Cuando una persona compra una vivienda o la alquila, unos que los pasos que debe realizar es la gestión de los suministros de energía y de gas. En este artículo te detallamos el paso a paso de cómo dar de alta la luz.
Te detallaremos cuales son los casos en los que debes solicitar el alta energética, sus precios y plazos de instalación.
En este artículo encontrarás:
¿Cuáles son los requisitos para dar de alta la luz?
La gestión para dar de alta la luz se tramita con aquella empresa con la cual se desea contratar el servicio eléctrico. Una vez elegida la comercializadora debemos considerar el tipo de inmueble en el daremos el alta para conocer qué tipo de documentación hace falta.
Alta la luz en una vivienda o local de alquiler
Cuando llevas adelante el alquiler de una vivienda o un local que ya había sido ocupado previamente debes corroborar que la propiedad dispone de luz. En caso de contar con el suministro eléctrico, solo debes contactar con el inquilino anterior o con el propietario para realizar el cambio de titularidad. Luego de realizar el trámite, pasarás a ser el responsable del suministro y de los gastos que su consumo genere
Por el contrario, si te encuentras con que el suministro fue dado de baja, deberás solicitar a la comercializadora un alta de reactivación. Ante estas situaciones, debes tener en cuenta otros factores, considerando que no podrás disponer de electricidad hasta que un técnico realice la instalación de alta pertinente. Además, debes tener presente si los derechos extensión aún se encuentran en regla, o si debes pedir un nuevo Certificado de Instalación Eléctrica (CIE).
Requisitos para dar de alta la luz en una vivienda o local alquilado
Alta de la luz en una vivienda de primera mano
El camino en los casos de las viviendas de primera ocupación es diferente. En estas situaciones, para solicitar el alta de la luz, el propietario deberá presentar la solicitud de acometida eléctrica. La misma se trata de la derivación de los cables eléctricos desde una red de distribución urbana (que brinda la empresa comercializadora) hasta el medidor de la propiedad.
¿Qué es el Código Universal de Punto de Suministro?
Luego de que la obra de la acometida finaliza, la empresa de energía nos asignará un código de instalación denominado Código Universal de Punto de Suministro (CUPS). Se trata de una cifra alfanumérica compuesta por veinte o veintidós caracteres. Con dicha numeración es posible identificar el punto de suministro de forma inequívoca. Una vez realizada la obra y adjudicado el código, se procederá a verificar que la acometida cumple con todos los requisitos de seguridad establecidos. Ante la habilitación del paso anterior podemos solicitar y dar de alta la luz con la empresa que deseemos contratar.
En la gran mayoría de los casos, son las agencias inmobiliarias las que se encargar de tramitar todo lo vinculada a la instalación eléctrica. Asimismo, son las que se ocupan de solicitar el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) y la acometida eléctrica.
Requisitos para dar de alta la luz en una vivienda de primera mano
¿Cuál es el coste de contratar la luz?
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio establece tres franjas para calcular el precio que implica dar de alta la luz. Es decir, los usuarios no van a abonar la misma cantidad de dinero al activar el suministro eléctrico. Asimismo, el coste final para el alta de la luz puede varias según diferentes aspectos. Los mismos son:
- El tipo de potencia eléctrica que se contrata.
- La Potencia eléctrica suministrada anteriormente.
- El tiempo durante el cual el tiempo estuvo desconcertado.
Precios para dar de alta la luz
Considerando los tres factores anteriores, las comercializadoras de energía calculan el precio final según los derechos de acometida. Los mismos son iguales para cada uno de los usuarios sea cuál sea la empresa contratada para el suministro de energía. Se establecen tres tipos de coste para dar de alta la luz:
Derechos de extensión: 17,37 €/kW + IVA. Tienen vigencia de 3 años y se encuentran vinculados al punto de suministro y no al titular del contrato.
