Desde Oi Real Estate queremos contarte cómo colocar la calefacción en tu piso de alquiler sin gastar una fortuna en el intento. Continúa leyendo el artículo para enterarte.
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Con la llegada de los meses más fríos del año, es normal que comencemos a pensar en colocar la calefacción. En la actualidad, nos encontramos atravesando una verdadera crisis mundial de suministros y los precios se encuentran realmente elevados. Es por esto que hemos decidido contarte algunos trucos muy útiles que puedes aplicar y te serán de gran ayuda a la hora de mantener a la temperatura perfecta el piso de alquiler. Continúa leyendo el artículo para mantener el piso calefaccionado sin gastar una fortuna en el intento. Aquí van algunos consejos que te ayudarán a conseguirlo.
Trucos para colocar la calefacción sin gastar de más
Sin lugar a dudas, después del paso de las primeras lluvias y bajadas de temperatura todos buscamos que nuestro piso de alquiler logre cubrir el confort necesario y para esto, es importante que brinde la temperatura perfecta, por lo que resulta necesario colocar la calefacción. Sin embargo, cómo conseguirlo sin que esto genere un gran gasto económico, pon mucha atención.
Ten en cuenta las posibles fugas
En primer lugar, es importante tener en cuenta el tema de las posibles fugas. Se trata de una de las principales causas de perdidas de calor de un piso de alquiler. Es por esto que resulta fundamental realizar una revisión total del piso de alquiler para detectar cualquier posible fuga de calor. Por lo general, estas pérdidas se suelen generar tanto en puertas como en ventanas, por lo que es necesario revisar en profundidad todo y sellar cada uno de los puntos por donde el calor se pueda llegar a escapar. Todo esto será de gran ayuda para lograr mantener la vivienda en la temperatura ideal.
Puesta a punto
Al momento de iniciar con el uso de la calefacción, es muy importante realizar una puesta a punto antes de comenzar. Para conseguirlo, será necesario purgar los radiadores, sin lugar a dudas, se trata de un punto clave. Esto se debe a que, de este modo se los limpia y se le permite a los aparatos calentar mucho mejor el espacio, además de consumir menos.
Zonas de la casa dónde más pasamos el tiempo
Por otro lado, un punto a tener en cuenta es analizar cuáles son las zonas de la vivienda en las que más tiempo se pasa y aquellas en las que menos. De este modo, sabremos en que estancias puede resultar conveniente cerrar radiadores, ventanas y puertas. Se trata de una solución que nos será de mucha ayuda a la hora de ahorrar y que además, hará que nuestro piso de alquiler se mantenga en una temperatura ideal solo teniendo la calefacción encendida en las zonas donde más tiempo se pasa.
La temperatura perfecta
Este punto ya lo hemos mencionado en varias ocasiones, sin embargo esta recomendación cobra aún mayor importancia cuando se trata de ahorrar en calefacción. Si lo que quieres es evitar que la factura de la calefacción sea muy elevada, debes optar por regular la temperatura del interior de la vivienda, sin excederte. Lo más aconsejable es que, al momento de colocar la calefacción en tu piso de alquiler esta se encuentre entre los 19 y los 21 grados. Por otro lado, durante las noches, una buena opción es apagarlas o bien, en caso de no ser posible, reducirla a una temperatura que ronde entre los 17 y los 15 grados. Ten en cuenta que, subir los grados de la recomendación, significa un aumento de la factura de aproximadamente entre un 3% y un 15%.
Cambiar nuestros hábitos para asegurar la eficiencia
Sin lugar a dudas, nuestros hábitos y costumbres pueden afectar de manera directa a la factura. Es por este motivo que, siempre resulta interesante revisarlos y modificarlos en caso de que sea necesario. Algunas cuestiones básicas que debemos cambiar son la hora y el tiempo que elegimos para ventilar. Ten en cuenta que, siempre a primera hora, no debes pasarte de diez minutos y durante la noche deberás mantener las ventanas y persianas cerradas para que el calor no se escape.
Coloca termostatos
Instalar termostatos es una gran idea, ya que será de gran ayuda a la hora de ahorrar. El termostato te permitirá programar las horas de encendido y apagado de la calefacción. De esta manera, lograrás evitar el consumo en horas innecesarias y, por ende, no desperdiciaras energía.
No coloques objetos cerca de la calefacción
Recuerda siempre que los radiadores tienen que encontrar libres y alejados de cualquier tipo de objetos, prendas y muebles que puedan estar cerca. Esto se debe a que los objetos que se encuentran muy cerca del radiador pueden absorber el calor, lo que hará que le resulte más difícil la tarea de alcanzar la temperatura perfecta.
Debes revisar tu contrato y tarifa
Del mismo modo que sucede con la luz, es necesario estar al tanto de qué tenemos contratado de gas. Por eso es aconsejable revisar siempre qué tarifa tienes con tu suministradora, los costes y también, si cuenta con opciones para mejorar las condiciones.
¿Qué te parecieron estos consejos para colocar la calefacción en tu piso de alquiler sin gastar de más? Déjanos tu comentario, en Oi Real Estate nos interesa saber tu opinión.
Desde Oi Real Estate queremos contarte si es posible poner en alquiler un piso de Protección Oficial. Continúa leyendo el artículo para enterarte.
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¿Qué son las viviendas de Protección Oficial?
En primer lugar debemos dejar en claro qué son las casas de Protección Oficial (VPO). Se trata de viviendas que cuentan con la subvención de la administración pública y son adjudicadas a aquellas personas con recursos limitados. Este tipo de inmuebles, tienen ciertas condiciones especiales con respecto a su gestión. Es por esto que aparece una duda muy frecuente entre sus propietarios, es si es posible poner en alquiler este tipo de viviendas. Por eso hemos decidido realizar este artículo para darte la respuesta.
¿Es posible poner en alquiler un piso de Protección Oficial?
En primer lugar, cuando hablamos de alquilar un piso de Protección Oficial debemos tener en cuenta que estos presentan ciertas limitaciones que lo pueden impedir. A la hora de formalizar el contrato de adquisición de una vivienda de Protección Oficial, por lo general incluye cláusulas específicas que no permiten ponerlas en alquiler. Sin embargo, existen algunas excepciones legales por las que es posible formalizar un alquiler.
Antes de enfocarnos en explicar estas excepciones por las que es posible alquilar una vivienda de Protección Oficial, resulta importante que realicemos una distinción entre los diferentes tipos de VPO. De este modo será más sencillo definir cuál es nuestra situación.
Tipos de vivienda de Protección Oficial
En el mercado es posible encontrar dos tipos diferentes de viviendas de Protección Oficial, aquí te daremos los detalles sobre cada una de ellas:
Vivienda de Protección Oficial de promoción pública
Se trata de los inmuebles que han sido construidos y financiados por la administración pública. En este caso, es posible ponerlas en alquiler, sin embargo, es necesario que haya pasado un tiempo mínimo. Puedes consultar cuál es este tiempo en las escrituras, luego del transcurso de este tiempo el piso se descalifica y se deja de considerar como vivienda de Protección Oficial.
Vivienda de Protección oficial de promoción privada
Son aquellos inmuebles financiados por la administración pública pero que han sido construidos por promotoras o cooperativas privadas.
Por otro lado, este tipo de viviendas de protección oficial, presentan menos restricciones cuando se trata de ponerlas en alquiler. De hecho, no es necesario descalificarlas para poder venderlas,tampoco debes esperar por contrato a que pase cierto tiempo mínimo establecido.
