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Tributación

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Si eres arrendador o arrendatario de una vivienda, te preguntarás cuál es el impuesto sobre la renta ¿Cuáles son los tratamientos del arrendamiento de la vivienda en IRPF para arrendador y arrendatario? ¿Cómo son los tratamientos en IVA? En este artículo intentaremos brindarte información para resolver algunas de estas dudas sobre tributación.

¿Qué es el IRPF?

Esta sigla corresponde al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Es un impuesto que grava la renta obtenida durante un año de las personas físicas residentes en España. El sistema tributario español se financia principalmente a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Se trata de un tributo que grava la renta de las personas residentes en España durante un año natural. Consiste, además, en un impuesto de carácter progresivo y directo.

Tratamiento del arrendamiento en relación con el impuesto sobre la renta de las personas físicas

IRPF – Arrendador

Los rendimientos que provienen del arrendamiento de una vivienda constituyen para el arrendador un rendimiento de capital inmobiliario.

La cantidad del rendimiento se realiza restando de los ingresos los gastos deducibles y aplicando sobre esta cantidad, en los casos que proceda, determinadas reducciones.

En el supuesto caso de que existan subarrendamientos, las cantidades percibidas por el subarrendador no se considerarán rendimientos del capital inmobiliario, sino del capital mobiliario. Sin embargo, la participación del pro­pietario en el precio del subarriendo sí tiene la consideración de rendimientos del capital inmobiliario. Esto sin que proceda aplicar sobre el rendimiento neto ninguna reducción.

Únicamente si el arrendamiento se realiza como actividad económica, las cantidades obtenidas no tienen la consideración de rendimientos del capital inmobiliario, sino de actividades económicas, dentro de cuyo apartado específico deberán ser declarados.

Diferencias entre actividad económica y capital inmobiliario

Se dice que el arrendamiento se ejecuta como actividad económica cuando en el desarrollo de la actividad haya, al menos, una persona empleada con contrato laboral y que trabaje en jornada completa.

Rendimientos de la actividad económica

Los gastos mientras que el inmueble no está alquilado son deducibles y el inmueble no genera imputación inmobiliaria. No hay límites para la deducción de gastos. La amortización se realiza según las tablas de las actividades económicas y se pueden aplicar los beneficios de las Empresas de Reducida dimensión. Existe una reducción por inicio de la actividad.

Rendimientos del capital inmobiliario

Los gastos mientras que el inmueble no se encuentra en alquiler NO son deducibles. Existen límites de reparación e intereses. La amortización se calcula en un 3%. No hay reducción por inicio de actividad.

IRPF – Arrendatario

Según la Agencia Tributaria, las cantidades percibidas por el arrendatario en los supuestos de traspaso o cesión de los derechos de arrendamiento tienen la consideración de ganancias de patrimonio, pero las que perciba en el supuesto de subarrendamiento son rendimientos del capital mobiliario.

Deducción por alquiler de la vivienda habitual:

Sin perjuicio de lo aprobado al respecto por cada Comunidad Autónoma, desde el 1 de enero de 2008 los contribuyentes podían deducirse un porcentaje de las cantidades satisfechas en el período impositivo para el alquiler de su vivienda habitual.

Tributación de alquiler de viviendas vacacionales

La tributación de arrendamiento por alquiler de viviendas vacacionales es más beneficioso ya que califica como actividad económica, siempre y cuando se cumplan con los requisitos siguientes:

  • Para la realización y ordenación de la actividad de arrendamientos debe utilizarse una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa.
  • No es obligatorio que el inmueble esté exclusivamente destinado a la actividad, sino que es válido cualquier local, ya sea en propiedad o arrendado, incluso una habitación de la vivienda habitual. Para ello tienen que cumplirse, a la vez, dos requisitos:
  1. Exclusividad: el local que lleve a cabo la gestión debe estar afecto a la misma.
  2. Independencia: si en el local se realizan otras actividades será necesario que la parte dedicada a la actividad inmobiliaria se destine en exclusiva a tal fin.

Tratamiento del arrendamiento en relación con el IVA

Arrendador IVA

El arrendamiento de viviendas utilizadas exclusivamente como tales, con los muebles, garajes y anexos, es una operación exenta de IVA, por lo que el arrendador no repercutirá ni ingresará el impuesto por este concepto, ni el arrendatario está obligado a soportarlo.

