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La tecnología evoluciona en todos los campos de nuestra vida. Uno de ellos tiene que ver con  la implementación de la firma electrónica ante el notario. Estas se encuentra normalizadas mediante la Ley 11/2023 del 8 de mayo del año pasado.

Con esta forma, se pueden realizar firmas en las escrituras públicas notariales de forma electrónica. Esto quiere decir que no será necesario dirigirse a las oficinas para poder efectuarlos.

En este post te contaremos de qué se trata y cómo se gestiona la firma electrónica ante el notario. ¿Nos acompañas?

La firma electrónica ante el notario como nueva herramienta facilitadora

Para poder realizar la firma electrónica ante el notario, serán varios los aspectos que tendrás que tener en cuenta. Lo primero que debes saber es que si necesitas de este trámite, tendrás que solicitarlo por medio del Portal notarial del Ciudadano. Esto será para todas las citas con notario que se realizarán a travéz de vídeo conferencias.

La cita podrá pautarse de diferentes formas:

  • La primera será desde la propia notaria. Tendrás que comunicarte, por teléfono, correo electrónico, whatsapp o dirigirte a las oficinas para ello. Deberás aclarar que necesitas que la firma se realice de manera digital.

En este caso, te solicitaran los datos de identificación, como ser DNI, teléfono, correo electrónico, entre todos. Además deberás aclarar que documento es el que necesitas que cuente con la firma electrónica ante el notario.

Cabe destacar que necesitarás estar dado de alta en el Portal Notarial del Ciudadano, y que de esta forma, podrán en la plataforma participar hasta 5 personas en la videoconferencia. Se espera que se pueda ampliar esta cantidad en las próximas mejoras que se le realicen al sistema.

Cuando los datos hayan sido confirmados por el notario, en el portal se abrirá una cita para realizar la firma electrónica ante el notario. La información de ella, será comunicada a los interesados por tres vías. Estas son: correo electrónico, mensaje de texto a los celulares informados y el buzón del portal del ciudadano.

  • La segunda opción es que inicies la cita por medio del Portal Notarial del Ciudadano. Primero deberás ingresar la fecha y el horario conveniente y agregar luego la documentación necesaria. Dentro de la bandeja de entrada, le aparecerá una solicitud.

El Notario se encargará de gestionar la firma, luego de que realice la validación de toda la documentación aportada, para, por último aprobar la cita. Cabe aclarar que, si encuentran algún defecto en la información o existe algo fuera de la ley, la tramitación será cancelada.

Por esta razón, muchas veces, es recomendable que puedas acudir a un notario primero. Así podrás consultar si todo es correcto y no perderás tiempo en el proceso.

El segundo paso, luego de haber obtenido la cita, será el otorgamiento de la escritura notarial por videoconferencia.

Para poder llevar adelante este punto, todos los involucrados deberán haber subido su documento de identidad al Portal Notarial del Ciudadano. Así los profesionales podrán verificarlos.

En el momento en que inicia la videoconferencia, el notario actuante durante el proceso, se identificará y comprobará que el firmante coincide con el DNI que se ha adjuntado. Este proceso se lleva adelante también en la firma presencial.

Una vez zanjado esta parte, deberá leerse la escritura matriz que ha sido enviada por medio de la plataforma. Luego, el notario abrirá el documento para compartirlo en pantalla para que pueda ser observado y verificado por los presentes.

El próximo paso, será iniciar la firma electrónica del documento ante el notario y se habilitará la posibilidad de que cada uno de los interesados ingrese su firma.

Cuando estos tres pasos hayan concluido se dará inicio a la tercera y ultima etapa. Es la firma electrónica ante el notario de la escritura en cuestión. Para ello, él habilitará la firma de los presentes y cada uno de ellos verá un botón verde de firma habilitada. Esto podrá firmarse electrónicamente. Cuando presione ese botón, aparecerá una estaña en la que se deberá seleccionar el certificado que se va a firmar. Este puede ser:

  • Firma electrónica emitida por el Portal Notarial del Ciudadano: para ello, será necesario ingresar luego los códigos de acceso (usuario y firma). Una vez que se haya efectuado, un código llegará al teléfono celular que deberá introducir luego en la aplicación. Este es solo un mecanismo de seguridad. Cuando el proceso quede completado, el certificado contará con una duración temporal y no podrá utilizarse para actuaciones digitales distintas a la firma digital de un documento notarial.
  • Firma emitida por una tercera entidad como la de la FNMT: este certificado de terceros podrá realizarse si es que instalas la aplicación de autofirma. Así podrá cargar la firma por medio de un certificado electrónico e introducir las claves.

Una vez que todos los participantes hayan realizado la firma, aparecerá en la pantalla que la firma ha sido completada. Luego el notario podrá autorizar la escritura con la incorporación de su firma digital notarial.

Qué ventajas tiene esta nueva modalidad

Debes saber que, al poder elegir realizar la firma electrónica ante un notario, los documentos ya se encontrarán digitalizados para su utilización. Por otro lado, este sistema, significa la modernización de todo el servicio público notarial. Es que así, será posible una mayor cercanía y rapidez a la hora de realizar trámites notariales.

Es importante que aclaremos, que esto solo es una opción para los ciudadanos. Esto significa que no es obligatorio que se utilice esta modalidad.

Los mayores beneficiados, probablemente, con esta nueva modalidad son las empresas y sociedades de nuestro país. Esto se debe a que casi todas las escrituras notariales de carácter mercantil y las pólizas podrán firmarse de esta manera.

Así, si las sociedades quisieran optar por este mecanismo, dejarían de perder tiempo teniendo que trasladarse a las notarias. Pese a ello, la realidad es que podría ser una forma de acortar los tiempos para todos los ciudadanos, teniendo que dirigirse a las oficinas para realizar este tipo de gestiones.

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A la hora de vender un inmueble, una de las preguntas que surge, tiene que ver con quien elige al notario en la compraventa. Es que este profesional debe hacer efectiva la compraventa a la hora de realizar la firma de la transferencia.

Lo primero que debes saber es que es un funcionario público al que se autoriza a certificar y dar fe en los documentos legales, contratos, hipotecas y operaciones inmobiliarias. Él será quien garantizará que el procedimiento es legal y auténtico. También dara seguridad jurídica a las partes que forman parte del proceso en cuestión.

Por ello, si estás pensando en realizar una compra o una venta de una vivienda, este post será de utilidad para ti. Aquí te contaremos quién elige al notario en una compraventa, el rol que cumple este profesional, los costes de sus servicios y mucho más. ¿Nos acompañas?

Quién elige al notario en una compraventa y qué rol es el que debe desempeñar

A la hora de realizar la compraventa de una vivienda, quien elige al notario que realizará la transferencia, es una de las primeras preguntas que surge. Es que este profesional será el que te de la tranquilidad respecto a la legalidad y corrección de la operación. Por ello tiene suma importancia tanto para el comprador como para el vendedor quien la llevará adelante.

