La tragedia ocurrida en el barrio de Nou Campanar en Valencia, ha generado gran revuelo. Ante esto, mucha gente ha empezado a preguntarse sobre los materiales de construcción para prevenir incendios. Esto se debe a que, mas allá de la forma en la que el incendio haya iniciado, la manera tan rápida en la que se propagó ha dejado mucha tela para cortar.
Es que los materiales utilizados en este edificio, como los panales de aluminio, poliestireno y poliuretano, han sido los responsables de este desastre, que ha cobrado la vida de 10 personas. Pese a ello, lo cierto es que no se desaconseja la utilización de ellos, es mas, este tipo de productos de aislamiento se utilizan en la mayoría de los edificios desde hace mucho tiempo.
Lo que debes tener presente es que es necesario que estos materiales, al ser parte constitutiva del cerramiento, que estén homologados por las empresas constructoras, efectuarse sobre ellos los controles de calidad y cumplir con las especificaciones y normativas que correspondan.
Por ello, queremos dejar nuestro granito de arena contándote cuáles son los materiales de construcción para prevenir incendios que hoy en día hay en el mercado. Así que si estás preocupado por este tema, no dudes en leer este post. ¿Nos acompañas?
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Cuáles son los materiales de construcción para prevenir incendios para las fachadas
A la hora de analizar la construcción de una vivienda, y los materiales que sirven para prevenir incendios, debes saber que las fachadas, deben cumplir una serie de funciones. Tienen que ser resistentes a las cargas gravitatorias que pueden suceder tanto por vientos como por movimientos sísmicos. A su vez, deben contar con acondicionamientos térmicos y acústicos, evitar que ingrese agua desde el exterior, ser resistentes al fuego, ser durables. Lo cierto es que podríamos seguir enumerando capacidades de los materiales con los que se construyen los inmuebles pero estos son solo algunos ejemplos.
Los avances tecnológicos han permitido que con el paso del tiempo se vayan perfeccionando. Hasta mediados del siglo XX, se utilizaban para los cerramientos la pierda, el ladrillo y la madera. Luego, se han logrado perfeccionar nuevos materiales tanto para aislamiento, polímeros, composites, adhesivos que han modificado la forma de construir. Es que éstos son más resistentes, ligeros, confortables.
Si analizamos la piedra, por ejemplo, es más resistente que los nuevos materiales al fuego. Pero para poder generar un mejor acondicionamiento térmico, es necesario que tenga un espesor mayor que el panel. Por otro lado, un muro de ladrido de 60 cm de espesor, hoy en día puede obtenerse el mismo resultado con un material de aislamiento de 5 cm de espesor.
Pero, no debemos olvidar que cada parte y material de la construcción forma parte de un sistema. No es una parte aislada. Por ello, es que todos los elementos tienen anclajes en una estructura metálica que se sostiene a un muro o forjado. Cada uno de ellos deberá cumplir con la normativa y ser compatible.
La prevención podría ser una herramienta para evitar este tipo de incidentes
En nuestro país, la edad media del parque inmobiliario es de entre 40 y 50 años. Este puede ser un problema a la hora de la seguridad. Esto se debe a que los edificios más antiguos, pueden tener problemas como deficiencias estructurales. Pero eso no es todo, las instalaciones eléctricas pueden deficientes, haber presencia de materiales tóxicos o inflamable e incluso incumplimiento de la normativa en el momento en que fue construido que pueda ocasionar problemas.
Ante esta situación, un grupo de arquitectos que trabajan y se especializan en las inspecciones técnicas de viviendas, hacen hincapié en la necesidad de poder solicitar revisiones técnicas. Estas podrían solicitarse como parte de la documentación solicitada durante el proceso de compraventa de una vivienda. Al lograr incorporar como obligatorias estas inspecciones, será posible que se logren encontrar defectos antes que ocurra una tragedia.
De esta forma, podrían reducirse los riesgos respecto a problemas estructurales, vicios ocultos en el inmueble. Además, así podrán asegurar la protección de los nuevos propietarios.
Hoy en día, cada vez más personas solicitan la inspección del inmueble como un servicio de relevancia para los compradores. Pero esto no quiere decir que es obligatorio. Si se cambiara y se agregara como requisito, quizás podría prevenir desagradables situaciones y garantizar una compraventa transparente y segura.
En el caso de que los edificios o construcciones, hicieran inspecciones más regularmente, sería factible encontrar o detectar problemas estructurales que podrían afectar la vida útil del inmueble. Una vez detectados, también sería posible buscar soluciones antes de que se desencadenen nuevas tragedias como la ocurrida hace pocos días.
Pero, como veníamos explicando, los materiales han evolucionado. En este momento, la construcción de edificios, es algo mucho más complicado de lo que era años atrás. Es que antes eran pocos los materiales que podrían usarse, y tampoco había una exigencia o estándar respecto al confort.
Hoy en día, con las nuevas políticas de sostenibilidad y de rehabilitación de viviendas, las empresas buscan nuevos materiales que permitan una menor necesidad de electricidad y gas. En el mercado ahora hay muchas más opciones o productos que se comportan de una manera distinta y que cumplen con mayores estándares de confort. Además cuentan con normativas más estrictas a la hora de su fabricación y antes de sacarlos al mercado.
Por ello, es muy importante que se lleve a cabo el cumplimiento de las normativas y se tomen en cuenta las especificaciones de los constructores, y productores. Además es necesario cumplimentar las normativas para los cerramientos. Esto debe efectuarse en cada momento de la obra, principalmente respecto a la protección contra incendios y otros problemas que puedan suscitarse.
Cabe aclarar, que hoy en día, existe una normativa en la que los edificios de más de 30 años en algunas comunidades autónomas, deben realizar las inspecciones correspondientes por la data de su construcción. La periodicidad de ellas, es potestad de cada comuna, con lo que no siempre se realizan en igual edad del inmueble. Luego de esta revisión, se establece también cada cuantos años debe rever el estado, para evitar problemas a futuro.
Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:
Desde el Ayuntamiento de Madrid han presentado en el Boletín Oficial, modificaciones en las normas urbanísticas, y han explicado cuando entrarán en vigor. Mediante ellas, buscan impulsar y facilitar los desarrollos inmobiliarios. Además, se regula tanto el coliving como el cohousing.
El delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad de la Comuna, ha explicado que con estas modificaciones se espera poder adaptar la realidad social, económica y territorial. Es que debemos tener presente que las que se encontraban en uso, eran del año 1997. Los cambios sociales y estructurales ya justificaban la necesidad de generar nuevas regulaciones que abarquen por ejemplo nuevas actividades que surgieron en los últimos tiempos.
En este artículo, te contaremos cuando entrarán en vigor las nuevas normas urbanísticas establecidas por el Ayuntamiento de Madrid. También detallaremos de qué se tratan y para qué se efectuaron. ¿Nos acompañas?
