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Reclamar gastos de hipoteca

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Aquí te contaremos si existe la posibilidad de recuperar los impuestos del pago de la hipoteca. Continúa leyendo el artículo para saber más.

Cuando formalizas la compra de una vivienda, junto con el pago de la hipoteca vendrán asociados una gran cantidad de gastos e impuestos. Son conocidos como los de gastos de formalización de la hipoteca. Nos referimos a aquellos aranceles que deberás abonar a la Notaría y al Registro de la Propiedad, a los honorarios de la gestoría, al Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) y los honorarios por llevar a cabo la tasación de la vivienda.

Ley de contrato de crédito hipotecario

Todos estos aranceles, gastos e impuestos del pago de la hipoteca, históricamente deben ser abonados por el cliente. No obstante, la ley que entró en vigor en julio de 2019, obliga a la entidad bancaria a hacerse cargo de la mayoría de estos gastos, menos el de tasación.

Se trata de una ley que fue aprobada por el Tribunal Supremo, quien sentenció que se trataba de una práctica abusiva. De modo que, si has firmado tu préstamo hipotecario con un banco antes del 2019 y debiste hacerte cargo de todos estos gatos, actualmente cuentas con la posibilidad de recuperar parte de ese dinero que un día abonaste de más. Sin embargo, si has firmado tu contrato hipotecario luego de 2019, los gastos que abonaste ya son los definitivos. Esto significa que no tendrás la posibilidad de reclamar extra. Esto se debe a que, a partir del 16 de junio de 2019 entró definitivamente en vigor la ley de contrato de crédito hipotecario. Se trata de un concepto que antes no existía como tal.

En primer lugar, debes tener en claro que podrás reclamar la mitad de los gastos de notaría. Además de todos los gastos vinculados con el registro de la propiedad, la gestoría y la tasación. Por otro lado, como cliente tendrás la posibilidad de reclamar este dinero solo en caso de que hayas afrontado cada uno de los gastos de formalización de créditos hipotecarios al momento de firmar la hipoteca.

La cantidad de dinero que tendrás la posibilidad de recuperar no es exacta y no será igual para todos, ya que dependerá de diferentes factores. Por ejemplo, influirá el importe de tu préstamo hipotecario, el año en que lo firmaste, y el banco con el que lo hayas firmado. También, influye el precio que abonaste en su momento por la gestoría, notaría y tasación, ya que siempre pueden variar un poco dentro de unos valores estándares.

Recuperar el dinero que has pagado de más en los impuestos de la hipoteca

Aquí te detallaremos cuales son los pasos a seguir y qué requisitos debes cumplir para poder obtener una recuperación parcial de los gastos de la formalización de tu hipoteca antes del año 2019.

Buscar todas las facturas que abonaste

Es fundamental buscar y reunir cada una de las facturas que pagaste. Esto se debe a que será necesario acreditar por escrito y con las facturas originales cada uno de los gastos que asumiste en relación con tu hipoteca. La gestoría con la que llevaste a cabo la firma de la hipoteca te las tuvo que enviar unas semanas o bien, un mes después de la formalización de la hipoteca.

Por otro lado, no debes preocuparte si no encuentras las facturas. Cuentas con el derecho a pedir una copia. Debes hacerlo en la misma gestoría, notaría, registro de la propiedad y tasadora con las que has formalizado el préstamo.

Reclama ante tu banco

Si bien es cierto que siempre cuentas con la opción de dirigirte directamente a los juzgados, no es una mala opción comentárselo primero a tu banco. Puedes hacerlo por medio de una reclamación al Servicio de Atención al Cliente. De este modo, les darás la opción de aprobar tu petición en el plazo de un mes antes de ir a los tribunales.

Si el banco acepta tus reclamaciones, deberá devolverte el dinero que corresponde. Por otro lado, en caso de que no lo acepte, contarás con la opción de elevar tu queja al Banco de España. Dependiendo de lo que emita este organismo, lo podrás utilizar para reforzar con más peso tus argumentos cuando lleves a cabo la denuncia en el juzgado.

