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plusvalía de una herencia

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Si has recibido una sucesión y por medio de ella has adquirido una vivienda o un terreno, debes saber que deberás afrontar diversos tributos y gastos referidos a la misma. Uno de ellos, tiene que ver con la plusvalía de una herencia y genera dudas, muchas veces, cuándo es el momento en que prescribe. Recuerda además que también deberás pagar el impuesto de Sucesiones para poder acceder al inmueble.

Primero que nada, es importante que aclaremos que aquí no nos referimos a la plusvalía municipal. Este tributo es el que debes pagar cuando decides vender tu vivienda. Allí debes establecer cuál es el aumento del suelo en el que se encuentra emplazada tu vivienda, durante el tiempo en que has sido propietario del inmueble. Al hacer frente a este tributo, deberás pagar la subida del suelo que corresponde al tiempo en que el inmueble fue propiedad de quien ha fallecido.

Muchas veces la herencia es para varios herederos. En este caso, cada uno tendrá que hacerse cargo del porcentaje que le corresponde a su titularidad.

En este post te contaremos todo lo que debes saber sobre la plusvalía de una herencia y cuándo prescribe. ¿Nos acompañas?

Qué es y cuándo prescribe la plusvalía de una herencia

Lo primero que debemos tener en claro es: a qué nos referimos con este tributo. Es el Impuesto de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Así pagaremos la subida del valor del suelo durante el plazo que hemos sido propietarios.

Cabe aclarar que cuando recibimos una herencia, será necesario que hagamos frente al pago de este tributo, que debería haber abonado el antiguo propietario, ya que luego pasará a ser nuestro. Luego, si decidimos vender este inmueble, deberemos pagar la subida del valor del terreno, durante el período de tiempo que hemos sido titulares.

El impuesto de plusvalía municipal, debe calcularse y abonarse cada vez que la vivienda se transfiera. Suele ser uno de los gastos más grandes generados por una herencia.

Otro dato importante a tener en cuenta, tiene que ver con que es posible solicitar un aplazamiento o una prórroga del impuesto por la plusvalía de una herencia. Es que suele ser un importe alto a afrontar, tal es así que muchas veces provoca que los herederos deban endeudarse para poder pagarlo. Ten presente que si la intención o el plan es poder poner a la venta el piso, primero deberás pagar estos dos tributos. Recién luego de ello será posible que recuperes el dinero al vender la propiedad.

Cabe aclarar que  en el caso de que la propiedad pase a varias personas, cada una de ellas deberá pagar la porción de vivienda que le corresponde. Si uno de ellos, decidiera no hacerlo, los demás deberán afrontarlo. 

Quien y cuándo debe pagar la plusvalía de una herencia

El Impuesto de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana debe afrontado el heredero. Es él quien legalmente se encuentra obligado a realizar la liquidación del tributo. Esto sucederá siempre y cuando la vivienda se encuentre emplazada en suelo urbano y no rústico.

Con el fin de evitar multas y problemas a la hora de hacer frente a la plusvalía municipal, es importante que conozcas los plazos legales con los que cuentas para  pagarlo.

Existen tiempos estipulados para su pago. Éste no debe ser mayor a los seis meses. Se comenzarán a contabilizar en el momento en que ha fallecido el antiguo propietario. Para ello, será necesario que realices una declaración, mediante la cuál se generará una liquidación definitiva del impuesto de plusvalía por una herencia. Cabe aclarar, que una vez que hayas informado los datos solicitados, el Ayuntamiento será responsable de informar al heredero cuál es el monto que deberá pagar. También establecerá el plazo que tiene para hacerlo y los recursos que puede interponer en el caso de tener alguna objeción con lo informado.

Debes tener presente que si se reclama el impuesto a la plusvalía de una herencia, antes de que prescriba a los herederos y no hayan efectuado el pago, la administración esta habilitada para generar una sanción. La misma puede establecerse entre un 50 y un 150 por ciento por encima del incremento de la cuantía inicial. La misma dependerá de si es leve, grave o muy grave.

Recargos a afrontar por la falta de presentación de la plusvalía de una herencia

En el caso de que la presentación de la plusvalía de una herencia sea presentada fuera del plazo estipulado por la normativa pero antes de que prescriba o la sanción sea emitida, se fijan los siguientes porcentajes de recargo:

  • Si se presentara fuera del plazo finalizado y durante los tres primeros meses, la sanción será del 5 por ciento
  • Cuando se realizara la presentación entre los 3 y 6 meses posteriores, el recargo será del 10 por ciento
  • Al transcurrir entre 6 y 12 meses luego de la finalización, se abonara un 15 por ciento más.
  • El recargo será del 20 por ciento, cuando la confección sea realizada luego de un tiempo mayor al año del tiempo establecido por la reglamentación.

