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La inminente aprobación de la nueva Ley de Vivienda, continúa generando polémicas inusitadas. Entre ellas, acaso una de las más discutidas (y discutibles) se encuentra la medida que dejará a disposición de las distintas Comunidades Autónomas, a lo largo y a lo ancho de España, la clasificación de determinadas regiones como “zonas tensionadas de alquiler”. En este artículo de Oi Real Estate veremos las últimas novedades al respecto de esta punta de iceberg, que con el correr de los días genera más adeptos y detractores.

Las zonas tensionadas de alquiler

El Consejo de Ministros ya aprobó el proyecto para la nueva Ley de Vivienda. Esto es un hecho. Mediante este super paquete de medidas, el Gobierno buscará frenar el incremento acelerado de los precios en todos los sectores aledaños al inmobiliario. Si te has detenido a prestarle tan solo un poco de atención, te habrás enterado que dichas medidas están especialmente dirigidas al sector de alquiler que ha sido y es el principal damnificado como consecuencia de la pandemia COVID 19, y la crisis económica que esta ha acarreado.

Los interrogantes sobre las cuestionadas zonas tensionadas de alquiler se han posicionado como el epicentro de una serie de discusiones y disparadores de opiniones de diverso tipo. Muchas veces, caer en la desinformación puede conducir a una confusiones innecesarias. Por ello, aclararemos de qué se trata esta medida y por qué su implemento es tan discutido, y a la vez que rechazado que vaya a frenar el impacto COVID en el sistema de arrendamiento.

Repasamos “zona tensionada” como una clasificación opcional

Para comenzar, señalemos que un área deberá cumplir con una serie de requisitos, para ser declarada como “zona de mercado residencial tensionado”. A saber:

  • Que el coste promedio más gastos básicos de sus propiedades en alquiler o hipotecados supere más del 30% de los ingresos (netos) de la renta media de los hogares de esa región. Imaginemos que el ingreso promedio neto de las familias de una zona es de 3.000 euros, y que su cuota mensual de alquiler supera los 900 euros; esa región será factible a ser clasificada como “zona tensionada”.
  • Que el coste de alquiler o venta de dicha región haya ascendido en los últimos cinco años por arriba de los cinco puntos del IPC (Indice de Precios al Consumo) de la Comunidad Autónoma a la que pertenece. Esto es, si el Indice de Precios al Consumo es actualmente de un 7% y el de alquiler o compra en el mismo lapso  es de un 12% o superior a ese porcentaje, será el segundo punto a cumplirse para que la región sea candidata a “zona tensionada”.

¿Y qué implicará, finalmente?

Dijimos que las Comunidades Autónomas decidirán sobre “zonas tensionadas”. Así lo marca el proyecto (como un pedido al que las Comundades podrán acceder o no a solicitar) y esto es lo que pone en dudas la efectividad de la medida. Los factores en incrementos impositivos que aplicarán a las propiedades alquiladas y sus propietarios en regiones declaradas como “zonas tensionadas de alquiler” son de una trascendencia como pocas veces se han visto.

  • Limitarán el precio de las viviendas en alquiler a los propietarios de más de 10 viviendas ( personas jurídicas o grandes inversores) en el nuevo contrato; sin que pueda superar el coste del anterior.

Cabe destacar que los propietarios particulares (hoy por hoy más del 85% de quienes poseen viviendas alquiladas) serán sujetos de beneficios fiscales; como un descuento del 90% si el dueño del bien inmueble elabora un nuevo contrato 5% inferior a su antecesor. También se prevé un descuento del 70% en pagos fiscales a quien alquile una propiedad en una zona tensionada a jóvenes entre los 18 y los 35 que se inicien en el mercado del alquiler.

Las Comunidades Autónomas decidirán sobre “zonas tensionadas”

Dijimos que serán las Comunidades Autónomas las que decidirán sobre “zonas tensionadas”, así como los Ayuntamientos respectivos, sin estar ninguno de estos organismos en la obligación legal de hacerlo.

Asimismo, la permanencia de una región en el escalafón de las “zonas tensionadas de alquiler” será de un lapso de tres años; una vez superado ese tiempo, podrá ser prorrogado en el futuro de forma consecutiva y anual.

Una oposición clara desde el Partido Popular

Desde el seno del Partido Popular, se han elevado las opiniones más contrarias a la aprobación de la Ley de Vivienda futura. Así se pronunciaba Pablo Casado, su Presidente, ni bien el proyecto fuera aprobado por el Consejo de Ministros:

No se va aplicar, ni en la parte en la que dice en cuánto tienes que sacar tu piso en alquiler, ni en la parte de si lo tienes vacío, te puede subir el IBI un 150%. Es una cosa insólita.

Pablo Casado, Presidente Partido Popular

Entre otras voces opositoras a estos paquetes de interminables medidas, se pide un estado de alerta por parte de los ciudadanos comunes. Dado que el implemento de la Ley de Vivienda, en lo referido a la declaración de “zonas tensionadas”, quedará a expensas de los gobiernos y alcaldes locales.

Posturas para considerar

Cada una de las autoridades en gobiernos y Ayuntamientos ya se han expresado abiertamente sobre su posición respecto a los topes al alquiler, suba de impuestos o ayudas fiscales, bono joven, etc. Y a su vez, siendo de público conocimiento las distintas posiciones ideológicas, se entrevé cuáles comunidades solicitarán a sus regiones información para clasificarlas -o no- como “zonas tensionadas de alquiler”.

Desde las principales autoridades de la Comunidad de Madrid, por ejemplo, la posición es ampliamente opositora a casi todas las medidas que incluyen la Ley; asumiendo que poder gravar hasta un 150% de incremento en el IBI, representa ni más ni menos que un “ataque sin precedentes a la propiedad privada”.

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