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¿Estás pensando en constituir una Sociedad Patrimonial? ¿Quieres comprar un inmueble pero no sabes cuál es la mejor manera de hacerlo? ¡Lee este post y toma nota! Responderemos a estas preguntas entre muchas otras más.

Las Sociedades Patrimoniales no existen. Dado que en el Registro Mercantil no se establece la posibilidad de constituir una Sociedad Patrimonial como tal. En efecto, este concepto solo es relevante a nivel fiscal. Pues en una primera instancia los interesados deberán constituir una sociedad mercantil que luego será o no considerada como patrimonial. Para ello, habrán de cumplirse ciertos requisitos a efectos impositivos.

¿Qué es una Sociedad Patrimonial?

Este tipo de entidades están reguladas por la Ley de Impuesto sobre Sociedades. Allí se establece que serán Sociedades Patrimoniales aquellas que no realicen ninguna actividad económica y cuyo ejercicio principal se base en la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario. Por ejemplo, podría tratarse de una entidad que gestiona valores o de otra que gestiona propiedades.

Ahora bien, cuando en la ley se habla de la actividad económica, se refiere específicamente a que no podrá existir un tercero, ajeno a la Sociedad Patrimonial, que gestione los bienes muebles o inmuebles a través de un contrato en relación de dependencia. O, lo que es lo mismo, para que la Sociedad Patrimonial pueda ser considerada como tal, no podrá contratar a ningún trabajador.

Cabe destacar que sí es posible obtener beneficios económicos del patrimonio incluido en la sociedad. Por ejemplo, sí podrían alquilarse los inmuebles pertenecientes a la entidad, aunque no podría contratarse a un tercero para llevar adelante estas gestiones.

Además, el requisito más importante para que tu sociedad sea considerada como patrimonial, es que más del 50% de sus activos no estén destinados a la actividad económica.

Sociedad Patrimonial

Ventajas de crear una Sociedad Patrimonial

Las Sociedades Patrimoniales son una buena opción en aquellos casos en donde las empresas posean muchos bienes inmuebles, o bien pocos, pero importantes. Ya que la mayor ventaja radicará siempre en los beneficios fiscales.

En efecto, una Sociedad Patrimonial tributa por el Impuesto sobre Sociedades y no por el Impuesto sobre el Patrimonio. Si bien este último tributo depende del importe declarado y de la Comunidad Autónoma en donde se encuentren las propiedades, a grandes rasgos podríamos decir que el Impuesto sobre Sociedades es más ventajoso en cuanto a la cantidad de dinero a pagar. Además, podrás deducir de este tributo los gastos de mantenimiento de los bienes inmuebles que le generan ingresos a tu sociedad.

Por otro lado, gracias a la constitución de este tipo de entidades, podrás ahorrarte el IRPF relacionado con las propiedades que no sean tu vivienda habitual. Este, a grandes rasgos, es el principal motivo por el cual las empresas se deciden por la creación de Sociedades Patrimoniales.

Por último, otro de los grandes beneficios es que a través de las Sociedades Patrimoniales se reduce el riesgo frente a una quiebra. Es decir que, frente a la existencia de una sociedad de tipo general, en caso de quiebra las propiedades serían embargadas por completo. Sin embargo, cuando se trata de una Sociedad Patrimonial, el patrimonio familiar se protege completamente.

Desventajas de crear una Sociedad Patrimonial

Desde el año 2015, las Sociedades Patrimoniales han perdido muchos beneficios. Pues los requisitos se han endurecido para evitar su uso inadecuado. En consecuencia, existen algunas desventajas relacionadas con este tipo de sociedades. Algunas de ellas son:

  • No disfrutarán de los incentivos fiscales destinados a las entidades de dimensión reducida.
  • No se podrán compensar las bases imponibles negativas.
  • No podrán aplicar el tipo de gravamen del 15% por ser entidades de nueva creación.
  • No podrán acogerse a la exención para evitar la doble imposición sobre dividendos y rentas derivadas de la transmisión de valores.
Sociedad Patrimonial

Entonces, ¿en qué casos es conveniente crear Sociedades Patrimoniales?

Será conveniente analizar cada caso en particular antes de decidir si es o no ventajoso crear una Sociedad Patrimonial. Sin embargo, a grandes rasgos, este tipo de entidades son útiles para reducir el tamaño de una gran empresa, dado que sus obligaciones son mayores que las de una PYME.

Además, la posibilidad de separar los bienes inmuebles de la compañía de los activos básicos, evita que los primeros se expongan a los momentos de crisis que pueda atravesar la empresa. De forma tal que terminan protegiéndose frente a posibles quiebras.

Ejemplos de Sociedades Patrimoniales

Existen varios tipos de Sociedades Patrimoniales que podrían clasificarse según el siguiente esquema:

  • Sociedad Patrimonial de inmuebles: en estos casos solo se poseen bienes inmuebles para el uso y disfrute familiar.
  • Sociedad Patrimonial de alquiler de inmuebles: aquí, en cambio, la sociedad alquila sus propiedades. Aunque, como ya te hemos dicho, no podrá contratarse a ninguna persona para que se encargue de estas gestiones. De hacerlo, la sociedad no sería considerada del tipo patrimonial.
  • Sociedad Patrimonial con tenencia de valores: solo se dedican a poseer valores y a invertir en la bolsa. Si bien aquí los inmuebles no forman parte de sus posesiones, las ventajas y las desventajas son las mismas que te hemos enumerado anteriormente.
Sociedad Patrimonial

Paso a paso para constituir una Sociedad Patrimonial

Como te decíamos al principio de este post, el término “Sociedad Patrimonial” es de carácter impositivo. Por lo que, a la hora de constituir la entidad, habrán de seguirse los mismos pasos que dicta la ley para la creación de una sociedad mercantil, ya sea limitada o anónima. Veamos cuáles son.

En primer lugar, deberás solicitar una certificación negativa de la denominación de la sociedad en el Registro Mercantil. Es decir que deberás corroborar que no exista otra sociedad con el mismo nombre.

A continuación, tendrás que abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad y depositar allí el capital social mínimo establecido.

El tercer paso consiste en la elaboración de los estatutos. Esta es quizás la parte más compleja, pero te dejamos una guía aproximada de todo lo que deben contener:

  • Denominación social.
  • Objeto social.
  • Capital social y acciones en las que se divide.
  • Esquema de organización de la sociedad.
  • Metodología que se utilizará para tomar las decisiones que respectan a la sociedad.

El cuarto paso será el otorgamiento de la Escritura Pública de Constitución frente a un Notario. A continuación, se deberá inscribir la sociedad en el Registro Mercantil. Hecho todo esto, ya habrás terminado con la creación de la sociedad y obtendrás tu NIF definitivo.

¿Conviene comprar inmuebles a través de una Sociedad Patrimonial?

Una vez que hayas constituido tu Sociedad Patrimonial y disfrutes de todos sus beneficios, probablemente te preguntes si conviene invertir en propiedades a través de la sociedad o si es mejor realizarlo de manera individual.

La respuesta dependerá exclusivamente del objetivo que se persiga con esta inversión. Dado que el escenario cambiará si se desea comprar una vivienda para trasladarse a vivir o allí o si, por el contrario, se pretende realizar una explotación comercial del inmueble.

Si bien ya conoces las ventajas y las desventajas de la creación de este tipo de entidades, lo mejor será siempre contar con el apoyo de un experto inmobiliario.

En Oi Realtor podemos ayudarte. Por eso, si quieres comprar un inmueble y no sabes cuál será la vía más conveniente para hacerlo, ¡contáctanos! Estaremos encantados de ayudarte.