¿Cómo poner en alquiler una VPO de promoción pública?
Si te interesa poner en alquiler una vivienda de Protección Oficial de promoción pública hay ciertos puntos importante que necesitas saber. Como hemos mencionado más arriba, será necesario que haya pasado cierto tiempo mínimo legal para poder hacerlo. Ten en cuenta que este tiempo puede variar dependiendo de la promoción y del decreto al que se acoja. Es por este motivo que, lo mejor es consultar las escrituras de la casa para ver si se trata de 10, 15, 20 o incluso, hasta 50 años.
Opciones legales para poner un VPO en alquiler
Por otro lado, aquí van las opciones legales por las que es posible poner en alquiler una vivienda de Protección Oficial:
Tiempo obligatorio
Dejar pasar el tiempo determinado por decreto para que la vivienda no sea considerada una vivienda de Protección Oficial.
Descalificación del inmueble
Solicitar la descalificación del inmueble a la CCAA. Ten en cuenta que cuando se trata de este tipo de casos, las Comunidades pueden exigir la devolución de parte de las ayudas percibidas.
Ausencia del propietario
Justificar la ausencia del propietario en la vivienda por algún motivo de fuerza mayor. En estos casos, será necesario presentar ante la Administración correspondiente cuáles son los motivos que impiden residir en el piso. Luego, si todo está en orden, será posible obtener una autorización especial para poner en alquiler el inmueble.
Valor de la renta de una VPO
Con respecto al valor de la renta del alquiler que se puede pedir por una vivienda de Protección Oficial pública, también se encuentra restringida y limitada. Esto nuevamente, quedará regulado por el decreto por el que se formalizó la construcción de las VPO. Es por este motivo que tendrás que consultarlo previamente y dirigirte a las escrituras del inmueble.
Consecuencias de alquilar una VPO sin autorización
Con tantos requisitos, es muy común que la gente se pregunte cuáles son las consecuencias de alquilar una vivienda de Protección Oficial sin contar con autorización o bien, sin haber cumplido con los plazos requeridos. La realidad sobre lo que puede suceder es que cada Comunidad Autónoma establece ciertas sanciones. Esto dependerá de si se trata de una falta leve, grave o muy grave. Sin embargo, estas pueden ir desde los 150€ hasta los 900.000 euros, es por esto que resulta realmente imprescindible consultar siempre la normativa de la zona donde vivimos y las condiciones de nuestra VPO.
Luego de leer este post, nos interesa mucho saber cuál es tu opinión. Si te interesa compartirla con nosotros, es posible hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.
Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales se encontrará a tu disposición y te brindará la ayuda necesaria en todo el proceso ¡Te esperamos!
Desde Oi Real Estate queremos contarte quién debe pagar las reparaciones en una casa de alquiler. Continúa leyendo el artículo para enterarte.
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A quién le corresponde hacerse cargo de las reparaciones en una vivienda de alquiler, es una duda muy común. En la mayoría de los casos surge cuando se genera una avería, momento en que el propietario y el inquilino se deben enfrentar a esta inconveniente. En el siguiente artículo te resolveremos este problema.
¿Quién debe pagar las reparaciones de la casa de alquiler?
Puede tratarse de un desconchón en la pared, que la persiana ya no suba o incluso, alguna fuga de agua. Son accidentes que suelen sucedernos a todos en nuestro hogar. No obstante, si vivimos en una casa de alquiler, lo primero que se nos viene a la mente es quién debe ocuparse de pagar las reparaciones.
Primero, es importante tener en cuenta que ante cualquier problema debes comunicárselo al propietario del inmueble para que tenga conocimiento del tipo de avería o incidente y cuál fue el posible motivo. El propietario siempre debe estar al tanto de lo que ha ocurrido en la vivienda y en muchos casos, te podrá ayudar a solucionar el inconveniente.
Al momento de firmar el contrato de alquiler siempre se especifica en el mismo, una cláusula sobre las averías o reparaciones. Si te fijas en la Ley de Arrendamientos Urbanos, en el artículo 21, podrás encontrar la respuesta.
Conservación de la vivienda
El artículo 21 de la Ley de Arrendamientos nos dice que, el propietario se encuentra obligado a realizar, sin derecho a aumentar por ello la renta, todas las reparaciones que resulten necesarias para mantener la casa en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido. Excepto, en caso de que el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.
Así como viene especificado en el contrato de alquiler, y según lo que nos dice la Ley de Arrendamientos Urbanos, el propietario es quien debe responsabilizarse ante cualquier arreglo que sea necesarios para mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad. Sin embargo, pon atención ya que este punto se encuentra sujeto a una excepción, si la avería no se ha producido por un mal uso o si se trata de un daño intencionado por parte del inquilino. En este caso, será él, quién deberá encargarse de solucionar la avería.
Mantenimiento habitual
Al momento de debatir quién debe pagar las reparaciones de una casa de alquiler, por lo general no nos detenemos a pensar en el mantenimiento habitual dejando este tema de lado. Sin embargo se trata de algo muy importante, por ejemplo el cambio de bombillas fundidas, reparaciones de lámparas, persianas, entre otros. Todo lo que se pueda llegar a estropear debido al uso habitual de la casa, es una responsabilidad del inquilino.
Podemos observarlo en la Ley de Arrendamientos Urbanos, donde queda muy claro quién debe de hacerse responsable y solucionar este tipo de averías.
En el artículo 21. 4 dice que las pequeñas reparaciones que se ocasionen por el desgaste o el uso ordinario de la casa deben quedar a cargo del inquilino.
En el uso diario de la casa de alquiler es habitual que puedan ocurrir diferentes incidentes propios de la vida en la casa. Es por este motivo que resulta importante, realizar un mantenimiento adecuado de la casa y solucionar todos los desperfectos que se puedan ocasionar.
Los electrodomésticos
Con respecto a los electrodomésticos de la casa, siempre que el inquilino no haya realizado un uso inadecuado o daño adrede, el propietario debe ocuparse de este tipo de averías.
En el caso de los electrodomésticos pueden suceder varias cosas. Por ejemplo que ya estén antiguos y requieran de una renovación, que se haya hecho un mal uso, en tal caso, debe ser el inquilino quien se ocupe de la reparación, que se genere un fallo por defecto de fábrica, incluso que se rompa sin un motivo aparente.
Dependiendo de lo que haya sucedido con el electrodoméstico arruinado, podrá ser el propietario o el inquilino quien deba ocuparse de la reparación o el cambio por otro igual o de características similares.
Las averías en los electrodomésticos de una casa de alquiler es una de las preguntas más habituales entre los propietarios e inquilinos. Aquí analizamos diferentes causas y a quién le corresponde hacerse cargo de las reparaciones en casa caso.
Un accidente en la casa
Del mismo modo que las cosas pueden estropearse, es común que sucedan pequeños accidentes en nuestra casa de alquiler. Esto va desde la pérdida de las llaves, hasta olvidar un grifo abierto e inundar al vecino. Para estos casos, siempre es aconsejable que propietario e inquilino cuenten con un seguro en el inmueble. El propietario, tendrá un seguro de vivienda y el inquilino debe tener un seguro de responsabilidad civil contra terceros. De esta manera, ante estas situaciones, queda protegido y cubierto.
