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Tener una piscina revaloriza la propiedad. Pero no solo tiene efectos en la comodidad de la vivienda, el pago de impuestos y gravámenes. Proponemos un breve informe para saber el valor catastral de una piscina.

Cuando se instala una piscina, lo primero a tener en cuenta es que, como toda obra o remodelación, se necesitan permisos, autorizaciones y aprobaciones. Con los avances tecnológicos, los ayuntamientos y administraciones se valen de nuevos instrumentos para detectar irregularidades.

Un breve repaso por las tramitaciones ayudará a tener una real magnitud de lo que puede llegar a costar construir una piscina. Desde gravámenes fijos hasta los eventuales; desde los permisos hasta las multas por regularización.

Autorizaciones e impuestos

Construir o instalar una piscina es una opción cada vez más tenida en cuenta, sobre todo cuando las temperaturas se tornan agobiantes. Pero a la hora de emprender la actuación se deben tener en cuenta aquellos costes que van más allá de materiales y  trabajos.

Como toda construcción, debe ser informada ante las autoridades correspondientes. Hacerse cargo de los gravámenes por autorizaciones y luego por habilitarla. Y, desde luego, abonar un impuesto por tener piscina.

El gravamen donde repercute la construcción de una piscina es el Impuesto de Bienes Inmuebles. El IBI tiene un alcance municipal, ya que las Comunidades lo delegan en el Ayuntamiento correspondiente. Y de hecho, se trata de una importante entrada de recursos al gobierno.

A tal punto es importante el IBI que los gobiernos utilizan todo tipo de tecnologías para detectar aquellas viviendas que hayan realizado agregados o reformas sin dar cuenta a Hacienda. Desde las ya clásicas imágenes satelitales hasta modernos drones, se sirven de todo tipo de herramientas para combatir la omisión de parte de propietarios.

Por ello, lo primero es llegar hasta el ayuntamiento con el proyecto en mano para conseguir la licencia de construcción. Solo ahí, se podrán comenzar las tareas de ejecución tal como lo indica el proyecto. Si la obra no se realiza de acuerdo a lo establecido, las autoridades tienen la potestad de sancionar al propietario, obligándolo a pagar una multa y regularizar la situación.

Para la notificación de una piscina, como se ha dicho, se deben seguir los mismos pasos que para una modificación. Esto es, una Licencia de Obra, que se tramita en el Ayuntamiento donde se halla la propiedad a través del formulario 902-N, acompañándolo de la documentación correspondiente.

En cuanto a la actuación de la piscina y la posterior habilitación, se deben cumplir varios requisitos. Y las tramitaciones necesarias dependen de cada Ayuntamiento. Pero hay algunas cuestiones comunes a todos los lugares: un Código Técnico de la Edificación (CTE); Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE); Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y la certificación de Prevención y control de la legionelosis.

Valor catastral de una piscina

Existen distintos costes para una piscina, que pueden estar de acuerdo con las posibilidades del propietario. Por ejemplo el precio del proyecto, materiales, dirección y actuaciones. Pero hay valores que tienen un cálculo estimable y que hacen a la valuación de la propiedad luego de contar con una pileta.

El más importante es el IBI, que tiene un cálculo sonde intervienen varios ítems: uno es el valor catastral; a ello se suman los impuestos previstos por cada ayuntamiento, reunidos en una formula o coeficiente.

El valor catastral se calcula teniendo en cuenta la antigüedad del inmueble, el estado en que se encuentra estructuralmente, la inversión realizada en reformas y otros aspectos más. En cualquiera de los casos, el valor catastral nunca puede superar el 50% del precio de mercado.

En cuanto al coeficiente de referencia, el Gobierno Central permite un margen de entre el 0,4 y el 1,3% del valor catastral. Lo que está en manos de cada ayuntamiento es facilitar algún tipo de rebaja o bonificación para bajar aún más el coste del gravamen.

Y en lo que hace específicamente a la piscina, su valor catastral está conformado de acuerdo a varios factores. Uno de ellos es el tipo de piscina, por caso que sea construida sobre la superficie o se encuentre soterrada. Otro punto importante es la superficie, ya que de ello dependerá también el valor de la propiedad donde se asienta la pileta. Por supuesto que, al tratarse de un valor de mercado, los materiales con se construyó la piscina juegan un papel de importancia para calcular el valor de la vivienda.

Por último, también influye cuál es la revalorización de la propiedad equipada con pileta. Aunque no se agota aquí, sino que existen varios elementos que los diferentes Ayuntamientos toman a la hora de calcular el valor catastral de una piscina y, en definitiva, cuánto de impuestos debe pagar su propietario.

Exenciones y reclamaciones

Una de las confusiones comunes es pensar que las piscinas inflables y las de material plástico están alcanzadas por el IBI. Una cosa son las piscinas de obra y otra muy distinta es una hinchable.

Al ser una estructura desmontable, las piletas no se encuentran gravadas con impuestos. Aunque la tecnología que utilizan los ayuntamientos varias veces tomaron como una piscina a una simple estructura desmontable o hinchable. 

Como toda normativa oficial, la valuación catastral de una vivienda con piscina puede ser objetada por el propietario. De hecho, existen formas y plazos establecidos a tales fines. Lo aconsejable es consultar al momento en que se efectúa la revaluación. Y, a partir de entonces, acelerar los pasos, ya que el tiempo establecido -si bien depende de cada Ayuntamiento-, siempre es acotado.

Como se puede ver, conocer sobre los aspectos técnicos nunca es tan importante como saber a qué oficina y cuáles son los pasos para realizar una reclamación por la valuación. También sobre las conveniencias, ya que la objeción puede ser descartada. De ese modo, no solo el propietario seguirá pagando lo que indica el Ayuntamiento, sino que no podrá recuperar el dinero y tiempo invertido para realizar el reclamo. 

Luego de leer este artículo, nos interesaría mucho conocer cuál es tu opinión acerca del valor catastral de una piscina y de qué factores depende la misma. Puedes compartirla con nosotros desde la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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