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Según una reseña publicada por Informa D&B, las empresas centenarias en España son poco más de 300. Y significan sólo el 0,03% de la sumatoria de empresas del país. Dentro de ese número, la mayoría se asienta en Cataluña. En tanto que el sector industrial es el que marcha por delante de estos negocios. ¡Conoce más en detalle en esta nota!

Cesce es una compañía de seguros por cuenta propia y del Estado que ofrece soluciones para proteger, impulsar y asegurar tu negocio. Esta es la presentación de la empresa en su página web. La filial de Cesce, Informa D&B, es un referente a la hora de obtener información comercial, financiera y de marketing de empresas y empresarios. A través de su plataforma se puede acceder a información sobre clientes y proveedores con el objetivo de minimizar el riesgo comercial. 

Pues bien, dicha plataforma ha difundido un informe que documenta acerca de las empresas centenarias en España. Según este informe, dichas empresas llegan al número de 318. Y significan solamente el 0,03% del total de los negocios en el país, según la base de datos de Informa. En esta nota te contamos sobre ellas. ¡Continúa leyendo!

Empresas centenarias en España

Las empresas con más de un siglo de antigüedad suman un total de 318. Estas sociedades activas fueron las censadas por Informa D&B. Como resultado, tenemos que encarnan solamente el 0,03% del total de las empresas del país. 

El informe resalta lo notable de su trayectoria si tomamos en consideración que la edad media de una empresa es de 13 años. Además, otro dato importante a tener en cuenta es que únicamente el 17% de las sociedades inauguradas en los últimos diez años continúan vigentes al día de hoy.

Desglosa el informe, también, que de las empresas centenarias el 13% fueron inauguradas en el siglo XIX, o sea 40 sociedades. Entre 1900 y 1909 surgieron un 23% del total. Y el 65% de las compañías que han superado el centenario tienen sus orígenes en el período 1910-1923. 

Adicionalmente, en términos de regiones, Cataluña lidera con el 28% de las empresas centenarias en el conjunto total. A continuación, se encuentran Madrid con un 22% y el País Vasco con un 11%. Por otro lado, en la Comunidad Valenciana se ubican 24 empresas, representando un 7,5%. Mientras que en Andalucía se localizan otras 17, equivalente a un poco más del 5%.

Veremos más en profundidad las actividades por Comunidad Autónoma en el siguiente apartado.

Las empresas centenarias por Comunidades Autónomas

(Estos datos que surgen del artículo de Informa D&B fueron registrados en diciembre de 2023. Puede que alguno haya variado con el cambio de año.)

En cuanto a la cantidad de empresas centenarias que están radicadas en las diferentes Comunidades Autónomas, ya hemos dicho que suman 318 en total. Una distribución numérica nos puede dar una magnitud e importancia que tienen para cada comunidad, siendo Cataluña, Madrid y el País Vasco las más favorecidas. En el otro extremo, Ceuta, Melilla y Extremadura sólo cuentan con una compañía que supera los cien años de trayectoria.

En primer lugar, marcha la Comunidad de Cataluña, que cuenta con 88 compañías (el 27,7% del país). En tanto que en Madrid se radican unas 69 (o sea, el 21, 70% del total). El País Vasco, por su parte, suma 36, lo que implica el 11,32% del total.

Siguiendo con los datos proporcionados por Informa D&B, tenemos a la Comunidad Valenciana con 24 empresas centenarias, representando el 7,55% del total. Le siguen Andalucía con 17 empresas (5,35%), Aragón con 13 (4,09%), y Navarra con 12 (3,77% del peso porcentual sobre el total). 

Otras comunidades como Asturias, Cantabria, y Galicia tienen cada una 9 empresas centenarias, representando el 2,83% del total. En el extremo inferior, regiones como Ceuta, Melilla y Extremadura cuentan con una empresa centenaria cada una, con un peso del 0,31% cada una. Estos datos proporcionan una visión detallada de la distribución de empresas centenarias en las diferentes comunidades autónomas de España.

