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Mercado del alquiler

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Desde Oi Real Estate queremos contarte todo sobre los impuestos y precios máximos de alquiler a los que debemos hacer frente sí o sí. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

La oferta y la demanda

Si todas las personas desean vivir en el mismo barrio, los costes de las viviendas en ese lugar, sin dudas subirán. Existen solo dos maneras, en una economía de mercado, de bajar estos costes, se trata de aumentar la oferta y disminuir la demanda.

Si conseguimos que la demanda aumente, por ejemplo, en caso de que los propietarios alquilen directamente a turistas, como sucede por medio del alquiler turístico, lograríamos que los precios para el alquiler tradicional se eleven. La razón es muy simple, esto sucede porque quedará una menor cantidad de viviendas en el centro de las ciudades para ser utilizadas como viviendas habituales. Por otro lado, como ha quedado claro durante la pandemia del COVID-19, el teletrabajo comienza a extenderse a pasos agigantados. Es por este motivo que la necesidad de vivienda habitual se puede cubrir con viviendas más lejanas al centro de las ciudades. Al haber mayor cantidad de viviendas lejos del centro de las grandes ciudades que cercanas al mismo, vemos como ante el aumento de oferta los precios bajan.

Sin embargo, los costes de los alquileres no pueden caer a la misma velocidad que el resto de los bienes. Comparémoslo con otro tipo de elementos, por ejemplo, es por esto que pudo ser debatible el valor máximo en la venta de las mascarillas. No obstante, debido a la gran producción que se vio reflejada en un aumento de la oferta de mascarillas, su valor se redujo rápidamente. Sin embargo, al volver la mirada hacia los costes de edificación de un inmueble notamos que no es posible que caigan a esta velocidad. Por otro lado, y aún más relevante, ese espacio próximo al centro de una ciudad es limitado.

¿Qué sucede con los precios máximos de alquiler?

Una vez que nos encontramos en este punto, la pregunta que surge es qué podemos hacer con el valor de los alquileres. Bien, a medio y largo plazo, lo ideal sería aumentar la construcción de viviendas. Sin embargo, la realidad es que brindar más permisos de edificación puede generar costes medioambientales. Esto ocurre principalmente en la costa o bien, en las islas donde el espacio edificable es limitado. Por otro lado, a corto plazo, lo que es posible hacer es incentivar o incluso, obligar a aquellos que tengan una vivienda vacía a que la alquile.

Al ser una política de incentivo, quiere decir, que esa política beneficiará a aquellos que tengan el capital invertido, de manera total o parcial, en una vivienda que no habitan. Por supuesto, esta política de incentivos beneficiará, por este motivo, a las rentas más elevadas. Esto es de este modo porque son exactamente las personas de rentas más elevadas las que poseen ahorros y capital invertido, por ejemplo, en viviendas. Por ende, este tipo de política de incentivos, beneficiará a aquellas rentas más altas y será regresivo. Sin embargo, lamentablemente, esto también sucede, por ejemplo, con los subsidios agrarios. Y tendrá que ser compensado por medio de otras políticas públicas, sin embargo, en ocasiones resulta prácticamente imposible llegar a cumplir todos los objetivos con una sola política.

¿Qué opina la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal?

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) ha arribado a esta misma conclusión, cuando analizó cuáles eran los beneficios fiscales, entre ellos, la reducción del 60% en la base imponible del rendimiento de los alquileres de vivienda para residencia habitual en el IRPF. La conclusión de la AIReF era que se trata de un beneficio fiscal que cumplía su objetivo, pero no podía distinguirse qué provenía de rentas afloradas de la economía sumergida y qué de nueva oferta de inmueble puesto en alquiler.