 Cuándo prescribe la plusvalía de una herencia

Otro punto importante que debes tener en cuenta sobre la plusvalía de una herencia, tiene que ver con cuándo prescribe. Es que pasados 4 años y 6 meses del momento en que el antiguo titular del inmueble haya fallecido, este tributo prescribe. Lo que tienes que saber es que solo sucederá cuando la persona que hereda, no ha sido notificada por el Ayuntamiento. Este trámite debe hacerlo la localidad en la que se encuentra emplazado el inmueble que debe recibir el pago del Impuesto de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Terminado ese plazo el pago no podrá ser solicitado.

Ten presente que normalmente las administraciones, no cuentan con ningún tipo de constancia o información respecto al fallecimiento de una persona hasta el momento en que los herederos realizan el trámite por la herencia. Allí el notario debe notificar telemáticamene al Ayuntamiento de este acontecimiento.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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Es posible que al recibir una herencia, no sepas muy bien que trámites debes realizar. Es que no es algo con lo que uno se encuentre muy familiarizado. Debes saber, por ejemplo, que es posible que la herencia, sea hacia varias personas, y esto puede generar trámites y conflictos.

Es que, no siempre logran ponerse de acuerdo sobre la venta de la vivienda y en el caso de lograrlo, es posible que no sepas cómo debes declarar la transacción de la vivienda heredada. Recuerda que al ser varios los propietarios que reciben el inmueble, será necesario realizar algunos trámites extra.

Por ello, en este post te contaremos todo lo que necesitas saber acerca de cómo declarar la venta de una vivienda heredada cuando existe más de un nuevo propietario. Detallaremos cuáles son los impuestos que deben hacer frente, y los trámites que será necesario llevar adelante. Así podrás evitarte problemas en el futuro y dejar todo el orden. ¿Nos acompañas?

Cuáles son los impuestos que hay que declarar tras la venta e una vivienda heredada

Si han decidido, la totalidad de los que heredan una vivienda, proceder a la venta de la misma, son varios los tributos que deberán hacer frente. Si bien algunos de ellos tienen que ver exclusivamente con la transacción, otros corresponden a la herencia. Pero veamos el listado:

Te preguntarás de que trata cada uno de ellos. No te preocupes, a continuación te lo explicaremos.

Impuesto de sucesiones y donaciones por declarar la venta de una vivienda heredada

En el momento en que aceptas una herencia, este tributo es el primero que deberás afrontar. Es importante que tengas presente que si existe más de un heredero, cada uno de ellos deberá hacer frente a la porción de su participación.

Este tributo, puede generar algunos problemas a la hora de declarar la venta de la vivienda heredada. Si uno de los herederos, decide no hacer frente a este tributo, los demás deberán asumirlo, si es que quieren aceptar la herencia. Otro punto importante a tener en cuenta es que hasta que el pago del impuesto no este efectuado, la vivienda no será posible de inscribir en el Registro de la Propiedad. Cabe aclarar que éste trámite no es obligatorio, pese a ello, si luego se efectuara la venta, es aconsejable que se realice. 

La plusvalía municipal

Sobre este tributo, debes saber que lo tendrás que afrontar por dos circunstancias. La primera de ellas, tiene que ver con la herencia. La Segunda, por la venta de la vivienda heredada. Pero veamos de que se trata cada una de ellas

Plusvalía municipal debido a la herencia recibida: En este caso, este tributo, debe calcularse. Es necesario tener en cuenta el aumento que puede haber tenido el suelo donde se encuentra emplazada la vivienda. Esto debe ser calculado desde el momento en que se volvió titular hasta que los herederos la reciben. Cabe aclarar que para calcular, se considerará la fecha en que la persona ha fallecido.

La plusvalía por declarar la venta de una vivienda heredada: Para este tributo, se calculará la subida del valor del suelo de la propiedad durante el transcurso de tiempo que fueron propietarios. 

Cómo declarar la venta de una vivienda heredada por el IRPF

Lo primero que debes tener presente es que este tributo, deberás afrontarlo e informarlo una vez que todo el proceso de venta se haya terminado. Luego de ello, para declarar la venta de una vivienda heredada, tienes que tener presente algunos detalles. Si la venta ha sido durante el transcurso de este año, deberás informarla en la campaña de declaración del año que viene. Siempre debe informarse una vez que el año de la transacción haya culminado. El plazo máximo para ello, suele ser cerca del final del mes de junio.