La comunicación
Siempre que nos refiramos a averías o desperfectos en una casa de alquiler surge la duda de quién debe hacerse cargo. Sin embargo, olvidamos poner atención en cómo comunicarlo. Lo aconsejable es que se realice por escrito y se adjunte una imagen donde se vea el problema en caso de que sea posible. Además, siempre que haya dudas sobre el origen de la avería será necesario llamar a un técnico que ayude a determinarlo y solucione el problema lo antes posible.
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Desde Oi Real Estate queremos contarte cómo pagar el alquiler de un piso luego de la nueva Ley. Continúa leyendo el artículo para enterarte.
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En España hay un límite para pagar en efectivo bienes y servicios. El objetivo es evitar el fraude y la economía sumergida. La nueva Ley 11/2021, del 9 de julio, estableció un límite de 1000 euros para pagar en efectivo de bienes y servicios.
El pago telemático es una opción cada vez más utilizada en la actualidad o bien, por medio de diferentes aplicaciones. Sin lugar a dudas, la pandemia del COVID-19 ha acelerado esta transición digital. Sin embargo, por otro lado son muchas las personas que aún al día de hoy prefieren pagar en efectivo. De hecho, no hay un límite legal para guardar nuestros ahorros en casa. Por supuesto, siempre y cuando esté declarado y sea posible justificarlo ante Hacienda.
No obstante, la cantidad de dinero en efectivo que una persona puede llevar en la calle sí cuenta con un límite. Esto ha sido establecido en la Ley 10/2010, del 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Esta Ley se encarga de determinar cuál es el número máximo.
Para realizar movimientos en efectivo dentro del país, el límite de dinero que una persona puede llevar en la calle sin justificación se encuentra establecido en los 100 000 euros. Si se supera dicha cantidad de dinero en efectivo, será necesario declarar el movimiento del dinero con el modelo S1 de la Agencia Tributaria. Con tantas medidas de controlen este tipo de pagos en efectivo, es lógico que surja la duda de si el pago del alquiler se puede realizar en efectivo o si, por el contrario, hay algún límite que se deba conocer. La nueva Ley 11/2021, del 9 de julio, ha establecido un límite de 1000 euros para realizar los pagos en efectivo de bienes y servicios. El objetivo de esta Ley es luchar contra los posibles fraudes.
Los métodos de pago más elegidos para pagar el alquiler
Con respecto al pago de la renta del alquiler por mes, podemos encontrar diferentes métodos de pago. Estos métodos deberán ser acordados previamente entre el propietario y el inquilino a la hora de firmar el contrato de alquiler de la casa. Sobre este tema, el artículo 17.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos determina que el pago se debe realizar en el lugar y por el procedimiento que acuerden ambas partes o, en su defecto, en metálico y en la vivienda alquilada.
De la misma manera, el artículo 17.4 establece que el propietario cuenta con la obligación de entregar al inquilino un recibo del pago. Esto tiene una excepción, solo en caso de que se hubiera pactado que se realice por medio de procedimientos que acrediten el efectivo cumplimiento de la obligación de pago por el inquilino. Si se desea adquirir un producto o servicio por un coste superior, el cliente deberá optar por el uso de otro medio de pago electrónico.
Pago alquiler por transferencia bancaria ordinaria
Si lo hemos pactado de este modo, podemos pagar la renta ordenando una transferencia. Uno de los principales beneficios de este método es la comodidad, ya que solo llevará unos minutos y es posible realizarla desde donde estemos. Además, a diferencia de pagar en efectivo, no debemos reclamar al propietario ningún recibo, ya que la transferencia deja un registro que sirve como justificante.
Las únicas desventajas que podríamos encontrar en este sistema es que cada mes tendremos que recordar ordenar la transferencia y que, si no la realizamos desde una cuenta sin comisiones, tendremos que pagar por ella. Esto generaría que el alquiler mensual resulte más costoso. Sin embargo, hay una gran cantidad de cuentas sin comisiones por transferencias desde las que podremos pagar cada mes sin gastar de más.
Pagar por Bizum
Las nuevas aplicaciones como Bizum nos brindan la posibilidad de realizar una transferencia de manera inmediata. Una gran opción para ambas partes es acordar el uso de esta práctica herramienta, dada su similitud con las transferencias ordinarias. Sin embargo, debes tener en cuenta cuáles son las limitaciones de cantidad de Bizum antes de comenzar a utilizarlo, ya que puede limitarnos el uso durante el resto del mes.
Transferencia periódica
Una de las principales desventajas de las transferencias es que cada mes debemos acordarnos de hacerla. Aquí va una solución muy interesante. Consiste en ordenar una transferencia periódica desde nuestro banco, de modo que la entidad guarde los datos del receptor y de la operación, esto es número de cuenta del propietario e importe de la transferencia. De este modo lograremos que el envío de dinero se efectúe de manera automática el mismo día de cada mes. La única preocupación será estar seguros de que en la fecha en cuestión contamos con el dinero necesario en nuestra cuenta.
Domiciliación bancaria para el pagar la mensualidad
Si lo nuestro es desentendernos del pago y la transferencia periódica no nos convence, podemos solicitar al propietario que adeude un recibo en nuestra cuenta cada mes, como si se tratase del de la luz o el del gas. La ventaja de este sistema es que cada mes, en una fecha concreta, el banco cobrará el recibo y se nos descontará de nuestro saldo. De este modo no debemos preocuparnos por realizar ningún trámite. El único inconveniente es si nos olvidamos de meter dinero en la cuenta de la que se saca la mensualidad antes de que se realice el cobro.
Tarjeta de crédito o débito
Podemos contar con ciertas plataformas que se ocupan de mediar entre el propietario y el inquilino para que el pago del alquiler se realice de manera virtual. Estas plataformas nos posibilitan realizar el pago mensual del alquiler por Internet por medio de tarjeta de crédito o de débito. Cada mes, la plataforma nos envía un correo electrónico con un link para efectuar el pago.
En resumen, sí es posible pagar en efectivo la renta mensual del alquiler, aunque por lo general se suele domiciliar este pago en la cuenta bancaria. Otra opción cada vez más elegida el uso de una plataforma digital entre las dos partes para recordar estos pagos.
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Desde Oi Real Estate queremos contarte qué es una hipoteca y si es posible alquilar un piso con hipoteca. Continúa leyendo el artículo para enterarte.
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No importa el motivo, puede ser porque has decidido comprar un piso para alquilar, porque debes trasladarte a otra ciudad o bien, porque necesitas cambiar de vivienda. Las posibilidades son demasiadas y muy variados los motivos por los cuales una persona opta por poner su casa en alquiler. Sin embargo, ¿es posible alquilar un piso con hipoteca? Aquí te daremos todos los puntos fundamentales sobre el alquiler de un piso con hipoteca, pon atención.
¿Qué es una hipoteca?
Para saber si es posible alquilar un piso con hipoteca, en primer lugar resulta importante dejar en claro qué es una hipoteca. Cuando hablamos de hipoteca no referimos a un préstamo hipotecario, es decir, se recibe una cierta cantidad de dinero, el capital, que te brinda una entidad bancaria. Todo esto a cambio del compromiso de devolver la misma cantidad, sumando los intereses correspondientes, esto dependerá del tipo de interés. Mediante el pago periódico de cuotas que por lo general, suelen realizarse cada mes. Como garantía de pago se brinda, además, el propio inmueble que se adquiere. Esta es la definición de préstamo hipotecario que nos da el Banco de España y además, contiene tres elementos fundamentales que ayudarán a entender mejor de qué forma funciona una hipoteca. Nos referimos al capital, interés y periodo de amortización.