No obstante, los dos efectos son positivos. Si tuviéramos en cuenta que todas las rentas de alquileres proviniesen de la economía sumergida, en esas condiciones, la reducción también debería mantenerse. Ya que, si no existiese, ningún alquiler se declararía, y por ende, la recaudación se encontraría en cero. Claro que es mejor cobrar un 40% de algo que un 100% de nada. Pero, el precio real de este incentivo es, en consecuencia, menor a los 1.039 millones de euros al año que calcula la AIReF. Y, en consecuencia, el actual incentivo ha tenido un cierto efecto en aumentar la oferta con lo que no sólo ha favorecido a los propietarios de viviendas en alquiler.

Es por este motivo que la AIReF aconseja reformular el incentivo para beneficiar el acceso al alquiler de las viviendas de los ciudadanos con rentas no muy altas. Esto se debe a que, si los incentivos no son uniformes resulta más complejo lograr que no terminen económicamente en manos de los propietarios. No obstante, la cuestión clave es que no haya riesgo o que se trate del menor posible, tanto de impago, como de la posibilidad de recuperar la vivienda, con los daños mínimos y gastos posibles, para el propietario cuando el contrato llegue a su fin. En esta sentido, los impuestos son muy importantes, pero la seguridad jurídica todavía más.

No es posible que todos vivan en el mismo sitio

Por otro lado, debemos considerar que los barrios más tensionados no están de acuerdo en muchos casos con inquilinos con dificultades de acceso a la vivienda. Un barrio puede ponerse de moda y aumentar los precios. Sin embargo, el objetivo de una política pública no puede ser que nadie deba moverse de barrio, sino que todos logren tener acceso a una casa. Se trata de la imposibilidad física de que todos vivan en el mismo sitio. En todo caso, la posibilidad de dar una mayor cantidad de incentivos a los propietarios que reduzcan costes debería bajar los precios para los inquilinos sin bajar la oferta de vivienda. Eso sí, esta política tendrá un coste para las Arcas Públicas.

Restringir el derecho de propiedad

Con respecto a la idea de obligar a los propietarios a alquilar o bien, de restringir el derecho de propiedad, hay que tener en cuenta dos elementos. Uno de ellos, es que esto implica, siempre algún tipo de expropiación forzosa. Es posible que dé lugar, en la mayoría de los casos, a una indemnización por responsabilidad de la Administración. Pero claro que las decisiones siempre tienen un valor, y los recursos presupuestarios no son infinitos. En segundo lugar, España necesita capitales e inversión para transformar su economía. Para esto resulta fundamental que haya reglas y seguridad jurídica lo que no va bien con políticas de este tipo.

En resumen, fijar precios máximos de alquiler, en un lugar donde la oferta es inelástica, puede o no servir para nada. Ya que son demasiado elevados, o aumentar la economía sumergida o disminuir la cantidad de inmuebles en alquiler, aumentando los inconvenientes.

Luego de leer este post, nos interesa mucho saber cuál es tu opinión sobre los impuestos y precios máximos de alquiler. Si te interesa compartirla con nosotros, es posible hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales se encontrará a tu disposición y te brindará la ayuda necesaria en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Desde Oi Real Estate queremos contarte cómo debes reclamar a tu inquilino en caso de incumplimiento de contrato de alquiler. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Invertir en viviendas para alquiler es una de las mejores opciones ya que se trata de una colocación de capital que cuenta con un fundamento perdurable en el bien inmueble. No obstante, el riesgo siempre tiene lugar en el caso en que suceda un incumplimiento de contrato de alquiler.

No es posible contar con la certeza total sobre el cumplimiento de un contrato de cualquier tipo y los de alquiler no son la excepción. Sin embargo, para estos casos tenemos las leyes que prevén las indemnizaciones por daños y perjuicios por incumplimiento de contrato de alquiler.

Principales causas del incumplimiento de contrato de alquiler

Cuando se concreta un contrato de alquiler hay tres puntos de gran importancia que son los que componen el núcleo del convenio: la vivienda, el valor de la renta y el plazo. Por lo general, en torno a al valor de la renta y el plazo, se encuentran la mayoría de los incumplimientos.

