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limitaciones en los precios de los alquileres

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Hace pocos días Cataluña presentó una denuncia a la Audiencia Nacional por el índice de precios de referencia. Es importante, primero que nada, que podamos poner en contexto esta situación. Esta Comuna ha sido la primera en solicitar que muchos de sus municipios se incorporen al régimen de zonas tensionadas. Esto tiene que ver con que consideran que esta medida puede ayudar a reducir el problema habitacional que tiene dentro de su territorio.

El problema con ello, es que Cataluña denuncia que la forma en que se ha llevado a cabo el índice de precios de referencia que debe ser utilizado en su territorio no toma en cuenta los registros con que la comuna cuenta. Cabe aclarar que la Ley de vivienda estipula que deben tenerse en cuenta los parámetros comunales. De esta forma los valores que allí se fijen podrán ser más certeros y correctos.

Por ello, debemos tener en claro que no está en desacuerdo con la medida en sí, sino con la forma en la que el límite de alquileres se ha construido.

En este post te contaremos porqué Cataluña denuncia el índice de precios de referencia y cómo podría seguir este proceso.  ¿Nos acompañas?

La denuncia de Cataluña al índice de precios de referencia

La Comunidad Autónoma, hace unas semanas atrás, había iniciado los trámites necesarios para ampliar las zonas tensionadas. Es que en una primera instancia incorporó 140 de sus municipios. Luego, a mediados del mes de abril, habían solicitado sumar 131 localidades más.

Debemos recordar que, mediante la aprobación de incorporar zonas tensionadas en una comunidad, es posible delimitar el valor de los alquileres allí. De esta forma, se estipula un precio máximo y un mínimo sobre lo que en dicha localidad puede ser solicitado para la renta de una vivienda.

Pese a ello, Cataluña ha decidido presentar la denuncia ante la Audiencia Nacional al índice de precios de referencia. La Generalitat, al ser consultada por los motivos, explica que la discrepancia tiene que ver contra el sistema que se ha utilizado para efectuarlo.

Por esta razón, desde el Gobierno de la Comuna han decidido interponer un recurso en lo contencioso administrativo en contra de la resolución del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. De manera especifica, es contra el Índice Estatal de Referencia de precios para los alquileres de inmuebles. El mismo fija el monto máximo y mínimo que deberían abonar los inquilinos para los nuevos contratos de rentas que se realizaran en las localidades que se apegaran al régimen de zonas tensionadas.

Cabe aclarar que, antes de esta presentación, se había enviado un requerimiento desde el Departamento de Territorio al Ministerio. Allí se solicitaba la enmienda de la resolución por la que se reclamaba la combinación de dos sistemas. Por un lado, el sistema estatal y, por el otro, la información que la Comuna tiene sobre los precios de las rentas. Esto había sido acordado en las negociaciones realizadas antes de que se solicitara la incorporación a las zonas tensionadas de las localidades de Cataluña.

Cómo continuará la denuncia de Cataluña al índice de precios de referencia

Luego de presentar el requerimiento, en el cual le solicitaban al Ministerio la enmienda de la forma en la que se había efectuado el índice de precios de referencia, al no haber ningún tipo de respuesta, se ha presentado la denuncia por parte del Gobierno de Cataluña. Ahora la Comuna deberá esperar que la Audiencia Nacional se pronuncie al respecto. Esto se encuentra establecido en la normativa reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Pese a ello, Cataluña tendría todas las posibilidades de lograr que la denuncia al índice de precios de referencia pueda llegar a buen puerto. Esto se debe a que dentro de la normativa de la comuna se estipula que el Estado debe aplicar el índice por ámbitos territoriales. Esto significa que debe tener en cuenta a la hora de fijar los precios la información previa que existe en las comunidades autónomas. Se aclara, además, que debe intentar que la información pueda ser coordinada en la aplicación de ambos sistemas.

Esta resolución fué efectuada por el Ministerio y ha sido publicada en el BOE el 15 de marzo de este año. Mediante este cambio, se preveía  y contemplaba la creación de un sistema estatal de índices en conjunto con las Comunidades. Por ende, está explícito dentro de la redacción que el sistema estatal de índices debe ser fijado por ámbitos territoriales. Pese a ello, no se incluye ninguna aplicación territorial en este caso. Tampoco se tienen en cuenta los índices que pudieran realizar las Comunidades o el complemento de información que pudiera hacerse.

Según la Generalitat, realizar el índice de precios de referencia de esta forma vulnera la normativa estatal vigente. Es que el Real Decreto de Ley de medidas urgentes dice que en cada ámbito territorial son las Comunidades Autónomas quienes pueden definir los precios propios y adaptados a su realidad.

