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A pesar del descenso que se registra en los precios del alquiler, las viviendas tardan más en alquilarse actualmente. Esto, además del Covid-19, tiene un motivo que veremos en este artículo. Para mantenerte informado sobre la vivienda de alquiler, no te pierdas este post.

Vivienda de alquiler: la caída que se está produciendo

Como resultado de una investigación realizada por el Consejo General de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (CGCOAPI) de España, las rentas en el mercado de alquiler están cayendo, de media, entre un 3% y 6% en las grandes capitales.

El organismo asegura que las propiedades ubicadas en determinadas zonas son las que padecen mayores ajustes. Estos pueden llegar a alcanzar los dos dígitos, respecto a los niveles pre-covid. Igualmente, considera que “en ocasiones, no se está produciendo una rebaja de la renta, sino una flexibilidad en las condiciones de pago“.

El CGCOAPI asegura que “el impacto en los precios del alquiler que está provocando la pandemia se está observando ahora, tras seis meses de las medidas restrictivas de movilidad que han alterado los mercados” y piensa que “es la propia evolución de la economía la que está provocando estos cambios, como, por ejemplo, el crecimiento del paro y la obtención de menores ingresos. Es factible que en los próximos meses se consoliden determinadas tendencias a la baja, por la propia situación vital tanto de arrendadores, que necesitan recibir esos ingresos, como de los arrendatarios, que necesitan mantener su residencia”.

Por otra parte, además del factor económico, el CGCOAPI pone de manifiesto el incremento de la oferta de viviendas de alquiler en el mercado.

¿Por qué se produce este incremento?

Esto sucede ya que muchos propietarios que alquilaban sus pisos a los turistas antes de la pandemia, hicieron el traspaso de estos inmuebles a la oferta del alquiler convencional.

Según los datos arrojados por el portal de Idealista, la oferta de viviendas de alquiler se disparó en más de un 60% desde que comenzó de la pandemia. 

La tardanza de encontrar un inquilino para la vivienda de alquiler

Dejando a un lado lo relacionado con los precios, el mercado del alquiler está sufriendo otro cambio. Se trata del aumento en los plazos temporales que tarda un propietario en encontrar un inquilino

“Un inmueble que se alquilaba antes en 48 horas, ahora puede tardar semanas”, explica el Consejo General de COAPIS. Según el organismo, esto sucede porque “el dinamismo que existía en el alquiler antes del confinamiento ahora ya ha cambiado y el mercado se caracteriza por una mayor lentitud en la necesidad y en la búsqueda”.

La okupación: un problema de las viviendas vacías

Según el Ministerio del Interior, las denuncias por okupación de inmuebles han aumentado en España un 40,9% en cuatro años. Pasando de 10.376 hechos conocidos por las Fuerzas de Seguridad en el año 2015, a la cantidad de 14.621 que se registraron en 2019.

En Cataluña la situación es peor. Ya que si en 2015 se realizaron 3.950 denuncias, en 2019, fueron 6.688. Esto supone un incremento de casi un 70%. Si comparamos el primer semestre de 2019 con el primero de 2020, en Cataluña, en solo un año, hubo un aumento del 13% (de 3.190 a 3.611 denuncias). Concentrando el 48% de las denuncias totales interpuestas en España de enero a junio del 2020.

En el año 2019, según el Instituto Nacional de Estadística, el número medio de hogares alcanzó los 18.625.700. Por lo tanto, se puede afirmar que el porcentaje de viviendas okupadas que se encuentran habitadas es residual.

¿Cómo se procede ante la okupación de una vivienda en alquiler?

La entrada automática en un inmueble para echar a los okupas luego de una denuncia es algo que se pretende que suceda en todos casos. Sin embargo, esto no siempre es posible. Para que pueda realizarse se necesita que la ocupación ilegal de un inmueble revista características de delito, como la Instrucción lo establece. Pero, esto no pasa siempre.

