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El pasado martes 26 de octubre, desde el Ministerio de Hacienda se anunció la aprobación del anteproyecto de la nueva ley de vivienda. Entre las regulaciones que integran la nueva legislación una se encuentra destinada a facilitar el acceso del alquiler a la juventud. Se trata del bono joven de vivienda.

En el siguiente post te contamos todo acerca de la ayuda para los jóvenes, como estará regulado, el tiempo que dura y los requisitos para su accesibilidad. Además, te detallamos punto por punto las principales medidas que integran la Ley de Derecho a la Vivienda.

¿De qué se tratará el bono joven de vivienda que plantea la nueva ley?

Luego de meses de discusión en torno a la nueva ley de vivienda el martes pasado desde el gobierno anunciaron algunos de los puntos centrales que integrarán la normativa. María José Montero, Ministra de Hacienda, notificó el acuerdo que han realizado entre el PSOE y Unidas podemos. Si bien el anteproyecto de ley se encuentra aún sujeto a revisión, ya se conocen algunas precisiones acerca del bono joven de vivienda. Para su aplicación el Estado español destinará arriba de los 200 millones de euros del Presupuesto General. El proyecto fue aprobado por el Consejo de Ministros.

Principales características del bono joven de vivienda

El bono para ayudar a los jóvenes para arrendan su propio hogar implicará un monto de 250 euros de manera mensual.  El mismo estará destinado a personas de entre 18 y 35 años de edad que no cobren un salario mayor a los 23.725 euros por año. Es decir, tres veces y medio el Iprem (Indicador de Renta de Efectos Múltiples).

En este sentido, al no encontrarse vinculado al Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025 el límite no será de 600 euros en el alquiler.

En su conferencia Montero expresó que el bono irá “dirigido a jóvenes que estén en un dintel de salarios del Iprem vulnerable, con una ayuda mensual en torno a esos 250 euros y será objeto de desarrollo de una reglamentación posterior cuando se presente”.

De esta manera, a la fecha el primer requisito tiene está relacionado al salario. A su vez, cuentan con la certeza de que no se verá limitado por el coste del arrendamiento.

Este punto de la medida es de gran importancia, ya que se ha estado vinculado el tope máximo de alquiler con la posibilidad de acceder al bono joven de vivienda. En este sentido, los 600 euros forman parte del límite para poder solicitar las ayudas para arrendar un piso propuestas por el Plan de Vivienda. Desde Hacienda afirmaron que dicho límite puede expandirse según cada caso particular hasta los 900 euros.

Dentro del anuncio del plan del bono joven de vivienda el Gobierno hizo referencia a la finalidad del proyecto. Se trata de fomentar la emancipación habitacional de un grupo social que, aun teniendo un trabajo formal, no puede acceder a una vivienda. Lo que aún no ha presentado el central son las modalidades para su solicitud y el modo en que será coordinado con cada una de las CCAA.

Según las declaraciones de los mandatarios, la comunidad juvenil no puede acceder al alquiler de una vivienda en las grandes ciudades debido a lo precario de los salarios. El foco, a su vez, se encuentra puesto en los jóvenes que viven en zonas tensionadas.

Otros aspectos importantes incorporará la nueva ley de viviendas

En artículos anteriores hemos ido describiendo punto por punto cada una de las regulaciones que integrarán la nueva ley de vivienda. La nueva legislación, que si bien tiene acuerdo aún está sujeta a modificación, contempla diversos factores vinculados al precio del alquiler, aumentos y deducciones fiscales, aumento del parque público, medidas contra el desahucio, etc.

En la página oficial de Hacienda a efectos de presentar el anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda se pueden encontrar los principales objetivos que persigue la sanción de la normativa.

bono joven de vivienda

A continuación, te detallamos de manera resumida cada uno de ellos tal como los describe y anuncian desde el mismo Ministerio de Hacienda.

