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recusaciones a la ley de vivienda

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El Tribunal Constitucional avala parte de la Ley de Vivienda. Esto se ha dado en respuesta al recurso de inconstitucionalidad que habia presentado la Junta de Andalucía. En este pedido, se solicitaba que se eliminen los artículos que la Comunidad entendía que vulneraba la potestad propia de las Comunas en materia de vivienda.

Tenemos que tener en claro, a la hora de analizar este tema, que son varias las Comunidades que han realizado acciones similares. Esto tiene que ver con que cuando se trata de vivienda, son ellas las que tienen la potestad, ya en sus constituciones, sobre las decisiones. Pero lo cierto es que la Ley de Vivienda, ha interferido con ellas. Desde el Gobierno entienden que la normativa se ha puesto en vigencia, buscando mecanismos que permitan mejorar el acceso a un techo de los ciudadanos.

Al tomar una decisión, el Tribunal Constitucional avala parte de la Ley de vivienda, pero ha declarado inconstitucional y nulos varios artículos que la componen. Por ejemplo lo que se refiere a vivienda protegida, parque público de viviendas y la información a aportar por parte de los grandes tenedores.

En este artículo te contaremos todo sobre los argumentos del Tribunal Constitucional por medio de los cuáles avala parte de la Ley de Vivienda y los puntos que considera inconstitucionales. ¿Nos acompañas?

El Constitucional avala parte de la Ley de Vivienda, pero no la totalidad

Una vez que la Junta de Andalucía interpuso el recurso de inconstitucionalidad, el TC ha debido analizar la normativa en profundidad. Luego de tomarse el tiempo de hacerlo, el Constitucional avala parte de la Ley de Vivienda. Pese a ello, entiende que varios artículos avasallan la potestad de las Comunidades Autónomas.

Andalucía, en su recusación, hacia mención a 16 artículos de la normativa. También planteaba la inconstitucionalidad de la disposición adicional tercera, la transitoria primera, tres apartados de la disposición final primera y por último la disposición final cuarta. La mayor parte de la presentación, tenia que ver con la invasión de las competencias que son potestad de las Comunas en materia de viviendas.

La resolución del Constitucional avala parte de la Ley de Vivienda, pero entiende que varios artículos son inconstitucionales y nulos. Estos son específicamente los que tienen que ver con la vivienda protegida, el parque público de vivienda y la información que deben brindar los grandes tenedores. Según explican, esto tiene que ver con que estos artículos no dejan posibilidad alguna a las comunidades de regulación. Siendo esta acción un punto a realizar por las Comunas.

Cuáles son los artículos declarados inconstitucionales o nulos por el Tribunal Constitucional

  • Artículo 16: en él se fija el régimen de vivienda protegida. Según explican allí se incorpora un nivel de detalle demasiado excesivo. Esto es algo que el Estado no puede hacer teniendo en cuenta que estaría tomando medidas en un punto que es exclusiva competencia de las Comunas.  Se establece también la inconstitucionalidad a la disposición transitoria primera. En ella se hace alusión al régimen de las viviendas que ya se encontraban dentro de la calificación de protegidas antes de que la ley haya entrado en vigor. Los argumentos en este punto, tienen que ver con que la finalidad de la normativa era someter en esta categoría a viviendas que aún lo estuvieran calificadas como protegidas.
  • Artículo 19.3 inciso dos. En este punto se establecen la necesidad de suministrar información de los grandes tenedores. El Tribunal Constitucional considera que es excesiva esta regulación de información minima. Por otro lado, explica que en el caso de que la Comunidad solicite la declaración de zona tensionada, la información tendría que determinarla la Comuna.
  • Apartado 1, del párrafo tercero y 3 del artículo 27. Allí se regula el concepto, finalidad y financiación para los parques públicos de vivienda. El Tribunal Considera que es un exceso por parte de la normativa determinar estos aspectos sin encontrar la cobertura del artículo 143.1.1 y 13 CE. Además entienden que es contrario al principio de autonomía financiera. Esto se debe a que prevé afectar ingresos de las sanciones pautadas por el incumplimiento de la función social de la propiedad de la vivienda y la gestión de bienes propios de los parques públicos de vivienda.

