Etiqueta

plazos

Explorar

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó una sentencia que sienta precedente en los litigios que buscan reclamar gastos de hipotecas. Entérate en esta nota de todos los detalles!

Los polémicos gastos hipotecarios han ocupado muchas páginas de los periódicos nacionales. En esta oportunidad la novedad tiene que ver con la sentencia a través de la cual el TJUE puso un límite en cuanto a los plazos del reclamo. Hasta el momento, no se sabía cuándo prescribía el tiempo para demandar por los gastos de formalización de una hipoteca cobrados de más por las entidades financieras. 

En este post te comentaremos de qué se trata esa sentencia, qué efectos tiene y cómo influye en los usuarios de hipotecas que deseen reclamar por los gastos de hipotecas. Sigue leyendo!

Reclamar gastos de hipotecas: cuándo es la fecha límite a partir de la cual se puede demandar al banco?

El Tribunal europeo acaba de firmar una sentencia a contramano de las últimas resoluciones judiciales de las audiencias provinciales. Vale recordar que éstas últimas habían fallado a favor de que el plazo para reclamar los gastos de hipoteca comenzaran en el momento en el que se había firmado el préstamo.

En este nuevo fallo, el TJUE consideró que las personas tienen derecho a reclamar por haber pagado gastos que no le correspondían a partir de la fecha en que se enteran que la cláusula que firmaron era nula. En otras palabras, a partir de que los usuarios de hipotecas toman conocimiento de que hay una sentencia que dictamina esa nulidad, es cuando pueden comenzar a reclamar.

Entonces, el plazo para iniciar las acciones debe establecerse en la fecha en la que se declara que la claúsula es abusiva y por lo tanto nula.

Qué dicen los jueces en la sentencia?

Para poner en contexto el fallo trata una cuestión prejudicial planteada por un juez eslovaco. Sin embargo, esta sentencia afectaría también a los juicios que se están llevando a cabo en España. En dicho dictamen, el TJUE postula que dar como válida la fecha en que se firmó el préstamo para establecer la prescripción viola la Directiva 93/13. 

Como explica la directora legal de El reclamador Almudena Velázquez a El Confidencial, poner como fecha de prescripción la del día de la firma era la decisión de la Audiencia Provincial de Ávila, Barcelona y de A Coruña. Cabe destacar que en esta última se contaba con el voto particular en contra de una de sus magistradas, lo que en esta última sentencia ha sido corroborado por el Tribunal de Europa.

Por qué es una buena noticia para los usuarios que quieran reclamar por gastos de hipotecas?

Según proclaman los expertos de asociaciones de consumidores de España, esta es una buena noticia para los usuarios de hipotecas que pagaron de más por la formalización de sus préstamos.

Existen muchos casos pendientes en Casación en los que se reclama que se restituyan los montos pagados en concepto de formalizar la hipoteca cuando, ahora se sabe, se trataba de una cláusula abusiva. Si se toma la fecha de la firma de la hipoteca como válida para dar inicio al reclamo, muchos préstamos en los que han pasado más de 15 años no tendrían derecho a reclamar. El nuevo Código Civil establece cinco años y el Catalán diez años para la prescripción de este tipo de causas. Es por esto que la declaración de que los plazos para iniciar la demanda se entiendan a partir de que se dictó la nulidad clausula le abre las puertas a muchas nuevas solicitudes de devolución de gastos.

Qué dice el fallo que dictamina sobre una cuestión eslovaca y afecta a los juicios que reclaman devolución de gastos de hipotecas en España?

El fallo del Tribunal Europeo al que hacemos referencia involucra a un caso eslovaco, pero afecta a todos los contratos consumidores, con lo cual tiene injerencia también en los contratos de crédito al consumo. En Eslovaquia el plazo establecido para el reclamo es de solo 3 años. Sin embargo, la sentencia no se pronuncia por los plazos, sino que informa cuándo no se puede interpretar como el inicio del reclamo.

Gracias a este fallo, no se podrán computar los plazos de reclamación a partir de la firma del contrato, lo que suponía que muchos contratos aún vigentes habían pasado su plazo para reclamar.

Otro fallo en contra de la banca

La justicia no viene fallando a favor de las entidades financieras. Algunos ejemplos de ellos son las embestidas judiciales que han recibido por las Cláusulas suelo, las IRPH, las multidivisas o las cláusulas de vencimiento anticipado. De esta forma, la sentencia por los gastos por formalización de hipotecas se suman a la lista de reveses que han golpeado a los grandes bancos. 

Cómo fueron los pasos legales previos hasta llegar a esta sentencia?

Los usuarios afectados hicieron un derrotero por la justicia que tuvo su origen en 2015:

  • 2015: Declaración de nulidad de cláusulas de gastos 

El tribunal consideró abusivas la mayoría de las cláusulas de gastos de préstamos hipotecarios. A partir de entonces, miles de hipotecados iniciaron sus demandas para recuperar el dinero abonado de más.

  • 2019: Sentencia sobre distribución de gastos

El Supremo dictaminó sobre cómo se debían distribuir dichos gastos

  • 2020: El TJUE advierte la ilegalidad de negar la devolución de gastos

El Tribunal superior de Justicia de Europa dictaminó que un juez nacional no podía impedir que un consumidor reciba el dinero pagado de más. Además le endilgó a cada Estado la responsabilidad de determinar los plazos.

Cuándo se considera que prescribe una acción de nulidad en España?

En España la acción de nulidad de pleno derecho de una cláusula abusiva no prescribe, o dicho en otras palabras, es imprescriptible. Lo que si puede prescribir al cabo de 5 años es la acción de restitución de las cantidades abonadas de más en el momento de la firma de la hipoteca. Es por esto que muchos jueces entendían que las acciones para la reclamación de gastos hipotecarios prescribían el 23 de diciembre de 2020, fecha en la que se cumplían cinco años de la primera sentencia del Supremo.

El tema de la prescripción  para las restituciones provocó una división judicial que, ni siquiera con esta nueva sentencia del TJUE se resuelve.

Cuál es el punto que clarifica la sentencia del TJUE?

Si bien este fallo no termina de cerrar el recurso, deja en claro que no se puede contar el plazo desde la fecha de la firma del contrato. Lo lógico sería que se interprete que a partir de que el consumidor puede conocer que tiene derecho a que le devuelvan su dinero. Es entonces desde que hay una sentencia de nulidad de la cláusula es cuando se sabe que se puede reclamar.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

Esperamos que te haya sido útil esta información, y que si tienes algún comentario lo hagas en la casilla debajo del post. También te invitamos a seguir leyendo otras notas relacionadas con este tema:

Oi Real Estate

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

Una hipoteca mixta se compone de un período variable y otro fijo, y es el producto financiero ideal para las personas que piensen en amortizar pronto el préstamo.

Quizás estés pensando en comprar una vivienda y te preguntes qué tipo de hipoteca te conviene. Deberás saber que en el mundo de las hipotecas existen muchos bancos que las ofrecen, pero en general hay una clasificación primordial para entenderlas y es según su tipo de interés. Si quieres una cuota fija durante toda la vida útil del préstamo deberás contratar una hipoteca fija, si quieres un interés ligado al Euribor que determine las cuotas serán los préstamos variables. Pero si quieres un mix entre las dos opciones tienes la oportunidad de solicitar una hipoteca mixta.

De qué se trata este tipo de préstamo? qué lo diferencia de las hipotecas variables? para quiénes está más indicado? Si tienes estas dudas, sigue leyendo! En este post trataremos de resolverlas para que puedas estar seguro de qué decisión tomar.