Opta por ir a juicio

Una vez que ya no queden otras vías para intentar recuperar el dinero, únicamente quedará la opción de la vía judicial. De modo que, ahora pasará a ser cosa de tu abogado y del juzgado de primera instancia que te asignen dictaminar firmemente cuál es la sentencia final.

¿Qué gastos no será posible recuperar?

En estos casos, es fundamental estar bien informado sobre qué tipo de gastos no podrás recuperar, a pesar de que lo pidas ante los juzgados. Aquí, te detallaremos cuales son:

Mitad de los honorarios de la notaría: el Tribunal Supremos estableció que estos gastos deberían repartirse al 50% entre el banco y el cliente.

Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD): el Tribunal Supremo sentenció que el cliente tendrá que abonar estos impuestos si contrató su hipoteca previo al 10 de noviembre de 2018. Sin embargo, si has firmado tu contrato con posterioridad a esta fecha, sí tendrás la posibilidad de reclamarlo.

Gastos de compraventa: estos gastos, que son los asociados a la escritura de la propiedad, siempre serán responsabilidad del cliente.

Gastos de novación, subrogación o cancelación: se trata de otro tipo de impuestos y gastos que funcionan aparte, y por ende, no será posible reclamarlos.

En resumen, si buscar recuperar parte del pago de la hipoteca y hacer valer tus derechos, no lo dudes y da inicio lo antes posible a los trámites de reclamación.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre recuperar los impuestos del pago de la hipoteca. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Desde Oi Real Estate queremos contarte cuáles son los gastos de la hipoteca. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

gastos de la hipoteca

Si te interesa comprar un piso, es fundamental que sepas cuáles son los gastos de la hipoteca. Se trata de un tema que ha generado gran polémica y algo de confusión a lo largo de los años. Es por esto que decidimos contarte todos los detalles al respecto. Toma nota y pon atención, aquí te brindaremos información muy útil.

Los gastos de la hipoteca

En el momento de la constitución de una hipoteca se generan una serie de gastos asociados a la operación que es importante tener en cuenta. Si bien hace algunos años casi todos estos gastos recaían sobre el cliente, las últimas sentencias judiciales y la Ley Hipotecaria sancionada en marzo del 2019 se encargaron de modificar este escenario a favor del hipotecado.

Actualmente, es la entidad bancaria quien debe asumir la mayoría de los gastos de la hipoteca. Sin embargo, también existen casos particulares en los que el cliente tendrá la posibilidad de reclamar la devolución del dinero gastado en el momento de la solicitud del préstamo.

Para comprender mejor estas circunstancias, evaluaremos cuáles son los gastos de la hipoteca que tendrás que asumir como cliente y cuáles son los que le corresponden al banco. Por otro lado, veremos si tu perfil está dentro de las posibilidades detalladas en la ley y te facilitaremos una guía para que puedas reclamar la devolución del dinero que hayas pagado de más.

Gastos de la hipoteca que debe pagar el cliente

Actualmente, cualquier persona que solicite una hipoteca deberá hacerse cargo únicamente de dos gastos relacionados con dicha solicitud. Nos referimos a, la tasación de la propiedad y la nota simple.

Tasación

Cuando hablamos de tasación hipotecaria nos referimos a una valoración del inmueble solicitada por los bancos. Por medio de ella, la entidad financiera sabrá cuál es el valor del bien que aceptará como garantía del préstamo y cuál es el riesgo que asume con la concesión de la hipoteca. El valor de tasación es diferente del precio de compra de la propiedad y, en última instancia, el banco brindará hasta el 80% del valor de tasación de la vivienda en concepto de préstamo hipotecario.

