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Las consultas sobre cómo hacer que un piso pequeño gane espacio e incremente su valor de mercado son un recurrente para el agente inmobiliario. En este sentido, existe una opción sencilla y relativamente asequible para lograr ese objetivo y que la mayor parte de los clientes suelen ver con buenos ojos. En pos de ello, deberás considerar una serie de parámetros legales para no incurrir en infracciones que acaso ralenticen o incluso traben una acción de compraventa. Hoy, en este artículo de Oi Real Estate, veremos cómo cerrar terrazas y ganar m2 en pisos estrechos. Te invitamos a leer para conocer mucho más.

Una opción observada por muchos, realizada por pocos

Quienes poseen una terraza o un balcón de dimensiones considerables alguna vez tuvieron en cuenta la posibilidad cerrarlo con el fin de ganar espacio. Sin embargo, no muchos se atreven a encarar una obra que podría ser considerada “de magnitud”; y suspenden el proyecto antes de iniciarlo o de solicitar un presupuesto. Ahora, tal vez urgidos incrementar el valor del piso y con miras a venderlo, se han dedicido a encararlo. Como agente inmobiliario, es una opción más que recomendable a considerar, si la consulta del cliente es cómo revalorizar su propiedad para obtener un precio de salida al mercado más elevado.

Se trata de una posibilidad siempre viable y que a menudo su coste podrá ser absorbido en la venta del inmueble. Sin embargo, además de contemplar presupuestos cuidando las arcas del interesado, deberás también observar los aspectos legales que implican este tipo de reformas estructurales; ya que de región a región pueden sufrir marcadas diferencias en requisitos y exigencias.

La opción asequible de un cerramiento móvil

Una de las mejores opciones para cerrar terrazas y ganar m2 en pisos estrechos sin gastar una fortuna, son los cerramientos móviles. Es de hecho, una opción que podría reducir acaso a la mitad el presupuesto del cliente. No obstante, y contra lo que podría imaginarse, para realizar la instalación de un cerramiento móvil también se deberán considerar los parámetros legales pertinentes; comprendidos en el artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal de la legislación española.

El artículo 7.1, establece la imposibilidad de realizar obras que alteren o modifiquen la configuración y fisonomía del edificio o el estado de sus exteriores. Por tanto, un cerramiento móvil presentaría un conflicto similar o equivalente al fijo, ya que la modificación estética sería igualmente inocultable y evidente.

Así y todo, el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal expone que para realizar un cerramiento se precisa de una autorización administrativa; y con un voto favorable de tres sobre cinco por parte del consorcio o consejo de la administración la obra podría ser llevada a cabo sin inconvenientes. En este sentido, convendrá entonces interiorizarse en qué clases de cerramientos están permitidos en los estatutos de cada consorcio. Llegamos a la conclusión de que un cerramiento móvil será perfectamente legal, siempre y cuando cumpla con los parámetros internos preestablecidos por los consejos locales.

¿Qué permisos deben obtenerse para un cerramiento de terraza?

Luego de consultar los estatutos de la propia comunidad y contemplar su factibilidad y aprobación… ¿Debe contar el cliente con permisos adicionales? Por supuesto que sí. Aquellas terrazas que afectarán directamente a la fachada exterior del edificio deberán ser avalados -según la comunidad autónoma- por el permiso del ayuntamiento obligatorio para la realización de obras.

Procesos legales para cerrar terrazas y ganar m2

Entonces, si el cliente ha decidido que iniciará una obra para cerrar su terraza de forma definitiva antes de salir a la venta, deberás en definitiva realizar los siguientes pasos:

  1. Presentar el proyecto de cerramiento. Se trata de un documento técnico en el cual se especificarán diseño y materiales a incluir en la obra. Su autorización quedará en manos del ayuntamiento en cuestión.
  2. Comunidad vecinal autorizante. El consenso de la comunidad vecinal del edificio debe aprobar la obra. Procura estar atento a cualquier realización previa en el edificio, de similar porte. Apoyado en una obra anteriormente autorizada y aprobada vía votación, tendrás mayor respaldo legal.
  3. Licencia Municipal. El tercer y último paso para llevar a cabo el cerramiento de la terraza, deberás contar con la licencia emitida por el ayuntamiento. Esta licencia municipal es la luz verde para iniciar la obra, previa al abono de tasas correspondientes. Dichas tasas varían de un municipio a otro.

