarga de gravar el aumento que el valor de una vivienda experimentó entre el momento de su adquisición y el momento de su transmisión.

  • ¿Dónde pagarlo?: En las oficinas del ayuntamiento correspondientes al municipio en donde se encuentra el inmueble vendido.
  • ¿Cuándo pagarlo?: Dentro de los seis meses posteriores a la venta de la vivienda heredada. 
  • ¿Cuánto pagar por él?: El monto a pagar por este impuesto dependerá no solo del precio real del piso sino también de su valor catastral, de la cantidad de años que hayan transcurrido entre la adquisición y la venta y de los coeficientes determinados por cada municipio.

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El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD) es aquel que grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título gratuito. Es decir, que los contribuyentes estarán obligados a abonarlo cuando reciban bienes inmuebles, o de otro tipo, a modo de herencia o de donación. ¿En qué casos se aplica y en qué momento se presenta? ¿Qué ocurre cuando existe la intención de vender el bien adquirido? En este artículo te ofrecemos una guía para entender el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Heredar o recibir a modo de donación un bien inmueble, o de otro tipo, por parte de un allegado, es de lo más habitual. Sin embargo, pueden presentarse varias dudas al momento de aceptar esta herencia o donación. Ni hablar cuando existe la intención de vender los bienes obtenidos. A continuación, te contamos de qué se trata el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD), en qué casos se aplica, cuándo y dónde debe ser presentado y qué ocurre en relación a este tributo cuando se desea vender el o los bienes heredados.

¿Qué es y cómo se aplica el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)?

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD) es el tributo que grava los incrementos patrimoniales producidos por la obtención de una herencia o una donación. A pesar de que se trata de dos conceptos distintos, el de herencias y el de donaciones, ambos se encuentran incluidos dentro de la misma figura jurídica. Además, y aunque suele desconocerse, este impuesto también grava el beneficio sobre contratos de seguros de vida, siempre y cuando el contratante sea una persona diferente del beneficiario.

En el caso de las sucesiones, el tributo se aplica a los bienes heredados por una persona física tras el fallecimiento de una persona. Para que esto ocurra es necesario que existan herederos legítimos, o bien, que los herederos hayan sido especificados en un testamento. De no ser así, o si los herederos deciden renunciar a la herencia, es el Estado quien adquiere los bienes.

Por otro lado, en cuanto a las donaciones, lo que se grava es el valor de una donación económica u otro bien material que reciba una persona física. En este caso, el traspaso de los bienes se produce con el titular en vida y no tras su fallecimiento. Sin embargo, la ley exige también el pago del tributo.

Marco regulatorio

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones está regulado por la Ley 29/1987, del 18 de diciembre, y el Real Decreto 1629/1991, del 8 de noviembre, en el cual se aprobó el Reglamento de dicho tributo. Si bien es un gravamen regulado por una normativa estatal y es exigido en todo el territorio español, su gestión se encuentra cedida a las Comunidades Autónomas. Por esta razón, cada una cuenta con la capacidad de regular las tarifas, las reducciones aplicables a la base imponible y las deducciones y bonificaciones.

Debido a esto, el tipo impositivo del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones puede variar considerablemente de acuerdo a cada región de España. De hecho, en la práctica, es lo que ocurre:

Carga impositiva en las diferentes Comunidades Autónomas

  • Andalucía, Canarias, Cataluña, Extremadura, La Rioja, Madrid y Murcia son las comunidades en donde la carga impositiva por el ISyD suele ser menor, ya que se aplican más reducciones y más bonificaciones.
  • Por su parte, Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León y la Comunidad Valenciana son aquellas regiones en donde la carga es más alta, debido a que se aplican menos reducciones y bonificaciones.

También es importante mencionar que la mayoría de estas Comunidades Autónomas brindan importantes bonificaciones a los herederos de primer y segundo grado. De esta manera, mientras más cercano sea el parentesco con el titular del bien, menor será la carga impositiva.

¿En qué casos hay obligación de tributar en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones?