Mecanismos de contención y bajada de los precios del alquiler de vivienda

En el anteproyecto de Ley por el derecho a la vivienda se especifican cada uno de los mecanismos destinados a contener y bajar los precios de arrendamiento. Las modalidades de contención serán mediante el mejoramiento del marco legal y presupuestario. Así como también, mediante la regulación de zonas que sean declaradas como tensionadas. Los objetivos de dichas medidas serán:

  • Lograr la incorporación de una mayor cantidad de viviendas al mercado de alquiler. Dichas propiedades deberán tener carácter de vivienda habitual en dichas localidades tensionadas con la finalidad de lograr un equilibro dentro del mercado.
  • Fortalecer la contención de los precios para evitar subidas abusivas mediante el tratamiento de reducciones fiscales favorables.

El anteproyecto de ley propone un mecanismo con de tipo excepcional y limitado temporalmente para intervenir en el mercado con el fin de amortiguar situaciones de tensión. A su vez, dichas medidas buscarán otorgarles a las administraciones autonómicas el período necesario para para adaptarse a la aplicación de la legislación. Es decir, para poder corregir con otras políticas de vivienda las carencias de esas zonas.

De esta manera, en las zonas tensionadas se llevarán adelante las siguientes medidas:

Viviendas arrendadas

La ley otorga la posibilidad de una prórroga de carácter extraordinario en el caso de que el arrendatario así lo desee. La misma será de tipo anual y con un máximo de tres años de alargue. Las condiciones y los términos de la prórroga serán iguales a los que se encuentran pactados en el contrato en vigencia.

Contratos nuevos de arrendamientos a nuevos inquilinos, de viviendas ya arrendadas

La regulación del alquiler en zonas determinadas, con un carácter general a la renta anterior. Considerando el incremento del IPC que corresponda al momento de la firma. Así, se establece un incremento adicional máximo según cada supuesto.

Viviendas en alquiler propiedad de grandes tenedores de inmuebles

En aquellas zonas declaradas tensionadas el precio del alquiler estará limitado al contrato anterior o a un precio máximo a aplicar conforme a los precios de referencia. En estos casos, se determina un periodo de 18 meses desde la aprobación de la legislación para la aplicación de dicha referencia. Esto tiene la finalidad de que la administración se adapte al sistema correspondiente para la regulación de los precios en dichas zonas.

Entorno fiscal favorable destinados a la reducción de los arrendamientos y el aumento de oferta con precios asequibles

Para la aplicación de dicha medida se llevará adelante la creación de un marco fiscal que favorezca la reducción de los precios. Por lo tanto, se establecerá la mejoría en la tributación del IRPF, para fomentar la oferta de vivienda habitual de alquiler a costes asequibles. Los nuevos contratos de arrendamiento tendrán una reducción del 50% en el mencionado impuesto, rebajas que podrán ser incrementadas según los siguientes criterios:

Viviendas Vacías y modulación de IBI

El anteproyecto integrará la definición de lo que será considerada una vivienda vacía con la finalidad de que las administraciones autonómicas puedan llevar adelante el recargo del IBI para las viviendas no habitadas desde hace más de dos años. Otra de las condiciones para que el recargo en el tributo se realice es que el propietario tenga como mínimo cuatro viviendas. Sin embargo, se establecen puntos concretos por causas justificadas.

A su vez, se especifica variación del recargo del impuesto en la actualidad del 50% de la cuota liquida del mismo que podrá llegar hasta el 150%. El porcentaje de recargo dependerá de la cantidad de tiempo que la vivienda se encuentra vacía y la cantidad de propiedades que disponga sin habitar el mismo titular.

Procedimiento de desahucio en situaciones de vulnerabilidad

Otro de los puntos que integran la nueva ley de vivienda tiene que ver con los modos de proceder ante situaciones de desahucio que afecten a hogares en situaciones consideradas vulnerables. La finalidad de la medida será lograr una comunicación eficaz y rápida con el órgano regulador y los servicios sociales.

Por lo tanto, se busca asegurar que los órganos competentes logren solucionar las problemáticas habitacionales de este tipo. El objetivo es evitar que se produzcan situaciones de desamparo como resulta del desalojo. Durante el tiempo de resolución, los plazos de suspensión serán de uno y dos meses si el titular es persona física; y de tres a cuatro si se trata de un propietario jurídico.

Fomento de la vivienda protegida en alquiler a un precio limitado

Otro de los objetivos perseguidos por las regulaciones de la ley es aumentar la vivienda protegida. Para tal fin, se establecerá un mínimo del 50% para las viviendas protegidas que estén dentro de suelos de reserva para viviendas de dicha índole.  

Por otra parte, el anteproyecto estipula que la legislación urbana posibilite una reserva del 30%, mediante la articulación con las administraciones urbanísticas los mecanismos para establecer los criterios de aplicación. Así, se busca que la medida no interfiera en las competencias autonómicas estableciendo una obligación de aplicación.

Creación del Consejo Asesor de Vivienda

Además de las modulaciones y regulación que se han mencionado anteriormente, el anteproyecto de la Ley de Vivienda buscará reformar la actuación de las administraciones públicas en materia de habitabilidad. Por lo tanto, se llevará adelante la proyección de planes plurianuales que se basarán en la cooperación interadministrativa.

En este sentido, se busca regular

La actuación pública en materia de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana a través de la regulación, financiación, y planificación necesaria para garantizar su acceso a precios asequibles, así como para favorecer la conservación y mejora del parque de viviendas y de los entornos residenciales”.

Fuente: Pagina Oficial Ministerios de Hacienda (https://www.mitma.gob.es/el-ministerio/sala-de-prensa/noticias/mar-26102021-1559)

De esta manera, se crea el llamado Consejo Asesor de Vivienda. Se trata del órgano que se encargará de asegurar la participación equitativa de todas las administraciones y agentes en el desarrollo y elaboración de políticas de viviendas.

El consejo será de carácter técnico, asesor y consultivo del Estado. A su vez, estará integrado por profesionales del sector y por representantes de los intereses que se encuentren afectados por la presente ley. Es decir, representaciones empresariales o profesionales, del sector financiero, expertos en materia de vivienda (universitarios e investigadores).

Te recomendamos la lectura de la siguiente nota para continuar conociendo los principales puntos referidos a la nueva ley de vivienda:

Si te has quedado con alguna duda, puedes dejarnos tu comentario debajo de la nota. Desde Oi RealEstate te responderemos a la brevedad.

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La llegada del Covid-19 impacto en la vida de todas las personas de diferentes formas. A su vez, trajo consigo una serie de cambios vinculado al mercado inmobiliario. En el sector se disparó, durante la pandemia, el porcentaje de las viviendas heredadas a causa de la cantidad de fallecimiento provocados por el virus.

En la siguiente nota te contamos todo acerca de cómo se han incrementado las herencias de viviendas y el modo en que la Ley de Fraude Fiscal afecta el Impuesto de sucesiones y donaciones.

¿Qué sucedió con las viviendas heredadas en pandemia?

A principio del año 2020, el mundo se vio inmerso en un virus global que se cobró la vida de millones y millones de personas alrededor del globo. En consecuencia, se incrementó de manera impactante el número de viviendas heredadas en pandemia.

Desde el Registro de la Propiedad afirman que el ingreso de acatas notariales registrados en esta época es récord. El INE afirma que durante enero y mayo se han asentado 85.166 sucesiones en carácter de viviendas heredadas. Es decir, unas 564 transiciones por día.

Esta cifra supera el registro histórico de inscripciones comenzado en el año 2007. En mayo de 2021, en España, 17810 viviendas han sido heredadas. Esta cifra es la segunda más alta de la historia, ya que en marzo del mismo año se registraron 19.400 inmuebles heredados.

Lo impactante de los números, es que estas cifras solo contemplan aquellas viviendas heredadas en pandemia que han sido aceptadas. Por lo tanto, dejan por fuera a todos aquellas que han sido rechazadas. Es decir, aquellas en las que la deuda que demanda la herencia es mayor al monto total de todos lo bienes y derechos de la persona fallecida.

¿Dónde se registraron las mayores cifras de viviendas heredadas en pandemia?

Según los datos publicados por el INE, Cataluña se sitúa como la comunidad en la cual se han registrados mayor cantidad de viviendas heredadas en pandemia. Aproximadamente unas 15.000 operaciones.

Sin embargo, en las demás localidades la diferencia es muy poca. En Andalucía se registraron alrededor de 14.000, en Madrid y en la Comunidad Valenciana aproximadamente 11.200.

Luego, le siguen, a lo lejos, Castilla y León con 5.324 registros y País Vasco con 4.223. De manera singular, en La Rioja se heredado, en los primeros cinco meses del 2021, menos de 1000 viviendas. Y, en Melilla y Ceuta menos de 100 cierran transmisiones de este tipo entre enero y mayo.

¿Cómo tramitar una herencia?

El trámite de una herencia, en primer lugar, depende de la existencia o no de un testamento. En el caso de que el causante haya realizado la declaración de sus última voluntades lo que sigue es realizar la repartición de los bienes y obligaciones. En caso contrario, se debe llevar adelante una declaración de herederos para determinar cuáles son los herederos forzosos.

Para más información te recomendamos ingresar a los siguientes artículos

¿Cómo tramitar una herencia con testamento? Certificados y pasos a seguir

¿Cómo tramitar una herencia sin testamento? Declaración de herederos abintestato y pasos a seguir

En ambos casos, el proceso de sucesión hereditaria se lleva a cabo en una notaría, en la cual se elevará el acta de notoriedad.

En muchos casos, las personas deciden acudir a una agencia inmobiliaria para que lleven adelante todo el proceso de la herencia. Además, una vez concretada la operación, dejan en manos del agente la administración de la propiedad, en los casos en que se quiera vender el inmueble heredado. Una forma para ahorrar tiempo un dinero. Se trata de una fórmula que permite ahorrar tiempo y dinero.

El tiempo del trámite depende de las circunstancias en las cuales se hereda la vivienda. Como dijimos, dependerá si existe o no, y el tiempo en que tarden en consensuar los herederos

Se considera que uno de los conflictos principales de consenso entre herederos es la voluntad o no de la totalidad de ellos en vender la propiedad. Esto sucede en tanto es necesario el acuerdo del 100% de los herederos. En caso contrario, en necesario acudir a una alternativa por vía judicial. La negoción es fundamental, ya que a partir de ella se puede evitar o no la instancia de una subasta pública de la propiedad.

¿Qué impuestos tributan sobre una herencia?

El impuesto principal que grava una herencia es el de sucesiones. Segú la Ley, este impuesto grava la trasmisión de bienes y/o derechos entre personas físicas. Los hechos imponibles sobre los cuales se aplica son las transmisiones mortis causa, las trasmisiones intervivos y los cargos por cobros de seguros de vida.

El impuesto no tiene un monto fijo de gravamen, ya que este depende del total heredado. Depende de cuánto se hereda, con un tributo que va del 7,5% al 34%. Al estar cedido a las comunidades, se le deben incluir las bonificaciones que cada una realiza sobre este tipo de operaciones.  

Los gravámenes más altos se encuentran en Castilla y León, Austrias y en la Comunidad Valenciana. En el caso madrileño, existe una bonificación del 99% cónyuges, hijos, nietos, etc.. Es decir, para familiares directos.

Las personas herederas tienen un lapso de 6 meses para abonar el ISyD, con la posibilidad de pedir una prórroga por 6 meses más, en caso de ser necesario. En este último caso, se le incorporarán los intereses correspondientes.  

Debido a la situación sanitaría y la crisis económica y laboral que ha llegado con la misma, muchas comunidades flexibilizaron el pago del impuesto por más tiempo.

Otro de los impuestos que se deben abonar al momento de recibir una herencia es la plusvalía municipal. Este tributo se paga siempre que exista cambio de titularidad de un inmueble.

La plusvalía es un impuesto, como bien dice su nombre, de carácter municipal que se encarga de gravar el valor de las viviendas de naturaleza urbana y su incremento. El mismo, se tributa cuando se realiza una transacción y el valor que se tiene en cuenta en el que ha sido reconocido en el catastro.

Se abona en el ayuntamiento que regula la zona en la que se encuentra ubicado en un plazo de 6 meses. No puede ser prorrogado y existen sanciones en el caso de no abonarlo. Las mismas pueden ser entre el 50 y 150% más de la cantidad que queda por pagar. Estos valores son fijados dependiendo de la gravedad de la infracción.

Y, ¿Cuáles son sus gastos?

Además de los impuestos, las operaciones de viviendas heredadas en pandemia, y en cualquier contexto, hay que sumarle unos gastos extras que deben ser asumidos por todos los herederos. Algunos de ellos son los gastos notariales, fiscales y para el Registro a La Propiedad.

Si son varios los herederos, los gastos van a ser divididos acorde a lo que cada uno reciba como bien heredado que se encuentra en el testamento o en la declaración de herederos. En el caso de llegar a existir acuerdos, cada uno abonará lo que hayan consensuado

Otro modo de celular el gasto que cada heredero debe pagar tiene que ver con el grado de parentesco con el causante y con las bonificaciones de cada comunidad.

Por último, al tratarse de una propiedad como cualquier otra, las viviendas heredadas en pandemia deben tributar otros impuestos y asumir otros gastos. Como por ejemplo, e IBI, el IRPF, gastos de seguro, etc.

La Ley Anti fraude y el cambio impositivo para 2022

EL Boletín oficial del Estado, publico hace días, la nueva Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal.  Dicha normativa provoca un cambio radical en el modo de calcular el ISyD. Lo que modificará es la base imponible el valor que se tomará de la vivienda. Es decir, en la nueva ley figura que se considerará al valor referencial aprobado por la Dirección General de Catastro.

Este punto de la ley entrará en vigor en enero de 2022 y se aprobará todos los primeros días de diciembre. Por lo tanto, se verán afectadas por las normas las operaciones de viviendas heredadas en pandemia que se produzcan a partir de dicha fecha.

¿Cómo afecta el cambio fiscal a las viviendas heredadas en pandemia?

El cambio que introduce la nueva ley de fraude fiscal sobre la modificación en el cálculo del valor del inmueble afecta al heredero  en tanto, el ISyD se calcula en base al valor de la propiedad. Es decir, mayor es el valor de la vivienda heredad mayor es el monto a tributar por el impuesto. Así, la base imponible será el valor de mercado del inmueble.

Con la nueva ley, dicho valor será el de referencia de Catastro. En muchos casos, Hacienda decide comprobar el valor de las viviendas heredadas en tanto considera que se han pagado impuestos por debajo de lo correspondiente. Esta acción se llama acción de valores, y es don entra en vigencia el valor de referencia.

El reclamo de Hacienda se realiza cuando la autoridad determina que el valor de un inmueble heredado es superior al precio con el cual fue escriturado. Siempre en correspondencia con los valores que cada administración de hacienda maneja. Estos recamos, pone en evidencia que en varias ocasiones que entre el precio de mercado y el valor establecido por la gerencia hay una gran diferencia.

Si te has quedado con alguna duda, déjanos tu comentario y desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

Para más información sobre el modo en que se realizará el cálculo del valor neto de un inmueble te recomendamos leer:

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Desde el 1 de junio, aumentó considerablemente el coste de la nueva factura de luz 2021 . De esta manera, el aumento en el consumo de energía eléctrica y las nuevas tarifas afectaron a todos los hogares de España.

Por este motivo, desde el gobierno se estaba trabajando en una baja en el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Finalmente, el pasado jueves 24 de junio se materializó la medida.

Según María Jesús Montero “se trata de un paquete de medidas de aplicación inmediatas hasta que surjan efecto todas las estructurales”

En el siguiente artículo te detallamos todo lo que debes saber acerca del decreto de urgencia. Sigue leyendo!

Del aumento a una posible rebaja del IVA

Los aumentos en el coste de luz pusieron en alerta al gobierno en relación a las tarifas en las facturas de luz. Desde el 1 de junio, los hogares españoles sufrieron, a partir del cambio de las franjas de consumo, un aumento considerable en el coste de la energía eléctrica.

Según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) el objetivo con la nueva división de franjas de consumo recaía en el incentivo al consumo energético en aquellos tramos donde la saturación es menor.

De esta manera, las nuevas franjas comenzaron a regir a partir de principio del mes de junio con la nueva posibilidad de elegir dos tipos de potencias diferentes.

En consecuencia del pronunciado aumento en el coste de la factura de luz de los hogares españoles, el gobierno debió considerar una medida que regule y detenga el aumento de la factura energética. Por estos motivos, el ministro de Consumo, Alberto Garzón, expuso la posibilidad, por parte del ejecutivo, de una posible disminución del IVA a un 10%. Medida que ya es real y que regirá hasta fines del 2021

10% menos de IVA en la nueva factura de luz 2021

En carácter extraordinario, el jueves fue aprobado, por Consejo de Ministros, el Real Decreto-Ley que reduce los impuestos aplicados al consumo de energía eléctrica. Como resultado, la nueva factura de luz 2021 de los hogares, autónomos, pequeñas y medianas empresas vendrán con una disrupción en el IVA.

La medida supone una rebaja del impuesto al valor agregado del 21% al 10% hasta el 31 de diciembre de 2021. A lo que se le suma la detención en el cobro del impuesto del 7%, por tres meses, a la generación eléctrica.
Como diversas medidas en contexto de crisis, esta disminución busca contener el impacto abrupto del aumento de coste por parte de mercado mayorista de electricidad.

En palabras de la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, se busca:

atender de forma urgente y aliviar la situación de las familias y del tejido productivo”

¿Cómo impactará la medida en las nuevas facturas de luz 2021?

Según análisis del Gobierno, la reducción del IVA en la nueva factura de luz 2021 logrará disminuir hasta un 10% de su monto.

María Jesús Montero afirmó que esta medida de urgencia podría suponer un ahorro de 857 millones de euros. De los cuales, 566 millones impactarán en lo que resta de este año, y la diferencia en 2022.

¿A quienes beneficiará la medida?

En relación directa al impuesto al valor agregado de la factura, será aplicada la rebaja del 10% en todos los consumidores con una potencia de hasta 10 (kw) contratados. En este sentido, siempre que el precio medio esté por encima de los 45 euros megavatio hora (MWh)

La medida cubre, según la ministra de hacienda, a la totalidad de los hogares españoles, ya que la potencia media de consumo es del 4,1 (Kw). Además, los contratos de empresas y negocios tienen esta baja potencia casi en un 75%. Sin embargo, en estos casos el IVA tiene un impacto más neutral, ya que aliviana costes de tesorería. Una medida que permite disminuir tensiones durante los meses de recuperación económica y productiva.

Lo que prevé el Gobierno es que la medida de urgencia impacte en la nueva factura de luz 2021 de caso 20 millones de consumidores, incluidos hogares, autónomos y empresas.

De manera concreta, llegará a todas las familias españolas y a un 72% de negocios y empresas.

Por otra parte, en el caso de consumidores vulnerables severos se aplicará el 10 % del IVA pero de manera independiente a la potencia contratada y el coste del mercado. En este sentido, unos 600.000, que formen parte de algún bono social, recibirán la rebaja hasta fin de año.  

Respecto a la suspensión en el impuesto sobre el valor de producción de energía, entrará a regir a partir del tercer trimestre del corriente año. Recordemos que el tipo impositivo del impuesto es de un 7%, y ha sido suspendido en 2018 temporalmente por seis meses.  

