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Respecto a hace algunos años, nuevos conflictos han surgido entre inquilinos y propietarios. La morosidad como consecuencia de la pandemia hizo que todos, dueños e inquilinos, corran a consultar sus derechos y obligaciones. En este contexto, sabemos que en el mercado inmobiliario, ante cualquier crisis en la economía general, se produce un fuerte crecimiento en la oferta de alquileres. Acompañando, viene el miedo al impago de parte de los propietarios y por consiguiente nuevas exigencias como fórmula para filtrar a los “no solventes”. En este artículo de Oi Real Estate, veremos algunas curiosidades del mercado de alquiler español. ¿En qué medida se han modificado cláusulas y exigencias para alquilar? Te invitamos a continuar leyendo la nota hasta el final para conocer mucho más sobre este apasionante tópico.

Cláusulas… ¿Menos o más exigentes?

El sector inmobiliario, a pesar de contar con estrictas regulaciones legales según región o país, se mueve libremente respecto a precios y costes. La demanda establece sus parámetros, como en todo espectro comercial. Sin embargo, el real estate es uno de los pocos mercados capaces de variar sus precios según condiciones impuestas por “sensaciones”. El miedo a la ocupación o al impago por parte de los inquilinos, ha sido desde siempre la preocupación mayor de todo propietario.

El contexto propiciado por la pandemia COVID 19 dejó huella en base a las consecuencias conocidas por todos. Los propietarios han llevado las cláusulas para ingresar a una vivienda de alquiler a niveles de mayor exigencia, dependiendo el caso. ¿Debe una familia interesada en alquilar, desembolsar altas sumas exigidas por requisitos de tal magnitud? Pues, si quieren ser considerados como potenciales inquilinos y quedarse con ese piso, sí.

Historia reciente y morosidad en aumento

Si bien podría afirmarse que 2023 propone al sector inmobiliario un panorama relativamente positivo, la pandemia COVID 19 generó verdaderos estragos, con variadas consecuencias. A partir de un exhaustivo estudio del Fichero de Inquilinos Morosos, se estimó que de Enero a comienzos de Diciembre de 2021, la tasa de morosidad tocó un 70% sobre el total de viviendas alquiladas, en su medición anual.

Alcanzó un pico máximo a mitad de ese año, descendiendo hasta el 3.5% en Septiembre y a partir de allí, con el comienzo de la llamada “segunda ola”, inició 2022 cercana al 6%.

Curiosidades del mercado de alquiler español

Estos datos justifican ese temor al impago, que por otro lado se convirtió en una pesadilla hecha realidad para los propietarios. Como consecuencia, las cláusulas de alquiler se vieron reforzadas desde mediados de 2020. Dicho “refuerzo”, mantiene sus elevados requerimientos al día de hoy, complejizando la situación de vivienda del trabajador medio, a la hora de renovar sus contratos, o cambiar de propiedad.

Quién paga y quién no

Si una persona quiere alquilar una vivienda, la comisión inmobiliaria suele estar a su cargo. Sin embargo esto puede cambiar dependiendo la ciudad donde esté la vivienda. Según la Ley de Arrendamientos Urbanos, los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato estarán a cargo del arrendador, si este es una persona jurídica. No existe un artículo que mencione a quién corresponde este gasto cuando el propietario de la vivienda en alquiler es una persona física.

Es por esto que, si el arrendador es una persona física, el pago de la gestión inmobiliaria estará a cargo de quien sea designado por las partes de común acuerdo. Las cláusulas están a la vista y permanecen a pesar del fuerte debate entre los interesados y las agencias. Por un lado, en ciudades como Madrid y Barcelona es el inquilino quien se encarga generalmente de los honorarios de las agencias, mientras que en otras localidades como Vigo o La Rioja estos costes van por cuenta del propietario; estas tradiciones, desreguladas, también inciden en el coste final de la propiedad según la región.

Existe un razonable reclamo por parte de los particulares y cámaras de inquilinos por la flexibilización y disminución de estas cláusulas. Desde su lado argumentan que, de continuar aumentando las exigencias, será cada vez más difícil tanto para un mileurista como para un estudiante de cualquier carrera colegiada, aspirar a un alquiler medio.