Hipoteca mixta: una opción más a la variable y a la fija

La compra de una vivienda requiere casi siempre de la ayuda para la financiación. Los bancos ofrecen en su mayoría dos opciones, la fija y la variable. Pero existe una tercera opción que no es tan conocida por los usuarios. Se trata de la hipoteca mixta, la cual combina un tipo estable durante los primeros años, generalmente entre 3 y 20 años, para luego cambiar a un tipo variable referenciado al euríbor. Esto funcionará para el resto de la vida del préstamo.

Una de sus principales desventajas en la actualidad es que no permite al usuario obtener los beneficios de los bajos tipos de interés. Sin embargo, su mayor virtud es que el precio es inferior al de las fijas y con unos diferenciales más baratos que las variables. Son más flexibles pero no son para todos los públicos: lo más aconsejable es solicitarla en los casos que sepamos que vamos a amortizar anticipadamente el préstamo.

Qué porcentaje de clientes opta por las hipotecas mixtas?

Como consigna El País, el 8% de las hipotecas contratadas en la actualidad son a tipo mixto. Si bien este número ha aumentado en los últimos años, no llegan a alcanzar la subida que tuvieron las fijas, que han logrado vencer a las populares variables. Según los datos que aporta el Instituto Nacional de Estadística (INE), las hipotecas fijas superaron el 50% de los préstamos para la compra de vivienda que se firman ante notario público. 

Cuáles son los incentivos que presenta la hipoteca mixta?

La ventaja primaria de una hipoteca mixta es para los bancos, ya que les da un margen mayor de rentabilidad que una variable. Esto les permite incentivar al cliente con tipos de interés muy competitivos. 

Durante la parte inicial del préstamo, el usuario de los créditos mixtos tiene la tranquilidad de que tendrá una cuota fija con precios incluso más bajos que los que tienen las hipotecas fijas. 

Sin embargo estas ventajas son indicadas para las personas que vayan a devolver el dinero antes de tiempo, o si se tiene la intención de vender la vivienda a poco de comprarla. 

La hipoteca mixta como conjunción razonable entre variables y fijas

Aunque en el ambiente financiero hace años se habla de un posible aumento en los tipos de interés, esto no termina de suceder nunca. Es así que los tipos llevan años sin subir y no hay mucha perspectiva de que lo vaya a hacer, por lo menos en el corto plazo. 

El mercado español es muy competitivo, lo cual le permite a los futuros compradores de vivienda tener un amplio abanico de posibilidades entre las que la hipoteca mixta es muy razonable. Para un cliente más tradicionalista que quiere tener seguridad en sus cuotas vendrá bien el crédito fijo, para los más arriesgados será buena la opción de las variables. Y para quienes saben que podrán amortizar el préstamo en pocos años la opción mixta es muy potable. 

Cuáles son los bancos que ofrecen hipotecas mixtas?

Quizás no veas con frecuencia las publicidades de las hipotecas mixtas en los portales de bancos. Sin embargo casi todos comercializan este tipo de créditos, con lo cual es importante consultar en las entidades antes de decidirse a contratar una hipoteca. Algunos de los bancos que ofrecen estas hipotecas son:

ING

Este banco ofrece un tramo fijo del 1,45% al 1,25% durante los primeros diez años. El resto del tiempo que dura el préstamo se aplica un 0,99% más euríbor. Tiene opciones con vinculaciones y otras sin condiciones. Según datos suministrados por ING, las mixtas representaron el 36% de las nuevos contratos hipotecarios del primer trimestre.

Openbank

Contratando algunos productos extra, Openbank ofrece un préstamo mixto a 20 años con su primera década que va desde el 1,05% la primera década hasta el 1,40%. Para el resto del plazo al euríbor se le suma un 0,49%, un diferencial que está bastante por debajo de los demás bancos.

Bankinter

Aquí nos encontramos con una oferta de hipoteca mixta que da el 1,60% hasta 10 años, el 1,75% hasta 15 años y el 1,80% hasta 20 años. Para la parte variable del plazo el interés que conforma la cuota es de euríbor más el 0,99%.

Evo Banco

Evo Banco tiene una hipoteca mixta por la cual se paga un interés del 1,09% en el tramo fijo y para el tramo variable se suma un diferencial del 0,68% al Euribor. Para conseguir esta oferta se requiere domiciliar la nómina y contratar el seguro de hogar de la entidad.

Triodos Bank

Es una banca que promueve la construcción sostenible y la eficiencia energética de las viviendas por lo que se valora la adquisición de viviendas que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y promueva el ahorro de energía, para limitar el impacto medioambiental.

La hipoteca mixta en alza

Si bien es cierto que es un producto poco común en el mercado, lo cierto es que atrae cada vez más clientes respondiendo a las necesidades de los que buscan una hipoteca flexible y que a la vez cuente con las ventajas de la variable y la fija.

Son más altas las comisiones de las hipotecas mixtas?

Esto dependerá del banco emisor de la hipoteca, pero en general las comisiones son las mismas que en las hipotecas variables. La única diferencia radica en la comisión de amortización anticipada. Ésta será más alta durante el periodo fijo, ya que se cobrará hasta un 2% del capital reembolsado anticipadamente durante los 10 primeros años y hasta un 1,5% a partir del décimo año.

La hipotecas mixtas es una buena opción entre una fija y una variable. Como siempre es necesario investigar y analizar todas las propuestas. Esperamos que te haya servido esta información. Y si necesitas ayuda o te han quedado dudas, puedes comunicarte con nosotros! En Oi Real Estate contamos con los mejores asesores a tu disposición.

También podría interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

En tiempos de post pandemia muchos españoles se han planteado financiar a través de una hipoteca la compra de una segunda residencia.

El confinamiento obligatorio que emplazó a los ciudadanos a quedarse en casa cada vez más tiempo para frenar los contagios por COVID 19 obligó a todos a repensar sus prioridades. Las medidas tomadas por los gobiernos se pusieron a tono en todo el planeta: la orden masiva impulsó a la ciudadanía a realizar la mayor parte de las actividades en el hogar. Fue así que se incrementaron las ventas online, el teletrabajo y el tiempo que transcurre dentro de la vivienda. Muchas personas se cuestionaron frente a esta situación la posibilidad de contar con una segunda residencia, que pueda satisfacer las nuevas necesidades. Algo básico que antes no se tenía tan en cuenta es la posibilidad de una terraza amplia, una buena vista y demás amenities.

Si estás pensando en comprar una propiedad y quieres financiarla a través de un préstamo hipotecario, ¡no dejes de leer este post! Aquí te explicaremos las características de una buena hipoteca para adquirir una segunda residencia.

Hipoteca para segunda residencia: ¿Cuáles son sus particularidades?

Ya pasó más de un año desde que se dictaminaron los primeros confinamientos para prevenir los contagios por Coronavirus. Esta cuarentena en la que se vio inmerso todo el mundo y también los españoles provocó que muchos se plantearan la posibilidad de comprar otra residencia, fuera de los centros urbanos y con otras características.

Cuando el deseo de la nueva vivienda va tomando forma, tenemos que ocuparnos de la financiación. Es lo mismo una hipoteca para primer inmueble que una hipoteca para segunda residencia? Cuáles son sus diferencias? En este post desarrollaremos estas cuestiones.

El capital prestado será menor

Cuando una entidad bancaria financia una segunda vivienda corre un riesgo más grande que si lo hace para una vivienda habitual. Esto está comprobado y sucede porque si el titular comienza a tener problemas con sus finanzas lo primero que dejará de pagar es la cuota de la vivienda en la que no reside. Sucede que es lo que menos le importará perder ya que no vive allí todos los días.

Previendo esta situación y con el fin de evitar este riesgo, los bancos suelen prestar menos cantidad de capital. De esta forma la hipoteca para una segunda residencia en general financia entre el 60 y el 70% del precio del inmueble, cuando si se trata de una vivienda habitual el porcentaje es mayor, aunque existen algunas excepciones.