Tendrás que encargar a una tasadora homologada por el Banco de España, o bien, la puedes encargar por medio de tu entidad. Esa tasación, aproximadamente, puede costar entre 100 y 450 euros de media, sin embargo variará dependiendo del tamaño del inmueble, la finalidad de la operación y la retribución solicitada por el profesional en cuestión. Esto significa que no hay una tasa fija, sino que el profesional podrá determinar libremente los precios.

Es necesario resaltar también que el mercado inmobiliario es muy variable y los precios de la vivienda se modifican todos los meses. Es por este motivo que la tasación caduca pasados los seis meses de realizada. Lo más aconsejable es que no te apresures y la pidas solicites únicamente cuando vayas a pedir tu hipoteca.

Nota simple

Se trata de un documento informativo en donde se encuentran todos los datos de la vivienda, por ejemplo el nombre del propietario, superficie, cargas pendientes, entre otros. Esta nota simple debe solicitarse en el Registro de la propiedad y tendrás que presentarlo a la entidad financiera al momento de llevar a cabo la solicitud del préstamo. El coste varía dependiendo de dónde y cómo la pidas, sin embargo, puede rondar entre los 3 € y los 10 €. No es recomendable dejar que el banco la pida por ti, ya que te cobrará más de 20 euros por la gestión.

¿Cuáles son los gastos de la hipoteca que deberá pagar el banco?

Gracias a las últimas reformas legislativas, el banco tendrá que hacerse cargo de la mayoría de los gastos de la hipoteca. Entonces, los gastos que corren por su responsabilidad son:

  • Los gastos de gestoría.
  • La notaría.
  • Registro de la Propiedad.
  • El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)

Aquí te explicaremos de qué se trata cada uno de ellos.

Gastos de gestoría

El gestor se ocupará de inscribir la escritura de la hipoteca en el Registro de la Propiedad. Por otro lado, también realizará la liquidación de los impuestos correspondientes. Si bien sus honorarios no se encuentran limitados por la ley, los precios rondan entre los 150 y los 400 euros.

Gastos de notaría

El notario es un funcionario público del estado que se ocupará de dar fe de las escrituras del préstamo hipotecario. Los gastos de notaría se encuentran establecidos por los aranceles que fijó el gobierno treinta años atrás y suelen encontrarse entre el 0,3% y el 0,5% de la responsabilidad de la hipoteca. En otras palabras, se trata de la suma del capital más los gastos e intereses. Por otro lado, deberá sumarse tanto para ti como para la entidad bancaria, el coste de las copias de la escritura, que tiene un valor de unos 50 euros.

Registro de la Propiedad

La inscripción de la escritura de la hipoteca en el Registro de la Propiedad es obligatoria. A través suyo quedarás registrado como el único propietario del inmueble. Los aranceles de este funcionario, que están regulados, cuestan entre el 0,1% y el 0,3% sobre la responsabilidad hipotecaria, aproximadamente.

El impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD)

El impuesto sobre actos jurídicos documentados es popularmente conocido como “el impuesto de las hipotecas”. Se trata de un tributo que grava las escrituras y actas notariales, por lo cual también se genera al constituirse un préstamo hipotecario.

Lo cierto es que ha generado mucha polémica a lo largo de los años. Ya que su pago supone el 70% de los gastos de la hipoteca. Sin embargo, para tu fortuna, el responsable de pagarlo hoy en día es el banco.

Su cuantía se constituye de dos partes, una cuota variable y otra fija:

  • La parte variable varía dependiendo de cada comunidad autónoma, sin embargo, siempre oscila entre el 0,5% y el 2% de la responsabilidad hipotecaria establecida en la escritura.

  • La parte fija, se trata del precio del papel timbrado que utilizan los notarios para realizar la escritura. En general, se puede cobrar treinta céntimos por pliego o quince céntimos por cada hoja.

¿Qué gastos abonaba el cliente antes de junio de 2019?