Las empresas centenarias por sectores

En lo que refiere a los sectores a los que se dedican estas empresas centenarias en España, las industrias extractivas marchan a la cabeza. Una de cada cuatro sociedades se vuelca a esta actividad. Pero para ver la magnitud e importancia de cada sector, comentaremos a continuación la distribución numérica y porcentual de las compañías.

Los datos detallan la presencia de empresas de más de cien años de trayectoria en diversos sectores económicos a diciembre de 2023, destacando el número de empresas y su porcentaje sobre el total. Como decíamos, las industrias extractivas encabezan la lista con 80 empresas, representando el 25,16% del total de empresas centenarias. Le sigue el sector de la construcción y actividades inmobiliarias con 60 empresas (18,87%).

En tanto, transportes suma 35 (representando un 11,01%), y energía y comercio lo hace con 33 cada uno (10,38%). Sectores como intermediación financiera, hostelería, servicios empresariales y otros servicios también tienen su presencia, cada uno con un porcentaje significativo. En concreto, la intermediación financiera se hace presente con 27 empresas (8,49%); la hostelería con 11 (3,46%) y los servicios empresariales, al igual que otros servicios, le siguen de cerca con 10 cada uno (3,14% del total).

Por su parte, el sector de comunicaciones representa el 2,52% con 8 compañías. La agricultura suma 3 empresas con una participación del 0,94%, al igual que la sanidad. En contraste, sectores como educación no cuentan con empresas centenarias según los datos recopilados por Informa D&B. Este análisis sectorial proporciona una visión detallada de la longevidad empresarial en distintos ámbitos económicos.

Detalles de la distribución por sectores

De acuerdo con el estudio, las empresas más destacadas en estos sectores, evaluadas por su volumen de facturación, son las siguientes:

➧En el sector industrial, se destacan Airbus Defence and Space, Nestlé España y Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles (CAF).

➧En el ámbito de la construcción e inmobiliario, resaltan OHLA (anteriormente OHL), Sociedad Española de Montajes Industriales y Sociedad Ibérica de Construcciones Eléctricas.

➧En el sector de transporte, figuran Metro de Madrid, Compañía Trasmediterránea y Ferrocarril Metropolitano de Barcelona.

➧En energía, se distinguen Iberdrola, Naturgy y Sociedad General de Aguas de Barcelona.

➧En el sector comercial, sobresalen Alliance Healthcare España, Fiat Chrysler Spain y Shell España.

En términos de dimensión, las compañías de gran envergadura son las más prevalentes, representando casi la mitad del total con 135 empresas. Las microempresas conforman aproximadamente el 27%, las medianas constituyen un poco más del 15%, y las pequeñas superan ligeramente el 14%. Es relevante destacar que cuatro de estas empresas centenarias exhiben una facturación que supera los 2.000 millones de euros, entre ellas Airbus Defence and Space, Iberdrola, Nestlé España y Naturgy Energy Group.

Luego de leer este artículo, nos interesaría mucho conocer tu opinión acerca de las empresas centenarias en España. Puedes compartirla con nosotros desde la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en la situación de querer invertir en estos momentos, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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La Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) ha informado que la llegada del Impuesto sobre el Patrimonio, genera inquietudes en cuanto a diferentes aspectos. Y es que por un lado, muchos extranjeros que pensaban realizar una inversión se han replanteado, su llegada a nuestro país.

También explican que debido a ello, han recibido varias consultas por la preocupación de este tributo, e incluso, diferentes departamentos de Fiscalidad Internacional están asesorando a sus ciudadanos respecto a cómo actuar teniendo en cuenta la situación particular y patrimonial de cada uno.

En este post queremos contarte acerca de los problemas y críticas que la AEDAF ha realizado sobre la incorporación de este tributo. ¿Nos acompañas?

Preocupación por el impuesto y como afectará la inversión

Según han explicado, la principal preocupación no está relacionada con  la posible desinversión. Lo que inquieta, es que este cambio fiscal podría llegar a ser un desincentivador en el arribo de nuevas inversiones.

Agregan, por otro lado, que se puede producir un efecto distorsionante además de una contracción en los flujos de inversión.