¿Puede ser denunciado un cerramiento ilegal?

Todo cerramiento (móvil o definitivo) que no cuente o saltee alguno de los pasos mencionados en los párrafos anteriores, podrá ser motivo de denuncia. En este sentido, declaró recientemente a la consultora Idealista el director de Acounsel Abogados, César García, que…

Se entiende por cerramiento ilegal en una comunidad de propietarios aquel que se realiza sin las licencias y los permisos necesarios y que afecta, entre otros, a una zona común, jardín, parte de un patio y/o a una zona individual, por ejemplo, una terraza, que es el más frecuente. Todos afectan al título constitutivo de la comunidad de propietarios, pues, por ejemplo, se modifica la estética de la fachada.

César García – Director de Acounsel Abogados

Dos vías de denuncia

Asimismo, quedan claras dos posibilidades o vías de denuncia ante la evidencia de un cerramiento ilegal.

  • Jurisdicción Civil. Se convocará una “junta de propietarios” y se votará si demandar o no al propietario que hubiera encarado la obra sin previa consulta. Si esta votación obtuviera resultado positivo, la demanda pasará al plano judicial.
  • Infracción Urbanística. Un cerramiento presupone la utilización del espacio cerrado y su conversión a la utilización habitual; por tanto esto supondrá una amplitud en m2 construidos de la finca. Como consecuencia, se produce per se una modificación en la licencia de edificación. Esto puede llevar a que el edificio como unidad incremente su volumen de construcción al punto de sobrepasar el espacio de edificación permitido y reflejado en actas.

¿Cuál es tu experiencia en cerrar terrazas y ganar m2 en pisos estrechos? ¿Recibes este tipo de consultas de forma frecuente?

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Tanto la Navidad como el Año Nuevo promueven un inevitable movimiento populoso y traslado de personas. Son acontecimientos esperados con ansias por los sectores inmobiliarios, turismo, gastronomía y comerciales en general. Sin embargo, la sexta ola de la COVID 19 que atraviesa España y Europa toda, pone en vilo a las autoridades de las Comunidades Autónomas y al Gobierno central en general. ¿Tienes pensado organizar en tu piso una reunión o recibir familias o amigos durante estas fiestas? En este artículo de Oi Real Estate, veremos qué nos deparan la Navidad y las medidas sanitarias, según recomendaciones sanitaristas, nivel a nivel de riesgo. No te quedes sin celebrar, pero vale también cuidarse y respetar las ordenanzas dispuestas. Te invitamos a leer para saber más.

Navidad cercana y el virus presente

La COVID 19 parece no dar tregua. La denominada como “sexta ola” en esta interminable pandemia, nos encuentra cubiertos con el plan de vacunación de cara a las fiestas; sin embargo, la variante Omicron intenta imponerse como estrella negra del invierno que se avecina. ¿Estás listo para enfrentarla? Los niveles de contagio permanecen en ascenso y se estiman en más de 4 de cada 10 habitantes en España.

En este sentido, los índices de ocupación de camas en centros sanitarios de momento permanecen estables y oscilantes en un 12.5% promedio. Para evitar que estas cifras se disparen (con el riesgo latente de volver a pasar la misma tensión del inolvidable 2020) las autoridades públicas sanitarias han emitido a las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos un documento común que contiene sendas recomendaciones.

Medidas apuntando a reuniones en sitios estrechos cerrados

Las medidas, sin ser su incumplimiento penalizable de momento, están básicamente dirigidas al sector hotelero y gastronómico; aunque no está demás prestarles la debida atención y trasladarlas a las reuniones en pisos particulares. Si estás por recibir familia o amigos en tu piso con motivo de la Navidad y el Año Nuevo, te recomendamos también apuntarlas.

