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Renta antigua

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Desde Oi Real Estate queremos contarte todo lo que debes saber sobre los contratos de renta antigua, también conocidos como alquileres de por vida. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Los contratos de renta antigua, o también llamados alquileres de por vida, fueron firmados a mediados del siglo pasado. Es importante destacar que, muchos de ellos aún continúan vigentes al día de hoy en nuestro país.

Sin lugar a dudas, la realidad es que en la actualidad el mercado del alquiler es muy diferente al de la España de mediados del siglo anterior. Por mucho tiempo, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) ha tenido un lugar muy proteccionista con los inquilinos de viviendas de alquiler. Es por este motivo que existían fórmulas como la renta antigua, también llamada alquiler de por vida. En el año 1994, se optó por poner fin a este tipo de contratos. Desde ese entonces, se comenzó a regular la duración de los alquileres además de exigir este formato de renta.

Entre los años 1950 y 1985 se firmaron los contratos de renta antigua. En ese entonces, España se encontraba atravesando un momento de crisis, motivo por el cuál fue establecida esta medida para conseguir que las familias logren tener acceso a una vivienda. Aquí te contaremos todas las características de este tipo de contratos, pon mucha atención.

¿En qué consiste la renta antigua o alquiler de por vida?

La renta antigua son aquellos contratos de alquiler de vivienda que han sido firmados antes de 1985, se encuentran regulados por el decreto 4101/1964 del 14 de diciembre. Luego de atravesar una situación política y social muy complicada en España, se estipuló este tipo de contrato. Dicho contrato consistía en un alquiler que contaba con una duración indefinida. El inquilino contaba con el derecho a vivir en esa propiedad hasta su fallecimiento e, incluso, existía también la posibilidad de prorrogar el contrato para que sus cónyuges e hijos continúen viviendo allí.

Este tipo de contrato fue ideado para proteger a los inquilinos y posibilitar el acceso a la vivienda. No obstante, la realidad es que dejaba de lado el interés de los propietarios.

Fue en 1994 cuando esta normativa, de la que en la actualidad continúan beneficiándose algunos inquilinos en España, se derogó con el conocido Decreto Boyer. Dicho decreto tenía el objetivo de poner fin a este tipo de contratos de renta antigua para beneficiar también a los propietarios. De modo que se estableció que la duración del contrato deba ser acordada entre el inquilino y el propietario, dejando de lado la prórroga forzosa.

¿Cuáles son los derechos de los inquilinos de este tipo de contratos?

Como hemos mencionado más arriba, el derecho fundamental con el que cuenta un inquilino que ha firmado un contrato de alquiler de renta antigua es la posibilidad de prorrogar el contrato de alquiler de manera indefinida hasta su fallecimiento. Sin embargo, también existen otras características:

El contrato de renta antigua también puede ser heredado por los cónyuges. Esto puede suceder únicamente en caso de que no haya habido dos subrogaciones previas, es decir, cambios de titular del contrato. Desde el momento en que la Ley de Arrendamientos Urbanos fue renovada, los hijos no cuentan con la posibilidad de heredar este tipo de contratos.

Por otro lado, el inquilino cuenta con el derecho de compra preferente en caso de que el propietario del piso en alquiler decida ponerlo a la venta.

Además, otra particularidad de este tipo de contratos es que el coste del alquiler de encuentra congelado. Sin embargo, puede ajustarse el IPC. Aquí te explicaremos detalladamente de qué se trata.

¿Es posible aumentar la renta en los alquileres de renta antigua?

Uno de los principales beneficios que los alquileres de renta antigua pueden ofrecer es que son sumamente bajos. Esto se debe a que tienen prácticamente congelados los costes que fueron establecidos al comienzo del contrato. Esto quiere decir que los inquilinos deben abonar mucho menos que lo que establece el mercado del alquiler en la actualidad.

Sin embargo, existen subidas de las que no pueden librarse. La renta antigua puede ajustarse al IPC, es por esto que sí es posible que un alquiler de renta antigua aumente su valor. No obstante, es necesario aclarar que se trata de un porcentaje tan bajo que apenas se percibe en la renta.

¿El propietario puede poner fin a un contrato de renta antigua?

Rescindir un contrato de renta antigua no resulta nada sencillo, sin embargo, sí es posible. Lo más aconsejable es que inquilino y el propietario logren llegar a un acuerdo para lograr poner fin al contrato de alquiler. No obstante, es bastante común que el inquilino responda con un no a esta oferta. Esto se debe a que este tipo de alquileres resultan muy beneficiosos para el inquilino, ya que cuentan con precios sumamente bajos. No tiene ninguna relación con lo que se puede llegar a pagar por un alquiler hoy en día.

Sin embargo, existen otras posibilidades para el propietario. Por ejemplo, ante ciertas situaciones, el propietario cuenta con el derecho de terminar con el contrato de renta antigua:

  • Necesidad

En caso de que el propietario logre justificar que necesita la vivienda para él o bien, para un familiar directo.

  • Impago

Si el inquilino presenta irregularidades en el pago de la renta el propietario puede poner fin al contrato de renta antigua.

  • Subarrendamiento

Otro motivo es que el inquilino no cumpla con las normas establecidas. Un ejemplo de esto es subalquilar la vivienda a terceros para obtener algún tipo de provecho.

  • Que el inquilino no resida en la vivienda

La vivienda alquilada debe ser la residencia habitual del inquilino. Este tiene la obligación de residir en ella por lo menos durante seis meses al año.

En resumen, podemos encontrar dos vías para poner fin a un contrato de alquiler de renta antigua:

En primer lugar se encuentra la negociación entre ambas partes. El inquilino y el propietario deberán acordar una fecha para terminar con el contrato de renta antigua.

Por otro lado, en caso de que la primera opción falle, se encuentra la vía judicial. El propietario debe contar con una razón válida para forzar la finalización del contrato de renta antigua. Claro que deberá demostrar ante un juez.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre los contratos de alquiler de renta antigua. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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