El capital
Consiste en la cantidad de dinero que pedimos al banco a la hora de adquirir o bien, reformar una vivienda. La entidad bancaria financia hasta el 80 % del valor de tasación del inmueble. Esto en caso de tratarse de la primera casa, aproximadamente el 70 % si es la segunda. ¿Qué sucede con el 20 % restante? El cliente debe entregarlo como primer pago en el momento de la compra de la propiedad. Esto es así por dos razones: por un lado, que el cliente cuente con el 20 % del coste de la propiedad con antelación demuestra su capacidad de ahorro. Este es un punto muy valorado por las entidades bancarias. Por otro lado, al financiar hasta el 80 % de la vivienda el banco no asume todo el riesgo de la operación en caso de impago por parte del comprador.
El interés
Nos referimos al beneficio económico que obtiene el banco por brindar al cliente acceso a la financiación que ha solicitado. Las hipotecas a tipo variable están compuestas por dos partes: el índice de referencia y el diferencial. La suma de estos dos nos dará el tiempo de interés que debemos pagar por la hipoteca.
Los índices de referencia
Estos índices son usados para modificar el tipo de interés del préstamo hipotecario de tipo variable. En otras palabras, indican cómo evoluciona el valor del dinero y eso repercute en el importe total que el cliente deberá devolver en las cuotas mensuales. Es por este motivo que influye en el total a reembolsar cuando finalice el préstamo.
En España el índice de referencia más usado es el euríbor. Éste índice muestra el valor al que los bancos de Europa se prestan dinero entre sí. Su revisión suele ser anual, sin embargo, también se puede realizar al trimestre o bien, al semestre. Luego de esta revisión, la cuota que el cliente debe pagar por mes puede subir o bajar. Esto dependerá de la evolución que haya tenido el euríbor.
Por otro lado, también podemos encontrar otros índices de referencia entre los que destaca el Índice de Conjunto de Entidades.
Diferencial aplicado
Significa lo que cobra el banco por asumir el riesgo de financiar la compra de una vivienda.
Tipos de hipotecas
Una vez que hemos comprendido estos factores, podemos diferenciar tres clasesde hipotecas dependiendo de cuál sea el tipo de interés que apliquen:
Tipo fijo
Para realizar el cálculo del precio de los préstamos hipotecarios de tipo fijo no se debe tener en cuenta el euríbor. Solo debemos considerar el tipo de interés fijo que nos aplique el banco. Es por este motivo que siempre se sabe de manera exacta cuál es la cuota que se debe abonar cada mes.
Tipo variable
Con respecto a las hipotecas de tipo variable lo más habitual es tener de índice de referencia el euríbor. Este índice varía de manera diaria, sin embargo el tipo de interés del préstamo por lo general es actualizado cada 6 meses tomando el valor del euríbor en ese momento. De esta forma, el índice de referencia condiciona el valor del préstamo hipotecario, ya que a menor euríbor también disminuirá la cuota de la hipoteca que el cliente debe pagar mensualmente.
Tipo mixto
Este tipo de hipotecas aplican un tipo fijo en los primeros años del préstamo. Luego, proceden a aplicar un interés variable con referencia en el euríbor.
Tipo de Interés Nominal y Tasa Anual Equivalente
Por otro lado, existen otros dos conceptos de gran importancia que hacen referencia al valor de un préstamo hipotecario. Nos referimos al TIN y la TAE:
TIN (Tipo de Interés Nominal)
Se trata del coste que el banco cobra por prestar dinero durante un periodo de tiempo determinado. Esta cifra no tiene en cuenta ningún tipo de gasto adicional que vaya vinculado a la contratación de la hipoteca, como una comisión de apertura. Es útil como indicador del valor de ese producto u operación financiera dentro de un mismo banco. Es por esto que no nos servirá para comparar costes de productos ni en la entidad en la que solicitamos el préstamo así como tampoco, entre otras entidades.
TAE (Tasa Anual Equivalente)
La TAE nos indica el coste efectivo de un préstamo por un periodo determinado aplicando una fórmula matemática normalizada que usan todas las entidades bancarias. En otras palabras, nos permite comparar entre bancos el precio de un mismo producto. La TAE sí incluye el coste de comisiones y varios gastos vinculados al préstamo.
Cuando un banco brinda un préstamo hipotecario de tipo variable por lo general podemos ver su valor expresado de tres maneras diferentes: por medio del TIN, de la TAE Variable y de la fórmula euríbor + diferencial aplicado.
Periodo de amortización
Significa el tiempo que vamos a tardar en hacer la devolución del capital que nos han prestado más los intereses. Por lo general, en España es habitual encontrar hipotecas que brindan un periodo de amortización de 20 a 30 años. Sin embargo, también podemos encontrar a partir de 5 años y hasta 40.
Durante este periodo de amortización debemos hacer frente a una serie de cuotas mensuales cuya cantidad variará según el tiempo con el que contemos para devolver el préstamo así como también, del capital que nos hayan prestado y del interés que tengamos que abonar. Ten en cuenta que, a mayor tiempo de devolución, menores serán las cuotas. Sin embargo, serán más altos los intereses que debemos abonar al final de la vida de la hipoteca, y viceversa.
En definitiva, la cuota por mes será la suma de los intereses más el capital. No obstante, su composición, lo que se abona en cada momento, variará a lo largo de la vida de la hipoteca variable, mientras que será la misma en cada cuota de la hipoteca a tipo fijo.
Lo más habitual al momento de calcular qué se abona en cada cuota es hacer uso del llamado método francés. Por medio de este método, al comienzo de la vida de un préstamo hipotecario, se amortizan principalmente los intereses de este y, en un porcentaje más bajo, el capital. A medida que vaya pasando el tiempo esta proporción se invertirá y, ya en las últimas cuotas, se pagará principalmente capital.
Simuladores de hipoteca
Existen simuladores de hipotecas gratuitos en internet. Estos simuladores de hipotecas te ayudarán a calcular la cuota de tu hipoteca y lo que aún queda por pagar. Lo que se paga de principal y los intereses en cada periodo de vida de la hipoteca además del pago total de intereses. También te brindan un cuadro de amortización completo.
Estos simuladores de hipotecas son válidos tanto para hipotecas a tipo fijo como vinculadas al euríbor o con cláusulas suelo.
Si ya estás seguro de cuál es la vivienda que te interesa comprar, puedes utilizar un simulador de hipotecas gratuito para conocer cuáles son las condiciones de la financiación que estás buscando. Se trata de manera rápida y muy simple para calcular la cuota de tu hipoteca.
Un piso con hipoteca ¿se puede poner en alquiler?
Si adquirimos una casa y la hipotecamos, resulta fundamental que busquemos las escrituras de constitución de la hipoteca, y comprobemos el clausulado. Esto se debe a que es posible que existan limitaciones o prohibiciones expresas.
Es cierto que no se trata de una práctica demasiado habitual por parte de las entidades financieras. No obstante, la realidad es que en algunos casos pueden imponer en el clausulado de las escrituras de constitución de la hipoteca, ciertas limitaciones o prohibiciones expresas para alquilar la propiedad.