Entre otros aspectos, el documento emitido por los sanitaristas recomienda que el sector hotelero fije hasta diez el número de comensales por cada mesa; asimismo, sugiere que cada participante a las cenas navideñas en pisos privados se aseguren (y aseguren al resto de los concurrentes) contar con un test de antígenos negativo, llevado a cabo durante la semana previa a la reunión.

Según el periódico 20minutos, que reflejó en sus páginas la propuesta denominada “para la celebración de las fiestas navideñas” elaborada por la Ponencia de Alertas y Planes de Preparación y Respuesta, se apunta a…

…extremar los cuidados sanitarios en las reuniones familiares y toda actividad con allegados no convivientes, principalmente en lugares cerrados.

Ponencia de Alertas y Planes de Preparación y Respuesta

Estos expertos sugieren maximizar los niveles de alerta en cuanto a las reuniones habituales durante la Navidad y señalan que estos ágapes serán los principales responsables del pico Omicron, previsto a ser reflejado en los índices de mediados del enero próximo.

La Ponencia de Alertas y sus medidas generales

El documento emitido por la Ponencia de Alertas y Planes de Preparación y Respuesta respecto a la Navidad y las medidas sanitarias contemplan tres niveles. A saber:

  1. Bajo y medio
  2. Alto
  3. Muy alto

Adentrémonos uno a uno en estos tres estadios y contemplemos las recomendaciones. Acaso veas entre ellas cuáles son las más adecuadas y dignas de ser trasladadas a reuniones particulares.

Riesgo Bajo y Medio

  • Se prevén hasta diez comensales por mesa de reunión, tanto en restaurantes como salones comedores de hoteles; tanto existan 1.5 metros de distancia entre ellos y una ventilación ambiental pertinente a la cantidad total de asistentes.
  • Evitar la consumición en barra de bares, confiterías y restaurantes.
  • Si la reunión será de orden familiar, contar con test individual de antígenos previo; recordando que un PCR negativo no conlleva la necesariamente la negatividad del virus COVID. En este caso, desistir la concurrencia a la reunión navideña de contar con cualquiera de los síntomas de conocimiento público.
  • Exceptuando al momento de la comida, permanecer con mascarilla durante toda la estancia y frecuentar el lavado de manos y el uso de alcohol en gel.

Riego Alto

Al día de hoy, seis Comunidades Autónomas permanecen en el denominado “riesgo alto”. Son La Rioja, Castilla y León, País Vasco, Aragón, Navarra y Cataluña.

  • En estos casos, se sugiere mantener el máximo de diez comensales y un máximo de dos grupos convivientes; así como minimizar a seis la cantidad de personas en reuniones empresariales.
  • Se recomienda limitar el aforo nocturno en sitios de ocio a la mitad de su capacidad y a seis personas por mesa. El cierre está sugerido a la una de la mañana, así como también la prohibición de consumición en barra, en bares, confiterías y restaurantes.

Muy alta probabilidad de riesgo

De momento, no se consideran Comunidades con riesgos Muy Altos de contagio; pero esto puede cambiar de la noche a la mañana. Por ello, las disposiciones al respecto son las siguientes:

  • Se desaconsejan las reuniones empresariales, y se exigirá la colaboración de la población a que no se celebren eventos para la Navidad ni para la noche del Año Nuevo. En tanto, se solicitará que sus sitios de ocio y esparcimiento nocturno permanezcan cerrados; la misma suerte correrán los ambientes comedores o de reuniones en hoteles o privados.
  • En lo referido a los pisos privados (tanto de gran superficie como los estrechos), se recomendará que las reuniones conserven un tope de seis personas, en lo posible pertenecientes al mismo núcleo familiar. Los comercios deberán reducir sus aforos a la mitad, en tanto que las celebraciones religiosas de toda índole deberán mantener una concurrencia no superior a la del 25%.

¿Cómo te preparas para recibir la Navidad? ¿Crees que las medidas sanitarias recomendadas son suficientes? Nos encantaría conocer tu opinión.

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