No se aplicará la exención en aquellos casos en que se atribuya a una vivienda un uso mixto, como vivienda o como despacho profesional.

No está exento del impuesto el arrendamiento de viviendas amuebladas cuando el arrendador se compromete a prestar servicios propios de la industria hotelera (tales como limpieza, lavado de ropa, sábanas, toallas, etc.).

Tampoco está exento del impuesto el arrendamiento de viviendas amuebladas efectuado por una persona jurídica para destinarlo, cediendo su uso, a residencia de empleados.

Exentos y no exentos de IVA

1) Arrendamientos de viviendas cuando sean sin opción de compra:

  • Están EXENTOS DE IVA, pero para que esto suceda, los inmuebles deben estar exclusivamente destinados al uso de vivienda. De esta manera, se extenderá la exención a los anejos de la vivienda y los muebles arrendados.
  • NO ESTÁN EXENTOS DE IVA, cuando con el arrendamiento se realicen servicios relacionados con la industria hotelera.

2) Arrendamientos de viviendas cuando sean con opción de compra y sean con el promotor de la vivienda:

  • NO ESTÁN EXENTOS DE IVA, porque las mensualidades abonadas en un tiempo anterior a la compra están consideradas como parte del precio de la vivienda y la primera entrega de la vivienda está sujeta a IVA.

3) Arrendamientos de viviendas cuando sean con opción de compra y sea segunda o posterior entrega:

  • ESTÁN EXENTOS DE IVA, ya que en las segundas entregas de viviendas están sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas.

4) Arrendamientos de viviendas a sociedades

  • Está EXENTO DE IVA si el destinatario último de la vivienda es empleado de la sociedad.
  • No está EXENTO DE IVA si el destinatario último fuera la sociedad.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), ha lanzado un nuevo Asistente virtual de Renta sobre inmuebles. Esta herramienta ya está disponible en su página web y te ayudará a encontrar información sobre tributación de la vivienda y otros inmuebles de cara a la Campaña de la Renta.

Asistente virtual de Hacienda

El nuevo asistente virtual, es una herramienta avanzada a la que los usuarios pueden formularle preguntas utilizando un texto libre. Esta será contestada de forma personalizada mediante el uso de la inteligencia artificial.

La herramienta está diseñada para únicamente responder temas relacionados con los inmuebles. Aunque se espera más adelante actualizarla para incorporarle otro tipo de contenidos que tienen que ver con los impuestos, según ha indicado la Agencia Tributaria.

Temas que se pueden consultar

Los temas sobre los que se puede preguntar al asistente virtual, son los relacionados con  rendimientos derivados de inmuebles; dependiendo del uso al que se destinen, como vivienda habitual, a disposición de sus titulares, afectos a actividad económica o inmueble en alquiler. En el caso de alquiler, también se puede consultar todas las posibles modalidades de arrendamiento.

Además de esto, esta herramienta te ayuda a calcular y declarar las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de inmuebles en sus diferentes modalidades lucrativas y onerosas, así como los casos especiales de extinción de condominio o la dación en pago.

El asistente virtual, también puede dar respuestas sobre las deducciones derivadas de la propiedad o la utilización de los inmuebles, como son:

  • Las deducciones por adquisición de vivienda habitual.
  • Las deducción por alquiler.
  • Deducciones por obras de eficiencia energética.
  • Otro tipo de deducciones.

En el caso de que se formulen preguntas no relacionadas con el área del inmueble, el asistente virtual, respondería derivando a los Informadores de Renta y de Actividades Económicas, a través de los cuales se podrían resolver esas cuestiones.

Si la respuesta que ofrece esta herramienta no contiene toda la información que se solicitaba, el usuario podrá acceder a un chat con un especialista de la Administración Digital Integral (ADI).

El usuario podrá obtener la información que necesita fácil y rápido

Cuando el usuario quede satisfecho con la respuesta obtenida, puede solicitar que se le envíe una copia con la información en formato PDF a su correo electrónico. Para este paso, se necesitará la autenticación mediante su Clave PIN o certificado electrónico.

Según explica el fisco, “esta contestación tiene el carácter de mera información de los criterios administrativos existentes para la aplicación de la normativa tributaria. Si desea plantear una consulta tributaria escrita respecto al régimen, clasificación o calificación tributaria que le corresponda, debe dirigirse, según lo establecido en los artículos 88 y 89 de la Ley General Tributaria, a la Dirección General de Tributos como órgano competente para la elaboración de contestaciones vinculantes”. 