Problemas en la limitación de los precios

La Ley por el derecho a la vivienda estatal, establece que es posible que coexistan los índices estatales y autonómicos. Por ello, se obliga a la cooperación para poder desarrollar un índice en colaboración entre ambos sistemas.

El Departamento entiende que el Ministerio vulnera el ordenamiento jurídico. El requerimiento que había enviado la Comuna y que ahora presenta mediante un nuevo recurso contencioso administrativo solicita que se modifique la resolución por la que puedan coexistir ambos índices.

Cabe aclarar que esto se había acordado previamente entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y el Departamento de Territorio de Comunidad Autónoma,  aunque en la práctica no fue así.

El acuerdo definía que en el caso de que el índice de referencia de Cataluña se encuentre dentro del índice estatal, el límite de precios válido será el de la Comuna. Pero, por otro lado, cuando el índice Catalán este fuera del rango del estatal, se aplicará el rango superior o inferior estatal, dependiendo el que se encuentre más próximo al de la Generalitat.

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En los últimos datos obtenidos respecto a la rentabilidad de vivienda compartida, se ha informado que es mayor al de un alquiler tradicional. Debemos aclarar, que estos datos, como siempre varían dependiendo de la localidad en la que se encuentre el inmueble. Pero el promedio se ha situado en el 9,5 por ciento.

Según se ha podido conocer, las personas que decidan alquiler por ejemplo, habitaciones de su vivienda, obtienen una rentabilidad de casi un 50 por ciento más que colocando la vivienda completa en alquiler.

Este tipo de opción, ha crecido principalmente luego de la incorporación de la nueva ley de vivienda. Es que mediante ella, se busca establecer una limitación para los precios de los alquileres. Esta situación ha llevado a los propietarios a buscar nuevas opciones para obtener rendimientos  mayores con sus propiedades. Y, al parecer, la vivienda compartida es una muy buena opción.

En este artículo te contaremos todo lo que necesitas saber sobre la diferencia de rentabilidad de vivienda compartida, las opciones y localidades donde es una mejor inversión. ¿Nos acompañas?

La rentabilidad en la vivienda compartida

Desde el portal Fotocasa, han presentado un informe en el que evalúan la rentabilidad de la vivienda compartida en nuestro país. Estos datos surgen del análisis de precios del mes de septiembre del corriente año. Mediante él se establece que una propiedad que cuenta con 80 metros cuadrados, puede alcanzar un porcentaje de un 6.2 por ciento. Por otro lado, para la vivienda compartida, llega a un 9.5 por ciento. Por lo cuál, la diferencia entre un tipo de alquiler y el otro ronda un 3.3 por ciento.

Según este documento, la rentabilidad a la hora de alquilar una propiedad por habitaciones puede llegar hasta casi un 50 por ciento más que la renta de la vivienda tradicional.

Tenemos que tener presente que al aprobarse e incorporarse la nueva ley de vivienda, muchos propietarios han decidido volcarse a este tipo de renta. Es que la nueva normativa, establece la limitación de precios, lo que imposibilita que los propietarios puedan fijar los valores. Por ello, se encuentran explorando otras opciones que les permitan obtener rendimientos mayores.

Actualmente, el precio promedio de una habitación para la renta es cercana a los 445 euros. Por otro lado, para las viviendas de alquiler tradicional, el valor promedio alcanza los 900 euros. Teniendo en cuenta estos parámetros, podemos decir que si cuentas con un inmueble con varias habitaciones, podrás obtener mayor rentabilidad colocando el alquiler dentro del régimen de vivienda compartida. Por ello, es una opción que cada vez más propietarios eligen.

Sin embargo, hay otro punto que tenemos que tener en cuenta sobre los inquilinos. Para ellos, es cada vez más difícil poder rentar una vivienda completa, por lo que es más frecuente que busquen este tipo de opciones. Debido a esto, los titulares que decidan incorporarse a este mercado, tendrán bastantes interesados. 

Cuáles son las Comunidades que cuentan con una rentabilidad mayor en la vivienda compartida

A continuación, analizaremos los datos respecto a la rentabilidad de la vivienda compartida en distintas comunidades de nuestro país. Para ello, estableceremos como parámetro la rentabilidad que se obtiene entre una vivienda de 80 metros cuadrados en comparación por una vivienda que cuente con 3 habitaciones.

Rentabilidad de vivienda compartida

Qué sucede en los municipios respecto a la rentabilidad de los alquileres

En los distintos municipios, también se ha registrado una diferencia a favor de la vivienda compartida respecto a la rentabilidad. Tenemos que tener presente que, entre cada una de las localidades, la forma en que se establece la oferta y la demanda juega un papel importante a la hora de fijar los precios.

