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¿Eres inquilino en un piso de alquiler y no estás seguro de cuáles son tus responsabilidades? ¿Eres casero y tienes la misma duda? ¿Qué pasa cuando hay que reparar una avería? ¿A quién le corresponde pagar los costes? Lee este post y despeja tus dudas.

Piso de alquiler. Ley de Arrendamientos Urbanos.

Lo primero que debes saber es que la norma madre que regula todo lo que a alquileres se refiere es la Ley de Arrendamientos Urbanos. La última modificación de esta ley fue sancionada el 6 de marzo de 2019 y establece condiciones más favorables para el inquilino que la ley anterior. La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos elevó la duración de los contratos de alquiler de tres a cinco años. Se elevó la prórroga tácita de uno a tres años. Asimismo, se estableció una actualización obligatoria de la renta sujeta a la indexación del IPC. Anteriormente, la actualización de la renta estaba sujeta al pacto de las partes o, en su ausencia, al índice de garantía de competitividad.

Piso de alquiler. Responsabilidades en el contrato.

Ante cualquier situación que la ley no prevea y las partes (casero e inquilino) quieran dejar aclarada, pueden dejarlos aclarado en el contrato de alquiler. Es decir que, por fuera de lo que dicta la ley y que analizaremos a continuación, el contrato puede servir como norma supletoria para establecer derechos, obligaciones o responsabilidades adicionales para cualquiera de las partes. Esto es así, de acuerdo a lo establecido por la misma Ley de Arrendamientos Urbanos. El artículo 4 indica que, siempre que se respete lo establecido por la ley “los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de las partes” .

Responsabilidades del inquilino

Pequeñas reparaciones

Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán a cargo del inquilino. Si se quemó una bombilla de luz, gotea un grifo, se atascó una cerradura o dejó de funcionar un enchufe, corresponde que te hagas cargo de los costes de estas reparaciones en tu calidad de inquilino.

El texto de la ley es bien escueto respecto de la temática “pequeñas reparaciones”. No da un listado de reparaciones que puedan considerarse pequeñas. Ni siquiera de manera no taxativa. Es por ello que en muchos casos las partes dejan por escrito en el contrato de alquiler qué tipo de reparaciones se consideran “pequeñas” y están a cargo del inquilino. Si tienes más dudas respecto de las pequeñas reparaciones. lee todo lo que necesitas saber en este post.

Obras prohibidas al inquilino

El inquilino no podrá realizar, sin el consentimiento escrito del casero, obras que modifiquen la configuración de la vivienda. Tampoco podrá realizar tareas que modifiquen el mobiliario, los trasteros, las plazas de garaje y cualesquiera otras dependencias, espacios arrendados o servicios cedidos como accesorios del piso de alquiler. En ningún caso podrá realizar obras que provoquen una disminución en la estabilidad o seguridad de la vivienda.

Si el inquilino realiza este tipo de obras sin permiso del casero, este puede optar por resolver el contrato o por exigir, cuando concluya el arriendo, que el inquilino reponga las cosas al estado anterior. El casero también puede optar por conservar la modificación efectuada, sin que se le pueda reclamar indemnización alguna.

Responsabilidades del casero

Conservación del piso de alquiler

Los costes de las tareas necesarias para conservar la vivienda, recaen sobre el casero. Aquellas tareas que sean de conservación (no de reparación) para evitar, justamente, que se produzcan averías o para mantener el piso en condiciones, debe pagarlas el casero. Por ejemplo, si el casero decide renovar la instalación eléctrica porque la que tiene el piso es muy vieja, esos costes corren por su cuenta. Lo mismo si quiere realizar el servicio técnico o el cambio de un electrodoméstico. Este tipo de tareas no da derecho al casero a elevar por ello la renta.

En el único caso en que este tipo de tareas de conservación recae sobre el inquilino es en el caso de que el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al él o a personas de su casa (familia, invitados).

Tareas de conservación que molesten al inquilino

¿Qué ocurre cuando el casero quiere realizar una tarea de conservación que resulta molesta al inquilino? Cuando la ejecución de la obra de conservación no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el inquilino deberá soportarla aunque le sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de la vivienda. Si la obra durara más de veinte días, habrá de disminuirse la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el inquilino se ha visto privado.