¿Por qué motivo hay entidades bancarias que impiden que sea posible alquilar un piso con hipoteca?
Existen entidades bancarias que impiden alquilar un piso con hipoteca principalmente debido a que, en el caso de que se genere una enajenación forzosa de la vivienda por ejecución hipotecaria, la existencia de un contrato de alquiler puede significar una rebaja del coste de la casa. Esto sucede porque el adjudicatario del bien que ha sido subastado debe adherirse al contrato de arrendamiento en vigor, exactamente como determina el artículo 13 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
¿Qué es lo que dice el artículo 13 sobre esto?
El artículo 13 afirma que si en los primeros cinco años de duración del contrato de alquiler, o siete años en caso de que el propietario fuese persona jurídica, el derecho del arrendador quedara resuelto por el ejercicio de un retracto convencional, la apertura de una sustitución fideicomisaria, la enajenación forzosa derivada de una ejecución hipotecaria o de sentencia judicial o el ejercicio de un derecho de opción de compra. De modo que el inquilino tendrá derecho, en todo caso, de continuar en el inmueble hasta que se lleguen a cumplir los cinco años o siete años dependiendo de cuál sea el caso. Sin perjuicio de la facultad de no renovación prevista en el artículo 9.1.
¿Estas cláusulas por parte de los bancos son legales?
Hay distinta jurisprudencia al respecto. Podemos encontrar desde la que permite a las entidades bancarias limitar el arrendamiento en base a que exista una autorización anticipada por parte del banco y a que las rentas no sean menores a las cuotas de amortización e intereses del préstamo, hasta las que opinan que se tratan de cláusulas que suponen un desequilibrio y daño de cara al consumidor.
En este punto es muy probable que surja la duda de si es posible entonces alquilar un piso con hipoteca. Como ya mencionamos más arriba, es fundamental para saberlo consultar las escrituras de constitución de hipoteca y comprobar si hay algún tipo de limitación. En el caso de que no la haya, el piso puede ser alquilado sin ningún tipo de inconvenientes. Sin embargo, en caso de que exista alguna cláusula que recoja la limitación será necesario tener en consideración algunos puntos de importancia:
Todas las cláusulas que imponga la entidad bancaria deben acogerse a lo expuesto en el artículo 13 de la Ley de Arrendamientos urbanos que mencionamos más arriba.
El pacto de vencimiento previo únicamente tendrá validez cuando se trate de rentas bajas o del pago de las rentas por anticipado.
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Desde Oi Real Estate queremos contarte todo lo que debes saber sobre el inventario de una casa en alquiler. Continúa leyendo el artículo para enterarte.
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El inventario tiene una gran importancia en un contrato de alquiler, sin embargo, por lo general no se le pone la atención necesaria. El inconveniente con esto es que, una gran cantidad de propietarios acostumbran a elaborar listados muy generales o incluso, incompletos. Esto genera que llegado el momento de rendir cuentas, nos encontremos ante un conflicto. Este anexo, resulta de gran utilidad para completar y dejar asentado por escrito cada uno de los enseres y elementos con los que cuenta la propiedad al momento de ser alquilada. Es por este motivo que hemos decidido contarte de qué manera hacer un inventario completo. Aquí te explicaremos todo lo que debe contener.
¿Qué es un inventario?
En primer lugar, resulta necesario dejar en claro qué es un inventario. Se trata de un documento anexo que debe adjuntarse al contrato de alquiler. En el inventario se bebe detallar cada uno de los elementos que la propiedad deja en la casa, así como también, su estado, al momento de ser alquilada. El objetivo del inventario es sencillamente dejar constancia de los muebles, electrodomésticos y demás elementos que se encuentran en la vivienda en el momento de alquilarse. Es muy útil, ya que se trata de una prueba ante la finalización del contrato o bien, en el caso de que se produzca algún siniestro o robo en el inmueble.
En el primero de los casos, es decir, ante la finalización del alquiler, el inquilino deberá devolver la vivienda en las mismas condiciones en las que la ha alquilado. En este punto se incluye cualquier elemento, mueble u objeto que se encuentre escrito en el inventario. De lo contrario, el propietario podrá descontar de la fianza la parte que corresponda a los daños ocasionados o elementos que falten.
Por otro lado, si se genera cualquier siniestro o bien, un robo en la casa, el inventario es de gran utilidad a la hora de realizar una reclamación ante la compañía aseguradora. De este modo, la empresa podrá valorar las cuáles son las perdidas e indemnizaciones.
¿Qué debe contener el inventario?
Como ya sabemos, el inventario es un elemento fundamental en cualquier contrato de alquiler que nos será de gran ayuda para solucionar cualquier tipo de inconveniente sobre los elementos que se encuentran en la casa al ser alquilada. Sin embargo, es importante tener en cuenta que para garantizar la efectividad de este anexo resulta muy importante que esté completo y muy bien detallado. Debes dejar por escrito cada uno de los elementos que se encuentren dentro de la casa alquilada.
Por lo general, al momento de completar el inventario de un inmueble en alquiler este se realiza analizando de forma individual cada habitación de la vivienda. De este modo, se debe recoger de manera ordenada cada uno de los elementos que dejamos en cada estancia. Con respecto a la descripción de los elementos, es de gran importancia detallar minuciosamente cada una de sus características principales, cuál es su función. En el caso de contar con electrodomésticos, será necesario aclarar también el modelo y la marca.
Si deseas hacer el inventario todavía más completo, lo más aconsejable es que vaya acompañado de fotografías en las que se vea de manera nítida cada uno de los elementos y cuál es su estado al momento de dejarse en la casa. Por otro lado, también resulta muy efectivo acompañar este documento con facturas o manuales de uso que serán de ayuda a la hora de identificar cada elemento.
¿Qué debes saber para realizar un buen inventario?
Para elaborar un inventario de una casa de alquiler de la manera adecuada, es necesario poner atención en algunas cuestiones. Debes tener en cuenta lo siguiente:
Es necesario que vaya incluido en el contrato de alquiler como un anexo.
Debe ser firmado por las dos partes, es decir, por el propietario y el inquilino. Las firmas deben figurar en cada una de las hojas. Que el inquilino firme este documento, significa que se hace responsable por todos los daños que se produzcan en el mobiliario.
Lo más aconsejables es que incluya un apartado identificativo. Allí deben encontrarse los datos de las dos partes, así como también, los de la casa alquilada.
Lo ideal es que también aclare cualquier tipo de desperfecto o deficiencia que pueda llegar a haber en la vivienda alquilada.
Debes tener en claro que, la firma de las dos partes, propietario e inquilino, sirve para constatar la aceptación del inventario y de cada uno de los objetos que en este se encuentran detallados.
Lacocina es lo que más tiempo te llevará si está completamente equipada. Debes detallar minuciosamente todo el menaje que se encuentra allí. Esto no es solo por saber la marca de los vasos o los tenedores y cuál es su valor, que no será demasiado. Más bien, es para que el inquilino tenga en cuenta que si había 12 vasos al ingresar al inmueble, debe dejar 12 al retirarse también, aunque los haya renovado.
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Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!
Desde Oi Real Estate queremos contarte si se puede modificar un contrato de alquiler que ya fue firmado. También te explicaremos cuáles son los pasos a seguir para hacerlo. Continúa leyendo el artículo para enterarte.