Falta de pago

Es habitual que vinculemos el incumplimiento de un contrato de alquiler con la falta de pago de los valores acordados para la renta. Cuando nos encontramos en situación de impago está claro que se incumple con una parte importante del contrato de alquiler.

Sin dadas, la estricta puntualidad a la hora de realizar los pagos del coste del alquiler es una de las prerrogativas exigibles por parte del propietario. En caso de impago que además, perdura en el tiempo, esta falta puede ser causa de un justificado litigio.

La falta de pago es una de las cuestiones que se plasman de manera explícita en cualquier contrato de alquiler. Se expresan incluso cuáles son los plazos de espera y también las acciones que puede ejercer el propietario hasta llegar al punto de reclamar el desahucio del inmueble.

El último paso en caso de un retardo en donde el inquilino incumple su obligación, es el desalojo. Por lo general, se concede un plazo razonable para exigir el valor adeudado que, al vencerse, brinda al propietario la posibilidad de ejercer acciones más radicales como el desalojo.

Si bien, el problema más habitual es el de la cesación de pagos de la renta acordada, también existen otros escenarios que pueden provocar una situación de incumplimiento de contrato de alquiler.

Rescindir el contrato antes de lo acordado

Dentro de los factores que pueden considerarse como incumplimiento de contrato de alquiler de un inmueble se encuentra el hecho de querer rescindir el contrato antes de lo acordado. Esto quiere decir, no cumplir con el plazo de alquiler previamente estipulado.

Se trata también de una causa muy habitual que se presenta cuando el inquilino por algún motivo quiere abandonar el inmueble antes de que venza el plazo acordado por contrato. Del mismo modo que en cualquier otro aspecto, será fundamental lo que esté escrito en el contrato.

El propietario podrá exigir el pago del resto de las rentas a pesar de no haber habitado la vivienda. Esto sucede cuando el contrato no brinde esta prerrogativa al inquilino y no se llegase a ningún acuerdo o convenio entre las partes.

Esto se debe a que existe la posibilidad de que el propietario cuente con ese ingreso de dinero para cumplir con obligaciones que, de no hacerlo, pueden llegar a verse perjudicado.

Si el propietario depende de ese dinero para responder a ciertas obligaciones y se ve afectado por esa decisión del inquilino, podrá ejercer acciones legales alegando daños y perjuicios por incumplimiento de contrato de alquiler.

Para esto es necesario realizar una distinción entre recuperar los costes correspondientes a las rentas no abonadas y solicitar ante tribunales una indemnización por lo explicado previamente.

Sin lugar a dudas, será necesario sustentar de forma fehaciente la posible relación directa que existe entre el hecho de no contar con los fondos negados por el impago y los efectos que esto ocasionó al propietario.

Consecuencias del incumplimiento de contrato de alquiler

Hemos analizado cuáles son los principales motivos que generan el incumplimiento de contrato de alquiler. Ahora, veremos cuáles son las consecuencias que genera este tipo de situación para quien no cumpla con el contrato de alquiler.

Primero, es posible que genere gastos adicionales traducidos en las gestiones de cobro iniciales que puede ejecutar el propietario.

Luego, puede ser que deba acudir a citaciones del juzgado para comparecer ante un reclamo judicial, todo esto genera una pérdida de tiempo y dinero.

En último lugar, puede verse sometido al desalojo forzado, una situación para nada agradable.

Además, por vía de tribunales es posible que sean reclamados los valores adeudados y ciertas cantidades adicionales que correspondan a los daños y perjuicios ocasionados. Esto es, a causa de todos los contratiempos generados por la impuntualidad en el pago.

Ten en cuenta que el propietario deberá argumentar esto último profusamente para que proceda, se trata de un riesgo inminente que corre el inquilino a la hora de caer en el incumplimiento de contrato de alquiler.

Demanda por incumplimiento de contrato de alquiler

Los términos en los que se acuerde el contrato de alquiler son fundamentales para lograr introducir las demandas que se desprendan de este tipo de situaciones.