No alcanza solamente con la denuncia para desalojar a una persona de un inmueble. Además de la denuncia, se necesita que el ocupante no pueda acreditar, de ninguna forma, una causa legítima que justifique su estancia en dicha vivienda. Si el okupa es capaz de justificar su estancia en esa vivienda, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado no pueden hacer nada al respecto. Lo único que queda, es llevar la situación al Juzgado, que, llegado el caso, comenzará el adecuado procedimiento judicial.

Hay que tener clara una cosa: no siempre una denuncia de okupación a un inmueble es real. También es verdad que entre muchas de las explicaciones que puede dar el okupante, puede existir un contrato de alquiler falso. El problema es que investigar estos casos extremos no está dentro de las posibilidades policiales, quedando esto, exclusivamente, en manos de los jueces.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Actualmente hay más de 100.000 viviendas okupadas en el territorio español, la mayoría concentradas en Madrid y Barcelona. Queremos ayudarte a que una de esas viviendas okupadas no sea la tuya. Sigue leyendo para saber cómo evitar okupas en tu piso.

El problema de los okupas (contenido actualizado julio 2021)

La okupación es uno de los grandes problemas a los que se enfrenta España desde hace ya varias décadas; pero se ha ido intensificando en estos últimos años. El problema reside, actualmente, en que la ley aplicada en España es muy lenta, y los procesos para desalojar una vivienda okupada tarda meses.

Está claro que lo mejor es no llegar a la situación de tener tu casa okupada y, para ello, lo mejor es evitar la okupacion, es decir, prevenir. Hoy vamos a ver diferentes trucos para prevenir que okupen tu casa y no tengas que lamentarte más tarde.

¿Cómo trabajan los okupas?

«Algunas pistas que nos pueden servir para saber si una casa está abandonada son el polvo y basura en el interior, tapias en la puerta o en las ventanas, suciedad en la fachada, cartas acumuladas sin recoger en el buzón, luces apagadas a todas horas. No obstante, para estar más seguros de que efectivamente la casa está vacía, es aconsejable marcar la puerta con alguna señal discreta y consistente, para no alertar a la propiedad de que su inmueble está siendo controlado. Si la vamos controlando periódicamente podemos saber cuándo se ha abierto la puerta (…) Lo más importante es saber si vive alguien allí, en cuyo caso hay que descartar esa opción porque estaríamos ante un allanamiento de morada«.

Esto es un fragmento del Manual de Okupación difundido por el Movimiento Okupa en Madrid. Aquí se recogen pautas de actuación, en donde se aprovechan los recovecos legales. 

En España hay, actualmente, entre cinco y seis millones de inmuebles deshabitados. Los dueños se sienten desprotegidos e inseguros. El derecho a la vivienda está sobre el de la propiedad privada. Por eso, lo ideal es evitar que los okupas se cuelen en sus casas.

Cerraduras para bloquear a los okupas

Por lo general, los okupas se encargan de entrar en pisos vacíos, o que ven con muy poco movimiento. Rompen la cerradura y entran en la vivienda. Después, cambian el bombillo para tener llave… ¡y ya está! Se convierte automáticamente en su casa y pueden pasar meses o años hasta que se les pueda echar de esa vivienda.

Por lo tanto, una de las principales maneras para evitar la okupación es instalar una cerradura de seguridad, de calidad, para no ponerselo fácil. Incluso podrías instalar una cerradura inteligente, por lo que no podrán forzar la cerradura.

Sin embargo, todo esto puede ser en vano si no seguimos el siguiente punto.

Puerta blindada

Si instalas una súper-cerradura pero la puerta es de cartón, no tiene mucho sentido. Una patada y ya están dentro. Una cosa debe ir con la otra. Una buena puerta blindada impedirá que entren haciendo un agujero en la puerta. Quizá sea más fácil hacer un agujero en la pared o en el ladrillo, que en la puerta blindada.

