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Nueva Ley de Vvivienda

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España es un país con un sistema tributario diverso y exigente. En su cartera impositiva existen tributos que gravan de manera directa, en algunos casos, y otros de manera indirecta, como, por ejemplo, el IVA. En el sector inmobiliario son muchos los impuestos que forman parte de una operación de compraventa de un inmueble, como así también para el arrendamiento de una vivienda. La novedad es que el Tribunal Constitucional español declaró la inconstitucionalidad de la Plusvalía Municipal, por lo que dictaminó la anulación de dicho tributo.

La reacción gubernamental no se hizo esperar con lo cual para que los Ayuntamientos puedan continuar recibiendo aportes, el Ministerio de Hacienda planifica un cambio en la legislación que permita mantener activo el impuesto.

En el siguiente artículo te contamos de que se trata la nueva medida, que es y que grava la plusvalía y cuáles serán los actores más afectados. ¡Sigue leyendo!

El Tribunal Constituyente y la eliminación de la plusvalía municipal

El Tribunal Constitucional español determinó la eliminación de la plusvalía municipal. El tributo anulado se abona cuando una vivienda es vendida o heredada. La decisión no está libre de polémica, ya que la plusvalía municipal supone para el estado español uno de los mayores ingresos para los ayuntamientos.

La medida resulta de considerar que el cálculo del gravamen es inconstitucional. La normativa del impuesto establece que siempre existe aumento del valor del terreno o suelo de la vivienda cuando la misma es transferida. La manera de calcular la base imponible del impuesto se lleva adelante a partir de indicadores determinados que se recogen de la Ley de Regulación de Haciendas Locales. Según el tribunal esto es motivo de anulación ya que no en todos los casos el resultado representa de manera real la plusvalía obtenida.

En esta línea argumentativa, el TC afirma que la tributación de la plusvalía municipal afecta de manera directa a los puntos que integran el artículo 31 de la Constitución en relación a la capacidad económica.

¿Qué dice la sentencia del Tribunal Constitucional?

La sentencia del Tribunal Constitucional que se conoció este martes 26 de octubre de 2021 establece la anulación de la plusvalía municipal. La decisión se suma a las otra tres anteriores sentencias en un período de cuatro años en contra del impuesto.

La anulación de la plusvalía municipal significa, para el sistema tributario español, un gravamen que implicó durante años un foco de polémica. En concreto, la sentencia declara inconstitucional el artículo 107.1.2 y el artículo 107.4, que integral el texto de la Ley Reguladora de Haciendas Locales 2/2004.

Como hemos mencionado, se considera al método de cálculo controversial ya que no tiene en cuenta en la operación de venta o de sucesión de una vivienda cuales han sido las pérdidas que se han presentado. Así como tampoco permite conocer la ganancia obtenida realmente.

Datos estadísticos registran que el coste medio a pagar por este impuesta va de los 3.000 a los 6.000 euros. Sin embargo, el valor determinante está vinculado al valor catastral de la propiedad que se está vendiendo o heredando. Por lo tanto, en función a dicho valor los importes por la plusvalía municipal pueden ser mayores.

¿A partir de cuándo tendrá efectos la anulación de la plusvalía municipal?

Según lo informado este martes por el Tribunal, la sentencia de anulación de la plusvalía municipal no tendrá efectos retroactivos. Por lo tanto, solo afectará a cada una de las operaciones que se realicen y concreten a partir de este momento. También, impactará en las operaciones que están en una situación de resolución pendiente en juzgados españoles.

A su vez, se piensa en la posibilidad de que la sentencia pueda rectificar la autoliquidación del impuesto y que hayan sido presentadas en los último cuatro años. Si bien no es algo certero, se lo considera una variable realmente posible.

De esta manera, se trata de uno de los golpes más directos a la aplicación del impuesto. Sucede que han existido sentencias puntuales en las cuales el incremento del valor no ha sido real y otras en las cuales el pago del impuesto superaba a la ganancia.

El antecedente en el País Vasco

En el mes de febrero de 2017 el Tribunal Constitucional ya había establecido la inconstitucionalidad de la norma madre que regula la plusvalía municipal. Se trata de un caso en provincia de Guipúzcoa del País Vasco. La ley reguladora del impuesto en tal localidad es igual a la que funciona a nivel estatal para el territorio español.

Al ser legislaciones similares, la anulación de la plusvalía municipal en País Vasco también establecía la obligación de su limitación a nivel estado. De esta manera, el Tribunal superior entendía que, ante la disminución del valor de un terreno, no existe obligación por parte del contribuyente para el pago de la plusvalía ante la venta o herencia de una vivienda. Esto se debe, a que no se genera para el contribuyente una carga de valor.

Sucede que el tipo impositivo a aplicar en la venta de una propiedad, por ejemplo, no es calculado en relación a lo que se gana o se pierde en dicha operación. Sino por su valor catastral y la cantidad de años en los que una persona ha sido propietario antes de vender o transferir.

En conclusión, la anulación de la plusvalía municipal ya tiene un antecedente muy marcado y por lo tanto tres de los territorios del País Vasco no se verán afectados la sentencia del TC.

¿Cuál fue la respuesta por parte de Hacienda?

Ante la noticia de la sentencia del Tribunal Constitucional de la anulación de la plusvalía municipal, el Ministerio de Hacienda se adelantó y emitió un comunicado informando que presentará un borrador legal para garantizar la constitucionalidad del tributo y la financiación de los ayuntamientos.

A la espera de que el Tribunal Constitucional publique la sentencia, el Ministerio de Hacienda y Función Pública ultima un borrador legal que garantizará la constitucionalidad del tributo, ofrecerá seguridad jurídica a los contribuyentes y certidumbre a los ayuntamientos.”

Comunicado Oficial Ministerio de Hacienda

Según fuentes oficiales, en los próximos días se vendrán novedades respecto al anteproyecto de la nueva Ley de Vivienda y como afectará al sistema tributario. Si te has quedado con alguna duda, debajo de la nota te invitamos a que escribas tu comentario. Desde OI REAL ESTATE te responderemos a la brevedad.

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