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La Ley de Vivienda continúa trayendo mucha tela para cortar. Esto se debe a las distintas posturas encontradas sobre la funcionalidad que la normativa puede tener realmente. Las posturas a favor y en contra no dejan de presentar recursos. También utilizan todas las herramientas posibles para dar de baja o ampliar la llegada de ella. Pero una nueva jugada llega al tablero de ajedrez. Es que ahora, el congreso pide derogar artículos de la ley de vivienda en los que se vulneran las competencias de las distintas Comunidades Autónomas.

Debemos entender primero que nada que todo lo relacionado a la vivienda, en realidad, no le corresponde al Gobierno Central. De ello tiene la potestad la Comuna. Son ellos los que pueden definir las acciones que se llevarán adelante. Esto se encuentra regulado dentro de la Constitución de cada una. Debido a ello, varias de la Comunidades Autónomas han preentado recusaciones de inconstitucionalidad. Es que desde el nacimiento de la normativa, el revuelo ha sido importante. Madrid, por ejemplo, ha planteado su postura en contra de la Ley de vivienda, y considera que muchas de las medidas que allí se toman van en contra de las que ellos pretenden para sus ciudadanos.

En este post te contaremos todo sobre por qué el Congreso pide derogar artículos de la ley de vivienda y cuáles podrían ser las consecuencias de ello. ¿Nos acompañas?

El Congreso pide derogar artículos de la ley de vivienda que vulneren la potestad de las competencias autonómicas

El día 29 de marzo, se ha logrado en la Comisión de Vivienda y Agenda Urbana la aprobación de una proposición de ley llevada adelante por el PP. Mediante ella, el Congreso, pide derogar o modificar artículos de la ley de vivienda que puedan vulnerar las competencias que le corresponden exclusivamente a las Comunidades Autónomas.

En la votación a favor, se han pronunciado el PP, Vox, PNV y Junts. Esquerra Republicana, por otro lado, quien cabe aclarar ha sido uno de los principales propulsores de la normativa en la legislatura pasada, ha optado por abstenerse. Esto no es una sorpresa. Más que nada teniendo en cuenta que no hace mucho tiempo ha apoyado en el Parlament un recurso en el que se pedía la inconstitucionalidad de la normativa.

Por último, el PSOE, Sumar, Podemos y Bildu, han mantenido su postura en contra de cualquier modificación a la Ley de Viviendas.

Esta propuesta, aprobada por el Congreso, se basa en el artículo 148 de la Constitución. Allí se establece que todas las Comunidades Autónomas podrán asumir sus competencias tanto en materia de urbanismo como de vivienda. Por ello, el Estado Central, no tendría potestad en estos asuntos.

El problema, es que dentro de la Ley de Vivienda, son muchos los artículos en los que las competencias, que como planteamos anteriormente, son potestad exclusiva de las autonomías son sobrepasadas.

Por todo ello, se puede llegar a la conclusión de que la ley que ha sido aprobada el 24 de mayo del 2023, es inconstitucional. Pero aclaran que esto no se debe únicamente a la potestad de las Comunas. También, sostienen dentro de la iniciativa que fue aprobada con por el congreso, que vulnera el derecho a la propiedad privada.

Rechazan la eliminación de la normativa a los mecanismos de regulación de los alquileres

Si bien el Congreso pide derogar los artículos de la Ley de Vivienda que vulneran la potestad de las Comunidades Autónomas en materia de vivienda, otra de las peticiones ha sido desestimada. Esta tenía que ver con la solicitud de quitar de la normativa los mecanismos por los cuáles se busca regular el precio de los alquileres.

En este caso, solo el PP y el Vox han votado a favor. Mientras que el PSOE, Sumar, ERC, Bildu, PNV, Juntos y Podemos han votado en contra de dicha propuesta.

Por otra parte, desde el PP también ha logrado que continúe su marcha una iniciativa por la cuál se busca ayudar a afrontar el reto que hoy en día tienen los jóvenes en el acceso a la vivienda. Esto se ha logrado gracias a que el PNV ha decidido abstenerse y Juntos ha votado a favor.

Con esta presentación el Congreso, no solo pide derogar artículos de la ley de vivienda. También solicita al Gobierno que aumente la cantidad de viviendas que son destinadas a los jóvenes dentro del alquiler asequible.

Dentro de esta presentación, se le exige al Ejecutivo que también derogue cualquier normativa o en tal caso reviertan aquellas políticas que puedan tener un efecto negativo en el mercado de la vivienda. Por ejemplo, en las que pueda motivar las subidas de los valores, que la oferta disponible pueda verse reducida o que la okupación pueda aumentar.

Una propuesta que va aún más contra las Comunidades

Sumar hace pocos días ha presentado un proyecto no de ley que va aún más contra de la potestad de las Comunidades Autónomas en materia de vivienda. Es que si bien se ha aprobado la petición por la cual el Congreso pide que se deroguen artículos de la Ley de vivienda que sobrepasen la posibilidad de las Comunas a tomar decisiones sobre este tema, Sumar parece no estar de acuerdo,

Dicha presentación, busca que no solo las Comunidades puedan establecer las zonas tensionadas. Solicita que se amplíe esta potestad al Estado Central y a los Ayuntamientos, en el caso de que no hayan sido solicitadas con anterioridad.

Esta presentación no deja de ser extraña. Sobretodo en el momento en que el Congreso pide que se deroguen artículos de la normativa por ir en contra de la potestad de las Comunas.

Lo cierto, es que la batalla que se libra por la Ley de Viviendas parece no tener fin. Los distintos partidos parecen no poder ponerse de acuerdo en su legalidad o en las consecuencias que ella podría tener en el mercado inmobiliario. Deberemos esperar a ver cuál es el próximo paso y que hará el Gobierno con esta solicitud.

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Al finalizar un año, los especialistas en el sector inmobiliario se toman el tiempo para poder analizar los números que el año anterior han dejado. En este caso, hablaremos de la baja en la rentabilidad de las viviendas. Es que, según se ha conocido, en el 2023 ha descendido un 0,1 por ciento la rentabilidad en comparación con el año anterior.

Recuerda que este tipo de información puede ser muy útil si estás pensando en comprar una vivienda, por ejemplo, para poner en alquiler. Puede que no sepas aún cuál es el mejor lugar para ello, por eso aquí hablaremos tanto de los lugares donde la rentabilidad de las viviendas ha sido mas baja como alta.

En este post te contaremos que ha sucedido en cada lugar y en cuáles se ha registrado una baja en la rentabilidad de viviendas más importante. ¿Nos acompañas?

Baja la rentabilidad de las viviendas en nuestro país

Durante el 2023, según los el estudio realizado desde Fotocasa, se ha establecido en un 6,4 por ciento de rentabilidad en las viviendas. Cabe aclarar que durante el 2022 había sido de 6,5 por ciento. Si nos vamos un poco más lejos, en el 2008 ha sido del 4,1 por ciento.

Otro de los datos que surgen de este documento, tiene que ver con que comprar una propiedad para luego sacar de ella una renta, en diciembre, se ha establecido como la cuarta rentabilidad más importante desde al año 2006.

Según explican, esto tiene que ver con la forma en que el precio de compra de una vivienda se ha acelerado en el último tiempo, incluso en el mercado de alquiler. Esto se debe a que si ambos mercados presentan una tendencia alcista, el rendimiento que genera el comprar una vivienda para ponerla en alquiler se logra equilibrar.

Debemos recordar que en los últimos tiempos los valores de los arrendamientos también han registrado subidas, incluso hasta nuevos máximos. Debido a ello, el rendimiento de adquirir una vivienda para luego rentarla, siguen generando niveles positivos.

El ladillo, por otro parte, sigue estableciéndose como el activo más seguro del mercado e incluso el producto financiero que genera mayor rentabilidad. Por ello, continúa en el foco de la inversión principal para aquellas personas que buscan un opciones para momentos en el que la economía es inestable. 

