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En este post te contaremos todas las novedades referidas a la Ley de vivienda 2023. Te brindaremos todas las novedades respecto a esta normativa y el estado en el que se encuentra. Detallaremos además, cuál es la finalidad de su implementación y que beneficios intenta alcanzar. ¿Nos acompañas?

La Ley de vivienda 2023: para que se implementa

Lo primero que debemos analizar respecto a la Ley de vivienda 2023 tiene que ver con la razón por la cuál se establece. Explican que este proyecto fue pensando en la necesidad de establecer  cierto orden en el sector inmobiliario respecto al derecho de habitación.

Debemos tener presente que esta normativa reconoce las competencias de cada una de las Comunidades Autónomas respecto a los hogares. Por otro lado, el Gobierno se ha comprometido con ellas a brindarles las herramientas que ayuden a controlar la correcta aplicación de dichas normas.

En el día de ayer, se ha logrado llegar a un acuerdo con el ERC y el Bildu para poder aprobar la sanción de esta ley, luego de más de dos años de negociaciones. Gracias a ello, la tramitación podrá realizarse en las próximas semanas. Uno de los aspectos que más discrepancia han generado tiene que ver con la utilización del IPC para realizar la actualización anual de los contratos de alquiler. Otro ha tenido que ver con la fijación de un valor máximo en las subidas anuales.

Desde el Gobierno, han festejado el acuerdo ya que será la primera vez en la historia de nuestro país que se llevará adelante una ley de vivienda, con la que se pueda garantizar el derecho a la misma y lograr detener a quienes quieran especular con ellas. 

Informe del Poder Judicial respecto a la Ley de Vivienda 2023

Respecto a la ley de Vivienda 2023, el Poder judicial presentó el informe con el fin de establecer si es posible ponerla en marcha. Los aspectos más relevantes han sido:

Se realiza en el informe una crítica respecto a la intención de controlar los precios de los alquileres, ya que entiende que puede ser constitucionalmente delicado al enfrentar de alguna manera el derecho a la propiedad privada y la función social del inmueble.

Explica que, es confuso el contenido respecto al control de precios y le solicita además evidencia que pueda demostrar que será efectiva.

Por último, aclara que si bien el Gobierno tiene competencia en vivienda, no podría ordenar por completo ésta área ni duplicar o variar de contenido las atribuciones que le pertenecen a las Comunidades Autónomas.

Qué cambios implica la nueva Ley de viviendas 2023

Como dijimos anteriormente con esta nueva normativa se busca regular, por ejemplo los precios en los contratos de alquiler de viviendas. Esto servirá principalmente en las zonas donde el mercado se encuentre tensionado. Por otro lado, incorpora un recargo en el Impuesto de Bienes Inmuebles del 150 por ciento para las propiedades que se encuentren vacías. Además, se estipula la incorporación de un bono de 250 euros mensuales destinados a ayudar a los jóvenes que quieren independizarse pero no cuentan con los recursos económicos suficientes.

Pero veamos cada parte con más detalle:

Grandes  propietarios

Una de las novedades que trae la  Ley de vivienda 2023, se refiere a los grandes propietarios. Primero que nada, debemos aclarar que se consideraran de esta forma a quienes tengan más de diez viviendas a su nombre o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados. A partir del momento en que esta normativa entre en vigencia, deberán adaptar el valor de los alquileres al índice de referencia que se establece en la zona en que la vivienda se encuentre emplazada. Si se halla en lugares donde exista tensión en el mercado deberá limitar el coste al valor del anterior contrato.

 Pisos vacíos

Como decíamos anteriormente, una de las medidas que incorpora esta norma, tiene que ver con el impuesto a los pisos vacíos. Debemos tener presente que en los últimos tiempos, la cantidad de viviendas en alquiler se ha visto reducida. Con esta medida se busca incentivar a los propietarios a alquilar aquellas viviendas que no estén habitadas. Para ello han determinado un Impuesto de Bienes Inmuebles especial para aquellas que permanezcan ociosas. El mismo será de hasta un 150 por ciento dependiendo del caso aunque pueden existir excepciones.

Esto significa que para aquellos propietarios que cuenten con más de cuatro viviendas en el mismo municipio, que hayan permanecido ociosas durante más de dos años, el Gobierno permite que las Comunidades aumenten el IBI hasta ese 150 por ciento.

Zonas tensionadas

Otra de las medidas que comenzará a regir tienen que ver con la regulación de los valores para los alquileres de viviendas en las zonas tensionadas.

Para ello, el Estado y las Comunidades Autónomas, deberán analizar el mercado para determinar, según esas condiciones, cuáles son las localidades o barrios que sufran esta situación.

Luego de haber declarado cuáles son, se estipula una duración mínima de tres años que puede ser prorrogable. Esto se estipula para poder evitar que los importes de los alquileres no tengan subidas rápidamente. Agregan además, que el coste promedio deberá corresponder al 30 por ciento de los ingresos medios de los habitantes del piso.

Aumento de alquileres

Otro punto importante que viene a establecer la Ley de viviendas 2023, tiene que ver con un máximo permitido de aumento para los alquileres. Los diferentes partidos políticos parecen haber logrado un acuerdo en cuanto este punto. Gracias a esta negociación, se establece que la subida puede ser como máximo de un 2 por ciento para lo que resta del año y para el 2024 se ha pautado un límite del 3 por ciento.

Han aclarado también, que para el futuro se espera poder crear un nuevo índice específico que pueda ser más estable e inferior al índice de Precios de Consumo. Mediante este nuevo indicador, se regularán los porcentajes máximos de subidas para actualizar anualmente los contratos de alquiler.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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Viviendas para alquiler social serán cedidas por fondos de inversión, bancos y grandes propietarios de su parque inmobiliario. Se trata de entre 25 mil y 30 mil propiedades. La cesión llegaría hasta los 25 años y el alquiler costaría en promedio un 20% por debajo del valor de mercado.

Algunos de los mayores propietarios de viviendas, fondos de inversión y la banca se unen en proponer la cesión de unas 30.000 viviendas para alquiler social. Así lo plantearon desde la Asociación de propietarios de viviendas en alquiler (ASVAL). Los grandes jugadores del mercado inmobiliario le han propuesto al gobierno central un acuerdo de colaboración público-privado para alcanzar dicho número de casas a disposición por un periodo de 25 años. En el medio están la Comunidades Autónomas, que tienen competencia en muchos casos, y los ayuntamientos de las ciudades más grandes.

Entre de los protagonistas del ofrecimiento figuran los fondos Blackstone, Lone Estar y Cerberus. Mientras que por el lado de la banca se encuentran Santander, Caixabank, BBVA y Sabadell. El planteo de los propietarios está dirigido a que su propuesta forme parte de la Ley de Vivienda que se aún se encuentra debatiendo en el Congreso. Con ello, tendrían el aval del gobierno central. A cambio, ofrecen un plazo de 25 años para el alquiler y que su precio sea un 20% menor que el valor de mercado.

Viviendas para alquiler social

Los mayores jugadores del mercado inmobiliario tienen en puerta una propuesta para destinar entre 25.000 y 30.000 viviendas para alquiler social. La cesión de las propiedades tendría un plazo de 25 años, lo que brindaría un horizonte de estabilidad para inquilinos y también se cubriría parte de la demanda de alquileres a precios bajos.