Al tratar de aclarar porque tienen esta visión de lo que podría suceder, esbozan que la inversión internacional es más sensible respecto a los cambios fiscales que puedan realizarse. Esto se debe a que no existe ningún apego emocional ni vínculo con el país. De esta forma se genera una perdida de interés en el sector inmobiliario.

Otro de los puntos que marcan, al analizar la forma en que se pueden retrotraer las nuevas inversiones, tiene que ver con las modificaciones en los tipos. Es que tenemos que recordar que nos encontramos en un contexto donde los problemas globales son varios. Algunos de ellos son: la subida en los tipos, la cercanía de las elecciones y una guerra que ha traído varios conflictos a nuestro país.

Los números que preocupan por el descenso en la inversión extranjera

A la hora de analizar este tema, se ha estudiado los datos respecto de la demanda de propiedades cuyo coste es superior a los dos millones de euros.  En el mes de enero, se ha visto reducida la cantidad de interesados con respecto a trimestres anteriores.

Pese a ello, debemos aclarar que es una tendencia que inició en el otoño pasado.

Para poder intentar frenarla, se habla de la necesidad de que se realice una modificación en el alcance. Por medio de ella, se podría realizar una distinción entre quienes adquieren propiedades para uso privativo de ellas y quienes lo realicen como una inversión que genere trabajo y movimiento económico para el país.

Excepciones a la normativa

Es importante, a la hora de solicitar el pago del impuesto a los extranjeros, tener presente  que se encuentra supeditado a los Convenios de Doble Imposición. Dependiendo de lo que diga en ellos, se podrá solicitar o no que afronten este tributo.

Por ejemplo, nuestro país ha firmado convenios en los que no se aplican al Impuesto sobre el Patrimonio. De esta forma, al no estar incluida como exenta, será posible solicitar que inversores de Estados Unidos, Italia, México y Portugal deban atenerse a él.

Con los países de Alemania, Luxemburgo, Francia, Panamá Bélgica, Israel, Sudáfrica y el Reino Unido, la firma habilita expresamente  a nuestro país a solicitar el gravamen patrimonial de las participaciones en sociedades principalmente inmobiliarias.

Por último, Argentina, Canadá, Suiza, Suecia, Países Bajos, Bulgaria y Austria, debido al convenio firmado, quedarían exentos de este tributo por lo expresado en sus Convenios de Doble Imposición.

El mercado

Según se establece en la normativa, aquellas personas no residentes que tengan propiedades, o activos superiores a los 3 millones de euros, deben abonar este tributo. Pero no es del todo así. Y es que, si la sociedad opera en los mercados organizados, quedarían exentos.

Esto podía suponer, que quienes no han entrado a operar de esta forma, podrían intentar crear nuevos vehículos de inversión cotizados con el fin de quedar fuera de esta obligación. De igual manera, hay que aclarar, que esto no es tan fácil ni gratis. Para poder operar de este modo, será necesario contar con un asesor registrado y deberá realizar la auditoria de las cuentas anualmente.

Conflictos con la forma en que se ha realizado la ley

En los últimos meses, se han explicado diferentes baches y problemas en la normativa que podría propiciar que muchos contribuyentes puedan quedar exentos del pago. Por ejemplo, ya Madrid y Andalucía, han decidido presentarse a la justicia para recurrirlo.

Uno de los motivos que se han esbozado, tiene que ver con la invasión a las competencias normativas correspondientes a las Comunidades Autónomas. Esto se debe a que infringe artículos de  la Constitución, el Estatuto andaluz y la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Por un lado, varias CCAA habían tomado la decisión de no solicitar un impuesto al patrimonio, generando una bonificación para los habitantes. De esta manera, el Gobierno, estaría  pasando por sobre ellas, obligando a quienes antes no tenían que afrontar este gasto a hacerlo.

Otro problema, que se plantea con este tributo, tiene que ver con que podía considerarse que ha sido vulnerado el principio de seguridad jurídica. Se debe a que se ha establecido la fecha de entrada en vigencia a finales del 2022 con lo que se deberá abonar en el 2023 sin aviso ni tiempo para poder actuar de la manera que cada contribuyente considere necesario.

