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¿Quieres mudarte a un piso de alquiler en Madrid y no sabes qué barrio te conviene? La elección del barrio en el que viviremos no es un tema para tomar a la ligera. Debes conocer bien tus preferencias y averiguar qué barrio se adecúa mejor a ellas. En este post te contamos las características principales de los mejores barrios para alquilar en Madrid.

Si te encuentras en la búsqueda de un piso en alquiler en Madrid, sabes que no es una tarea sencilla. Además, se sabe, el alquiler en Madrid es caro. Encontrar el lugar donde pasarás gran parte de tu vida merece que le dediques tiempo y dedicación. Más aún en el contexto de la pandemia por la COVID-19. En otros contextos, podías pensar que tu piso sería el lugar al que llegarías de noche a comer y a dormir. Pero hoy debes considerar que desde allí realizarás gran parte de tu actividad laboral, académica, social e incluso física. La elección dependerá de qué tipo de vida estés buscando.

Alquiler en Madrid. Chequea los servicios del entorno

Más allá del barrio por el que te decidas, debes chequear con qué servicios y posibilidades de realizar actividades cuentas en el entorno cercano a tu piso de alquiler. Es importante que la zona en la que se emplace el piso en alquiler te permita resolver tu vida diaria a pie. Que en un radio aproximado de 500/1000 metros a la redonda encuentres todo lo que necesites.

Incluso si te manejas en automóvil. Poder salir caminando y encontrar en las cercanías todo lo necesario influirá positivamente en tu ánimo y en tu salud y será más sustentable. La extensión de ese radio dependerá de cuánto estés dispuesto a caminar. Dentro deberás encontrar algún parque, mercados de alimentos, tiendas de ropa o accesorios, ferreterías y casas de electricidad. Si eres deportista, busca si hay un gimnasio o centro de fitness.

Zona Centro: La Madrid cultural

La zona Centro es el distrito más histórico de la ciudad. En él están las zonas más turísticas como la famosa Gran Vía. Allí encontrarás varios teatros y el mercadillo callejero El Rastro, que funciona los domingos y feriados durante todo el día.

Entre sus barrios más populares se encuentran Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia, Universidad y Sol, este último conocido por tener la mayor actividad comercial de la zona.

Existen algunos barrios como La Latina, Malasaña o Chueca donde se aúnan gran cantidad de propuestas culturales, gastronómicas, de ocio y entretenimiento. Son barrios donde existen multitud de tiendas, comercios y discotecas que atraen un gran número de visitantes a la ciudad. Si no te molesta el bullicio de la gran ciudad y quieres vivir en el centro cultural de España, este barrio es para ti. 

Salamanca. La Madrid sofisticada

Salamanca se destaca como un barrio lujoso. Allí podrás disfrutar de su arquitectura clásica y vanguardista en los barrios Recoletos, Goya y Castellana. En las calles Serrano, Claudio Coello y Ortega y Gasset encontrarás las tiendas más lujosas de la capital española.

En lo que a comunicación se refiere, Salamanca está espléndidamente comunicada. Contarás con distintas líneas de metro y autobuses para llegar rápidamente a todas las zonas de Madrid.  La contracara es, lógicamente, que los precios de alquiler son altos. Por lo tanto si buscas alquiler en Madrid barato, esta no es una de las mejores opciones..

Villa de Vallecas. Una perla alejada del centro

Villa de Vallecas se erige como uno de los barrios en expansión y más modernos de Madrid. Conocido por sus grandes avenidas, es un barrio en el que también encontrarás mucho espacio verde. En Villa de Vallecas contarás con una completa dotación de servicios que aportarán comodidad a tu vida. 

Es una excelente opción si buscas zonas alejadas del centro de la ciudad. No obstante, el acceso al centro es sencillo y rápido mediante el tren de cercanías.

Villaverde. Ideal para familias con niños

Si buscas vivienda de alquiler en Madrid para mudarte con niños, Villaverde es una de las mejores opciones. Villaverde es uno de los distritos periféricos de Madrid que más crecimiento ha experimentado durante los últimos años. Está situado en el extremo sur de Madrid, circundado por Getafe, Vallecas, Usera y los términos municipales de Leganés. 