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La masificación del uso de las criptomonedas ha llevado a Estados y Naciones a tomar medidas para regularizar este mercado que no tiene límites. El modo en que tributan criptomonedas en nuestro país es de reciente aplicación y lo analizaremos detalladamente aquí.

Hay 8.000 criptomonedas actualmente en el mundo y cada día aparecen otras nuevas. Las generaciones jóvenes son las que se sienten más atraídas por estas nuevas formas de realizar las transacciones económicas.

La adopción de las monedas digitales para realizar diversos pagos crece día a día pero pocas personas realmente conocen cómo tributan criptomonedas en nuestro país y qué impuestos se deben abonar. Al utilizar la tecnología blockchain son muy seguras pero no están controladas por el Fisco, en su mayoría.

Sugerencia de lectura: Binance es la primera plataforma cripto registrada

¿En qué casos tributan criptomonedas?

Las criptomonedas tributan en el momento en que generan algún tipo de rentabilidad. Si una persona compra criptomonedas, este simple hecho no debe tributarse. Ahora, en el momento en que se vendan y aparezca la ganancia, ahí es cuando deben tributar.

Impuesto sobre el Patrimonio

Si la persona es residente de España, se debe declarar la posesión de las mismas en el Impuesto sobre el Patromonio en caso de superar los 2 millones de euros entre bienes totales. En estos casos, el poseedor de las monedas digitales deberá declararlas solamente por la mera tenencia, independientemente de que generen rentabilidad alguna.

Esto lo establece el artículo 24 de la Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio, que señala que el contribuyente debe anotar el precio económico de las criptomonedas que tenga en su poder en ese momento.

Otro detalle no menor es que si las monedas se hallan fuera del país, deberán declararse al superar los 50.000 euros y cada año posterior en que varíen en más de 20.000 euros también.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

El IRPF se tributa desde el momento en que la cripto comience a dar ganancias. Recordemos que la campaña comienza el próximo 6 de abril y finaliza el 30 de junio. Se deberán presentar las declaraciones de todos los contribuyentes que deban tributar.

Las cifras de estas monedas digitales deberán incluirse en la base imposible del ahorro del impuesto sobre la renta. Este impuesto es progresivo y su porcentaje se calcula entre el 19% y el 26% de la ganancia obtenida. Además influyen otras variables en la cuota final de este impuesto, como operaciones inmobiliarias e ingresos de otro tipo.

Impuesto sobre Sucesiones o Donaciones

También tributan criptomonedas recibidas a modo de herencia o simple regalo. Esta tributación dependerá del monto y de las leyes estatales y de cada autonomía. La regulación estatal establece un porcentaje del 7,65% al 34% pero las autonómicas influyen ya que algunas comunidades permiten bonificaciones de hasta el 99%, como es el caso de Madrid.

Situación frente al IVA

La compra y la venta de criptomonedas están exentas del IVA

El caso particular de las staking

El staking es el proceso de adquirir criptomonedas y bloquearlas en wallets durante un determinado período para ganar recompensas, es una alternativa al minado tradicional. En este caso, deben tributar cuando se recibe la rentabilidad obtenida a través del IRPF.

Dichas ganancias se encuadrarían dentro de lo que se considera como la base del ahorro que tributa al IRPF según el importe:

  • 19% de impuestos en ganancias de hasta 6.000 euros.
  • 21%, en ganancias entre 6.000 y 50.000 euros.
  • 23% en rentabilidades de 50.000 a 200.000 euros.
  • 26% cuando la rentabilidad supere los 200.000 euros.

Especial mención se debe hacer a una reciente consulta vinculante a la DGT sobre si el staking debe abonar IVA y su respuesta ha sido afirmativa (no así sus ganancias).

Los países que más utilizan criptomonedas

Según la Encuesta Global de Consumidores de Statista, la población de Nigeria es la que más utiliza las divisas digitales. Un 32% de los nigerianos utilizan las criptos en su vida cotidiana, esto equivale a un tercio de su población. La explicación es que el alto costo para enviar dinero al exterior ha derivado en que en este país las personas adopten las monedas digitales.

Luego de Nigeria aparece los siguientes países:

  • Tailandia, con el 31% de su población utilizando criptos.
  • Filipinas, con el 28%
  • Vietnam, con un 27%
  • Turquía, con el 25%.