Tienen obligación de abonar este gravamen quienes se enmarquen en las siguientes figuras:

  • Causahabientes o herederos que reciban bienes o derechos por herencia, legado u otro título sucesorio. En este caso, se trata de adquisiciones mortis causa, ya que ocurren cuando el titular del bien fallece.
  • Donatarios que adquieren bienes a través de una donación en vida. En este caso, se trata de adquisiciones inter vivos, ya que se producen con el titular del bien en vida.
  • Beneficiarios de seguros de vida.

¿Cuándo y dónde se debe abonar este impuesto?

En caso de que se trate de una herencia obtenida tras el fallecimiento de una persona, la presentación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones debe producirse dentro de los seis meses posteriores al deceso. Sin embargo, este plazo puede prorrogarse por otros seis meses más. En este caso, deberá realizarse la solicitud correspondiente dentro de los primeros cinco meses del mencionado período de presentación. 

Cuando se trata de una donación en vida, el plazo para la presentación de este tributo es de treinta días hábiles, que comienzan a contarse desde el día en que se produce la donación.

En ambos casos, la presentación debe realizarse en la delegación de Hacienda correspondiente a la Comunidad Autónoma en donde el fallecido o el donante poseía o posee su residencia habitual.

¿Qué ocurre con el Impuesto de Sucesiones y Donaciones cuando se desea vender el inmueble heredado?

En primer lugar, antes de proceder al pago de los tributos correspondientes que se exigen para vender una propiedad heredada, se deben recopilar los documentos requeridos para heredarla. Luego, será necesario aceptar la herencia ante un notario.

Una vez concretados estos pasos, es importante mencionar que debe haber acuerdo entre los herederos o donatarios, en caso de que haya más de uno, para vender el bien inmueble. Si la intención es vender la propiedad lo más rápido posible, conviene abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones dentro del plazo establecido por la ley. Es decir, dentro de los primeros seis meses, cuando se trata de una herencia, y dentro de los primeros treinta días hábiles, en caso de que se trate de una donación. El otro tributo que se exige pagar en estos casos es la Plusvalía Municipal.

El paso que resta, antes de poner el inmueble en venta, es inscribirlo en el Registro de la Propiedad. En esta instancia, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones vuelve a entrar en escena. Será fundamental acreditar que se ha efectuado el pago por el mismo, o bien, que se ha aplazado el mismo. Una vez concretado el registro, la vivienda ya puede venderse.

¿Prescribe el Impuesto de Sucesiones y Donaciones?

Sí, como la mayoría de los tributos, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones prescribe ¿Cuándo? Al cumplirse cuatro años de obtenida la herencia o donación, que empiezan a contarse desde que finaliza el período voluntario de presentación del tributo. Cumplido este plazo, no será obligatorio abonar el impuesto. 

De todas formas, es importante mencionar que esto implica afrontar un lapso de cuatro años durante los cuales no será posible tomar posesión del bien heredado o donado, mucho menos, venderlo.

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Es muy común que, antes de fallecer, una persona incluya en su testamento a un futuro heredero que no supere los 18 años de edad. Si te estás preguntando qué ocurre cuando un menor de edad hereda un bien o una propiedad, en este artículo te lo informaremos. Si quieres saber si es posible vender una propiedad si la heredó un menor, también despejaremos tus dudas.

¿Qué ocurre cuando un menor de edad se convierte en heredero de una propiedad?

Lo primero que debes saber es que, cuando llega el momento de efectuar lo establecido en un testamento, pueden surgir algunos problemas y trabas. Estos inconvenientes pueden tener que ver con que no todos los allegados están de acuerdo con las decisiones tomadas por el difunto, por los gastos que implican las mismas o por el destino que en realidad se le quiere dar a esos bienes.

Las complicaciones pueden acrecentarse si entre los múltiples herederos existe alguno que no alcanza la mayoría de edad. Por lo general, los menores de 18 años no poseen capacidades plenas en caso de heredar una propiedad, pero esto no quiere decir que pierdan sus derechos de sucesión.