Un contrato bien redactado donde se explique de manera explícita cada una de las obligaciones y penalidades, nos ahorrará mucho tiempo y trabajo.

Es por este motivo que un buen asesoramiento para este tipo de trabajo de redacción del contrato de alquiler siempre es aconsejable. Nada puede reemplazar a la experiencia que se pueda adquirir con el servicio prestado en el mundo inmobiliario a este tipo de negociaciones.

En definitiva, el incumplimiento de contrato de alquiler siempre es una posibilidad. No obstante, si nos ocupamos de cubrir bien los extremos legales en un contrato amplio contaremos con la posibilidad de resarcir los daños económicos que esto nos ocasione.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte todos los pasos que debes seguir para lograr dar de alta la luz en tu vivienda de alquiler. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Es normal que no pensemos en el hecho de que una acción tan sencilla como la de encender la luz por medio de un interruptor tiene mucho trabajo detrás, esto es así aunque no lo notemos. De hecho, llegar a conseguir que haya electricidad en la vivienda necesita de ciertas cosas pero, para poder dar de alta la luz de tu piso de alquiler debemos seguir algunos pasos. También, es necesario tener en cuenta algunos puntos clave para realizar el proceso de manera más rápida.

Dar de alta la luz en tu vivienda de alquiler

El momento de dar de alta la luz en nuestra vivienda es algo de gran importancia, se trata de una tarea que corresponde al propietario de la casa de alquiler. De hecho, previo a firmar el contrato de alquiler, el inmueble deberá contar con todos los suministros básicos ya dados de alta, esto abarca el agua, la luz y el gas.

Si eres propietario ten en cuenta que debes realizar todos los trámites necesario antes de buscar al inquilino perfecto. Por otro lado, si eres inquilino deberás preguntar, lo más aconsejable sería que se encontrara todo listo antes de ingresar a tu nueva vivienda.

Para dar de alta la luz de una casa de alquiler, el propietario debe contactarse con la compañía suministradora que le interesa y brindar toda la documentación que le exijan. Por lo general, consiste en dar sus datos personales, el número de la cuenta bancaria, la dirección de la vivienda de alquiler. A la vez, deberá adherirse a un tipo de tarifa, estas variarán dependiendo de la compañía, y tendrá que seleccionar también la potencia, que se determinará según las características y del consumo de la casa de alquiler.

La cédula de habitabilidad

En primer lugar, debemos aclarar que la cédula de habitabilidad es un documento que siempre debemos de tener al alcance de la mano. Esto se debe a que nos lo pueden pedir para varias cosas.

Para conseguir dar de alta la luz en una vivienda, la compañía eléctrica necesita asegurarse de que cumple con todos los requisitos legales para poder ser habitada. Para conseguirlo, deberá presentar la cédula de habitabilidad de su casa de alquiler expedida por el organismo competente dependiendo de cada comunidad autónoma.

El boletín eléctrico

Es necesario que un electricista autorizado certifique que la instalación de la casa cumple con cada uno de los requisitos necesarios para poner en marcha el suministro eléctrico. Las compañías eléctricas deben conocer las características principales de la instalación, la potencia instalada y la máxima admisible, un esquema de los elementos básicos y una garantía de la calidad de la instalación. Toda esta información se reúne en el boletín eléctrico o certificado de instalación eléctrica.

El boletín eléctrico de una casa de alquiler debe informar sobre todas las características de la instalación eléctrica, esto incluye la potencia, la máxima admisible y también, adjuntar un esquema y un mapa de los elementos instalados. La compañía suministradora, a la hora de dar de alta la luz, puede pedir este documento e incluso, si lo considera necesario, también pude sugerir la necesidad de realizar algunas mejoras en la instalación para de esta forma, poder darla de alta de una manera segura.