Según el Tribunal Supremo, antes de la entrada en vigor de la ley actual, el cliente debía pagar la mitad de los gastos de notaría y el impuesto sobre actos jurídicos documentados. Por otro lado, el banco se encargaba de abonar el resto de los gastos. No obstante, la realidad es que en la práctica, el banco obligaba al cliente a pagar prácticamente todos los gastos, sin lugar a dudas, una práctica que fue condenada por los juzgados españoles.

Si pagaste algo que correspondía al banco, tienes derecho a reclamar la devolución de los gastos hipotecarios que te cobraron indebidamente. De hecho, puedes llegar a recuperar unos 1500 euros de media.

¿En qué casos es posible reclamar?

Si has abonado alguno de estos gastos en el pasado, puedes reclamarlos. En ciertas ocasiones será posible reclamarle al banco la devolución del dinero que abonaste por la constitución de la hipoteca en el pasado. Aquí te explicaremos esto en detalle.

Únicamente podrás reclamar si tienes una hipoteca con fecha anterior al 16 de junio del 2019. Y los importes por los cuales podrás solicitar una devolución son los siguientes:

  • El 50% de los gastos de notaría y de gestoría.
  • Gastos de inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad.
  • Gastos de tasación, siempre que el banco haya sido quien rechazó la que tú habías presentado y te exigió llevarla a cabo con otra empresa asociada a la entidad.

No obstante, si contrataste tu hipoteca antes del 12 de noviembre del 2018 y tuviste que pagar los gastos relacionados con el IAJD, no será posible reclamarlos. Esto se debe a que, en ese entonces pagar dicho impuesto era una responsabilidad del hipotecado.

¿Cómo reclamar si abonaste alguno de estos gastos en el pasado?

La manera más simple de reclamar la devolución de los gastos abonados de manera indebida es interponiendo una reclamación ordinaria en el banco. Sin embargo, también podrás llevar a cabo una denuncia ante el juzgado de cláusulas abusivas.

En cualquier caso, para poder reclamar tendrás que reunir todas las facturas de las partidas abonadas tras la formalización del contrato y presentarlas en el servicio de atención al cliente de tu banco.

Si la entidad bancaria no da respuesta o deniega tu solicitud, podrás elevar la queja al Banco de España. Si bien su resolución no será vinculante, sí te resultará útil para presentarla nuevamente en tu banco y ejercer más presión en la reclamación de la devolución del dinero que pagaste de más.

En caso de que esta opción tampoco resulte, puedes interponer una demanda ante los juzgados. Sin embargo, antes de hacerlo, deberás evaluar los pros y los contras que implica una demanda judicial. Ya que, en caso de perder, tendrás que pagar todos los costes asociados al proceso. No obstante, si ganas el banco tendrá que pagarte, además del importe reclamado, los gastos derivados del proceso judicial.

¿Existen bancos que abonen todos los gastos hipotecarios?

La respuesta es sí, existen bancos que te pagarán gastos que, por ley, le corresponden al cliente. El motivo por el cual lo hacen es para diferenciarse de la competencia y atraer a una mayor cantidad de clientes. Algunos de ellos son Openbank, ING o Pibank.

No obstante, debes tener en cuenta que el pago de los gastos asociados a la constitución de la hipoteca siempre está condicionado a que la acabes firmando. En otras palabras, si un banco te paga, por ejemplo, la tasación y finalmente decides contratar el préstamo con otra entidad, ese banco te pasará la factura y deberás pagarla tú.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión los gastos de la hipoteca. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó una sentencia que sienta precedente en los litigios que buscan reclamar gastos de hipotecas. Entérate en esta nota de todos los detalles!

Los polémicos gastos hipotecarios han ocupado muchas páginas de los periódicos nacionales. En esta oportunidad la novedad tiene que ver con la sentencia a través de la cual el TJUE puso un límite en cuanto a los plazos del reclamo. Hasta el momento, no se sabía cuándo prescribía el tiempo para demandar por los gastos de formalización de una hipoteca cobrados de más por las entidades financieras. 