Plazos más cortos para la devolución del préstamo

Al tener un mayor riesgo como lo comentamos, las entidades bancarias suelen ofrecer un plazo menor para la devolución del dinero. Cuanto más corto es el plazo, menores son las posibilidades de riesgo de impago. Los créditos hipotecarios para una segunda residencia cuentan con un período de reembolso de entre 20 y 25 años. En los casos de vivienda habitual los plazos pueden llegar a superar los 30 años.

Los intereses de las hipotecas para segunda vivienda pueden ser mayores

Algunos bancos cobran más caras sus hipotecas para viviendas vacacionales, al aplicar un interés más alto sobre estos créditos que sirve para compensar el riesgo mayor que asumen. Las entidades diferencian sus hipotecas, a las de primera vivienda les imprimen tasas más bajas y a las segundas residencias intereses más altos, para todos sus clientes.

Mejores hipotecas para segunda residencia

Hipoteca fija Coinc

La hipoteca fija de Coinc, tiene el mismo interés para primera o segunda vivienda, Para ambas la tasa varía entre el 1,25% a 10 años y el 1,40% a 30 años. Con este préstamo podemos financiar hasta el 60% de la compra para una vivienda no habitual, a devolver en un plazo de hasta 30 años.

Hipoteca Open Variable de Openbank

Esta hipoteca de Openbank, cuenta con un plazo de hasta 25 años si se usa para financiar la compra de una segunda residencia, mientras que para una primera vivienda es de 30 años. Su ventaja es que permite cubrir hasta el 70% de la adquisición, con un interés del 1,95% el primer año y para el resto de la vida útil del préstamo un Euríbor más 0,95%, siempre y cuando se domicilie la nómina y se contrate su seguro de hogar.

Hipoteca Naranja Variable de ING

Esta hipoteca cuenta con la ventaja de que permite financiar hasta el 75% de la compra de una vivienda para uso vacacional, para lo cual deberemos ser clientes de la entidad. Este préstamo tiene un plazo de hasta 25 años y un interés fijo 2,09% el primer año y luego se compone del Euríbor más 1,09%. Para poder recibir estas bonificaciones deberemos domiciliar la nómina, contratar sus seguros de hogar y vida.

¿Te fue útil esta información? ¿Conoces más sobre las hipotecas para segunda residencia? ¡Esperamos que sí! Nos interesa mucho conocer tu opinión, por lo que si tienes algo para comentarnos puedes escribirnos en la casilla, debajo del post.

Y si necesitas ayuda para la financiación de tu vivienda, no dudes en contactarnos. Oi Real Estate cuenta con los mejores asesores, a tu disposición.

También podría interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

Si bien las ofertas de los bancos proponen un amplio abanico para la financiación de compra de viviendas, las hipotecas a más del 80% no son tan sencillas de conseguir.

La financiación para la adquisición de una vivienda puede ser una dificultad en el proceso, si no contamos con ahorros suficientes. Hace algunos años los bancos entregaban hipotecas al 100% sin demasiadas condiciones, lo cual condujo a graves consecuencias ya que muchas personas no pudieron continuar pagando sus deudas. Desde ese momento, las entidades financieras establecen más requisitos para la aprobación de los créditos y casi nunca se llega a prestar todo el importe de la propiedad.

Sin embargo existen algunas maneras de conseguir este tipo de hipotecas. Si quieres saber más información sobre las hipotecas a más del 90%, no dejes de leer este post!

Hipotecas a más del 80%: por qué son difíciles de conseguir?

Actualmente las entidades financieras suelen conceder hipotecas que no sobrepasan el 80% del valor más bajo entre compra o tasación. Ya no es habitual conseguir hipotecas al 100 % pero aún se pueden encontrar algunos bancos que financian a más del 90%.

Antes de la crisis económica, estos productos eran muy habituales y los banco llegaban a conceder incluso hipotecas 100% más gastos sin problemas. Como se comprobó posteriormente, el alto riesgo de impago de estas hipotecas afecta tanto a la entidad como al hipotecado. De esta forma estos productos casi han desaparecido hoy en día de las promociones bancarias.

La mayoría de bancos atentos a este alto riesgo, solo ofrecen hipotecas con una financiación máxima del 80% para primera vivienda o del 75% para segunda residencia. Sin embargo, si contamos con un excelente perfil financiero podríamos conseguir firmar hipotecas de más del 80%.

Cuál es el inconveniente legal con las hipotecas a más del 80%?

Las hipotecas al 100% son legales, pero su inconveniente radica en que legalmente los bancos no las pueden titularizar.  Según el Real Decreto 716/2009 de 24 de abril  los bancos no pueden titularizar hipotecas que superen el 80% de su tasación. Aquí se marca un límite de solvencia para los productos detrás de los títulos bancarios. Esta norma impide que los bancos puedan vender una hipoteca dentro de sus paquetes de préstamos si está financiada a más del 80%. 

Es común entre las entidades financieras titularizar hipotecas o emitir bonos o títulos de hipotecas a fondos de inversión para conseguir liquidez para sus operaciones. Por el decreto mencionado, las hipotecas financiadas a más del 80% no podrán utilizarse para estos fines, lo cual representa otra desventaja para los bancos – además de su alto riesgo- y prefieren no ofrecerlas.

De qué forma podemos conseguir una hipoteca a más el 80%?

Es difícil que los bancos propongan hipotecas a más del 90% pero si cumplimos con algunos de los siguientes requisitos podremos tener más chances de lograrlo:

Si tenemos un excelente perfil crediticio

No acumulamos deudas, tenemos un buen sueldo y acreditamos antiguedad.

Si compramos algún piso propiedad del banco

Las entidades financieras suelen utilizar viviendas propias con una financiación de hasta el 100%

Si contamos con varias garantías

Al presentar otra propiedad como garantía de pago o alguna persona se dispone a ser avalista podremos aumentar las chances de que nos concedan una hipoteca a más del 90%.

Con una tasación alta

Es posible que los bancos puedan financiar al 90% del valor de compraventa si este no supera el 80% del valor de tasación.

Contratando a un bróker hipotecario:

Los intermediarios suelen conseguir mejores ofertas ya que conocen el mercado como la palma de su mano y tienen buenos contactos en el mundo financiero.

Cuáles son las desventajas de las hipotecas al 90%?

Este tipo de financiación puede salir más caro, ya que los plazos serán más extensos y se devengarán intereses por más tiempo. Algunas entidades dan la opción de pedir una carencia al principio pero esto también podría encarecer el costo final del préstamo. Los intereses si son en general los mismos que para el resto de las hipotecas que financian hasta el 80%, así como también sus comisiones y requisitos de vinculación.

En qué entidades puedo conseguir hipotecas a más del  80%?

Como mencionamos anteriormente no hay muchos bancos que las ofrezcan abiertamente, pero si nos comunicamos con los asesores es probable que si se puedan encontrar

Algunas de las que si ofrecen son Liberbank y Pibank, las cuales permiten obtener financiación del 90% del valor de la compra si este no supera el 80% del de tasación. Por su parte, Bankinter tiene la opción de brindar un préstamo hipotecario al 100% con el requisito de adquirir alguna de sus propiedades.

Es sabido que la contratación de una hipoteca nunca estará garantizada por completo, ya que dependerá del perfil de cada cliente y de la negociación que haga con la entidad elegida. Siempre que tengamos más de una propuesta tendremos más fundamentos para poder negociar con los bancos, quienes no querrán perderse un potencial cliente hipotecario.

Es útil contratar un intermediario financiero?