Su ubicación, a unos 600 metros sobre el nivel del mar en promedio, colabora con la reducción de la contaminación. En Villaverde la contaminación es menor que en la mayoría de los barrios madrileños.  Se trata de un barrio que cuenta con metro, buses y trenes y amplios espacios verdes. Si te preocupa encontrar un lugar para educar a tus hijos, en Villaverde no tendrás problemas. El barrio cuenta numerosos centros educativos: 25 guarderías, 19 colegios públicos y 11 privados de educación primaria y 5 institutos de educación secundaria.

Alquiler en Madrid. Ley de Arrendamientos Urbanos.

Por último: a la hora de alquilar, debes saber que la norma madre que regula todo lo que a alquileres se refiere es la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). La última modificación de esta ley fue sancionada el 6 de marzo de 2019 y establece condiciones más favorables para el inquilino que la ley anterior. La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos elevó la duración de los contratos de alquiler de tres a cinco años. Se elevó la prórroga tácita de uno a tres años. Asimismo, se estableció una actualización obligatoria de la renta sujeta a la indexación del IPC. Anteriormente, la actualización de la renta estaba sujeta al pacto de las partes o, en su ausencia, al índice de garantía de competitividad.

Alquiler en Madrid. ¿Tienes dudas? ¿Necesitas ayuda?

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El mercado de alquileres ha tenido que adaptarse forzosamente a la pandemia. Hoy puedes encontrar mayor oferta de alquileres y a precios más económicos. Este fenómeno se da principalmente en las grandes ciudades. Como consecuencia, los inquilinos se encuentran con un mayor margen para negociar las condiciones del contrato de su piso de alquiler. Por otro lado, para los arrendatarios la situación implica más competencia. Incluso, en pisos ya alquilados se registra mayor morosidad en los pagos. Es por eso que el Gobierno ha apuntalado las ayudas para el alquiler.  y, en algunos casos, un aumento de la morosidad. ¿Cómo ha afectado la pandemia a los pisos de alquiler de oficinas y otros rubros no residenciales? En este artículo te lo contamos.

Alquiler de oficinas

El mercado de alquileres en España se ha visto transformado por la pandemia. El aumento del teletrabajo ha producido un desplome de los alquileres de oficinas que, en muchos casos, se han reconvertido en alquileres para vivienda. Esto produjo un aumento en la oferta de pisos de alquiler que, como señalaría Alfred Marshall con un lacónico “se los dije”, redundó en una baja de los precios y un mayor margen para negociar por parte de los inquilinos.

El mercado de alquiler de oficinas mostraba una interesante tendencia a la alza hasta los primeros meses de 2020. Principalmente en las grandes ciudades como Madrid y Barcelona. La irrupción inesperada de la pandemia provocó un verdadero desplome. Muchas empresas se vieron obligadas de la noche a la mañana a ajustar sus procedimientos a distancia y enviar a sus empleados al hogar. En muchos casos, ello demostró una eficiencia laboral mayor a la esperada. Ya no se discute: desde casa se trabaja más. 

Crecimiento del teletrabajo

alquiler teletrabajo

Según un estudio realizado por la empresa Randstad, la cantidad de españoles que teletrabajan se triplicó en 2020, respecto del año anterior. Esta cifra significa que, del total de 18,6 millones de ocupados, el 16,2% trabajan habitualmente desde sus casas, un porcentaje que ha crecido sustancialmente en el último año, ya que en 2019 el peso de estos profesionales era del 4,8%, siendo la tasa más alta de la década hasta el momento.

El estudio de Randstad también ha tenido en cuenta aspectos como el género y la edad de los ocupados que llevan a cabo su empleo desde casa de manera habitual. Las mujeres son las que en mayor medida trabajan desde casa, ya que así lo están haciendo el 18,7% de las ocupadas. Mientras que este porcentaje es del 14,1% en el caso de los hombres. La diferencia es de 4,6 puntos porcentuales.

alquileres Madrid

El estudio también ha tenido en cuenta la tasa de teletrabajo habitual dependiendo de la comunidad autónoma. Se destaca que las comunidades de Madrid y Cataluña son las comunidades donde más se da el teletrabajo y mayor peso tienen estos trabajadores y trabajadoras. En Madrid, el 26,6% de los ocupados trabajan desde sus casas más de la mitad de los días. En Cataluña, el porcentaje de teletrabajadores alcanza el 18,5%. Ambas ciudades se encuentran por encima de la media nacional (16,2%).