En este post te comentaremos de qué se trata esa sentencia, qué efectos tiene y cómo influye en los usuarios de hipotecas que deseen reclamar por los gastos de hipotecas. Sigue leyendo!

Reclamar gastos de hipotecas: cuándo es la fecha límite a partir de la cual se puede demandar al banco?

El Tribunal europeo acaba de firmar una sentencia a contramano de las últimas resoluciones judiciales de las audiencias provinciales. Vale recordar que éstas últimas habían fallado a favor de que el plazo para reclamar los gastos de hipoteca comenzaran en el momento en el que se había firmado el préstamo.

En este nuevo fallo, el TJUE consideró que las personas tienen derecho a reclamar por haber pagado gastos que no le correspondían a partir de la fecha en que se enteran que la cláusula que firmaron era nula. En otras palabras, a partir de que los usuarios de hipotecas toman conocimiento de que hay una sentencia que dictamina esa nulidad, es cuando pueden comenzar a reclamar.

Entonces, el plazo para iniciar las acciones debe establecerse en la fecha en la que se declara que la claúsula es abusiva y por lo tanto nula.

Qué dicen los jueces en la sentencia?

Para poner en contexto el fallo trata una cuestión prejudicial planteada por un juez eslovaco. Sin embargo, esta sentencia afectaría también a los juicios que se están llevando a cabo en España. En dicho dictamen, el TJUE postula que dar como válida la fecha en que se firmó el préstamo para establecer la prescripción viola la Directiva 93/13. 

Como explica la directora legal de El reclamador Almudena Velázquez a El Confidencial, poner como fecha de prescripción la del día de la firma era la decisión de la Audiencia Provincial de Ávila, Barcelona y de A Coruña. Cabe destacar que en esta última se contaba con el voto particular en contra de una de sus magistradas, lo que en esta última sentencia ha sido corroborado por el Tribunal de Europa.

Por qué es una buena noticia para los usuarios que quieran reclamar por gastos de hipotecas?

Según proclaman los expertos de asociaciones de consumidores de España, esta es una buena noticia para los usuarios de hipotecas que pagaron de más por la formalización de sus préstamos.

Existen muchos casos pendientes en Casación en los que se reclama que se restituyan los montos pagados en concepto de formalizar la hipoteca cuando, ahora se sabe, se trataba de una cláusula abusiva. Si se toma la fecha de la firma de la hipoteca como válida para dar inicio al reclamo, muchos préstamos en los que han pasado más de 15 años no tendrían derecho a reclamar. El nuevo Código Civil establece cinco años y el Catalán diez años para la prescripción de este tipo de causas. Es por esto que la declaración de que los plazos para iniciar la demanda se entiendan a partir de que se dictó la nulidad clausula le abre las puertas a muchas nuevas solicitudes de devolución de gastos.

Qué dice el fallo que dictamina sobre una cuestión eslovaca y afecta a los juicios que reclaman devolución de gastos de hipotecas en España?

El fallo del Tribunal Europeo al que hacemos referencia involucra a un caso eslovaco, pero afecta a todos los contratos consumidores, con lo cual tiene injerencia también en los contratos de crédito al consumo. En Eslovaquia el plazo establecido para el reclamo es de solo 3 años. Sin embargo, la sentencia no se pronuncia por los plazos, sino que informa cuándo no se puede interpretar como el inicio del reclamo.

Gracias a este fallo, no se podrán computar los plazos de reclamación a partir de la firma del contrato, lo que suponía que muchos contratos aún vigentes habían pasado su plazo para reclamar.

Otro fallo en contra de la banca

La justicia no viene fallando a favor de las entidades financieras. Algunos ejemplos de ellos son las embestidas judiciales que han recibido por las Cláusulas suelo, las IRPH, las multidivisas o las cláusulas de vencimiento anticipado. De esta forma, la sentencia por los gastos por formalización de hipotecas se suman a la lista de reveses que han golpeado a los grandes bancos. 