Una última alarma que se ha encendido, tiene que ver con la forma en que se ha generado y puesto en vigencia. Y es que, constitucionalmente, no debería haber sido incorporada con una enmienda. También debería haber sido tratada, y puesta a votación, pero ello no ha sucedido. No obstante, ya se encuentran en vigencia los dos impuestos.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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En el último tiempo surgieron nuevos conceptos que tratan de introducir innovación y aportar valor al sector inmobiliario. En esta nota hablaremos sobre la Cultura Regenerativa, de qué se trata y cómo la arquitectura se basa en ella para mejorar el entorno.

La sostenibilidad y la minimización del impacto de las acciones del hombre dejaron de ser suficientes para afrontar los retos del futuro, los cuales ya están presentes en nuestro día a día. Se necesitan nuevos modelos de hogares que sean capaces de reconstruir otro tipo de lógicas, que provoquen procesos positivos.

Es entonces cuando aparece el concepto de cultura regenerativa. Se trata de crear una cultura que incluya modelos de producción y, no menos importante, estructuras sociales. Que las personas puedan reconectar entre sí, con su lugar, con su historia y con el ecosistema que habitan. De esta manera se puede crear un ambiente más bioproductivo y abundante.

En OI REAL ESTATE, te presentamos este nuevo concepto que está dando de qué hablar en el sector inmobiliario.

¿Quién escuchó hablar en el último tiempo de los conceptos de Cohousing y Coliving? 

Con un nuevo concepto de cultura regenerativa dando vueltas, surge la necesidad de construir otras formas de convivir.

Para algunos ciudadanos españoles estos nuevos conceptos parecieran ser amigables, para otros, lo entienden como una batalla perdida y es imposible ponerse de acuerdo en aspectos que son esenciales al momento de convivir.

Estos nuevos patrones no tratan de alterar la idea tradicional de vivienda, ni tampoco de obligar a nadie a vivir como no desea hacerlo.  Sino que trata de ofrecer otras oportunidades para aquellas personas que entienden que buscar un equilibrio entre lo privado y lo comunitario puede aportar muchos beneficios.

Beneficios en la forma de vivir, en los cuidados, en lo económico, en las soledades y en la calidad de vida.

La arquitectura, que hasta el momento solo construía espacios pequeños para familiares, encontró un nuevo potencial para diseñar edificios que posibiliten la creación de estructuras sociales. Lo que podría considerarse de verdad un ecosistema de relaciones. Además, también puede favorecer la construcción de un nuevo equilibrio entre lo privado, lo común y lo público. 

Que la arquitectura posibilite estas nuevas relaciones no es garantía de que ocurran, sino que está en manos de los vecinos de una comunidad la capacidad de crear un contexto realmente positivo y enriquecedor.

¿Qué es el Cohousing?

En primer lugar, se entiende al concepto de Cohousing como una iniciativa que parte de un grupo de personas, una comunidad que se constituye en una cooperativa y decide emprender un proyecto de vivienda acorde con sus valores y principios. Esta comunidad emprende un proceso de consenso en el propósito, visión, misión y valores. Y luego, en el momento que tiene todo definido como grupo, se embarca en el desarrollo del proyecto: la búsqueda de suelo, financiación, proyecto de arquitectura, y construcción del edificio para después vivir acorde a sus ideas. 

¿Qué es el Coliving?

En segundo lugar, el concepto de Coliving se entiende de una forma diferente. En este caso, la iniciativa parte de una persona externa que promueve la idea. Sus inquilinos normalmente viven en alquiler. Además, el promotor puede entender el Coliving desde distintos puntos de vista. 

Desde una perspectiva social, en el caso del Coliving o Covivienda, la arquitectura tiene que abordar los mismos fines sociales y relacionales, pero resulta más difícil, ya que no se trabaja desde el inicio con un grupo concreto que define un propósito común, como en el caso del Cohousing.

En el Coliving, el promotor define la arquitectura, busca el suelo, la financiación y, por último, entra la comunidad. 