Si no queremos perder tiempo en buscar ofertas y en negociar con los bancos, lo mejor que podemos hacer es contratar un buen intermediario. Este profesional hará el trabajo de búsqueda y negociación por nosotros, y nos conseguirá las mejores ofertas, de las cuales nosotros decantaremos la que más nos convenga. Eso si, debemos tener en cuenta que este servicio tendrá un costo, por lo que dependiendo del intermediario podrá ser de entre el 1 y el 5 % del valor de la hipoteca. 

Esto encarecerá nuestro crédito pero nos permitirá estar más tranquilos de que elegimos la hipoteca correcta para nuestras posibilidades.

¿Te fue útil esta información? Tienes más información sobre las hipotecas a más del 80%? ¡Esperamos que sí! Nos interesa mucho conocer tu opinión, por lo que si tienes algo para comentarnos puedes escribirnos en la casilla, debajo del post.

Y si necesitas comprar o vender una vivienda, no dudes en contactarnos. Oi Real Estate cuenta con los mejores asesores, a tu disposición.

También podría interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

En la actualidad existen en el terreno de las hipotecas fijas una enorme cantidad de opciones que nos proponen las entidades financieras. Entérate en este post cómo elegir la mejor!

Las hipotecas fijas han dado vuelta la tortilla. Hasta hace poco venían siendo las relegadas pero en los últimos tiempos dieron vuelta el partido que llevaban perdiendo contra las variables. Los intereses que ofrecen los bancos están tocando mínimos históricos y esto hace que las personas interesadas en comprar viviendas, principalmente las menos arriesgadas a la hora de comprometerse con deudas, se inclinan por las fijas.

El motivo por el cual las entidades financieras ponen en las vidrieras a las hipotecas fijas es que son las que les brindan mayor rentabilidad. Las variables, al estar ligadas a índices como el Euribor, están experimentando rebajas muy importantes. Al ritmo que bajan los valores de los indicadores, descienden también las cuotas hipotecarias, con lo cual los que más se benefician en estos tiempos son los clientes.

Si quieres saber más sobre las hipotecas fijas y cuáles son las formas de elegir la mejor, no dejes de leer este post! Aquí te comentaremos todos los detalles para que puedas encontrar un crédito hipotecario a tipo fijo que cuadre con tus necesidades.

Hipotecas fijas: ideas para elegir las mejores

Siempre que estemos por comprar una vivienda nos enfrentaremos al dilema de la financiación. Si bien el componente en común es que tenemos que contar con ahorros previos, existen dos caminos para encontrar financiación en los bancos. Una es la alternativa de las hipotecas variables, a través de las cuales las entidades financieras nos ofrecerán un préstamo cuyas cuotas estarán ligadas a un indicador. La otra es la que nos proponen las hipotecas fijas, que como su nombre lo indica establecen unas cuotas a interés fijo durante todo el plazo que dure el préstamo.

Cuáles son las características principales de las hipotecas fijas?

Como explicamos anteriormente, una hipoteca fija es un crédito que utilizará el mismo tipo de interés durante todo el plazo. De esta forma no dependerá de  las variaciones de índices como el Euríbor tal como lo hacen las hipotecas variables y su cuota se mantendrá constante a lo largo de toda la vida del préstamo.

Otros atributos que la distinguen son:

Constancia en las cuotas:

Al firmar una hipoteca fija nos comprometemos a pagar una determinada suma. Eso si, si las condiciones para ese interés estaban determinados por la vinculación con otro producto y decidimos discontinuar ese servicio ( por ejemplo la contratación de un seguro), la cuota podrá variar. Lo que permite esta característica es que podemos llevar un mayor control sobre nuestra economía, sabiendo exactamente lo que deberemos destinar para el pago de la cuota de la hipoteca.

Interés dependiente del plazo

Algo que las diferencia de las hipotecas variables es que cuanto más largo sea el plazo, más alto será el interés que debamos pagar. Este plazo puede ser mayor que el de las variables, ya que hoy en día se pueden firmar préstamos hipotecarios hasta con 35 años de devolución. 

Cuál es mejor: una hipoteca variable o una hipoteca fija?

La respuesta  a esta pregunta dependerá del usuario. El interés de los préstamos a tipo fijo ha sido históricamente más alto que el de las variables. Pero estamos en una época en la que las hipotecas fijas están más económicas que nunca y ofrecen la posibilidad de pagar una cuota estable. De esta manera se convierten en buenas opciones para personas poco temerarias o que no les gusta correr riesgos en sus finanzas.

Entonces, si bien es cierto que con préstamo hipotecario a tipo fijo se pagaría más a corto plazo la contrapartida sería una mayor estabilidad. En el caso de las hipotecas variables si el Euribor comienza a subir también lo harían sus cuotas.

Qué hipotecas fijas me ofrece el mercado 2021?

Los intereses de las hipotecas fijas están tocando mínimos nunca antes alcanzados en España. En la actualidad algunas entidades financieras ofrecen intereses entre el 120% y 2 %. Dentro de ellas las que más se destacan son las de Coinc, Evo Banco y Openbank

Coinc

Ofrece su hipoteca a 1,30% con un plazo de devolución de 30 años, sin la vinculación de otros productos.

EVO Banco 

Este banco propone un interés para sus cuotas del 1,29% dentro del plazo de 20 años. Para ello se deberá contratar un seguro de hogar y domiciliar la nómina.

 Openbank 

Aquí el interés para sus hipotecas fijas es del 1,40% para un plazo de 20 años, debiendo domiciliar también la nómina y contratar un seguro de hogar para lograr esta bonificación.

Cuál es la mejor manera de elegir la hipoteca fija que cuadre con nuestro perfil?

Si ya dimos el primer paso y nos decantamos por las hipotecas fijas, deberemos ahora analizar el mercado. Estudiar las propuestas de varios bancos para poder verificar cuál es el que nos propone las mejores condiciones.

Luego de ver las propuestas, deberemos tomar contacto con las entidades financieras que más nos llamaron la atención. Con por lo menos tres propuestas tendremos la posibilidad de comparar cuál es la mejor, cuál cobra menos intereses, cuál requiere menos ahorros previos, y en cuál necesitamos menos vinculaciones. Además deberemos tener especial cuidado en las comisiones y los productos adicionales que se cargarán a la cuenta, sumando gastos al importe de la cuota.

Lo siguiente será negociar con varias entidades para tratar de conseguir un mejor acuerdo. Recordemos que si le llevamos por escrito la propuesta de otro banco podremos negociar con mayor fundamento, y así lograr rebajas en los intereses, quita de comisiones o productos vinculados.

La hipoteca fija ideal es la que tenga un interés de menos del 1,50%, que no requiera la contratación de demasiados productos adicionales y que sea lo más sencilla posible de gestionar.

¿Te fue útil esta información? Tiene más herramientas para elegir las mejores hipotecas fijas para la compra de tu vivienda?¡Esperamos que sí! Nos interesa mucho conocer tu opinión, por lo que si tienes algo para comentarnos puedes escribirnos en la casilla, debajo del post.

Y si necesitas comprar o vender una vivienda, no dudes en contactarnos. Oi Real Estate cuenta con los mejores asesores, a tu disposición.

Si quieres seguir leyendo sobre el tema te recomendamos leer:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Si estás pensando en comprar una vivienda, puede ser un momento difícil para decidir entre una hipoteca fija o variable, ya que ambas ofrecen en la actualidad intereses muy bajos.

Conseguiste la casa que querías, está en el barrio indicado. Juntaste los ahorros suficientes para poder ingresar en un préstamo y en tu trabajo gozas de una estabilidad que te permite proyectar inversiones. Los bancos están promocionando cada vez más préstamos y parece estar dado todo como para que puedas dejar de alquilar y pasar a ser propietario. Pero surge una duda. Es mejor una hipoteca variable? El Euribor y el IRPH, los índices más conocidos no dejan de bajar, por lo que las cuotas a vencer disminuyen. Por otra parte una hipoteca fija te asegura una mensualidad fija, brindando más seguridad para tu economía. Incluso los intereses de las hipotecas a tipo fijo también están bajando. Entonces, cómo me decido? Cuál es la mejor opción para este 2021?