Baja la rentabilidad de viviendas en algunas Comunidades, por debajo de la media

Como dijimos anteriormente, la media en la rentabilidad de viviendas en nuestro país ha bajado un 0.01 por ciento. Pero aquí se tienen en cuenta la totalidad de las localidades, que obviamente no tendrán iguales cifras.

A continuación detallaremos la lista de las Comunidades Autónomas que se han registrado más baja la rentabilidad de las viviendas que la media nacional.

  • Aragón ha registrado un 6,3 por ciento.
  • Extremadura, Canarias y Castila – La Mancha: 6,3 por ciento.
  • Andalucía: 6,1 por ciento.
  • Galicia y País Vasco: 6 por ciento.
  • La Rioja: 5,9 por ciento.
  • Madrid_ 5,5 por ciento.
  • Baleares: 5,3 por ciento.

Pero veamos ahora, cuáles han sido las que han obtenido mayor rentabilidad de las viviendas:

  • Comunitat Valenciana: 7,9 por ciento.
  • Región de Murcia: 7,4 por ciento.
  • Cantabria: 7,3 por ciento.
  • Castilla y León 7 por ciento.
  • Cataluña 6,9 por ciento.
  • Asturias: 6,8 por ciento.
  • Navarra: 6,4 por ciento.

Cuáles son los municipios en los que la rentabilidad ha disminuido

Según este estudio, un 18 por ciento de las ciudades, han registrado una rentabilidad menor al 5 por ciento. A continuación mencionaremos las más bajas

  • Eivissa: 3,7 por ciento.
  • Getxo: 3,9 por ciento.
  • Donostia – San Sebastián y Sitges: 4 por ciento.
  • Benahavís: 4,1 por ciento.
  • Sant Cugat del Vallès: 4,3 por ciento.
  • Calvià: 4,4 por ciento.
  • Marbella, Orihuela, Santiago de Compostela y Pamplona / Iruña 4,5 por ciento.
  • A Coruña capital, Almuñécar y Estepona: 4,6 por ciento.
  • Fuengirola, Altea y Madrid capital con 4,7 por ciento.
  • Vic, Dñenia, Cádis capital, Pozuelo de Alarcón: 4,8 por ciento.
  • Rincón de la Victoria, Vigo, Castro- Urdiales; 4,9 por ciento.

Por otro lado, el 48 por ciento de los municipios, un total de 132, han logrado registrar una rentabilidad igual o mayor a la media de nuestro país. Las más importantes han sido:

  • Gandía: con una rentabilidad de 10,7 por ciento.
  • Laredo y La Manga del Mar Menor: 9,7 por ciento
  • Lucena: 8,9 por ciento
  • L’Hospitalet de Llobregat: 8,7 por ciento
  • La Línea de la Concepción y Talavera de la Reina: 8,3 por ciento
  • El Ejido: 8,2 por ciento
  • Algeciras: 8,1 por ciento
  • Molina de Segura: 8 por ciento

La Rentabilidad en los distintos barrios de nuestro país

A continuación, detallaremos cuáles son los barrios de Madrid más rentables:

  • Embajadores –Lavapiés, es uno de los barrios con mayor rentabilidad, registrando una cifra del 5,3 por ciento.
  • El segundo puesto se lo lleva Guindalera, con un 4,7 por ciento.
  • Luego se ubica Palacio, con un 4,6 por ciento.
  • Argüelles: con 4,4 por ciento.
  • Ríos Rosas – Nuevos Ministerios por su parte ha registrado una rentabilidad del 3,8 por ciento.
  • El Viso, 3,7 por ciento.
  • Hispanoamérica – Bernabéu, 3,6 por ciento.
  • Almagro registró un 3,6por ciento.
  • Universidad – Malasaña, 3,6 por ciento.
  • Sol, 3,5 por ciento.
  • Justicia – Chueca alcanzó un  3,4 por ciento.
  • Goya un 3,4 por ciento.
  • Lista, 2,9 por ciento.
  • Recoletos un 2,7 por ciento.
  • Y cierra la lista el barrio Castellana con un  2,7 por ciento.

Veamos ahora que sucedió en los barrios de Barcelona. Cuáles han sido los que obtuvieron mayor rentabilidad en las viviendas:

  • El Poble Sec – Parc de Montjuïc y El Raval: 6,9 por ciento.
  • El Camp de l’Arpa del Clot: 6,8 por ciento.
  • Sant Antoni y Sants : 5,7 por ciento.
  • Sagrada Família: 5,5 por ciento.
  • El Camp d’enGrassot i Gràcia Nova: 5,2 por ciento.
  • BarriGòtic: 5,1 por ciento.
  • Barri de les Corts: 5,0 por ciento.
  • El Poblenou y Vila de Gràcia: 4,9 por ciento.
  • La Nova Esquerra de l’Eixample  ySant Pere, Sta. Caterina i la Ribera: 4,8 por ciento.
  • El Putget i el Farró, L’Antiga Esquerra de l’Eixample y Sant Gervasi i la Bonanova: 4,6 por ciento.
  • Sant Gervasi- Galvany: 4,1 por ciento.
  • Sarrià, Diagonal Mar i el Front Marítim del Poblenou: 4,0 por ciento.
  • Dreta de l’Eixample: 3,8 por ciento.

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La situación económica que atraviesa nuestro país había mermado el interés de los jóvenes por comprar una vivienda. Pese a ello, lo cierto es que los jóvenes necesitan un lugar donde vivir y muchas veces es fuera de su ciudad natal. Esto tiene que ver con situaciones de estudio o trabajo.

Dentro del sector inmobiliario, los jóvenes forman parte de una importante referencia, ya que es uno de los segmentos más atractivos en el mercado. Si hilamos un poco más fino, incluso, según los especialistas son los que han generado cambios más considerables dentro del mercado en durante el año pasado.

En este post te contaremos todo lo que tienes que saber acerca de los jóvenes y el interés por comprar una vivienda ¿Nos acompañas?

Cambios en los jóvenes de distintas edades y el interés por comprar una vivienda

En el mercado inmobiliario en los últimos tiempos se han registrado importantes cambios entre los jóvenes de 18 a 24 años y el interés que tienen por comprar una vivienda. A inicios del año pasado, la situación económica y los problemas que hemos tenido que afrontar, han dejado como consecuencia una importante contracción del 9 por ciento si realizamos la comparación con el mes de agosto del 2022.

Luego, ya en el segundo semestre del 2023 se ha producido un nuevo cambio. Los jóvenes han despertado el interés por comprar una vivienda, y con ello se ha impulsado la actividad en el mercado. En este momento, el porcentaje de este grupo etáreo se sitúa en un 43 por ciento. De esta forma se alcanza un nivel más en los registros comparándola con los valores del 2021. Cabe aclara que allí, nos encontrábamos saliendo de la parte más dura de la pandemia de Covid.

Otro de los segmentos que tiene importante participación es el de los jóvenes de entre 25 y 34 años. Ellos también han aumentado su participación en el segundo semestre del año alcanzando un 49 por ciento. Si lo comparamos con febrero del mismo año, ha registrado una subida de 3 puntos, con un 46 por ciento. Pese a ello, se establece seis puntos por debajo de la participación  informada en agosto del 2022, en la que había llegado a un 55 por ciento.

Una gran parte de la recuperación del movimiento de los jóvenes que muestran interés por comprar o alquilar una vivienda, tiene que ver con una demanda no efectiva. Esto significa que aún no ha podido realizar la operación. Gracias a ello, se han alcanzado los niveles que se registraban en agosto del 2022. Por ello, la cantidad de personas que ha logrado efectivizar su contrato, alcanza una cifra del 19 por ciento entre los 18 y 24 años. Para el mes de agosto del 2022, era de un 21 por ciento. Para el segmento de entre 25 y 34 años, por su parte, es del 22 por ciento, cuando en el año anterior era de un 29 por ciento. 