Toda reforma en la instalación eléctrica de una casa debe ser realizada por un técnico electricista titulado, de modo que logre certifique la seguridad e idoneidad de la instalación. De lo contrario, la casa puede sufrir algún posible desperfecto en caso de subidas o bajadas de tensión, cortocircuitos, entre otros.

La titularidad

El propietario de la casa de alquiler es quien debe ocuparse de la tarea de dar de alta la luz, por ende la titularidad inicial deberá ser a su nombre. No obstante, cuando una casa se alquila lo más adecuado es que la titularidad del suministro eléctrico pase al inquilino. Para conseguirlo, será suficiente con contactar con la compañía suministradora para comenzar a tramitarlo. Ten en cuenta que será necesario presentar los documentos identificativos que correspondan para pasar la titularidad.

No basta con un simple cambio de domiciliación bancaria. Esto se debe a que, si vas a vivir de alquiler siempre resulta más aconsejable que se realice un cambio de titularidad debido a que, de cara al propietario se trata de una medida que aporta una mayor seguridad ante posibles impagos. Por otro lado, para el inquilino brinda una mayor privacidad y un control de su consumo al recibir directamente las facturas él.

Luego de leer este post, nos interesa mucho saber cuál es tu opinión sobre estos consejos para dar de alta la luz en tu casa de alquiler. Si te interesa compartirla con nosotros, es posible hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte cuáles son los incumplimientos más habituales en el alquiler de una casa. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Sin lugar a dudas, en el alquiler de una casa es muy común que ocurran algunos incumplimientos. Por ejemplo, el mal mantenimiento de la vivienda es uno de los más comunes que comenten los propietarios al alquilar un inmueble. Por otro lado, la fianza también se encuentra entre los primeros puestos. Tanto por no ser devuelta como por la demora o incluso, por no haber sido depositada en el organismo competente, como debe ser según la ley. Sin embargo, los agentes inmobiliarios notan una mayor cantidad de incumplimientos contractuales por parte del propietario español.

Incumplimientos habituales en el alquiler de una casa

Se trata de tres incumplimientos del propietario muy frecuentes:

Mantenimiento y demoras en los arreglos

Sin lugar a dudas, el mantenimiento de la vivienda y las demoras en los arreglos de averías de los electrodomésticos es lo más frecuente. Esto es por parte de los propietarios en su relación con los inquilinos.

Ocuparse de la reparación en la casa alquilada es deber del propietario en los términos del artículo 21 de la LAU. Todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido están a cargo del propietario. Excepto, que la avería sea causada por la culpa del inquilino.

Lo más aconsejable es dejar bien aclarada en el contrato de alquiler, la cláusula de obligaciones de ambas partes, detallando de manera exhaustiva los daños y reparaciones de los que debe hacerse cargo cada una. Todo esto, en el marco de lo establecido en la ley de arrendamientos urbanos. Por otro lado, también es de gran importancia contar con el consejo de un profesional para el buen entendimiento de ambas partes.

Se trata de algo que suele ocasionar grandes discusiones entre inquilinos y propietarios, ya que por lo general hay desacuerdos sobre si ciertos arreglos son pequeñas reparaciones que tiene que resolver el inquilino, o si es necesario que sean reparados por el propietario del inmueble. Es por este motivo que resulta aconsejable ampliar este artículo en la medida de lo posible, ya que en ocasiones dependemos de la jurisprudencia.

Otra opción muy interesante es la de contratar un seguro del hogar, de este modo, las averías no serán un problema. Por otro lado, otra solución es que ambas partes firmen un documento en donde se regulen las acciones a acometer en la vivienda. También, debe aclararse quiénes son los responsables de cada una de ellas. Y si ocurre algún conflicto, se puede tener acceso a mediación, ya que la justicia es costosa y lenta. La solución de los conflictos y evitar que se enquisten es, en ocasiones, un problema de tiempo. Lo más aconsejable es resolverlo en el momento.