Aviso de obras de conservación o mejora

Dijimos que el casero tiene derecho a realizar obras de mejora en el piso de alquiler. Si estas obras no pueden diferirse, tiene derecho a realizarlas aun cuando sean molestas para el inquilino. Pero la ley establece que en estos casos, el casero deberá notificar por escrito al inquilino, al menos con tres meses de antelación, su naturaleza, comienzo, duración y coste previsible. Durante el plazo de un mes desde dicha notificación, el inquilino podrá desistir del contrato, salvo que las obras no afecten o afecten de modo irrelevante a la vivienda arrendada. El arrendamiento se extinguirá en el plazo de dos meses a contar desde el desistimiento, durante los cuales no podrán comenzar las obras.

En otras palabras, si el casero impone soportar obras molestas e irrelevantes para la vivienda, el inquilino tiene derecho a desistir del contrato. A la vez, si el inquilino decide soportar las obras, tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquéllas. El inquilino podrá exigir una indemnización por los gastos que las obras le obliguen a efectuar.

Reparaciones urgentes

Si sucede una avería que provoque un daño inminente o una incomodidad grave, el inquilino podrá realizar esas reparaciones urgentes. Deberá comunicarlo previamente al casero y le podrá exigir de inmediato el importe del arreglo. Por ejemplo, si se rompió un caño de agua, se inundó el piso y hubo que cortar el suministro de agua, el inquilino está habilitado a contratar a un fontanero y luego pasarle el gasto al casero.

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Además contamos con firma digital en todo tipo de documentos, nos encargamos de la entrega de llaves y de los cobros y pagos de alquiler. Incluimos un seguro de impago y pintamos de manera gratuita el piso luego de que se marche un inquilino. 

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¿Quieres mudarte a un piso de alquiler en Madrid y no sabes qué barrio te conviene? La elección del barrio en el que viviremos no es un tema para tomar a la ligera. Debes conocer bien tus preferencias y averiguar qué barrio se adecúa mejor a ellas. En este post te contamos las características principales de los mejores barrios para alquilar en Madrid.

Si te encuentras en la búsqueda de un piso en alquiler en Madrid, sabes que no es una tarea sencilla. Además, se sabe, el alquiler en Madrid es caro. Encontrar el lugar donde pasarás gran parte de tu vida merece que le dediques tiempo y dedicación. Más aún en el contexto de la pandemia por la COVID-19. En otros contextos, podías pensar que tu piso sería el lugar al que llegarías de noche a comer y a dormir. Pero hoy debes considerar que desde allí realizarás gran parte de tu actividad laboral, académica, social e incluso física. La elección dependerá de qué tipo de vida estés buscando.

Alquiler en Madrid. Chequea los servicios del entorno

Más allá del barrio por el que te decidas, debes chequear con qué servicios y posibilidades de realizar actividades cuentas en el entorno cercano a tu piso de alquiler. Es importante que la zona en la que se emplace el piso en alquiler te permita resolver tu vida diaria a pie. Que en un radio aproximado de 500/1000 metros a la redonda encuentres todo lo que necesites.

Incluso si te manejas en automóvil. Poder salir caminando y encontrar en las cercanías todo lo necesario influirá positivamente en tu ánimo y en tu salud y será más sustentable. La extensión de ese radio dependerá de cuánto estés dispuesto a caminar. Dentro deberás encontrar algún parque, mercados de alimentos, tiendas de ropa o accesorios, ferreterías y casas de electricidad. Si eres deportista, busca si hay un gimnasio o centro de fitness.

Zona Centro: La Madrid cultural

La zona Centro es el distrito más histórico de la ciudad. En él están las zonas más turísticas como la famosa Gran Vía. Allí encontrarás varios teatros y el mercadillo callejero El Rastro, que funciona los domingos y feriados durante todo el día.

Entre sus barrios más populares se encuentran Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia, Universidad y Sol, este último conocido por tener la mayor actividad comercial de la zona.