Hay mucha variedad de puertas blindadas, pero todas llevan chapas de acero en el interior, de diferentes grosores, las cuales dificultan que rompan la puerta. Además, traen integrados cierres para que se sujeten mucho mejor a la pared cuando está la puerta cerrada. Algunas, incluso, cierran la puerta enganchándose también en el suelo y en el techo.

Rejas en las ventanas

Si vives en un bajo a nivel de la calle y las ventanas están expuestas, probablemente por ahí sea la manera más fácil de entrar y okupar una vivienda.

Tener rejas no es de lo más estético, pero es un buen método para evitar los robos por las ventanas y, al mismo tiempo, el ingreso de los okupas. Es muy triste (pero real) que tengas que condicionar la estética de tu propia casa y tener que gastar dinero de tu bolsillo para evitar que te roben.

Todos estos medios físicos que mencionamos no son ninguna novedad. Pero no te preocupes, porque la solución definitiva sí que existe. Y es barata, rápida y eficiente. Ya no te tendrás que preocupar de los okupas. Sigue leyendo…

Las alarmas evitan el ingreso de okupas a tu vivienda

Seguro que ya sabes lo que es una alarma: un sistema electrónico de seguridad. En resumidas cuentas, son unos aparatos que hacen sonar una sirena y, de esta manera, la policía acude cuando alguien entra en tu propiedad.Cuando hay una alarma instalada en una casa y está armada, es decir, encendida, la vivienda está protegida frente a los intrusos. Si un okupa entra a la vivienda, la alarma empieza a funcionar.

En cuanto se da aviso a la policía, esto deja de ser una okupación para convertirse en un allanamiento. Por lo tanto, en cuanto lleguen las Fuerzas de Seguridad se les echará de la vivienda al momento (si es que siguen ahí). Se les pondrá la denuncia correspondiente y se seguirán con los procesos pertinentes. Pero no tendrás la casa okupada. Quizá te hayan roto la cerradura, o una ventana, pero no tendrás okupas si tienes una alarma instalada.

Ya en este punto, nos preguntamos: ¿sirve cualquier alarma? La respuesta es que la más adecuada, es la Alarma conectada a CRA. Esto equivale a una despreocupación total por parte del propietario. Eso sí, tienes que pagar un importe mensual, que varía dependiendo de la empresa contratada.

Para evitar la okupación de una vivienda lo que premia es la rapidez de respuesta. Una Central Receptora de Alarmas está disponible 24 horas, atenta para poder recibir una señal de alarma y actuar en función de las directrices de la empresa instaladora. Incluso, dentro de una alarma con conexión a CRA, hay matices que son importantes.

Alarma con video-verificación

Cuando hablamos de video-verificación nos referimos a la verificación de la intrusión por medio de vídeo o imágenes. Lo que hace falta son pruebas de que ha habido un allanamiento real. Ya todas las alarmas disponen de estos dispositivos. Sobre todo, desde que cambió la normativa en España para aviso a la policía.

Servicio de vigilante

Cada empresa lo llama de una manera, pero al final y al cabo es un vigilante que se desplaza por las zonas donde han saltado las alarmas para verificar las intrusiones, dar parte visual de lo sucedido, denunciar, llamar a la Guardia Civil, etc.

Alarma sin pago: también funciona como anti-okupas

Cuando hablamos de alarmas sin cuotas nos referimos a aquellos sistemas de alarma en los que no hay que pagar una cuota mensual para poder hacer uso de ella. Pero, a cambio, tampoco tenemos conexión con una central receptora de alarmas. El sistema de alarma llama o avisa vía app al propietario del equipo.

Por lo tanto, el funcionamiento sería el siguiente: activas la alarma, te vas de casa, entra un okupa, salta la alarma, te llega una notificación al móvil. Y tú eres el encargado de llamar a la policía, avisándoles sobre el robo.

Ten en cuenta que aquí no tienes ni a un vigilante con llaves disponible 24 horas, ni a una CRA que contesta las llamadas. Todo lo tienes que hacer tú mismo o alguna persona en la que confíes.