Aumenta el interés de los jóvenes por comprar una vivienda

Al analizar las cifras de participación e interés de los jóvenes por comprar una vivienda, existen distintos puntos a tener en cuenta que marcan las diferencias entre los distintos grupos etáreos.

Los jóvenes de entre 25 y 34 años son los que han registrado más actividad. Ellos componen un 30 por ciento, una cifra mayor a la registrada tanto en agosto del 2022, con un 28 por ciento,  como en febrero del 2023, con un 25 por ciento.

El segundo grupo etáreo en importancia es el de entre 35 y 44 años. Allí es donde se ha informado más actividad respecto a la compraventa. Este segmento, alcanza al 23 por ciento de los particulares. Esto significa una subida de dos puntos, al compararlo con el mismo mes del año anterior.

El tercer grupo en importancia es el comprendido entre los 45 y 54 años. Éste ha logrado aumentar su participación al registrar un 18 por ciento en el segundo semestre del 2023, contra el 16 por ciento un año atrás.

Según explica María Matos, quien es la directo de Estudios de Fotocasa, el segmento etáreo más joven tendrá un importante papel para este año y los que vienen. Es que son ellos los futuros compradores. Como hemos visto, el interés de los jóvenes por comprar una vivienda es mayor. Principalmente para no necesitar alquilar una vivienda. Recordemos que hoy en día la inestabilidad laboral no ayuda para este tipo de problemas. Por todo ello, la especialista, entiende que será importante que la administración pública pueda poner en marcha distintos tipos de medidas y proyectos que puedan facilitar el acceso de ellos a la vivienda. 

Descenso de jóvenes para encontrar viviendas en alquiler

Otro de los parámetros que podemos analizar, tienen que ver con la participación de los jóvenes en las rentas. Allí se ha registrado un  descenso de la participación. Esto sucede en la mayor parte de los estratos, menos en el comprendido entre los 18 y 24 años, donde se aprecia una pequeña subida al compararlo con agosto del 2022, en un punto porcentual pasando de un 34 por ciento a un 35 por ciento.

Al intentar analizar lo que sucede y porque sucede este fenómeno, explican que tiene que ver con que las rentas están más caras que nunca. Por ello muchos jóvenes intentan comprar su propia vivienda. Lo cierto es que para que esto continúe y pueda llegar a buen puerto, será necesario que el mercado por un lado y los bancos y administraciones públicas puedan brindarle a ellos posibilidades para que adquirir sus casas propias.

Pero desglosemos ahora un poco la información de las distintas franjas etáreas. Los jóvenes de entre 25 y 34 han visto reducida su participación en el mercado de alquiler por un total de 8 puntos porcentuales. En agosto del 2022 representaban un 34 por ciento, mientras que al año siguiente se redujo esta cifra a un 26 por ciento.

Respecto a las personas de entre 35 y 44 años, también se ha informado una disminución, aunque mucho menor. Así se informó en agosto del 2022 un total del 18 por ciento. Por otro lado, en el mismo mes del año siguiente ha sido del 17 por ciento.

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El mercado de alquiler de oficinas de Buenos Aires parece comenzar a reactivarse. Luego de los cambios producidos por la pandemia y la alta inflación, los precios se estabilizan. Las oficinas elegidas por las compañías son de 500 metros cuadrados, en la zona Norte de la ciudad y a un costo medio a partir de los 20 dólares el metro cuadrado.

La ciudad de Buenos Aires experimenta una reactivación en el mercado de alquiler de oficinas. Luego de la pandemia y a pesar de los desfasajes de la economía local, las corporaciones se vuelcan nuevamente a montar oficinas en el centro económico, cultural y político de Argentina. El año pasado estuvo marcado por la inflación y la incertidumbre sobre el futuro político. Aun así, el mercado de oficinas corporativas no ha dejado de moverse y la cantidad de consultas auguran un crecimiento en los niveles de operaciones concretadas. Lo que se puede esperar del 2024 es un arranque con tensiones políticas y luego una estabilidad, con una apertura económica promovida por la nueva administración del gobierno de Milei.

Lo que las compañías buscan son oficinas no tan grandes, de unos 500 metros cuadrados, ubicadas en la zona Centro y en los barrios del Norte de Buenos Aires, y a un costo medio desde los 20 dólares el metro cuadrado. El sector bancario y financiero es el más interesado por las oficinas del Centro, mientras que algunas compañías de los sectores farmacéutico y tecnológico también se han sumado a la creciente búsqueda de oficinas. El trabajo remoto, e incluso la modalidad combinada, provocaron cambios en las preferencias de las empresas, que ahora se vuelcan por espacios reducidos, pero con más comodidades que antes de la llegada del Covid.

Mercado de alquiler de oficinas en Buenos Aires

El mercado de alquiler de oficinas argentino tiene en Buenos Aires el principal protagonista de su recuperación. Si bien se trata de un crecimiento gradual, las perspectivas de los operadores se centran en la capital del país, donde el alquiler corporativo se ha mantenido activo durante el año pasado.

Luego de los cambios producidos por la pandemia, muchas compañías dejaron de lado los pisos espaciosos, donde se amontonaban escritorios y empleados a más no poder. Ahora, las preferencias se orientan hacia los lugares más reducidos pero con mayores comodidades para sus empleados. En promedio, las búsquedas se orientan hacia las oficinas de unos 500 metros cuadrados.

En cuanto a los barrios con mayores consultas, el Centro y Norte de la ciudad son los más buscados. Además de Catalinas y Microcentro, las propiedades en Belgrano, Colegiales, Palermo y Núñez se hallan en pleno auge, sobre todo el corredor de la Avenida del Libertador, que une a la capital con el pintoresco norte del conurbano. Allí se encuentra la ruta Panamericana, que une toda la región sudamericana. La zona Norte que rodea la ciudad tiene propiedades más valoradas que la Oeste y la Sur.

Las búsquedas y los precios

En pocos años, el mercado de alquiler de oficinas en Buenos Aires ha evidenciado un cambio vertiginoso. Las empresas y compañías abandonaron su interés por los pisos espaciosos (de entre 1.000 y 1.500 metros cuadrados) donde acumular escritorios y empleados, en favor de los lugares más pequeños y cómodos. 

Esto se ha materializado en la búsqueda de oficinas con unos 500 metros cuadrados, con excelente conectividad y mejores condiciones de habitabilidad para sus empleados y ejecutivos. Incluso, son pisos que no demandan grandes reformas, pues se trata de vaciarlos en lugar de agregarles paredes y tabiques. El Centro de Buenos Aires, que había quedado prácticamente vacío durante la pandemia, aún tiene varias ofertas de oficinas en esas condiciones. 

En cuanto a los precios del alquiler de oficinas, varios operadores sostienen que se encuentran en un punto de equilibrio. De hecho, “luego de la pandemia y la complicada situación económica por la inflación, se vendieron muchas oficinas y pisos durante el 2022 y 2023, dejando espacios disponibles, sobre todo dentro de la ciudad”, sostiene el portal Infobae. 

Precisamente en la zona Centro, los pisos pueden rondar unos 20 a 22 dólares el metro cuadrado para Retiro, Catalinas y Microcentro. Mientras que en el mencionado corredor de Avenida del Libertador los valores suben hasta los 30 dólares por metro cuadrado. Cabe destacar que en esos barrios es donde también se asientan varias marcas premium, lo que aumenta la valuación de las propiedades y alquileres. 

En cuanto al conurbano de la ciudad, la zona Norte tiene las mayores cotizaciones, incluso más que el centro. Las oficinas de alquiler en San Isidro o Vicente López pueden costar entre los 22 y 26 dólares el metro cuadrado.