Cláusulas y exigencias para alquilar en Madrid

Elaboramos un breve listado de estas cláusulas que se consolidan como regulares. Si al día de hoy quieres alquilar un piso, por ejemplo en la ciudad de Madrid, deberás saber que estas exigencias requieren valores promedio equivalentes a:

  • Un mes de honorarios para la agencia (más 21% de IVA)
  • Un mes de depósito (garantías)
  • Dos o tres meses de fianza (en algunos casos cuatro)
  • Un mes corriente / o de entrada (el primer mes, ya como parte del contrato de alquiler)
  • Seguro de impago (entre los 150 y los 250 euros anuales)

Señalemos además que muchas agencias solicitan:

  • Informe que demuestre los movimientos bancarios de los firmantes
  • Recibos de sueldo de un mínimo de 1300 euros en mano
  • Declaraciones de renta al día

La lista puede ser aún más exigente. Este inventario de condiciones es un promedio que puede variar hacia arriba o hacia abajo.

Garantías

Es importante tener en cuenta que los montos equivalente a los meses de fianza, así como los requeridos por garantía se devuelven con la finalización del contrato. Quienes intentan alquilar un piso en Madrid, exigen al menos una regulación que lleve las condiciones a un lugar ecuánime, por supuesto disminuyendo las exigencias definitivamente. Por su parte, los propietarios más exigentes también están dispuestos a regular sus cláusulas. De este modo, cada cual busca una regulación, aunque acorde a sus conveniencias.

En Madrid, realizando un promedio sobre el total de 20.000 pisos, de 25 metros cuadrados, se estima que en apenas más de 280 se solicitan 600 euros. Esto lleva a suponer que solamente para entrar, el inquilino deberá desembolsar alrededor de 4000 euros, sin contar el seguro de impago. Siendo que la general de la situación económica en España ha provocado que los más jóvenes se vuelquen a una casa de alquiler, se torna cada vez más difícil la posibilidad para los menores de 25 años de conseguir una primera vivienda digna.

Una polémica interminable

El paso del tiempo no hace más que mantener la polémica acerca de las regulaciones al alquiler. Existe un vacío legal en cuanto a la regulación de los gastos y comisiones que intervienen dentro de un contrato de alquiler y también de compraventa. Se espera que con la nueva Ley de Vivienda, aún en discusión, se pueda llegar a algún acuerdo ecuánime tanto para propietarios como para inquilinos. El problema con las cláusulas y exigencias para alquilar en Madrid, de momento pareciera no tener una solución.

Hemos visto algunas curiosidades del mercado de alquiler español actual. Si, como asesor en bienes raíces, conoces otras o llaman tu atención algunas en específico, nos encantaría que las compartieras con nosotros en la bandeja de comentarios al pie del artículo.

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Oi Real Estate

Mucho se ha dicho (y se sigue diciendo) a favor y en contra de la Ley de Vivienda propuesta por el Gobierno central y aprobada por el Consejo de Ministros durante el último mes octubre. Entre sus objetivos, intentará equilibrar al sector inmobiliario corroído por la pandemia COVID, previniendo una eventual disparada de los costes en la compraventa y alquiler de propiedades. En este artículo de Oi Real Estate veremos si la intervención al mercado de alquiler será realmente efectiva, y si logrará evitar que el desbalance entre oferta y demanda haga colapsar el sector inmobiliario en plena crisis del acceso a la vivienda.

Fomentar al mercado o intervencionalismo

Los puntos de vista colisionan de frente en cuanto a las medidas involucradas en la futura Ley de Vivienda. Recordemos que su borrador fue aprobado e incorporado a los presupuestos para 2022; pero que una vez dada la luz verde definitiva deberá aguardarse recién hasta mediados del año 2024 para su puesta en marcha.

Este lapso (algo extendido en el tiempo si se considera que la dureza de las regulaciones son argumentadas desde la urgencia) se debe a que durante un año y medio entrará en funciones una Comisión de expertos de todos los sectores aledaños. Dicha Comisión, esgrimirán sus fundamentos partes y contrapartes para justificar las alteraciones a las medidas en vigencia que puedan chocar contra las incluidas en la polémica Ley.