La realidad es que existen algunas limitaciones a la hora de convertirse en heredero cuando aún no se llega a la mayoría de edad. La principal es que, hasta que el menor no cumpla 18 años, no podrá aceptar ni rechazar la herencia por sí mismo. Sí o sí necesitará representación sobre sus intereses. ¿Quiénes pueden convertirse en sus representantes?

Representantes del menor

Cuando un menor de edad hereda un inmueble todas las acciones en relación a esta propiedad adquirida dependerán de los tutores legales del sucesor. Estos son los tres casos que pueden ocurrir:

  • Herederos menores con progenitores vivos: suele ser el caso más habitual y se da cuando el fallecido es un abuelo o un tío. Aquí los padres del menor tendrán la potestad total de representarlo y decidirán si reconocer o rechazar la propiedad heredada. La aceptación sólo puede realizarse cuando suponga un beneficio, es decir, que no involucre futuras deudas. En caso de renunciar a la propiedad, no podrán ser los progenitores quienes lo determinen, se deberá recurrir a una autorización judicial para evitar perjuicios hacia el menor.

  • Herederos menores con progenitores fallecidos: en el caso de que los fallecidos del menor sean los propios padres, deberá ser otro tutor legal quien represente al huérfano. Este representante será una persona nombrada en el testamento, en el caso de que lo hubiera, u otra designada según las disposiciones del Código Civil. El tutor legal deberá administrar el patrimonio del menor y tomar decisiones en su nombre. Para una mayor seguridad, en este caso será siempre necesaria una autorización judicial, tanto para la aceptación de una propiedad heredada como para su renuncia.

Conflictos de intereses

Como mencionamos al principio, la repartición de bienes y propiedades según lo especificado en un testamento suele ser terreno fértil para desavenencias. En el caso de que el heredero sea un menor, es posible que surjan conflictos entre ellos y sus representantes. En estos casos será necesaria la acción de un juez para aclarar las cosas.

Las disputas suelen surgir cuando un representante se adjudica un bien o propiedad sin tener en cuenta al heredero o cuando no protege adecuadamente el derecho del menor sobre su adquisición. Cuando el heredero se convierta en mayor de edad podrá tomar decisiones sobre su patrimonio, e incluso, solicitar una investigación si cree que su representante no obró de manera beneficiosa para sus intereses.

¿Es posible vender una propiedad si la heredó un menor?

Ahora centrémonos en nuestra pregunta inicial: ¿es posible vender una propiedad si la heredó un menor? La respuesta corta es: sí. Pero primero debes conocer y analizar varias cuestiones.

Lo esencial en estos casos es que el representante legal del joven, ya sean sus progenitores u otra persona adjudicada, brinde su consentimiento para realizar cualquier operación. Además de este aval, será necesaria una autorización judicial como mencionamos anteriormente. Este documento tendrá como fin proteger al menor y a sus intereses. En caso de que este tenga entre 16 y 18 años, la autorización no será necesaria.

Una vez tomada la decisión se deberá enviar una solicitud dirigida al Juzgado de Primera Instancia. Allí deben encontrarse detallados la identificación del inmueble, los motivos para llevar a cabo la venta y el destino que se le otorgará al dinero tras la compra.

El propulsor de la operación inmobiliaria, que puede ser el representante legal o el mismo joven, si es mayor de 16 años, deberá firmar una escritura pública para concretar el traspaso del inmueble. Una vez realizado este paso, y habiendo obtenido la aprobación legal correspondiente, la transacción habrá sido confirmada.

Cómo facilitar los trámites para vender una propiedad si la heredó un menor

Como habrás visto, vender una propiedad que, herencia mediante, ha quedado a nombre de un menor puede tornarse engorroso y generar conflictos e inconvenientes. Si eres quien está pensando en redactar su testamento y te gustaría beneficiar a un ser querido que aún no ha alcanzado la mayoría de edad con un inmueble, debes saber que existen maneras de simplificar el proceso para ellos.