Con grabación de imágenes en la nube

Lo más importante: tener pruebas. Si eliges la alarma sin cuotas, instala una con cámaras de seguridad, con grabación en la nube o algo por el estilo. De manera que, si te entran en casa puedas demostrar que fue forzado, que fue una intrusión y todo lo que te pida la Guardia Civil o el juez. Lo de la grabación en la nube o en un sitio remoto es un detalle importante. Ya que, si solo graba dentro de la propia cámara, los okupas pueden llevarse la cámara y te quedas sin grabación.

En cualquier caso, puedes consultar en la web antes de comprar y pedir información de todas las opciones que tienes disponibles.

Repelente de gas pimienta

¿Esta opción es real? Pues sí lo es. Se trata de unos dispositivos que disparan gas lacrimógeno o gas pimienta en la vivienda.

Es muy interesante: es parecido a los dispositivos de humo que impiden la visibilidad, pero estos te cierran los ojos con una irritación en los globos oculares. Está permitido por normativa europea, así que es algo legal. Es un dispositivo muy pequeño, fácil de instalar y no es muy caro. Puedes ponerlo sin necesidad de tener una alarma o como complemento a una que ya tengas en casa. Es ideal para viviendas que están mucho tiempo desocupadas.

En ambos casos, sea si eliges la que va conectada a CRA o no, el efecto disuasorio es muy importante. El hecho de tener un cartel que indica que tienes alarma puede frenar a muchos. Si esto no lo hace, el ruido de la propia alarma puede hacer que se terminen de ir. Y si aun así no se han marchado, la policía les echará a la fuerza.

En OI REAL ESTATE podemos asesorarte sobre esto y mucho más. ¡Contáctanos!

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El Ministerio del Interior dictó una nueva instrucción que elimina el plazo de 48 horas para desokupar un piso. Suma también otras medidas que pretenden dar respuesta al reclamo de los ciudadanos.

El pasado jueves el Ministerio del Interior dictó una instrucción donde se detalla el protocolo de actuación de la fuerzas de seguridad en la ocupación ilegal de los inmuebles. Las novedades recaen, principalmente, en los plazos. Pues se elimina el requisito de las 48 horas para desocupar la propiedad. Además, se agrega una nueva funcionalidad a la aplicación AlertCops, gracias a la cual vecinos, propietarios o cualquier testigo podrán denunciar el delito de ocupación.

Hasta el jueves, la policía tenía un plazo máximo de cuarenta y ocho horas desde el momento de la usurpación para proceder a desokupar un piso. Una vez transcurrido este tiempo, ya no podían llevar a cabo ninguna acción sin previa autorización judicial. Sin embargo, este plazo se ha cancelado luego de que el Secretario de Estado de Seguridad dictara el nuevo protocolo de actuación.

desokupar un piso

Si el delito es flagrante, las fuerzas podrán desalojar a los ocupas sin orden judicial

Si puede demostrarse que el delito es flagrante, las fuerzas de seguridad podrán desalojar la propiedad (sea esta morada o segunda residencia) sin orden judicial. Sin embargo, el gobierno también contempla la posible vulnerabilidad social de los ocupas. Es por ello que propone “una respuesta ágil por parte de las entidades e instituciones sociales y asistenciales con competencias”.

Ahora bien, que un delito sea flagrante significa que sea inmediato y evidente. Entonces, los ocupas deberán ser identificados “in fraganti” para que las fuerzas policiales puedan proceder al desalojo. Si no se detectara la usurpación en el momento en el que se comete, no será posible desalojar el inmueble sin previa autorización judicial.

Nueva funcionalidad en AlertCops

La aplicación para móviles AlertCops es un servicio de alertas de seguridad ciudadana. A través ella, cualquier residente puede solicitar atención en situaciones de riesgos o denunciar delitos. 

Desde el jueves esta aplicación incorpora una nueva funcionalidad que permite a cualquier usuario alertar a las fuerzas de seguridad sobre un allanamiento o usurpación de morada. Con esta acción se pretende facilitar, a través de los testigos, la labor policial.