Lo cierto es que la Ley de Vivienda ha dejado de ser una quimera para convertirse en una realidad. Comenzando a girar, sus engranajes han motivado las consultas de las voces autorizadas del sector general inmobiliario, político y social. El debate abierto, destaca declaraciones a favor que definen al paquete de medidas como el primer gran impulsor de facilidades en el acceso a la vivienda desde la vuelta de la Democracia en España; y también en contra, aduciendo que se trata de una jugada electoralista, en un ataque a la propiedad privada encubierto y meramente intervencionalista.

Dirigiendo nuestras miradas a la crisis en el sistema de alquiler, no podemos menos que preguntamos si la intervención al mercado del alquiler será realmente efectiva y en qué medida colaborará con el acceso a la vivienda.

El fracaso intervencionalista en economías regionales

El problema más inmediato con el que se encuentran los defensores más acérrimos de la Ley de Vivienda en cuanto al mercado del alquiler radica en no poder objetar el fracaso de este tipo de medidas en las economías regionales. Teniendo en cuenta sus resultados más recientes, está comprobado (en importantes ciudades de la talla de París, Berlín, o incluso la norteamericana San Francisco) que el implemento de una regulación dura no solo no favorece el acceso a la vivienda, sino que en muchos casos lo ha perjudicado o ralentizado severamente. Esto sin contar el perjuicio que ocasiona a las arcas de comunidades y gobiernos, a través de los subsidios y bonos expedidos.

Cada economía regional tiene sus particularidades. Pero estos despliegues de medidas agresivas, enfocadas contra un solo sector y todas a la vez, no ha logrado en ningún caso (incluso en las economías más desarrolladas) el efecto deseado.

Consecuencias de la intervención al mercado de alquiler

Entre los denominadores comunes que se han sucedido en las principales metrópolis extranjeras a través del tiempo, e incluso en las propias (como es el caso de Barcelona) podemos encontrar los siguientes:

1 Un viraje hacia el aumento de los precios

Desde el inicio de la pandemia a esta parte, y regulaciones mediante, el precio promedio del alquiler en ciudades como Berlín se disparó en torno al 35%. Traslademos ese porcentaje a m2. Podríamos afirmar que de los casi 9 euros el precio de m2 se trasladó a casi 12 euros hacia el cierre del año 2019. De este modo, queda evidenciado que mirar hacia la capital alemana, podría embaucarnos en una dirección equívoca.

2 La aceleración en la caída del ofrecimiento de alquiler

Según señala el portal Idealista, las unidades en oferta de alquiler en la ciudad de Barcelona (cuyas regulaciones son ya de por sí controladas) observaron una reducción del 42%; en la comparativa interanual de septiembre 2021 contra septiembre 2020. En contrapunto, con un modelo mucho más libre en este sentido, en la ciudad de Madrid creció un 2% durante el último año.

 3 El incremento del mercado negro o ilegal

Se estima que una severa intervención al mercado de alquiler fomentará una serie de circunstancias que podrían servir de ayuda inmediata a los propietarios, pero que son poco deseadas para las economías regionales. Cuando los impuestos a las viviendas en alquiler se incrementan sustancialmente y en un breve lapso temporal, el mercado ilegal aumenta considerablemente.

Si estas modalidades de compraventa o alquiler informal se extienden a lo largo de los años, terminan por ocasionar graves heridas en los sectores inmobiliarios y en sus aledaños; así como en otros tantos factores demográficos. Los censos y datos de relevamientos resultarán muy complejos de medir; y podrían concluir en informaciones estadísticas erróneas, vitales para la toma de decisiones políticas a futuro.

4 Imposibilidad de cambiarse de región

Por último, señalaremos una consecuencia común en la regulación al mercado de alquiler. Medidas en extremo agresivas pueden recaer a la larga en la imposibilidad de los ciudadanos del interior a trasladarse a las ciudades más importantes; e incluso podrían impedir (con una suba de precios disparada, traslada a costes por el incremento de impuestos) a venir desde otros países. Así, tanto los profesionales como la mano de obra extranjera pueden ver peligrar su residencia temporal o permanente en el país.

Y tú… ¿Qué opinas sobre la intervención al mercado de alquiler? ¿Estás de acuerdo? Nos encantaría conocer tu opinión.

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