¿Qué pasará después de diciembre?

La aplicación de un IVA reducido en la nueva factura de luz 2021 como hemos mencionado, regirá hasta el 31 de diciembre. Una vez llegado el momento, el Gobierno evaluará la evolución en los costes para decidir continuar o no con la medida.

El análisis, según mandatarios, se llevará a cabo en relación a los efectos provocados por otras medidas anunciadas por el Poder Ejecutivo para disminuir los montos en el servicio eléctrico. Como por ejemplo, el anteproyecto de ley de minoración de los beneficios extra de las centrales nucleares e hidroeléctricas y la revisión de la fiscalidad integral.

Siguiendo las palabras de Montero:

El Gobierno reevaluará el 31 de diciembre la situación del coste de la energía y será en ese momento en el que se adopta la decisión que corresponda pensando siempre en el interés general”.

Los electrointensivos incluidos en la medida

Por último, el decreto-ley de urgencia incluye una inversión de 100 millones de euros extras para suplir el sobreprecio del CO2 de la industria electrointensiva, que había recibido previamente 78 millones de euros.

Para el tejido empresarial, según la ministra de Hacienda, el ahorro se irá a unos 400 millones de euros y no afectará a lo que respecta al déficit público.  

La medida en general logrará abaratar la factura de la industria, con una rebaja aproximada del 5 o 6 % complementada con los 100 millones adicionales.

Para más información respecto a medidas en relación a la energía te recomendamos leer la siguiente nota.

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En pleno debate por la futura Ley de Viviendas, el gobierno nacional presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC) sobre la inconstitucionalidad de la Ley de Alquileres 11/2020. El acto se llevo acabo en una sesión del Consejo de Ministros el martes 15 de junio de 2021.

El recurso pide la impugnación de una serie de artículos de la ley de alquileres promulgada por el Parlamento catalán. Sin embargo, no recurre sobre la suspensión de la normativa.

El principal motivo recae sobre la la vulneración de la ley catalana en las en las competencias estatales.

En el siguiente post, te contaremos por qué se considera inconstitucional la ley y cuáles son los artículos que se deberían ser impugnados. ¡Sigue leyendo!

¿Qué solicita el recurso del Gobierno ante el TC?

Según declaraciones de la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, el gobierno viene intentando, mediante la Comisión Bilateral, lograr un acuerdo con la Generalitat desde hace seis meses. En consecuencia, y ante la falta de consenso, se recurrió a la ley de alquileres ante el TC por considerarla inconstitucional.

De manera concreta, el recurso presentado por el gobierno solicita la impugnación de los artículos 1, y los artículos que van del 6 al 18.

Asimismo, busca impugnar las Disposiciones Adicionales de la primera a la cuarta; la impugnación de la Disposición Transitoria primera y la Disposición Final 4° letra b.

¿Por qué se considera inconstitucional a la Ley 11/2020?

Según el gobierno nacional, la inconstitucionalidad radica en que algunos artículos de la ley tienen un carácter invasivo al trasgredir las competencias estatales. A su vez, se considera a la ley autonómica como un caso de promoción de medidas para las cuales los gobiernos autónomos no resultan competentes por fuera de un marco legal nacional.

En palabras del ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, “la inconstitucionalidad de la ley es tan evidente que el Ejecutivo no lo puede pasar por alto”.

Sin embargo, el recurso no busca suspender el ejercicio de la ley autonómica. Incluso algunos de sus contenidos serán considerados para la Ley de Viviendas.

Como afirmó la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, el ultimo martes 15 de junio:

no se solicita la suspensión cautelar de la medida puesto que, en paralelo a la resolución del Tribunal Constitucional, se va a tramitar por este Gobierno la Ley de Vivienda que incorpora muchos de los elementos que ahora, por competencias, se recurren ante el Constitucional”.