El Ministerio del Interior considera que el aumento de la okupación en los últimos años no fue exponencial. Sin embargo, con esta medida pretenden dar respuesta al descontento de los ciudadanos.

Si bien no se trata de una reforma legislativa, sino de un protocolo de actuación para los agentes de seguridad basado en la ley actual, sí representa una agilización de los procesos de desalojo.

Tanto si es por vacaciones o si es porque tienes una segunda vivienda a la que no puedes cuidar todos los días, el miedo a que ocupen tu piso siempre está latente. En este artículo te contamos cómo evitar okupas en tu vivienda.

Consejos para evitar okupas

Cuando estás de veraneo y dejas tu casa deshabitada un tiempo, o cuando tienes una segunda vivienda a la que no puedes acudir diariamente, corres el riesgo de que ocupen tu piso.

Por eso, aquí te damos algunos consejos para que esto no te suceda:

  • Alquilar la vivienda para que no quede vacía: además, la casa desocupada se rentabiliza gracias al arrendamiento. 
  • Si no puedes alquilar la casa, haz que parezca que no está deshabitada: recoger las cartas del buzón, establecer un temporizador para encender las luces o encargar a alguien que cuide las plantas y suba las persianas de la casa con regularidad. Con esto parecerá que tu piso está con gente constantemente.
  • Instalar una puerta especial de alta resistencia: estas puertas cuentan con un sistema que hacen prácticamente imposible su apertura sin llave.
  • Instalar una alarma: sobre todo  si posee un mecanismo de video-vigilancia para controlar en todo momento los movimientos que se realicen.
  • Presencia de un conserje o personal de seguridad: tanto ellos como los vecinos pueden avisarte en caso de detectar movimientos extraños en el hogar.

¿Cómo trabajan los okupas?

“Algunas pistas que nos pueden servir para saber si una casa está abandonada son el polvo y basura en el interior, tapias en la puerta o en las ventanas, suciedad en la fachada, cartas acumuladas sin recoger en el buzón, luces apagadas a todas horas. No obstante, para estar más seguros de que efectivamente la casa está vacía, es aconsejable marcar la puerta con alguna señal discreta y consistente, para no alertar a la propiedad de que su inmueble está siendo controlado. Si la vamos controlando periódicamente podemos saber cuándo se ha abierto la puerta (…) Lo más importante es saber si vive alguien allí, en cuyo caso hay que descartar esa opción porque estaríamos ante un allanamiento de morada.

Esto es un fragmento del Manual de Okupación difundido por el Movimiento Okupa en Madrid. Aquí se recogen pautas de actuación, en donde se aprovechan los recovecos legales. 

En España hay, actualmente, entre cinco y seis millones de inmuebles deshabitados. Los dueños se sienten desprotegidos e inseguros. El derecho a la vivienda está sobre el de la propiedad privada. Por eso, lo ideal es evitar que los okupas se cuelen en sus casas.

Consecuencias de la okupación sin alarma

Cuando no se tiene una alarma, el procedimiento de desalojo es muy complicado y sigue un procedimiento concreto. En este caso, se entra en un proceso judicial que puede tardar años en resolverse.

Este proceso requerirá que los okupas se presenten de manera voluntaria ante el juez.

Además, existe la posibilidad de que los okupas se declaren insolventes y no puedan pagar ni los gastos que han efectuado durante la ocupación, como electricidad, agua, etc. Así como cualquier desperfecto en la propiedad ocupada.

En caso de ocupación de una propiedad en la que hay un sistema de alarma instalado el proceso de desalojo es totalmente diferente a cuando no tenemos alarma. En este caso, la ocupación se convierte en allanamiento. El proceso de salto de alarma será el mismo que si entraran a robar.

El sistema de alarma avisará inmediatamente a la central receptora de la empresa de seguridad, que recibirá toda la información, imágenes y vídeos y confirmará si alguien ha entrado en la propiedad con alarma sin permiso.