Si estás por tomar un préstamo hipotecario y no te decides si hacerlo a través de una hipoteca fija o variable, no dejes de leer este post! Te ayudaremos a sacarte las dudas y elegir con todas las opciones sobre la mesa.

Hipoteca fija o variable: qué conviene más en 2021?

Este es un año complicado para elegir el tipo de hipoteca. Es que ambas opciones, tanto el tipo variable como el tipo fijo están brindando muchas oportunidades para que las cuotas sean lo más bajas posibles.

Si nos fijamos en el Euribor, podremos ver que viene en caída libre  desde mediados del año pasado. En este mes cumplió su quinto aniversario por debajo de la línea de la positividad, por lo que ha llegado al -0,505. Las políticas que digitan al indicador preferido para las hipotecas fijas no parecen cambiar por lo menos al corto plazo. Si se espera que este suba, podría llegar a darse recién a partir del 2023 según los analistas menos optimistas. Otras versiones hablan de un Euribor negativo por lo menos por una década. De esta manera, las hipotecas variables seguirán con bajas cuotas.

En la otra mano, las hipotecas fijas también ven sus intereses retraídos por la injerencia de las políticas monetarias de la UE. Las caídas de los índices influyen en los intereses que ponen los bancos a las hipotecas fijas, como medida para atraer clientes a este tipo de préstamos que les generan una rentabilidad más inmediata.

Qué será más conveniente dependerá de cada cliente, de su perfil crediticio y de la forma en que prefiera cancelar los pagos.

En qué casos conviene contratar una hipoteca fija?

Vamos a analizar en qué casos conviene un préstamo hipotecario a interés fijo. Primeramente recordemos que una hipoteca fija es un préstamo en el cual la cuota será igual durante todo el plazo que dure el mismo. Esta mensualidad no estará regida por índices financieros, sino que estará pautada de antemano. 

Un dato a tener en cuenta que un préstamo fijo es siempre un poco más caro que un préstamo  a tipo variable, independientemente de la fluctuación del índice.

Para que una hipoteca fija sea la opción más conveniente, debes estar dentro de los siguientes grupos:

Ser una persona que quiere estar segura de que siempre pagará lo mismo por la cuota

En estos casos es más que lógico recomendar que tomes un préstamo a tipo fijo. De esta manera, tendrás la absoluta seguridad de que todos los meses se pagará lo mismo al banco. Podrás destinar una parte de tus ingresos a la hipoteca, sabiendo que esto se mantendrá toda la vida del préstamo.

Saber que vas a devolver el dinero en más de 20 años

En España se utiliza el sistema de amortización francés para calcular las cuotas hipotecarias. Es por esto que la mayor parte de los intereses se pagan en los primeros años de vida del crédito firmado para la adquisición de una vivienda. Con las previsiones de un Euribor en negativo mínimamente por cinco años más, es poco conveniente contratar una hipoteca fija con un plazo corto. Esto significaría pagar más caro un préstamo que podríamos contratar más económico si sabemos que lo cancelaremos en poco tiempo. Si por el contrario, sabemos que no pagaremos la hipoteca anticipadamente sino que estamos seguros que podremos cancelar la deuda en 20 años o más, es aconsejable tomar una hipoteca fija. En ese plazo de tiempo no es seguro que el Euribor no tenga subas, por lo que será mejor optar por el tipo fijo.

Cuáles son los casos donde conviene tomar una hipoteca variable?

Hay algunas circunstancias que hacen que la hipoteca variable sea la más conveniente. Recordemos que los préstamos a tipo variable regirán sus cuotas por un indicador más un porcentaje diferencial. En general, todas las hipotecas a tipo variable prefieren el Euribor como índice de referencia. De esta manera, un ejemplo de cómo se conformará la cuota es es el siguiente:

Euribor+ 0,95%

Una hipoteca variable te puede ser más conveniente si:

Quieres cuotas baratas mensuales y puedes superar una posible suba:

En estos tiempos, con las hipotecas ligadas al Euribor las mensualidades están cada vez más bajas. Las previsiones son que esto continúe, por lo que a corto plazo es una buena opción si quieres cuotas baratas. Sin embargo, esto no es algo matemático o exacto y en algún momento la tendencia en baja puede cambiar. Entonces tienes que estar seguro que podrás afrontar las cuotas sin importar las posibles fluctuaciones del Euribor.

Piensas devolver el dinero en corto plazo ( menos de 20 años)

Siguiendo el razonamiento anterior, si el Euribor continúa en baja en el corto plazo y queremos cancelar los pagos en plazos de 10 o 15 años por ejemplo, será más conveniente la hipoteca a tipo variable. Esto es porque la mayor parte de los intereses la pagaremos aplicándose un tipo de interés muy bajo. Si por el contrario, nuestro deseo es terminar de pagar en más tiempo, no tendremos tantas certezas sobre la estabilidad del índice y sería una operación un poco más riesgosa.

¿Qué piensas de esta información? Tienes más datos para decidir entre una hipoteca fija o una variable? ¡Esperamos que sí! Nos interesa mucho conocer tu opinión, por lo que si tienes algo para comentarnos puedes escribirnos en la casilla, debajo del post.

Y si necesitas comprar o vender una vivienda, no dudes en contactarnos. Oi Real Estate cuenta con los mejores asesores, a tu disposición.

También podría interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

La plusvalía municipal es un impuesto que se aplica sobre el importe de revalorización del bien desde el momento en que lo compras hasta el día en que lo vendes, lo donas, o lo heredan tus descendientes. Entérate en esta nota en qué casos no se debe pagar.

Al momento de realizar la operación de compraventa de una vivienda te enfrentas al pago de varios impuestos. Los tres tributos más importantes que deberás afrontar serán el IRPF, el IBI y la Plusvalía municipal. El primero grava la renta del ejercicio, dentro del que se incluyen los rendimientos del trabajo, de actividades económicas y los rendimientos del capital, que son los que provienen de las ventas de los inmuebles y los ahorros. El Impuesto de Bienes Inmuebles ( IBI ) estará determinado por el valor catastral del suelo y por el valor catastral de las construcciones.

En este artículo nos enfocaremos en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, en su acrónimo IIVTNU, más conocido como Plusvalía Municipal. Si tienes dudas sobre qué incluye este impuesto y qué no, cuáles son sus plazos y cuándo prescribe, no dejes de leer este post!

¿Qué es la plusvalía municipal?

Cuando vendemos una vivienda se produce un incremento en el valor de los terrenos. Esto es lo que se conoce como Plusvalía y lo que deberemos pagar al fisco cada vez que hagamos una operación de esta naturaleza.

¿Cómo calculo cuánto tengo que pagar por la plusvalía municipal?

Si queremos calcular el  valor del tributo deberemos utilizar el valor catastral del suelo. La cantidad a pagar, estará determinada por el número de años que hemos ostentado la titularidad de la vivienda y el valor catastral. Es de cumplimiento obligado en cada Ayuntamiento.

¿Cuándo prescribe la plusvalía?

Hay varios casos en los que este impuesto prescribe:

  • Luego de pasados 4 años y un mes de la adquisición por compra o donación de una vivienda, la plusvalía prescribe.
  • En caso de defunción el plazo se extiende y es de 4 años y seis meses.

¿Qué plazos hay para pagar el impuesto de Plusvalía Municipal?

Los plazos difieren según la situación. En el caso de inter-vivos, el plazo de pago es de 30 días naturales desde la escritura de la venta. Cuando hablamos de mortis causa el plazo es de seis meses, que se pueden ampliar a otros seis más siempre que se solicite este recurso dentro del período inicial de seis meses.