Este aspecto es uno de los centrales de la propuesta, ya que la intención es que el coste del alquiler de estas viviendas se ubique un 20% por debajo del valor de mercado. El ofrecimiento estuvo a cargo de la Asociación de propietarios de viviendas en alquiler. Y se lo hicieron llegar hace unas semanas al propio Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA). Pero también el Congreso está en el centro de las tratativas y negociaciones.

De la iniciativa forman parte fondos de inversión inmobiliaria y bancos que aportarían lo suyo para hacerla efectiva. Una sumatoria de grandes cantidades de propiedades, por un lado. Mientras que la banca aportaría una importante cantidad de viviendas provenientes de adjudicados bancarios.

Los aportantes de las casas pretenden que el gobierno central ofrezca garantías para la cesión de inmuebles. Para ello, sería necesaria una garantía de cobro a largo plazo. Y lo piden por escrito en la nueva Ley de Vivienda que aún se encuentra en el Congreso. Una vez incluidas estas cuestiones en la legislación, el gobierno central, las Comunidades Autónomas y los ayuntamientos podrán contar con entre 25.000 y 30.000 unidades en alquiler. Estas serían destinadas a familias vulnerables, con un plazo de hasta 25 años y con un alquiler cuyo precio sería un 20% más bajo que el valor de mercado.

La propuesta

La propuesta realizada al gobierno desde ASVAL da cuenta de la voluntad de los grandes propietarios de inyectar al mercado hasta 30.000 viviendas para alquiler social, cuyo valor se mantenga un 20% por debajo del valor de mercado. Aunque en los últimos meses, fondos y bancos fueron vendiendo algo de su parque inmobiliario; la cifra final, entonces, estaría cercana a las 25.000 unidades listas para ser alquiladas.

Lo que piden es que el acuerdo esté en manos del gobierno central. Luego sí podría pasar por las competencias de las Comunidades y los ayuntamientos (sobre todo en las grandes ciudades y capitales). El otro condicionamiento es que las rentas por los alquileres se resguarden como deuda del Estado, de modo que se garanticen los rendimientos durante los 25 años en que la vivienda esté a disposición.

Los cálculos que realizan desde las entidades y el gobierno es que serían unos 90 millones de euros por cada año de alquileres. Por lo que la suma global estaría cerca de los 2.300 millones de euros. Ese monto no estaría a cargo del gobierno de turno, ya que serían los inquilinos quienes se hagan cargo de pagarlo. En donde entraría a jugar el gobierno es en casos de morosidad.

Por último, las intenciones de parte de los fondos y la banca es que el acuerdo se incorpore en la Ley de Vivienda que se discute en el Congreso. Y, de paso, también la figura de subarrendamiento para las Comunidades y ayuntamientos. De este modo, los gobiernos regionales y locales también podrán decidir cuál va a ser la familia beneficiada por el programa.

La puesta en marcha

La idea de contar con un parque viviendas para paliar la situación de las familias vulnerables tiene varios años. En 2021 el poder ejecutivo debió ampliar el objetivo de 20.000 a 100.000 unidades. Este crecimiento se debió ante la suba de la demanda.

El propio MITMA se encuentra trabajando con la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria para acercar unas 17.000 casas de esas 100.000 planeadas. Otro de los pedidos que se llevaron los funcionarios es el endurecimiento de las penas por la usurpación y la ocupación. Éste último es de los más comunes en Cataluña.

A cambio, cada gran propietario pone a disposición una cantidad de viviendas para alquiler. Además de las que se encuentran bajo su dominio, están las que aportan los bancos que se unen al negocio. En este caso, se trata de propiedades que pasaron a manos de las entidades financieras como adjudicados bancarios.

Y si bien los acuerdos en el Congreso se retrasan y la Ley de Vivienda parece no llegar más, algunos ministros del gobierno se muestran optimistas y ven una luz al final del túnel. Mientras, las desavenencias y demoras provocan más incertidumbre en los sectores vulnerables.

Lo importante de contar con un número importante de viviendas para alquiler social es que viene a cubrir en parte una demanda muy particular del mercado inmobiliario actual.

Luego de leer este artículo, nos interesaría mucho conocer cuál es tu opinión acerca de las viviendas para alquiler social. Puedes compartirla con nosotros desde la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en la situación de querer invertir en estos momentos, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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La Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) ha informado que la llegada del Impuesto sobre el Patrimonio, genera inquietudes en cuanto a diferentes aspectos. Y es que por un lado, muchos extranjeros que pensaban realizar una inversión se han replanteado, su llegada a nuestro país.

También explican que debido a ello, han recibido varias consultas por la preocupación de este tributo, e incluso, diferentes departamentos de Fiscalidad Internacional están asesorando a sus ciudadanos respecto a cómo actuar teniendo en cuenta la situación particular y patrimonial de cada uno.

En este post queremos contarte acerca de los problemas y críticas que la AEDAF ha realizado sobre la incorporación de este tributo. ¿Nos acompañas?

Preocupación por el impuesto y como afectará la inversión

Según han explicado, la principal preocupación no está relacionada con  la posible desinversión. Lo que inquieta, es que este cambio fiscal podría llegar a ser un desincentivador en el arribo de nuevas inversiones.

Agregan, por otro lado, que se puede producir un efecto distorsionante además de una contracción en los flujos de inversión.

Al tratar de aclarar porque tienen esta visión de lo que podría suceder, esbozan que la inversión internacional es más sensible respecto a los cambios fiscales que puedan realizarse. Esto se debe a que no existe ningún apego emocional ni vínculo con el país. De esta forma se genera una perdida de interés en el sector inmobiliario.

Otro de los puntos que marcan, al analizar la forma en que se pueden retrotraer las nuevas inversiones, tiene que ver con las modificaciones en los tipos. Es que tenemos que recordar que nos encontramos en un contexto donde los problemas globales son varios. Algunos de ellos son: la subida en los tipos, la cercanía de las elecciones y una guerra que ha traído varios conflictos a nuestro país.

Los números que preocupan por el descenso en la inversión extranjera

A la hora de analizar este tema, se ha estudiado los datos respecto de la demanda de propiedades cuyo coste es superior a los dos millones de euros.  En el mes de enero, se ha visto reducida la cantidad de interesados con respecto a trimestres anteriores.

Pese a ello, debemos aclarar que es una tendencia que inició en el otoño pasado.

Para poder intentar frenarla, se habla de la necesidad de que se realice una modificación en el alcance. Por medio de ella, se podría realizar una distinción entre quienes adquieren propiedades para uso privativo de ellas y quienes lo realicen como una inversión que genere trabajo y movimiento económico para el país.

Excepciones a la normativa

Es importante, a la hora de solicitar el pago del impuesto a los extranjeros, tener presente  que se encuentra supeditado a los Convenios de Doble Imposición. Dependiendo de lo que diga en ellos, se podrá solicitar o no que afronten este tributo.

Por ejemplo, nuestro país ha firmado convenios en los que no se aplican al Impuesto sobre el Patrimonio. De esta forma, al no estar incluida como exenta, será posible solicitar que inversores de Estados Unidos, Italia, México y Portugal deban atenerse a él.

Con los países de Alemania, Luxemburgo, Francia, Panamá Bélgica, Israel, Sudáfrica y el Reino Unido, la firma habilita expresamente  a nuestro país a solicitar el gravamen patrimonial de las participaciones en sociedades principalmente inmobiliarias.

Por último, Argentina, Canadá, Suiza, Suecia, Países Bajos, Bulgaria y Austria, debido al convenio firmado, quedarían exentos de este tributo por lo expresado en sus Convenios de Doble Imposición.