Derechos de acceso: 19,70 €/KW + IVA
Derechos de enganche: 9,04€ + IVA
¿Cuándo se abonan estos derechos?
Los derechos para realizar el alta energética se abonan cuando:
- Se solicita activa el suministro en nuevas construcciones,
- Al momento de pedir el aumento de una potencia y
- Cuando se pide la reactivación del suministro.
La variedad de factores que se consideran al calcular el precio que debe abonar cada usuario para dar de alta su suministro eléctrico hace que el proceso pueda parecer complejo. Sin embargo, no lo es. Acudimos a tres ejemplos diferentes para explicarlo de manera más clara.
Alta de luz en una vivienda de primera mano
Una persona adquiere una vivienda de primera mano, es decir, de construcción nueva. Por lo tanto, estamos hablando de un inmueble que no ha sido aún habitado por lo que nunca ha tenido suministro. En estos casos, se deben abonar cada uno de los derechos mencionados anteriormente para dar el alta. Veámoslo en número:
Supongamos que la potencia que la persona desea contratar para su vivienda nueva es de 4,6kw. Por lo tanto, sus costes serán:
1)Derechos de extensión: 17,37€ * 4,6 kW = 79,90€
2)Derechos de acceso: 19,70€ * 4,6 kW = 90,62€
3)Derechos de enganche: 9,04€
Total a pagar: 179,56 + 21% IVA = 217,27€
Reactivación del suministro sin aumento de la potencia
En este caso, se trata de una vivienda en alquiler. La persona que solicite el alta de la luz solo deberá abonar los derechos de acceso y de enganche sin los derechos de extensión. Esto se debe a que, los derechos de extensión solicitados por un titular anterior aún siguen vigentes.
Entonces si la persona quiere contratar una potencia de 3,45 kW se deberán abonar los derechos de acceso y los derechos de enganche. El cálculo sería el siguiente:
1)Derechos de acceso: 19,70€ * 3,45 kW = 67,97€
2)Derechos de enganche: 9,04€
Total a pagar: 77, 01+ 21% IVA = 93,11€
Ahora, supongamos que la reactivación del suministro se solicita luego de tres años de inactividad energética. Al encontrarse vencido el derecho de extensión, se deberá abonar por la totalidad de ellos:
1)Derechos de extensión: 17,37€ * 3,45 kW = 59,92€
2)Derechos de acceso: 19,70€ * 3,45 kW = 67,97€
3)Derechos de enganche: 9,04€
Total a pagar: 136,93+ 21% IVA = 165,68€
Reactivación del suministro con aumento de la potencia contratada
Como último ejemplo, la solicitud de reactivación viene acompañada de un pedido de aumento de potencia, con un derecho de extensión aún vigente. De una potencia de 4,6 kW se pide el aumento a una potencia de 5,75 kW.
Al encontrarse en vigor los derechos de extensión, solo abonaremos la diferencia entre la potencia anterior y a nueva. En el caso de los otros dos derechos, deberán abonarse de manera completa.
1)Kilovatios aumentados: 5,75 kW – 4,6 kW = 1,15 kW
2)Derechos de extensión: 17,37€ * 1,15 kW = 19,97€
3)Derechos de acceso: 19,70€ * 5,75 kW = 113,28€
4)Derechos de enganche: 9,04€
Total a pagar: 142,29 + 21% IVA = 142,28€
Precio total a pagar por un nuevo alta de luz, según la potencia eléctrica contratada:
¿Cuánto tiempo tarda el alta de la luz?
Tramitar el alta de la luz es una gestión algo rápida. Desde que se autoriza la activación del punto de suministro, el plazo aproximado es de 5 a 7 días hábiles.
Sin embargo, el proceso puede verse demorado ante la falta de alguno de los documentos esenciales para la autorización del alta o por alguna anomalía en la instalación eléctrica.
Por otro lado, puede el proceso puede retrasarse según los plazos que maneje cada una de las comercializadoras para otorgar el alta a la distribuidora que corresponda. Algunas pueden remitir la solicitud en unas horas y otras en uno o dos días.