La arquitectura y nuestra relación con la tierra

Un aspecto muy importante es la relación del individuo con el medio ambiente y el impacto que esta genera. El mundo está repleto de plásticos y los bosques arrasados por incendios continuos provocados por el propio ser humano. 

La construcción genera un impacto tremendo en ese aspecto, puesto que es causante del 35  por ciento de los residuos y del 40 por ciento de las emisiones de Dióxido de Carbono.

Sin embargo, hay arquitectos que proponen hacer edificios que puedan funcionar como un bosque de 10.000 metros cuadrados en el centro de la ciudad, como el caso de la nueva Torre Pirelli en Milán. 

Así, es posible levantar edificios de gestión sostenible, construidos con carbono embebido, en vez de liberar carbono al construir con materiales convencionales. 

Se busca cuidar los recursos del momento para así preservar los recursos de las generaciones futuras.

Cultura de colaboración en el ámbito social

En el aspecto social, las relaciones humanas no quedan libres de la necesidad de colaborar con la sociedad. Hoy en día, tenemos presente un patrón de desarrollo centralizado en la individualización. A pesar de vivir cada día más conectados por la tecnología, las personas se encuentran más afectados que nunca por la soledad. 

La arquitectura ha sido cómplice en esa excesiva individualización de la sociedad. Con la reciente crisis por la pandemia de COVID-19 las personas comenzaron a comunicarse a través del balcón. Lo que favoreció al encuentro con el otro y la colaboración en el aspecto social.

Como ya mencionamos, el Cohousing trata de recuperar ese espacio entre lo privado y lo público, un espacio que conocemos como lo común y que trata de modelar las relaciones entre las personas que habitan un mismo ambiente. El cuidado, el apoyo mutuo y la confianza pueden ser muy beneficiosos para fomentar el fortalecimiento de una cultura regenerativa.

En colaboración todo puede constituir un ecosistema coherente con el bien común y a favor de la comunidad.

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Si ya leíste “Cultura Regenerativa: cómo influye en las construcciones arquitectónicas ” puedes continuar leyendo “Desarrollo sostenible: Primer ECO Parque Industrial

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Probablemente hayas oído hablar de las socimi y no estés seguro de que se trata. Su nombre suena japonés. En realidad se trata de un fenómeno e inversión que se desarrolla originalmente en Estados Unidos y que goza de buena salud en España. En este post te explicamos qué es una socimi y sus implicancias.

¿Qué es una socimi?

socimi duda

El nombre “socimi” es el acrónimo correspondiente a “Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario”. Se trata ni más ni menos que de un grupo de inversión en activos inmobiliarios. Las socimis son sociedades de inversión dueñas de activos inmobiliarios (inmuebles) y cuyos ingresos proceden fundamentalmente de los alquileres de esos inmuebles. En inglés se conocen con el nombre de REIT, proveniente de la denominación Real Estate Investment Trust.

Historia

socimi bolsa

Este tipo de sociedad nace en la década del 60 en Estados Unidos. Allí se le dio el nombre de Real Estate Investment Trust, del que se deriva su sigla REIT. Su desarrollo tuvo como objetivo la captación de inversiones de pequeños inversores en el mercado inmobiliario. Con esa idea en mente la modalidad escogida fue la de igualar la inversión en inmuebles (que es una inversión característicamente onerosa) a la inversión en cualquier otro tipo de industria. Para ello se optó por la cotización de las REIT en la Bolsa de Valores. Con excepción de las socimis de Bélgica y Hong Kong, estas sociedades están abiertas a la inversión internacional.

Socimi. Desarrollo en España.

socimi ley

El mercado inmobiliario participa en el Producto Interior Bruto de las economías avanzadas en un porcentaje promedio del 10 por ciento. Sin embargo, el porcentaje de participación del mercado inmobiliario en el Producto Interior Bruto de España se calcula en alrededor del 16 por ciento. Muy por encima de la media internacional. Con este dato en mente, el 27 de octubre de 2009, España sancionó la ley Ley 11/2009. Esta ley regula las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (socimis).