Para no perjudicar en un futuro a tus allegados puedes empezar por especificar en tu testamento quién debe administrar la propiedad hasta que el menor cumpla 18 años y cómo debe ser el proceso de venta del inmueble. De está forma, se facilitará el reparto de las propiedades sin necesidad de abordar la selección de representantes legales u otros procesos jurídicos que pueden extenderse en el tiempo.

Si aún después de leer este artículo no estás seguro de la decisión que quieres tomar respecto a cómo confeccionar tu testamento, puedes analizar también cuáles son los pros y los contras de vender o donar una propiedad en vida. Sólo debes dirigirte a este artículo en donde encontrarás la información necesaria.

Si, por el contrario, eres quien conoce a un allegado que está buscando beneficiar con una propiedad a un menor de 18 años en su testamento, hazle saber esta información. Estas cuestiones deben planificarse con tiempo y dejando las cosas bien en claro, sobre todo si se trata de una relación de familia u otro tipo de relación afectiva.

Ahora, si ya te encuentras por abordar el proceso de vender una propiedad heredada por un menor, es probable que quieras recurrir a ayuda profesional. En OI REAL ESTATE podemos asesorarte y brindarte todo lo necesario para que puedas concretar esta operación de manera exitosa. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

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Hace tiempo que has puesto tu vivienda a la venta y no consigues venderla. En OI REAL ESTATE te mostramos cuáles son los pisos que más se están vendiendo y que puedes hacer, si todavía nadie ha comprado tu propiedad.

Como suele plantear un dicho común todo se mueve, todo cambia y esto es lo que está ocurriendo en el mercado inmobiliario. Se ha constatado una gran transformación producida por la pandemia, lo que ha hecho que los gustos de los compradores se modifiquen.

Hay una oferta abundante de pisos que ya nadie compra, el mercado ha mutado y las casas ven su cartel de “se vende” por meses, incluso años y no hay personas interesadas en adquirir las viviendas que en su momento han tenido un auge increíble.

En este artículo te mostraremos que es lo que tienes que hacer para que tu piso sea vendido lo más pronto posible, aconsejándote varias cosas en las cuáles puedes invertir para que tu casa se venda. También te indicaremos cuáles son los pisos que más se venden y que estrategias utilizan para contactar posibles compradores, quédate leyendo y te enterarás absolutamente de todo.

Pisos que menos se venden: Presta atención

Es muy notorio el cambio que se está viviendo en el mercado inmobiliario, las personas se están yendo de los pisos pequeños, con poca luz y sin balcones o salida al exterior. Es que la pandemia con un gran porcentaje de individuos en teletrabajo obliga a tener un espacio para respirar.

El agotamiento mental que produce el virus pandémico y su pandemia, en donde muchos han tenido que ver sus vidas avanzar entre cuatro paredes, sin posibilidad de un rayo de sol que ingrese por la ventana y permita la oxigenación del ambiente, ha conseguido que los compradores se decidan por ambientes más amplios, que suelen encontrarse lejos de la zona céntrica.

Por más bello que sea el piso que se ofrece, por la cercanía que proponga o los beneficios que dice tener, quién decide comprar pisos piensa en el espacio. No le convienen los espacios modestos o cercanos a la ciudad, el comprador desea un jardín en el cual tomar aire o un balcón pequeño que le permita ver el sol, cada vez que lo quiera, ya que la casa es el lugar en el que más estamos y necesitamos nuestros espacios de refugio y contacto con el exterior.

¿Cuáles son las viviendas que más se venden?

Si uno quiere vender un piso, es necesario prestar atención a las demandas que las personas realizan y al mercado. En este momento hay un crecimiento importante en los pisos de más de 90 metros cuadrados, los que miden menos no forman parte del gusto de los compradores.