El notario es un profesional y funcionario público a quien se lo autoriza a certificar que un documento es auténtico y legal. De esta forma a la hora de, por ejemplo, transferir una vivienda, tener la seguridad de que el procedimiento se realizará de manera correcta y dentro del marco de la ley.

Cabe aclarar que, contar con este profesional no será obligatorio a la hora de llevar adelante el proceso. Aunque como dijimos anteriormente, él podrá garantizar que se realice dentro del marco legal. Además, podrá asesorar tanto al comprador como al vendedor sobre las consultas o dudas legales que puedan surgir.

Un punto que tenemos que recalcar, es que únicamente será obligatoria la participación de un notario, en el caso de que se vaya a realizar la firma de una hipoteca.

Pero, continuemos con la duda de quién elige al notario en la compraventa de un bien. Este derecho se le brinda a quien tenga que pagar el monto más alto de los aranceles. Generalmente en la compraventa de una vivienda, este rol lo cumple el comprador.

Debes saber además, que puede que el vendedor no esté de acuerdo con el profesional que se haya elegido. En este caso, deberá presentar una reclamación al Servicio de Atención al Usuario del Colegio de Notarios que se encuentre más próximo a la vivienda.

Uno de los problemas que pueden surgir a la hora de elegir el notario que participar de la compraventa, tiene que ver con la ubicación de la misma. Puede suceder que quien realice la elección, solicite uno que se encuentre a bastante distancia. Esto podría complicar la posibilidad de que ambas partes puedan acercarse para realizar la operación. Lo lógico, aunque no esta contemplado en ninguna legislación, sería que la ubicación del notario sea cercana al lugar en el que se encuentra emplazado el inmueble a vender.

Cuáles son las funciones que cumple un notario

Antes de tomar la decisión de quien será el notario que se elige a la hora de una compraventa, será bueno que conozcas cada una de las funciones que este profesional efectuará durante la operación. Por ello detallaremos a continuación cada uno de los puntos que deberá efectuar:

  • Redactará la escritura de compraventa: los notarios serán los encargados de realizar la redacción de las escrituras de compraventa del inmueble. Esto debe ser dentro del marco que se encuentra dispuesto en la ley vigente.
  • Certificar la titularidad del inmueble: Mediante la solicitud de la nota simple, el notario deberá confirmar que el propietario del inmueble es quien esta realizando la venta. De esa manera se evitarán problemas en el futuro.
  • Se encargará de zanjar todas las dudas: el profesional se encargará de orientar y evacuar todas las dudas que puedan surgir tanto para el comprador como para el vendedor respecto a las cláusulas del contrato. Puede suceder que a la hora de ir avanzando con el proceso de transferencia, las partes pueden tener consultas sobre alguna cláusula en particular del contrato. Será él en particular quien pueda explicar a ambas partes al momento de la firma del contrato lo que no entiendan.
  • Durante 25 años resguardará una copia del contrato de contraseña: puede suceder que la escritura por alguna razón se pierda o se  estropee. En este caso, no debes preocuparte, ya que el notario tendrá la obligación de guardar una copia de este documento durante 24 años.

Qué aspectos tiene que tener en cuenta quién elige al notario en una compraventa

A continuación queremos dejarte algunos consejos a la hora de elegir al notario en una compraventa.

Debes saber que respecto a los honorarios, se encuentran regulados por el Gobierno y en todo el territorio de nuestro país son los mismos.

Estos se fijan entre un 0,2 y un 0,5 por ciento del monto total del inmueble. Cabe clarar que luego, las notarías pueden efectuar descuentos, aunque no sucede en todas.

Para poder incorporarse en el listado de notario de nuestro país, es necesario cumplir una serie de requisitos y además, pasar una oposición regulada por medio del Ministerio de Justicia. Algunas de las exigencias tienen que ver con;

  • Ser español o ciudadano de uno de los países de la Unió Europea
  • Tener un titulo de Doctor o Licenciado en derecho
  • Aprobar la oposición que establece la ley

En el caso de los notarios que efectuarán la labor en una hipoteca, la Ley 5/2019 especifica que los contratos de este tipo deben elegirse de manera libre, tanto en el caso de la firma como para la cancelación del crédito. De esta forma, no será posible que las entidades financieras puedan influir en el notario que efectuará esta labor.

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Si has recibido una sucesión y por medio de ella has adquirido una vivienda o un terreno, debes saber que deberás afrontar diversos tributos y gastos referidos a la misma. Uno de ellos, tiene que ver con la plusvalía de una herencia y genera dudas, muchas veces, cuándo es el momento en que prescribe. Recuerda además que también deberás pagar el impuesto de Sucesiones para poder acceder al inmueble.

Primero que nada, es importante que aclaremos que aquí no nos referimos a la plusvalía municipal. Este tributo es el que debes pagar cuando decides vender tu vivienda. Allí debes establecer cuál es el aumento del suelo en el que se encuentra emplazada tu vivienda, durante el tiempo en que has sido propietario del inmueble. Al hacer frente a este tributo, deberás pagar la subida del suelo que corresponde al tiempo en que el inmueble fue propiedad de quien ha fallecido.

Muchas veces la herencia es para varios herederos. En este caso, cada uno tendrá que hacerse cargo del porcentaje que le corresponde a su titularidad.

En este post te contaremos todo lo que debes saber sobre la plusvalía de una herencia y cuándo prescribe. ¿Nos acompañas?

Qué es y cuándo prescribe la plusvalía de una herencia

Lo primero que debemos tener en claro es: a qué nos referimos con este tributo. Es el Impuesto de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Así pagaremos la subida del valor del suelo durante el plazo que hemos sido propietarios.

Cabe aclarar que cuando recibimos una herencia, será necesario que hagamos frente al pago de este tributo, que debería haber abonado el antiguo propietario, ya que luego pasará a ser nuestro. Luego, si decidimos vender este inmueble, deberemos pagar la subida del valor del terreno, durante el período de tiempo que hemos sido titulares.

El impuesto de plusvalía municipal, debe calcularse y abonarse cada vez que la vivienda se transfiera. Suele ser uno de los gastos más grandes generados por una herencia.

Otro dato importante a tener en cuenta, tiene que ver con que es posible solicitar un aplazamiento o una prórroga del impuesto por la plusvalía de una herencia. Es que suele ser un importe alto a afrontar, tal es así que muchas veces provoca que los herederos deban endeudarse para poder pagarlo. Ten presente que si la intención o el plan es poder poner a la venta el piso, primero deberás pagar estos dos tributos. Recién luego de ello será posible que recuperes el dinero al vender la propiedad.