Alquileres cancelados

La consecuencia de estos cambios en la manera de trabajar de los españoles (y de todo el mundo) fue la no renovación, la cancelación, la resolución y el desistimiento de los contratos de alquiler de oficinas. Ante la incógnita de cuándo podremos volver a trabajar en las oficinas como antaño, sumada a la efectividad del teletrabajo en aquellos rubros que se lo pueden permitir, cada vez más oficinas permanecen a oscuras y juntando polvo.

Discotecas

alquiler discoteca

Al desplome de alquileres de oficinas se le sumaron otros rubros y actividades igualmente, o incluso en mayor medida, afectados por la pandemia. Es el caso de las discotecas. El negocio del ocio nocturno se ha visto enormemente perjudicado durante todo el 2020. Las administraciones de las diferentes comunidades autónomas han restringido la actividad en mayor o menor medida (o, para ser más justos, en mayor o mucho mayor medida). Las discotecas y locales de ocio nocturno han visto limitados sus aforos y sus horarios y, en muchos casos, han tenido que cerrar sus puertas durante semanas o meses en algunas comunidades autónomas. En todas las comunidades autónomas nos encontramos con locales de este tipo cerrados y a la venta o en alquiler. Las comunidades que más se han visto afectadas son Madrid, Cataluña, Andalucía, Valencia y Castilla-La Mancha.

Alquiler de pisos turísticos

alquiler turístico

Otro rubro que se ha visto también muy afectado por las consecuencias de la pandemia es el de los pisos turísticos. Se calcula que en España hay más de 200.000 pisos turísticos. Sin entrada de turistas a la vista, los propietarios han tenido que buscar alternativas para no tener pérdidas. Hay que tener en cuenta que un piso sin alquilar en lugar de generar ingresos genera costes de suministros y demás cargas. Para detener el sangrado, muchos propietarios buscaron alternativas que les permitieran obtener una renta. Así, se han pasado a la oferta de alquiler residencial no turístico. Si bien la mayor parte eligen el arrendamiento de temporada, ante la incertidumbre futura, muchos ya se han pasado al alquiler de largo plazo.

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¿Quieres cambiar la cerradura de tu piso de alquiler y no sabes si puedes hacerlo sin autorización? Lee este post y despeja tus dudas.

¿Te gustaría cambiar la cerradura de tu piso de alquiler? Si este es tu caso, probablemente te preguntes si puedes hacerlo o no. ¿Debes solicitar permiso al propietario? ¿O es suficiente con solo darle aviso? Si no le avisas al propietario, ¿incurres en un incumplimiento legal o contractual? En este artículo, responderemos todas las dudas al respecto.

Mudarse a un piso de alquiler suele ser un momento de dicha y felicidad para la mayoría de las personas. ¿A quién no le gusta estrenar hogar, adaptarlo a su gusto, organizar el mobiliario, conocer un barrio nuevo? Sin embargo, en algún momento puede sucederte que te genere cierta intranquilidad el hecho de que ese piso ya haya pasado por distintos inquilinos.

Quizá no lo habías pensado y la intranquilidad surja como consecuencia de leer este posteo. En ese caso, te pedimos disculpas. Pero, ¿si alguno de los anteriores inquilinos se quedó con un juego de llaves? Te preguntarás si estás paranoico. Tranquilo: es un temor normal. Aunque confíes en la humanidad, ves las noticias y sabes que puedes ser víctima de un robo como cualquier hijo de vecino. Y, lamento decirte, una vez que la idea se te metió en la cabeza, no volverás a dormir con la tranquilidad que solías hacerlo.

El menor ruido al otro lado de la puerta de entrada, provocará que esgrimas cualquier objeto que tengas a mano para defenderte de los imaginarios intrusos. Absolutamente desvelado, en horas de la madrugada, te preguntarás: “¿Puedo cambiar la cerradura sin más o debo pedirle autorización al propietario? A continuación te damos la respuesta.