No devolución o atraso en la entrega de la fianza

En segundo lugar, se encuentra el incumplimiento que tiene que ver con la demora en la devolución del importe de la fianza. Lo que nos dice la ley es que debe realizarse después de un mes a partir de la entrega de las llaves. Por otro lado, este punto también abarca la no devolución de la fianza. Suele ser justificada por desperfectos en la casa de alquiler, que en realidad se deben al deterioro debido al uso y corresponden al propietario

Con respecto a este tipo de inconveniente, es posible resolver entregando como esa garantía un aval bancario, en lugar de dinero.

Lo ideal, es dejar una constancia escrita y también gráfica del estado en el que se entrega el inmueble. Esto debe ser el inicio y al final del contrato. La función es reflejar cualquier posible desperfecto que resulte más o menos en relevante que existieran antes del ingreso del nuevo inquilino para que no le sean imputados a su salida.

Por otra parte, también es aconsejable para dejar de lado los conflictos optar por el tratamiento de la generación de los intereses a favor del inquilino. Esto es cuando, luego de un mes desde que fueron devueltas las llaves, el propietario no ha entregado la fianza. Con respecto a esto opina lo ideal es firmar un documento de resolución del contrato al momento de la salida del inquilino, del mismo modo que se firma un contrato de alquiler de una casa a su entrada.

No depositar el importe de la fianza en el organismo competente

El propietario también tiene la responsabilidad de depositar la fianza en el organismo correcto, por eso incumple cuando no lo hace en la institución que cada comunidad autónoma designa.

De este modo, el propietario puede llegar a recibir una multa administrativa, además puede tener responsabilidad civil frente al inquilino debido a los daños y perjuicios que puede haberle ocasionado. Lo más común es por la negativa de la Agencia Tributaria a desgravar el alquiler, ya que no ha podido comprobar su condición de inquilino.

En caso de que el alquiler se realice por medio de una Agencia, ésta puede ocuparse del trámite de depósito de fianzas, de esta manera, este punto quedaría garantizado. No obstante, existen otras soluciones a este inconveniente, también es posible pactar la retención de la primera o segunda mensualidad de renta al propietario, hasta que justifique al inquilino la presentación del depósito en el organismo competente.

Más incumplimientos habituales

Existen contratos de alquiler realizados por particulares sin que la vivienda cumpliera con las condiciones básicas de habitabilidad e incluso sin ser legalmente considerada una casa. También, es posible encontrar simulaciones de contratos temporales para evitar las prórrogas obligatorias de los contratos de alquiler, entre muchos otros incumplimientos.

Por otro lado, hay casos que no son tan habituales como el retraso en la entrega del inmueble al inicio del contrato, el intento de aumentos de renta por encima de las actualizaciones marcadas por la Ley. También, la solicitud de la rescisión del contrato al inquilino, argumentando la necesidad del inmueble para uso propio cuando la verdadera intención es vender la propiedad.

Después de leer este post, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Se acerca fin de año y siempre es necesario realizar un balance de todo lo acontecido. El 2020 quedará en el recuerdo de muchos por los innumerables cambios que generó en nuestro estilo de vida y en nuestras metodologías de trabajo. Pero en esta oportunidad, decidimos hacer una radiografía del impacto que tuvo la pandemia sobre el mercado del alquiler en España. Para ello, hemos ordenado los hechos cronológicamente. Consideramos que solo así se puede comprender el curso de las cosas.

Disminución de la rentabilidad de los pisos turísticos

España es un país turístico, o al menos lo era antes del estallido de la pandemia del coronavirus. Según un informe elaborado por la asociación empresarial World Travel & Tourism Council (WTTC) en 2019, el turismo aportaba un total de 176 000 millones de euros anuales a nuestro país. Esto representaba el 14,6% del PIB. Y, además, generaba más de un millón y medio de puestos de trabajo.