El mercado

Según se establece en la normativa, aquellas personas no residentes que tengan propiedades, o activos superiores a los 3 millones de euros, deben abonar este tributo. Pero no es del todo así. Y es que, si la sociedad opera en los mercados organizados, quedarían exentos.

Esto podía suponer, que quienes no han entrado a operar de esta forma, podrían intentar crear nuevos vehículos de inversión cotizados con el fin de quedar fuera de esta obligación. De igual manera, hay que aclarar, que esto no es tan fácil ni gratis. Para poder operar de este modo, será necesario contar con un asesor registrado y deberá realizar la auditoria de las cuentas anualmente.

Conflictos con la forma en que se ha realizado la ley

En los últimos meses, se han explicado diferentes baches y problemas en la normativa que podría propiciar que muchos contribuyentes puedan quedar exentos del pago. Por ejemplo, ya Madrid y Andalucía, han decidido presentarse a la justicia para recurrirlo.

Uno de los motivos que se han esbozado, tiene que ver con la invasión a las competencias normativas correspondientes a las Comunidades Autónomas. Esto se debe a que infringe artículos de  la Constitución, el Estatuto andaluz y la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Por un lado, varias CCAA habían tomado la decisión de no solicitar un impuesto al patrimonio, generando una bonificación para los habitantes. De esta manera, el Gobierno, estaría  pasando por sobre ellas, obligando a quienes antes no tenían que afrontar este gasto a hacerlo.

Otro problema, que se plantea con este tributo, tiene que ver con que podía considerarse que ha sido vulnerado el principio de seguridad jurídica. Se debe a que se ha establecido la fecha de entrada en vigencia a finales del 2022 con lo que se deberá abonar en el 2023 sin aviso ni tiempo para poder actuar de la manera que cada contribuyente considere necesario.

Una última alarma que se ha encendido, tiene que ver con la forma en que se ha generado y puesto en vigencia. Y es que, constitucionalmente, no debería haber sido incorporada con una enmienda. También debería haber sido tratada, y puesta a votación, pero ello no ha sucedido. No obstante, ya se encuentran en vigencia los dos impuestos.

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Oi Real Estate es pionera en compraventa y alquiler de propiedades luxury en Expaña, desde mediados de la primera década de siglo. En este sentido, conocemos en profundidad los vaivenes de este excéntrico y complejo mercado, como pocas agencias locales y europeas. El sistema de compraventa de viviendas de lujo, contra lo que podría imaginarse, fue uno de los primeros en despuntar luego de la crisis y el parate obligado como consecuencia de la pandemia COVID y las medidas sanitarias que freezaron al sector. Los niveles en negociaciones efectuadas tocados durante el último período de 2021 y gran parte de 2022, así lo demuestran. En este artículo, veremos entonces qué busca el cliente en una vivienda de lujo, de cara a un 2023 que ya ha comenzado a mostrar sus primeras diligencias exitosas. Te invitamos a continuar leyendo para conocer mucho más. ¿Nos acompañas?

Las viviendas de lujo en España

De manera histórica, España fue desde siempre un país con un fuerte mercado luxury. Dicho mercado incluye tanto las propiedades para uso habitual como las volcadas al circuito turístico. ¿Será este 2023 un año en donde se mantendrá la continuidad positiva en compraventas de pisos y casas de esta gama? En el volumen general de las negociaciones avocadas a las viviendas de lujo, 2022 se posicionó fuerte en las preferencias de quienes buscan invertir en ladrillos.

Esto tiene sendas explicaciones. Una de las más comunes, radica en que a la salida de la pandemia, muchos buscaron una inversión segura y que no presente un escollo al conflicto inflacionario conocido por todos. Al respecto, adquirir entonces una segunda o tercera vivienda de lujo, especialmente en los sitios urbanos top o vacacionales, tan requeridos por España y el mundo, fue una de las opciones más recurrentes. Así, el comprar una vivienda premium se consideró a la opinión de los inversores como una mejor chance incluso frente al volátil e incierto mercado de las criptomonedas.

Números a la orden del día

Según el sitio de consulta idealista.com, se estima que durante el año 2022 el precio promedio de una vivienda de lujo en Baleares y Cataluña se incrementó nada menos que un 8%. Como una medida que avalan los datos, la agencia Barnes destaca que fueron los compradores extranjeros quienes se mostraron un paso adelante en diligencias del mercado de lujo; siendo los franceses los principales protagonistas y nuevos propietarios.

Madrid también se posicionó como un faro a seguir en cuanto al circuito luxury. Las cifras previas al inicio de este 2023, señalan índices récord cualitativos y cuantitativos de negociaciones. Se espera que esa tendencia se mantenga prolongada en el tiempo, al menos durante el lapso que comprenden los primeros tres meses de este año.

Palabra experta

Desde la agencia Uxban, interpretan un decaimiento leve para la segunda mitad de 2023, aduciendo que…

En función de cómo vayan las cifras macroeconómicas podremos tener un segundo semestre menos dinámico y puede significar un cambio de tendencia.

Uxban

Por su lado, la directora de Barnes en Baleares y Cataluña, Elizabeth Hernández, asegura que este nuevo año que comienza ofrece una dinámica distinta y probablemente inédita respecto a temporadas anteriores.

Será una corrección que entra dentro de la normalidad, pues en 2022 hemos tenido una demanda que no podíamos cubrir con una oferta escasa a precios de mercado. Veremos ajustes en los precios de publicación en portales inmobiliarios pues sigue existiendo sobrevaloración.

Elizabeth Hernández – Directora de Barnes en Baleares y Cataluña

Como vemos, las voces expertas consideran como “muy probable” que los precios en el mercado de lujo en España continúen su escalada lenta pero segura. En este sentido, un incremento del 3% hacia diciembre de este año podría resultar un porcentaje estimativo ciertamente aproximado, teniendo en cuenta el recalentamiento que se produjo en el real estate español inmediatamente luego de la pandemia COVID.

Qué busca el cliente en una vivienda de lujo

Al respecto del perfil del prospecto interesado en propiedades de lujo, sus características fundamentales no han cambiado demasiado respecto a las previas a la irrupción de la pandemia. Se caracterizan en lo recurrente como familias que buscan una segunda o tercera propiedad que ofrezca las comodidades necesarias para ser habitada durante prolongadas instancias.

Por otro lado, nos encontramos con el perfil del inversor, que proyecta más bien comprar para reformar y vender; o para explotar desde lo redituable durante los períodos vacacionales.

Cambios pandémicos

Pero entonces… ¿El embate de la pandemia no ha cambiado en nada la conducta de las personas ávidas de adquirir un piso premium? Pues claro que sí y es inevitable que no sea así. Nos referimos a que la pandemia no ha disminuido -ni mucho menos- la intención de compra de propiedades de alta gama.

El principal cambio en la elección puntual de las viviendas de lujo radica ahora en que el cliente busca unidades con ambientes más abiertos. A su vez, se interesa por pisos con corriente permanente de aire, así como en consultar si será factible la ampliación de ventanales en habitaciones con ventanas pequeñas. El respeto por el medioambiente y la sanitización del lugar en donde se vive o se descansa, ha pasado hoy día a ser un asunto primordial en la búsqueda mayoritaria del mercado luxury.

