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ocupación ilegal de viviendas

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En España, la problemática vinculada a la vivienda y la necesidad de regularizar su acceso es un tema de décadas. En esta línea, el Gobierno español intenta intervenir de manera precisa a través de una nueva Ley de Okupas.

Una de las principales consecuencias a la falta de vivienda ha sido el crecimiento de okupaciones. Este tipo de acciones se han convertido en un tema central a nivel nacional por lo que cada una de las administraciones españolas han ido tomando ciertas medidas al respecto.

Una de las últimas noticias tiene que ver con la propuesta del Partido Socialista en relación a la aceleración de desahucios. Es decir, este grupo parlamentario presentó una enmienda al proyecto que prevé que la justicia pueda determinar un desalojo en menos de 48 horas.

En el siguiente artículo te detallamos los principales puntos referidos a esta nueva disposición por parte del PSOE que anucnia una nueva Ley de Okupas. Sigue leyendo.

¿De qué hablamos cunado nos referimos al término okupas?

Como hemos mencionado, la ocupación de manera ilegal de una vivienda en España es una situación que ha ido en aumento en el país. De manera generalizada, este tipo de situaciones se llevan adelante en propiedades que se encuentran vacías, cuya titularidad les corresponde a empresas. No obstante, continúan en aumento aquellas ocupaciones ilegales en viviendas de personas físicas e inmuebles pertenecientes a organismos públicos.

Para poder entender un poco acerca de este colectivo, cuando hablamos de okupas nos referimos a personas que ingresan a una vivienda de manera ilegal cuando la misma se encuentra vacía. Es decir, cuando sus propietarios dejan el inmueble de manera indeterminada.

Una tendencia es que este tipo de situaciones se den en la temporada de verano. Durante estos meses muchos ciudadanos españoles se van de vacaciones y dejan sus viviendas. Uno de los motivos que ha hecho que las okupaciones se incrementen. Además, este fenómeno fue aumentando con la llegada de la pandemia.

En el 2020, la okupación en España aumentó más de un 2,5%. Según los datos de la Secretaría de Estado de Seguridad, casi 15.000 personas han denunciado que han sufrido la ocupación ilegal de su inmueble.

Por su parte, las cifras presentadas por el Ministerio del Interior en 2021 contabilizaron unos 17.200 casos, concentrándose en Cataluña la mayor cantidad con 7300.

La Nueva ley de okupas y las novedades más recientes

De manera reciente, el Partido Socialista de España presentó un proyecto al Congreso para poder realizar desahucios en 48 horas. En este cambio de dirección, el grupo parlamentario socialista ampara una modificación en el artículo 544 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Con este giro, el juez tendría la facultad de dictar la figura de desahucio “express” hasta en un máximo de 48 horas en lo los casos de allanamiento de morada o usurpación de bienes inmuebles.

En definitiva:

Nueva Ley de Okupas

Esta posible medida fue anunciada por Patxi López, portavoz parlamentario. En ella se determinó que los okupas se verán obligados a presentar un título de propiedad o algún comprobante de relación contractual con la vivienda. De lo contrario, se verá desalojado por un juez.

Hasta el momento, el PSOE rechazó iniciativas similares propuestas por parte PP, Vox Y Ciudadano. En este sentido, afirmó que buscan proteger y defender el derecho de las personas a tener su vivienda. Además, el portavoz del partido afirmó que detectar una okupación, denunciar y actuar es de suma importancia y una necesidad.

¿Qué sucederá en los casos de riesgo de exclusión social?

Para esta situación el PSOE explicó que se deberá llamar a una competencia social correspondiente al sector para que pueda ocuparse del caso. En este sentido, resulta primordial tener presente que allanamiento de morada resulta ser un delito. Por lo tanto, no es lo mismo que una okupación.

Por ejemplo, por un lado, puede darse la situación de salir por un momento de la vivienda y al regresar darse con que se encuentra okupada. En estos casos, la solución puede resultar algo sencilla. Llamar a las fuerzas de seguridad, quienes llevarán el proceso de desalojo.

El problema se presenta en las situaciones en las cuales el inquilino deja de pagar el arrendamiento y existe un contrato de alquiler de por medio. Ante estos casos, será necesario acudir a la justicia y esperar unos meses para recuperar la propiedad. En estos casos aplicaría la modificación del artículo correspondiente.