¿En qué casos no se paga la Plusvalía Municipal en Madrid?

Todas las personas que vendan sus viviendas deben pagar este impuesto, aunque hay una serie de casos en los que se produce una excepción, contemplada en el Artículo 4 de la Ordenanza del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana del Ayuntamiento de Madrid. Las situaciones en las que no se debe pagar el impuesto a la Plusvalía Municipal son:

  • Si se vende un inmueble con un precio más bajo que el que se lo adquirió
  • Cuando son aportaciones de bienes y derechos realizados por los cónyuges a la sociedad conyugal. Además, las adjudicaciones que a su favor y en pago de ella se verifiquen 
  • En los casos de las transmisiones que se hacen los cónyuges en pago de haberes comunes
  • Luego de un divorcio, separación o nulidad matrimonial independiente del régimen económico matrimonial, las transmisiones de bienes entre cónyuges o a favor de los hijos serán exentas del pago de la Plusvalía.
  • Si se realizó una adjudicación de pisos o locales verificados por las cooperativas de viviendas a sus socios cooperativistas.
  • Cuando hay retención o reserva del usufructo y extinción del derecho real. Cuando fallece la persona usufructuaria o por transcurso del plazo para el que fue constituído
  • Si el incremento de valor lo experimentan terrenos considerados como rústicos según la consideración del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, será excento de pagar plusvalía
  • Cuando haya operaciones de fusión o escisión de empresas y aportaciones no dinerarias de ramas de actividad, a las que resulte aplicable el régimen tributario establecido, con las excepciones previstas en la normativa
  • En casos de procesos de adscripción a una Sociedad Anónima Deportiva que se haya creado recientemente.
  • Cuando la plusvalía que debemos pagar por el inmueble sea mayor que el beneficio obtenido por la venta de la misma. Este punto según se dió según una sentencia del Tribunal Supremo
  • Cuando haya operaciones distributivas de beneficios y cargas como consecuencia de la ejecución del planeamiento urbanístico según la normativa aplicable.
  • Los de transformación de sociedades colectivas, comanditarias o de responsabilidad limitada en sociedades anónimas.
  • Las aportaciones o transmisiones relacionadas con la SAREB.

Algunos entidades que tampoco requieren pagar la plusvalía municipal

Existen una serie de instituciones y organizaciones que están exentas de este pago, como por ejemplo el Estado Español, las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos. Asimismo quedan exentas de pago la Cruz Roja, las entidades sin fines lucrativos, benéficas, gestoras de la Seguridad Social y Mutualidades de Previsión social. Además no deben pagar plusvalía municipal las personas o entidades con exención reconocida por Tratados o Convenios Internacionales.

¿Hay edificios protegidos exentos de este tributo?

Si, de acuerdo al Art. 62 de la Ley 16/1985, de 25 de Junio, del Patrimonio Histórico Español,  están exentos de este tributo los inmuebles situados en el conjunto histórico-artístico o declarados individualmente de interés cultura. Para que puedan beneficiarse de esta exención deben estar incluidos en el Catálogo General de Edificios Protegidos y que reúnan determinados requisitos.

¿Qué pasa cuando recibimos una herencia que da pérdidas?

Luego de una última modificación de la sentencia del Tribunal Constitucional y el Supremo, no será necesario pagar la plusvalía municipal de una herencia en el caso de haber pérdidas.

¿Te fue útil esta información? Conocés más sobre cuándo pagar y cuando no la Plusvalía Municipal? ¡Esperamos que sí! Nos interesa mucho conocer tu opinión, por lo que si tienes algo para comentarnos puedes escribirnos en la casilla, debajo del post.

Y si necesitas comprar o vender una vivienda, no dudes en contactarnos.OI REAL ESTATE cuenta con los mejores asesores, a tu disposición.

Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Tras el último fallo conocido del Tribunal Supremo se abren las posibilidades para reclamar por varios gastos de formalización de la hipoteca, si la misma se firmó con anterioridad a junio del 2019.

La semana pasada se dio a conocer la sentencia por la cual el Tribunal Supremo obligó a una entidad a devolverle a un cliente el 100% de los gastos de tasación. El demandante había denunciado que el banco no le había permitido negociar los gastos de formalización de la hipoteca, firmada en 2014, por lo que la justicia consideró que esta maniobra fue abusiva y terminó fallando a favor del hipotecado.

Este nuevo revés que recibe la banca avala el ingreso a los Tribunales de cientos de consumidores que podrían reclamar por la devolución de los gastos de formalización de hipoteca que no fueron debidamente negociados.

Si quieres enterarte cuáles son esos gastos y cómo tienes que hacer para presentar una reclamación, sigue leyendo este post! Aquí te aclararemos todas las dudas sobre los gastos de formalización de la hipoteca que se pueden demandar ante la justicia luego de este fallo.

Cuáles son los gastos de formalización de la hipoteca que puedo reclamar?

Los gastos que se pueden recuperar previo paso por la justicia son:

  • La totalidad de los honorarios de gestoría

  • Los costes del registro

  • El coste de la tasación

  • La mitad de los gastos notariales

Luego del fallo del Tribunal Supremo se dictaminó que parte de los gastos deben correr por parte de la entidad. Antes de la sanción de la Ley de Hipotecas, todos los costes extras de la compra de una vivienda tales como los de escrituración e inscripción debían ser pagados por el cliente bancario. Este fallo mencionado sienta precedente para poder reclamar parte de esos gastos a la entidad bancaria que dio origen a nuestra hipoteca, y acorde a lo estipulado por ley, no se debería cobrar a los clientes de hipotecas firmadas antes de junio de 2019:

Gastos de tasación:

Suelen costar unos 300 euros de media y se pueden recuperar por completo luego de la sentencia reciente del Tribunal Supremo.

Honorarios de gestoría:

Estos gastos no están regulados por ley. Suelen rondar aproximadamente los 400 euros los cuales pueden ser reclamados en un 100%.

Gastos notariales:

Suelen representar entre el 0,1% y el 0,5% de la responsabilidad hipotecaria y de este monto podemos recuperar sólo la mitad.

Gastos de Registro de la Propiedad:

Este es otro gasto que se puede recuperar por completo y no suelen superar el 0,2% de la responsabilidad hipotecaria.

Cómo reclamar la devolución de los gastos de formalización de la hipoteca

Para hacer un reclamo de estos gastos deberemos anteponer un reclamación ordinaria frente al banco o poner una denuncia ante el juzgado de cláusulas abusivas correspondiente. No existe ningún mecanismo específico para recuperar el dinero invertido.

Los pasos a seguir son los siguientes:

Juntar toda la documentación que acredite los pagos de formalización del contrato.

Estos son los que nos entregó la Gestoría después de firmar el préstamo hipotecario. Con estas facturas ya tendremos una base para exigir al banco que nos devuelva una cantidad determinada de dinero.

Iniciar una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente del Banco

Esta gestión se puede hacer por vía telefónica o mail según la entidad, y la respuesta puede llegar a tardar entre uno y dos meses.

Remitir la queja al Banco de España

Cuando no recibimos respuesta ante la reclamación podemos hacer una queja ante el Banco de España, que si bien no podrá emitir dictamen vinculante, puede servir para volver a reclamar ante la entidad la devolución del dinero. La respuesta del Banco puede tardar hasta cuatro meses.

Interponer una demanda en el juzgado

Si la entidad financiera no da ninguna respuesta ante nuestra petición nos queda la chance de interponer una demanda ante los juzgados. Cuando nos decidimos a esta opción debemos saber que la victoria no está garantizada por lo que si perdemos, deberemos abonar todas las costas asociadas al proceso. Por el contrario si el fallo sale a favor nuestro, el banco tendrá que pagar todos los gastos judiciales y devolvernos los gastos que ordene el magistrado.

