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Continúan las medidas y ayudas por parte del gobierno para rehabilitar tanto viviendas como edificios residenciales. A continuación te detallaremos todo lo que necesitas saber acerca del apoyo que brindará el estado. Cuáles serán los beneficiarios y los proyectos que podrán apuntarse.

Medidas de apoyo

Se viene un segundo tramo, en Medidas de apoyo a la vivienda. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, ha informado sobre las medidas que se han decidido llevar adelante con el fin de facilitar la posibilidad  de acceder a una vivienda digna, eficiente energéticamente y asequible.

Se prevé un gasto de unos 4.420 millones de euros. Se informó que serán distribuidos de una manera en particular. Por un lado, se destinarán un total de 3.430 millones de euros a la realización de rehabilitación de barrios, viviendas y edificios residenciales. Se incluye en esa estimación, un total de 450 millones con el fin de realizar bonificaciones fiscales y 1.000 millones para construir un total de 20.000 viviendas para alquiler social.

Se estima que con estas medidas, se contribuirá de manera importante con el medio ambiente. Esto tiene que ver con varios factores. Por un lado, la reducción de un 30 por ciento en el consumo de energía primaria no renovable teniendo en cuenta todos los proyectos, la descarbonización relacionada con la calefacción y refrigeración y la reducción de las emisiones de CO2. Otro punto que se persigue con estas  ayudas para rehabilitar viviendas y edificios residenciales, tienen que ver con poder combatir la pobreza energética. El objetivo es el de poder ejecutar un total de 510 mil rehabilitaciones hasta el 2026.

Según ha informado el Gobierno, con estas medidas, se busca acercar a la comunidad un programa de ayudas que permitan impulsar la rehabilitación de inmuebles, viviendas y barrios que se encuentren incluidos en el Plan PRTR (Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia).

Ayudas para Rehabilitación de viviendas y edificios residenciales

El primer punto a tener en cuenta es la necesidad de acreditar la reducción que se haya obtenido en la propiedad. Para ello, necesitaras de un profesional que pueda brindarte un certificado, tanto antes como después de las modificaciones que realizaste.

Es muy efectivo, para lograr esta reducción, y alcanzar las exigencias del PRTR realizar mejoras en las fachadas y cubiertas. También suelen sustituirse las carpinterías, por otros materiales que puedan servir de puente térmico. Otra mejora, puede ser la instalación de sistemas de calefacción o refrigeración que cuente con emisiones cero.

Detalles de las ayudas para rehabilitar

Se han establecido ya los valores máximos a los que se podrá acceder para estos proyectos. Según ha informado el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, se estima un total de 21.400 euros por vivienda. Por otro lado, se ha aclarado, que se podrá solicitar la ayuda de entre un 40 y un 80 por ciento en el coste de actuación y por último se estima una subvención del 100 por ciento en caso de vulnerabilidad social y económica.

También se ha informado que se llevarán adelante medidas en materia fiscal. Para ello, se han introducido nuevas deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para aquellas personas que hayan realizado obras de mejora en la eficiencia energética de sus viviendas.

Se aplicarán sobre el dinero que los contribuyentes han invertido en las modificaciones edilicias en pos de mejoras de este tipo. Para ello, será necesario acreditar dicha acción por medio de un certificado de eficiencia energética.

Los valores que se han establecido son los siguientes:

En primer lugar, se lograra una deducción del 20 por ciento a quienes hayan logrado una reducción del 7 por ciento en la demanda de calefacción y refrigeración de su casa.

El segundo, será de un 40 por ciento a quienes hayan conseguido un 30 por ciento en el consumo de energía primaria no renovable o, de haber mejorado su calificación alcanzando las letras A o B, en la vivienda habitual.

La última opción, estipula una deducción del 60 por ciento para aquellos contribuyentes que reduzcan en un 30 por ciento la energía primaria no renovable o haber llegado a las letras A o B en edificios residenciales.

El Ministerio, por su parte, está impulsando que se apruebe una norma, que  no contabilice en el IRPF las ayudas que se soliciten para la rehabilitación. De esta manera no tendrá en los ciudadanos un impacto fiscal.

Un plan global de ayuda para rehabilitar

Si bien este plan tiene como fin la rehabilitación tanto residencial como social, existen otros puntos importantes a destacar. Se busca también, poder impulsar la rehabilitación edilicia de nuestro país y el incremento de las viviendas para alquiler social. Es importante que los edificios para este tipo de alquiler, puedan contar con hogares que sean energéticamente eficientes. Pero no es todo. Este tipo de medidas, contribuyen también con la activación del sector, la generación de empleo y activad en un plazo corto de tiempo.

No hay que dejar de tener en claro, que  el principal objetivo, es el de obtener tasas de rehabilitación  muy por encima de las actuales. De esta manera se podrá adelantar en el cumplimiento del objetivo que se ha planteado en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima y también en la Estrategia a largo plazo  en la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España (ERESEE)

Ayudas para rehabilitar y su publicidad

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, ha diseñado una importante campaña publicitaria. Lleva el nombre de “Medidas de apoyo a la Vivienda. Tus necesidades son nuestros proyectos”.

Se informó que se podrá ver hasta el día 4 de diciembre por todos los medios, tanto televisión, radio, medios digitales y presa.

En dicha campaña se busca informar las políticas que se se llevan adelante relacionadas con las normativas, planes actuaciones y ayudas que es posible obtener en este momento.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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Las medidas que componen el paquete de la Ley de Vivienda no entrarán en vigor sino hasta 2024, como plazo mínimo estipulado. Sin embargo, este cuantioso proyecto no escatima en generar discusiones y entredichos entre los principales actores del Gobierno y las entidades aledañas al vasto sector inmobiliario. En este artículo de Oi Real Estate abordaremos la temática relacionada a la Ley de Vivienda y los pequeños propietarios; así como las dudas que puedan generarse como resultado de la sobre información.