Existen algunos barrios como La Latina, Malasaña o Chueca donde se aúnan gran cantidad de propuestas culturales, gastronómicas, de ocio y entretenimiento. Son barrios donde existen multitud de tiendas, comercios y discotecas que atraen un gran número de visitantes a la ciudad. Si no te molesta el bullicio de la gran ciudad y quieres vivir en el centro cultural de España, este barrio es para ti. 

Salamanca. La Madrid sofisticada

Salamanca se destaca como un barrio lujoso. Allí podrás disfrutar de su arquitectura clásica y vanguardista en los barrios Recoletos, Goya y Castellana. En las calles Serrano, Claudio Coello y Ortega y Gasset encontrarás las tiendas más lujosas de la capital española.

En lo que a comunicación se refiere, Salamanca está espléndidamente comunicada. Contarás con distintas líneas de metro y autobuses para llegar rápidamente a todas las zonas de Madrid.  La contracara es, lógicamente, que los precios de alquiler son altos. Por lo tanto si buscas alquiler en Madrid barato, esta no es una de las mejores opciones..

Villa de Vallecas. Una perla alejada del centro

Villa de Vallecas se erige como uno de los barrios en expansión y más modernos de Madrid. Conocido por sus grandes avenidas, es un barrio en el que también encontrarás mucho espacio verde. En Villa de Vallecas contarás con una completa dotación de servicios que aportarán comodidad a tu vida. 

Es una excelente opción si buscas zonas alejadas del centro de la ciudad. No obstante, el acceso al centro es sencillo y rápido mediante el tren de cercanías.

Villaverde. Ideal para familias con niños

Si buscas vivienda de alquiler en Madrid para mudarte con niños, Villaverde es una de las mejores opciones. Villaverde es uno de los distritos periféricos de Madrid que más crecimiento ha experimentado durante los últimos años. Está situado en el extremo sur de Madrid, circundado por Getafe, Vallecas, Usera y los términos municipales de Leganés. 

Su ubicación, a unos 600 metros sobre el nivel del mar en promedio, colabora con la reducción de la contaminación. En Villaverde la contaminación es menor que en la mayoría de los barrios madrileños.  Se trata de un barrio que cuenta con metro, buses y trenes y amplios espacios verdes. Si te preocupa encontrar un lugar para educar a tus hijos, en Villaverde no tendrás problemas. El barrio cuenta numerosos centros educativos: 25 guarderías, 19 colegios públicos y 11 privados de educación primaria y 5 institutos de educación secundaria.

Alquiler en Madrid. Ley de Arrendamientos Urbanos.

Por último: a la hora de alquilar, debes saber que la norma madre que regula todo lo que a alquileres se refiere es la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). La última modificación de esta ley fue sancionada el 6 de marzo de 2019 y establece condiciones más favorables para el inquilino que la ley anterior. La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos elevó la duración de los contratos de alquiler de tres a cinco años. Se elevó la prórroga tácita de uno a tres años. Asimismo, se estableció una actualización obligatoria de la renta sujeta a la indexación del IPC. Anteriormente, la actualización de la renta estaba sujeta al pacto de las partes o, en su ausencia, al índice de garantía de competitividad.

Alquiler en Madrid. ¿Tienes dudas? ¿Necesitas ayuda?

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El mercado de alquileres ha tenido que adaptarse forzosamente a la pandemia. Hoy puedes encontrar mayor oferta de alquileres y a precios más económicos. Este fenómeno se da principalmente en las grandes ciudades. Como consecuencia, los inquilinos se encuentran con un mayor margen para negociar las condiciones del contrato de su piso de alquiler. Por otro lado, para los arrendatarios la situación implica más competencia. Incluso, en pisos ya alquilados se registra mayor morosidad en los pagos. Es por eso que el Gobierno ha apuntalado las ayudas para el alquiler.  y, en algunos casos, un aumento de la morosidad. ¿Cómo ha afectado la pandemia a los pisos de alquiler de oficinas y otros rubros no residenciales? En este artículo te lo contamos.

Alquiler de oficinas

El mercado de alquileres en España se ha visto transformado por la pandemia. El aumento del teletrabajo ha producido un desplome de los alquileres de oficinas que, en muchos casos, se han reconvertido en alquileres para vivienda. Esto produjo un aumento en la oferta de pisos de alquiler que, como señalaría Alfred Marshall con un lacónico “se los dije”, redundó en una baja de los precios y un mayor margen para negociar por parte de los inquilinos.

El mercado de alquiler de oficinas mostraba una interesante tendencia a la alza hasta los primeros meses de 2020. Principalmente en las grandes ciudades como Madrid y Barcelona. La irrupción inesperada de la pandemia provocó un verdadero desplome. Muchas empresas se vieron obligadas de la noche a la mañana a ajustar sus procedimientos a distancia y enviar a sus empleados al hogar. En muchos casos, ello demostró una eficiencia laboral mayor a la esperada. Ya no se discute: desde casa se trabaja más. 

Crecimiento del teletrabajo

alquiler teletrabajo

Según un estudio realizado por la empresa Randstad, la cantidad de españoles que teletrabajan se triplicó en 2020, respecto del año anterior. Esta cifra significa que, del total de 18,6 millones de ocupados, el 16,2% trabajan habitualmente desde sus casas, un porcentaje que ha crecido sustancialmente en el último año, ya que en 2019 el peso de estos profesionales era del 4,8%, siendo la tasa más alta de la década hasta el momento.

El estudio de Randstad también ha tenido en cuenta aspectos como el género y la edad de los ocupados que llevan a cabo su empleo desde casa de manera habitual. Las mujeres son las que en mayor medida trabajan desde casa, ya que así lo están haciendo el 18,7% de las ocupadas. Mientras que este porcentaje es del 14,1% en el caso de los hombres. La diferencia es de 4,6 puntos porcentuales.

alquileres Madrid

El estudio también ha tenido en cuenta la tasa de teletrabajo habitual dependiendo de la comunidad autónoma. Se destaca que las comunidades de Madrid y Cataluña son las comunidades donde más se da el teletrabajo y mayor peso tienen estos trabajadores y trabajadoras. En Madrid, el 26,6% de los ocupados trabajan desde sus casas más de la mitad de los días. En Cataluña, el porcentaje de teletrabajadores alcanza el 18,5%. Ambas ciudades se encuentran por encima de la media nacional (16,2%).

Alquileres cancelados

La consecuencia de estos cambios en la manera de trabajar de los españoles (y de todo el mundo) fue la no renovación, la cancelación, la resolución y el desistimiento de los contratos de alquiler de oficinas. Ante la incógnita de cuándo podremos volver a trabajar en las oficinas como antaño, sumada a la efectividad del teletrabajo en aquellos rubros que se lo pueden permitir, cada vez más oficinas permanecen a oscuras y juntando polvo.

Discotecas

alquiler discoteca

Al desplome de alquileres de oficinas se le sumaron otros rubros y actividades igualmente, o incluso en mayor medida, afectados por la pandemia. Es el caso de las discotecas. El negocio del ocio nocturno se ha visto enormemente perjudicado durante todo el 2020. Las administraciones de las diferentes comunidades autónomas han restringido la actividad en mayor o menor medida (o, para ser más justos, en mayor o mucho mayor medida). Las discotecas y locales de ocio nocturno han visto limitados sus aforos y sus horarios y, en muchos casos, han tenido que cerrar sus puertas durante semanas o meses en algunas comunidades autónomas. En todas las comunidades autónomas nos encontramos con locales de este tipo cerrados y a la venta o en alquiler. Las comunidades que más se han visto afectadas son Madrid, Cataluña, Andalucía, Valencia y Castilla-La Mancha.

Alquiler de pisos turísticos

alquiler turístico

Otro rubro que se ha visto también muy afectado por las consecuencias de la pandemia es el de los pisos turísticos. Se calcula que en España hay más de 200.000 pisos turísticos. Sin entrada de turistas a la vista, los propietarios han tenido que buscar alternativas para no tener pérdidas. Hay que tener en cuenta que un piso sin alquilar en lugar de generar ingresos genera costes de suministros y demás cargas. Para detener el sangrado, muchos propietarios buscaron alternativas que les permitieran obtener una renta. Así, se han pasado a la oferta de alquiler residencial no turístico. Si bien la mayor parte eligen el arrendamiento de temporada, ante la incertidumbre futura, muchos ya se han pasado al alquiler de largo plazo.

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¿Quieres cambiar la cerradura de tu piso de alquiler y no sabes si puedes hacerlo sin autorización? Lee este post y despeja tus dudas.

¿Te gustaría cambiar la cerradura de tu piso de alquiler? Si este es tu caso, probablemente te preguntes si puedes hacerlo o no. ¿Debes solicitar permiso al propietario? ¿O es suficiente con solo darle aviso? Si no le avisas al propietario, ¿incurres en un incumplimiento legal o contractual? En este artículo, responderemos todas las dudas al respecto.

Mudarse a un piso de alquiler suele ser un momento de dicha y felicidad para la mayoría de las personas. ¿A quién no le gusta estrenar hogar, adaptarlo a su gusto, organizar el mobiliario, conocer un barrio nuevo? Sin embargo, en algún momento puede sucederte que te genere cierta intranquilidad el hecho de que ese piso ya haya pasado por distintos inquilinos.

Quizá no lo habías pensado y la intranquilidad surja como consecuencia de leer este posteo. En ese caso, te pedimos disculpas. Pero, ¿si alguno de los anteriores inquilinos se quedó con un juego de llaves? Te preguntarás si estás paranoico. Tranquilo: es un temor normal. Aunque confíes en la humanidad, ves las noticias y sabes que puedes ser víctima de un robo como cualquier hijo de vecino. Y, lamento decirte, una vez que la idea se te metió en la cabeza, no volverás a dormir con la tranquilidad que solías hacerlo.

El menor ruido al otro lado de la puerta de entrada, provocará que esgrimas cualquier objeto que tengas a mano para defenderte de los imaginarios intrusos. Absolutamente desvelado, en horas de la madrugada, te preguntarás: “¿Puedo cambiar la cerradura sin más o debo pedirle autorización al propietario? A continuación te damos la respuesta.

Ley de Arrendamientos Urbanos

Lo primero que debes saber es que la norma madre que regula todo lo que a alquileres se refiere es la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). La última modificación de esta ley fue sancionada el 6 de marzo de 2019 y establece condiciones más favorables para el inquilino que la ley anterior. La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos elevó la duración de los contratos de alquiler de tres a cinco años. Se elevó la prórroga tácita de uno a tres años. Asimismo, se estableció una actualización obligatoria de la renta sujeta a la indexación del IPC. Anteriormente, la actualización de la renta estaba sujeta al pacto de las partes o, en su ausencia, al índice de garantía de competitividad.

¿Dice algo la LAU respecto del cambio de cerradura por parte del inquilino? No, la Ley de Arrendamientos Urbanos no dice nada explícito al respecto. En este sentido, puede aplicarse el principio general del derecho que reza “nadie está obligado a hacer lo que la ley no dicta ni privado de lo que ella no prohíbe”. En otras palabras: lo que no está prohibido está permitido. 

Piso de alquiler: obras del arrendatario

La LAU establece que el arrendatario no podrá realizar sin el consentimiento del arrendador, expresado por escrito, obras que modifiquen la configuración de la vivienda o de sus accesorios. No hace falta aclarar que cambiar una cerradura no modifica la configuración de la vivienda. Si interpretamos la letra de la ley a contrario sensu, se concluye que el arrendatario puede realizar obras que no modifiquen la configuración de la vivienda, aun sin consentimiento del propietario. En este sentido, el artículo 21 de la LAU determina que el arrendatario puede y debe realizar a su cargo las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda.

¿El propietario debe tener un juego de llaves?

Nuevamente, nada indica que así deba ser. Si por acuerdo de las partes, prefieren que el propietario guarde un juego de copias para seguridad, pueden hacerlo. Pero debes saber que el propietario no tiene derecho a entrar en el piso mientras tú seas el inquilino. La vivienda es de su propiedad, pero el uso y disfrute es tuyo. Asimismo, debemos dejar claro que el propietario  no tiene derecho a cambiar la cerradura de la vivienda mientras tenga inquilinos en su interior.

Por otro lado, la Ley de Arrendamientos Urbanos también establece que “los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de las partes”. Es decir que, en principio, podría establecerse un mecanismo de visita o inspección de la vivienda por parte del propietario, con algún tipo de notificación previa, claro está. De la misma manera ambas partes podrían acordar que el propietario guarde un juego de llaves por cualquier emergencia que pudiera ocurrir. Eso dependerá de los términos en que pacten arrendador y arrendatario y de la confianza que se tengan.

Qué sucede en la práctica

Realizar un cambio de cerradura en un piso de alquiler es una medida de seguridad lógica y entendible. Realmente, ni tú, ni el propietario ni el agente inmobiliario, pueden garantizar que no haya quedado un juego de llaves en manos equivocadas. Si eres inquilino, puedes realizar el cambio de cerradura con total tranquilidad

No obstante, te recomendamos dar aviso al propietario para mantener una relación cordial y amable. Ten en cuenta que al finalizar el contrato de alquiler, deberás entregarle todos los juegos de llaves.

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Desde Oi Realtor queremos contarte una serie de consejos para que puedas darle un toque especial a tu piso de alquiler. Continúa leyendo y entérate como crear un espacio propio, confortable y con mucho estilo.

Actualmente, debido a la pandemia del COVID-19 y al confinamiento que nos ha obligado a pasar el tiempo dentro de nuestras casas, muchos de nosotros nos hemos dado cuenta de la importancia que tiene sentirse a gusto en nuestro hogar. Por este motivo, es muy importante que lo sientas como un lugar propio, confortable y con mucho estilo.

Por otro lado, es muy habitual que para algunos inquilinos se torne demasiado complicado conseguir que su vivienda de alquiler se parezca a algo que pueda llamarse hogar. Esto se debe a que se trata de una casa ajena, con la que no se encuentran del todo familiarizados, y además, es probable que la decoración no sea de su agrado. Si este es tu caso, no desesperes, aquí te contaremos varios trucos que te serán de mucha ayuda para que logres minimizar lo que no te gusta. También, podrás darle un estilo propio a tu piso sin tener la necesidad de realizar obras, hacer agujeros o bien, pintar las paredes, esto es muy bueno ya que todas ellas son cosas prohibidas, salvo que cuentes con la autorización expresa del propietario.

Colgar espejos y cuadros con tira adhesiva

Piso de alquiler

Que no esté permitido hacer agujeros en las paredes no quiere decir que no tengas la opción de colgar objetos de las paredes de todas formas. Puedes conseguir en cualquier ferretería, unas tiras adhesivas especiales que te permitirán que cuelgues tus cuadros, posters y fotografías favoritos. Incluso, estas tiras adhesivas, te brindan la posibilidad de colocar espejos, que serán útiles para dar una mayor sensación de amplitud a las habitaciones de tu piso de alquiler. Se trata de elementos que, sin lugar a dudas, le darán una gran personalidad y estilo a tu piso de alquiler.

Aplicar vinilos

Piso de alquiler

Si bien no está permitido pintar ni barnizar los muebles y puertas de tu piso de alquiler, puedes optar por otras formas para cambiar su apariencia y darles un estilo propio que podrás retirar fácilmente antes de abandonar la casa. La mejor opción para conseguirlo son los vinilos adhesivos, ya que te permitirán forrar un armario o bien, una puerta con cientos de motivos diferentes. Podrás encontrar diseños que van desde puntos o formas geométricas hasta diferentes paisaje naturales o incluso, superficies que imiten la textura de un material.

Un baño confortable

Piso de alquiler

Por lo general, el cuarto de baño es dejado de lado, ya que la mayoría de la gente no piensa en él como un punto decorativo. No obstante, te sorprenderá lo que puedes lograr con unos sencillos cambios, podrás transformar tu cuarto de baño en un sitio en el que realmente quieras estar. Opta por poner alguna planta de interior, realmente le dará un aire mucho más fresco. Ten en cuenta que las hiedras o helechos pueden hacerse enormes y sus ramas caen, es por este motivo que resultan muy útiles para tapar cosas. Otra buena idea es colocar algún mueble portátil. Además, también puedes colocar un cuadro o bien, una fotografía, y claro que debes elegir a tu gusto las toallas, la alfombrilla y las cortinas de la ducha.

Modifica la iluminación

Piso de alquiler

Otra buena idea para cambiar la apariencia de tu piso de alquiler y darle más estilo propio, es potenciar la iluminación artificial. Se trata de un cambio que modificará tu piso tanto lumínica como estéticamente. Por ejemplo, puedes optar por comprar una lámpara llamativa para el salón, que además de darle un aire nuevo a la decoración también, puede conseguir un cambio en el tono de la iluminación ambiente, dependiendo claro, de la temperatura de color que tú prefieras. Es importante que tengas en cuenta que, para que una estancia se encuentre iluminada de manera correcta, es aconsejable contar con tres focos de luz diferentes.

Otra gran idea, es optar por una iluminación a base de velas. Este tipo de iluminación resulta más tenue y es un recurso muy interesante para conseguir crear un ambiente mucho más cálido y hogareño.

Ten en cuenta los espacios exteriores

Piso de alquiler

Si tienes la suerte de contar con un espacio exterior, como por ejemplo un balcón, un patio o una terraza pequeña, sácale el mayor partido. Es importante que tengas en cuenta que no resulta conveniente invertir demasiado presupuesto en estos lugares. Esto se debe a que existe la posibilidad de que en un próximo piso de alquiler no dispongas de un espacio exterior. Pero esto no significa que no puedas de llenarlo de plantas y, si está dentro de tus posibilidades, puedes conseguir mobiliario exterior a buen precio.

Cambia el aspecto de la cocina

Piso de alquiler

Es muy habitual en los pisos de alquiler, que la cocina sea el espacio más gris de la vivienda. Si además se trata de una cocina antigua, podrás darle un aire mucho más alegre y elegante solo con unos pequeños toques. Por ejemplo, en caso de que la encimera tenga desperfectos, una buena opción es cubrirla con unas tablas de madera, te aseguro que le darán un estilo mucho más moderno y a la vez, acogedor. También, puedes potenciar el menaje de cocina, para hacerlo debe comprar unas bandejas estampadas, jarrones, manteles coloridos y una vajilla acorde a tu gusto.

¿Qué opinas de estos consejos para darle un toque especial a tu piso de alquiler y transformarlo en un lugar propio y con estilo? Déjanos tu comentario, en Oi Realtor nos interesa saber tu opinión.

¿Puedo subalquilar a otra persona una habitación que no uso? ¿Debo dar aviso al propietario? ¿Qué dice la ley? Si eres arrendatario de un piso de alquiler y tienes alguna habitación sin uso, es probable que te hayas hecho estas preguntas. Lee este post e infórmate de todo lo que necesitas saber.

Luego de mucho buscar encontraste tu piso de alquiler. Es ideal. Se encuentra en el lugar que querías, es luminoso y le sobra una habitación para usar como escritorio u oficina. Quizá el valor de la renta esté un poco elevado, pero lo puedes pagar. Pasa el tiempo y te das cuenta de que no le das tanto uso como pensabas a esa habitación extra. Se suma el hecho de que la economía se ha puesto más difícil y el esfuerzo para pagar la renta parece ser cada vez mayor. Una noche a finales de mes, mientras comes nuevamente arroz frente a una pantalla, miras sin mirar hacia esa habitación extra que no usas. Y experimentas una revelación, una epifanía o lo que los budistas llaman satori. El cuenco de arroz que sostenías con las manos se hace añicos contra el piso. Podrías subalquilar la habitación que no usas y con esa renta resolver tus problemas económicos. ¿Puedes hacerlo? En este post te damos la respuesta.

Subalquilar. ¿Qué es?

Subalquilar o subarrendar, es la práctica según la cual una persona da en alquiler a otra una parte o la totalidad de la vivienda que alquila y de la que no es el propietario. En otras palabras, el arrendatario alquila a un tercero (subarrendatario) la vivienda que él mismo habita en calidad de inquilino. De esta manera, el subarrendatario se convierte, en cierta forma, en inquilino del inquilino.