Ley de Arrendamientos Urbanos

Lo primero que debes saber es que la norma madre que regula todo lo que a alquileres se refiere es la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). La última modificación de esta ley fue sancionada el 6 de marzo de 2019 y establece condiciones más favorables para el inquilino que la ley anterior. La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos elevó la duración de los contratos de alquiler de tres a cinco años. Se elevó la prórroga tácita de uno a tres años. Asimismo, se estableció una actualización obligatoria de la renta sujeta a la indexación del IPC. Anteriormente, la actualización de la renta estaba sujeta al pacto de las partes o, en su ausencia, al índice de garantía de competitividad.

¿Dice algo la LAU respecto del cambio de cerradura por parte del inquilino? No, la Ley de Arrendamientos Urbanos no dice nada explícito al respecto. En este sentido, puede aplicarse el principio general del derecho que reza “nadie está obligado a hacer lo que la ley no dicta ni privado de lo que ella no prohíbe”. En otras palabras: lo que no está prohibido está permitido. 

Piso de alquiler: obras del arrendatario

La LAU establece que el arrendatario no podrá realizar sin el consentimiento del arrendador, expresado por escrito, obras que modifiquen la configuración de la vivienda o de sus accesorios. No hace falta aclarar que cambiar una cerradura no modifica la configuración de la vivienda. Si interpretamos la letra de la ley a contrario sensu, se concluye que el arrendatario puede realizar obras que no modifiquen la configuración de la vivienda, aun sin consentimiento del propietario. En este sentido, el artículo 21 de la LAU determina que el arrendatario puede y debe realizar a su cargo las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda.

¿El propietario debe tener un juego de llaves?

Nuevamente, nada indica que así deba ser. Si por acuerdo de las partes, prefieren que el propietario guarde un juego de copias para seguridad, pueden hacerlo. Pero debes saber que el propietario no tiene derecho a entrar en el piso mientras tú seas el inquilino. La vivienda es de su propiedad, pero el uso y disfrute es tuyo. Asimismo, debemos dejar claro que el propietario  no tiene derecho a cambiar la cerradura de la vivienda mientras tenga inquilinos en su interior.

Por otro lado, la Ley de Arrendamientos Urbanos también establece que “los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de las partes”. Es decir que, en principio, podría establecerse un mecanismo de visita o inspección de la vivienda por parte del propietario, con algún tipo de notificación previa, claro está. De la misma manera ambas partes podrían acordar que el propietario guarde un juego de llaves por cualquier emergencia que pudiera ocurrir. Eso dependerá de los términos en que pacten arrendador y arrendatario y de la confianza que se tengan.

Qué sucede en la práctica

Realizar un cambio de cerradura en un piso de alquiler es una medida de seguridad lógica y entendible. Realmente, ni tú, ni el propietario ni el agente inmobiliario, pueden garantizar que no haya quedado un juego de llaves en manos equivocadas. Si eres inquilino, puedes realizar el cambio de cerradura con total tranquilidad

No obstante, te recomendamos dar aviso al propietario para mantener una relación cordial y amable. Ten en cuenta que al finalizar el contrato de alquiler, deberás entregarle todos los juegos de llaves.

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¿Puedo subalquilar a otra persona una habitación que no uso? ¿Debo dar aviso al propietario? ¿Qué dice la ley? Si eres arrendatario de un piso de alquiler y tienes alguna habitación sin uso, es probable que te hayas hecho estas preguntas. Lee este post e infórmate de todo lo que necesitas saber.

Luego de mucho buscar encontraste tu piso de alquiler. Es ideal. Se encuentra en el lugar que querías, es luminoso y le sobra una habitación para usar como escritorio u oficina. Quizá el valor de la renta esté un poco elevado, pero lo puedes pagar. Pasa el tiempo y te das cuenta de que no le das tanto uso como pensabas a esa habitación extra. Se suma el hecho de que la economía se ha puesto más difícil y el esfuerzo para pagar la renta parece ser cada vez mayor. Una noche a finales de mes, mientras comes nuevamente arroz frente a una pantalla, miras sin mirar hacia esa habitación extra que no usas. Y experimentas una revelación, una epifanía o lo que los budistas llaman satori. El cuenco de arroz que sostenías con las manos se hace añicos contra el piso. Podrías subalquilar la habitación que no usas y con esa renta resolver tus problemas económicos. ¿Puedes hacerlo? En este post te damos la respuesta.