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Nuevas normas urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid
Con el fin de lograr impulsar y facilitar desarrollos urbanísticos, el Ayuntamiento de Madrid ha impulsado nuevas normas. Es que la legislación vigente, databa de 1997. Tengamos presente que al transcurrir tantos años, había situaciones que no estaban reguladas. Por ello, se ha tomado la decisión que generar estos cambios. De esta forma, se busca adaptar la normativa con las nuevas actividades que han surgido, la nueva realidad y los nuevos negocios referidos a las viviendas.
Cabe aclarar que las modificaciones establecidas ya se encuentran vigentes, esto se debe a que ya han sido publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Pero veamos un poco de que se tratan estas modificaciones:
La primera tiene que ver con la obligatoriedad de que las viviendas a construir no puedan contar con menos de 40 metros cuadrados.
En segundo lugar, se regulan tanto el coliving como el cohousing, situaciones que no existían en la vieja regulación
Por tercer término debemos hacer alusión al impulso de los desarrollos urbanísticos.
Por otro lado, Borja Carabante, el delegado de urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, ha explicado que estos cambios efectuados, permitirán un incremento de 214 millones de euros en el PBI de la Comunidad Autónoma. Pero no es todo, también creará más de cuatro mil puestos de trabajo directo y la solicitud de muchas licencias urbanísticas.
Normas urbanísticas del ayuntamiento de Madrid sobre el desarrollo urbanístico
Uno de los principales motores para establecer las nuevas normas urbanísticas, según el Ayuntamiento de Madrid, tiene que ver con la necesidad de aumentar el parque inmobiliario. Mediante esta regulación se intenta impulsar y facilitar los próximos desarrollos. Algunos de ellos son los del Sureste, Madrid Nuevo Norte y la Operación Campamento, la Solana de Valdebebas, la Antigua Cárcel de Carabanchel y la Ribera del Calderón.
Luego se sumarán también los desarrollos Madrid Nuevo Sur y Nueva Centralidad del Este.
Es importante tener presente que en la Comunidad de Madrid, las normas urbanísticas del Ayuntamiento solo regulaba la vivienda colectiva y unifamiliar. Ahora estos cambios introducen dos nuevos modelos residenciales, el Colivin y cohousing.
Estos serán integrados en la categoría de residencia compartida. Allí los residentes no necesariamente se encontrarán unidos por vínculos sociales, religiosos, entre otros.
Para ello, se introduce esta tipología, donde se establecen las condiciones para poder generar una convivencia entre residentes por medio de espacios comunes. Las viviendas, no pueden contar con menos de 15 metros cuadrados por persona, o 10 metros cuadrados si allí se alojara más de un individuo.
Para el cohousing, se incorporan las viviendas colectivas tipo 2. Allí se prima la convivencia entre los residentes. Así los espacios comunes se aumentan, abarcando las zonas de estancia y ocio. En este tipo de viviendas, debe haber como mínimo un total de 30 metros cuadrados de superficie, y otros 10 metros cuadrados para zonas comunitarias.
Cambios en las dimensiones de las viviendas
Las dimensiones de las propiedades han sido analizadas dentro de las nuevas normas urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid. Allí se ha establecido un mínimo de 40 metros cuadrados para las nuevas viviendas de la capital.
Según estos cambios, las terrazas y los cuartos de instalaciones de las viviendas no computarán a efectos de edificabilidad. Debido a ellos se potenciarán los balcones y balconadas. Cabe destacar que esto sucederá tanto para construcciones nuevas como existentes.
Otro punto importante, es que se incorporan modificaciones y mejoras para la regulación de zonas comunitarias, tenderos y trasteros, quedando a fuera del cómputo de edificabilidad.
También se han reescrito las reglas que facilitan la intensificación de usos. Así es posible generar más viviendas para el centro de Madrid. Además se impulsa la recuperación de los patios de manzanas. Esto principalmente se establece para una solución bioclimática. Con ello, se intenta promover actividades nuevas que permitan a su vez dinamizar la economía.
Debemos destacar también, que estas normativas intentan respetar los edificios, su arquitectura, el patrimonio y la historia propia y constitutiva de la ciudad.
Las nuevas normas urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid y las dotaciones en los barrios.
Las nuevas normativas urbanísticas dispuestas por el Ayuntamiento de Madrid, se han implementado para poder solucionar problemas en las distintas localidades. Uno de ellos, tiene que ver con la necesidad de implantar las dotaciones que son necesarias en las distintas localidades de la Comuna. Para poder lograr esta objetivo, se han flexibilizado los usos. También se simplifica la posibilidad de implantar equipamiento para la dotación básica y singular de forma inmediata.
Otro punto importante es que se ha permitido el destino transitorio de solares. Esto podrá efectuarse por un tiempo máximo de cuatro años. Así podrá dedicarse esos lugares como zonas de esparcimiento. Además será factible mejorar el paisaje urbano, hasta el momento en que se edifique el dotacional.
Por último otra de las novedades, tiene que ver con la posibilidad de edificar viviendas tanto tuteladas como de interacción social en suelos rotacionales. Las mismas serán dirigidas a colectivos que tengan necesidades específicas y que necesiten acceder a ellas.
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Desde Oi Real Estate queremos contarte cuáles son los permisos que necesitarás si deseas poner una casa prefabricada. Continúa leyendo el artículo y entérate.
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Para construir una casa prefabricada se requieren algunos permisos. En el siguiente artículo te contaremos cuáles son y qué diferencias existen entre una casa prefabricada y una casa convencional. De este modo, podrás comparar los beneficios y las desventajas entre ambas opciones.
¿Qué es una casa prefabricada?
En primer lugar hay que mencionar que no existen las casas totalmente prefabricadas, así como tampoco existen las casas construidas por completo en el lugar. Para dejarlo más claro, las ventanas de las casas se elaboran siempre en un taller, del mismo modo que otros elementos como pueden ser las puertas y por lo general todo lo que sea carpintería. Por otro lado, también existe una gran cantidad de elementos que ya vienen estandarizados de fábrica. Estos elementos son por ejemplo las calderas, los muebles de cocina y baño, los paneles solares, entre otros.
Sin embargo, también existen elementos que solo pueden ser realizados en el lugar, y el nivel de prefabricación es muy bajo. Por ejemplo, eso sucede con la cimentación, los conductos de las instalaciones, esto incluye fontanería, acabados, telecomunicaciones, electricidad, saneamiento, la mayoría de los aislamientos e impermeabilizaciones, entre otros.
Una vez aclarados todos estos puntos, podemos decir que una casa prefabricada a las viviendas que cuentan con un nivel de prefabricación muy elevado. Los elementos prefabricados más habituales en este caso son la estructura, parte o toda la cubierta, parte o toda la fachada y en ocasiones también la tabiquería.
¿Cuáles son los permisos necesarios para una casa prefabricada?
Una casa prefabricada debe contar exactamente con los mismos permisos que cualquier vivienda convencional. No hay normativa alguna que se encargue de diferenciar entre una casa prefabricada y una convencional. Las dos deberán cumplir el Código Técnico de la Edificación. Esto significa que los permisos o trámites necesarios para una casa prefabricada, así como también para una casa convencional, son los siguientes:
Solicitud de licencia en el ayuntamiento y pago de las tasas correspondientes
Proyecto Básico y de Ejecución, realizado por un arquitecto
Dirección de Ejecución de la Obra, realizada por un arquitecto técnico
Dirección de Obra, realizada por un arquitecto
Coordinación de Seguridad y Salud, realizada habitualmente por un arquitecto técnico
Estudio Geotécnico, realizado por una empresa especializada
Solicitud de la Licencia de Primera Ocupación en el ayuntamiento
Alta de suministros de agua, luz, entre otros, en las compañías que correspondan a cada uno
Realización de las escrituras de propiedad ante notario de la nueva vivienda y presentación en el Registro de la Propiedad
¿Cómo es el proyecto de una casa prefabricada?
Si bien los permisos necesarios para construir una casa prefabricada son los mismos ¿Qué sucede con respecto a los honorarios técnicos? ¿Es necesario un proyecto completo para una casa prefabricada? ¿Es suficiente con un proyecto genérico, debido a que las casas prefabricadas son iguales a las convencionales?
La realidad es que el nivel de prefabricación no afecta a toda la vivienda, siempre hay elementos que varían dependiendo del entorno o de las necesidades del propietario. Un ejemplo de esto es la cimentación, ya que un mismo modelo de vivienda puede variar en diferentes parcelas, esto se debe a que depende fundamentalmente del tipo de terreno de la parcela, de la profundidad del terreno resistente, de la resistencia de este, del nivel freático, entre otros. También puede variar según la pendiente del terreno, ya que los modelos de casas prefabricadas estándar por lo general están pensados para parcelas planas y aisladas. En ocasiones es necesario realizar muros de contención, desmontes, desniveles, entre otros.
Situación de la parcela
Dependiendo de cuál sea la situación de la parcela, el proyecto puede verse muy afectado. Un mismo modelo de casa puede cumplir la normativa de una Comunidad Autónoma pero no de otra, a causa de las Normas de Habitabilidad autonómicas. Por otro lado, también dependen tanto del planeamiento municipal como de las ordenanzas específicas que tenga cada zona. Por ejemplo, existen zonas en las que están prohibidos o sugeridos algunos materiales, proporciones, cantidad de plantas, entre otros.
Instalaciones
Las instalaciones también se modificarán según cuál sea la ubicación. Por ejemplo, una casa en la costa que en la montaña no necesitará el mismo aislamiento que una casa en Canarias. También, los suministros de la zona pueden condicionar bastante el proyecto. Por ejemplo, en ocasiones nos puede interesar instalar calderas de gas, a causa de contar con un depósito de propano próximo o conexión de gas natural, lo que tendremos que complementar con paneles solares o algún otro tipo de energía renovable para el agua caliente, mientras que en otras ocasiones nos puede interesar colocar una caldera de biomasa, debido a contar con un acceso cercano a este tipo de combustible. Por otro lado, el tipo de caldera nos puede condicionar también, a la colocación de suelo radiante o radiadores, de aire acondicionado, de renovación de aire, entre otros.
Ubicación y forma
También son factores de suma importancia tanto la orientación como la forma de la parcela. Esto se debe a que no todos los modelos de vivienda tienen sentido en todas las parcelas. Lo aconsejable es orientar las zonas vivideras hacia las mejores vistas y de ser posible, hacia el sur o el suroeste, por otro lado, las zonas de servicio deben ser orientadas hacia las peores vistas. En ocasiones tenemos interés en vincular algunas zonas hacia el jardín, que no en todos los casos se encontrará en la misma ubicación de la parcela.
Todo esto significa que no existe un proyecto estándar de casa prefabricada. Pero, puede ser que algunas empresas colaboren con arquitectos que ya hayan realizado el mismo modelo de casa más veces y tengan la posibilidad de ajustar un poco más el precio, o que te ofrezcan un pack llave en mano en el cuál esté incluido el precio del proyecto.
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Cuando hablamos de una vivienda VPO nos referimos a inmuebles que forman parte de programas estatales lanzado por el gobierno español, las comunidades autónomas, ayuntamientos y municipios para promover la promoción de la compra y alquiles de viviendas a precios asequibles. Si bien tienen características especiales que definen y califican a una propiedad como protegida oficialmente también son atribuidas, en gran parte de los casos, con créditos hipotecarios. En esta nota, te contamos el paso a paso de como cancelar la hipoteca de una vivienda VPO. ¡Sigue leyendo para enterarte de todos los detalles del proceso!
En este artículo encontrarás:
Hipotecas
En primer lugar, para tener un contexto de todo lo que implica cancelar la hipoteca de una vivienda protegida oficialmente debemos dejar en claro qué es una VPO y qué es una hipoteca.
Cuando hablamos de una hipoteca nos referimos a un crédito cuya devolución está garantizada por el valor de un inmueble. En otras palabras, se trata de una operación que brinda la posibilidad de adquirir una suma determinada de dinero por parte de una entidad financiera de crédito. La persona que recibe el dinero se compromete a devolverlo con intereses por medio de una serie de cuotas. La diferencia fundamental de una hipoteca con cualquier otro tipo de préstamos similar es aquello que se establece como garantía, es decir, el mismo inmueble adquirido.
Un crédito hipotecario puede ser de tipo variable, fijo o mixto. Esta característica dependerá del modo en que estén estructuradas las cuotas y el tipo e interés a lo largo de todo el periodo de devolución.
¿Qué es una vivienda VPO?
Las viviendas VPO son modelos de propiedades que fueron puestas en marcha por el estado español. Su principal característica es que se trata de viviendas de fácil acceso. En otras palabras, los requisitos y los costes de compra no resultan ser tan complicados ni elevados en relación a las condiciones y precios de compra y alquiler de viviendas tradicionales.
El principal motivo de su construcción se vincula a la contención de la siempre problemática habitacional para el acceso a una casa propia o a un alquiler asequible. De esta fomra, todos los programas estatales de cada administración pública tienen como objetivo beneficiar a una parte de la población con ingresos económicos bajos.
¿Es posible cancelar la hipoteca de una vivienda VPO?
La respuesta es sí. Es posible cancelar una hipoteca de una VPO como cualquier otra. Sin embargo, su solicitud es diferente a la cancelación de una hipoteca de una vivienda libre.
El crédito hipotecario se firma a favor del Estado, y no a favor de la entidad bancaria, aunque sí a través de este. Por este motivo, al momento de solicitar la cancelación de una hipoteca de una VPO será necesario contactar con el Ministerio de Fomento.