A partir de aquí el proceso es igual al de cualquier allanamiento. La central avisará a la policía, que se encargará del caso desde ese momento, expulsando a los okupas inmediatamente.

En OI REAL ESTATE estamos para asesorarte en todo lo que necesites. ¡No dudes en contactarnos!

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La ocupación de pisos en España es un problema cuya magnitud va en aumento. En el primer semestre del año 2020 se registraron 7450 denuncias por ocupación ilegal de inmuebles en todo el país. La comunidad catalana liderada la lista del número de ocupaciones por comunidad, ya que registró 3611 casos confirmados entre enero y junio de este año. Esto representa el 48,5% del total de las denuncias.

La irrupción y ocupación de las viviendas vacías viene preocupando a España desde hace años. Se han registrado numerosos casos de distintas índoles. Desde la irrupción en inmuebles vacíos para vivir, hasta la invasión de obra nueva lista para entregar a sus propietarios. Incluso, se han identificado grupos que usurpan las propiedades para luego vender la llave a terceros.

Fernando Valdivia, magistrado juez de Primera Instancia de Barcelona, sostuvo recientemente que “la mayoría de los casos de ocupación […] en los últimos 30 años no eran por vulnerabilidad o riesgo de exclusión social y, sin embargo, suele ser la única alegación que realizan los abogados”.

Ocupación ilegal

La ocupación en números

Según datos del Sistema Estadístico de Criminalidad del Ministerio del Interior, Cataluña es la comunidad autónoma más afectada por la ocupación ilegal, con 3611 casos probados en lo que va del año. Le siguen Andalucía, con 1183 denuncias en el primer semestre, y Madrid con 657.

En Cataluña se refleja un aumento del 13,2% en la cantidad de ocupaciones con respecto al mismo semestre del año 2019. La comunidad valenciana presenta un incremento porcentual mayor (14,11%). Pero, sus cifras absolutas siguen siendo más bajas: el número de denuncias recibidas en el 2020 fue de 566.

Galicia, por su parte, es la comunidad con el mayor incremento porcentual en el número de denuncias: un 33% con respecto al año pasado. Sin embargo, este dato se traduce en una diferencia de 20 casos: 59 en el 2019 y 79 en el mismo semestre del 2020.

Algunas comunidades, como Madrid (con una baja del 9,5%), presentaron una leve disminución en la cantidad de ocupaciones denunciadas. Pero el aumento global en todo el país es evidente. En los últimos siete años, las denuncias por ocupación ilegal se duplicaron hasta alcanzar las doce mil anuales. En todo el territorio español se registraron 7 450 denuncias en lo que va del año 2020. Un 5,03% más que en el 2019.

Gráfico ocupación ilegal

¿Qué dice la ley sobre la ocupación ilegal?

La ocupación en España es un delito, pero el desalojo no es tarea fácil. La Ley establece que, si la Policía actúa en las primeras 48 horas desde la ocupación, el desalojo no necesita orden judicial. Si pasa más tiempo y los ocupas llegan a cambiar la cerradura de la propiedad, el domicilio pasa a ser inviolable. Entonces, solo se puede recuperar la vivienda mediante una orden judicial.

Para que sea ocupación, la persona que accede al inmueble ajeno debe tener voluntad de permanencia. Por otro lado, si mediara la violencia a terceros, hablaríamos de usurpación.

La penalización del delito de ocupación ilegal es de tres a seis meses de multa, sin privación de la libertad.

Todos los partidos políticos tienen propuestas para reformar la Ley. Pero aún no hay consenso.

Es evidente que la ocupación ilegal en España es un problema vigente que afecta al sector inmobiliario en general y a los propietarios en particular. Urge encontrar una solución. Mientras tanto, el número de ocupaciones ilegales sigue aumentando. Y la amenaza hacia los propietarios y hacia los vecinos no tiene fin.

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