En conclusión

Hemos visto las últimas tendencias en propiedades de alta gama en España y qué busca el cliente en una vivienda de lujo. Como agente inmobiliario… ¿Cuál es tu opinión al respecto? Si posees posición tomada en este interesantísimo tópico, tratado varias veces a lo largo de nuestros artículos, nos encantaría que la compartieras con nosotros en la bandeja de comentarios al pie. Tu palabra es siempre bienvenida.

Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo:

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Oi Real Estate

La entrega de un inmueble puesto en alquiler es una de las acciones más recurrentes en la actividad cotidiana del agente inmobiliario. El inquilino que deje el piso, oficina o salón comercial, debe cumplir con el compromiso implicado al momento de su ingreso, detallado en el contrato. Reintegrar un inmueble en óptimas condiciones es un acto de expresa responsabilidad. El formulario o acta de entrega de inmueble, confeccionado para dicho fin, se encargará de que ambas partes culminen su relación temporal / comercial de la mejor manera. En este artículo de Oi Real Estate conoceremos una serie de detalles que despejarán todas tus dudas a la hora de redactar el acta de entrega de un inmueble. Te invitamos a continuar leyendo hasta el final de la nota para conocer mucho más. ¿Nos acompañas?

Definición de acta de entrega de inmueble

Se trata de un documento que certifica el trámite de la entrega del inmueble y que lo ubica en el marco legal mediante las firmas de ambas partes, arrendatario y arrendador. Ofrece garantías y presenta el estado vigente de cada elemento y de la instalación en general. A la hora de ser entregada, la unidad deberá atenerse a los puntos detallados en dicho inventario. Para una evaluación sencilla y que acelere el trámite de la devolución, será vital que el acta de entrega de inmueble haya sido elaborada correctamente.

¿Quién es quién en un contrato de alquiler o en un acta de entrega?

Inquilino o arrendatario: es quien se hace acreedor al derecho de utilizar y ocupar el inmueble a cambio de un pago a convenir con el propietario o dueño. Tendrá la responsabilidad de hacer efectivo en tiempo y forma ese pago, desde el inicio a la finalización del contrato de alquiler.

Propietario o arrendador: es el dueño del inmueble y quien cede su uso. Propone además el contrato de alquiler, con el que debe estar de acuerdo el inquilino eventual. En dicho contrato queda clara una serie de cauciones, previniendo riesgos para ambas partes y figurando los derechos de cada uno. En esas garantías también quedan especificados posibles adelantos, depósitos, etc.

¿Dónde obtener un acta de entrega de inmueble?

Es más sencillo de lo que suele imaginarse. El agente inmobiliario, como representante de la agencia, deberá confeccionar junto al propietario el acta de entrega de inmueble, garantizado por un notario certificador. Solo restará detallar los distintos elementos para el cotejo posterior al contrato y por supuesto, completar los datos personales.

En algunas regiones, en cambio, el propietario encargado en lo cotidiano de administrar sus inmuebles, dispondrá de una amplia gama de opciones. En plataformas como Microsoft Office encontrará plantillas de actas de entrega de inmuebles en sus herramientas de Word o Excel. Además, podrá hallar cientos de modelos distintos en múltiples foros digitales o sitios web (gratuitos o de pago). En este caso, utilizará cual sea de su agrado o se ajuste a sus necesidades.

Acta de entrega en España

Estos ítems pueden variar según el país y sus normativas. Por ejemplo, en España los documentos deben ser aprobados por notaría, incluyendo y teniendo en consideración artículos vigentes y actualizados a la fecha de la firma.

Redactar el acta de entrega de un inmueble

Estos ítems son en lo general pertinentes a cada acta de entrega de inmueble y constan del siguiente listado:

  • Domicilio del inmueble, detallando en letra clara y con numeración completa.
  • Datos completos de ubicación del propietario, como sus números telefónicos y otros domicilios.
  • Datos completos del inquilino, como sus números telefónicos y un eventual segundo o tercer domicilio.
  • Momento de entrega del inmueble, en su fecha concreta.
  • Estado de los servicios incluidos en el contrato, avalados con la presentación de los últimos recibos (abonados).
  • Listado de los elementos (por ejemplo electrodomésticos) especificados por habitación, o estancia (espacios abiertos o cerrados, patios, parques).

Completa el acta de entrega de inmueble un espacio en blanco o de líneas de puntos para enumerar otros detalles, apartados especiales, excepciones, o comentarios.

No olvidarse de nada

Los puntos en el acta de entrega de inmueble, pueden detallar y presentar ítems de los más variados. El agente inmobiliario debe asesorar al arrendador para no dejar de lado ningún objeto u elemento considerado de valor, sobre todo si el inmueble es entregado al arrendatario totalmente equipado. Veremos entonces artículos como “espejo de cocina”, “pintura vertical de cuarto uno”, “pintura cuadrada de cuarto dos”, “planta uno de living”, “planta dos de living”, “alfombra de vestíbulo”, etc.

El cuerpo de un acta de entrega de inmuebles

Aquí presentamos un ejemplo al que comúnmente se conoce como “cuerpo del acta”. En apenas un par de puntos, sitos inmediatamente debajo del encabezado donde el agente inmobiliario debe hacer constar datos de una y otra parte, estos formularios dejan en claro:

“1- El arrendador cede y el arrendatario recibe a su completa conformidad el inmueble, de acuerdo al inventario agregado a la presente Acta. En él, se relacionan la totalidad de los objetos que se hallan en la vivienda (tienda o salón comercial, etc.), que se toma en arrendamiento.

2- En acuerdo a las cláusulas del contrato de arrendamiento, el arrendatario hará uso de la vivienda para lo cual fue establecida y dentro de las condiciones regulares. Para ello, en instancias de la entrega del inmueble se procederá a la revisión de cada objeto o elemento según dicho inventario.

En constancia, ambas partes firman.”

El momento de la firma

Al momento de finalizado el contrato, tanto arrendador como arrendatario se dan cita en el inmueble en cuestión. Si la relación comercial entre ellos fuera mediada por una agencia, entonces el agente inmobiliario encargado de los trámites se hará presente también. Juntos, irán repasando el estado de los objetos, ítem por ítem y dando por aceptado su estado actual, o no.

En este punto, se deberán tener en cuenta siempre la frecuencia de uso de dichos objetos y el paso del tiempo. Es de esperar que una pared muestre signos de deterioro con el transcurrir del contrato de arrendamiento. Lo contrario ocurre respecto al deterioro que pudiera sufrir un juego de vajilla, mucho más perdurable en el tiempo. Si hubiera sido declarada al inventario una vajilla de 12 piezas, a la firma del acta de entrega de inmueble la cantidad de piezas debería seguir siendo el mismo y conservando su estado original.

¿Cuán importante es el acta de entrega?

Un acta de entrega de inmueble es un formulario tan sustancial como vital y debe anexarse al contrato de arrendamiento. Ten en cuenta que ambas partes podrían salir perjudicadas, si el acta confeccionada no respetara las reglamentaciones vigentes. Por lo tanto, resaltamos la importancia de que como agente inmobiliario te mantengas actualizado y atento a las bases de datos legales actuales. La información adecuada, manejada de la manera precisa, es al día de hoy una acción primordial para encarar cualquier diligencia inmobiliaria.

Hemos visto puntualmente cómo redactar el acta de entrega de un inmueble. Te invitamos a compartirnos tus experiencias respecto a este formulario en la bandeja de comentarios al pie del artículo.