Otro punto importante a recordar es que no hay exenciones para el IRPF a la hora de declarar la venta de una vivienda heredada. Pese a ello, a veces se brindan beneficios individuales, por ejemplo el de reinvertir el dinero por vivienda habitual.

Recuerda que este tributo, se encarga de establecer un porcentaje a afrontar en caso de que haya habido un beneficio por la venta. Por lo que si no ha sido el caso, no deberás abonarlo.

Lo primero que debes hacer es averiguar cuál es el monto que debes declarar en Hacienda por la venta de la vivienda que has heredado. Para ello debes saber cuáles son las ganancias patrimoniales de este tributo.

Cómo efectuar el cálculo para declarar el IRPF

En este punto deberás realizar un cálculo bastante fácil:

Por un lado, deberás lograr determinar cuál es el valor de adquisición del inmueble. Este dato, lo podrás encontrar en lo declarado para el Impuesto de Sucesiones y donaciones. A este valor, debes restarle el valor de transmisión. Este monto, será el que se ha fijado por la venta de la vivienda.

Una vez que hayas podido determinar estos montos, lo que deberás hacer es dividirlo por la proporción que tengan de la casa cada uno de los herederos. Es que tienes que tener presente que será proporcional a lo recibido por cada titular.

Una vez que esto se haya determinado, deberás conocer cuál es el porcentaje que afrontarás por el tipo impositivo de las ganancias patrimoniales. Recuerda que varían dependiendo del dinero que declares. Para que puedas tener una idea, dejaremos a continuación la tabla utilizada para la declaración en 2023  

Ganancia obtenida durante el año Tipo impositivo para el 2023
De 0 a 6.000 euros 19 por ciento
De 6.000 a 50.000 euros 21 por ciento
De 50.000 a 200.000 euros 23 por ciento
De 200.000 a 300.000 euros 27 por ciento
Mayor a los 300.000 euros 28 por ciento

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Desde Oi Real Estate queremos contarte qué es lo que sucede al heredar una vivienda con hipoteca. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

A la hora de heredar una vivienda con hipoteca es lógico que surjan muchas dudas sobre cuáles son las posibilidades que tenemos. En el siguiente artículo te explicaremos qué sucede en estos casos y cuáles son las alternativas para evitar hacer frente a la hipoteca de la vivienda heredada.

¿Qué ocurre al heredar una vivienda con hipoteca?

De la misma manera que sucede con cualquier otro tipo de deuda, cuando se hereda una vivienda con hipoteca también se hereda la obligación con la entidad bancaria. Se trata de un gasto que se adhiere al pago del impuesto de sucesiones y el de plusvalía para lograr quedarse con la casa. Cuando hablamos de plusvalía municipal nos referimos al impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU). Se trata de un tributo directo que depende de los Ayuntamientos. Debe ser abonado en caso de que una persona venda, done o bien, herede una vivienda.

Si no quieres renunciar a la herencia por no poder hacer frente a los compromisos económicos, hay algunas opciones que pueden ser de gran ayuda. Por ejemplo, puedes optar por el establecimiento de un seguro de vida a favor de la entidad bancaria o la aceptación a beneficio de inventario.

Herencia de la vivienda y de la hipoteca

Las viviendas representan un valor seguro para la inversión privada en España y también, una de las principales fuentes de conflictos cuando se trata de herencias. Esto se debe, fundamentalmente, a las complicaciones que se generan al recibir una vivienda. De este modo, cargas monetarias como las hipotecas son, por lo general, un problema para los herederos, en primer lugar por la imposibilidad de hacer frente a las deudas de sus fallecidos.

Ten en cuenta que, si se recibe como herencia una vivienda con hipoteca, también se hereda la deuda con el banco y la hipoteca deberá mantener las mismas condiciones que tenía el fallecido.

Esto quiere decir que la vivienda todavía está por pagar, se trata de gastos que se añaden a los derivados por la aceptación de una herencia.

Es por este motivo que, el heredero tendrá que hacer frente al pago de la plusvalía y el impuesto de sucesiones. El coste de estos impuestos puede variar dependiendo del grado de parentesco que exista entre el heredero y el difunto y de la comunidad autónoma donde viva.