Cabe aclarar que  en el caso de que la propiedad pase a varias personas, cada una de ellas deberá pagar la porción de vivienda que le corresponde. Si uno de ellos, decidiera no hacerlo, los demás deberán afrontarlo. 

Quien y cuándo debe pagar la plusvalía de una herencia

El Impuesto de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana debe afrontado el heredero. Es él quien legalmente se encuentra obligado a realizar la liquidación del tributo. Esto sucederá siempre y cuando la vivienda se encuentre emplazada en suelo urbano y no rústico.

Con el fin de evitar multas y problemas a la hora de hacer frente a la plusvalía municipal, es importante que conozcas los plazos legales con los que cuentas para  pagarlo.

Existen tiempos estipulados para su pago. Éste no debe ser mayor a los seis meses. Se comenzarán a contabilizar en el momento en que ha fallecido el antiguo propietario. Para ello, será necesario que realices una declaración, mediante la cuál se generará una liquidación definitiva del impuesto de plusvalía por una herencia. Cabe aclarar, que una vez que hayas informado los datos solicitados, el Ayuntamiento será responsable de informar al heredero cuál es el monto que deberá pagar. También establecerá el plazo que tiene para hacerlo y los recursos que puede interponer en el caso de tener alguna objeción con lo informado.

Debes tener presente que si se reclama el impuesto a la plusvalía de una herencia, antes de que prescriba a los herederos y no hayan efectuado el pago, la administración esta habilitada para generar una sanción. La misma puede establecerse entre un 50 y un 150 por ciento por encima del incremento de la cuantía inicial. La misma dependerá de si es leve, grave o muy grave.

Recargos a afrontar por la falta de presentación de la plusvalía de una herencia

En el caso de que la presentación de la plusvalía de una herencia sea presentada fuera del plazo estipulado por la normativa pero antes de que prescriba o la sanción sea emitida, se fijan los siguientes porcentajes de recargo:

  • Si se presentara fuera del plazo finalizado y durante los tres primeros meses, la sanción será del 5 por ciento
  • Cuando se realizara la presentación entre los 3 y 6 meses posteriores, el recargo será del 10 por ciento
  • Al transcurrir entre 6 y 12 meses luego de la finalización, se abonara un 15 por ciento más.
  • El recargo será del 20 por ciento, cuando la confección sea realizada luego de un tiempo mayor al año del tiempo establecido por la reglamentación.

 Cuándo prescribe la plusvalía de una herencia

Otro punto importante que debes tener en cuenta sobre la plusvalía de una herencia, tiene que ver con cuándo prescribe. Es que pasados 4 años y 6 meses del momento en que el antiguo titular del inmueble haya fallecido, este tributo prescribe. Lo que tienes que saber es que solo sucederá cuando la persona que hereda, no ha sido notificada por el Ayuntamiento. Este trámite debe hacerlo la localidad en la que se encuentra emplazado el inmueble que debe recibir el pago del Impuesto de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Terminado ese plazo el pago no podrá ser solicitado.

Ten presente que normalmente las administraciones, no cuentan con ningún tipo de constancia o información respecto al fallecimiento de una persona hasta el momento en que los herederos realizan el trámite por la herencia. Allí el notario debe notificar telemáticamene al Ayuntamiento de este acontecimiento.

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En los últimos meses las subidas en los tipos y los problemas económicos que afectan a nuestro país, han generado que el sector inmobiliario registre mermas en las transacciones. Es que según informan desde el Consejo General del Notariado, cae la compraventa de viviendas en nuestro país.

Este documento, presentado por la entidad, informa que la disminución ha sido de un 14,9 por ciento en el mes de septiembre. Estos datos surgen de la comparación del mismo mes del año anterior. Otro dato, tienen que ver con la solicitud de créditos hipotecario para adquirir una vivienda. Según han dado a conocer, este parámetro ha disminuido en un 22,6 por ciento.

Los notarios, informaron que cae la compraventa de viviendas, ya que se han realizado un total de 48.196 operaciones y el precio promedio del metro cuadrado se ha establecido en los 1.643 euros. De esta forma, se registra también un descenso en esta cifra del 0,9 por ciento.

En este post te contaremos sobre cómo cae la compraventa de viviendas en nuestro país. Estos datos, recordemos, son los recogidos de las transacciones efectuadas en el mes de septiembre de este año. Aquí detallaremos todo lo que tienes que saber sobre este tema y cómo ha evolucionado en las distintas localidades de nuestro país. ¿Nos acompañas?

Cae la compraventa de viviendas según el Consejo General de Notarios

Como todos los meses, desde el Consejo General de Notarios, se encarga de informar la cantidad de transacciones que se han efectuado en nuestro país. Según el último informe presentado, se ha detectado que en el mes de septiembre ha caído la compraventa de viviendas. La merma ha sido de un 14,9 por ciento si se efectúa una comparación con el mismo mes del año anterior.

La cantidad de compraventas informada, ha sido de 48.196 firmas. Respecto a los préstamos hipotecarios, la entidad ha informado que también se ha visto reducida en un 22,6 por ciento. Otro de los datos recogidos, tiene que ver con el coste del metro cuadrado. Este monto ha sido de 1.643 euros el metro cuadrado. Esto implica un descenso del 0,9 por ciento.

Pero analicemos un poco más en profundidad los datos recogidos. Respecto a los pisos, la cantidad de operaciones de compraventa de viviendas realizada ha caído en un 14,3 por ciento interanual. Es que se han efectuado un total de 36.774 transacciones. Por otro  lado, respecto a las viviendas unifamiliares, la disminución ha sido del 19,9 por ciento, con 11.422 firmas.

En cuanto a los valores que se han abonado por estas transacciones, para los pisos ha sido de 1.811 euros el metro cuadrado, registrando una merma del 11,7 por ciento. Para las viviendas de tipo unifamiliar, el coste ha medio ha sido de 1.347 euros, con un aumento del 0,1 por ciento. 

Cae la compraventa de viviendas en todo el país, salvo en dos Comunidades Autónomas

Solo son dos las Comunidades Autónomas en las que la tendencia sostenida en casi todo el país es contraria. Castilla – La Mancha es una de las localidades en la que se ha informado un aumento del 8,4 por ciento. Cantabria, por su parte, ha registrado una subida del 6,3 por ciento.

Por otra parte, cae la compraventa de viviendas, en el resto de las localidades. El país Vasco, por ejemplo, ha informado un descenso del 25,9 por ciento. Cataluña por su parte, la baja ha sido del 21,9 por ciento. Baleares, por otro lado, ha reducido la cantidad de compraventas en un 19,3 por ciento, Canarias, un -19 por ciento. En Madrid, la caída fue el 17,9 por ciento, Navarra, un -17,6 por ciento, Comunidad Valenciana informó un -15,8 por ciento y Andalucía un -15,3 por ciento.