Estas son las fases por las cuales atraviesa el proceso de alta desde que la comercializadora recibe la solicitud hasta que la distribuidora la autoriza.
- Solicitud de alta del usuario.
- Verificación de la documentación por parte de la comercializadora. La misma eleva la solicitud a la distribuidora que corresponda.
- La distribuidora verifica la documentación. De ser necesario, manda a un técnico a que corrobore la instalación.
- De ser positiva la inspección, un técnico instalará el contador de luz con la potencia solicitada.
- Luego de autorizada el suministro eléctrico y su activación, en un lapso de 5 a 7 días la vivienda contará con luz.
¿Cómo saber que potencia necesitas para dar de alta la luz?
La potencia que se vaya a contratar tiene un rol importante en el precio total que deberás abonar para dar de alta el suministro de luz. Es de gran importancia saber que la potencia eléctrica que contrates va a limitar la cantidad de artefactos eléctricos para utilizar de manera simultánea.
A partir desde el 2006, para dar de alta la luz los usuarios deben adecuarse a las potencias eléctricas normalizadas. Mientras tanto, desde 2019, aquellos que deseen modificar su potencia eléctrica podrán hacerlo en múltiplos de 0,1kW. Para tal acción, deben contar con un contador digital que lo permita, no superando los 15kW.
Las potencies eléctricas mas recomendadas
Tamaño | Equipamiento Básico | Equipamiento Medio | Equipamiento Elevado |
Hasta 60m² | 3kW | 3,45kW | 4,6kW |
De 60 a 90m² | 3,45kw | 4,6kW | 5,75kW |
De 90 a 140m² | 4,6kW | 5,75kW | 6,9kW |
Superior 140m² | 5,75kW | 6,9kW | 8,5kW |
¿Por qué debemos elegir la potencia a contratar?
Existen dos razones por la cuáles decidir que tipo de potencia contratar:
- Será una de los datos que deberemos especificar a nuestra empresa comercializadora del suministro.
- De la potencia contratada dependerá el precio del alta. Y el precio del alta de luz dependerá de la potencia eléctrica contratada.
¿Cómo calcular cuál potencia debo elegir?
La potencia elegida solo puede ser cambiada una vez al año. Es por esto que es tan importante hacer una buena elección ya que de ella dependerá la calidad del suministro. Si contratas potencia de más, tu factura se encarecerá, mientras que si lo haces de menos tendrás cortes de luz constantes.
Para calcular adecuadamente cuál es la potencia que te conviene contratar tienes dos opciones:
- Acudir a una calculadora de potencia. Esta herramienta calculará lo necesario según los electrodomésticos que dispongas, el tamaño y la cantidad de personas que habiten la vivienda.
- Acudir a un electricista para que lleve adelante un estudio personalizado de la potencia.
¿Qué compañía tiene el precio más bajo de alta?
En lo que respecta al alta de la luz, el coste final por todo el proceso a realizar será el mismo para todos usuarios independientemente de la comercializadora que se elija. Sin embargo, no es la misma situación en relación al precio en la tarifa de la luz.
Cuando llegue el momento de elegir la comercializadora y la tarifa a contratar deberás considerar, en primer lugar, tus propios hábitos de consumo. Por lo tanto, la primera decisión será la elección de la potencia eléctrica. Y luego qué tipo de tarifa se adapta mejor a nuestro consumo. Por último, deberás considerar, al elegir tu suministro de luz, si quieres contratar una tarifa regulada, nos referimos al Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC). O si deseas hacerlo con una comercializadora de libre mercado. En estos casos, debes informarte sobre el precio de kWh, de la potencia y las promociones y descuentos que dispone.
Esperamos te haya sido de utilidad el paso a paso de como dar de alta la luz. Si te has quedado con una inquietud puedes dejarnos tu comentario. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad con la mejor información.
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