Cómo fueron los pasos legales previos hasta llegar a esta sentencia?

Los usuarios afectados hicieron un derrotero por la justicia que tuvo su origen en 2015:

  • 2015: Declaración de nulidad de cláusulas de gastos 

El tribunal consideró abusivas la mayoría de las cláusulas de gastos de préstamos hipotecarios. A partir de entonces, miles de hipotecados iniciaron sus demandas para recuperar el dinero abonado de más.

  • 2019: Sentencia sobre distribución de gastos

El Supremo dictaminó sobre cómo se debían distribuir dichos gastos

  • 2020: El TJUE advierte la ilegalidad de negar la devolución de gastos

El Tribunal superior de Justicia de Europa dictaminó que un juez nacional no podía impedir que un consumidor reciba el dinero pagado de más. Además le endilgó a cada Estado la responsabilidad de determinar los plazos.

Cuándo se considera que prescribe una acción de nulidad en España?

En España la acción de nulidad de pleno derecho de una cláusula abusiva no prescribe, o dicho en otras palabras, es imprescriptible. Lo que si puede prescribir al cabo de 5 años es la acción de restitución de las cantidades abonadas de más en el momento de la firma de la hipoteca. Es por esto que muchos jueces entendían que las acciones para la reclamación de gastos hipotecarios prescribían el 23 de diciembre de 2020, fecha en la que se cumplían cinco años de la primera sentencia del Supremo.

El tema de la prescripción  para las restituciones provocó una división judicial que, ni siquiera con esta nueva sentencia del TJUE se resuelve.

Cuál es el punto que clarifica la sentencia del TJUE?

Si bien este fallo no termina de cerrar el recurso, deja en claro que no se puede contar el plazo desde la fecha de la firma del contrato. Lo lógico sería que se interprete que a partir de que el consumidor puede conocer que tiene derecho a que le devuelvan su dinero. Es entonces desde que hay una sentencia de nulidad de la cláusula es cuando se sabe que se puede reclamar.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

Esperamos que te haya sido útil esta información, y que si tienes algún comentario lo hagas en la casilla debajo del post. También te invitamos a seguir leyendo otras notas relacionadas con este tema:

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Las cláusulas abusivas en los préstamos hipotecarios continúan discutiéndose en la justicia. En esta ocasión, el TS dictaminó que los gastos de tasación abonados por los clientes antes de 2019 deben ser reintegrados.

El Tribunal Supremo falló este jueves a favor de los clientes en relación con los gastos hipotecarios. Dictaminó que, en aquellos casos en donde este último hubiera pagado todos los costes, la entidad bancaria deberá devolverle el 100% de los gastos de tasación. Este fallo se suma a otros anteriores, donde dictaminaron que los costes del registro y de la gestoría también corren por cuenta del banco.  Los gastos de notaría, por su parte, habrán de dividirse en partes iguales y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentaos (IAJD) queda completamente a cargo del cliente. El fallo conocido ahora se refiere solo a aquellos contratos hipotecarios anteriores a la ley de junio de 2019.

Gastos de tasación: detalles sobre el fallo del Tribunal Supremo

La sentencia se refiere a una hipoteca que fue firmada en 2014 con la entidad Liberbank. Posteriormente, el cliente denunció que el contrato hipotecario tenía una cláusula abusiva que lo obligaba a pagar todos los gastos de constitución de la hipoteca. Entonces, el tribunal de primera instancia le dio la razón en 2017. El fallo fue ratificado en 2018 por la Audiencia Provincial de Cáceres, pero el banco realizó una apelación, por lo que la causa terminó en manos del Tribunal Supremo.