Cuáles son los plazos límites para presentar el reclamo?

Según algunos juristas el plazo para presentarse ante la justicia no caduca jamás. Para otros se deberían contar cinco años desde la primera sentencia o desde la cancelación de la hipoteca. Como podemos ver no hay una posición clara en torno a este tema.

De acuerdo a las distintas interpretaciones, el plazo podría haber vencido el pasado 28 de diciembre de 2020 o el 21 de enero de 2021. Sin embargo, hay muchos juristas que creen que ese plazo no caduca. En todo caso deberá ser el Tribunal Supremo quien aclare hasta cuándo se puede hacer el reclamo.

Cuáles son los gastos que no se pueden reclamar?

Existen diversos gastos hipotecarios que no nos pueden obligar a pagar íntegramente, aunque esto no significa que quedemos liberados de pagar todos los costes.

Los gastos que deben ser indefectiblemente costeados por el comprador de la vivienda son:

Los gastos de la compra de la vivienda

El comprador deberá hacerse cargo de los gastos de compra de la vivienda. Estos son los generados por la escrituración de la propiedad que no corren por la cuenta del vendedor.

El IAJD

El Tribunal consideraba que este tributo debía pagarlo el cliente como sujeto pasivo de la operación pero desde noviembre de 2018 el gobierno decidió que debe abonarlo el banco por un cambio legislativo. Esta medida no tiene carácter retroactiva.

Los gastos de novación, subrogación o cancelación

Estos gastos no se pueden reclamar al banco, ya que es un coste que corresponde íntegramente al titular del contrato. En el caso de subrogación de deudor, el nuevo propietario deberá hacerse cargo de los gastos asociados y no la entidad financiera.

¿Te fue útil esta información? Conocés más sobre cómo reclamar los gastos de formalización de una hipoteca?  ¡Esperamos que sí! Nos interesa mucho conocer tu opinión, por lo que si tienes algo para comentarnos puedes escribirnos en la casilla, debajo del post.

Y si necesitas comprar o vender una vivienda, no dudes en contactarnos. Oi Real Estate cuenta con los mejores asesores, a tu disposición.

También podría interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Desde que se puso en marcha la nueva Ley de Hipotecas en 2019, los compradores de viviendas están obligados a rendir un test notarial que indicará cuán informados están sobre la operación que van a concretar.

La nueva ley hipotecaria establece que los notarios deberán cerciorarse de que el solicitante de una hipoteca sabe lo que va a firmar y ha recibido de la entidad financiera correspondiente toda la información necesaria.

De esta manera se trata de evitar que los consumidores firmen desconociendo cláusulas, situación que se daba con bastante frecuencia. Ejemplo de ello fueron las participaciones preferentes o las hipotecas multidivisas, IPRH, cláusulas suelo entre otras que terminaron con reclamaciones y procesos judiciales. Enteráte en este post para qué sirve el Test notarial y cuáles son sus preguntas!

¿Qué responsabilidad les otorga la Ley hipotecaria a los notarios?

La LCCI, conocida popularmente como ley hipotecaria, encomienda a los notarios las comprobaciones pertinentes para que la elevación del crédito a escritura pública sea el final de un proceso regido por la transparencia. Así se aseguran que en el futuro nadie pueda impugnar alegando desconocimiento.

Con el fin de acreditar que el cliente comprende lo que va a firmar, los notarios tienen que cerciorarse de que ha recibido la información adecuada sobre su préstamo hipotecario. Para esto, además de asesorarlo, le someterán a un test y le harán firmar una declaración que se incorporarán luego al “acta de información precontractual”. Este documento puede tener un resultado positivo, en caso de que el clienta comprenda perfectamente lo que firma o negativo, cuando no alcance a responder las preguntas.

¿Qué sucede luego de realizado el Test notarial?

En cualquiera de los dos casos el resultado se comunicará a la entidad prestamista. Si el test notarial tiene un resultado negativo la tramitación no podrá continuar adelante. El mismo procedimiento se seguirá con los garantes y avalistas de la hipoteca en caso de que los hubiera. Todas estas comprobaciones deberán figurar en la misma acta, pero no tienen que llevarse a cabo en simultáneo. El notario tiene tiempo de completarla hasta la tarde del día anterior de la firma de la escritura.

Como publica Publico.es, para unificar criterios, el Consejo del Notariado remitió a sus miembros una circular “de obligado cumplimiento” en la que se detallan algunos aspectos de la aplicación de la LCCI. Allí  se establece el modelo de test al que debe someterse a los solicitantes de la hipoteca. La condición es que sea en presencia del notario y sin que haya presente ningún representante de la entidad financiera.

Entonces será imprescindible que estudies al detalle tu contrato, no solo para aprobar el examen notarial, si no también para que ningún banco se aproveche de tu posible desconocimiento. Es por esto que te facilitamos las preguntas del examen para que puedas entrar al Test Notarial con todas las herramientas

Test notarial

Entrega de la documentación precontractual

1.1.- ¿Confirma haber recibido en el día expresado en su manifestación la siguiente documentación?

a) FEIN SI/NO

b) FiAE SI/NO

c) Copia del proyecto del contrato SI/NO

d) Documento que contiene información de los gastos SI/NO

e) Documento que contiene las condiciones de las garantías del seguro que se exige SI/NO

f) Documento que contiene la advertencia al prestatario de la obligación de recibir el asesoramiento notarial (sólo para el caso de préstamo con interés variable) SI/NO

g) Documento con referencia a las cuotas en diferentes escenarios de evolución del tipo de interés SI/NO

1.2.- ¿La entidad le ha explicado el contenido de los documentos indicados y respondido a sus preguntas? SI/NO

Elección de notario

2.1.- ¿Le informó la entidad financiera de que era usted quien tenía derecho a elegir notario? SI/NO

2.2.- ¿Confirma usted que soy el notario elegido? SI/NO

Características y amortización del préstamo

3.1- ¿Conoce el capital y la duración del préstamo, y el importe y periodicidad de sus cuotas? SI/NO

3.2.- ¿Conoce que cada una de las cuotas comprende una parte de capital del préstamo y otra parte de intereses? SI/NO

Tipo de interés

4.1.- El tipo de interés que le han ofrecido es fijo durante toda la vida del préstamo o está prevista su variación en algún momento. FIJO/VARIABLE

4.2.- ¿Existen en su oferta bonificaciones para el tipo de interés en caso de que contrate determinados productos con el prestamista o entidades por él señaladas? SI/NO

4.3.- En caso de préstamo a interés fijo, ¿sabe usted que no se beneficiará de una bajada futura de los tipos de referencia del mercado? SI/NO

4.3.- En caso de préstamo a interés variable,

a) ¿Es usted conocedor de que el interés futuro se calcula sumando un diferencial al tipo de interés de referencia pactado? SI/NO

b) ¿Comprende que los tipos de interés de referencia varían a lo largo del tiempo y que esta variación podría suponer un incremento de la cuota? SI/NO

Subrogación de acreedor

5.1.- ¿Conoce que puede cambiar de prestamista a través de un procedimiento llamado subrogación que conlleva la amortización total anticipada de su préstamo y tiene bonificaciones fiscales y arancelarias? SI/NO

Amortización anticipada del préstamo

6.1.- En la oferta que le ha hecho la entidad prestamista ¿está prevista una comisión por amortización anticipada?