Repercusiones de la decisión del Constitucional en la que avala parte de la Ley de Vivienda

Luego de conocerse la decisión por la cuál el Constitucional avala parte de la Ley de Vivienda, la Consejería de Fomento, Articulación y Territorio de Vivienda de la Junta de Andalucía ha analizado el fallo. Explican que con esta postura del Tribunal se reconoce que el Gobierno ha sobrepasado su potestad al regular la vivienda protegida, el parque público y la solicitud de información de los grandes tenedores. Esto se debe a que solo las Comunidades Autónomas pueden regular estos aspectos.

Ante la sentencia, han expresado que se encuentran satisfechos con la decisión debido a que blinda la regulación de las Comunas en estos temas.

Por otro lado, han dicho que la Ley Estatal de Vivienda, es una normativa que invade claramente las competencias autonómicas, y el Tribunal así lo entiende también. Debido a ello, el Estado, no debería utilizar una ley para regular de una manera tan completa y acabada dejando imposibilitada a las Comunidades de legislar sobre ello.

Consideran además que con este fallo, se protege la política de la Comuna respecto a la vivienda protegida. Cabe aclarar que este tipo de inmuebles cuenta con un régimen jurídico propio que incluso en Andalucía ha logrado mostrar efectos positivos respecto a la reactivación del mercado. Informan por ejemplo que hoy en día se logra certificar un triple de pisos protegidos.

Cabe recordar que Andalucía ha sido la primer Comuna que ha presentado un recurso de inconstitucionalidad a la Ley de Vivienda. Aunque no ha sido la única. Son varias las comunidades que consideran que es una normativa que avasalla las potestades de las Comunidades Autónomas. Otro punto importante de recordar es que en el mes de abril, desde el Congreso han solicitado que se deroguen artículos de la ley de vivienda que puedan vulnerar las competencias que le corresponden exclusivamente a las Comunidades Autónomas.

Según Andalucía, esta presentación se debe a que ésta normativa es ideológica, intervensionista e incluso avala la ocupación ilegal. Por otro lado recalcan que no ha tenido consenso en las comunidades ni en la mayor parte de los sectores que forman parte del mercado inmobiliario. Incluso consideran que fue realizada a espaldas de las Comunas.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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La Ley de vivienda, ha cumplido ya seis meses de vida y las repercusiones después de este tiempo no dejan de aparecer. Existen varias críticas e incluso Comunidades Autónomas que han presentado recusaciones a la normativa.

Pero esto no es todo, teniendo en cuenta que la regulación intenta por un lado solucionar problemas estructurales que han formado parte del sector ya desde hace bastante tiempo, sería interesante poder saber qué es lo que tanto inquilinos como propietarios sienten respecto a ella.

Otro punto que tenemos que tener presente es que fueron muchos los sectores que no la han acogido de la mejor manera. Es que si bien una de las finalidades era la de proteger a los inquilinos, al ser consultados, ellos no consideran que haya existido una mejora.

A continuación, en este post te contaremos sobra las repercusiones que ha dejado después de seis meses la ley de Vivienda. Aquí trataremos de contarte algunos detalles y problemas que los distintos participantes del sector han expresado en los últimos tiempos. ¿Nos acompañas?

Repercusiones de la Ley de Vivienda luego de seis meses de vigencia

Al cumplir los seis meses de vida, desde Fotocasa Research, ha realizado un estudio en el que se ha intentado conocer las repercusiones de la Ley de Vivienda. Para ello se ha consultado tanto a inquilinos como propietarios respecto a cuáles son las expectativas sobre la normativa.

Según los datos recogidos,  las perspectivas parecen ser negativas para todos los colectivos que forman parte del mercado inmobiliario. Es que allí se informa que cada grupo al que se le ha consultado, ha considerado negativamente el impacto de la normativa. Esto, sucedería en su opinión tanto para la compraventa como para el alquiler, la oferta y demanda.