En todas las instancias previas, las entidades judiciales hacían recaer la totalidad de los gastos sobre el banco, pero el Tribunal decidió considerar la petición de forma parcial, basándose en la doctrina que se asentó entre 2018 y 2019. Entonces, resolvió que los costes totales (que ascendían a 3 594 euros) se distribuirían de la siguiente manera: el IAJD (1 953,6 en este caso) seguiría a cargo del cliente, pero los gastos del Registro (226,56), los de gestoría (508,2) y los de tasación (296,53) debían ser reintegrados al hipotecado. Además, obligó a la entidad financiera a devolver la mitad de los gastos de notaría (304,6).

Gastos de constitución de la hipoteca a partir de 2019

El fallo conocido ahora se aplica sobre los contratos hipotecarios que fueron firmados antes de la ley de junio de 2019. Desde entonces, todos los costes de constitución corren por cuenta del banco salvo, justamente, los gastos de tasación. La legislación considera que este último es un derecho del cliente, puesto que puede elegir libremente al tasador. Por lo tanto, le corresponde a él afrontar ese gasto.

La antigua legislación era imprecisa y permitía que los bancos incluyeran una cláusula que señalaba que todos los gastos de formalización de la hipoteca estaban a cargo del cliente. Ahora bien, el Tribunal de Justicia Superior de la Unión Europea señaló anteriormente que esta cláusula era abusiva, basándose en la legislación comunitaria de protección al consumidor. A partir de entonces, la condición quedó anulada, pero faltaba resolver la cuestión de los gastos que ya había afrontado el cliente. El Supremo ha dado por terminada esta discusión al establecer el nuevo reparto.

Al respecto, la directora de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) declaró para El País:

“Celebramos por tanto que el Supremo zanje por fin el reparto de los gastos y, esta vez sí, a favor de los consumidores que podrán recuperar el 100% de gestoría, notaría y tasación”. Agregó además que lamentan “que hayan tenido que pasar siete años para que el cliente recupere 1 335,89 euros más intereses y que solo vaya a recuperar las costas de primera instancia, teniendo que asumir los gastos de segunda instancia y del Supremo”.

Devolución de los gastos de tasación hipotecaria: ¿cómo reclamarlos?

Los titulares de aquellos préstamos hipotecarios que se firmaron antes de 2019 podrán reclamar los gastos de la hipoteca de la siguiente manera:

El primer movimiento consiste en presentar una reclamación ordinario en el servicio de atención al cliente del banco correspondiente. Si este último hubiera participado en una fusión, se podrá elevar la reclamación a la entidad que lo absorbió.

Si luego de dos meses no se obtiene ninguna respuesta por parte del banco, o bien, si su respuesta es negativa, el cliente puede interponer la correspondiente demanda judicial. Esta podrá hacerse indistintamente ante el partido judicial del municipio en donde reside el prestatario o del domicilio social del banco.

En todos los casos, habrá de reclamarse la nulidad de la cláusula abusiva y la restitución de los gastos abonados. Además, deberán presentarse todas las facturas de las partidas abonadas tras la formalización del contrato. La intervención de un abogado y de un procurador será necesaria para elevar la reclamación.

¿Quién paga la comisión de apertura de una hipoteca?

Luego de la sentencia del Tribunal Supremo sobre los costes de tasación y otros gastos hipotecarios, todavía queda pendiente la resolución sobre las comisiones de apertura.

Actualmente, a la comisión la paga el cliente por imposición de la entidad financiera. En efecto, en muchas ocasiones, el hipotecado no recibe información de ningún tipo sobre este gasto.

Ahora bien, en julio de 2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunció al respecto y sostuvo que la cláusula de la comisión de apertura puede ser nula, por lo que serán los juzgados quienes resuelvan sobre su condición abusiva.

El Tribunal Supremo todavía no se ha manifestado al respecto, pero existe un precedente. En enero de 2019 dictaminó una sentencia que decía que la comisión de apertura no podía someterse al control de abusividad. Y, en consecuencia, no podía ser nula. Habrá que esperar a su dictamen definitivo.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre comprar una vivienda con hipoteca pendiente. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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