Se debe enviar por correoo personalmente, al registro del Ministerio de Fomento, ubicado en el Paseo de la Castellana nº 67, 28071, Madrid, la siguiente documentación:
Nota literal completa o certificación de la inscripción de la VPO en el Registro de la Propiedad.
Fotocopia del DNI.
Recibo de la última cuota abonada.
Autorización del titular de la vivienda (únicamente si se actúa en su nombre).
Otros lugares donde se puede presentar la solicitud:
Oficina de Correos.
Representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
En el registro de cualquier órgano administrativo que pertenezca a:
Administración General del Estado.
Administración de las Comunidades Autónomas.
Cualquier entidad de la Administración Local si hubiese suscrito el convenio oportuno.
Requisitos para obtener la cancelación de una vivienda VPO
El principal requisito para poder llevar adelante la solicitud para cancelar la hipoteca de una vivienda VPO es haber pagado en su totalidad la deuda pendiente con la administración estatal.
De lo contrario, el Ministerio de Fomento no autorizará bajo ninguna condición la cancelación de este tipo de préstamos hasta que no se haya abonada en su totalidad el importe a amortizar.
Es por esto que, el formato de las solicitudes para dichos trámites viene acompañado por un apartado en el cual, en caso de existir deuda por saldar, se requiere que se lleve adelante la liquidación que corresponda.
Como respuesta a la solicitud, la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo se comunicará con el solicitante para informarle de la liquidación de la cantidad adeudada que procede reintegrar. De este modo, dicha administración le hará llegar la correspondiente nota de pago, en la cual se indicará la entidad de crédito y el plazo para llevar adelante la totalidad del pago.
Para poder vender una vivienda de este tipo, es necesario cumplir con una serie de requisitos estipulados en cada Plan Estatal. En otras palabras, la vivienda para ser arrendada o vendida debe estar liberada.
Si te interesa conocer paso a paso cómo llevar adelante la descalificación de una vivienda VPO, te recomendamos leer la siguiente nota.
¿Cuáles son las normativas que regulan este tipo de solicitudes?
Dentro de la legislación que se encarga de regular este tipo de trámites podemos mencionar a:
Ley de Viviendas Protegidas, de 19 de abril de 1939.
Ley de Viviendas de Renta Limitada, de 15 de julio de 1954.
Viviendas sociales. Apoyos financieros (RDL 12/76 y RD 2043/77).
Ahora bien, imagina que has accedido a una vivienda VPO y has adquirido un préstamo hipotecario para poder pagarlo. Algunos años más tarde, recibes una determinada cantidad de dinero y te interesa destinarla a pagar una parcialidad o la totalidad de la hipoteca que solicitaste.
Ante esta situación, como estamos hablando de una vivienda de protección oficial, aparecen algunas dudas a la hora de llevar adelante el proceso. Una de ellas es si la administración pública que regula el programa permite el pago adelantado de los créditos sin que afecten o se pierdan las ayudas o beneficios que has recibido al acceder a la VPO.
Aquí te brindamos toda la información sobre las amortizaciones de hipotecas de este tipo de inmuebles.
La normativa de las amortizaciones de hipotecas VPO
La legislación que regula todo lo vinculado a las viviendas de protección oficial resulta un poco compleja. En otras palabras, no se trata de una sola norma. Por ende, es probable que no siempre se cuente con la precisión exacta para conocer los supuestos para la amortización adelantada de una hipoteca. Además de encontrarse regulada por la norma estatal general, intervienen las normativas propias de cada CCAA. Por lo tanto, es muy probable que ante esta situación puedan surgir varias dudas.
Amortización anticipada o total de un crédito hipotecario para viviendas VPO
Este tipo de situaciones es una de las que más confusión despierta entre los propietarios titulares de viviendas públicas de protección oficial. Incluso, se han registrado distintos tipos de conflictos o inconvenientes entre el solicitante de la amortización y la entidad financiera que ha concedido el crédito hipotecario.
Por lo tanto, es muy importante que puedas conocer con exactitud el tipo de Plan Estatal de Vivienda que le otorga la categoría de protegida a tu vivienda.
El siguiente paso será tener presente que para este tipo de propiedades la amortización de modo parcial o total de la misma dependerá del tipo de convenio que se haya acordado con el banco.
Si los beneficios obtenidos fueron de la Ayuda Estatal Directa a la Entrada, no tendrás derecho a la amortización de hipoteca mayor al 40% dentro de los primeros cinco años de realizado el convenio crediticio.
Entonces, en caso de querer amortizar por adelantado más del 40% o el total de la hipoteca antes de los cinco años de realizado el convenio te corresponderá devolver las ayudas que has obtenido por parte del estado. También, deberás reintegrar los beneficios estatales recibidos más la suma total de sus correspondientes intereses por demora.
Lo anteriormente mencionado se trata de imposiciones provenientes de la ley estatal. No obstante, como ya hemos mencionado, es necesario que tengas en cuenta que tipo de plan se adecua la protección de tu vivienda. La normativa puede cambiar dependiendo de la comunidad.
Ante cualquier duda te recomendamos que revises el tipo de convenio que acordaste al adquirir la hipoteca. Se trata de consultar al contrato que has firmado y a la escritura de la hipoteca. A su vez, deberás acudir a la Consejería de Vivienda del lugar donde resides o donde se asienta la vivienda VPO.
Si te has quedado con alguna duda puedes dejarnos tu comentario. Además, puedes dejarnos tu opinión al respecto. Desde Oi Real Estate te leeremos y responderemos a la brevedad.
Si estas pensando en comprar o vender una vivienda disponemos de los mejores profesionales. Nuestros años de experiencia te asegurarán un asesoramiento completo, seguro y 100% confiable. Solo debes ponerte en contacto y plantearnos tu situación. Nosotros nos ocupamos del resto.
Te recomendamos leer la siguiente nota para seguir entendiendo todo o relacionado a las Viviendas VPO:
Las naves industriales son activos cada vez más elegidos por empresas para desarrollar sus actividades de producción, almacenamiento y hasta para convertirlos en viviendas. Es por esto que es necesario tener en cuenta las normativas de seguridad y salud en el trabajo a la hora de ponerlas en funcionamiento, ya sea a través del alquiler o su compra. Entérate en este post todo lo relacionado a la normativa que regula las naves industriales. ¡Sigue leyendo!
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¿Qué es una normativa?
Según la página de significados.com, se conoce como normativa a la norma o conjunto de normas que guían, dirigen y ajustan el comportamiento de un individuo, organización, materia y/o actividad. Por ejemplo: normativa laboral.
Por consiguiente, las normativas que rigen las naves industriales y los diferentes lugares de trabajo presentan un Real Decreto 486/97 donde se afirma que “El empresario deberá adoptar las medidas necesarias para que la utilización de los lugares de trabajo no origine riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores o, si ello no fuera posible, para que tales riesgos se reduzcan al mínimo.”
Condiciones constructivas: la normativa sobre naves industriales
Las naves industriales deberán cumplir las siguientes normativas de seguridad referidas a las condiciones constructivas:
1. Suelos, aberturas y desniveles, y barandillas.
Los suelos de los locales de trabajo deberán ser:
Fijos y estables.
No resbaladizos, sin irregularidades ni pendientes peligrosas.
Las aberturas o desniveles que supongan un riesgo de caída de personas se protegerán mediante barandillas u otros sistemas de protección de seguridad equivalente.
La altura obligatoria será mayor que 2 metros.
Los lados abiertos de las escaleras y rampas de más de 60 centímetros de altura.
Los lados cerrados tendrán un pasamanos. A una altura mínima de 90 centímetros y si la anchura de la escalera es mayor de 1,2 metros. Si es menor, pero ambos lados están cerrados, al menos uno de los dos presentará un pasamanos.
2. Espacios de trabajo y zonas peligrosas.
Las dimensiones de la nave industrial a elegir son importantes, ya que deberán permitir que los trabajadores realicen un trabajo sin riesgos y en buenas condiciones ergonómicas. Además el espacio tendrá que ser adecuado para la ubicación de las máquinas, almacenes u oficinas.
En este aspecto hay que considerar, no sólo las condiciones iniciales de trabajo, sino también la posibilidad de que en un futuro se requieran ampliaciones de plantilla, maquinaria o almacén.
Sus dimensiones mínimas serán las siguientes:
3 metros de altura desde el piso hasta el techo. No obstante, en locales comerciales, de servicios, oficinas y despachos, la altura podrá reducirse a 2,5 metros .
2 metros cuadrados de superficie libre por trabajador.
10 metros cúbicos , no ocupados, por trabajador.
Existirá una separación suficiente entre los elementos materiales existentes en el puesto de trabajo para poder trabajar en condiciones de seguridad, salud y bienestar.
En zonas donde existan riesgos:
Deberán tomarse las medidas adecuadas para la protección de los trabajadores autorizados a acceder a dichas zonas.
Dispondrá, en la medida de lo posible, de un sistema que impida que los trabajadores no autorizados puedan acceder a dichas zonas.
Las zonas de los lugares de trabajo en las que exista riesgo de caída, de caída de objetos o de contacto o exposición a elementos agresivos, deberán estar claramente señalizadas.
Normativa en la seguridad estructural de las naves industriales
Los edificios y locales de los lugares de trabajo deberán poseer la estructura y solidez apropiadas a su tipo de utilización. También deben ofrecer seguridad frente a los siguientes riesgos laborales:
Resbalones o caídas: evitar suelos resbaladizos o con desniveles, pendientes o irregularidades peligrosas. Deberán ser fijos y estables.
Choques o golpes contra objetos: hay que considerar que no haya elementos dentro de la nave con los que se pueda chocar. Un ejemplo de esto serían: los techos bajos, tuberías. Además, si se va a utilizar maquinaria móvil se debe considerar la visibilidad y regularidad del suelo para evitar accidentes.
Derrumbamientos o caídas de materiales sobre los trabajadores: En este aspecto hay que prestar especial atención a: vigas en el tejado, luminarias sueltas, portones de acceso. La nave industrial debe estar en buen estado de conservación y mantenimiento. Hay trabajos que producen importantes vibraciones las cuales podrían desestabilizar elementos de la nave que podrían caer sobre los trabajadores.
Según la normativa ¿cuáles son los tipos de construcciones de las naves industriales?
Tipos de construcciones
Tipo A: Son naves en altura y adosadas. Si Ojo también las naves adosadas aunque no estén en altura, son en principio tipo A (aunque pueden ser b, si se justifica con un documento técnico que debe aportarnos el propietario)
Tipo B: Naves separadas entre sí hasta 3 metros. También las naves adosadas siempre que se justifique son tipo b, esto es que caso de colapsar la nave por un incendio no afectará a tu vecino. (Para tener esta consideración debe aportarse justificación técnica)
Tipo C: Nave Aislada. Distancia con los vecinos mínima de 3 metros. (todas las fachadas)
Los tipos D y E: la actividad se lleva a cabo en espacios abiertos.
Servicios higiénicos y locales de descanso según las normativas
Al ser un lugar de trabajo, la nave industrial debe disponer de:
Agua potable suficiente y fácilmente accesible.
Baño
Vestuario, si fuera necesario.
Local de descanso, cuando las características del trabajo a realizar lo hagan necesario.
Servicios y puestos de trabajo para minusválidos. Las puertas, vías de circulación, escaleras y servicios higiénicos deben estar acondicionados para que los trabajadores o visitantes minusválidos puedan utilizarlos.
Normativas anti-incendios
También, el diseño de la nave industrial y sus características constructivas deben facilitar el control de las situaciones de emergencia:
Seguridad estructural frente a incendios, con compartimentación de zonas y materiales resistentes al fuego. La normativa contra incendios, para establecimientos industriales, está recogida en la guía técnica de aplicación RSCIEI, aprobado por el Real Decreto 2267/2004).
Puertas y escaleras de emergencia
Diseño que permita una evacuación segura de los trabajadores en caso de emergencia.
Detección y protección de incendios
Sin embargo, la normativa de construcción también exige una serie de instalaciones de detección y protección contra incendios. En función del riesgo de tu actividad y las características de tu nave te pueden exigir.
Estas exigencias fundamentalmente se refieren a:
Sistemas automáticos o manuales de detección de incendio.
Plan de comunicación de alarma.
Sistemas de abastecimiento de agua contra incendios.
Sistemas de hidrantes exteriores.
Extintores de incendio.
Sistemas de bocas de incendio equipadas.
Rociadores automáticos de agua.
Sistemas de agua pulverizada.
Método de espuma física.
Sistemas de extinción por polvo.
Estructura de alumbrado de emergencia.
Señalización.
Todo lo referente a instalaciones está recogido en el Artículo 14 del Reglamento de seguridad contra Incendios en los Establecimientos industriales (RSCIEI)
Los riesgos de incendios conforme a las normativas se clasifican en:
Bajo: Grado 1 y 2
Medio: Grados 3, 4 y 5
Alto: Grados 6, 7 y 8
Esta clasificación de riesgo aportará la superficie máxima construida que sería admisible de cada sector de incendios y marca los espacios interiores a la nave, que en caso de que ocurra un incendio, serían independientes entre sí.
Esperamos que este post sobre normativa de las naves industriales te haya sido útil. Si tienes algún comentario para hacernos, puedes escribirnos en la casilla debajo del post. ¡Nos interesa mucho tu opinión!
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Desde Oi Realtor queremos contarte cómo arreglar los problemas de ruidos molestos con los vecinos. Continúa leyendo el artículo para enterarte.