Este tipo de relación contractual se da por diferentes motivos. No es lo más común, pero se da más en contratos de alquiler comercial (oficinas o tiendas) que tienen una duración más extensa en el tiempo y pueden sufrir cambios repentinos por causa de la economía. También sucede con estudiantes o particulares que sufren complicaciones en su economía o quieren hacerse de unos dineros extra.

¿Me conviene subalquilar habitaciones de mi piso?

Es probable que en un principio te entusiasmes con la idea de subalquilar alguna habitación de tu piso. Valorarás principalmente el factor económico. Y pensarás que hasta será divertido tener compañeros de vivienda. Pero debes tener en cuenta que introducir a otra persona en tu vivienda puede traer también complicaciones. Perderás mucha libertad. También tendrás que habituarte a las costumbres de otra persona (horarios, visitas, aseo). La convivencia entre desconocidos (y aun entre conocidos) no suele ser fácil

En relación con las obligaciones legales, existe una alternativa que puede ser mejor que el subarriendo. Esto es, incluir como coarrendatario en tu contrato de alquiler a la persona que se mudará a tu vivienda. De esta manera, le corresponderán los mismos derechos y obligaciones que a ti como arrendatario. 

¿Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos?

Los arrendamientos se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos. La última modificación de esta ley fue sancionada el 6 de marzo de 2019 y establece condiciones más favorables para el inquilino que la ley anterior. La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos elevó la duración de los contratos de alquiler de tres a cinco años. Se elevó la prórroga tácita de uno a tres años. Asimismo, se estableció una actualización obligatoria de la renta sujeta a la indexación del IPC. Anteriormente, la actualización de la renta estaba sujeta al pacto de las partes o, en su ausencia, al índice de garantía de competitividad.

El artículo 8 de la ley establece las condiciones para ceder o subarrendar el contrato. Se entiende que hay cesión del contrato cuando el arrendatario transfiere el contrato de arrendamiento a un tercero (cesionario), quien se erige frente al arrendador como nuevo arrendatario. Como regla general, tanto para ceder como para subalquilar, es indispensable contar con el consentimiento previo del arrendador.

También se establece legalmente que el precio del subarriendo no puede exceder en ningún caso el que corresponde al arriendo original. Así que si pensabas cubrir tus costes de alquiler y obtener además una ganancia, puedes olvidarlo. Obviamente, la duración del subarrendamiento tampoco puede exceder la del arrendamiento original. Los contratos de subarriendo deben formalizarse por escrito indicando claramente la zona de la vivienda que se ha cedido y las condiciones de convivencia. Y, como se dijo, debe constar el consentimiento del arrendador.

¿Qué sucede si subalquilo sin el consentimiento del propietario?

Como dijimos, para subalquilar es indispensable contar con el consentimiento del propietario. La mayoría de los contratos de arrendamiento incluyen una cláusula que especifica que se prohíbe el subarriendo. Si subalquilas sin el consentimiento del arrendatario, estás incurriendo en un inclumplimento contractual y legal. Si aún no firmaste el contrato y quieres tener disponible la opción de subalquilar, háblalo antes con el propietario o con tu agente inmobiliario. 

Los artículos 27 y 35 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que el subarriendo o la cesión inconsentidos son causales de resolución del contrato.

Subalquiler. Excepciones y efectos

El artículo 32 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece una excepción a la prohibición general de subarrendar. Cuando en la finca arrendada se ejerza una actividad empresarial o profesional, el arrendatario podrá subarrendar la finca o ceder el contrato de arrendamiento sin necesidad de contar con el consentimiento del arrendador. 

En esos casos, si el subarriendo es parcial, el arrendador tendrá derecho a una elevación de renta del 10% de la renta en vigor. Si el subarriendo es total, o se produce una cesión del contrato, la elevación de la renta por parte del arrendador será del 20%. Tanto la cesión como el subarriendo deberán notificarse de forma fehaciente al arrendador en el plazo de un mes desde que aquéllos se hubieran concertado

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