Subalquilar. ¿Qué es?

Subalquilar o subarrendar, es la práctica según la cual una persona da en alquiler a otra una parte o la totalidad de la vivienda que alquila y de la que no es el propietario. En otras palabras, el arrendatario alquila a un tercero (subarrendatario) la vivienda que él mismo habita en calidad de inquilino. De esta manera, el subarrendatario se convierte, en cierta forma, en inquilino del inquilino.

Este tipo de relación contractual se da por diferentes motivos. No es lo más común, pero se da más en contratos de alquiler comercial (oficinas o tiendas) que tienen una duración más extensa en el tiempo y pueden sufrir cambios repentinos por causa de la economía. También sucede con estudiantes o particulares que sufren complicaciones en su economía o quieren hacerse de unos dineros extra.

¿Me conviene subalquilar habitaciones de mi piso?

Es probable que en un principio te entusiasmes con la idea de subalquilar alguna habitación de tu piso. Valorarás principalmente el factor económico. Y pensarás que hasta será divertido tener compañeros de vivienda. Pero debes tener en cuenta que introducir a otra persona en tu vivienda puede traer también complicaciones. Perderás mucha libertad. También tendrás que habituarte a las costumbres de otra persona (horarios, visitas, aseo). La convivencia entre desconocidos (y aun entre conocidos) no suele ser fácil

En relación con las obligaciones legales, existe una alternativa que puede ser mejor que el subarriendo. Esto es, incluir como coarrendatario en tu contrato de alquiler a la persona que se mudará a tu vivienda. De esta manera, le corresponderán los mismos derechos y obligaciones que a ti como arrendatario. 

¿Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos?

Los arrendamientos se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos. La última modificación de esta ley fue sancionada el 6 de marzo de 2019 y establece condiciones más favorables para el inquilino que la ley anterior. La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos elevó la duración de los contratos de alquiler de tres a cinco años. Se elevó la prórroga tácita de uno a tres años. Asimismo, se estableció una actualización obligatoria de la renta sujeta a la indexación del IPC. Anteriormente, la actualización de la renta estaba sujeta al pacto de las partes o, en su ausencia, al índice de garantía de competitividad.

El artículo 8 de la ley establece las condiciones para ceder o subarrendar el contrato. Se entiende que hay cesión del contrato cuando el arrendatario transfiere el contrato de arrendamiento a un tercero (cesionario), quien se erige frente al arrendador como nuevo arrendatario. Como regla general, tanto para ceder como para subalquilar, es indispensable contar con el consentimiento previo del arrendador.

También se establece legalmente que el precio del subarriendo no puede exceder en ningún caso el que corresponde al arriendo original. Así que si pensabas cubrir tus costes de alquiler y obtener además una ganancia, puedes olvidarlo. Obviamente, la duración del subarrendamiento tampoco puede exceder la del arrendamiento original. Los contratos de subarriendo deben formalizarse por escrito indicando claramente la zona de la vivienda que se ha cedido y las condiciones de convivencia. Y, como se dijo, debe constar el consentimiento del arrendador.

¿Qué sucede si subalquilo sin el consentimiento del propietario?

Como dijimos, para subalquilar es indispensable contar con el consentimiento del propietario. La mayoría de los contratos de arrendamiento incluyen una cláusula que especifica que se prohíbe el subarriendo. Si subalquilas sin el consentimiento del arrendatario, estás incurriendo en un inclumplimento contractual y legal. Si aún no firmaste el contrato y quieres tener disponible la opción de subalquilar, háblalo antes con el propietario o con tu agente inmobiliario. 

Los artículos 27 y 35 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que el subarriendo o la cesión inconsentidos son causales de resolución del contrato.

Subalquiler. Excepciones y efectos

El artículo 32 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece una excepción a la prohibición general de subarrendar. Cuando en la finca arrendada se ejerza una actividad empresarial o profesional, el arrendatario podrá subarrendar la finca o ceder el contrato de arrendamiento sin necesidad de contar con el consentimiento del arrendador. 