Este aumento por los lugares espaciosos evidencia un gran cambio. En lo que respecta al 2020, el 34,1% de los pisos vendidos tenía entre 60 y 90 metros cuadrados, y el 16,6%, menos de 60 metros cuadrados. Mientras que aquellos pisos de más de 90 metros supusieron, el 49,3% de ventas; lo que muestra una diferencia con respecto al 2019, en donde se vendieron muchos más pisos de menos de 60 metros, un 18,1%, mientras que los mayores de 90 metros alcanzaron el 47% de transacciones.

Por lo que te aconsejamos que si quieres vender tu piso pequeño y de una manera rápida, deberás hacer varias reformas que agreguen valor a la vivienda impactando a los posibles compradores. Sabemos que vender en estas situaciones del mercado es difícil, pero te invitamos a que visites nuestra página, para que mires todas las opciones que te ofrecemos para que tu venta sea un éxito.

Compras de pisos en las afueras de las ciudades ¿lo más solicitado?

La gran mayoría de los pisos que se desean vender, se encuentran publicados en los portales inmobiliarios. En estos sitios, las personas que quieren comprar viviendas encuentran los lugares que más les gustan y se contactan con los dueños para visitar las casas que están a la venta.

Se ha demostrado que hay un aumento sumamente significativo en los filtros de terraza, jardín y balcón, que realizan los usuarios de búsquedas. Aquí los visitantes de las páginas colocan palabras claves que los direccionan hacia lo que quieren.

Luego de jornadas incansables en las que el teletrabajo ocupa su espacio central, las personas necesitas tener un espacio de aire libre en el cual disfrutar de la brisa del viento o sentir una vinculación más cercana con la naturaleza. Esto no se consigue en las zonas más urbanizadas y con pisos modestos, por lo que se observa un gran aumento de gente que está yéndose a vivir en las afueras de las ciudades, ahí consiguen todo lo que desean.

Pisos en herencia ¿un mercado que crece?

El coronavirus no solo ha cambiado nuestras formas de movernos y de trabajar, nos ha obligado a permanecer en nuestra casa y lo que es mucho peor, se ha llevado la vida de varios de nuestros familiares.

En esta tormentosa situación que nos toca vivir, en la que no tenemos idea si habrá una cura del virus, si podremos volver a nuestros trabajos como antes, nuestra vida cambia y suceden cosas que jamás hubiéramos imaginado, una de ellas es la venta de pisos en herencia. Se observa un gran aumento de estos, producto de los fallecimientos ocurridos por la enfermedad que día a día se cobra más víctimas.

¿Podré vender mi piso en esta situación tan compleja?

La respuesta es que sí, no será un camino sencillo. Si posees una vivienda chica y con poca luz, no será lo más vendible, pero siempre hay estrategias y métodos para conseguir el objetivo de vender un piso. En Oi Real Estate estamos para ayudarte, sabemos que la ayuda que pueda brindarte un profesional te será útil, te dejamos nuestro número de contacto para que te comuniques con nosotros y logres esa venta, que te tiene preocupado.

Si te quedaste con alguna duda respecto a este tema, sabes que puedes hacerla en el espacio de comentarios que se encuentran debajo.

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Tienes pensado poner tu casa a la venta, pero te encuentras en un piso heredado. Desde OI REAL ESTATE te indicamos todos los pasos que debes seguir; ya que no es tan fácil como parece.

Quieres poner tu piso en venta, pero el título de propiedad no está bajo tu nombre, debes realizar algunos procedimientos. Para que sea posible vender una casa heredada es imprescindible comenzar un proceso legal y pagar ciertos impuestos obligatorios.

No te alarmes antes de tiempo. Aquí te enseñaremos qué es lo que debes hacer, para que tu piso heredado pueda venderse de la forma más rápida posible y segura de todas, sigue leyendo y no tendrás de qué preocuparte.

¿Qué debo hacer para vender un piso heredado?

Vender puede ser un procedimiento muy sencillo, pero no lo es tanto, si la casa se obtuvo por medio de una herencia. Para que un piso heredado pueda ser vendido, es necesario iniciar un procedimiento jurídico que te adjudique la herencia, no basta solamente con el testamento para ser dueños de una casa heredada.

