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Modelo 100

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Si es la primera vez que alquilas tu piso y aún no sabes cuáles son los pasos para declarar la renta de alquiler, leer este post te será fundamental. Además, podrás reducir muchísimos gastos si llevas el trámite ordenadamente.

Alquilar un piso no se trata solamente de encontrar un inquilino y luego retirar tu pago todos los meses, es mucho más complejo. Todo se puede solucionar con una gestión integral de alquiler, pero si quieres hacerlo por tu cuenta tendrás que ocuparte de muchos trámites. Uno de ellos, es el de declarar la renta de alquiler.

Pasos para declarar la renta de alquiler

El primer paso que debes seguir para declarar la renta de alquilar es registrar la vivienda alquilada en el IRPF.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

El IRPF, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es un impuesto existente en España desde el año 1978. Este se encarga de gravar la renta obtenida durante un año natural a las personas residentes en España. Es de carácter progresivo y directo, dirigido no solamente a los beneficios sobre un alquiler de vivienda, sino también a todas las entradas monetarias de las personas. Si nuestra propiedad se alquila con finalidad de vivienda, se podrá reducir el 60% de los rendimientos; en cambio, si es destinada a uso turístico y vacacional, se calculará la reducción proporcionalmente.

Inventario

Si haces una lista de inventario detallando todos los muebles que tiene la vivienda, podrás incluir como gasto la amortización de estos, pero tendrás que tener sí o sí las facturas. Si el alquiler se destina a oficinas o locales, no se podrá deducir el 60%. Así como tampoco si en los contratos no aparecen los datos de los inquilinos (nombre y NIF/NIE).

Tabla de IRPF

Dejamos aquí una tabla de los tramos del IRPF que se aplicaron en 2019 elaborado gracias a los datos de la Agencia Tributaria: 

  • 0 a 12.450€: 19%.  
  • 12.450€ a 20.200€: 24%. 
  • 20.200€ a 35.200€: 30%. 
  • 35.200€ a 60.000€: 37%. 
  • Más de 60.000€: 45%. 

Rellenar el modelo 100

El documento que te darán será el modelo 100, referido al IRPF como ya mencionamos. Deberás completarlo de esta manera:

  • Datos de tu vivienda: en las páginas 6 y 7, Apartado C (“Bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de sus titulares, arrendados o cedidos a terceros, o afectos a actividades económicas”).
  • Identificación del inmueble: esto se registra de las casillas 0061 hasta la, si marcas la 0075 indicarás que eres propietario de un piso en arrendamiento.
  • Varios propietarios: se usa en el caso de que sea una vivienda a nombre de más de una persona. A cada una se le contabilizará la renta y los gastos deducibles según el porcentaje de propiedad. Se indicará indicar en la casilla 0063.
  • Vivienda habitual: si en el ejercicio anterior has tenido la vivienda como tu vivienda habitual. Lo indicarás en la casilla 0076 poniendo la cantidad de días en que lo fue.
  • Información de inquilinos: las siguientes casillas, que van desde la 0091 hasta la 0101, están dedicadas a la información sobre los inquilinos. La fecha en que inició el contrato de arrendamiento y los días que ha estado en alquiler durante el periodo a declarar.
  • Renta bruta: en la casilla 0102 deberás detallar los ingresos íntegros del alquiler. Estos son los montos que has cobrado bajo concepto del alquiler durante el periodo a declarar sin hacer ninguna deducción ni restar los gastos.

Gastos deducibles

Todos los gastos deducibles son: 

  • Intereses de la hipoteca: La reducción no se hará sobre el gasto principal de la hipoteca, sino que será aplicada en los intereses y otros gastos, como las comisiones por amortización anticipada de la hipoteca. Estos gastos serán registrados en la casilla 0104. 
  • Reparaciones y gastos de conservación del inmueble: Son considerados deducibles todos aquellos gastos que abarquen la sistematización y manutención de la propiedad, por ejemplo, manos de pintura, tapado de goteras, cambio de pisos, arreglos en los baños, etc. No se tomarán en cuenta la ampliación y nuevas construcciones que incluyan más ambientes. 
  • IBI, tasas y otros impuestos: Se podrán deducir todos los tributos y recargos no estatales como el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), o las tasas de limpieza, recogida de basura, alumbrado… No están incluidos en este apartado los recargos que sean de carácter sancionador. 
  • Deudores morosos: El dinero que debe el inquilino que lleva varias mensualidades sin pagar, se podrá deducir como gasto, ya que el propietario tendrá este derecho si están regidos los requisitos necesarios. Si el deudor se encuentra en situación de concurso o han pasado más de seis meses entre la primera reclamación y el último día del año, se podrá hacer el tentativo.

Otros de los datos que se pueden deducir

  • La comunidad y otros gastos comunes: Si el encargado de asumir estos gastos sigue siendo el propietario, serán deducibles. Además, si el año en el que se hace la declaración de la renta, se ha tenido un gasto extra en la comunidad de vecinos, se deberá indicar. 
  • Amortización de la vivienda y de bienes inmuebles: Este apartado se digire a las amortizaciones de bienes inmuebles, que son del 3% sobre el valor catastral, y de bienes muebles, si se trata de un piso amueblado, esto se amortizará en un 10% cada año. 
  • Importe de las primas de los seguros: Estos serían los seguros de protección de la casa, de responsabilidad civil, robo o de protección de impagos del alquiler. 
  • Suministros de hogar: La luz, el agua, la electricidad y el gas son gastos deducibles. 
  • Gastos de formalización del contrato: Se incluirán también las sumas efectuadas en concepto de gestión integral, inmobiliaria, etc, a la hora de haber firmado el contrato. 