Y si te interesa seguir leyendo sobre temas similares, te recomendamos el siguiente artículo:

Oi Real Estate

En el aspecto laboral, solemos afirmar que el real estate tiene una gran ventaja respecto a muchos otros mercados: para ingresar y formar parte activa en él no es necesario ningún título colegiado. Siempre tienes tiempo de especializarte en cualquiera de sus campos. De momento, en España el convertirse en agente inmobiliario está considerado como uno de los mejores primeros trabajos. Sin embargo, en este competitivo y burocrático circuito, los documentos mandan. Comprender sus funciones y sus aplicaciones es clave para comenzar con el pie derecho a transitar su sinuoso camino. Entre aquellos documentos, uno destaca por lejos. En este artículo de Oi Real Estate veremos algunas entre muchas claves en un contrato de alquiler. Te invitamos a leer el artículo hasta el final para conocer mucho más sobre un tópico recurrente entre los asesores, con el fin de cometer la menor cantidad de errores no forzados. ¿Nos acompañas?

Las viviendas y los contratos de alquiler

Como dijimos, el real estate se encuentra plagado de trámites, de los más diversos. Si estás por ingresar el sector, en poco tiempo identificarás cuál es la rama que mejor te calza o se adapta a tus inquietudes, y desarrollarte en pos de ser un excelente agente inmobiliario. Pero hay algunos tramiteríos con los que te encontrarás a diario o asiduamente y que deberás retocar o modificar de forma permanente, ya que cada caso es un mundo.

En este sentido, un contrato de alquiler de vivienda es un documento que reglamenta un período de tiempo determinado y el uso de un inmueble. Para ello, hace constar en él las obligaciones y derechos de las partes. ¿A qué debe estar atento un propietario o un inquilino? ¿Qué podrá reclamar y en cuáles casos el dueño de la propiedad y quien la ocupa provisoriamente?

LAU

Recuerda que para que un contrato de alquiler tenga validez legal, deben seguirse las pautas que expone la Ley de Arrendamientos Urbanos desde el año 2019. Ten en cuenta que la ley implementada desde marzo de ese año contiene una serie de modificaciones sustanciales respecto a su predecesora.

Claves en un contrato de alquiler

Hablemos específicamente de un contrato de alquiler particular. Esto es, destinado a regular el alquiler de una propiedad para uso habitual y no comercial. Los contratos comerciales cuentan con una serie de pautas específicas que podrás encontrar detalladas en muchas otras notas de nuestra sección alquilar; te recomendamos visitarla.

Como primera medida, desde la página de la OCU podrás descargar la plantilla de contrato de alquiler vigente a la fecha. Asimismo, podrás valerte de ella para despejar alguna duda puntual.

Veamos entonces los principales puntos a tener en cuenta acerca de qué debería incluir un contrato de alquiler, para no incurrir en errores que podrían conducir a problemas entre las partes.

1 Definir lapsos

Se estima que el promedio de la duración en los contratos de alquiler es de un año, con posibilidad de extender a posteriori hasta cinco años. Ten en cuenta que el inquilino puede solicitar una prórroga hasta esos cinco años, incluso habiendo pactado períodos inferiores. El propietario tiene a su vez que notificar cualquier extinción del mismo con una antelación de cuatro meses, mientras que el inquilino podrá hacerlo solo dos meses antes de proponer su finalización.

2 Prórroga según LAU

Es común que muchos propietarios o agencias propongan realizar un contrato de once meses para hacerlo pasar por un contrato de alquiler de uso comercial y evadir así el derecho a prórroga. Sin embargo, la OCU señala que si una vivienda está siendo destinada para uso habitual, el inquilino tendrá derecho a solicitar prórroga sin importar qué diga o figura en el contrato de alquiler.

3 ¿Cuándo puede recuperar su vivienda el propietario?

Un propietario podrá reclamar el recupero de su vivienda luego del primer año. Esto podrá darse si demuestra la necesidad de utilizar la vivienda para sí o para un familiar directo (hijos, hermanos, padres).

Por parte del inquilino, respecto a la normativa en vigencia, el mismo podrá rescindir su contrato a partir de los seis meses de la fecha de inicio. Si por fuerza mayor el inquilino desistiera de continuar habitando la vivienda en una fecha calendaria anterior, deberá expresarlo mínimamente dos meses antes.

4 Fianzas

El decreto citado previamente insta a que en el contrato de alquiler figure que para acceder a la vivienda se deben anticipar un mes (de la cuota estipulada) como fianza y dos mensualidades más como máximo a modo de garantía adicional. Una vez finalizado el contrato o rescindido, inquilino y propietario recorrerán la propiedad asegurando el estado de la misma, pudiendo devolver parte o todo de esas mensualidades extras.

5 El inventario

Las fianzas y mensualidades extras suelen ser objeto de controversias y sendas disputas. En este sentido, una fianza se devolverá recién comprobado que no existen deudas y que la unidad se encuentra en óptimo estado. La dinámica de estas normas de argumentación poco comprobable promueve costumbres problemáticas.

  • Inquilinos. Muchos suelen no abonar el último mes de cuota del contrato considerando que la fianza cubrirá dicho gasto.
  • Propietarios. Suelen considerar que el deterioro de la propiedad supera la fianza depositada.

Con el fin de evitarse este tipo de inconvenientes que suelen erosionar la relación propietario / inquilino (agencia por medio), es aconsejable realizar un inventario detallado al máximo del estado del inmueble a la hora de ingresar los inquilinos a la vivienda. En su comparativa, al momento de finalizar el mismo, se recorrerá la vivienda estancia a estancia para determinar cuáles son los deterioros que pueden tomarse a cuenta de la fianza y cuáles son propios del desgaste al paso del tiempo.

Hemos visto algunas claves en un contrato de alquiler, propios de nuestra época. Como agente inmobiliario… ¿Cuál es tu experiencia? Nos encantaría conocer tu opinión en la bandeja de comentarios al pie del artículo.

Si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo:

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Las leyes en cada país disponen reglamentaciones diversas. Pero, ¿qué dicen en nuestro país sobre la posibilidad de desheredar a un hijo? En este artículo te contamos todos los detalles.

Bajo determinadas condiciones, un padre o una madre pueden quitar por propia voluntad la herencia a sus hijos en nuestro país. Si te estabas preguntando por la posibilidad de hacerlo, en este artículo te contamos todos los detalles.

Tal vez eres un padre o una madre que tiene mala relación con tus hijos, o quizás eres un hijo que no te llevas bien con tus padres y tienes miedo que a causa de ello te quedes sin herencia: : cualesquiera sean las circunstancias, que entendemos como estresante, encuentra la respuesta a esta llamativa y nada fácil decisión en esta nota.

¿Puedo dejar sin nada a mi hijo? Esta es una de las preguntas que surgen después de saber que las leyes en nuestro país ciertamente permiten que los padres deshereden a los hijos.

Para poder abarcar esta compleja cuestión, tenemos que comprender que la herencia se divide en partes y ahí entenderemos, en consecuencia, cuáles de ellas se pueden desheredar.

Las partes de una herencia

Legítima, mejora y libre disposición, son las tres partes iguales en que se compone una herencia.

  • La legítima
    Este primer tercio de la herencia, el que está destinado a los hijos, que la Ley dispone como herederos forzosos. Se trata de los primeros en el orden de prioridad en cuanto a herencia.

Excepto en los casos que determina el artículo 813 del Código Civil, no se puede desposeer a los herederos de este tercio.

La cuantía de esta herencia dependerá de la cantidad de herederos que existan.