Otro de los datos que surgen del estudio, tiene que ver con las localidades donde, si bien se han registrado caídas, éstas han sido menores que las media nacional. Esto ha sucedido en:

  • La Rioja: un -14,7 por ciento
  • Galicia -9,8 por ciento
  • Murcia: -9,5 por ciento
  • Asturias: 9,1 por ciento
  • Extremadura: -8,4 por ciento
  • Castilla y León: 7,3 por ciento
  • Aragón: cierra la lista con un -7,1 por ciento.

 

Se ha visto reducida la cantidad de préstamos hipotecarios para la adquisición de una vivienda

Según los datos informados por el Colegio de Notarios, durante el mes de septiembre, se ha visto reducida en un 22,6 por ciento interanual la cantidad de solicitudes de préstamos hipotecarios para adquirir una vivienda. El total informado de operaciones ha sido de 20.120 transferencias.

Otro de los puntos, tiene que ver con el monto solicitado para esta operación. Allí también se ha informado un descenso. El monto promedio para ello, ha sido de 143.926 euros. Esto significa una caída del 6 por ciento.

La cantidad de viviendas que han sido financiadas por medio de este tipo operaciones, ha sido del 41,7 por ciento. Incluso para estas transacciones la cantidad de dinero solicitado para ello, supuso en promedio un 70,5 por ciento del total del inmueble.

Este tipo de operaciones, han aumentado únicamente en Castilla – La Mancha. Esta subida ha sido del 4,2 por ciento.

Otras localidades han logrado registrar un comportamiento por encima de la media nacional. Esta situación se ha visto en:

  • Murcia: con un -22,2 por ciento
  • Comunidad Valenciana: un -20,8 por ciento
  • Galicia: informó un -20,5 por ciento
  • Madrid: -19,6 por ciento
  • Aragón: -17,1 por ciento
  • Cantabria: -15,5  por ciento
  • Canarias: -14,6 por ciento
  • Castilla y León: -9,4 por ciento
  • Extremadura: -7 por ciento

Por último, según los Notarios, varias localidades han tenido caídas en la compraventa de viviendas utilizando créditos hipotecarios. Estas han sido:

  • Navarra: -39,1 por ciento
  • Asturias: -36 por ciento
  • La Rioja: -34,5 por ciento
  • Cataluña: -33,4 por ciento
  • Baleares: -28,4 por ciento
  • País Vasco: -26,2 por ciento
  • Andalucía: -23 por ciento.

El monto solicitado en los créditos hipotecarios para solicitar una vivienda, a aumentado en siete comunidades. Del lado opuesto de la vereda, han quedado las otras diez. Las que han informado una subida más importante han sido Baleares con un 8,7 por ciento y Andalucía con un 5,3 por ciento. Los retrocesos, mas significativos se han dado en La Rioja, con un -56,8 por ciento y Navarra con un -28,9 por ciento.

En Oi Real Estate buscamos constantemente la forma de ayudar a todos nuestros clientes a cumplir sus objetivos y sueños. Contamos con un equipo de profesionales idóneos y capacitados para brindarte una asesoría personalizada. Por ello, si estás pensando en vender tu vivienda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Tenemos más de diez años de experiencia en el mercado inmobiliario y estaremos encantados de trabajar para ti.

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A veces a la hora de realizar distintos tipos de trámites es posible que surjan dudas respecto a los poderes notariales. Es que son documentos que no solemos necesitar con frecuencia y muchas veces no tenemos muy en claro de que se trata.

Por ejemplo, si estás pensando en vender o comprar una vivienda que se encuentra emplazada en otro país, los poderes notariales serán de suma utilidad. Es que por medio de ellos, podrás designar a una persona como tu apoderado para hacerlo. También, es posible que al vender tu propiedad, alguna persona se acerque a ti para hacerlo con un poder de representación por ser extranjero. Por ello, es importante saber de qué se trata y si es legal.

Lo primero que tienes que saber es que un poder es un documento público. Para que tenga validez debe haber sido certificado por un notario. Por medio de él, se le permite a una persona física o a una empresa designar a otra persona como representante. Esto significa que le da la potestad de actuar en su nombre para la realización de determinados actos jurídicos. Para que este trámite tenga validez, será necesario que el representante acredite esa designación como apoderado mostrando una copia autorizada. A este tipo de trámite, se lo denomina poderes notariales.

Un punto importante a tener en cuenta es que es posible revocar este tipo de documentos en cualquier momento. Para ello, solo será necesario que solicites la devolución de la copia autorizada que debe presentar el representante.

Si has tenido algún conflicto con la persona a la cuál le has entregado este poder, debes saber que sería conveniente realizar una escritura de revocación del poder. Además, luego de ello deberás notificar esta revocación al representante por medio de un notario. Cabe aclarar que no será necesario que sea el mismo que ha realizado el primer documento.

En este post te contaremos todo lo que necesita saber sobre los poderes notariales, para qué sirven y cuáles son los implicancias. ¿Nos acompañas?

Los poderes notariales: ¿para qué sirven?

Muchas veces, realizar algunos trámites pueden ser una complicación para personas mayores, o propietarios de distintas empresas. Para evitar tener que recurrir personalmente, suelen realizarse estos poderes notariales. Es que estos documentos, son autorizaciones legales, que permiten tanto a personas físicas como propietarios de empresas, nombrar a otras como representantes que puedan efectuar actos jurídicos en nuestro nombre.

Es importante que tengas presente que es posible realizar la revocación de este documento en cualquier momento. Para poder hacerlo, existen dos maneras distintas.

  • La primera tiene que ver con pedirle a la persona que has designado como representante, la devolución de la copia autorizada del poder.
  • Puede suceder que la revocación se solicite luego de algún problema entre las partes, con lo que no sea posible efectuar esta solicitud. En este caso, podrás realizar una escritura de revocación del poder. Será necesario también notificar a esta persona por medio de un notario que se ha efectuado este trámite. Cabe aclarar, que no es obligatorio que sea el mismo profesional el que realice ambos documentos.

Para que el representante pueda acreditar esta autorización, será necesario que cuente con una copia autorizada del poder y pueda exhibirlo en el momento de llevar adelante este acto. Si por alguna razón, no contara con el poder notarial, no podrá efectuarlo.

¿Puede este documento ser utilizado en otro país?

En los últimos tiempos la incorporación de la firma electrónica reconocida, ha permitido algunas facilidades. Es que por medio de ella es posible remitir telemáticamente y de forma inmediata la copia autorizada de los poderes notariales. Estos pueden ser enviados a las distintas notarías sin la necesidad contar con la copia autorizada. De esta manera, es posible ahorrar bastante tiempo en la espera de la obtención de la escritura que necesitará el apoderado para efectuar los trámites para los cuales se ha solicitado el documento.