Una vez concluido el proceso para aceptar la herencia, se podrá continuar con los requerimientos que se acostumbran para vender un piso. Antes que el proceso legal ocurra, no se puede iniciar ninguna venta, puede ser visto como un contratiempo; pero es lo que se necesita para que un piso heredado consiga venderse.

¿Un piso puede ser vendido sin aceptar la herencia?

Es muy común preguntarse, si un piso puede venderse sin haber hecho los trámites de herencia, que te otorgan la titularidad para qué tú puedas vender tu piso. Pero la verdad, es que eso no es posible.

Al no tener el piso heredado a tu nombre, no puedes venderla; ya que la propiedad seguirá siendo del familiar fallecido, hasta que no se realice el traspaso de titularidad que se requiere a la hora de poner en venta un inmueble. Sin embargo, eso puede modificarse si hacemos el trámite de nueva titularidad de la casa.

Cuando por fin se consigue la propiedad como dueños legítimos según la ley, se tiene la entera libertad para vender la casa a quién se quiera. Por lo que es aconsejable, iniciar con los planes del traspaso lo antes posible; casi siempre suele comenzarse, transcurrido un año desde que fue adquirido el piso heredado.

Sino deberemos pagar los costes de mantenimiento de la vivienda, lo que implicará un gran impacto para nuestra economía. Por lo que si elegimos actuar con tiempo, nos ahorraremos gastos.

Procedimientos que deben seguirse para vender una propiedad heredada

A la hora de poner en venta una casa heredada, deben tenerse en cuenta una serie de pasos que permitirán que se cumpla con el objetivo principal: vender la propiedad.

Los pasos que deben seguirse son los siguientes:

Obtención de documentos obligatorios

Aceptación de la herencia ante notario

Pagar impuestos de herencia

Inscribir el piso en el Registro de la Propiedad

Poner el piso en venta

Sí, son varios pasos. Pero, no te preocupes que en los siguientes apartados, te indicaremos todos los pasos a seguir en detalle.

Obtención de documentos obligatorios

Como mencionamos anteriormente, es imposible aceptar la venta de una vivienda, si no se tiene la titularidad.

Entre los documentos necesarios, está el certificado de defunción. Este puede adquirirse en el Registro Civil del lugar, donde haya fallecido quién dejó en herencia la propiedad.

Para realizar la solicitud, hay que llenar un formulario con los datos de nombre, apellido y DNI del fallecido y el número de folio de inscripción del deceso. Es gratuito y tarda alrededor de 15 días en concretarse.

El segundo paso que debe realizarse es el Certificado de últimas Voluntades, que acredita que el fallecido ha dejado testamento y en qué notario lo ha hecho. Se pide en la gerencia territorial del Ministerio de Justicia correspondiente.

Cuesta alrededor de 4 euros y puede solicitarse trascurrido 15 días, desde la muerte de la persona.

El otro procedimiento con el que es necesario cumplir es la Copia autorizada del testamento, en el caso de que exista. Esta, se pide en el notario autorizado que aparece en el certificado de defunción y certificado de últimas voluntades y su precio varía dependiendo el número de folios que tenga el testamento original y de antigüedad.

Aceptación de la herencia ante notario

Cuando terminamos con la parte de recopilación de documentación, debemos acudir a un notario para que la propiedad adquiera nuestra titularidad.

Si hay un testamento, se debe hacer el inventario de bienes y deudas que posee el fallecido. Se deben localizar las escrituras de propiedad y pedir una nota ante el Registro de la Propiedad para verificar si hay hipotecas.

Al firmar la escritura de partición, se recogen todos nuestros datos, el inventario de bienes y el reparto de los mismos, según lo estipulado en el testamento. Se recomienda contar con un abogado para la firma de la escritura. Se ratifica la firma ante notario, para que podamos inscribir la nueva titularidad en el Registro de la Propiedad.