Con respecto a América Latina, Perú es el país que más uso hace de las criptos con un 16% de su población utilizándolas. Entre ellas, las que más destacan son el bitcoin, ethereum, litecoin, ripple, dogecoin.

Operaciones en donde tributan criptomonedas

A modo de paralelismo, y con el fin de ejemplificar un poco este universo nuevo de tributación, podemos afirmar que:

  • La compraventa de criptomonedas tributa del mismo modo que la transmisión clásica de divisas.
  • El staking tributa de la misma manera que un depósito común bancario.

El futuro formulario 721

El formulario 720, de Declaración Informativa sobre Bienes y Derechos en el extranjero ha sido tumbado por la Justicia europea, pero en su lugar se instalará el formulario 721 para declarar ingresos en el exterior superiores a 50.000 euros en criptomonedas. Este modelo de declaración aún se encuentra en desarrollo por parte de la Agencia Tributaria.

Hacienda retoma las inspecciones presenciales

Además de trabajar en el nuevo formulario 721 para declarar cripto divisas del extranjero, Haciendo vuelve a realizar inspecciones presenciales con el objeto de eliminar el fraude fiscal. El objetivo es reforzar el trabajo y encausarlo hacia la vigilancia fiscal de los contribuyentes.

Los planes de visitas han sido enfocados directamente hacia las pequeñas y medianas empresas, incluyendo a los gestores de pymes y autónomos. Además, se incluirán a los poseedores de criptomonedas y pisos de alquiler turístico.

Atención los dueños de criptos

Hacienda comenzará su control hacia los tenedores de criptomonedas realizando una explicación sobre los potenciales riesgos, avisos y advertencias que tienen este tipo de inversiones. También se controlarán las plusvalías de estas operaciones, tanto nacionales como internacionales.

Mientras tanto, el modelo 721 podría entrar en vigor los próximos meses, cuando el Ministerio de Hacienda termine de elaborarlo.

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El contexto de la COVID-19 ha derivado en unos ahorros históricos de las familias en 2021. Qué hacer frente a esos ahorros, por qué conviene invertir en los fondos de inversión antes que hacerlo de manera individual y qué ventajas fiscales poseen. Cuál es el panorama actual de los fondos, últimas cifras para ayudarte a decidir qué hacer con tu ahorro en 2021.

El ahorro más alto en 40 años

Estamos terminando de atravesar una pandemia que nos obligó al aislamiento, la circulación restringida y el cierre de algunos servicios esenciales. Además, la incertidumbre global ha llevado a los individuos a ahorrar -sin proponérselo siquiera- al tener sus gastos limitados por las razones antes descriptas.

Según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), las familias han ahorrado un 126% más (108.844 millones de euros), siendo la tasa de ahorro más alta desde 1999. En el último trimestre del año pasado, la tasa de ahorro en 2021 de los hogares españoles se situó en el 19% de su renta disponible, dejando la capacidad de financiación es sus cifras más bajas desde 2012.

Diferencias con Estados Unidos en el modo de ahorrar en 2021

El aumento del ahorro en 2021 por la pandemia ha sucedido a nivel mundial. Sin embargo, hay diferencias notorias entre nuestro país y el resto. Por ejemplo, en Estados Unidos el 90% del ahorro se debe a una mayor renta disponible. En España, la renta disponible ha caído un 3,3% en 2020, como consecuencia de una economía más vulnerable al COVID-19.

Ventajas de colocar el ahorro de 2021 en bonos de inversión

Ahora bien, llega el momento de invertir los ahorros de los últimos meses y nos topamos con la incertidumbre de cómo hacerlo.

Podemos hacerlo de manera individual, ahorrándonos comisiones, pero de todos modos deberíamos pagar más impuestos que colocando nuestro dinero en un fondo de inversión.

Beneficios de los fondos de inversión

El principal beneficio de los fondos de inversión es que están exentos de tributación hasta el momento en que decidas retirar tu dinero del mismo. Cuando retires tu beneficio realizarás la tributación, declarándolo como ganancias o pérdidas patrimoniales. Si decidimos reinvertir las ganancias, las mismas no tendrán que tributar.

Otro beneficio es el traspaso de fondos, también exento de tributación. Podemos trasladar el dinero de un fondo a otro sin pagar impuestos al Fisco. También los fondos están sujetos a un tipo de gravamen reducido del 1% en el impuesto a sociedades. Siempre recomendamos investigar sobre cuáles son los mejores fondos de inversión.