Un 25 por ciento de los inquilinos, considera que con la nueva normativa será posible que sea más sencillo alquilar. Por otro lado un 36 por ciento, entienden que será más difícil. Si pasamos a las opiniones de los propietarios, éstas son más negativas. El 40 por ciento de los consultados, considera que la Ley de vivienda, traerá repercusiones negativas para los propietarios del inmueble. Del otro lado de la vereda, se encuentra un 17 por ciento, que considera que las facilitará.

María Matos, la directora de Estudios y portavoz de Fotocasa, explica que la normativa no ha tenido una buena acogida por el sector. Aclaran además, que si bien uno de los objetivos y medidas de la normativa buscan proteger a los inquilinos, no se han visto mejoras en las condiciones del mercado. Incluso, considera que los efectos han sido contrarios a los planteados. Esto se debe a que la dificultad de acceso a la vivienda se ha visto más complicado ya que en este momento el mercado no tiene dinamismo ni oferta, sumado al encarecimiento en los precios.

Los propietarios por su parte, se han declarado siempre en contra de la normativa. Explican que esto tiene que ver con que la consideran intervencionista, punitiva y que no cuenta con incentivos realmente representativos.

Respecto a las repercusiones que la ley de vivienda ha generado después de los seis meses de su entrada en vigencia, para la compra, el panorama tampoco es alentador. De los consultados sobre este tema, un 15 por ciento considera que la normativa será positiva y simplificará las transacciones, mientras que el 34 por ciento considera que será más complicada. Para la venta de inmuebles, el 15 por ciento es positivo frente a la reglamentación y el 33 por ciento considera que será más dificultoso.

Pero analicemos un poco más en profundidad los datos del informe

Uno de los grupos etáreos que han sido más pesimistas respecto a las facilidades y repercusiones que la Ley de Vivienda puede significar para el alquiler de propiedades, ha sido por parte de los mayores de 55 años.

Es importante explicar que en realidad la mayoría de los segmentos etáreos no ha podido ser positivo sobre las expectativas, incluso para cada uno de los sectores a los que se refiere la normativa.

Pese a esa aclaración, uno de los mercados donde más se aprecian diferencias de pensamientos, se da en el del alquiler. Los  mayores de 55 años son mucho más pesimistas que el resto de los consultados y principalmente hacen referencia a la demanda. Al ser consultados sobre la renta de una vivienda como inquilino, las personas de entre 55 y los 75 años entienden que la normativa provocará que sea más difícil lograr realizar la labor en un 39 por ciento. Esta cifra es 7 puntos más alta que la informada por el segmento más joven, que alcanza a un 32 por ciento.

Otro de las expectativas negativas que han dado a conocer, es respecto a la hora de alquilar una vivienda como propietario. Allí, ellos consideran que la Ley de vivienda, complicará más las cosas en un 44 por ciento de los consultados. Los jóvenes, por otra parte, un 39 por ciento de ellos, opinan lo mismo.

Con respecto al mercado de compraventa de viviendas, la situación es contraria. Los jóvenes tienen una posición más negativa sobre la forma en que podría repercutir la normativa. Un 39 por ciento de las personas de entre 18 y 24 años, consideran que por culpa de ello, la transacción será más dificultosas.

De los consultados que poseen entre 25 y 34 años, un 32 por ciento de ellos, consideran que podría ser positiva la normativa.

Es importante que tengamos presente también que en los últimos meses, se ha decidido por parte de varias Comunidades Autónomas solicitar la recusación de la ley de vivienda. Esto principalmente tiene que ver con que mediante ella se sobrepasan las competencias del Estado Nacional sobre temas que son exclusiva competencia de las Comunas. Pese a ello, aún el Tribunal Constitucional no ha dado su veredicto al respecto. Habrá que esperar su decisión sobre este tema, que podría incluso darla  de baja.

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