En esos casos, si el subarriendo es parcial, el arrendador tendrá derecho a una elevación de renta del 10% de la renta en vigor. Si el subarriendo es total, o se produce una cesión del contrato, la elevación de la renta por parte del arrendador será del 20%. Tanto la cesión como el subarriendo deberán notificarse de forma fehaciente al arrendador en el plazo de un mes desde que aquéllos se hubieran concertado

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¿Quieres acceder a una ayuda para el alquiler? Te explicamos cómo.

Las dificultades para el acceso a la vivienda ya eran preocupantes y la pandemia no ha hecho más que empeorar la situación. La vivienda está en el puesto número catorce de cincuenta problemas que más afectan a la población española. Así lo indica el Barómetro de septiembre de 2020 del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS). Si bien más del 80% de los ciudadanos en España prefiere comprar una vivienda propia a alquilar, la realidad es que son pocos los que pueden acceder a la vivienda en propiedad. Y dentro del conjunto de ciudadanos arrendatarios, una importante porción encuentra incluso dificultades para cubrir el coste de la renta. Si ese es tu caso, este artículo es para ti.

Sectores más afectados por la falta de acceso a la vivienda

El problema del acceso a la vivienda se registra con especial intensidad en los menores de 30 años. Según el informe de noviembre de 2020 del Observatorio de Emancipación Juvenil, la tasa de jóvenes que han podido independizarse es la menor desde 2001. Solo el 17,3% de los españoles menores de 30 años ha dejado la casa de sus padres. Ello representa más de un punto porcentual por debajo de la tasa del cuarto trimestre de 2019. Según destaca el informe del Consejo de la Juventud de España (CJE), es la mayor caída desde 1988. Hoy, el promedio de edad en el que los jóvenes se emancipan de sus padres está por encima de los 30 años.

En este sentido, la pandemia afecta especialmente a la población joven. Son los jóvenes, justamente, quienes sufren mayor precariedad laboral y se vinculan en mayor medida mediante contratos laborales temporales (los contratos más afectados por la crisis). Actualmente solo 3 de cada 10 jóvenes tienen un empleo.

Si se tiene en cuenta el precio medio del alquiler en el país y el salario medio de los menores de 30 años, el CJE calcula que esa población sólo podría alquilar una vivienda de 25,8 metros cuadrados. Para dedicar el 30% de su salario a comprar una vivienda, se debería duplicar la remuneración media hasta alcanzar los 1.831 euros.

Otro sector que encuentra mayores dificultades a la hora de acceder a la vivienda es el de las personas con discapacidad. Las viviendas accesibles requieren muchas veces de elementos constructivos que incrementan su valor y dificultan su coste por parte de los ciudadanos. Es por ello que los planes estatales de acceso a la vivienda distinguen a estos sectores con mejores beneficios.

Planes y programas estatales

El Gobierno de España declara que la vivienda es uno de los ejes básicos de servicio a la sociedad y al bienestar de los ciudadanos. Por ello, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana lleva a cabo actuaciones en ámbitos como el acceso a la vivienda o la articulación de ayudas. A esto se añade, además, la importancia de la promoción de la rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.

Existen distintos programas estatales dirigidos a dar solución, por medio de subsidios o subvenciones, a los problemas habitacionales con que se encuentran los ciudadanos. En ese marco se encuadra el Plan Estatal de Vivienda, que contempla mecanismos de ayudas para ciudadanos españoles que tengan dificultades para acceder a la vivienda. En este artículo nos centraremos en brindarte información sobre las ayudas para el alquiler.

¿Qué son las ayudas para el alquiler?

Mediante el Real Decreto 106, del 9 de marzo de 2018, se reguló el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. El plan establece nueve programas que tienen por objeto otorgar subsidios y subvenciones para la construcción y rehabilitación de edificios, la renovación urbana y rural y la facilitación del acceso a la vivienda en régimen de alquiler a sectores de población que transiten dificultades económicas.

Conforme establece el real decreto citado, el Programa de Ayuda al Alquiler de Vivienda “tiene por objeto facilitar el disfrute de una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas directas a los inquilinos”. 

¿Puedo acceder a una ayuda para el alquiler?