Es por esto que, lo más común es que se renuncie a las herencias, una situación que crece cada vez más todos los años. Principalmente, debido a la imposibilidad de afrontar el pago de hipotecas o de impuestos.

El inconveniente más grande, es que no se puede renunciar a una parte de la herencia, sino que debe llevarse a cabo en bloque. Esto quiere decir que, si se opta por no aceptar la vivienda debido a la imposibilidad de hacer frente a estos gastos, se debe renunciar a la herencia completa.

¿Es posible aceptar una vivienda en herencia dejando de lado la hipoteca?

La realidad es que podemos encontrar otras alternativas para la herencia de una vivienda con hipoteca. Se trata de una solución que permita que la entidad bancaria vea satisfecha su deuda y que el heredero no tenga el deber de hacer frente al pago de la hipoteca.

Seguro de vida en el préstamo hipotecario

En primer lugar, de manera preventiva es posible establecer un seguro de vida en la hipoteca, en el que el beneficiario resulte ser la entidad bancaria. De este modo, por medio de la contratación de este tipo de póliza, la aseguradora se encargará de cubrir el restante de la hipoteca y el heredero recibirá la vivienda sin ningún tipo de carga.

No obstante, si no se ha tenido en cuenta este tipo de opción de mecanismo de prevención, también existe otra posibilidad que resulta sumamente interesante. Se trata de aceptar la herencia y en caso de que el resto de los bienes que se heredan, resulten lo suficientemente valiosos, será posible hacer frente al préstamo hipotecario a beneficio de inventario.

Hipoteca a beneficio de inventario

Por medio de esta fórmula, el heredero podrá hacer frente el pago del préstamo hipotecario con el resto de patrimonio heredado. De este modo, en lugar de tener que renunciar en bloque a la herencia, se opta por vender una parte para lograr quedarse con la vivienda. Se trata de una opción de lo más interesante en caso de que no logremos afrontar al pago del préstamo hipotecario. Sin embargo, ten en cuenta que será necesario que los bienes que se heredan cuenten con un valor que nos permita pagar las deudas que vienen con la vivienda. De esta manera, será posible recibir una parte del patrimonio, pero dejando las deudas atrás.

Eso sí, debes tener en cuenta que esta aceptación a beneficio de inventario debe ser instada en un plazo bastante breve. Puede variar dependiendo de cada caso, sin embargo, lo más común es que sea sólo de 30 días a partir de tener conocimiento de la herencia. Además, tendrá que incluir todo tipo de bienes, derechos y obligaciones de la herencia junto a su valor económico.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre heredar una vivienda con hipoteca. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Cada paso que conlleva la tramitación de una sucesión de bienes demanda tiempo y, sobre todo, angustia. Al mismo tiempo, implica el pago de una serie de impuestos, certificaciones, y documentaciones de diferente índole. En el siguiente artículo te vamos a contar todo sobre la plusvalía de una herencia y en que comunidades se encuentran más bonificada.

Este impuesto es conocido normativamente como Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Cada comunidad autónoma tiene cedida la administración del mismo por lo que va a depender de cada ayuntamiento el tipo general del gravamen y las bonificaciones según cada caso en particular.   

¿Qué es la plusvalía municipal?

Oficialmente denominado Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), la plusvalía es un tributo de carácter directo que se encuentra regulado por el ayuntamiento de cada comunidad.

La plusvalía municipal se encuentra reglamentada por la Ley Reguladora de las Hacienda Locales. La normativa específica, en su artículo 104, lo siguiente:

“El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana es un tributo directo que grava el incremento de valor que experimenten dichos terrenos y se ponga de manifiesto a consecuencia de la transmisión de la propiedad de los terrenos por cualquier título o de la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio, sobre los referidos terrenos.”

¿Qué es lo que grava este impuesto?

La plusvalía municipal tributa sobre procesos que se traten de intercambios o acuerdos entre dos o más partes por un bien. En esta oportunidad sobre el intercambio de terrenos.  

Por lo tanto, se deberá tributar la plusvalía municipal en cualquier caso de compraventa de un inmueble, la sucesión de una propiedad por herencia, legado o donación. Asimismo, grava sobre aquellos casos en los que existe algún tipo de despojo forzoso o el traspaso de un bien por subasta.

Te recomendamos leer la siguiente nota para conocer el paso a paso de cómo tramitar una herencia.

Ahora… ¿de qué se trata la plusvalía de una herencia?