Las perspectivas para 2024

Buenos Aires es la capital económica y política pero también cultural de Argentina. Muchos turistas visitan cada año sus calles, teatro y museos. Además de las grandes compañías que tienen sus filiales y oficinas, muchos inversores esperan el momento para llegar a concretar negocios.

Luego de la pandemia, Argentina ha venido experimentando índices muy altos de inflación. Eso parece no hacer mella en el mercado de alquiler de oficinas, que se mantiene constante en las búsquedas. De hecho, la devaluación de su moneda es un atractivo para quienes invierten desde el extranjero, principalmente en dólares y en euros.

La inestabilidad política que marcaron los dos últimos trimestres parece haber quedado atrás luego de finalizado el proceso eleccionario que elevó a Javier Milei a la presidencia. En ese aspecto, los retos políticos y económicos que tiene por delante la nueva administración son grandes.

En cuanto a lo que puede venir de aquí en más, hay quienes vaticinan momentos de tensión política en el país. Pero son optimistas en que las reformas que pretende aplicar el gobierno desemboquen en un mejor horizonte para los negocios e inversiones. 

Mientras, el mercado de alquiler de oficinas de Buenos Aires se muestra activo en las consultas, estable en los precios y con expectativa de crecimiento.

Luego de leer este artículo, nos interesaría mucho conocer tu opinión acerca del mercado de alquiler de oficinas en Buenos Aires. Puedes compartirla con nosotros desde la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en la situación de querer invertir en estos momentos, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Arrendar una vivienda es un gran desafío. Es por eso que, en este post te indicaremos qué debes pedirle al inquilino, si eres el propietario de un piso en alquiler. Los beneficios que implican los arrendamientos son muchos, porque brindan la posibilidad de que una persona acceda a una vivienda por el término de algunos meses o temporadas. Además, por el otro lado, logran que los arrendadores consigan dinero extra por medio de las rentas y hasta incluso, utilicen esta única forma como sustento de vida. Si quieres conocer, todo lo que tienes que saber a la hora de alquilar tu piso a un inquilino, no dejes de leer el post.

Poner en alquiler una vivienda por primera vez, es un gran paso para cualquier propietario y es normal que aparezcan muchas dudas con respecto al tema. Si cuentas con una vivienda que te interesa poner en alquiler, lo más probable es que ya hayan surgido algunas preguntas. Por lo general, la mayoría de los propietarios se preguntan cuáles son los procesos que se necesitan y de qué manera seleccionar al inquilino ideal. Es por este motivo que hemos decidido contarte cuáles son los puntos fundamentales para que logres despejar todas tus dudas al respecto.

Sabemos que el primer paso siempre es complicado y mucho más, si es un tema del que no tienes dominio en profundidad y que desconoces. En este post, te indicaremos los mejores consejos para ser un arrendador de primera y dejar la categoría de novatos, a otros futuros propietarios de viviendas en alquilar. Si la decisión de arrendar tu piso se encuentra tomada, no tienes de qué preocuparte. Aquí, te diremos de qué manera continuar.

En los próximos apartados, descubrirás qué debes pedirle al inquilino si eres el propietario de un piso y cuál es la mejor forma de actuar en este caso. Recuerda que eres el arrendador y dispones de la vivienda, por lo tanto, recaerán en ti casi todas las decisiones sobre la propiedad. Pero primero, tienes que saber cómo encontrar a tu inquilino ideal para lograr todo lo que vendrá después. Para eso, te invitamos a leer el siguiente post.

¿Cómo seleccionar al inquilino ideal para tu casa de alquiler?

Al momento de alquilar una vivienda uno de los puntos más importantes es, el de la selección del inquilino ideal. Se tiene que encontrar un inquilino solvente, fiable y que cuide la vivienda, sin embargo, se trata de una tarea bastante compleja. Debemos tomarnos el tiempo de analizar y es importante tener conocimientos del sector. Ya que si nos dejamos llevar por las simples apariencias, podemos terminar desilusionándonos con situaciones extremas. Por ejemplo, podemos encontrarnos con un inquilino moroso profesional que no pague la renta y termine arruinando la vivienda.

Hallar a un buen arrendatario no es un trabajo sencillo, pero la investigación es un punto que puede servir para brindar pistas, de que se trata de una persona que cuenta con trabajo estable y tiene capacidad adquisitiva. La principal obligación de un inquilino es pagar las rentas mensuales, por eso es muy importante conocer si puede realizar esta acción o no.

Para lograr realizar una buena selección del inquilino, resulta fundamental solicitar una documentación básica. Esta documentación nos ayudará a conocer al inquilino, de esta manera podremos quedarnos más tranquilos con que se trata de un inquilino responsable.

Los documentos personales

Se trata de solicitar el documento nacional de identidad (DNI), NIE o pasaporte para lograr identificar a nuestro inquilino. Al momento de alquilar una vivienda, es muy necesario que todas las personas mayores de edad presenten esta documentación. El objetivo de este punto es que en el contrato de alquiler aparezcan también como inquilinos. Un punto fundamental es que toda la documentación se encuentre en vigor y con todos los datos actualizados.

Las referencias

Una gran cantidad de propietarios consideran necesario pedir referencia de caseros anteriores siempre y cuando el inquilino que se presenta ya haya vivido de alquiler antes. A estas referencias, se les puede agregar otros certificados que nos serán de ayuda para evaluar el comportamiento del inquilino, por ejemplo documentos de solvencia o no incidencias bancarias, el certificado FIM, un certificado de solvencia para el alquiler, este certificado es expedido por el Fichero de Inquilinos Morosos, que asegura que si se trata un inquilino solvente y que no existan problemas de pago.

Estas, son cosas que debes pedirle al inquilino si eres propietario. Serán imprescindibles para tomar la decisión final sobre el inquilino adecuado, porque puede ocurrir que esas referencias indiquen comportamientos inadecuados del inquilino, que de otra manera sería imposible conocerlos. Siempre que puedas, pide referencias para estar más seguro, sobre la persona que utilizará tu inmueble.

Documentación vinculada con el ámbito económico y laboral

Entre la documentación que resulta fundamental para realizar una buena selección del inquilino se encuentra la vinculada con lo económico y laboral. Con respecto a las cuestiones laborales, lo más habitual es solicitar un contrato de trabajo y por lo menos las tres últimas nóminas percibidas. En lo que refiere a la documentación financiera, cada vez es más común pedir los movimientos bancarios de los últimos meses, de este modo es posible analizar la solvencia económica del inquilino.

Como mencionamos anteriormente, el pago de las rentas es la principal obligación del arrendatario y en tiempos anteriores, no hubiese sido necesario este tipo de investigación personal. Sin embargo, con el gran aumento de morosidad que se evidencia en los últimos años, se hace necesario este tipo de procedimientos.

Tres requisitos fundamentales para alquilar

Una vez que hayamos encontrado al inquilino ideal para nuestra casa de alquiler, hay ciertas cosas que debes pedirle al inquilino, previo a la entrega de llaves de la casa. Se trata de tres requisitos, en primer lugar, la fianza legal del alquiler, por lo general coincide con una mensualidad del alquiler, y debe ser depositada por la propiedad en el organismo correspondiente dependiendo de la Comunidad Autónoma. Por otra parte, también será necesario solicitar el mes en curso del alquiler. Por último, si se tiene interés en disponer de una garantía adicional, así como lo afirma la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), será posible solicitar una garantía adicional. Sin embargo, la garantía adicional no deberá ser superior a dos meses de alquiler.

Puntos clave para poner una vivienda en alquiler

No podemos dejar de lado que para poner una casa en alquiler es fundamental que esta cumpla con las condiciones de habitabilidad e idoneidad necesarias. Por eso es importante que se cuente con La cédula de habitabilidad, el certificado energético, que es obligatorio por ley, así como también, con un contrato legal conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Por otro lado, resulta importante que la vivienda disponga de cocina amueblada y equipada, con todos los suministros dados de alta, si bien posteriormente estos deberán ser transferidos al inquilino por medio de un cambio de titularidad. En último lugar, resulta aconsejable realizar una revisión y de ser necesario, reparar cualquier posible desperfecto en la vivienda. Así como también, invertir en obras o reformas de mejora como por ejemplo, puede ser pintar la vivienda completa, sin dudas, esto hará la diferencia.