Evitar la aceleración en el aumento del alquiler

Los engranajes del sector de compraventa y alquiler de bienes raíces apenas estaban reponiéndose y tomando su cause normal desde la pinchadura inmobiliaria de 2008. Nadie imaginaba el impacto que ocasionaría toparse de frente con la pandemia COVID 19. Los socios en el Gobierno demoraron más de un año en acordar un paquete de acciones referidas al acceso a la vivienda, tan sustancial como urgente resultaba.

Zonas tensionadas, bono joven, suba de impuestos a viviendas vacías de hasta el 150%; son solo algunos de los puntos estandartes de la Ley. Por cierto, si nos introducimos dentro de cada asterisco veremos que hay decenas de inciertas variables. Como lo que se pone en juego en este caso (y como con todas las medidas tomadas en la macro) es la economía de la población, no demoraron en generarse partes a favor y en contra.

Las principales voces en ocupar amplios espacios en los periódicos de opinión e influencia fueron por supuesto, los grandes propietarios. Estos se ven directamente “tocados” por varias de estas regulaciones. Ni hablar de las empresas especializadas en “comprar para vender” o “comprar para alquilar”. Pero…

¿Y los pequeños propietarios?

La Ley de Vivienda y los pequeños propietarios son un episodio aparte en esta fenomenal saga de dichos y entredichos. No obstante, se trata de un sector de la población no menos importante en el circuito económico inmobiliario. ¿A qué llamamos un pequeño propietario?

Si bien las medidas especifican varias subas en impuestos a los grandes tenedores de propiedades que se reúsen a alquilar viviendas vacías, los pequeños propietarios quedaron en medio de las discusiones, con su voz de voto algo relegada, de cara a la opinión pública. Un pequeño propietario es toda aquella persona con menos de diez bienes inmuebles (léase viviendas) a su nombre.

La Ley de Vivienda y los pequeños propietarios

¿En qué manera se toman de la mano la Ley de Vivienda y los pequeños propietarios? Pues de una forma más que trascendente en perspectiva micro. Según los socios del Gobierno y principales propulsores de la Ley de Vivienda, la meta es lograr un incentivo lo suficientemente importante como para que los arrendatarios bajen el coste de los contratos de alquiler; y evitar una disparada del precio inminente o prevista para el año 2022.

¿Cómo lograrían esto las regulaciones? A través de atractivas ayudas de parte del Estado, traducidas en ventajas fiscales. Esto es: imaginemos que un pequeño propietario tuviera alguna de sus propiedades alquiladas en una zona declarada como “tensionada”. Si este disminuyera el coste de su contrato al menos en un 5%, la Ley señala que gozará de una bonificación capaz de alcanzar hasta un 90% de las rentas que obtenga de ella.

Y puede haber más…

Asimismo, si un denominado pequeño propietario decidiera alquilar una de sus propiedades (nunca antes alquilada) a un inquilino joven (entre 18 y 35 años de edad), esa bonificación será del 70%.

Es entonces cuando entran en escena otros artistas. Son los propietarios cuyos bienes inmuebles se encuentran edificados en zonas “no tensionadas”. Si estás preguntándote qué pasará con ellos, y según marca la nueva Ley de Vivienda, podrán acceder también a un rango de bonificaciones que tocarán el 50%; pero solo si bajan el coste del contrato de alquiler. Esto corre tanto para quienes renuevan, como para quienes entran a una vivienda en alquiler por primera vez.

Dice la Ley de Vivienda que…

Se calcula que la Ley estará aprobada hasta entrado el año 2022. Esto es algo que suele confundir, accidental o tendenciosamente a los lectores de periódicos, espectadores o radioescuchas de noticieros; muchos suponen que a partir del año que viene regirán estas medidas a rajatablas. Esto no es así, porque según dice el proyecto, se contempla para su entrada en vigor un año y medio desde su aprobación. Lo especifica el texto mismo, en el que se transcribe lo siguiente:

…la aplicación de esta limitación referida a sistema de índices de referencia, a fin de que la administración estatal establezca un sistema que pueda ser utilizado para aplicar dichas limitaciones en los precios del alquiler en zonas tensionadas.

Nueva Ley de Vivienda

Como vemos, para la puesta en marcha del tan discutido super paquete de regulaciones inmobiliarias y fiscales, resta un tiempo considerable. ¿Qué niveles alcanzarán hasta ese entonces los debates, marchas y contramarchas? Solo el tiempo lo dirá.

La incorporación del Consejo Asesor de Vivienda

Como parte lateral de la Ley de Vivienda, se pretende también la creación de un Consejo Asesor de la Vivienda. Este organismo técnico colegiado, a modo de comisión interna, será quien debatirá en su seno cada alteración y cambio que deba sufrir el aspecto de las leyes que rigen hasta hoy.

El Consejo Asesor de la Vivienda, gestionará y sopesará entonces los puntos de vista de las distintas voces en el contexto entre lo legal y lo inmobiliario. Se convocarán cámaras empresariales, asociaciones colegiadas profesionales, entidades financieras inversionistas y demás corporaciones u organizaciones afectadas de alguna u otra manera por la nueva Ley.

También se considerará incluir a distintos colegiados y principales expertos en el sector de los bienes raíces, así como también sociólogos y otros actores del contexto universitario.

Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo:

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