En este artículo encontrarás:
Si ya hace bastante tiempo que te encuentra viviendo de alquiler y te interesa realizar una modificación en el contrato de alquiler, este artículo te será de gran ayuda. Aquí te contaremos si es posible modificarlo o si es necesario hacer uno nuevo.
Modificar el contrato de alquiler
Es posible tus circunstancias ya no sean las mismas que antes y esto te lleve a la necesidad de realizar una modificación de las condiciones que han sido pactadas. Otra opción es, si te interesa incluir a un nuevo inquilino en el alquiler. Las modificaciones en los contratos de alquiler son mucho más comunes de lo que crees. Sin embargo, sólo es posible en caso de que el contrato se encuentra en vigor, y es por medio de la realización de un anexo. Ambas partes, es decir tanto el propietario como el inquilino, deben estar de acuerdo.
Para lograr comprender cuáles son las circunstancias en que es posible modificar un contrato de alquiler, es fundamental que comencemos por dejar en claro ciertos términos básicos. Estos términos serán muy útiles al momento de llevar a cabo el proceso de modificación del contrato de alquiler, pon atención y toma nota.
Anexo al contrato de alquiler
Cuando hablamos de anexo, nos referimos a un tipo de documento que se adjunta al contrato de alquiler. Por medio de este anexo, se puede modificar un acuerdo que ya ha sido firmado, es decir, que se encuentra en vigor. Todo anexo a un contrato de alquiler requiere en primer lugar, que quede constancia por escrito, además debe ser adjuntado al documento original y por último debe estar firmado tanto por el propietario como por el inquilino. Esto se debe a que ningún contrato de alquiler puede ser modificado de manera unilateral, en otras palabras, sin contar con el consentimiento de ambas partes.
¿Cómo se puede modificar un contrato que no ha finalizado?
Ya hemos mencionado más arriba que, si lo que necesitas es modificar un contrato de alquiler en vigor, sólo podrás hacerlo por medio de la elaboración de un anexo, que debe ser aceptado por ambas partes, es decir, propietario e inquilino.
Es habitual que en algunas ocasiones solo una de las partes no se encuentre del todo conforme con la modificación. Si se da esta situación, y quien no está conforme es el inquilino, la propiedad no podrá realizar ningún tipo de modificación sobre lo pactado en el contrato de alquiler. De hecho, tendrá que esperar a que finalice el contrato de alquiler para lograr presentar un nuevo acuerdo en el que se incluyan las condiciones que desea. Este nuevo acuerdo será presentado como un nuevo contrato de alquiler y deberá estar sujeto a lo recogido en la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Por otro lado, si es el propietario el que no acepta la modificación del contrato de alquiler, el inquilino tampoco tendrá ningún derecho a realizar cambios sobre lo pactado en un principio. Sin embargo, sí contará con la posibilidad de desistir del alquiler siempre y cuando hayan transcurrido como mínimo seis meses desde la firma de contrato.
Como dice la Ley de Arrendamientos Urbanos, el inquilino podrá desistir del contrato de alquiler, siempre que ya hayan transcurrido al menos seis meses. Además, debe comunicárselo al propietario con una antelación de treinta días como mínimo. Ambas partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el inquilino indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que quede por cumplir. Los períodos de tiempo menores a un año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
¿Cuáles son las cláusulas del contrato que pueden cambiarse?
Con respecto a este punto resulta necesario resaltar que únicamente será posible modificar o bien, incluir cláusulas que se ajusten a lo estipulado por ley. Es por este motivo que resulta fundamental contar con un asesor, un letrado o bien, un profesional inmobiliario que cuente con los conocimientos necesarios en la materia de arrendamientos. De este modo, lograrás evitar las cláusulas que resulten nulas o abusivas.
Con respecto a las cláusulas que son susceptibles a modificación en un contrato de alquiler por medio de la redacción de un anexo, aquí te contaremos cuáles son las más habituales.
Estas son las que más podemos ver
El valor de la renta.
La inclusión o exclusión de inquilinos.
Gastos del inmueble.
Modificación de sistema de pago. Esto puede tratarse, por ejemplo, de un cambio de cuenta bancaria.
Rectificación o cambios de los datos de la propiedad o bien, de los inquilinos.
Nuevas obligaciones.
Esperamos haber aclarado todas tus dudas sobre si es posible modificar un contrato de alquiler ya firmado.
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Entre las principales consecuencias que nos deja la pandemia COVID 19 en el sector inmobiliario, encontramos un desbalance en la oferta y demanda del alquiler. España, a la fecha, lidera el listado de países con mayor incremento en eventuales inquilinos. Si bien la futura Ley de Vivienda prevé una serie de medidas al respecto, los hechos presentan un futuro incierto. En este artículo de Oi Real Estate veremos la marcha ascendente y el incremento del mercado de alquiler en Europa, con España como protagonista.
En este artículo encontrarás:
Inquilinos y los promedios a la alza
Los números que analizan los movimientos del mercado de arrendación de la última década, señalan en España un incremento significativo en el promedio de jóvenes consultantes. Las agencias reciben permanentemente a los considerados actores del mercado joven del alquiler y las demandas suelen ser las mismas. El desánimo es el denominador común en este grupo, cuyo rol es cada vez más importante en el sector inmobiliario. ¿Queda lejano, sino inalcanzable el acceder a la vivienda propia? La realidad parece demostrar que sí.
El mundo comercial inmobiliario ubica en el sector joven de alquiler a todas aquellas personas mayores de 18 y menores de 35 años. Se considera que es este grupo el que se enfrenta por primera vez a las complejidades de las negociaciones para la compraventa de una propiedad, o en su defecto, del alquiler de una vivienda fuera de la casa paterna.
Sin embargo, a la fecha, son los jóvenes entre 19 y 29 años quienes conforman el grupo más activo y urgido por alquilar; ya que no han tenido tiempo físico para ahorrar ni disponen de una situación holgada en el plano de la solvencia económica. Esas estimaciones son las proyectadas por consultoras inmobiliarias expertas de la talla de Savills Newman, y casi todas suelen coincidir en este campo.
El incremento de mercado de alquiler
En esta tendencia al incremento en el mercado de alquiler europeo, España no escapa a esta regla. Por el contrario, lidera las listas de países con mayor demanda. Esto no está relacionado estrechamente a la irrupción de la pandemia COVID 19, pero dicha problemática sanitaria terminó por desnudar las falencias del sistema y la inequidad socioeconómica latente.
La propiedad como vivienda propia, para muchos españoles, ha dejado de ser una opción viable. Dijimos en artículos anteriores que la ralentización en la edad de emancipación de los jóvenes, tiene a España como 5ta. en el ranking europeo, detrás de países como Montenegro e Italia. Es en pos de frenar de cuajo este fenómeno sociológico, que el Gobierno optó por desplegar el paquete de medidas que conforman la futura Ley de Vivienda. Pero… ¿Alcanzará para anular esta proyección?
En Europa, España ocupaba el puesto número 1 entre los países donde más creció el mercado del alquiler en la última mitad de la década pasada. En este sentido, era de esperar que los precios en los contratos acompañaran este fenómeno con un incremento que complica aún más la situación.