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En el año 2019 aproximadamente un 14,1% de españoles reconocieron haber tenido inconvenientes de ruidos molestos generados por los vecinos. También, pueden proceder del exterior, es decir, por el tráfico, los negocios, entre otros. Las viviendas de las siguientes comunidades autónomas fueron las más afectadas por este problema, las Islas Baleares presentaron un 23,8%, Melilla un 23,1% y País Vasco un 20,75. Con respecto a la Comunidad de Madrid, el porcentaje se ubicó en un 17,5%. Se trata de una cifra que se encuentra por debajo de la media nacional.
¿Cómo terminar con este problema?
Acabar de una vez con el gran problema de los ruidos molestos en una comunidad de propietarios significa, en primer lugar, tener empatía con el vecino. Esto significa que será necesario recurrir a la vía del diálogo. En caso de que aún así no se llegue a una solución al problema, solo queda una opción, optar por la ley y la normativa municipal. Por supuesto en casos en los que se sobrepasen los límites sonoros permitidos. En este caso se apela a la Ley de Propiedad Horizontal. Se trata de una de las normas en donde se contempla el ruido como actividad molesta.
¿Qué medidas puede tomar la comunidad para evitar los ruidos molestos?
Qué es posible hacer ante un propietario que no comprende razones. Por ejemplo si se dedica, a elevar el volumen de la televisión a cualquier hora o bien, a dar golpes a las paredes de su vivienda de manera deliberada con el único fin de molestar a los demás. En el siguiente artículo nos dedicaremos a estudiar cuáles son las diferentes opciones aprovechando que el Día Internacional de Concienciación sobre el Ruido ha sido celebrado el último miércoles del mes de abril.
Para empezar, es necesario que el presidente de la comunidad, sea tanto a iniciativa propia como de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requiera a este propietario la inmediata cesación de los ruidos molestos. Todo esto bajo la advertencia de comenzar con las acciones judiciales procedentes. Para conseguirlo, resulta aconsejable que la comunicación se lleve a cabo por medio de un conducto fehaciente. Por ejemplo, un burofax, de cara a presentarlo como prueba en el procedimiento judicial. Si aún así, el propietario decide continuar con la misma conducta, previa autorización de la junta de propietarios, adoptando un acuerdo por mayoría simple de los asistentes a la reunión, será posible entablar contra él acción de cesación.
¿Qué significa la acción de cesación y qué consecuencias acarrea?
La demanda debe ser presentada por parte de la comunidad. Una vez realizada, el juez podrá acordar con carácter cautelar la cesación inmediata de la actividad molesta, como lo es el ruido, bajo apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia. Será posible adoptar asimismo todas las medidas cautelares que resulten precisas para asegurar la efectividad de la orden de cesación.
Sin embargo, para que esta acción prospere resulta necesario que la comunidad disponga la prueba del procedimiento. De manera que sea posible justificarse los hechos que están ocurriendo con denuncias, burofax, grabación de ruidos por medio de un sonómetro.
Si la sentencia fuese estimatoria, el juez tendrá la posibilidad de disponer, además de la cesación definitiva de los ruidos molestos y la indemnización de daños y perjuicios que proceda, la privación del derecho al uso de la casa por un tiempo que no supera los tres años. Esto dependerá de la gravedad de la infracción y de los perjuicios generados a la comunidad.
¿Qué sucede en caso de que sea el inquilino y no el propietario quien ocasiona los ruidos molestos?
En primer lugar resulta importante requerirle al inquilino para que ponga fin a su conducta. En caso de que esta situación continúe, es el momento de dirigirse al propietario para que se ocupe de la situación. Ante la situación de que todos estos requerimientos no dieran el efecto esperado, la comunidad de propietarios podrá dirigirse, como ya hemos mencionado más arriba, a la vía prevista en la Ley que se encarga de regular el ejercicio de la acción de cesación por actividades molestas. Esta acción debe dirigirse tanto contra el propietario como contra el ocupante de la vivienda, en este caso se trataría del arrendatario o inquilino.
A través de esta vía, no se podrá solicitar únicamente el cese de dichas actividades sino que además podrá solicitarse, la correspondiente indemnización por los daños y perjuicios que han sido derivados de las mismas, así como también la extinción de los derechos del propietario sobre la vivienda y su inmediato lanzamiento, resolviendo así, su contrato de alquiler.
Sin embargo, no resulta necesario agotar esta vía ya que el propietario también cuenta con la posibilidad de forzar la salida de su inquilino. Con respecto a esto, la Ley de Arrendamientos Urbanos es muy clara y afirma que el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato de alquiler, entre otras, por la siguiente causa: en caso de que en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o bien, ilícitas.
¿Hay un plazo de tiempo prefijado desde que se requiere al propietario o inquilino para que se ponga fin con los ruidos molestos hasta que la comunidad decide iniciar acciones legales?
La Ley de Propiedad Horizontal no determina cuál es el plazo que la comunidad debe conceder al arrendador o bien, al arrendatario para que ponga fin a su actividad molesta. Sin embargo, debe entenderse que el tiempo necesario para resolver la situación, puede ser de entre 15 o 30 días. La última palabra será de la junta de propietarios que es soberana para fijar dicho plazo atendiendo a las circunstancias.
Si una vez transcurrido el plazo indicado en el requerimiento el propietario o bien, el inquilino continúa con su conducta, la junta de propietarios, aunque nunca el presidente de manera unilateral, contará con la posibilidad de adoptar el acuerdo por mayoría simple de entablar contra él la acción de cesación por medio del correspondiente procedimiento ordinario.
¿Qué te parecieron estas soluciones a los ruidos molestos? Déjanos tu comentario, en Oi Realtor nos interesa saber tu opinión.
Desde Oi Realtor queremos contarte cuáles son las ciudades cerradas debido al COVID-19 en España. Continúa leyendo para saber más.
En este artículo encontrarás:
¿Cuáles son las ciudades cerradas por el COVID-19?
A partir del 25 de octubreEspaña ha vuelto al estado de alarma. Se han hecho modificaciones con respecto al estado de alarma aplicado anteriormente que tuvo lugar entre marzo y junio. Todas las comunidades, excepto Canarias, aplicarán restricciones a la movilidad nocturna a partir de las 23.00 horas hasta las 6.00 horas. Tienen un margen de una hora para adelantarlo o atrasarlo. También, las regiones pueden decretar confinamientos locales o bien a nivel comunitario, inclusive pueden mantener las ciudades cerradas limitando la entrada y salida de ciudadanos de otros territorios.
Los municipios españoles que están enfrentando los confinamientos, además de otros tipos de restricciones debido al COVID-19 suman ya 2787. Luego del verano se aplicaron confinamientos en 1893 ciudades españolas, la gran parte de ellas se encuentra en Cataluña, Murcia, Euskadi, Andalucía y Cantabria. Estas restricciones aplican en 13 territorios, Cataluña, Navarra, La Rioja, Aragón, Asturias, el País Vasco, Murcia, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Andalucía, Comunidad Valenciana y las ciudades autónomas Ceuta y Melilla. Esta medida afecta a un total de 36 millones de personas, se trata de más de un 76 % de toda la población de España.