Si no existiera testamento, será necesario que el notario determine quienes son los herederos según lo establecido por la ley. Demostrando el parentesco y presentando  documentos. Después se pasa a firmar en notaría para poder inscribir posteriormente el piso en el Registro de la Propiedad.

Pagar impuestos de herencia

Deben pagarse dos, el primero es el Impuesto de sucesiones. Este se paga en la delegación de hacienda donde el fallecido tenía su residencia, debe pagarse dentro de los 6 meses posteriores al fallecimiento. Esto es necesario para vender rápido el piso, cuanto más cercano sea el parentesco, menos impuesto habrá que pagar.

El otro impuesto a pagar es la Plusvalía municipal. Este es un tributo de carácter municipal que grava el aumento del valor del piso desde el momento en que lo adquirió la persona fallecida, hasta que lo recibimos en herencia, se paga en el ayuntamiento donde está ubicado el piso heredado.

Inscribir el piso en el Registro de la Propiedad

Con este último paso, pasaremos a ser los dueños de la vivienda. Para inscribir la nueva titularidad de la vivienda, debemos dirigirnos al Registro de la Propiedad correspondiente. Hay que presentar de los impuestos y toda la documentación pedida,  para registrar la casa heredada.

Registrar una propiedad tiene un coste, que responde al número de bienes a registrar, el valor de estos, la cantidad de herederos. Nunca  sobrepasa el 1% del valor del inmueble.

Poner el piso en venta

Una vez que el piso está inscrito en el registro, ya es de nuestra propiedad.  Por lo que podemos ponerlo en manos de una inmobiliaria.  

Si quieres poner tu piso en venta comunícate con nosotros. En Oi Real Estate estaremos encantados de ayudarte.

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Se prevé que en 2021 muchos españoles decidirán renunciar a la herencia por no disponer de los fondos suficientes para enfrentar los gastos asociados. Pero, por fortuna, existen otras soluciones y nosotros podemos ayudarte. Sigue leyendo para conocer los beneficios de vender tu piso heredado.

El año 2020 ha sido particularmente difícil, sobre todo en materia de salud. En efecto, según el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), la pandemia del coronavirus causó un exceso de mortalidad entre los meses de marzo y diciembre pasados, cuando se registraron un total de 391 400 fallecimientos. Frente a ello, los notarios temen que en 2021 se desate una oleada de renuncias a herencias. ¿Renuncias? Sí, renuncias, porque como ya sabrás, al heredar los bienes de una persona fallecida se heredan también sus deudas. Eso sin mencionar que la operación tributa para el impuesto de sucesiones y donaciones y para la plusvalía municipal. En muchos casos, la falta de liquidez para hacer frente a estos costes deriva en la renuncia por parte de los herederos.

Ahora bien, si la herencia incluye un bien inmueble, existen algunas alternativas que te permitirán solventar todos los gastos y, siempre que sea posible, conservar otros bienes en propiedad. Pero antes de hablar al respecto, queremos recordarte algunos aspectos que creemos importantes.

Tres puntos importantes sobre las herencias

En otro artículo te contamos en detalle todo lo que debes saber sobre las herencias. Si todavía no lo has leído, ahora es un buen momento para hacerlo. Te dejamos el enlace a continuación.

Sin embargo, en esta oportunidad solo repasaremos los aspectos fundamentales para determinar cómo podemos ayudarte nosotros en la tramitación. Veamos cuáles son.

La herencia se puede aceptar o rechazar. La aceptación puede ser expresa o tácita, aunque lo más habitual es realizarla frente a un notario. Recuerda que si la aceptas, heredarás todo el patrimonio, incluyendo las deudas. La decisión de renunciar a la herencia habrá de ser expresa, obligatoriamente.

Si se acepta una herencia, puede hacerse de dos maneras: pura y simplemente o a beneficio de inventario. En el primer caso, el heredero se compromete a pagar todas las deudas de la persona fallecida, respondiendo tanto con los bienes heredados como con los propios. En el segundo, se compromete a pagar las deudas únicamente con los bienes heredados, sin comprometer su propio patrimonio.