Luego de leer este post, sobre ¿Qué debes pedirle al inquilino si eres propietario de un piso? nos interesaría conocer tu opinión al respecto. Si quieres compartirla con nosotros, es posible hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales se encontrará a tu disposición y te brindará la ayuda necesaria en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Desde Oi Real Estate queremos contarte qué sucede si el propietario de una vivienda en alquiler puede rescindir contrato y si esto es posible. Continúa leyendo el artículo para saber más.

¿Puede el propietario rescindir contrato de alquiler?

Por lo general, el contrato de alquiler de vivienda debe mantenerse hasta que finalice el tiempo que ha sido pactado por las dos partes, es decir propietario e inquilino, en el mismo. No obstante, tanto el inquilino como el propietario cuentan con la facultad para poder pedir que se les otorgue la posibilidad de rescindir contrato de alquiler.

¿En qué momento es posible para el propietario de la vivienda alquilada rescindir contrato?

Con el objetivo de brindarle la mayor seguridad posible a la persona que alquila un inmueble para vivir en él, las ocasiones en los que es posible rescindir contrato por parte del propietario se encuentran establecidas de manera clara en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Si la razón no se encuentra dentro los casos que son establecidos legalmente, no será posible que el propietario dé por finalizado un contrato de alquiler previo a haber expirado el tiempo que ha sido pactado por las dos partes.

Por otro lado, más allá de tener en cuenta todo esto, el propietario de la vivienda puede tomar una serie de medidas de protección. Esto puede suceder únicamente en el supuesto caso de que el inquilino ya no cumpla con alguna de sus obligaciones. Se trata, por ejemplo, de la contratación de un seguro de impago de alquiler para asegurarse el cobro de las rentas mensuales del alquiler de la casa, entre otras opciones.

¿Cuáles son los motivos legales que habilitan al propietario de una vivienda en alquiler a rescindir contrato antes de tiempo?

Principalmente, la mayor parte de los motivos legales para rescindir contrato antes del tiempo pactado por las partes se encuentran vinculados con el incumplimiento de ciertas obligaciones por parte del inquilino. Aquí van los casos previstos en la Ley de Arrendamientos Urbanos:

Los impagos de la renta y de cualquier otra cuantía

El impago de la renta del alquiler u otras cuantías son claros ejemplos de incumplimiento de sus obligaciones por parte del inquilino. Es por este motivo que la Ley de Arrendamientos Urbanos contempla la posibilidad de rescindir contrato antes del tiempo pactado por parte del propietario del inmueble alquilado.

La ausencia de abono de la fianza o bien, no haber realizado el pago de la actualización de la misma

Debemos tener en cuenta que la fianza se trata de uno de los pagos que es obligatorio para el inquilino. Debe depositar la fianza cuando se realiza la firma del contrato de alquiler. Por lo general, es habitual que se corresponda a una o a dos mensualidades de la renta y se utiliza en casos de posibles impagos o si ocurren daños en la vivienda que no sean causa del paso del tiempo.

En la Ley de Arrendamientos Urbanos se establece que el inquilino cuenta con la obligación de realizar el pago de la fianza. De lo contrario, es decir en caso de que no realice dicho pago o bien, que no lleve a cabo la actualización de la misma, el propietario tendrá la posibilidad de rescindir contrato.

El subarrendamiento del inmueble en caso de que no haya sido consentido por el propietario

Para que el inquilino consiga subarrendar el inmueble, es necesario que esto conste por escrito en el contrato de alquiler con el propietario. Se trata de una cláusula en la que se contemple dicha situación y en la que se indique que el inquilino cuenta con el permiso del propietario para subarrendar el inmueble. Puede ser la vivienda entera o bien, por habitaciones.

En el artículo 27 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, que se ocupa de regular los contratos de alquiler, se indica que el subarriendo de la vivienda sin consentimiento previo del propietario es una causa justa para rescindir contrato.

Es decir que, según lo indicado en el artículo 27 de la LAU, el subarriendo de la vivienda sin contar con el consentimiento previo del propietario es una causa para rescindir el contrato de alquiler de manera totalmente legal.

Por la realización de obras en el inmueble sin autorización o daños causados

Se trata de otra de las causas por las que se podrá rescindir contrato de alquiler por parte del propietario. Si el inquilino daña la vivienda de manera voluntaria o bien, también se incluye en este apartado, por la realización de obras dentro de la vivienda que no hayan sido consentidas por el propietario del inmueble.

Si el inquilino desea realizar alguna obra que modifique la vivienda es necesario que se le haya concedido un permiso por escrito y firmado por parte del propietario. En caso de que se realicen obras que modifiquen la estabilidad, el aspecto o incluso, la seguridad de la casa en alquiler sin el consentimiento del propietario, será posible rescindir contrato.

Debido a la realización de actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o bien, ilícitas en el interior del inmueble alquilado

Todo tipo de actividad que se considere como molesta o peligrosa y que se realice dentro de la vivienda puede ser un motivo justo para la rescisión del contrato de alquiler por parte del propietario del inmueble. Por otro lado, el propietario tendrá la posibilidad de finalizarlo cuando la limpieza o salubridad sea muy mala, del mismo modo que puede hacerlo si las acciones del inquilino resultan molestas para los vecinos y estos manifiesten sus quejas.

Además, este apartado también abarca el hecho de alquilar el inmueble como vivienda y utilizarlo para realizar otro tipo de actividades diferentes. Esto puede ser por ejemplo, una en caso de que se lleve a cabo una actividad empresarial.

¿Qué sucede si se da el caso especial de la necesidad de recuperar el inmueble para hacer uso de él?

Se trata de la última causa por la cuál es posible para el propietario de la vivienda en alquiler rescindir contrato. La Ley de Arrendamientos Urbanos afirma que, si ha transcurrido ya un año desde el inicio del alquiler, el propietario cuenta con la posibilidad de rescindir el contrato de alquiler en caso de tener la necesidad de utilizarla como vivienda permanente para uso personal o para sus familiares de primer grado, ya sea por consanguinidad o bien, adopción. Por otro lado, también puede rescindir contrato si la necesita para su cónyuge en caso de que se encuentre una sentencia firme de separación, divorcio o bien, nulidad matrimonial.

Es ante esta situación que el propietario debe informar al inquilino sobre la rescisión del contrato alquiler. Esto debe suceder al menos con dos meses de anticipación. La ley no indica nada concreto en lo que respecta a la notificación. Sin embargo, lo más aconsejable es realizarlo por medio de un burofax. De esta manera quedará constancia de la comunicación.

Si ya pasados tres meses desde que se ha notificado sobre la rescisión del contrato de alquiler y el propietario o bien, sus familiares no se han instalado en la vivienda, el inquilino cuenta con el derecho de volver a alquilar la vivienda en un plazo de 30 días o bien, de realizar el reclamo de una indemnización compensatoria.

Rescisión del contrato de alquiler por parte del inquilino

Por otro lado, más allá de lo establecido en el apartado anterior, el inquilino también podrá rescindir contrato una vez que hayan transcurrido seis meses desde la entrada en vigor. Esto significa que los seis primeros meses de duración son obligatorios.

En estos casos es posible regular en el contrato de alquiler que el inquilino indemnice al propietario. Se trata de la suma de un mes de renta por cada año que quede por cumplir del contrato o parte proporcional.

Por otro lado, si en la casa convive un matrimonio y uno de los cónyuges tiene interés en resolver el contrato y el otro no, el contrato de alquiler puede continuar para este último cónyuge. Eso sí, será necesario que comunique su voluntad de continuar con el alquiler al propietario.