A continuación, detallamos los artículos impugnados y el motivo por los cuales son considerados inconstitucionales.

Análisis de algunos de los artículos impugnados por el recurso del gobierno nacional

1. Artículo 1 de la Ley 11/2020

En el artículo 1 de la ley se establece su objeto y ámbito de aplicación. En este sentido, sostiene como objeto “regular la contención y moderación de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda” según diferentes circunstancias, también previstas en la normativa.

Es en el objeto mismo de la ley donde el gobierno encuentra parte de su inconstitucionalidad, ya que viola las competencias estatales al regular los contratos de alquileres. Según la Constitución Española, el gobierno nacional tiene competencia expresiva en sobre las bases de las obligaciones contractuales. Así lo dispone en el Artículo 149.1.8 sobre legislación civil.

A su vez, el artículo 1 vulnera la competencia del gobierno nacional en el marco de la Ley de Arrendamientos Urbanos. La misma tiene como finalidad de regular el derecho inmobiliario y cualquier acto vinculado a la vivienda y el alquiler.

2. Artículo 6,7, 8, 9, 10, 12.

Estos artículos han sido considerados inconstitucionales en tanto intervienen en la competencia específica del gobierno nacional en términos de normativa contractual.

En ellos se detalla la regulación en torno a los siguientes puntos:

Artículo 6: Especifica las determinaciones de la renta inicial del alquiler en los contratos de arrendamiento de las viviendas que se asienten en zonas consideradas como mercado tenso. La ley reúne una serie de condiciones.

Artículo 7: Regula el precio de referencia, es decir, el coto máximo que se podrá consensuar, salvo en contratos en los cuales las viviendas cumplan una serie de descripciones, estipuladas por el propio artículo. Sin embargo, en estos casos no pueden superar el 5% de aumento.

Artículo 8: Determina la regulación en la Actualización de la renta.

Artículo 9: Define gastos generales y de servicios individuales. En el caso de atribuirle al arrendatario gastos y servicios de la propiedad, estos deben estar debidamente detallados por contrato. A esto, se le suma la obligación del arrendador de presentar cada mes de enero la liquidación total de lo abona el año anterior. Es una forma de justificar tales gastos y sus importes.

Artículo 10: Estipula el modo en que se considerara el arrendamiento de viviendas nuevas o rehabilitadas.

Artículo 12: Reembolso de cantidades percibidas en exceso. Refiere a la regulación en los casos en los cuales el arrendatario haya cobrado un costo mayor a los límites establecidos por la ley. En estas situaciones, se deberá restituir al inquilino la diferencia más una suma en carácter de interés.

3. Artículos 17, 18 y la Disposición Final cuarta letra b

Lo artículos mencionados de la Ley de Alquileres 11/2020 regulan una modificación en Ley 24/2015 y la Ley 4/2016, respectivamente. Y en la Disposición final se establece el monto en que entre en vigencia la normativa.

Para el gobierno nacional español estas reglamentaciones tienden a vulnerar, nuevamente, la competencia estatal. A diferencia que en el artículo 1, en este caso viola la exclusividad en termino de legislación procesal, determinada en el Artículo 149, punto 1 ítem 6 de la Constitución Española.

Pero ¿es el único caso de impugnación la Ley de Alquileres 11/2020?

El recurso presentado por gobierno español no es el primero en relación a la inconstitucionalidad del la Ley de Alquileres 11/2020.

En enero del corriente año, el PSOE, el PP y Cs presentaron su disconformidad con la ley. Al igual que el gobierno, entendían que algunos de sus artículos vulneraban las competencias estatales.  

En consecuencia, fueron los primeros en impugnar la Ley de Alquileres 11/2020 ante el Tribunal Constitucional. Un trámite que aún se encuentra en proceso.


Para más información:

¿Es inconstitucional la nueva Ley de alquileres catalana

Ley de alquileres en Cataluña: preguntas frecuentes

Nueva Ley de Alquileres 2020: el gobierno regulará las rentas en todo el territorio español

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