Cuando se habla de herencia, se habla de sucesión de bienes, deberes y obligaciones de una persona que fallece a otras. Por lo tanto, cuando hablamos de heredar también nos referimos a pago de impuestos. Uno de ellos corresponde a la plusvalía de una herencia.

Se trata del gravamen que los herederos deben pagar para recibir el patrimonio en sucesión, junto al Impuesto de Sucesiones.

La plusvalía de una herencia debe abonarse solo en aquellas transmisiones de bienes por fallecimiento en las cuales se identifiquen viviendas.

¿Cómo se calcula?

El pago de la plusvalía de una herencia está cedido, como hemos mencionado, al ayuntamiento de cada Comunidad Autónoma. Por lo tanto, el porcentaje a pagar por el impuesto variará de cuidad en cuidad.

El cálculo del tributo es igual a la norma que rige a nivel estatal. Es decir, como en cualquier bien, en una herencia el objetivo del impuesto es gravar lo que ha aumentado el valor del suelo desde su compra hasta la sucesión a los herederos.

En este sentido, para llevar adelante el cálculo de la plusvalía de una herencia se toma como base imponible el valor catastral del suelo. Este tributo solo puede ser tasado durante 20 años. Pasado dicho período, el coste a pagar por el impuesto no varía.

Fórmula para calcular la plusvalía de una herencia

La fórmula que se debe aplicar para poder hacer el cálculo de la cuota íntegra de plusvalía de una herencia es la siguiente:

Cuota tributaria: (Base imponible) x (Tipo impositivo de la Comunidad Autónoma)

Paso a paso para calcular la cuota íntegra del impuesta

Para llevar adelante el cálculo de la plusvalía, es necesario tener en cuenta los siguientes factores:

Tiempo de posesión de la vivienda

Primero, se debe considerarse el tiempo en que el inmueble estuvo en posición de quién lo transite. Nos referimos al período transcurrido entre la adquisición y la transmisión.

 Coeficiente de incremento

En este paso lo que se identificará será el coeficiente de incremento que es necesario aplicar a la plusvalía. Este gravamen al encontrarse cedido a los ayuntamientos, cada uno de ellos dispondrá de sus propias tablas del coeficiente de incremento. Sin embargo, como mencionamos anteriormente, no podrán superar los siguientes niveles.

Plusvalía de una herencia

Tipo impositivo a aplicar al valor catastral

Luego, se deberá llevar adelante el cálculo del valor el valor del terreno al momento de la transmisión. Es decir, el valor catastral del suelo detallado en el recibo de Impuesto de Bienes Inmuebles y en el registro de catastros de viviendas.

Por último, se deberá aplicar el tipo impositivo correspondiente. En este paso a paso interviene cada ayuntamiento en particular, ya que el porcentaje de incremento lo establece cada municipio. Dicho porcentaje se obtiene mediante la multiplicación de los años trascurridos desde la compra de la propiedad hasta el momento de la herencia, por un coeficiente establecido por cada ayuntamiento. Es importante considerar que existen, por norma general, límites máximos vinculados al porcentaje del tipo impositivo.

EJEMPLO de cómo calcular la plusvalía de una herencia

Para llevar adelante el siguiente ejercicio, supondremos, para ser precisos, que la vivienda heredada se encuentra ubicada en la ciudad de Barcelona. Sin embargo, pueden ingresar al sitio web del ayuntamiento que te interese para consultar el tipo impositivo de este impuesto.

Supongamos que la propiedad heredada fue comprada en el año 2008 y la sucesión por mortis causa se realiza en el año 2018. Esto quiere decir que la vivienda en transmisión tiene una posesión de 10 años.  

Por lo tanto, el primer que realizaremos cálculo será el siguiente:

Multiplicar los 10 años de posesión x 3,5% correspondiente al coeficiente de incremento correspondiente = 35%. Hablamos del porcentaje a aplicar al valor catastral, es decir, el coeficiente multiplicador.

Luego de conocer el porcentaje a aplicarle al valor catastral, en nuestro caso del 35%, supongamos que la propiedad a heredad en Barcelona tiene un valor catastral de 85000€. Por tanto, debemos calcular la base imponible del impuesto.

El segundo cálculo sería:

85.000€ (valor catastral) x 35% (coeficiente multiplicador): 29750€ (Base imponible).

Al valor de la base imponible lo debemos multiplicar por el tipo impositivo de la ciudad de Barcelona, 30%. Este valor, en esta comunidad nunca varía. Sin embargo, no en todas las comunidades es fijo. De esta manera, obtendremos la cuota tributaria.