Como consecuencia, la inversión en pisos turísticos representaba un negocio verdaderamente rentable. Sobre todo, en las zonas costeras y en los núcleos urbanos, como Madrid y Barcelona. Pero el COVID-19 llegó para cambiarlo todo. En efecto, según el Instituto Nacional de Estadísticas, en agosto el número total de viviendas de uso turístico en España se situó en 321 496. Esto apenas representaba el 1,3% del parque residencial.

Según el INE, en Madrid, al igual que en Barcelona, había alrededor de 17 mil pisos turísticos hacia el mes de agosto. Estos se concentraban en el distrito centro de la capital y en el Eixample y Ciutat Vella en el caso de la ciudad condal. Sin embargo, en el mes de octubre se observó una tendencia diferente: frente a la falta de demanda de pisos turísticos, el 64% de los propietarios de viviendas de este tipo decidieron pasarse al alquiler residencial. Algunos de ellos consideraron a esta como una acción necesaria, pero temporal. Aunque el 49% lo han hecho de manera indefinida.

“El hecho de que un 64% de los propietarios de alquiler vacacional ahora se hayan pasado al alquiler residencial y en el 49% de los casos lo hayan hecho de manera indefinida es una buena noticia para el sector ya que puede ayudar a dotar al mercado de más oferta”, explicaba en octubre Anaïs López, directora de Comunicación de Fotocasa. Y, en efecto, eso es lo que sucedió.

Aumento del parque de las viviendas de alquiler

Como consecuencia de la falta de demanda de los pisos turísticos, la vivienda de alquiler en España aumentó un 63% en 2020. Durante el mes de marzo, la falta de cierre de operaciones de alquiler debido al confinamiento derivó en un aumento del stock disponible que llegó a duplicar al de los meses anteriores.

Los centros urbanos fueron quienes más se vieron afectados por este incremento en la oferta de pisos de alquiler. La Comunidad Autónoma de Madrid, por ejemplo, registró un aumento del 96,1%. Andalucía, por su parte, sintió un incremento del 81,6%. Le siguen en el listado la Comunidad Valenciana (66,7%), Canarias (62,4%), Baleares (61,9%) y Cataluña (58,6%). Como puedes ver, se trata, en general, de las comunidades que recibían a la mayor cantidad de los turistas que llegan a España.

Sin embargo, en otros municipios también se registró un incremento del parque de las viviendas de alquiler a largo plazo, aunque fue menos pronunciado. Nos referimos a Euskadi, donde la oferta aumentó un 33,9%; Galicia, donde el incremento fue del 27,5% y Castilla y León, donde fue del 21,7%. A ellas se suman La Rioja (18,8%), Navarra (17,9%), Aragón (10,1%), Asturias (9,3%), Cantabria (8,4%), Extremadura (7,4%) y Castilla-La Mancha (5,8%).

En algunas capitales, por su parte, el aumento en la oferta de viviendas de alquiler alcanzó el 200% este año. Es el caso de Granada y de Huesca, lugares donde el mercado es pequeño y los cambios se manifiestan con estadísticas más abruptas. Pero, además, hay otras ciudades que han doblado el número de viviendas ofertadas en 2020. Se trata de Sevilla (184,4%), Cádiz (172,2%), Cáceres (171,6%), Málaga (141,5%), Murcia (132,6%) y Córdoba (119,5%). También superaron el 100% Toledo (116,8%), Madrid (115,7%), Valencia (111%) y Jaén (101,8%). En Barcelona el incremento del stock fue del 91,6%, por detrás de Salamanca (98%) y Palma de Mallorca (94,5%).

mercado del alquiler

Caídas de precios en el mercado del alquiler de las grandes ciudades

Tal y como lo dicta la Ley de la oferta y demanda, era de esperarse que un aumento tan considerable en el parque de las viviendas en alquiler derivara en una caída de precios. En efecto, esto es lo que pasó en las grandes ciudades como Barcelona y Madrid. A pesar de que los dos centros urbanos alcanzaron el precio máximo de la serie histórica en el mes de mayo, desde entonces el valor del alquiler ha caído un 10,7% en la ciudad condal y un 6,3% en la capital española.

