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subrogación de un contrato

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Si eres inquilino y tu casero ha decidido vender la propiedad, lo primero que tienes que saber es cómo funciona la subrogación de un contrato de alquiler. Por eso, te invitamos a leer este post que te brindará toda la información que debes conocer, ante un cambio de propietario en el piso que alquilas.

El contrato de arrendamiento es el lugar en donde se encuentran detalladas, todas las cláusulas que les corresponden a los propietarios y a los inquilinos. Ambas partes, se comprometen a cumplir con lo pactado, hasta que suceda la finalización del contrato de alquiler dispuesto.

Mientras el mismo tenga vigencia, pueden desatarse muchas cosas y una de ellas es que, el casero de la vivienda en alquiler decida vender la propiedad a algún interesado. Esta posibilidad, puede desatar la incertidumbre y el miedo por parte del arrendatario, a la hora de pensar su futuro en ese piso, producto de este cambio tan importante.

Para responder a todas las inquietudes que pueden desatarse en un momento como el planteado, te invitamos a leer el siguiente artículo que hablará sobre la subrogación de un contrato de alquiler. Con él, descubrirás qué si es posible continuar manteniendo las mismas condiciones que figuran en el contrato o si, ocurrirás cambios drásticos en tu situación. ¡Sigue leyendo!

¿Qué es la subrogación de un contrato de alquiler?

Existen algunos términos en el mundo inmobiliario que pueden prestar a confusión, uno de ellos es la subrogación de un contrato de alquiler. Es cuando el propietario de un piso que se encuentra en alquiler toma la decisión de vender la propiedad a un nuevo dueño, lo que hace que el inquilino se encuentre de la noche a la mañana, con un nuevo casero.

¿La venta del piso alquilado puede ocasionar inconvenientes para el inquilino?

Cuando un propietario vende su piso arrendado, no puede modificar las condiciones que se pautaron en el contrato. Por lo tanto, el nuevo dueño deberá respetar las cláusulas que se hayan establecido hasta la finalización del acuerdo por escrito, ya que de no hacerlo podría incurrir en aspectos contrarios a lo que fija la Ley de Arrendamientos Urbanos.

¿En qué situación podrá establecer reglas el nuevo dueño de la propiedad?

La persona que haya comprado la propiedad alquilada, solo tendrá que cumplir con lo dispuesto por el contrato de alquiler de su nuevo inquilino. Una vez que se haya terminado este período de tiempo y el contrato llegue a su fin, ahora sí podrá indicar si desea que la vivienda siga siendo alquilada o quiere un cambio.

¿El propietario se encuentra obligado a avisarle a su inquilino que vende el piso?

Esta pregunta tiene una respuesta afirmativa, ya que es posible que sea el propio inquilino el que compre la vivienda. De modo que, lo primero que debe hacer un propietario que desea iniciar una nueva vida y vender su propiedad es notificarle a su arrendatario sobre la decisión, a la vez de preguntarle si él, desea comprarla.

En caso de obtener una respuesta negativa por parte del inquilino, el propietario podrá recibir oferta de compradores interesados. Además, en ninguno de los casos se podrán modificar las cláusulas que tienen los arrendadores con sus arrendatarios, por lo que habrá que esperar a la finalización del contrato para modificar las condiciones.

Por otro lado, la inminente subrogación de un contrato de alquiler no implica que el arrendatario deba modificar su estadía en la propiedad, permitiendo el ingreso de visitas de posibles compradores. Se deberá respetar a los inquilinos y su estancia en la vivienda de alquiler, hasta que el acuerdo firmado concluya.

¿Qué se debe hacer si la propiedad se vendió y el contrato de alquiler se vence?

Esta situación no es la más grata, porque el arrendatario puede vivir un suceso que era impensado con su otro dueño. Si la subrogación de un contrato de alquiler se ha concretado y el inquilino transita sus últimos días en la vivienda, pero desea renovar por una temporada más: debe hablar con su nuevo casero para evaluar el asunto.

¿El nuevo propietario puede echar al arrendatario del piso alquilado?

Existen dos alternativas para los nuevos propietarios, respecto al contrato de alquiler que se vence. La primera, es que se tome la decisión de renovarle el contrato de arrendamiento al inquilino, pero con nuevas cláusulas que se establecerán en un nuevo acuerdo entre las partes, donde se sellará en otro contrato de alquiler.

Sin embargo, hay otra opción de la que puede hacer uso el arrendador y que no, siempre es bien recibida por el inquilino. Puede suceder que el casero hay tomado la decisión de no renovarle al arrendatario, pero tendrá que hacerlo con una anticipación de al menos, cuatro meses para que el inquilino encuentre un nuevo sitio para vivir.

Subrogación de un contrato de alquiler: los aspectos más importantes

Ahora que hemos establecido con profundidad qué es a lo que se debe atender, cuando se produce una subrogación de un contrato de alquiler, todavía quedan por responder algunas inquietudes que suelen hacerse. Una de ellas, es sobre la fianza y qué es lo que sucede cuando se cambia de propietario.

En cualquier situación de alquiler, los inquilinos que no han incurrido en destrozos de la vivienda deben recuperar la fianza invertida que se entregó al comienzo del contrato. Como la misma se encuentra en la Administración general del Estado, no la posee el dueño de la vivienda. Ante un cambio de propietario, el inquilino recuperará su fianza sin problemas.

Otro punto a tener en cuenta, tiene que ver con la necesidad de que el propietario solicite la vivienda, luego de un año del contrato de alquiler. Si existiera una cláusula que indique que, si requiere la vivienda para uso permanente, el inquilino debería dejársela siempre y cuánto, sea notificado con anticipación.

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