La norma establece los requisitos que deben reunir las personas para ser beneficiarios:

  1. Ser titular, en calidad de arrendatario, de un contrato de arrendamiento de vivienda.
  2. Que la vivienda arrendada constituya la residencia habitual y permanente del arrendatario.
  3. Que los ingresos de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada sean iguales o inferiores a tres (3) veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Dicho tope se eleva a cuatro (4) veces el IPREM para familias numerosas de categoría general y personas con discapacidad y a cinco (5) veces el IPREM cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o de personas con discapacidad severas. 
  4. Que el valor de la renta sea igual o inferior a 600 euros mensuales. Este tope puede extenderse excepcionalmente a 900 euros en determinados ámbitos a definir por las comunidades autónomas.
  5. Que el solicitante no sea propietario o usufructuario de alguna vivienda en España (salvo que la vivienda no este disponible para el solicitante a causa de separación o divorcio o sea inaccesible para la discapacidad del solicitante.
  6. Que el solicitante o las personas de su grupo familiar no tengan parentesco ni sociedad con el arrendador de la vivienda.

Se consideran como sectores preferentes los menores de 35 años, las familias numerosas, las mujeres víctimas de violencia de género, las personas con discapacidad, las personas afectadas por desahucios mayores de 65 años y sujetas a medidas de flexibilización de las ejecuciones hipotecarias y las víctimas del terrorismo

¿Qué porcentaje de la renta cubre la ayuda para el alquiler?

Como norma general, las ayudas cubren hasta un 40% de la renta mensual. Los mayores de 65 años podrán solicitar hasta un 50% de ese valor. Para el tramo comprendido entre 601 y 900 euros (en los casos excepcionales definidos por las comunidades autónomas), el tope de la ayuda será de 30%.

¿Cómo solicito una ayuda para el alquiler?

Comunidades Autónomas de España. Ayudas para el alquiler

El desarrollo de las ayudas para el alquiler es llevado a cabo por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana del Gobierno de España. No obstante, debes realizar la solicitud ante tu comunidad autónoma. Si cumples con los requisitos y quieres ser beneficiario, puedes ingresar en este link que contiene los enlaces de cada comunidad autónoma. En muchos casos encontrarás también otros programas de ayudas orientados a minimizar los efectos económicos de la COVID-19.

¿Tienes dudas? ¿Necesitas ayuda?

Si tienes dudas en relación con tu contrato de arrendamiento o estás buscando piso o vivienda para arrendar y solicitar la ayuda correspondiente, puedes contactar a uno de nuestros expertos de Oi Real Estate.

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Los alquileres vacacionales son cada vez más impredecibles. Pese a que las fronteras se encuentran abiertas, la afluencia de turistas sigue siendo baja. Es por ello que muchos propietarios decidieron transformar sus casas de alquiler vacacional en propiedades de alquiler a largo plazo. Suele pensarse que el alquiler vacacional es más rentable. Sin embargo, esta nueva tendencia trae consigo muchos beneficios.

Estabilidad económica

En primer lugar, el alquiler a largo plazo garantiza estabilidad en los ingresos anuales del propietario. Esto se traduce en cierta seguridad económica, que deviene del ingreso mensual del importe pactado por el alquiler de la vivienda.

Ventajas fiscales

En segundo lugar, es una opción más ventajosa a nivel fiscal. Esto se debe a que pueden deducirse algunos gastos ante Hacienda derivados del alquiler, como el IBI o la electricidad. Además, el alquiler a largo o mediano plazo se encuentra exento del pago de tasas turísticas.

Tasa de ocupabilidad

Con el alquiler de larga duración, no tienes que preocuparte por la tasa de ocupabilidad. En este sentido, es una opción más estable que la del alquiler turístico.

Mantenimiento de la vivienda

Por otra parte, al existir una fianza, es más probable que los inquilinos realicen un cuidado responsable de la vivienda. Este es un punto discordante cuando hablamos de alquileres turísticos, ya que los daños ocasionados en los inmuebles suelen representar la mayor problemática para los propietarios.

Convivencia con los vecinos

La convivencia con los vecinos es otro punto a favor. Los alquileres turísticos traen consigo muchos inquilinos diferentes en períodos cortos de tiempo. Esto suele generar una sensación de inseguridad. El alquiler a largo plazo facilita las relaciones en el ámbito de la comunidad.

Todos estos representan beneficios para el propietario, pero el alquiler a largo plazo es también una opción más estable para el futuro inquilino.

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