Los riesgos de la planificación individual del ahorro en 2021

Aunque quisiéramos imitar el modo de invertir de un fondo de inversión, el resultado sería muy diferente. Por cada renta que recibamos, Hacienda nos aplicará los impuestos correspondientes. Por este motivo principal es que se recomienda utilizar los fondos de inversión.

Previsiones del ahorro en lo que resta de 2021

El Banco de España prevé que los ahorros se trasladen en consumos rápidamente. “En el caso concreto de los consumidores, el mecanismo de los ERTE, las moratorias crediticias y el mantenimiento de condiciones financieras muy favorables no solo habrían fortalecido las rentas y la posición patrimonial de estos agentes, sino que además habrían afianzado su confianza en un rápido repunte de la economía”, detalla el informe de la entidad.

El BBVA, por su parte, espera que el país termine este año de crecer un 6,5%, generando un rebote del 7% en 2022. “El final de las restricciones y la reducción de la incertidumbre sobre los contagios impulsaron el crecimiento del consumo” durante el segundo trimestre, “en particular en los servicios”, explican desde la entidad bancaria.

Según el informe La resiliencia/vulnerabilidad de los hogares españoles frente al COVID-19. Disparidades en la distribución y composición del ahorro en el entorno europeo’, elaborado por Fundación Mutualidad de la Abogacía e IE Foundation, las familias españolas suelen elevar su tasa de ahorro ante circunstancias económicas adversas. A pesar de los paquetes de medidas sociales y económicas puestos en marcha por los gobiernos europeos, un buen número de hogares ha experimentado una reducción intensa de sus ingresos.

Los fondos de inversión bancarios durante agosto de 2021

Durante agosto, el patrimonio de los fondos de inversión ha aumentado un 1,2%. Se han concentrado principalmente en los bancos: Santander ha registrado captaciones por un total de 204 millones de euros, Kutxabank por 166 millones, e Ibercaja por 141 millones.

Con respecto a la rentabilidad, las principales gestoras que se destacan son:

-Inversis Gestión, con un avance de 2,13%,

-Singular Asset Management, con un 1,82%,

-Patrivalor, con una rentabilidad media del 6,05% y

-Cobas Asset Management, con un 3,82%.

A qué están apostando los mejores fondos de inversión del mundo

JPM Global Dividend Fund tiene un patrimonio de 580 millones de dólares y una rentabilidad de más del 74% a cinco años. Apuesta a compañías de gran tamaño donde se destaquen los servicios financieros, industriales y la tecnología. Por ejemplo: Coca-Cola, Microsoft, Samsung y Analog Devices.

Fidelity Global Dividend Fund ha alcanzado este año una rentabilidad del 14,08%. Se especializa en el sector financiero, tecnológico y salud. Este fondo invierte, por ejemplo, en empresas como Unilever, Procter & Gamble, Cisco y Roche.

M&G Global Dividen Fund, cuyo patrimonio supera los 2.000 millones euros, este año está alcanzando una rentabilidad del 15,63%. Sus apuestas pasan por el sector de materiales básicos y tecnología pero a empresas de mediana y pequeña capitalización.

¿El bitcoin ingresa en los fondos de inversión?

La gestora alemana Union Investment está evaluando la posibilidad de incluir bitcoins en sus fondos. La criptomoneda número uno del mundo ha superado los 52.000 dólares y la tendencia indica que seguirá subiendo. Un ejecutivo de la gestora ha indicado que planean agregar bitcoin a una serie de fondos disponibles para sus inversores privados, aunque no han brindado fechas estimativas de la nueva estrategia.

Recordemos que en Alemania la inversión en monedas es mucho más fácil luego de que se aprobara una ley que permite que los denominados fondos especiales asignen hasta el 20% de su capital en activos de cifrado.

Desde ayer, el bitcoin es moneda oficial en El Salvador, convirtiéndose este país en el primero del mundo en incluir esta criptomoneda dentro de su economía. La Ley Bitcoin indica que “todo agente económico deberá aceptar bitcoin como forma de pago cuando así le sea ofrecido por quien adquiere un bien o servicio”. Y su tipo de cambio con el dólar americano queda sujeto libremente al mercado.

Esta medida ha sido adoptada como manera de evitar el pago de comisiones por el envío de remesas a Estados Unidos, sostén principal de la economía salvadoreña.

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