Un punto importante que debes tener presente es que los poderes notariales en nuestro país, cuentan con un reconocimiento internacional. Esta certificación es la conocida como Apostilla de la Haya. Al realizar este trámite, es posible que sea reconocida la eficacia jurídica que este documento entre todos los países que forman parte del Convenio de la Haya. Cabe aclarar que son muy pocos los países que no se hayan adherido a este acuerdo.

Esta apostilla, es una anotación que debe efectuarse en el documento público notarial. Así pueden utilizarse en otros países. Siempre y cuando se haya realizado el trámite de certificación.

¿Existen distintos tipos de poderes notariales?

Si estás analizando la posibilidad de realizar un documento de este tipo, debes tener en claro que existen distintas clases. Por ello, dependerá de la elección, tanto la redacción como el tratamiento personalizado que deba efectuarse para llevarlo adelante.

Ten presente que será de suma utilidad, que puedas acercarte y consultar con tu notario de confianza o elegido. Él podrá informarte acerca del tipo de poderes notariales que puedes necesitar, más adecuados para tus intereses.

Una de las distinciones que podrás observar en este documento, tiene que ver con las facultades que quieras delegar a tu representante. Algunos de ellos, incluyen un poder de acción de una amplísima gama de actos. Este documento, tiene el nombre de poder general.

Los poderes notariales, no tienen un formato cerrado, por ello es posible configurarlo dependiendo de las necesidades del cliente. Por ello, se dice que existen tantos tipos de poderes como actos o negocios puedan existir.

¿Qué tipo de poderes existen?

Pese a ello, a continuación realizaremos algunas distinciones, sobre los más comunes y cuál es su funcionalidad:

  • El poder para pleitos: este tipo de poderes notariales, sirven para facultar a un procurador a personarse en un juicio. De esta forma podrá representarlo durante el proceso.
  • Poderes notariales para poder contraer matrimonio: mediante este tipo de documento, es posible que los cónyuges que residen en lugares diferentes del mundo o del país, puedan casarse.

No todos los actos o negocios jurídicos pueden ser efectuados por un representante. Un ejemplo de ello, son los testamentos. Es que tenemos que tener presente que otorgar los bienes propios, salvo en el caso de algunas legislaciones autonómicas, es considerado como un acto personalísimo. Por lo que no será posible utilizar poderes notariales para tal efecto.

Por estas razones, te aconsejamos que consultar con un notario que te aconsejarte sobre el tipo de documento que puede cumplir con el objetivo que necesitas.

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Comprar una vivienda es un paso importantísimo en nuestra vida. En este proceso, los notarios cumplen un rol fundamental. Esto tiene que ver principalmente con la comprobación de la legalidad del procedimiento. En el siguiente post te contaremos de qué se trata este trabajo y para qué puedes necesitarlo. ¿Nos acompañas?

¿Qué es un notario?

Si  acabas de comprar una vivienda a través de una financiación bancaria, necesitarás de un notario para realizar esta transacción. Él será el encargado de verificar la legalidad del acuerdo y de brindarle a quienes participan del negocio la seguridad jurídica necesaria.

Éste profesional es un funcionario encargado de velar por la autenticidad de contratos cumplimentando las leyes que rigen en el Estado. Por otro lado, también son asesores en derecho, y pueden certificar otros procesos.
En España, los notarios deben graduarse como licenciados en derecho y luego realizar un concurso público por el cual consiguen el cargo de funcionarios del Estado. También son evaluados para comprobar si son aptos para la labor. Debes saber que su momento de estudiar nunca termina, ya que deben mantenerse al día con las nuevas normativas que puedan sancionarse. Su rol es fundamental ya que deben ser imparciales durante todo el proceso y lograr darle al mismo el marco legal correspondiente.
En cuanto al pago de sus honorarios, se encuentra fijado por el Estado, por ser funcionarios públicos. Esto sucede para que el servicio esté al alcance de todos los ciudadanos.

Recuerda que es posible elegir al profesional de una lista de mas de 3.000 notarios, por lo que seguramente sera posible conseguir uno que se encuentre cerca de tu vivienda.

¿Por qué es mejor contratar notarios?

  • Si estás por firmar un contrato, una transacción o una escritura, hay una serie de razones que debes tener en cuenta a la hora de poner en valor la importancia de los notarios en España:
  • Ellos nos garantizaran tanto la legalidad como la seguridad a la hora de firmar una documentación.
  • Saber que el documento o contrato se encuentra dentro de un marco normativo que no permitirá la alteración del mismo.
  • La posible libre elección de un notario cerca de mi vivienda.
  • La tranquilidad de que es un profesional altamente preparado para el trabajo que desempeñará. No olvides que deben estar en constante actualización tanto en las leyes nacionales como internacionales.
  • Otro punto importante a tener en cuenta, es que se trata de profesionales independientes.
  • Los notarios buscan innovar y adelantarse a los posibles requerimientos sociales y tecnológicos, adaptando constantemente sus funciones.

¿Qué funciones cumple un notario?

  • Revisará que el título de adquisición provisto por el vendedor se encuentre en condiciones óptimas para poder realizar la compra. Esto puede deberse a que existan herencias previas que no hayan sido declaradas o que alguno de los titulares haya fallecido. Si esto sucede, antes de realizar el procedimiento debe buscar la forma de subsanarlo.
  • Constatará que la vivienda no cuente con prohibiciones o limitaciones, por ejemplo a inmuebles que se han establecido como protegidas, propiedades que pertenecen a niños menores de edad o personas con incapacidad. Tampoco puede realizarse la venta de un bien que figure como domicilio conyugal del vendedor.
  • Debe cerciorarse que no existan cargas o gravámenes sobre la propiedad. De existir, informará de qué forma puede realizar la cancelación de las mismas.
  • También se encargará de verificar la situación catastral y registral de la propiedad para corroborar que no haya diferencias en la información presentada y en caso de ser necesario buscar como resolverlo.

Pero no todo tiene que ver únicamente con los registros: también se ocupa de verificar la situación impositiva y gastos que pertenecen a la propiedad. Por otra parte debe supervisar el cumplimiento de la normativa referida a cuestiones energéticas.
Los notarios deben también asesorar acerca del régimen fiscal que debe utilizarse en la compraventa y acreditar de qué forma se realizará el pago. Este trámite principalmente se lleva adelante para evitar fraudes fiscales o blanqueo de capitales.

Una vez efectuada la venta, debe realizar la presentación en el Registro de la Propiedad para dejar asentada la misma y en Catastro Inmobiliario el cambio de titularidad.

¿Cuál es el rol de los notario en relación a las hipotecas?