Estas cifras eran impensables en enero, cuando apenas comenzaba este año. En ese entonces, los precios del alquiler continuaban aumentando y parecían no tener techo. En efecto, en tan solo cinco años, el español promedio pasó de destinar el 28% de sus ingresos para la renta a desembolsar hasta el 40% de su salario.

Al respecto, el director de estudios de Fotocasa, Ismael Kardoudi, sostuvo que la incidencia en el cambio de la demanda sí que ha afectado a las grandes urbes como Madrid y Barcelona. Y se espera que esta misma tendencia ocurra en otras ciudades con grandes volúmenes poblacionales durante los próximos meses.

mercado del alquiler

Ligeros incrementos en los precios a nivel nacional

Ahora bien, la disminución de la demanda del alquiler de pisos turísticos no fue el único causante de la baja del precio de la renta en las grandes ciudades. El confinamiento también ha generado cambios radicales en las preferencias de los inquilinos. En efecto, se ha observado que un gran porcentaje de estos decidieron murarse hacia los pueblos o la periferia durante los últimos meses. Esto trajo dos consecuencias que, en algún punto, terminaron por equilibrarse. Por un lado, se profundizó el descenso en la demanda de los pisos de alquiler en las grandes urbes, lo que contribuyó a la caída de los precios de la renta. Por el otro, aumentó el interés de los inquilinos por los pisos de alquiler ubicados en las afueras. Esto hizo que aumentara la demanda en los pueblos pequeños y, por consiguiente, que aumentaran también los precios.

Según los últimos datos publicados por idealista, en noviembre, el precio del alquiler por metro cuadrado en España presentó un aumento interanual del 3,6%. En efecto, en septiembre de 2020 se obtuvo el máximo histórico de esta estadística: 11,5 euros por metro cuadrado. Desde entonces, el precio de la renta ha presentado ligeros descensos, pero continúa significando un aumento en el valor absoluto del precio del alquiler respecto de 2019.

Este contexto de fuerte crecimiento de la oferta y caída generalizada de los precios en los grandes centros urbanos generó otra consecuencia importante para el sector inmobiliario: el aumento del tiempo que se tarda en alquilar una vivienda. En parte, esto se debe a que los inquilinos buscan mejores oportunidades para comparar los precios y esto hace que se dilate la toma de decisiones. Pero, además, los propietarios son cada vez más cautos a la hora de seleccionar al futuro arrendatario. Todo esto ha generado que se tarde un promedio de cincuenta y ocho días en alquilar una vivienda, lo que representa diez días más que en 2019.

mercado inmobiliario

Previsiones sobre el mercado del alquiler en 2021

Anticiparnos a lo que ocurrirá en el mercado del alquiler en 2021 no es una tarea fácil, puesto que el coronavirus todavía amenaza con nuevos picos de contagios y con nuevas medidas restrictivas. Sin embargo, algunos profesionales empiezan a analizar qué ocurrirá el año próximo en el mercado de la vivienda.

Fotocasa, por ejemplo, ha entrevistado a más de quinientos agentes inmobiliarios, de los cuales el 70% sostuvo que el precio de la vivienda bajará durante 2021. Ahora bien, cuando se les preguntó respecto de cuánto tiempo creían que duraría la crisis en el sector, un 37% de ellos respondió que las consecuencias de la pandemia se prolongarán más de un año. Otro 30% sostuvo que las dificultades en su actividad se mantendrán entre seis meses y un año. Solo un 13% se mostró optimista y sostuvo que las cosas mejorarían en menos de seis meses.

Sin embargo, lo único que sí sabemos es que el mercado del alquiler sigue siendo un terreno fértil para la inversión. Si bien el coronavirus trajo consecuencias significativas al sector, el Real Estate ha sabido resistir y, más pronto que tarde, terminará de recuperarse de este fuerte impacto.

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