Los jóvenes, el alquiler y los porcentajes
Se estima que durante los últimos cinco años de la década anterior y cercana, ya al umbral de la pandemia COVID 19, España lideró por lejos sobre Dinamarca, Alemania y Francia el top de los países con mayor crecimiento en la demanda del alquiler. Aquel sector que se ha visto obligado o ha decidido alquilar, mostró un incremento del 9.2% en 2020 respecto a 2015. Este índice comprende viviendas habituales de familia y el mercado del alquiler estudiantil en todas sus variantes.
¿Cómo se explica esto? Pues fundamentalmente por la suba en los costes que implican la adquisición de una vivienda propia. Dicho aumento, también medido durante aquel lustro, se pronunció en torno al 24.5%. Esos índices, corridos hacia arriba, han dejado fuera de combate a un importante sector del comercio inmobiliario, que acaso a comienzo de siglo y en los mismos parámetros, hubiera podido acceder a la vivienda propia.
Traslado de un mercado al otro
Aquel rango expulsado del mercado de la compraventa se ha introducido al del arrendamiento. Pero las variaciones en la comparativa europea no dejan de ser preocupantes para España. Así, su 9.2% de incremento en la demanda se ve comprometido respecto al segundo lugar, ocupado por Dinamarca; si consideramos que el aumento en el índice de inquilinos aumentó en la misma línea de tiempo solamente un 2.8%. Con respecto a Alemania, los números son más distantes aún, ya que posee una alza de arrendatarios de 2015 a 2020 de un 1.7%.
Indices a la baja… ¿son posibles?
También existen países en Europa en donde la intensión de alquiler fue a la baja; y con los que -en esta comparativa temporal de cinco años-, España se encuentra en las antípodas. Por ejemplo, en Reino Unido y Países Bajos (dueños estos últimos de uno de los más eficaces mercados de vivienda social, destinado al alquiler), los inquilinos disminuyeron su proporción en un 2.7%; mientras que en Finlandia se estimó la disminución en un 2.75%; en Polonia (líder en este listado) los porcentajes de arrendatarios disminuyeron hasta alcanzar un 3.1%. menos de individuos con intención de arrendar.
Los centros urbanos como incidentes
Dijimos que el incremento del mercado de alquiler se explica en España por la suba en los costes de propiedades a la venta. Los mismos estudios, arrojaron resultados que lo comprueban. Si se toman como punto de referencia las 25 ciudades españolas más desarrolladas y nutridas, se calcula que durante la última mitad de década el precio de sus viviendas ascendió un 4.6%.
Según datos de la consultora internacional Eurostat, en España, el porcentaje de rentabilidad total anual en venta de inmuebles es de un 2.6% por encima del negocio de la compraventa de inmuebles en toda Europa. ¿Podrá finalmente la próxima Ley de Vivienda estabilizar este complejo mercado? Para ello, debemos aguardar primero su entrada en vigor a mediados de 2024 y sus efectos a un futuro medio.
Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo:
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Desde Oi Real Estate queremos contarte cuál es la duración de un alquiler de habitación. Continúa leyendo el artículo para enterarte.
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Duración de alquiler de habitación
Hay un paso importante previo a analizar cuál es la duración del alquiler de habitación con derecho a utilizar los servicios y dependencias comunes, por lo general se trata la cocina y el cuarto de baño. Este paso consiste en ver si el contrato se encuentra sujeto a la Ley de arrendamientos urbanos (LAU) o bien, al Código Civil.
Esto es muy importante porque si el alquiler de la habitación está sujeto a la LAU y el contrato se hubiese formalizado luego del 6 marzo de 2019, el inquilino tendrá derecho a permanecer en el contrato hasta 5 años en caso de que el propietario sea persona física. Por otro lado, si el propietario es una persona jurídica, es decir, una empresa esto se extiende hasta 7 años.
De lo contrario, si el alquiler de habitación no se encuentra sujeto a la LAU pero sí al Código Civil, la duración será la que haya sido pactada por ambas partes. En defecto de prueba, es decir si fuera verbal, la duración del alquiler de habitación será por año si la renta se abona anualmente, mensual en caso de que la renta se pague por mes, esta es la opción más frecuente y por último diaria si se abona la renta diariamente.
Éste tipo de alquiler ¿Se encuentra sujeto a la LAU o al Código civil?
Por lo general, la mayoría de los Tribunales, si bien existes excepciones, proclaman que el contrato de alquiler de habitación se encuentre sujeto al Código Civil y no a la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Las razones que argumentan son que, según lo establecido en el art. 2 de la LAU, el alquiler de vivienda se define como aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino fundamental es satisfacer la necesidad permanente de vivienda del inquilino. De este modo, resulta esencial, para resolver la cuestión planteada, la concreción del término de habitabilidad del objeto alquilado en el caso concreto que nos ocupa.
Esto significa que, será habitable una edificación cuando la misma cuente con las condiciones necesarias para servir las necesidades de morada o residencia. Es decir, el lugar donde la persona o familia llevan a cabo la intimidad de su existencia, formando su hogar. Este concepto no es aplicable a una habitación o dependencia que solo es una parte de una vivienda, objeto del contrato suscrito entre las partes, ya que ésta no cuenta con los servicios mínimos y esenciales, es decir el baño, la cocina, entre otros. Por otro lado, estos servicios sólo resultan suplidos por la concesión del derecho a utilizar de manera compartida, no en exclusiva, otras dependencias de las que a la vez, hacen uso los restantes ocupantes del inmueble.
Definición
La cuestión controvertida queda centrada en la determinación de la naturaleza jurídica del contrato por las partes. El alquiler es exclusivamente sobre una habitación de la vivienda. De modo que puede hacer uso el inquilino de la cocina y de los cuartos de baño compartidos. Además, cuenta con el deber de compartir con los demás inquilinos las tareas de limpieza de estos espacios.
El artículo 2 LAU afirma que se considera alquiler de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable con el destino fundamental de satisfacer la necesidad permanente de vivienda del inquilino.
Es por esto que, la característica de satisfacer de manera permanente las necesidades de vivienda del inquilino no es aplicable a una habitación. Debido a que no permite el desarrollo de la vida doméstica del inquilino con la intimidad y servicios que actualmente se consideran indispensables, con los que solo cuenta de manera compartida. El espacio que se brinda en exclusiva es únicamente el de una habitación. Ésta, no puede ser comprendida dentro de la definición del artículo 2 LAU. De este modo se prevé en el contrato que se remite al régimen de los artículos 1.542 a 1.582 Código Civil en lo no previsto en su texto.
Duración del alquiler de habitación según el Código civil
Para el sector que considera que el alquiler de habitación se encuentra excluido de la LAU y por ende sujeto al Código civil, laduración será determinada según las siguientes normas:
La duración que haya sido pactada por las partes, finalizando el día fijado sin necesidad de requerimiento.
En caso de que al terminar el contrato, permanece el inquilino por quince días en el espacio arrendado con permiso del propietario, se entiende que hay tácita reconducción por el tiempo que establecen los artículos 1.577 y 1.581 del Código Civil. Solo en caso que haya precedido requerimiento.
La duración del alquiler de habitación cuando no se ha fijado un plazo, se entenderá hecho por años cuandose ha fijado un alquiler anual, por meses cuando es mensual y por días cuando es diario.
Pasos a seguir para el desahucio de un alquiler de habitación
En caso de que el demandado haya admitido no haber abonadola renta pactada, debido al incumplimiento de las obligaciones asumidas por el propietario. No impugna el contrato de alquiler, ni justifica pacto verbal alterando la anterior estipulación.