¿Cuáles son los pasos para declarar la renta de alquiler si eres propietario?

Si eres el propietario de una vivienda arrendada, necesitarás declarar la renta de la misma a través de rendimientos de capital inmobiliario. Tendrás que completar las casillas del 60 al 68, deberás explicar de qué tipo de vivienda se trata y, si eres propietario o usufructario.

Entre los pasos para declarar la renta, también deberás indicar si te encuentras viviendo en España o si en cambio, vives en el extranjero. Si se trata de una vivienda habitual, se podrá obtener hasta un 60% de deducción; el importe no podrá sobrepasar los 300.000 euros por año.

Presta atención a la fecha límite de declaración de renta

Como todos los años, se fija una fecha límite para realizar la declaración de renta, lo que implica conocer si tienes que pagar algo adicional o por el contrario, se te tiene que devolver. Abril es el mes indicado para acceder al borrador; tomar nota de ello será esencial a la hora de visualizar, si la información que se detalla es correcta o, falta algo.

Los plazos son muy amplios, el tiempo para realizar la declaración de renta termina el 30 de junio, por lo que tienes mucho tiempo para hacerlo. Sin embargo, muchos de los contribuyentes esperan hasta el último momento para realizarlo; porque es un trámite que para algunos es menor y para otros, es de suma importancia.

Como existen tres formas para realizar la declaración de renta, se debe prestar atención a los plazos según la modalidad utilizada. Se la podrá realizar de manera online, por teléfono o, de manera presencial, si se decide no presentarla en los plazos que se establecen, se podrían generar multas y recargos con costes muy elevados.

Puedes declarar la renta por internet

El objetivo de esta nota es descubrir cuáles son los pasos para declarar la renta de alquiler y para ello, debes conocer cuáles son las modalidades para hacerlo posible. Una de las más importantes es, sin lugar a dudas, realizar la declaración de la renta por internet; esta opción se ha vuelto muy popular por la pandemia.

El plazo para realizar este trámite, se ubica entre el 6 de abril y el 30 de junio, se dispone una gran cantidad de tiempo para hacerlo. Solo se requiere el certificado de identificación o documento nacional de identidad para dar inicio, de esa manera se tendrá acceso al borrador y, se podrá verificar si los datos qu figuran son correctos o no.

Por vía telefónica

Si deseas realizar la declaración por vía telefónica, la fecha indicada para hacerlo es a partir del 5 de mayo y, el límite para presentarlo es el 30 de junio. Será necesario, pedir una cita para llevar a cabo este procedimiento: las fechas para hacerlo serán entre el 2 de mayo y el 29 de junio; por eso es muy importante que te encuentres atento a los plazos.

Debes contar con todos los documentos que se requieren para realizar este trámite, procura tenerlos a la vista. Puedes solicitar la declaración de renta de manera telefónica llamando a los siguientes números: 91 554 87 70 y 901 33 55 33, el horario para hacerlo será de lunes a viernes de 9 a 19 horas.

Realiza la declaración de renta de manera presencial

En este caso, la fecha establecida para realizar la declaración de renta de manera presencial se desarrollará entre el 1 y 30 de junio. Lo que significará un plazo menor en comparación con las otras formas para declarar la renta.

Se necesita pedir cita previa de manera telefónica o a través de internet, esta se podrá solicitar desde el 26 de mayo, llamando al 91 535 73 26 o 901 12 12 24. Si el contribuyente no cumpliera con la declaración de renta, se podrían aplicar multas.

¿La declaración de renta es obligatoria o permite excepciones?

Aunque es un trámite muy importante, no todos deben presentarlo y esto se debe a que, las personas que hayan recibido ingresos por debajo de los 22.000 euros; no están obligados a presentar este documento. No obstante, realizar la consulta de lo que se detalla en borradores es muy importante, porque Hacienda puede estar debiéndole algo al trabajador.

A excepción de las personas que han recibido ingresos muy bajos, el resto de los trabajadores que hayan recibido ingresos en el año 2021; deberán realizar la declaración de renta. Aquí, se incluyen las personas que trabajan por cuenta propia, quiénes obtienen ingresos por su trabajo, a través de un empleador o, si se ha recibido ingresos por medio de una pensión.

Por eso, los trabajadores que hayan recibido ingresos superiores a los 22.000 euros por parte de un único pagador o, los que perciban montos mayores a los 14.000 euros, de diferentes pagadores deberán realizar la declaración de renta. Es un trámite sumamente importante y, se lo debe realizar con anticipación para evitar inconvenientes.

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Además, te ayudaremos a responder cualquier pregunta que poseas sobre alquileres, te acompañaremos en todo lo que requieras. Nuestro deseo es que conozcas el mundo inmobiliario en su totalidad, con el fin de tomar las mejores decisiones para tu proyecto.

Si tienes alguna inquietud, recuerda que puedes escribir al número de WhatsApp que, se encuentra debajo de la publicación. Además, nos gustaría conocer tu opinión acerca de la nota, puedes dejar tu mensaje en los comentarios.

Ahora que ya sabes cuáles son los pasos para declarar la renta de alquiler ¡cuéntanos cómo te va en el intento! Además, te recomendamos leer los siguientes artículos relacionados:

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