– En caso de amortización total: SI/NO

– En caso de amortización parcial: SI/NO

– En caso de cambio de prestamista (subrogación de acreedor): SI/NO

6.2.- Comprende que esta comisión, de existir, sólo podrá cobrarse si la amortización anticipada produce una pérdida para la entidad prestamista que está deberá justificarle. SI/NO

Comisiones

7.1.- Tiene su préstamo:

– Comisión de apertura SI/NO

– Comisión de modificación de condiciones (novación): SI/NO

– Comisión de reclamación de cuotas impagadas: SI/NO

Incumplimiento

8.1.- ¿Ha comprendido usted que en caso de impago se le cobrará el interés de demora legalmente fijado sobre el importe que haya dejado de pagar? SI/NO

8.2.- ¿Ha comprendido usted que si el impago alcanza una determinada cuantía la entidad financiera puede declarar vencido anticipadamente el préstamo y reclamar a cada uno de los prestatarios la totalidad de lo adeudado? SI/NO

Ejecución hipotecaria

9.1.- ¿Comprende que el impago del préstamo puede conllevar la pérdida del bien hipotecado y su venta en pública subasta? SI/NO

9.2.- ¿Responde de esta deuda con todos sus bienes, presentes o futuros o sólo con el bien hipotecado? CON TODOS LOS BIENES/SOLO CON EL BIEN HIPOTECADO

9.3.- ¿Comprende que, si responde con todos sus bienes y el valor obtenido en la subasta de la finca hipotecada es inferior a lo adeudado, va a seguir debiendo la diferencia al prestamista? SI/NO

Como hemos visto, el Test Notarial tiene varios ítems. Conocer las respuestas significa haber comprendido los efectos del contrato que vamos a firmar, por lo que es importante haber aprendido sobre nuestras futuras obligaciones con el banco.

¿Te ha servido esta información? Conoces más sobre el test notarial? ¡Esperamos que sí! Nos interesa mucho conocer tu opinión, por lo que si tienes algo para comentarnos puedes escribirnos en la casilla, debajo del post. Y si necesitas comprar o vender una vivienda, no dudes en contactarnos. Oi Real Estate cuenta con los mejores asesores, a tu disposición.

También podría interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

Luego de mucho evaluarlo, decides comprar una vivienda. Probablemente la quieras ya mismo, pero antes tienes unos pasos para seguir. En este post te contaremos cuáles son estos pasos ¡Te acompañaremos en el proceso de compra de una vivienda!

Compra de una vivienda: ¿Por dónde empezar?

Realizar la compra de una vivienda es una de las aventuras más grandes que vivirás en tu vida. Es algo muy importante que, seguramente, cambiará tu vida para siempre. Lo ideal es que disfrutes todo el proceso, pero sabemos que a veces eso se torna un tanto imposible. Los plazos que manejan determinados aspectos nos pueden exasperar un poco, ya que queremos tener nuestra casa lo antes posible. Pero la realidad es que deberás armarte de paciencia para que todo salga bien.

Es por ese motivo que hoy, en este artículo, te contaremos sobre los pasos que deberás seguir al momento de la compra de una vivienda ¡Puedes tomar nota!

Primeros pasos para la compra de una vivienda

Ten claro lo que quieres. Este paso quizás te parezca un poco obvio, pero déjanos decirte que no lo es. Antes de embarcarte en un proyecto tan grande como es la compra de una vivienda, debes pensar cuáles son tus necesidades. Para esto es fundamental que te tomes tu tiempo y pienses bien lo que necesitas en el presente y a medio plazo. Pero no solo eso: también deberás conocer tu capacidad real de satisfacer dichas necesidades. Tus posibilidades dependerán de las opciones que encuentres y del presupuesto que tengas.

Cuenta con el apoyo de profesionales para encontrar la casa que deseas. Es difícil (por no decir imposible) abarcar todas las posibilidades que te ofrece el mercado. Cuanto más limites la búsqueda, menos probabilidades tendrás de dar con la mejor vivienda. Es por eso que te recomendamos contratar un profesional inmobiliario. Con alguien experto en el tema tendrás mayor seguridad respecto a las características de las propiedades y podrás acceder a una oferta más amplia.

Una vez elegida, investiga cuál es la situación de la vivienda. Debemos saber muy bien lo que estamos comprando. Esto implica averiguar si la casa tiene cargas financieras, problemas de propiedad o taras. Por eso recomendamos acudir al Registro de la Propiedad, al Catastro o, incluso, al

Ayuntamiento para averiguar su situación. Es imprescindible que consigas toda la información sobre las condiciones, la gestión que implica y las obligaciones y gastos en los que incurrirás.

compra de una vivienda

¿Qué sigue?

Luego de los pasos mencionados anteriormente, deberás seguir con algunas cosas un poco más tediosas.

Infórmate de todos los trámites que tendrás que hacer y de los gastos que tendrás que afrontar. La complejidad de los trámites administrativos y los gastos a pagar van a depender del tipo de vivienda que compremos. No es lo mismo comprar una vivienda de segunda mano que una de obra nueva. En cualquiera de los casos, debes informarte bien para tener claros los pasos a seguir y los pagos que tendrás que abonar. En este punto tienes que concretar qué tipo de financiación obtendrás.

Este punto probablemente sea uno de los plazos que más puede demorarse en el tiempo si previamente no hemos acudido a nuestro banco para que nos realice un estudio de viabilidad económica.

Para acceder a la mejor financiación posible, es necesario comparar las distintas ofertas hipotecarias de cada entidad financiera. En función de nuestros ingresos, ahorros y del tipo de hipoteca que queramos (fija o variable) las condiciones de cada entidad variarán en mayor o menor medida.

Una vez que lleguemos a este punto, deberemos tener en cuenta:

  • Tasación: hay que calcular una semana, aproximadamente desde que solicitamos la tasación hasta que tenemos el documento.
  • Fiper: tienen que transcurrir 15 días desde que se firma el Fiper (documento que la entidad bancaria entrega al comprador con las condiciones de su préstamo) hasta que se procede con el cierre de la compra en Notaría. 

Últimos pasos para terminar con la compra de una vivienda

Firma en Notaría. Aunque un contrato privado de compraventa sería suficiente para dar por formalizada la transacción, la elevación a Escritura Pública nos aportará seguridad jurídica. Por otro lado, nos facilitará la tarea si el día de mañana queremos vender la vivienda adquirida.

La firma en Notaría no debería durar más de dos horas. Pero conviene pedir cita con antelación para reservar la fecha que nos interesa. Además del comprador, el vendedor y el notario, a nuestra cita en Notaría acudirá nuestro agente inmobiliario. 

Conoce su auténtico valor. Antes de fijar el precio hay que comprobar que lo que vamos a acordar no esté por encima del mercado. No puedes pasar por alto que, al solicitar una hipoteca, te la concederán en función de su valor real, no del pactado. Es fundamental hacer una pre-tasación o utilizar herramientas “online” que en tiempo real te ofrece un valor muy aproximado de la vivienda.

Estudia qué modalidad de hipoteca te interesa. Hoy en día puedes elegir entre hipotecas a tipo fijo, variable o mixto. En el primer caso, siempre pagaremos la misma cuota. Las hipotecas variables se destacan porque su cuota dependerá de la evolución del indicador. Por último, en las hipotecas mixtas, los primeros años son a tipo fijo y el resto, a tipo variable.

Elige el seguro de hogar que mejor se adapte a tus necesidades. Es importante conocer la diferencia entre los seguros multirriesgo y el seguro mínimo de hogar. El primero suele recomendarse a aquellas viviendas en las que hay joyas, antigüedades, muebles con gran valor u obras de arte. El segundo es mucho más básico pero cubre incendios, atascos de tuberías, robos y hurtos. Una vez analizados ambos, lo importante es elegir el que realmente necesitamos.

Luego de leer este post, nos interesa muchísimo conoce tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

Si te ha interesado este artículo puede que también te interese seguir leyendo la siguiente nota:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas