Analizamos las restricciones de la movilidad en Cataluña para que sepas cuándo y cómo puedes desplazarte a partir de hoy y durante los próximos quince días.
En este artículo encontrarás:
El aumento en el número de contagios de coronavirus en Cataluña ha obligado a la Generalitat a aplicar nuevas restricciones a la movilidad y a la interacción social. Estas incluyen el cierre perimetral de la Comunidad Autónoma de Cataluña. Que se suma a otras regiones que ya habían decidido implementar esta medida como Navarra, La Rioja, Asturias, Aragón, País Vasco, Andalucía, Murcia y las dos Castillas.
Desde la declaración del estado de alarma que realizó Pedro Sánchez el pasado 25 de octubre, las comunidades autónomas se han visto obligadas a aumentar las restricciones en la movilidad para evitar un nuevo colapso del sistema sanitario. La primera medida aplicada en Cataluña correspondió al toque de queda, que limita la movilidad entre las diez de la noche y las seis de la mañana. Pero ahora se suma una nueva restricción: el confinamiento perimetral de la comunidad autónoma y la prohibición de la movilidad entre municipios durante los fines de semana, salvo excepciones. Estas medidas entraron en vigencia en el día de hoy y habrá multas sustanciosas para quienes no las respeten.
Si bien hasta ahora el Govern pedía a la población limitar la movilidad, el libre albedrío de los ciudadanos parece no haber dado buenos resultados. Por eso, a partir de hoy, las medidas serán mucho más estrictas. Según los nuevos anuncios, solos se podrá circular de la siguiente manera.
Restricciones de la movilidad en Cataluña durante los días de semana
De lunes a viernes los ciudadanos podrán desplazarse dentro de los municipios comprendidos en Cataluña. Pero no podrán sobrepasar los límites de la Comunidad Autónoma. Si, por ejemplo, se quisiera viajar desde Barcelona hasta Madrid, en esta ocasión no podría hacerse sin un permiso pertinente.
Ahora bien, existen excepciones y son las siguientes:
- Asistir a un centro de servicio social o sanitario.
- Obligaciones laborales, empresariales, profesionales, institucionales o legales.
- Asistir a un centro educativo.
- Regresar el lugar de residencia.
- Atender a personas vulnerables o con necesidades, tales como gente grande, menores, dependientes o personas con discapacidad.
- Desplazamientos a entidades financieras o compañías de seguros que se encuentren en los territorios limítrofes.
- Actuaciones frente a organismos públicos.
- Renovación de permisos y documentación oficial, y otros trámites administrativos inaplazables.
- Causas de fuerza mayor o situaciones de necesidad debidamente justificadas.
Restricciones de la movilidad en Cataluña los fines de semana
En el caso de los fines de semana, las medidas son aún más estrictas. Pues se anunció un confinamiento municipal que durará quince días. Y habrá de respetarse en la siguiente franja horaria: desde los viernes a las seis de la mañana hasta los lunes a la misma hora.
Las excepciones a estas medidas son las mismas que describíamos anteriormente. Pero, además, se suman:
- Visitar los cementerios los días 31 de octubre y 1 de noviembre, siempre que el desplazamiento se realice dentro de la misma comarca. Esta excepción se debe a la celebración del Día de Todos los Santos.
- Actividades deportivas al aire libre entre municipios limítrofes.
- Permisos penitenciarios.
Con todo esto se pretende evitar que los ciudadanos se desplacen hacia las segundas residencias durante el fin de semana. Pues de esta manera podrían aumentar los contagios de coronavirus en todos los municipios.
Con respecto al tránsito vehicular, no hay restricciones siempre que la movilidad sea de paso.
Restricciones a las reuniones y salidas del domicilio
Las medidas aplicadas sobre las reuniones y las salidas del domicilio continúan como hasta ahora. Es decir, se recomienda limitar las salidas del domicilio siempre que no sea estrictamente necesario. Además, se solicita que los desplazamientos se realicen en base a la “burbuja de convivencia” (es decir, con aquellas personas que viven bajo el mismo techo) o bien con la “burbuja de convivencia ampliada” (que suma a las personas que trabajan en el mismo sitio).
Continúa también la prohibición de reuniones entre más de seis personas, independientemente de que se realicen en el ámbito público o el privado. Además, se mantiene la prohibición de consumir comidas o bebidas en el espacio público, con la única excepción de las áreas en donde salen los niños de las escuelas.
Restricciones en los servicios y los comercios
En general, las restricciones en los servicios y los comercios continúan como hasta ahora, aunque se suman nuevas medidas.
Las empresas no podrán ofrecer ningún tipo de servicio que implique el contacto corporal, a no ser que se trate de la asistencia sanitaria. También quedan exentas las peluquerías, que podrán trabajar siempre y cuando el motivo de la asistencia se deba a causas de higiene personal.
Los comercios minoristas de alimentación y de otros productos de primera necesidad como farmacias, ópticas y veterinarias, podrán continuar abiertos.
El resto de los comercios minoristas, solo podrán abrir sus puertas si:
Su superficie es menor a 800 metros cuadrados y limitan el aforo al 30% de su capacidad.
En el caso de que el comercio tenga más de 800 metros cuadrados, habrá de limitarse su superficie a este valor y limitar el aforo al proporcional correspondiente a esta reducción.
Los centros comerciales estarán cerrados. Aunque podrán abrir sus puertas las tiendas de alimentación que allí se ubiquen, siempre que su superficie sea menor a 800 metros cuadrados y que se limite el aforo al 30%.
Se permite la venta por teléfono y por internet con la opción de que el cliente se acerque a la tienda a retirarlo siempre que allí se eviten las aglomeraciones. Además, se continúa permitiendo los envíos a domicilio.
Otras suspensiones y cierres
Se suspenden todas las actividades culturales y de ocio, además de las convenciones, las fiestas mayores y los congresos. También cerrarán los casinos, las salas de juegos y los bingos.
Los parques y jardines públicos estarán abiertos únicamente hasta las ocho de la noche. Las ceremonias civiles, religiosas y culturales que hasta ayer debían reducir su aforo al 50%, hoy tendrán que limitarlo al 30%.
En definitiva, se suspenden prácticamente todas las actividades de ocio, además de presentarse nuevas restricciones a la movilidad en Cataluña que impiden:
Salir de la comunidad autónoma durante los días de semana.
Abandonar el municipio de residencia durante de los fines de semana.
Si planeabas viajar a tu segunda residencia en los próximos quince días, lamentamos informarte que las nuevas medidas adoptadas por el Govern, lo impiden. El impacto de estas nuevas restricciones se irá evaluando y solo en el caso de que la curva de contagios de coronavirus se atenúe, las restricciones de irán reduciendo poco a poco.
Justificante de movilidad para poder circular en Cataluña
Si necesitas circular por Cataluña durante los fines de semana o te resulta imprescindible trasladarte hacia otra comunidad autónoma, podrás hacerlo siempre y cuando presentes un documento de responsabilidad, donde se acredita que el desplazamiento se debe a algunas de las excepciones mencionadas anteriormente.
El formato del documento facilita a los Mossos d’Esqauadra la comprobación de que la actividad que realizas en el espacio público durante el horario de toque de queda o el desplazamiento entre municipios o comunidades autónomas corresponde a una de las excepciones contempladas en la normativa. Llevar este documento te facilitará la movilidad, sin embargo, no es obligatorio.
Si quieres descargar el justificante, puedes hacerlo en el siguiente link: Justificante de movilidad Cataluña.
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