¿Cómo puedes proceder para rescindir tu contrato de alquiler?

Si quieres rescindir contrato de alquiler de manera anticipada deberás seguir los siguientes pasos:

En primer lugar, debes analizar el contrato que has firmado. Principalmente, pon especial atención a la regulación que se establece y la posible indemnización en caso de resolución anticipada.

El siguiente paso es realizar una consulta con un abogado especializado en temas inmobiliarios. De este modo, analizará cuáles son tus derechos y obligaciones.

De ser posible la resolución deberán hablar con tu inquilino, que tendrá que enviarte una  comunicación fehaciente. Por ejemplo, burofax con acuse de recibo y certificado de texto.

Por último, será necesario firmar un acuerdo de resolución del contrato de alquiler con el inquilino. Una vez realizado este paso, podrá devolverte las llaves de la vivienda y tú le devolverás la fianza legal y otras garantías, excepto en caso de que tengan que ser aplicadas a algún incumplimiento del contrato de alquiler.

¿Qué sucede en caso de que el inquilino no acepte la resolución?

En este caso, si el inquilino no tiene interés en aceptar la resolución del contrato de alquiler antes del tiempo pactado no quedará otra solución que acudir a los tribunales. En este punto se desarrollará un proceso en el cuál se buscará demostrar que, en efecto, el inquilino ha incurrido en algún tipo de incumplimiento de sus obligaciones. También, puede ser porque el propietario tenga la necesidad de hacer uso de la vivienda para él o bien, para sus familiares.

Sin embargo, debes tener muy en cuenta que, el hecho de optar por acudir a los tribunales siempre generará que el proceso se extienda bastante más en el tiempo. Es por este motivo que, la mayoría de las veces, lo más aconsejable es que las dos partes se encuentren bien asesoradas y logren negociar entre ellas para llegar a un acuerdo que les resulte beneficioso a ambas. De modo que logren firmar un contrato de rescisión del alquiler y realizar la entrega de las llaves sin ningún tipo de inconvenientes. Es por estas causas que, en estos casos resulta sumamente aconsejable contar desde el inicio con la ayuda de especialistas en Derecho Civil.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre rescindir contrato de alquiler por parte del propietario. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Si quieres convertirte en arrendador de una vivienda, y no sabes cuáles son los pasos qué tienes que dar para lograr este objetivo, deja de preocuparte. En este post, queremos darte algunos consejos para que sepas cómo alquilar tu piso por primera vez.

Si has pensado ingresar en el mundo inmobiliario y quieres poner tu piso en arrendamiento, se te presentarán una gran variedad de dudas y preguntas, sobre cómo es la mejor manera de hacerlo. Aquí, te contaremos qué pasos debes seguir para poner en alquiler una vivienda con la mayor seguridad y de qué modo puedes evitar la morosidad.

Pon mucha atención y toma nota de estos consejos para alquilar tu piso por primera vez y no tener ningún inconveniente con tu futuro inquilino.

El estado de la casa y la documentación necesaria

Convertirse en arrendador, no es una tarea difícil pero hay ciertas cosas que se deben cumplir, para que tu vivienda sea considerada como alquilable. Entre ellas, se encuentra el estado de la vivienda y es que, debes colocar en alquiler una propiedad que se encuentre apta, para el posible arrendatario que desee vivir en ella.

El estado de la casa es un punto fundamental para conseguir un alquiler sin ningún inconveniente. Para poner en alquiler un inmueble, no todo es válido, ten en cuenta que la vivienda deberá cumplir con ciertos criterios de idoneidad y habitabilidad. Por otro lado, también será necesario comprobar que todo se encuentra en buen estado y funcionamiento. Resulta fundamental contar con una buena presentación de la vivienda, tener los suministros dados de alta y la cocina equipada. Además, debes obtener una serie de documentación básica entre ellas se encuentra la cédula de habitabilidad, el certificado energético, entre otros de carácter obligatorio para cualquier inmueble que se desee poner tanto en alquiler como en venta.

Otro punto de gran importancia que debes tener en cuenta es que, para la presentación de cualquier inmueble en alquiler es esencial llamar la atención de los inquilinos. Para conseguirlo, una buena opción es despersonalizarla por completo e invertir algo de dinero en algunas reformas o mejoras, como por ejemplo, pintar la casa. De este modo, sin lugar a dudas, el piso llamará mucho más la atención de los posibles inquilinos.

Valor de la renta y promoción del inmueble

Una vez que la vivienda ya esté en condiciones de ingresar al mundo inmobiliario y te encuentres preparado para alquilar tu piso por primera vez, aún hay algunos pasos a seguir. Se trata del momento de decidir cuál será el precio de la renta. En primer lugar, para fijar un valor adecuado es importante conocer cuál es la situación actual y real del mercado. Será necesario tener conocimiento de los valores que se manejan en viviendas de características similares a la tuya y debes evitar poner tus necesidades económicas por encima de la realidad del mercado.

Por otra parte, el coste será determinado también por otras variables, por ejemplo la ubicación, el estado y las características de la casa. Lo más aconsejable es realizar un buen estudio de mercado, ya que nos será de gran utilidad para fijar un precio técnico del alquiler. De lo contrario, si ponemos un valor muy alto la firma del contrato será muy difícil y en caso de que el precio que fijemos resulte demasiado bajo generará que se pierdan rentabilidades.

Con respecto a la promoción de la casa en alquiler, será necesario que sea publicitada en los principales portales inmobiliarios. Además, debe contar con un buen anuncio en donde se presente una descripción real, clara y no demasiado extensa, de las características de la vivienda. Dicha descripción deberá ir acompañada de una presentación fotográfica de calidad, en donde logre destacar cada punto importante de la vivienda.

Para alquilar un piso por primera vez debes seleccionar al inquilino ideal

Al poner en alquiler una casa, también debemos encontrar al inquilino ideal. Esto puede resultar más complicado de lo que puede parecer en un principio. Esto se debe a que las apariencias engañan y bastante, debes tener en cuenta que quien puede parecer a simple vista un buen inquilino, puede ocultar ser un gran moroso.

Pero no te preocupes, aquí te traemos una solución a este problema. Para realizar una buena selección del inquilino es fundamental solicitar cierta documentación básica que nos brinde la posibilidad de hacer una radiografía del futuro inquilino. Entre la documentación que por lo general se pide a los inquilinos se encuentra el contrato de trabajo, las nóminas, movimientos bancarios, certificados de solvencia e incluso una referencia de caseros anteriores. En este punto siempre resulta aconsejable dejarse asesorar por profesionales inmobiliarios. Así que ya lo sabes, si quieres alquilar tu piso por primera vez, debes estar atento ante posibles inconvenientes.

El contrato legal

Contar con un contrato legal es sumamente importante. A la hora de redactar un contrato de alquiler, este deberá estar realizado conforme a la normativa vigente, recogida en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Por otra parte, más allá de estar firmado por ambas partes, será necesario también, que incluya un clausulado en el que se especifiquen derechos y deberes tanto de propietario como de inquilino.

Lectura recomendada: El contrato de alquiler

Asesoramiento profesional: Como punto central para alquilar tu piso por primera vez

Si quieres alquilar tu piso por primera vez, no puedes dejar de lado el asesoramiento de los profesionales inmobiliarios. De este modo podrás evitar muchos inconvenientes y poner en alquiler tu inmueble sin tener que preocuparte por nada. Conseguir que el alquiler de tu vivienda se encuentre en manos de profesionales inmobiliarios es la mejor opción para ti, sin lugar a dudas, no te arrepentirás.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Contamos con un equipo de profesionales que estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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En este artículo te contaremos qué sucede cuando, por situaciones. particulares, se necesita cambiar el titular de un alquiler o no. ¿Es legal? ¿Existe la posibilidad? Continúa leyendo para enterarte!