Cuando se recibe una herencia, debe tributarse por ella. Los impuestos que deben pagarse al heredar un piso son dos: el de sucesiones y donaciones y la plusvalía municipal.

Respecto del impuesto de sucesiones y donaciones, debes saber que el plazo de pago es de seis meses a contar desde la fecha del fallecimiento de la persona. Sin embargo, durante los cinco primeros meses de dicho plazo, se puede solicitar una prórroga por otros seis meses adicionales.

En lo que respecta a la plusvalía municipal, habrá de liquidarse en el ayuntamiento del lugar donde se ubique la propiedad en cuestión. El importe a pagar dependerá de los años transcurridos desde la anterior transmisión de la propiedad y de las bonificaciones aplicables a cada municipio. A continuación, te dejamos dos enlaces en donde puedes ampliar la información sobre los tributos.

El problema de la falta de liquidez

Tal y como has podido ver en los aspectos esenciales sobre las herencias, los gastos de la operación son considerables, más aún si en existen deudas. Es por ello que los notarios temen una avalancha de renuncias durante este año. La crisis que atraviesa nuestro país en estos momentos ha reducido considerablemente el poder adquisitivo de los ciudadanos y en este contexto es mucho más difícil disponer de los fondos necesarios para enfrentarse a una herencia.

Si bien durante 2020 el número de herencias realizadas descendió, los notarios lo atribuyen a la suspensión parcial de sus servicios durante el confinamiento, cuando solo se atendieron cuestiones urgentes. El aumento en la tasa de mortalidad sumado a la falta de citas en las notarías y a las prórrogas que ha facilitado el gobierno en cuanto al pago de los impuestos correspondientes indican que todas las herencias se resolverán a lo largo de este 2021.

No obstante, antes de decidir renunciar a una herencia, te proponemos que evalúes otras alternativas. Ahora sí, te contaremos cómo podemos ayudarte para hacerte más amena la operación.

Antes de renunciar a la herencia, plantéate vender tu piso

Esta es la primera alternativa que te permitirá hacer frente a todos los gastos asociados a la operación. Será válida siempre que hayas heredado un bien inmueble. Pero, al venderlo, obtendrás solvencia suficiente para cancelar las deudas y pagar los impuestos. El beneficio radica en que, si has heredado otros bienes, podrás conservarlos.  

En este punto haremos una aclaración. El impuesto de sucesiones y donaciones debe pagarse dentro de los seis primeros meses luego del fallecimiento del titular. En ocasiones, la falta de dinero para pagar este tributo obliga a renunciar a la herencia. Aquí es donde nosotros podemos ayudarte. El tiempo medio que tardamos en vender una propiedad es de treinta y siete días, por lo cual, tendrías el dinero disponible a tiempo para no adquirir deudas con el fisco.

Como puedes ver, vender la propiedad es una solución viable y su resultado será más beneficioso que renunciar a la herencia, ¿no crees? Aun así, existe otra alternativa que también es importante que la conozcas: la venta express.

Si te urge resolver la herencia, ¡nosotros te compramos la propiedad!

Si la necesidad de resolver la herencia es urgente, entonces nosotros podemos comprarte tu piso. El procedimiento es sencillo: basta con entrar a nuestra web (aquí te dejamos el link) y dejarnos tus datos de contacto. En menos de 24 horas hábiles, un agente se comunicará contigo para pactar una visita a tu piso. Posteriormente, te haremos una oferta, pero tú decides sin compromiso si la aceptas. Ahora bien, si la respuesta es positiva, ¡te compramos tu casa! En menos de cuarenta y ocho horas desde la firma del contrato tendrás el dinero en tu cuenta bancaria y, además, nos haremos cargo de la mudanza.

Renunciar a la herencia sigue siendo una alternativa viable frente a las dificultades financieras que puede generar este procedimiento. Pero, si esta incluye un bien inmueble, venderlo puede ser la solución que estabas buscando. ¡Contáctanos!

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