Los préstamos hipotecarios cumplen una función excluyente a la hora de comprar una vivienda. Suelen ser solicitados por el comprador utilizando una entidad financiera para poder realizar la compra de la vivienda. Debe, el notario, asesorar y controlar la legalidad de estos documentos.
Otra de las importantes tareas llevadas adelante, es la de asesorar a quienes se verán involucrados en la transacción, es necesario corroborar que tengan en claro las condiciones económicas que aceptarán y las consecuencias jurídicas. Cada uno de los involucrados firmará un compromiso y en caso de incumplirlo tendrán penalidades. Por esta razón es importante que sean claras las condiciones. Se realizará una reunión en la que queda instrumentada un acta notarial, sin ningún costo para los implicados.
Debe además, revisar que no haya cláusulas que puedan perjudicar o ser abusivas dentro del contrato. También debe verificar que se cumplimenten los puntos referidos a la transparencia sobre el contrato con la financiera que realizará el préstamo.
Es importante destacar que el notario debe ser elegidos libremente por el cliente, no puede ser designados por el banco con el que se realiza la transacción.

Otros trámites que pueden realizar los Notarios

  • Estos profesionales además realizan los siguientes trámites:
  • Confección de testamentos
  • Disolución y constitución de sociedades
  • Compraventa de propiedades
  • Traspaso de acciones y participaciones
  • Capitulaciones matrimoniales
  • Operaciones de crédito y préstamo
  • Fe de vida
  • Certificar una donación
  • Realizar bodas
  • Separaciones, divorcios.

Como puedes ver, los notarios realizan la tramitación de muchos documentos públicos y privados con el fin de poder certificar la veracidad de los mismos. Existen situaciones en las que no es obligatoria la contratación de éste profesional pero es recomendable para que tenga una validez de legal.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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El día 6 de julio, como todos los meses, el Consejo General del Notariado ha realizado la publicación respecto a la cantidad de operaciones efectuadas durante el mes de mayo. Generalmente, la entrega de los datos suele tardar unos meses, aunque tenemos que tener presente que aquí se detallarán todos los documentos que han sido firmados en esta institución durante ese mes. Por esta razón, es posible que difieran de los informados por otras entidades.

El Consejo del Notariado, no solo nos brinda información respecto a las transacciones, sino también a los precios de las viviendas. Además, las solicitudes de los créditos hipotecarios para la compra de propiedades.

A continuación detallaremos todos los datos que se han informado desde la entidad, que podrían ser de utilidad si has pensado en vender tu vivienda. Ya que gracias a ello, será posible que conozcas de que manera se desenvuelve el mercado y los valores que se establecen de las propiedades. ¿Nos acompañas?

Según el Consejo del Notariado, la cantidad de transacciones de viviendas durante mayo ha sido menor

En el informe presentado por el Consejo del Notariado, durante el mes de mayo, se han registrado un total de 58.880 operaciones de compra venta de viviendas. Esto implica que se ha reducido en un 11,4 por ciento en la tasa interanual.

Respecto al desglose de las transacciones, han detallado, que en cuanto a viviendas unifamiliares, la cantidad de transacciones, ha caído en un 11,8 por ciento interanual, al llegar a un total de 1.644 propiedades.

Por otro lado, en las operaciones que se han efectuado de pisos, la merma ha sido de un 11,2 por ciento, al efectuarse un total de 45.236 compra ventas.

Precios de las viviendas según el Consejo del Notariado

Otro de los datos que nos permite analizar el informe, es respecto al precio del metro cuadrado promedio, explican que se ha establecido en un total de 1.616 euros, lo que significa un alza del 0,8 por ciento por encima del mismo mes del año anterior.

En cuanto a los valores de los pisos, por otro lado, han informado que ha retrocedido en un 0,7 por ciento, respecto al mismo mes del año anterior. Así ha llegado a fijarse, en promedio el metro cuadrado en 1.766 euros.

Para las viviendas unifamiliares, el precio fue de 1.342 euros, y por el contrario de los pisos, se ha establecido un aumento del 3,6 por ciento.

Datos de las compra ventas de propiedades en las comunidades autónomas

Según el informe del Consejo del Notariado, en 15 comunidades ha registrado bajas, mientras que en otras dos, se detectaron incrementos, pero detallemos las que más han registrado modificaciones en este punto:

Las subidas se han producido en:

  • Asturias: que ha registrado un incremento del 8 por ciento,
  • Murcia: según el Consejo, ha aumentado en un 1,3 por ciento en la compra venta de viviendas

Los descensos más pronunciados se han informado en:

  • Navarra: con un -22,8 por ciento
  • País Vasco: por otro lado, ha registrado un -18,7 por ciento
  • Baleares: con un -18,5 por ciento
  • La Rioja: aquí se ha informado un descenso del 17 por ciento
  • Madrid: un -16,8 por ciento
  • Aragón: -16,1 por ciento
  • Galicia: con un -14,3 por ciento
  • Cataluña: informó una merma del 12,4 por ciento en la compraventa
  • Canarias: cierra la lista con un -12.2 por ciento

Mayores aumentos y descensos del precio del metro cuadrado

Otro de los datos que han informado desde el Consejo del Notariado, es respecto a los precios de las viviendas en cada comunidad. Si bien, en promedio, a nivel nacional, ha registrado una subida del 0,8 por ciento, no fue igual en todas las comunidades. En catorce de ellas, se informaron aumentos, y en tres descensos.

Pero los que más han descendido han sido:

  • Navarra, donde el valor del metro cuadrado se deprecio en un 15,4 por ciento
  • Galicia, se ha informado un -6,7 por ciento
  • País Vasco: un -4,4 por ciento

En cuanto a las subidas, las más importantes han sido las de:

  • Castilla – La Mancha: con 23,5 por ciento
  • Baleares: que ha registrado un incremento del 17,2 por ciento
  • Asturias: un 17 por ciento.

Prestamos para adquirir viviendas según el Consejo del Notariado

Otra de la información que aporta el Notariado, tiene que ver con los préstamos hipotecarios. Según han registrado, estas solicitudes han caído en un 23,9 por ciento interanual, alcanzando un total de 25.754 operaciones. Han explicado además que la cantidad promedio de este tipo de  créditos, ha disminuido en un 6,3 por ciento interanual, con un total de 141.915 euros.

Respecto  a la cantidad de viviendas que han sido compradas mediante la financiación de préstamos hipotecarios, ha llegado a un 43,7 por ciento. Por otro lado, con este tipo de financiación, la cuantía del préstamo promedio ha alcanzado un 70,2 por ciento del precio.

Pero ¿Qué ha sucedido en las distintas comunidades autónomas?  Según el informe, la cantidad de prestamos, para comprar viviendas, no han registrado crecimientos, ya desde hace seis meses. Además, se han superado las tasas negativas del 20 por ciento en varias de ellas.