La ley establece que se considerarán socimis las sociedades que tengan como objetivo principal el siguiente: “La adquisición y promoción de bienes inmuebles de naturaleza urbana para su arrendamiento. La actividad de promoción incluye la rehabilitación de edificaciones en los términos establecidos en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido”.

Requisitos de inversión de las socimi

lupa

La ley exige que las socimi tengan invertido, al menos, el 80 por ciento del VALOR DEL ACTIVO en bienes inmuebles de naturaleza urbana destinados al arrendamiento. También se acepta que dentro de ese 80 por ciento se computen terrenos para la promoción de bienes inmuebles que vayan a destinarse al arrendamiento. En este caso, la promoción deberá iniciar dentro de los tres años siguientes a su adquisición. Asimismo, pueden computarse en ese porcentaje las participaciones en el capital o patrimonio de otras socimi.

Asimismo, al menos el 80 por ciento de las RENTAS del período impositivo correspondientes a cada ejercicio deberá provenir del arrendamiento de bienes inmuebles afectos al cumplimiento de su objeto social principal o de de dividendos o participaciones en beneficios procedentes de participaciones afectas al cumplimiento de su objeto social principal. La ley excluye de este cálculo a las rentas derivadas de la transmisión de las participaciones y de los bienes inmuebles afectos ambos al cumplimiento de su objeto social principal, una vez transcurrido un plazo de mantenimiento de tres años desde su adquisición o, en su caso, desde el inicio del primer período impositivo en que se aplique el régimen fiscal especial establecido por la misma ley.

Régimen fiscal especial

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Al igual que sucede con los fondos de inversión, las socimi gozan de ventajas fiscales. El desarrollo del mercado inmobiliario necesita captar pequeños inversores. Y para ello se les debe otorgar  todas las garantías posibles a estos inversores. en virtud de sus estructura, conformación y características, las socimis son una opción viable en este sentido. 

Es la misma ley que regula las socimi la que dispone en su artículo 8 que, cumpliendo una serie de requisitos, a estas compañías se les aplica un régimen fiscal especial muy favorable. Conforme la última modificación de la ley, sancionada en 2012, las socimi tienen un tipo de gravamen del 0% en el Impuesto sobre sociedades. Para ello deben cumplir con una permanencia de los inmuebles en arrendamiento durante un período de 3 años. Si no se cumple este período, tributarán de acuerdo con el régimen general, aplicándose el tipo de gravamen general del Impuesto sobre sociedades.

Asimismo, las socimi cuentan con una bonificación del 95% en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Estas exenciones son fundamentales para el desarrollo de sus actividades.

Influencia de las socimi en el mercado de alquileres

construcción

La ley que crea las socimi es clara respecto del objetivo de estas sociedades de inversión. En el preámbulo sostiene que la combinación de un régimen sustantivo específico conjuntamente con un régimen fiscal especial tiene dos objetivos fundamentales. Por un lado, continuar con el impulso del mercado del alquiler en España, elevando su profesionalización, facilitando el acceso de los ciudadanos a la propiedad inmobiliaria. Por el otro, busca incrementar la competitividad en los mercados de valores españoles, dinamizando el mercado inmobiliario, permitiendo que el inversor obtenga una rentabilidad estable de la inversión en el capital de estas sociedades a través de la distribución obligatoria de los beneficios a sus accionistas.

Sin embargo, existe cierta polémica en torno a los efectos que las socimi producen en el mercado inmobiliario. Por un lado, hay quienes les han atribuido en ocasiones la subida del precio del alquiler. Por el otro, hay quienes aseguran que su papel es fundamental para que haya más viviendas en arrendamiento. Debemos tener en cuenta que una de cada cuatro familias españolas viven en viviendas alquiladas. 

Se estima que solo un 4% del parque de viviendas en alquiler está en manos de socimis. El precio de la renta sube por causas de lo más variadas, que incluyen la precariedad laboral, los costes de las hipotecas, realidades como la de la pandemia que nos toca vivir, la movilidad y otros. La realidad es que estas sociedades de inversión pueden influir en el precio del alquiler pero en una medida mínima

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