¿Qué medidas se tomaron en cada comunidad?
Como ya mencionamos antes cada comunidad autónoma tiene el poder de establecer sus normas. Estas van desde retrocesos de fases hasta diferentes niveles de alarma. Esto abarca horarios de comercios, de restauración o incluso mantener las ciudades cerradas y limitar las reuniones sociales.
Actualmente estas medidas se tomaron en unas 25 regiones y hay 2787 municipios españoles. Cuentan con diferentes fases, limitaciones a la movilidad, ciudades cerradas, restricciones a las reuniones, confinamientos, entre otras. Todas estas normativas son aplicadas para lograr frenar el avance del COVID-19 durante el invierno. Son 49 las localidades que ya han optado por retroceder de fase, todas ellas en Extremadura. También, hay otras 845 que se encuentran sometidas a diferentes tipos de restricciones. Estas restricciones afectan en total a unos 46.1 millones ciudadanos, esto se traduce en un 98% de la población española.
Cataluña
En esta región es una de las que ha optado por mantener sus ciudades cerradas. Se ha decidido aplicar el confinamiento perimetral a todo el territorio durante 15 días a partir del 30 de octubre. También, quedará restringida la movilidad en todos sus municipios durante los fines de semana. Además, el toque de queda será entre las 22:00 y las 6:00 horas.
Por otro lado será aplicado el cierre del ocio, la cultura y los gimnasios. Se suspenden también las actividades extraescolares durante la duración del confinamiento. Los bares y restaurantes mantendrán sus puertas cerradas en Cataluña, pero les está permitido hacer reparto a domicilio hasta las 22:00 horas. En cuanto a las reuniones sociales están restringidas a un máximo de seis personas, tanto en el ámbito público como en el privado.
Durante 14 días en la Comunidad Valenciana, la población no podrá salir ni entrar de la autonomía. Lo que si podrán hacer es moverse entre municipios, comarcas y provincias.
Por otro lado, la limitación a la circulación se aplicará hasta el 9 de diciembre y se ha establecido entre las 0:00 y las 6:00 horas. De esta manera, podrán transitar por la calle solo quienes se dirijan a trabajar, tengan una urgencia médica o bien, se desplacen para atender a personas dependientes.
También, se limitó a seis el número de personas que pueden participar en una reunión social o familiar en espacios públicos y también privados. Tanto los jardines como las zonas de ocio al aire libre cerrarán a las 22:00 horas. El consumo en los establecimientos hosteleros será siempre en mesa, con un máximo de seis personas, y cerrará a la medianoche. También, se prohíbe consumir en barras y vender alcohol entre las 22:00 horas y las 08:00 de la mañana, excepto en hostelería y restauración.
En esta comunidad se adoptaron restricciones en 31 municipios:cuatro en Castellón, dos en Valencia y el resto en Alicante, estas restricciones implican la reducción en los aforos en hostelería y restauración, velatorios y entierros y en centros comerciales.
Andalucía
La región de Andalucía también mantiene sus ciudades cerradas, ya que ha cerrado permanentemente la comunidad desde el 30 de octubre y además, ha restringido la movilidad entre los municipios en la mitad de la región.También, los municipios de las provincias de Granada, Jaén y Sevilla, si bien ya contaban con restricciones en aforos y reuniones sociales, además estarán aislados del resto de localidades. También estarán aislados los municipios que se encuentran en los distritos sanitarios Córdoba Sur, La Vega de Málaga y en el área de gestión sanitaria Jerez-Costa Noroeste y Sierra de Cádiz.
Por otro lado, el Ejecutivo andaluz decidió restringir las reuniones sociales a un máximo de seis personas. Se han exceptuado los casos en que sean convivientes. Además, de cerrar la hostelería a partir de las 22:30 horas.
La junta andaluza fue el primer gobierno autónomo que solicitó al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que se limite la movilidad. Esto, entre los horarios que comprenden las 23:00 y las 06:00 horas de la madrugada.
Asturias
Con respecto al gobierno del Principado de Austrias, también mantendrá sus ciudades cerradas, ya que se dispuso el confinamiento perimetral a toda la región a partir del 28 de octubre. También se mantienen aisladas hasta el siete de noviembre las tres ciudades de mayor importancia, estas son Oviedo, Gijón y Avilés.
Asturias pedirá al Gobierno que autorice el confinamiento domiciliario durante 15 días. Además de la suspensión de la actividad económica no esencial desde el 7 de noviembre. Por otro lado el toque de queda se ha adelantado dos horas, será a partir de las 22:00 hasta las 6:00 horas.
Aragón
A partir de la medianoche del 27 de octubre y hasta el 9 de noviembre la región de Aragón también mantiene sus ciudades cerradas, confinó la totalidad de su territorio. Cuenta con la mantención de la restricción de la movilidad en tres capitales de provincia (Huesca, Zaragoza y Teruel). Restringirán también, la movilidad a nivel provincial a partir del 6 hasta el 30 de noviembre.
La región de Aragón ha prohibido las reuniones sociales de más de seis personas tanto en público como en privado. Además, mantendrá el horario de restricción de movilidad de 23:00 horas hasta las 06:00 horas. El día 26 de octubre la comunidad ha ingresado en el nivel tres de alerta. Esto significa que la hostelería debe cerrar a las 22:00 horas.
En lo referente a los aforos en hostelería, se prohibió consumir en el interior de los locales. Además, se limitó el aforo de las terrazas al 50%. Con respecto a los comercios el aforo ha pasado a ocupar el 25% excepto en los centros de enseñanza, en los gimnasios, en los cines, en teatros, en las iglesias, entre otros. En lo referente a entierros y velatorios se ha impuesto un límite de diez personas en caso de que se trate de espacios cerrados. Si se trata de lugares abiertos se permiten quince personas. Los eventos deportivos que no sean profesionales serán suspendidos, mientras que las competiciones profesionales serán llevadas a cabo sin la presencia del público.
Islas Baleares
Aún no se ha hecho referencia a un confinamiento perimetral de las islas. Por el momento, siguen las mismas restricciones que había en el estado de alarma anterior. Todo esto aparte del toque de queda decretado por el Gobierno central. En esta región se limitaron las reuniones sociales a un máximo de diez personas. También, se prohibió la circulación de personas entre las 0:00 y las 6:00 horas.
El último confinamiento perimetral fue anunciado en el casco urbano de Manacor, debido a la escalada de contagios dentro de este municipio. Esta medida será llevada a cabo desde el 29 de octubre y durará aproximadamente unos 15 días. Además, se comunicó que se realizarán cribados masivos entre la ciudadanía comprendida entre los 25 y los 45 años.