  • La mejora

Depende de la intención manifiesta de querer incrementar o “mejorar” lo correspondiente a alguno de los herederos forzosos.

De no mediar voluntad expresada por el testador, este tercio se divide en partes iguales entre dichos herederos.

  • La libre disposición

Es en este tercio de la herencia que el testador tiene absoluta libertad de dirigirla a cualquier persona o ente.

Cómo utilizar los tercios de la herencia: ejemplo

Un padre de dos hijos, luego de enviudar, transita sus últimos años colaborando con una entidad de bien común. Entonces, al fallecer, expone mediante testamento que el tercio de libre disposición le sea otorgado a dicha entidad benéfica. Además, expresa que el tercio de mejora se otorgue a su hijo menor. Y por ley le corresponde el tercio de la legítima a cada uno de los hijos.

Como dijimos anteriormente, por distintos motivos -por una causa benéfica, conflictos intrafamiliares o simplemente voluntad- una persona puede quitar una parte de la herencia, a sus herederos legítimos siguiendo la ley.

¿Se puede dejar sin nada a un hijo?

Ahora que sabemos las tres partes en que se divide una herencia y a quién está dirigida cada una, tenemos las siguientes posibilidades:

  • Supongamos que un padre tiene varios hijos y quiere desheredar a uno: ese hijo tiene derecho al tercio denominado legítima. Una probabilidad sería repartir el tercio denominado mejora entre los demás hijos o sólo a uno de ellos. Luego tenemos que la legítima es la porción que puede llegar a desheredarse.
  •  Otro supuesto: un padre tiene un solo hijo. Como este hijo podría acceder por ley a la legítima y a la mejora, esas serían las partes a desheredar.

Ahora veremos los mecanismos por los cuáles se puede desheredar legalmente de las partes que le corresponden.

¿Cómo justificar la desheredación?

Los hijos pueden quedarse sin nada del patrimonio de sus padres. Sin embargo, y prestad atención, se llega a esa posibilidad no por mera voluntad de los padres, sino que las circunstancias se deben acoger a determinadas causas que la Ley establece.

Esas causas se dividen en Genéricas y Específicas.

-Causas genéricas: aluden a la “incapacidad por indignidad para suceder” y están reguladas por el artículo 852 del Código Civil. Dichas causas son:

  • Que el hijo haya sido condenado por tentativa de vida, daño corporal o simple violencia física o psíquica en la familia contra el testador, su cónyuge, con quien tenga relación de afectividad o cualquier otra persona de sus descendientes o ascendientes.
  • Que el hijo haya sido condenado, con sentencia firme, por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad sexual y daños y perjuicios, si la parte violentada es una de las personas mencionadas en el párrafo anterior.
  • Imponer al testador responsabilidad grave por la ley si es condenado por calumnias.
  • Obligar al testador a hacer o cambiar un testamento mediante amenazas, engaño o coacción.
  • Asimismo, impedir que otros otorguen o cancelen testamentos, reemplazando, ocultando y alterando testamentos posteriores.

-Causas específicas: que son las siguientes:

  • Negación de alimentos sin causa justificada al padre o ascendiente que le deshereda.
  • Intimidación o abuso severo por parte de un hijo que no tiene herencia.

Si alguna de estas razones no se declara o no se puede probar la desheredación no podrá llevarse a cabo.

Pasos para desheredar a un hijo

Se necesita cumplir con ciertos requisitos formales para que la desheredación sea finalmente legal. Estos requisitos son los siguientes:

  • La desheredación debe ser gestionada mediante el testamento, para seguir con el artículo 849 del Código Civil que así lo dispone.
  • En dicho testamento, la desheredación debe hacerse expresamente, o sea, se debe consignar con total claridad a quien se deshereda.
  • Fundamentar una de las causas genéricas o específicas detalladas más arriba.

Si estás en la situación de ser el hijo a quien han desheredado, puedes exponer una acción de rescisión para que vuelvas a estar contemplado en el testamento.

Lo mismo si eres el hijo a quien desean desheredar que si eres el testador, es imprescindible que estéis bien informado para demandar o protestar por tus intereses.

Cómo continúa el proceso

A partir de lo que hemos visto, concluimos que la desheredación es la quita de la parte legítima al o los hijos que deberían obtenerla. No obstante, la desheredación no implica que puedas decidir a quién le corresponde ese tercio.

Además, debes saber que la falta de herencia no es impedimento para que el testador haga donaciones vitalicias a los dolientes, salvo que el motivo de la no herencia sea por recuperación de la donación.

Finalmente, queremos recalcar que la herencia no tendrá ninguna consecuencia si hay reconciliación entre las partes.

Luego de leer este artículo, nos interesaría mucho conocer cuál es tu opinión acerca de este interesante tópico. Puedes compartirla con nosotros desde la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Las proyecciones para el mercado inmobiliario a futuro indican una desaceleración en los precios de las propiedades. Así lo indican desde S&P Global Ratings. Las presiones sobre los costes de la construcción y el menor acceso al crédito para comprar viviendas son otros dos factores que determinaran la evolución.

La consultora S&P Global Ratings dio a conocer un informe sobre la evolución a futuro del precio de la vivienda en España. Una tendencia que sigue en consonancia con lo que ocurre en toda Europa y que marca la desaceleración en los precios de las propiedades en adelante. Los costes de la vivienda tendrán un aumento promedio de 5%, según indican las estimaciones.

Ya se habían expandido en un 10% durante el 2021. Un hecho que fue causado por varios motivos. El aumento de la capacidad de ahorro de las familias durante la pandemia y la búsqueda de hogares con mayor espacio son algunos de los principales.

Otro factor importante es que muchos inversores toman a los inmuebles como principal herramienta de resguardo de sus ahorros. Este fenómeno, que se conoció como burbuja inmobiliaria, continua presente, con una suerte de arrastre.

Desaceleración en los precios de las propiedades

Como se dijo, se estima que las viviendas se apreciaran un 4,6% durante este año. Y para el 2023 la revaloración puede ser del 4%. Esta tendencia no se corresponde solo al mercado español, sino que es un fenómeno que recorre todo el continente europeo.

La desaceleración en los precios de las propiedades está ligada al menor acceso a la vivienda. Es que la suba de las tasas de interés en general, y del crédito hipotecario en particular hacen más difícil contar con las herramientas para acceder a la compra.

En este sentido, tampoco es una buena noticia el aumento de los precios de la construcción. Y aunque los ingresos de las familias también se han incrementado, lo hicieron por debajo de los índices inflacionarios. Así las cosas, a la hora de optar por la compra, los inversores se encuentran con mayores condicionamientos que hace doce meses.

En el mediano plazo, las estimaciones de S&P Global Ratings marca una continua desaceleración del precio. Por ejemplo, durante los años que siguen se estipula que los aumentos pueden ser del 3,5% para 2024 y del 3,2% para el año 2025.

La economía y la guerra en el horizonte

Durante la pandemia, la capacidad de ahorro de las familias se vio robustecida. Las búsquedas de casas en las zonas costeras y urbanas, con ambientes más espaciosos se llevaron gran parte de las preferencias. La consecuencia registrada durante la pospandemia fue el aumento del 10% en las viviendas.

De aquí en adelante, sostiene el informe, la baja de los precios de las viviendas va a ser suave. Aunque hay otros dos factores que entraron en juego a partir de 2022. La inflación y la guerra en Ucrania.