Detallaremos las caídas más importantes:

  • Navarra: ha registrado el descenso más importante, con un 40,6 por ciento
  • Cantabria: alcanzó una caída del 28,6 por ciento
  • Baleares: el Consejo del Notariado ha informado una merma del 27,5 por ciento
  • Madrid: -27,1 por ciento
  • Cataluña: con un 26,7 por ciento
  • País Vasco: registró  un descenso del 25,7 por ciento
  • Galicia: cayó en un 23,8 por ciento
  • Comunidad Valenciana: con un -23,7 por ciento
  • Aragón: aquí, se ha informado una caída del 23,3 por ciento
  • Extremadura: con un 21,8 por ciento
  • Andalucía: cierra la lista con un total de descenso del 21,2 por ciento.

Hasta aquí te contamos los datos que el Consejo del Notariado ha informado respecto a las transacciones que se han realizado en el mes de mayo de este año. Esperamos que esta información haya sido de tu interés y útil.

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Alcanzar la vivienda propia es uno de los objetivos más anhelados por cualquier familia. Y escriturarla no es un tema menor. Desde OI REAL ESTATE te contaremos qué información debe consignarse en ese documento y cómo debe ser la escritura notarial para que nadie pueda empañar tu momento de gloria.

Para realizar la compraventa de una vivienda, que luego servirá como inversión o futuro hogar, es importante que todos los documentos estén en regla, y así evitar futuros inconvenientes. De corroborar esta información se encarga el notario, quien garantizará que toda la operación se encuentra bajo reglamento. Claro que hay algunas cuestiones que conviene saber de antemano.

¿Qué información debe constar en una escritura notarial?

  • Es imprescindible que el profesional dé fe de que tanto el comprador como el vendedor son aptos para realizar esta transacción. Para ello, lo primero que hará el notario es asegurarse de que el titular del bien sea quien está realizando la venta.
  • La escritura notarial debe contar con información del inmueble. Se detallará la superficie que cubre y los límites de la propiedad. Recabará información acerca de los gastos que le corresponden de comunidad, y si se encuentra inscripta en el registro. También revisará la referencia y certificación catastral, para constatar que no se adeuden gastos o impuestos. Si se constata que se encuentran deudas, serán incorporadas al certificado. Lo mismo ocurre con el impuesto sobre Bienes Inmuebles.
  • En caso de que el vendedor haya solicitado una hipoteca o tenga un embargo sobre el bien, el notario dará cuenta de ello para que, antes de realizar la transacción, pueda ser cancelada o subrogada. También deberá corroborar el título del vendedor y el ahorro de energía de la casa con el certificado que corresponde, el cual quedará a nombre del nuevo titular.
  • En la escritura notarial de venta, se declarará el precio que se ha convenido así como la forma de pago que se utilizará. Debe aclararse si la transacción fue realizada por medio de transferencia, cheque o efectivo. En caso de que ambas partes convengan el aplazamiento del pago, es importante dejar asentados los plazos en los que se abonarán los mismos para evitar inconvenientes a futuro.
  • El notario también debe advertir a las partes sobre la obligación que tendrán respecto  del fisco y los impuestos que deberán costear.
  • Por último, debe dejar asentado en la escritura si alguno de los participantes en la compra venta cuenta con alguna ventaja fiscal, por su edad o sus ingresos, para que esta situación sea reconocida por Hacienda.

¿Cuáles son las obligaciones de un notario?

  • Debe constatar, como hemos dicho antes que todos los que participen en la transacción sean quienes dicen ser. Esto significa corroborar la identidad de cada uno.
  • También debe dar fé  de que se encuentran capacitados legalmente para realizar la compraventa, especialmente si alguna de las partes ha elegido un representante.
  • Se cerciorará además de que todos los participantes estén dando un consentimiento real y libre a la hora de realizar la compraventa, sin ningún tipo de presión u obligación para ello que pueda invalidarla.
  • Es importante que pueda otorgar a la transacción el marco de legalidad necesaria. Ejercerá un juicio de legalidad, con ello se califica la escritura dentro de todos los requisitos estipula la Ley.
  • Debe redactar y conformar el documento.
  • Debe leerles el documento a las partes antes de que se firme. De esta forma se informa fehacientemente a las partes sobre todo lo que expresa en el documento, y se asegura de que entiendan todas las consecuencias jurídicas que dicho acuerdo implican. Debe también aconsejarlos y explicarles los medios jurídicos que tienen en sus manos para el logro de las metas que buscan alcanzar. El notario debe asistir principalmente a quien se encuentra en la posición más débil, buscando cumplir una función equilibradora.

Qué es una escritura notarial

Son instrumentos públicos en los cuales el notario debe comprobar hechos, situaciones o cosas que hayan ocurrido en su presencia. Por medio de ellos, se le confiere al documento carácter de auténtico y dotado de toda legalidad, dejando asentada la compraventa de una propiedad.

El Notario realizará las actas en las que se consignará la venta, firmando las partes involucradas y deberá signar y rubricar las mismas.  Si alguno no pudiera o supiera firmar, el notario dejara constancia de este hecho.  Si un profesional notarial interviene en este tipo de documentos, no hará falta la participación adicional de un testigo. Solo será necesario que pueda dar fe del interés legítimo de las partes en la transacción.

¿Cuáles son los efectos de los documentos Notariales?

  • Este tipo de documentos son Instrumentos que poseen fe pública, por lo que son reconocidos como elementos de prueba
  • Se considera que su contenido es verídico e íntegro, ya que son confeccionados según las leyes regulatorias del territorio nacional.
  • Solo podrán ser dejados sin efecto por medio de jueces o tribunales.
  • Constituye un título ejecutivo

Algunas clases de documentos notariales:

  • Escrituras públicas: son aquellas en las que se declara la voluntad de los participantes en aquellos actos en que debe existir el consentimiento de las partes y en cualquier tipo de contrato
  • Actas de presencia: En ellas se deja constancia de la veracidad del hecho que se labra en el acta
  • Remisión de documento por correo: se deja constancia del envío de documentos, debiendo el notario tener que comprobar el documento que se envía, teniendo que dejar en la carta constancia de participación del profesional.
  • Actas de notificación y requerimiento: informan a la persona que recibe la misma, una decisión o información. El requerimiento será para intimar a quien la recibe a adoptar una actitud determinada.
  • Acta de exhibición de documentos o cosas: En ellas se utilizarán fotografías, fotocopias, certificación o planos que puedan ayudar en la descripción por ejemplo de un objeto en particular
  • Actas de referencia: Escribirá de la manera más fidedigna posible las declaraciones que fueron solicitadas, y debe informar al declarante que esa documentación tendrá un valor jurídico en caso de ser necesario.