Por lo general, se trata de una situación muy común cuando varias personas comparten un mismo piso de alquiler, que uno de los inquilinos tome la decisión de marcharse y en su lugar ingrese uno nuevo. Esta situación puede darse tanto cuando se comparte un piso o en el alquiler de estudiantes, un inquilino abandona la casa y es reemplazado por otro. Sin embargo, es lógico que surja la pregunta: ¿es posible cambiar el titular del alquiler en el contrato?

Cambiar el titular del alquiler

La realidad es que si se puede cambiar el titular del alquiler. Además, se trata de un proceso largo muy sencillo que no resulta largo ni tedioso. Aquí te explicaremos todo lo que necesitas saber para hacerlo.

¿Qué hacer para cambiar el titular de un alquiler?

Te presentamos una guía simple y sumamente práctica para que logres llevar a cabo el cambio de titularidad en el alquiler sin inconvenientes, pon atención y toma nota.

¿Qué dice la ley al respecto?

A la hora de preguntarnos si existe la posibilidad cambiar el titular del alquiler, en primer lugar, lo que debemos haces es tener en cuenta que el proceso se tiene que ceñir a la ley. Hoy en día, los alquileres en España, se rigen bajo la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Es por este motivo que, previo a iniciar con el proceso, debemos consultar la legislación vigente para lograr tener las nociones básicas al respecto.

En este punto es necesario resaltar que, tal y como asegura la normativa, cualquier mayor de 18 años que resida en la casa de alquiler tendrá que figurar como titular en el contrato.

¿Quién debe cambiar la titularidad del alquiler?

Para cambiar el titular del alquiler, es necesario que se encuentren presentes tanto el inquilino que se irá de la vivienda, como el nuevo inquilino que ingresará a vivir en la casa. Por otro lado, a este acto, también deberá acudir el propietario de la casa o bien, una persona autorizada por este. El principal objetivo de que todas las partes se encuentren presentes es que se comunique realmente el desistimiento de contrato por parte del inquilino anterior, a la vez que se informa al nuevo inquilino de todos los derechos y las obligaciones especificados del contrato de alquiler.

¿En qué momento el posible cambiar el titular del alquiler?

Es posible y además debe cambiarse la titularidad del alquiler previo a que el inquilino que tenga intenciones de marcharse lo haga. Esto se debe a que, resulta necesario que este se encuentre en el acto de cambio de titularidad, junto al nuevo inquilino y al propietario de la casa.

¿Cómo cambiar la titularidad del alquiler?

Lo primero que debes tener en cuenta, antes de comenzar con el proceso, es que deberás informar al propietario de la vivienda sobre los cambios que se van a producir. Esto se debe a que necesitarás su aprobación para poder llevarlo a cabo.

Para lograr el cambio del titular del alquiler, según afirma la Ley de Arrendamientos Urbanos, será necesario realizar un anexo del contrato de alquiler en el cuál se encuentre especificada la salida de un inquilino y el ingreso de uno nuevo. En este anexo es importante que queden bien aclaradas y especificadas las dos circunstancias, así como también, todos los datos necesarios del nuevo inquilino. Por otro lado, con la firma de ese anexo, el próximo habitante acepta cada una de las cláusulas del contrato de alquiler en lo que respecta al valor de la renta, obligaciones, reparaciones, entre otros.

¿Es necesario realizar algún cambio en el contrato de alquiler?

No es necesario, el contrato será el mismo, la diferencia consiste únicamente en la inclusión del anexo con la sustitución del inquilino anterior por el nuevo. Para que esto resulte más claro, en este proceso lo que se hace es sustituir a una persona por otra dentro del contrato de alquiler. Es por esto que, el nuevo inquilino debe aceptar todos los derechos y obligaciones del anterior titular.

¿El cambio de titularidad del alquiler y una subrogación del contrato es lo mismo?

Si bien puede parecer lo mismo, la realidad es que no, se trata de dos conceptos diferentes. Cuando hablamos de la subrogación del contrato de alquiler, nos referimos a una situación que se genera cuando ocurre alguno de los siguientes hechos:

  • El fallecimiento de un inquilino

Por ejemplo, la pareja, cónyuge o bien, un familiar del inquilino que fallezca podrían pasar a ser titulares de la casa de alquiler. Para esto, el dueño no deberá dar su consentimiento.

  • Si los inquilinos son un matrimonio y se divorcien

En estas situaciones por lo general sucede que ambos son titulares del alquiler y que durante el proceso de divorcio o separación solo uno de ellos sea el titular previa sentencia judicial.

¿Tienes alguna inquietud sobre el tema? ¡Comunícate con Oi Real Estate!

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre la posibilidad de cambiar el titular de un alquiler. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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En este post, queremos contarte qué elementos se necesitan para encontrarse frente un delito de daños en la casa alquilada o en el mobiliario. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

En el siguiente artículo deseamos dejar en claro algunas cuestiones de gran importancia sobre el delito de daños en la casa alquilada. También, puede tratarse de daños en el mobiliario en caso que el alquiler se haya efectuado con muebles y enseres incluidos.

Delito de daño en la casa alquilada

El Código Penal se ocupa de penar las conductas en las que el inquilino genera daños en la propiedad ajena. El artículo 263 aclara que en estos casos el inquilino deberá pagar una multa de 6 a 24 meses. Esto en caso de que la valoración de los daños sea superior a los 400 euros.

Por otro lado, en caso de que los daños realizados no lleguen a superar los 400 euros, el inquilino será condenado por un delito leve de daños. Se trata de una pena de multa de 1 a 3 meses.

¿Todos los daños en la casa o el mobiliario son tomados como delito?

Por supuesto que no. Por el simple hecho de que al terminar el alquiler aparezcan daños en la casa o el mobiliario, no. Ya que esto no quiere decir que esta conducta sea tomada como delito.

Para que estos daños sean considerados como un delito de daños en la casa alquilada, es necesario que éstos hayan sido realizados de manera intencionada o dolosa.

Por otro lado, también existe la posibilidad de ser castigados en vía penal los daños por imprudencia grave. Esto siempre que su valor sea mayor a los 80 000 euros. Se trata de algo muy poco probable en estos casos.

Esto significa que, si los daños han sido generados a causa del desgaste usual de las cosas. O bien, por simple imprudencia. En ambos casos, no se trataría de un delito. Se trataría más bien de una cuestión civil que podrá resolverse en los juzgados civiles pero no en los juzgados penales.

¿Cómo se acreditan los daños en la casa alquilada?

Estos daños deben ser acreditados por el propietario del inmueble. Por este motivo resulta importante que al finalizar el contrato de arrendamiento o bien, se tome posesión de la finca por el Juzgado en caso de haber mediado un procedimiento de desahucio, el estado de la casa sea examinado por un perito. En ese momento se valorarán los daños, por medio de reportaje fotográfico, testigos, entre otros.

Consejos para el propietario y el inquilino

  • Un examen minucioso

Es necesario que antes de cerrar el contrato de alquiler, la vivienda y el mobiliario sea examinado adecuadamente. De este modo, al detectar cualquier irregularidad se podrá ponerla de manifiesto en el contrato o bien, en un anexo al mismo.

  • Tomar fotografías

Otro punto de gran importancia es realizar un reportaje fotográfico o de vídeo del estado en el que se encuentra la casa y el mobiliario al momento de celebrar el contrato de alquiler.

  • Realizar un inventario

En caso de que la casa alquilada cuente con mobiliario es importante realizar un inventario. Ten en cuenta que mientras más detallado, mejor.

  • Desperfectos

Resulta necesario poner de manifiesto cada uno de los desperfectos que vayan presentándose en la casa alquilada o bien, en el mobiliario.