Por el lado de la economía, los índices inflacionarios más altos en las últimas décadas obligaron al Banco Central Europeo a subir las tasas para intentar frenarla. A su vez, la suba de tasas hipotecarias restringe el acceso a la vivienda.

La guerra en Ucrania afecta los precios de la energía. Pero también siembra un grado de incertidumbre en las decisiones de inversión. Sobre todo cuando los dividendos de la inversión 

Y también hay un hecho que se crea a partir de la situación de millones de refugiados que ya está dejando la guerra. La estimación del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, son 5,5 millones de ucranianos que buscan radicarse en Europa. 

Los países elegidos para la nueva residencia son los vecinos. Por ejemplo, Alemania cuenta con unos 860 mil migrantes; en Italia se radicaron 140 mil. Y España cuenta con 120 mil ucranianos que buscan lugar donde vivir, lo que termina por agregar demanda en el mercado inmobiliario.

Costes de la construcción

La inflación que afecta la economía global es de las mayores en décadas. En España se prevé que terminará cerca de 7% para el 2022. Se trata de la mayor de los últimos 29 años. El efecto se evidencia en los costos de la construcción.

Emplazar un proyecto de edificación de vivienda suma hasta un 4% por encima de inflación. Esto también determina una dificultad para quienes buscan un lugar donde vivir.

Sumado al aumento de tasas y la incertidumbre sobre el desarrollo de la guerra en Ucrania, hay poco margen para la inversión inmobiliaria. Sin embargo, el informe de S&P Global Ratings es menos crítico. Por caso, argumenta que “las economías de los hogares se mantienen sólidas tras la pandemia”.

Ello significa que a, pesar de tener todos esos condicionantes, el encarecimiento de la vivienda no llegaría a ser un punto de inflexión en su acceso.

Panorama del precio de la vivienda en los próximos meses

Visto el panorama que plantea el informe de S&P Global Ratings, lo que queda por delante es una desaceleración de la inflación. A eso, se le agrega la solidez de las economías de las familias españolas pospandemia. Un escenario con mayor demanda, por el arrastre de la burbuja inmobiliaria y por la llegada de nuevos habitantes desde Ucrania.

Por el lado de las situaciones desfavorables, sin dudas los altos índices de inflación le quitan certidumbre al mercado inmobiliario. La consecuencia del alza en las tasas de interés y las hipotecas restringen el acceso a la vivienda. Tampoco es menor el desarrollo de una guerra en Europa.

Y si bien S&P Global Ratings mantiene cierto optimismo, el precio de la vivienda continuará en alza. Es un proceso abierto que el tiempo dirá hasta donde y por cuanto tiempo lo tendremos que sobrellevar.

Luego de leer este artículo, nos interesaría mucho conocer cuál es tu opinión acerca de la desaceleración en los precios de las propiedades en este contexto tan particular. Puedes compartirla con nosotros desde la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en la situación de querer invertir en estos momentos, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Los precios de las viviendas en toda Europa repuntan en un 9,8 por ciento. En la Unión Europea, por otro lado, el porcentaje asciende a un 10,5. En diecisiete Estados que hoy componen la UE se han registrado importantes subidas del valor de las propiedades interanuales que han superado el 10 por ciento. Desde el tercer trimestre del año 2007, el aumento del valor de la vivienda ha sido en el mayor ritmo. En este artículo te contamos todo acerca de este tema.

Como venimos contando en diferentes post, en Europa siguen disparándose el valor de las propiedades. Los valores de las viviendas en la Eurozona, han registrado entre el mes de enero y marzo de este año, el mayor repunte anual desde el 2005. Casi la misma situación se repite prácticamente en el conjunto de la Unión Europea, al registrarse el más grande incremento desde finales del 2006. En cuanto a nuestro país, por otro lado, el mayor avance se registró en el tercer trimestre del 2007.

Según los datos que pudo informar Eurostat, las propiedades en la Eurozona se han revalorizado en un 9,8 por ciento en el primer trimestre. Esto que equivale a cuatro décimas por arriba del último trimestre del año 2021. Si continuamos la comparación, podremos establecer también que se encarecieron dos décimas por debajo en la tasa trimestral, un 1,7 por ciento, contra el 1,9 por ciento de los tres últimos meses del año anterior.

valor de las propiedades

En la totalidad de los Estados de la Unión Europea, los precios de las propiedades se han disparado en un 10,5 por ciento en el primer trimestre, comparado con el mismo período del año anterior, también cuatro décimas por encima que el dato registrado a fines del 2021. Además, el nivel de subida se mantuvo en un 2,1 por ciento entre los Veintisiete, al igual que entre los meses de octubre y diciembre del año pasado.

En el primer trimestre de lo que va del 2022, los datos presentados por la oficina estadística europea, a mostrado que todos los Estados que forman parte de la Unión Europea, han registrado un aumento interanual y mensual en cuanto al valor de las propiedades. En diecisiete estados de ellos, las variaciones anuales, superaron el 10 por ciento.

Las subidas de precio más intensas se han registrado en República Checa, con un 24,7 por ciento. Le sigue Estonia, con un aumento del 21 por ciento y Hungría, llegando a un 20.6 por ciento. En cuanto a los aumentos interanuales más leves, se registraron en Chipre, donde el porcentaje fue de un 1,1 por ciento. Le sigue Finlandia con un 4,3 por ciento e Italia alcanzando un 4,6 por ciento.

Con referencia a la comparación trimestral que puede realizarse, los aumentos más bajos, se registraron en Malta, donde el valor de las propiedades ha aumentado en un 0,4 por ciento. A continuación en la lista, se encuentra Chipre, donde, según el registro, el porcentaje fue de un 0,5. Por último, Alemania donde la subida fue de un 0,8 por ciento.

En cuanto a las localidades en las que se han informado las subidas más importantes, se han registrado en Estonia, con un 7,1 por ciento. Le sigue Hungría, con un 6,7 por ciento y Bulgaria con un 5,2 por ciento.

Cuál ha sido el incremento en el valor de las propiedades en España

La subida de los precios interanual durante el primer trimestre del 2022 en España, ha sido del 8,5 por ciento. Este valor, puede compararse con el mismo período del año anterior. Allí, el porcentaje del incremento fue de un 6,3 por ciento, lo que muestra un ritmo mayor en cuanto al encarecimiento de las propiedades en nuestro país. Desde el tercer trimestre del año 2007, antes de que se produjera el estallido de lo que se conoció como la burbuja inmobiliaria. En los tres meses, la subida se incrementó más del doble entre los meses de enero y marzo llegado  al 2,6 por ciento, habiendo sido antes de un 1,2 por ciento en el cuarto trimestre del año 2021. Es importante destacar, que es la mayor alza registrada, desde los meses comprendidos entre abril y junio del 2018

Subidas de un 45 por ciento en el valor de las propiedades

Es importante destacar, que desde el inicio del año 2010, los precios de los inmuebles, han registrado una subida del 45 por ciento y en cuanto a los alquileres, este aumento ha sido de un 17 por ciento en la Unión Europea.

Si bien los alquileres, han registrado subidas importantes y de manera constante, los precios de las propiedades, han ido fluctuando de manera considerable, y en diferentes porcentajes dependiendo de la zona en que se encuentran emplazados.

El segundo trimestre del año 2011 y el primero del 2013, se produjo una fuerte caída. En cuanto a los años 2013 y 2014, el valor de las propiedades, han conseguido una estabilidad. Esto quiere decir que no se han registrado grandes fluctuaciones. En cuanto a los registros del año 2015, se ha vislumbrado un rápido aumento del precio de las propiedades. Ademas, desde el año 2010 a la fecha, han acumulado una subida de un 45 por ciento.