No obstante, la normativa aún no está aprobada, por lo tanto, se deberá esperar para saber si entra en vigor o no.  Por el contrario, en algunas Comunidades Autónomas ya se han establecido algunas normativas para la regulación de las okupaciones con objetivos opuestos.

Recordemos, por otra parte, que el Gobierno ya había dictaminado, el 14 de marzo de 2020, la imposibilidad de desalojar a personas que demuestren una situación económica compleja a causa del Covid. Esta regulación, en diciembre de ese mismo año, amplio el beneficio para cada persona que pueda se considerada vulnerable, sufra de alguna minusvalía o tenga menores a cargo.

Un caso concreto es el de la comunidad catalana.

Cataluña y su propia nueva Ley de Okupas

Con el objetivo de poder afronta la situación habitacional en Cataluña, su parlamento aprobó la Ley 1/2022 el 3 de marzo. Esta normativa es mayormente conocida como Ley Antidesahucios. La misma propone una serie de cambios.

No se trata de la primera vez que la administración catalana busque establecer medidas para regularizar la okupación y las situaciones de desahucios en su territorio. En 2020 se aprobaron en la región una serie de reformas en la Ley de Vivienda. Una de ellos incluía un decreto que se vinculaba directamente con los grandes tenedores de viviendas.

Esta normativa establecía que los grandes propietarios se veían obligados a ofrecer a los okupas arrendamientos con costes más bajos que los estipulados por el mercado. La condición era que se encuentren en la vivienda por un periodo mayor de seis meses.  

No obstante, desde el Tribunal Constitucional la consideraron inconstitucional y quedó sin efecto de manera inmediata. Ante dicha negativa, las autoridades catalanas redactaron una nueva ley que se aprobó en marzo de 2022. La nueva ley de okupas incluye una serie de normas que buscan reducir el número de desalojos y garantizar el derecho al acceso a una vivienda digna.

Una nueva ley de okupas: una tentativa propuesta por el Partido Popular

Otro de los sectores políticos de España propuso una nueva ley de okupa que busca lograr los desalojos en 24 horas y que penalice con prisión este tipo de actuaciones. Se trata de un proyecto de regulación en contra de la ocupación ilegal de viviendas.

Por otra parte, el Partido Popular busca con su propuesta penas de hasta tres años para los casos en los cuales se constate que se trata de un claro delito. Es decir, si se ha ingresado a la vivienda sin llaves, a los golpes. En estos casos, las autoridades correspondientes podrán realizar el desalojo de manera inmediata. Por otra parte, se busca la modificación del Código Penal.

Por último, otro de los puntos centrales de la propuesta de ley es el impedimento de inscripción e las personas okupantes en el padrón municipal. Y, al mismo tiempo, modificar la legislación tributaria. De esta manera, luego de una firme resolución, el legítimo propietario pueda recuperar el IBI abonado y el impuesto sobre patrimonio pagado durante el período de ocupación.

En conclusión, la problemática de la vivienda, de su acceso y de la ocupación ilegal de las mismas continúa siendo un tema presente y complejo dentro del gobierno español. Diversas son las miradas con respecto a como afrontar esta situación y permitir una regulación equitativa para ambas partes.

Los debates por una nueva ley de okupas continuará y con ella el debate para darle forma a una normativa que permita resolver de manera íntegra esta condición.

Si te has quedado con alguna duda respeto al tema. Si tiene nuevas propuestas o una recomendación de lectura, te invitamos nos dejes tu comentario al finalizar la nota. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

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Un año y medio es lo que se tarda en promedio el Poder Judicial en España para definir un proceso de ocupación ilegal de vivienda. Más de 100.000 propiedades se encuentran en esta situación por la que los propietarios sólo pueden esperar a que las consecuencias económicas de la infracción los afecten lo menos posible. En esta nota te contamos los matices de un problema que afecta a todo el territorio nacional y cuáles son las medidas propuestas para solucionarlo.

La ley te ampara, pero se toma su tiempo

El tiempo que se tarda en dictar una sentencia sobre los casos vinculados a la ocupación ilegal de viviendas es un problema que colma varios expedientes en los juzgados. El propio Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) informa que los propietarios, hasta el año pasado, debían aguardar 18,1 meses por una resolución. Esto es la suma de dos instancias: la de procedimientos verbales posesorios por ocupación ilegal de viviendas de los Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción en lo civil (9,6 meses) y las apelaciones de sentencias de juicios verbales de las Audiencias Provinciales (8,5 meses). Estos tiempos son los que aguardan por ejemplo las 13.400 denuncias que informó el Ministerio del Interior entre enero y septiembre de 2021, que a su vez representaban un crecimiento interanual del 20%.