Entonces deberemos realizar:

29750€ (Base imponible) x 30% (tipo impositivo de Barcelona) = 8925€ (Cuota Tributaria).

¿Cuáles son las bonificaciones en la plusvalía de una herencia?

Además del coeficiente de incremento establecido por cada ayuntamiento, el porcentaje que afecta de manera directa a los contribuyentes del impuesto son las bonificaciones que la municipalidad de cada municipio aplica. Este tipo de porcentaje está cedido de manera directa a cada ayuntamiento, por lo tanto, no existe un lista exacta y puntal de cada uno.  Para ellos, cada contribuyente deberá consultar en el municipio propio donde se ha recibido la herencia.

Asimismo, te presentamos cuales y cómo son las bonificaciones en las ciudades del territorio español más pobladas.

Madrid

Tiene una bonificación de la plusvalía municipal de hasta el 95% en función del valor catastral. En los suelos con valores superiores a 138.000 euros se bonificará el 40%. Para aquellos suelos de entre 100.000 € y 138.000 € el 70% y los que valgan entre 60.000 € y 100.000 € el 85%. Por último, en los suelos donde su valor es inferior a 60.000 € la bonificación de la plusvalía en de una herencia es del 95%.

Barcelona

En el caso de la ciudad de Barcelona, en aquellos casos en las cuales las herencias se traten de las viviendas habituales de los fallecidos, los ascendientes, descendientes y los conyugues podrán solicitar la bonificación de la plusvalía de una 95%.

Valencia

En la cuidad valenciana la bonificación del 95% será en aquellos casos en los cuales el valor catastral del suelo sea inferior a 12.020,24 €. Cuando el valor del suelo sea superior a dicho monto y no supere los 18.030,36 € se bonificará en el pago de la plusvalía de una herencia el 50%. Por último, en los valores catastrales mayores a los 18.30,36 € el beneficio fiscal será del 25%.

Sevilla

En todos los suelos que tengan un valor catastral superior a 50.000 € no dispondrán de ningún tipo de bonificación. En los valores de suelos registrados entre 20.001 € y 50.000 € se descontará el 30%. Para los valores catastrales entre 10.001 € y 20.000 € el beneficio fiscal será del 50%. Por último, cuando se trate de valores iguales o inferiores a 10.000 la bonificación será casi total. Es decir, del 95%.

Zaragoza

En esta ciudad se bonificará el 95% de la plusvalía de una herencia cuando se trate de la vivienda habitual de la persona fallecida. Así como también, cuando se trate de terrenos parte de la actividad de una empresa individual habitual, personal y directa del fallecido.

Además, si el inmueble adicional dispone de valor catastral por debajo de los 150.000 € el descuento será del 50%.

Málaga

En el caso de la ciudad de Málaga los suelos con valores superiores a 225.000 € disponen de una bonificación del 25%. En los casos que el valor ronde entre 200.000,01 € y 250.000 € el beneficio se extiende al 50% de su bonificación. Cuando se trate de suelos entre 150.000,01 € y 200.000 € el descuento de la plusvalía es del 70%.  Por último, las bonificaciones más altas con para los valores catastrales en 100.000 € y 150.000 €, con el 80%, y para los inferiores a 100.000 €, con el 95%.

Murcia

En el caso de la ciudad de Murcia la bonificación en la plusvalía de una herencia es de un 95%.

Palma de Mallorca

En esta localidad los suelos que tengan un cote de entre 150.000,01 € y 200.000 € dispondrán de una bonificación del 25%. A los suelos con valores catastrales de entre 125.000,01 € y 150.000 € se les descontará un 50% en el total a abonar por el impuesto.  Si los valores rondan entre 100.000,01 € y 125.000 € el beneficio fiscal será del 75%. Y, por último, si infieren a los100.000 € será del 95%.

Las Palmas de Gran Canaria

En el caso particular de Gran Canaria se bonificará un 10% de la cuota íntegra para el pago de la plusvalía de una herencia a favor descendientes y adoptados.

Bilbao

Por último, en el caso de la ciudad de Bilbao la bonificación de la plusvalía de una herencia será del 33% para padres, madres, hijos y conyugues.

Para conocer todo acerca de como funciona la plusvalía municipal a nivel general te recomendamos leer el siguiente artículo.

Esperamos te haya sido de utilidad el artículo sobre la plusvalía de una herencia. Si te has quedado con alguna duda puedes dejaros tu comentario al final de la nota. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad con la mejor información.

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