Por otro lado, se optó por restricciones en Mallorca e Ibiza, estas son limitar las reuniones entre no convivientes hasta seis personas en caso de que no sean convivientes y hasta diez personas en caso de que si lo sean. También se redujo el aforo a un 50% en centros comerciales y al 30% en lugares de culto. En caso de bodas u otras celebraciones se ha limitado a un 30%. En Ibiza la limitación a la circulación iniciará dos horas antes que en el resto de la región, es decir que a partir de las 22:00 horas ya no se podrá circular. También se prohíben los servicios interiores en los bares y restaurantes.
Cantabria
Para enfrentar el incremento de casos de COVID-19, Cantabria optó por cerrar la comunidad a partir de las 00:00 horas del 30 de octubre hasta el lunes 9 de noviembre y aplica el toque de queda establecido en toda España con el estado de alarma que abarca desde las 00:00 horas hasta las 6:00 de la madrugada.
La región, que se encontraba en el nivel de alerta 2 en base a los indicadores del Ministerio de Sanidad, subió a un nivel más, esto obligó al Ejecutivo cántabro a aislar perimetralmente sus municipios a partir del 4 de noviembre hasta el 18 del mismo mes. El presidente, Miguel Ángel Revilla, avanzó con el aumento de las limitaciones a la hora de celebrar las reuniones.
Canarias
Se trata de la única comunidad autónoma que queda fuera del estado de alarma, esto se debe a sus alentadores datos de incidencia del coronavirus. Esta comunidad ha logrado restablecer un corredor turístico para recibir visitas desde Alemania y el Reino Unido. Además, mantiene el llamado “semáforo rojo” en la isla de Tenerife hasta el 6 de noviembre. Esto implica la prohibición de la celebración de eventos que cuenten con más de diez personas, además del cierre de terrazas y establecimientos de hostelería a partir de las 00:00 horas sin que pueda admitirse clientes desde las 23:00. También, se dispuso el cierre de los centros de día no ocupacionalesy la actividad deportiva federada se puede desarrollar siempre en cuando sea sin público.
Galicia
En esta zona se ampliarán las restricciones a 60 ayuntamientos, incluidas las siete ciudades más pobladas y otros 50 municipios, esto será a partir del próximo 6 de noviembre a las 15.00 horas. También, se ha anunciado el cierre de la hostelería y la limitación del deporte a la práctica individual.
Hay restricciones que ya se aplicaron con motivo del Puente de Todos los Santos en las cuatro capitales de provincia -A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra– y de tres importantes núcleos de población –Santiago de Compostela, Vigo y Ferrol-a partir del 30 de octubre, imitando las decretadas en los ayuntamientos ourensanos de Verín, Oímbra, Vilardevós y Ourense capital, Barbadás, O Carballiño, O Irixo y Boborás.
A partir del 22 de octubre la comunidad se encontrará en el nivel 2, con restricciones en aforos al 50 % en actividades culturales como por ejemplo, cines y teatros. Además aplicará en comercios y hostelería, y limitará las reuniones sociales a cinco personas.
Castilla-La Mancha
Aquí también se encuentran las ciudades cerradas, ya que se ha restringido la entrada y salida de la región hasta el 9 de noviembre. También, en esta comunidad el toque de queda nocturno es a partir de las 23:00 hasta las 6:00 horas. Además impuso un límite de seis personas a las reuniones sociales, tanto en ámbitos públicos como en privados, a menos que se trate de convivientes.
En Castilla-La Mancha, la gran parte de las provincias cuentan con alguna restricción en diferentes niveles de alerta, de los tres que estableció la Consejería de Sanidad, estos afectan por ejemplo a los cientos de municipios de las gerencias de atención primaria de Toledo, Talavera de la Reina y Ciudad Real.
Castilla y León
Alfonso Fernández Mañueco, presidente de la Junta de Castilla y León, anunció que a partir del 6 de noviembre los restaurantes y los establecimientos de hostelería cerrarán sus puertas al público, sólo podrán contar con el servicio de llevar a domicilio. Además, también cerrarán los centros comerciales que cuenten con más de 2500 metros cuadrados y los centros deportivos. Por otro lado la asistencia a los eventos deportivos está prohibida. También fueron suspendidas las visitas a las residencias de mayores para evitar de este modo posibles contagios de COVID-19.
Castilla y León cerraran la hostelería, restauración y también, los centros comerciales para poder frenar el contagio de coronavirus.
La restricción a la circulación es desde las 22:00 horas hasta las 6:00 horas. A pesar de esto, a partir del 30 de octubre a las 14:00 horas la región permanecerá aislada del resto hasta que perdure el estado de alarma nacional, lo que quiere decir que se mantendrá hasta el 9 de noviembre a las 14:00 horas.
Castilla y León cuentan con una restricción de reuniones sociales de hasta seis personas, pero solo en el ámbito privado.
Extremadura
Aquí se optó por no decretar el cierre perimetral de la región pero se acordaron medidas extraordinarias para conseguir contener el COVID-19 en siete municipios, entre ellos se encuentran Mérida, Badajoz, y Cáceres. Además dedicaron recursos de las fuerzas de seguridad a controlar el cumplimiento del confinamiento de los ciudadanos que son positivos, o bien estén pendientes de resultados o sean contactos estrechos.
El 30 de octubre se decidió la adopción de medidas extraordinarias en Mérida, Badajoz, Cáceres , Aceuchal, Olivenza y Jerez de los Caballeros, además del aislamiento perimetral de Zarza de Granadilla.
También, se prorrogaron las medidas de control de aforo en Fuente de Cantos, Hornachos y Villanueva del Fresno, aunque en este último municipio ha eliminado el aislamiento perimetral, también desaparece en las zonas de salud de Hoyos y Villanueva de la Vera.
En la región de Extremadurase limitaron las reuniones sociales a un máximo de seis personas y la restricción de circulación aplica entre las 0:00 horas y las 6:00 de la madrugada.
Comunidad de Madrid
Esta comunidad logró firmar el decreto que recoge el cierre de la autonomía en dos fines de semana, a partir del 30 de octubre a las 0:00 horas hasta las 0:00 horas del martes 3 de noviembre, también, desde el viernes 6 de noviembre a las 0:00 horas hasta el martes 10 de noviembre a las 0:00 horas.
Esta nueva normativa mantiene las medidas hasta ahora en vigor, como las zonas básicas de salud con restricciones o bien, la posibilidad de asistir a cementerios ubicados en áreas también con restricciones.
Madrid mantiene así su plan de confinamientos perimetrales por zonas básicas de salud, extendiendo esta medida y con restricciones de aforos y reuniones a 35 de ellas, que se reparten en 12 municipios y nueve distritos de la capital y afectan a medio millón de personas.
También se ha elaborado otro paquete de medidas que aplican en toda la comunidad. Entre ellas, se encuentra la prohibición de reuniones familiares y sociales a partir de la medianoche y hasta las 6:00 de la mañana. Dichas reuniones están restringidas a seis personas.
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