Los datros del CGPJ permiten a su vez identificar los plazos por CCAA. Así, más de la mitad de España registra unos plazos inferiores al promedio nacional, pero la situación es bastante diferente según la zona. Las comunidades donde los fallos llegan con más rapidez son Asturias y Navarra, con 9,3 y 9,7 meses, respectivamente. En el lado opuesto, los procesos más largos se dan en Murcia, donde supera los 21 meses, en Canarias con 22 meses y en Castilla y León, cuyo periodo medio se sitúa en dos años y medio (30,8 meses).

Qué se puede hacer ante la ocupación ilegal de una casa

Datos obtenidos de la Plataforma de Afectados por la Ocupación indican que ya hay en España alrededor de 100.000 inmuebles afectados por la ocupación ilegal y que cada día se producen cerca de 40 nuevas infracciones de ese tipo. Ante este panorama, los especialistas explican que los procedimientos en nuestro país se alargan porque se realizan sin antes deshabitar la vivienda. Es decir, al estar los inquilinos ilegales aún dentro de la casa, se presentan infinidad de recursos, lo que desborda a la Administración de Justicia. Por esto hay quienes exigen reformar la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Enjuiciamiento Penal, con el fin de que los procedimientos de desahucio se lleven a cabo por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado sin esperar la autorización judicial.

Otro camino legal sugerido por los especialistas es reformar el Código Penal para que el delito de usurpación de vivienda tenga penas de prisión menor y no sólo multas económicas. Para ello, es además indispensable que la Fiscalía General del Estado unifique sus criterios e instrucciones con efectos sobre todo el territorio nacional. En particular, que aclare qué se debe entender por un delito de usurpación de vivienda flagrante y cuáles son los plazos que tienen los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad para echar a los inquilinos.

Otras propuestas partidarias

El Partido Popular ingresó este mes en el Congreso de los Diputados una ley contra la ocupación ilegal que permita el desalojo en 24 horas y recupere el delito de usurpación de inmuebles. El objetivo central es evitar que los ocupantes ilegales se empadronen y puedan optar así a los beneficios asignados por las Administraciones Públicas. En el aspecto penal, la propuesta busca además que se pueda dictar prisión contra las personas que con violencia o intimidación ocupen un inmueble. Concretamente las penas irían de uno a tres años de cárcel.

Por otra parte, es del interés de esta normativa otorgar más herramientas de protección legal a los propietarios. Los cambios sugeridos en la Ley de Enjuiciamiento Civil tienden a que los propietarios de una vivienda que sufran este delito puedan agilizar el procedimiento de reclamo. De manera similar, la modificación planteada a la Ley de Propiedad Horizontal tiene como objetivo que las comunidades de propietarios tengan las herramientas necesarias para iniciar el proceso de denuncia de la ocupación.

Existen antecedentes cercanos a estos pedidos. En julio, la Comunidad de Madrid planteó que el ocupa debía ser desahuciado de manera inmediata si no mostraba un título o documento que acreditara el permiso del propietario para residir ahí, en un plazo de 48 horas. Sin embargo, estas propuestas no tienen aún eco en todas las CCAA.

Las propuestas de otros sectores

Ante el efecto negativo que tiene este delito sobre el aspecto económico y legal, también se ha pronunciado el sector inmobiliario con algunas propuestas. Así, el Consejo General de Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (COAPI) propone alcanzar “un pacto de Estado” entre agentes sociales, políticos y técnicos para encontrar “una solución efectiva y a largo plazo”. De lo contrario, aseguran, “se seguirá creando una confusión tanto para el consumidor como para el inversor que es muy perjudicial para nuestro mercado inmobiliario y nuestra economía y que vulnera claramente uno de los derechos que cimentan nuestro Estado de Bienestar, como es el de la propiedad privada”.

Con todo, el problema de la ocupación ilegal de viviendas es un tema que implica a varios actores y afecta muchas susceptibilidades. Por ello, es indispensable alcanzar una legislación que se encargue de abordarlo de manera global y previendo situaciones a largo plazo, en vez de estancar las denuncias en largos procesos judiciales.

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