Esperamos que este post sobre escrituras notariales te haya resultado interesante. Puedes dejarnos un comentario o sugerencia en la casilla debajo del post. Te dejamos a continuación otro artículo que puede llegar a ser de tu interés:

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Es innegable que el impacto del covid 19 en las hipotecas ha tenido diversas consecuencias que modificaron las variables que se consideraban normales antes de la pandemia.

La pandemia  que estalló en el mundo durante el 2020 dejó un tendal de cambios cuyas consecuencias aún estamos evaluando. En cuanto al sector inmobiliario, la crisis económica provocó como en todos los mercados una caída en las ventas. Es por esto que las compraventas de inmuebles descendieron, sobretodo en las primeras épocas de confinamientos severos de la primera ola. Las entidades financieras no tardaron en tomar medidas para contener los efectos de estas caídas emitieron directivas que hicieron caer los índices que guían las hipotecas variables. Esto también repercutió en las hipotecas fijas, que vieron disminuir sus intereses.

En cuanto a los bancos, encarnizaron aún más la guerra por los clientes y comenzaron a ofrecer todo tipo de incentivos para conseguir más usuarios en sus filas.

En cuanto a los comportamientos de los usuarios, un informe del Consejo General del Notariado dió algunas pistas sobre las modificaciones que impulsaron los clientes. Si quieres saber cuáles fueron algunas de las consecuencias del impacto del covid 19 en las hipotecas, no dejes de leer este post! Aquí te comentaremos los nuevos datos del año post comienzo del COVID 19.

El impacto del COVID 19: cómo afectó a la actividad económica y a las hipotecas

Según un estudio presentado por el Consejo General del Notariado el impacto del primer año de la crisis del coronavirus en el mercado se ha hecho notar. La caída de los actos realizados ante notario fue de un 6,1% respecto a los actos otorgados en 2019. Esta reducción se verificó en la mayoría de los actos notariales, pero se hizo más visible en aquellas actividades vinculadas con el ciclo económico, como constitución de nuevas sociedades, operaciones de compraventa de viviendas o constitución de nuevos préstamos hipotecarios.

Cancelación de hipotecas en caída

En 2020 se registró el primer descenso en esta variable de los últimos seis años. Durante el año pasado se firmaron ante notario la cancelación de 296.704 préstamos, un 15% menos que un año antes. Esto supuso la cifra más baja desde 2015. Muy distinto era el panorama de 2009 cuando se cancelaron medio millón de hipotecas y dos años antes en 2007 las cancelaciones superaron las 700.000 unidades.

Subrogaciones en aumento

En otros actos como las subrogaciones hipotecarias, la formalización de moratorias, novación de préstamos o ampliaciones de hipotecas se verificaron subidas. Asimismo en las aumentó la cantidad de actas de transparencia material de las nuevas hipotecas, como mandata la reciente Ley 5/2019 de los contratos de crédito inmobiliario.

La explosión de las novaciones

El número que más se destaca es el de las novaciones, que se dispararon un 300% durante el 2020. De esta forma se volvió a los niveles de 2013, un período recordado como muy crítico del mercado inmobiliario.

Las primeras medidas de apoyo para familias vulnerables fueron gestionadas en forma de moratorias para el pago de los intereses y los préstamos contraídos. Con el correr del tiempo, las moratorias se fueron prorrogando y ampliando en los trimestres sucesivos. Así fue el caso por ejemplo, de las empresas del sector turístico y del transporte.

Estas medias fueron formalizadas ante notario mediante novaciones de préstamos, que alcanzaron en 2020 las 130.000 operaciones, con lo cual registraron un aumento del 298% respecto del año 2019. De esta manera llegaron al mismo nivel de recuperación de los niveles de novaciones suscritas en 2013.

Las medidas que tomó el gobierno para apaciguar la crisis

Durante el 2020 el Gobierno abrió la posibilidad de que los trabajadores y autónomos pidieran una moratoria en el pago de los préstamos. Para poder a dicho beneficio debían acreditar una afectación importante debido a la pandemia. Alguons de los requisitos eran:

  • Haber perdido el empleo
  • Sufrir recortes en los salarios
  • Que la cuota hipotecaria más los gastos y suministros básicos, sea superior o igual al 35% de los ingresos netos del conjunto de los miembros de la unidad familiar,
  • Que los ingresos de todos los miembros del hogar no superaran en tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual, que es de 537,84 euros, o dicho en otras palabras que los ingresos no superaran los 1.613,52 euros al mes. 

Por su parte, la banca también emitió una moratoria que tenía requisitos un poco menos exigentes:

  • Haber entrado en un ERTE, 
  • Haber perdido el empleo o
  • Sufrir pérdidas notables o cese de actividad en caso de autónomos.

Para todos ellos, si la formalización de la hipoteca databa de antes del 14 de marzo de 2020, se presentaba la posibilidad de la mora.

Cuántos pedidos de moratoria se presentaron?

Hasta fines del mes de febrero se concedieron 222.256 moratorias legislativas, de un total de 265.061 solicitudes presentadas. El saldo que queda pendiente de amortización es de casi 20.000 millones de euros. En cuanto a las moratorias sectoriales, donde se incluyen las hipotecas, se otorgaron  casi 820.000 moratorias sectoriales con un saldo pendiente de 32.500 millones de euros. 

Estas medidas de aplazamientos en los plazos de pago siguen vigentes en 2021, luego de que se produzcan nuevos confinamientos debidos a  la segunda y tercera olas de COVID 19. La fecha final para solicitarla es es el  30 de marzo, y a través de ellas se pueden posponer los pagos con un máximo de nueve meses. 

Ampliación plazos de hipotecas y de importes 

Los notarios apuntaron que los usuarios realizaron cambios que tuvieron que ver con la extensión de plazos o de importes. No obstante estas modificaciones fueron más moderadas que las generadas por las novaciones.

La crisis económica llevó a los clientes hipotecarios a realizar una serie de actos notariales. Algunos fueron destinados a mejorar su solvencia  a través de subrogaciones  de deudor y  otros para reducir costes mediante subrogaciones del acreedor. Finalmente otros utilizaron las ampliaciones de hipoteca para tener mayores recursos con el fin de afrontar mejor la  crisis.

Si vamos a los datos, las subrogaciones aumentaron un 13% en 2020, hasta alcanzar las 31.288 operaciones. En tanto las ampliaciones de hipoteca lo hicieron un 12%, llegando a firmar 12.708 operaciones.

¿Te fue útil esta información? Conocés más el impacto del covid 19 en las hipotecas? ¡Esperamos que sí! Nos interesa mucho conocer tu opinión, por lo que si tienes algo para comentarnos puedes escribirnos en la casilla, debajo del post.

Y si necesitas comprar o vender una vivienda, no dudes en contactarnos. Oi Real Estate cuenta con los mejores asesores, a tu disposición.

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