Con respecto a la normativa que debe aplicarse, recayendo el alquiler sobre una de las habitaciones o dependencias de un inmuebles. Será necesario ajustarse a lo dispuesto en los artículos 1554 y siguientes del Código Civil y preceptos generales sobre obligaciones y contratos.
Esto significa que, teniendo en cuenta que la obligación de pago del precio resulta fundamental en el contrato de alquiler,su incumplimiento posibilita aplicar el efecto resolutorio del art. 1124 Código Civil, en relación con el art. 441.1 Ley de Enjuiciamiento Civil en el aspecto procesal. En el caso de los procesos arrendaticios limita las alegaciones y medios de prueba el demandado a lo relativo al pago, o a la enervación.
Resulta importante dejar en claro algunas cuestiones. Para los contratos de alquiler que se encuentran sujetos a la normativa del código civil. Debemos saber que contemplan la facultad del propietario de promover el juicio de desahucio por falta de pago de la renta. Puede declarar que el propietario contará con la posibilidad de desahuciar judicialmente al inquilino por falta de pago en el valor convenido. Además, que dicho proceso de desahucio se encuentra sujeto a las limitaciones de alegación, y de medios de prueba. De modo que la prueba testifical que se propone no tiene intención de acreditar ni el pago de rentas, ni la enervación.
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Desde Oi Real Estate queremos contarte cómo hacer para saber si tu inmueble cuenta con la cédula de habitabilidad para ser alquilado. Continúa leyendo el artículo para enterarte.
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Si eres propietario de una casa que se encuentra vacía y te interesa en ponerla en alquiler, este artículo es para ti. Al momento de poner en alquiler un inmueble, es necesario cumplir con los plazos y documentos específicos requeridos. Ten en cuenta que, por otro lado, también debes contar con el Certificado de Eficiencia Energética y tener en vigor la cédula de habitabilidad. En el siguiente artículo, nos enfocaremos en la cédula de habitabilidad para explicarte todo lo que debes saber sobre ella al momento de poner en alquiler tu piso. Este documento en concreto es de gran importancia, por eso es necesario conocerlo bien para que tu casa cuente con toda la documentación que se requiere para lograr ponerla en alquiler.
¿Qué es la cédula de habitabilidad?
En primer lugar, resulta necesario dejar en claro qué es la cédula de habitabilidad. Cuando hablamos de la cédula de habitabilidad nos referimos a un certificado en donde se detalla que el inmueble cumple con las condiciones técnicas de habitabilidad obligatorias para poder vivir en el mismo. Ten en cuenta que, las especificaciones de este documento se encuentran sujetas a la normativa vigente al momento de la expedición.
En la cédula de habitabilidad, se encuentran detalladas todas las características de habitabilidad con las que debe contar cualquier vivienda. Por ejemplo, la superficie útil mínima, el equipamiento de la casa o bien, las habitaciones que debe presentar. Este documento argumenta que ese inmueble cumple con los requisitos mínimos, como contar con cocina e inodoro o bien, con un mínimo de 36m2 para ser considerada una casa habitable. Cada una de las condiciones de habitabilidad que deben cumplir las casas para conseguir la cédula de habitabilidad se ven reflejadas en la Orden Ministerial del 29 de febrero de 1944.
¿Qué pasa si no tengo cédula de habitabilidad?
Como propietario del inmueble, tú debes ocuparte de qué la casa que tienes pensado alquilar cuente con este documento. En caso de no conseguir la cédula de habitabilidad, tanto tus inquilinos como tú no podrán vivir en el inmueble o contratar suministros. Por otro lado, también corres el riesgo de recibir una multa por no contar con este documento al día.
Es habitual que el propietario del inmueble no pueda, por tiempo, ir a pedirla. No te preocupes, existe una solución. Siempre puede pedirla un representante de la persona propietaria de la casa que cuente con la autorización necesaria. También, en caso de que se necesite un duplicado de la cédula de habitabilidad, puede pedirlo tanto el propietario del inmueble, como el inquilino o bien, los representantes de las personas (propietarios y arrendatarios) con la autorización que corresponda. De este modo, como inquilinos es posible estar al tanto del grado de calidad del inmueble que hemos alquilado.
¿Cómo solicitar la cédula de habitabilidad?
Por lo general, solicitarla es simple y en la mayoría de las comunidades autónomas se puede realizar de manera telemática. Para realizarlo, es necesario completar el impreso de solicitud y haber abonado las tasas requeridas. También, será fundamental presentar una copia del DNI del propietario o del representante autorizado. Además de una copia de la escritura del inmueble o del contrato de alquiler.
¿Para qué lo necesito?
Se trata de un documento que necesitarás para realizar cualquier tipo operación con la casa, compraventa, alquiler, entre otros. Además, acredita el cumplimiento de calidad de la misma. Por otro lado, también será necesario para dar de alta los suministros como el agua, la luz, el gas, entre otros. Por estos motivos resulta tan importante, recuerda que antes de anunciar el inmueble es importante contar con este certificado.
¿Quién expide la cédula de habitabilidad?
La cédula de habitabilidad solo puede ser expedida por un técnico especialista, un arquitecto o un ingeniero especializado en la materia. Podemos encontrar tres tipos de cédula de habitabilidad:
Primera ocupación
Para inmuebles de nueva construcción o bien, cuando un edificio ha sido derrumbado, dejando solo la fachada.
Primera ocupación de rehabilitación
Para inmuebles que han sido rehabilitados. Aquí entran, las subdivisiones, el cambio de uso para crear una casa, ampliaciones, entre otros.
Segunda ocupación
Por último, para viviendas que ya existen.
Para conseguirlo, el procedimiento es el mismo tanto en caso de que se trate de una vivienda nueva como si ha caducado su fecha de validez. Debes ponerte en contacto con un arquitecto, o arquitecto técnico. De este modo solicitarás su expedición (certificada por su Colegio Profesional).
¿Cuánto tarda?
Una vez que el documento haya sido elaborado, se debe presentar ante el organismo correspondiente junto con el resto de documentación requerida. Aproximadamente, un mes después y si la vivienda cuenta con las características necesario para ser habitada, la tramitación habrá concluido. El propietario de la vivienda recibirá un certificado de la obtención de la cédula de habitabilidad.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que la regulación de este documento se rige por Comunidades Autónomas. Es por este motivo que, para saber cuál es la documentación debes presentar, los plazos y demás, es aconsejable que acudas a tu ayuntamiento o bien, consultes la web de tu comunidad. De este modo, agilizarás el proceso y obtendrás la cédula de habitabilidad de tu inmueble de la manera más rápida posible.
Ya con el certificado en mano, será posible dar de alta los suministros básicos de la casa. Ten en cuenta que, si se trata de la primera vez que vas a realizar este paso, la compañía suministradora puede solicitar una copia del mismo.
¿Cuál es su vigencia?
La legislación vigente afirma que, las cédulas de habitabilidad de los inmuebles construidas a partir del año 2012 cuentan con una vigencia de 25 años. Si tu vivienda es más antigua, el documento tendrá una validez de 15 años.
Si no tienes claro cuándo la solicitaste por última vez y te estás preguntando si la vivienda tiene cédula de habitabilidad, lo ideal es que consultes con en el organismo competente de tu comunidad autónoma para que no cometer errores. Se trata de un documento de gran importancia y debe ser realizado por empresas y equipos profesionales capacitados para conseguirlo.
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