Algunos ejemplos de daños en la casa alquilada

Condena por delito de daños

En caso de que el perito informe su visita al inmueble, presentando ésta un muy mal estado, completamente incompatible con el uso normal de la misma. Por ejemplo si presenta roturas en cajones de persianas, mobiliario, aparatos sanitarios, muebles de cocina, pavimentos, puertas, mecanismos eléctricos, entre otros. O bien, si observa la sustracción de mecanismos de cierre de las puertas o suciedad general que afecta a todo el inmueble.

El perito debe añadir a su informe varias fotografías en las que logren verse dichos desperfectos. Quedará claro que los desperfectos superan a los que podrían deberse a un uso normal de la casa, y que no han podido ser realizados sin intención.

No se encuentra ningún dato que permita apreciar que el delito haya sido cometido por un tercero en el poco tiempo transcurrido desde la entrega de llaves hasta la inspección de la casa por el perito.

Todo esto da como resultado que los daños, intencionales, como se puede observar en las fotografías y en el informe del perito, fueron causados por los acusados. Ya que ellos eran quienes ocupaban la casa, sin que hayan brindado una explicación lógica acerca de tales daños y suciedad en la vivienda, que conforme al contrato de alquiler se encontraba en estado de servir al fin para el que se alquiló. Ya que debe constar en el contrato que la vivienda ha sido inspeccionada previo a ser ocupada.

Absolución del delito de daños

En caso de que los daños observados no llegan a objetivar una intención de dañar, sino simplemente son indicativos de que el acusado no realizó un uso adecuado de la casa. Se trata de daños que reflejan un uso descuidado, prácticamente negligente. Sin embargo, no evidencian que hayan sido realizados con la intención de perjudicar al propietario, ni uniéndole el hecho de que el propietario debió interponer un procedimiento de desahucio. Esto se debe a que de tal hecho no cabe presumir en el presente supuesto el móvil o sentimiento de venganza que fortalecen la intención de perjudicar a otro.

No resulta extraño que las alfombras se arruinen si son dejadas en el balcón por no querer hacer uso de las mismas. Tampoco es imposible que se rompa una persiana o el cristal de una mesa de manera accidental si no se tiene mucho cuidado en el trato de los elementos. Por otro lado, las pintadas con rotulador que pueden aparecer en paredes se parecen a las que realizaría un niño.

El perito solo describe los daños a efectos de su valoración, sin que en su informe se excluya que tales daños se deben a un uso descuidado de la casa.

Hay un generalizado consenso doctrinal en la conveniencia de disminuir al mínimo la persecución penal de conductas que, como la de daños, ya cuentan con respuesta civil indemnizatoria o restauradora.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte todo lo que debes hacer para obtener uno de los documentos importantes de tu vivienda. Continúa leyendo el artículo para enterarte cómo conseguir el certificado de eficiencia energética.

Es sabido que, a la hora de alquilar una vivienda, entre todos los documentos que se deben presentar, se encuentra el Certificado de Eficiencia Energética. Si bien se trata de un documento cada vez más popular entre los propietarios, todavía surgen muchas dudas al respecto. Para evitar tener cualquier inconveniente, aquí te contaremos todo lo que necesitas que saber sobre el Certificado de Eficiencia Energética. Pon mucha atención y toma nota.

¿Qué es el Certificado de Eficiencia Energética?

El certificado de eficiencia energética es un documento oficial que informa el consumo y las emisiones de CO2 que son generadas por una vivienda. Del mismo modo que sucede con los electrodomésticos, la clasificación se hace por medio de letras, esto va desde la letra A, que significa muy eficiente, hasta la G que quiere decir muy poco eficiente. Con respecto a esta clasificación, nos explica que mientras más se aproxima a la letra que tiene nuestra vivienda de alquiler a la letra A, será más eficiente y por ende, el gasto que producirá será menor. Por otro lado, mientras más se acerque a la letra G, quiere decir que la casa tiene un consumo elevado.

¿Cómo conseguir el Certificado de Eficiencia Energética?

Es muy habitual que los propietarios, al momento de alquilar un piso, se comiencen a preguntar cómo conseguir el Certificado de Eficiencia Energética. Para obtenerlo, primero será necesario tener en cuenta que este documento solo lo puede expedir un técnico especializado.

Se trata de un arquitecto o bien, un ingeniero que visitarán tu inmueble para tomar medidas, comprobar el aislamiento, los sistemas de calefacción e, incluso, la fachada de la casa. En base a esas mediciones, y por medio de ciertos cálculos específicos asignarán una letra a la calificación energética de tu casa de alquiler.

Una vez que ya hayas obtenido el Certificado de Eficiencia Energética el siguiente paso es muy sencillo, se trata de registrarlo. Este procedimiento, varía según la Comunidad Autónoma. En la mayor parte de los territorios es posible realizar este paso de manera telemática,  sin embargo, existen algunas excepciones, como por ejemplo en Extremadura o Aragón, donde deberás registrarlo de manera presencial. Lo más aconsejable para este proceso, es que lo realice el mismo certificador, de este modo, tendremos la garantía de que se encuentra realizado de manera adecuada y que la Comunidad Autónoma lo tiene registrado bien. Por otra parte, también hay registros que nos solicitan datos muy específicos que solo el técnico podrá rellenar.

¿Debo pagar para obtener este documento?

La respuesta es sí, el Certificado de Eficiencia Energética es un documento por el que debemos pagar. Es muy importante tener mucho cuidado con las ofertas que te pueden ofrecer para realizarlo, principalmente en internet. Debes asegurarte de que la persona que lo vaya a realizar sea realmente un técnico especializado, y que cumple con cada uno de los requisitos exigidos por las instituciones. Esto se debe a que, en caso de contar con un certificado no válido, o erróneo, probablemente debas enfrentarte al pago de una multa y estas son bastante levadas.

Si has consultado en diferentes sitios el valor aproximado que cuesta obtener el Certificado de Eficiencia Energética de una vivienda en alquiler, debes tener en cuenta que este varía dependiendo de las características del inmueble. Lo más habitual, de media, para una vivienda tipo de aproximadamente unos 80/90 m2 tiene un valor de unos 120€. Por otro lado, los chalets suelen tener un coste un poco más elevado. Lo mismo sucede con los locales comerciales en alquiler, aquellos que cuentan con muchos metros cuadrados, tienen un valor superior, esto se debe también a la complejidad al momento de realizar la inspección y las mediciones.

Con respecto a su registro, podemos encontrar algunas variaciones dependiendo del territorio en el que te encuentres. El registro en algunas regiones es gratuito como por ejemplo en Andalucía, Aragón, Canarias, Cantabria, Madrid, Navarra, País Vasco y Ceuta. En el resto, la cuantía puede variar desde los 9 euros de las Islas Baleares a los casi 30 de Castilla y León.

Recuerda que la etiqueta aparezca visible

Al momento de promocionar tu vivienda de alquiler, es fundamental que la etiqueta energética aparezca visible en cada uno de los anuncios. De este modo, al momento de realizar cualquier tipo de operación, debemos entregar la documentación a la agencia o portal inmobiliario. Del mismo modo, si optas por alquilarlo de forma particular, debes entregar al inquilino una copia del certificado junto con el contrato. Contar con el certificado energético de una vivienda que se desea alquilar es obligatorio, así como también lo es promocionarlo informando la etiqueta energética de la vivienda. Si no cuentas con él y no sigues las indicaciones puedes hacer frente a multas que van desde los 300€ a los 6.000€.

Causas por las que me pueden multar

  • Si no cuentas con el certificado energético en vigor
  • En caso de anunciar la casa en alquiler sin la información energética
  • Contar con el certificado energético caducado
  • Si el certificado energético no presenta la información adecuada
  • No registrar el certificado energético
  • No facilitar el certificado energético a los inquilinos
  • En caso de falsificación de la etiqueta energética

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Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales se encontrará a tu disposición y te brindará la ayuda necesaria en todo el proceso ¡Te esperamos!

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