Si comparamos los tres primeros meses del año 2022 con el 2010, los valores de las viviendas han registrado aumentos mayores que los alquileres en 19 países de la Unión Europea. Los precios de las propiedades aumentaron en 24 Estados y disminuyeron solo en tres. Los porcentajes más altos se registraron en Estonia, con un 174 por ciento, Hungría, con 152 por ciento y Luxemburgo, 131 por ciento. En la vereda opuesta, se encuentran Grecia. Allí se registro un descenso del 23 por ciento en Italia, con un 10 por ciento y Chipre un 8 por ciento.

Subidas de precio en los alquileres

Con respecto a los alquileres, entre el 2010 y el 2022, el aumento registrado fue de un 17 por ciento. La comparación, realizada con el año 2010, indica una subida en los precios en 25 Estados de la Eurozona y descensos en dos. Los mayores incrementos, se produjeron en Estonia con un 177 por ciento, Lituania, un 127 por ciento y por último Irlanda, con un 77 por ciento. En cuanto a las bajas en el valor de las propiedades, Grecia ha registrado un 25 por ciento y Chipre un 1 por ciento.

Esperamos que este post haya sido de tu interés y te haya resultado útil. No olvides dejarnos tu comentario e inquietudes. Te dejamos a continuación otro link que puede resultar de tu interés.

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En lo general, el sector inmobiliario es considerado como uno de los mercados que mejor recibe a los emprendedores. Con un pequeño capital y deseos de hacer carrera, hoy en día puedes abrir una oficina digital de servicios inmobiliarios y lanzarte al ruedo del real estate. Asimismo, ofrece una gama de especialidades tan amplia como variada. Tanto que podría afirmarse que existe una modalidad inmobiliaria para cada agente. Alquiler estudiantil, turismo, oficinas, coworking, etc. Todas forman parte de un business que brinda posibilidades concretas e ingresos asegurados si es que sabes cómo moverte en él. Sin embargo, existe una modalidad que acaso por fuera del ámbito convencional se posiciona en las principales ciudades del mundo como nueva tendencia ¿Adivinas a cuál nos referimos? En este artículo de Oi Real Estate veremos algunas estrategias en ventas para pisos de lujo. Te invitamos a continuar leyendo para conocer mucho más sobre esta arista del mercado inmobiliario digna de ver.

El mercado de lujo y el convencional

Una agencia especializada en vender o alquilar viviendas de lujo se diferencia en muchos aspectos de las oficinas en servicios inmobiliarios de las denominadas “estándar”. Sus instalaciones suelen ser otras, los equipos logísticos suelen ser más numerosos, así como sus clientes, respaldos en asesoramiento legal y la capacitación de sus agentes, solo por nombrar algunas diferencias. En definitiva, el objeto de venta o producto (en este caso los bienes raíces de lujo) es el “distinto” y por consiguiente otras deberán ser sus acciones comerciales y mecanismos de ventas.

Podríamos decir que una agencia inmobiliaria exitosa y especializada en vender propiedades de lujo marchará sola. Un cliente traerá otro y con este se iniciará seguramente una nueva diligencia. Esto, desde la teoría, es más o menos una realidad consumada. Sin embargo, al tratarse de un mercado exclusivo (cualquier sector que aborde ribetes exclusivos contará con un margen más acotado de probables clientes), lograr introducirse en él y mantenerse vigente al paso de las temporadas será todo un desafío. Si te intriga conocer cómo se manejan las agencias de lujo o si consideras que puede resultar un buen negocio para ti abrir una oficina de este tipo estarás leyendo el artículo adecuado.

Estrategias en ventas para pisos de lujo

Dijimos que una inmobiliaria de lujo es una especialización dentro del mercado del real estate de los más selectos. Veamos entonces algunas estrategias en ventas para pisos de lujo y cuáles son sus características fundamentales.

Una base de datos confiable

Como una máxima del sector inmobiliario de lujo, vender una unidad lujosa deberá ser ante todo una acción de venta veloz. Si eres un agente inmobiliario al que le gusta tomarse su tiempo, conectar con la vivienda a la venta o en alquiler y destinar semanas enteras para concretar la diligencia, entonces no es el mercado ideal para ti. En el circuito de lujo, suele decirse que una vivienda que demore en ser vendida puede pasar al limbo de las negociaciones y dicha acción puede llegar a extralimitar los tiempos prometidos al cliente.

Por tanto, antes de publicar un piso de estas características deberás conocerlo a fondo en una inspección rápida y locuaz ¿Cómo se logra esto? Pues realizando una efímera valoración en base a datos relevantes zonales en equilibrio con las cualidades de orden físico, financiero y legal de la unidad en cuestión. La premisa es siempre vender rápido y vender mejor.

Una cartera clientelar acorde

La agencia de lujo debe realizar publicaciones recurriendo a la mejor presupuesto posible, acorde a las unidades en venta. Sin embargo, en igual medida, debe poder comunicar de forma personalizada la negociación en danza a todos y cada uno de aquellos clientes a quienes considere como potables.

Una cartera de clientes no tiene por qué estar compuesta específicamente por quienes han adquirido o alquilado una vivienda con tu oficina de servicios inmobiliarios de lujo. En este contexto, vale la pena armarse de paciencia y lograr una gruesa base de datos de contacto con aquellos que resulten realmente potenciales.

Para alcanzar dicho fin, las agencias de lujo deben disponer de los más avanzados mecanismos de tracción de leads y estar permanentemente actualizadas al respecto. Veamos las tres estrategias para captación de eventuales interesados más relevantes de los últimos cinco años en el mercado de la venta de viviendas lujosas:

Blog inmobiliario

Un blog de noticias inmobiliarias de relevancia y trascendencia en cuanto a impuestos, movimientos del real estate y misceláneas del circuito resulta siempre interesante a los ojos de quienes se encuentran analizando la posibilidad de mudarse o invertir en ladrillos.

Campañas de newsletters

En este caso, trasladar ese blog a las casillas de correo electrónicas de un potencial cliente es un factor preponderante en publicidad inmobiliaria. Promociones e información que no aparece en el blog, son los “ganchos” ideales para no salirse del campo de atención de un eventual futuro cliente.

WhatsApp Business

El aporte al mercado comercial de los bienes raíces que ofrece esta poderosa herramienta de mensajería instantánea (hoy transformada en una red social exitosa), permite que la cartera de clientes pueda acceder a las publicaciones que podrían interesarle de forma rápida y sencilla. Por supuesto, las campañas mediante WhatsApp Business deben ser llevadas adelante a conciencia para no resultar invasiva.

Publicaciones a la altura

Los “productos” que maneja una agencia de viviendas de lujo son dignos de ser ostentados. En dicho sentido, esta especialización exclusiva del sector inmobiliario cuenta con la ventaja del refrán “todo entra por los ojos”. Poder presentar a la vista del potencial cliente publicaciones audiovisuales de producción profesional es un factor de tal trascendencia que podrá realmente influir en la toma de decisión de quien esté observándola.

No escatimar en gastos de realización de cortometrajes grandilocuentes, será vital para que las publicaciones estén a la altura del producto que venden. Recuerda siempre que el cliente exigirá ostentación.

Hemos visto apenas algunas estrategias en ventas para pisos de lujo ¿Se te ocurren otras? Nos encantaría conocerlas.

Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo:

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