En el caso de municipios, por ejemplo Pamplona, se ha informado una diferencia del 4 por ciento respecto a las dos opciones de alquiler. Pero veamos un poco más en detalle los datos. Para la renta de viviendas tradicionales, la rentabilidad es del 4,5 por ciento. Para la opción de vivienda compartida, ésta aumenta hasta el 8,5 por ciento.

Cabe aclarar que el cálculo se realiza teniendo como referencia un inmueble de 80 metros cuadrados, que cuente con 3 habitaciones para alquilar.

A continuación detallaremos los municipios que tienen una rentabilidad de vivienda compartida más alta:

  • El primero es L’Hospitalet de Llobregat: allí el alquiler tradicional cuenta con una rentabilidad del 8,9 por ciento. Para la vivienda compartida, alcanza el 9,1 por ciento
  • Alcoy, se sitúa en el segundo puesto con un 7,2 por ciento en el tradicional y 9 por ciento en la compartida
  • Elche, por su parte, cuenta con el 7,1 y el 8 por ciento respectivamente
  • En Murcia capital, es de 6,9 por ciento contra el 9,2 por ciento en la compartida
  • Cartagena cierra esta lista con el 6,9 por ciento de rentabilidad para el alquiler de vivienda tradicional contra el 10 por ciento para el alquiler de habitaciones.

Conclusiones

La imposibilidad de acceder al alquiler de una vivienda ha sido uno de los grandes responsables del aumento de propietarios que deciden colocar una vivienda para alquiler compartido. Es que los altos precios de propiedades para la renta y la nueva ley de vivienda han generado mucha incertidumbre para los titulares de vivienda a la hora de decidir poner sus inmuebles en este mercado.

Esto tiene que ver, por un lado, debido a las limitaciones que se establecen a la hora de fijar un precio. Por el otro, la inseguridad jurídica y el miedo de caer presos de los okupas.

Por ello, cada vez es más la cantidad de personas que deciden optar por la vivienda compartida. Es que la rentabilidad que este tipo de operaciones puede brindar es mejor y los precios son más accesibles para los inquilinos.

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La normativa lleva ya varios meses en vigencia, pero las discusiones sobre la regulación y la forma en que la realiza continúa generando revuelo. Por ello, queremos contarte en este artículo cuáles son los efectos negativos de la Ley de Vivienda para cada uno de los que participan en el mercado inmobiliario. ¿Nos acompañas?

Efectos negativos de la Ley de Vivienda

José Ramón Zurdo, el director General de la Agencia Negociadora del Alquiler ha realizado un análisis sobre los efectos negativos de la Ley de Vivienda. Debemos tener presente, de igual manera, que no es el primero en advertir los problemas que esta normativa ha generado.

Por un lado, se hace alusión a la inseguridad jurídica que propicia en el sector, ya que lo más probable es que la oferta de viviendas en alquiler, contrariamente a lo que se quiere lograr, se vea reducida. También, consideran que es muy posible que se desplacen las inversiones a las Comunidades Autónomas que no acepten la normativa. 

A continuación detallaremos, como impactará negativamente la Ley de Vivienda en cada uno de los actores que participan en el sector. 

Efectos negativos de la ley de vivienda para los inversores

Dentro del sector inmobiliario, uno de los actores que juega un importante papel es el de los inversores. Al analizar la forma en que la normativa puede afectarlos, uno de los puntos que toman relevancia, tiene que ver con la inseguridad jurídica. Explica que, antes de la entrada en vigencia, eran muchos los inversores que buscaban viviendas de alquiler con el fin de rentabilizar las inversiones.

Ahora, por otro lado, buscan en el sector inmobiliario otro tipo de formas de invertir que tengan menos riesgo o terminen accediendo al mercado de compraventa. De esta forma, lo que sucede es que la oferta de propiedades para rentar es cada vez más escasa, con lo que el precio para ello, también continúa en ascenso. 

Problemas para los arrendadores

Según el director de ANA, uno de los grandes perjudicados debido a la nueva normativa son los arrendadores. Esto se debe a que se les ha trasladado una función social, que realmente le corresponde al gobierno. Con ello nos referimos al acceso a la vivienda para las clases bajas. Tengamos presente que este colectivo, es uno de los que tiene un riesgo más alto respecto a los incumplimientos de pago de la renta.

Por esta razón, muchos de los propietarios que veían a la renta como una forma de obtener dinero, gracias a una propiedad en desuso, están comenzando a mudarse a otro tipo de mercados. Algunos de ellos deciden incluso vender las viviendas, o también cambiar a otro tipo de alquileres donde sea menor la limitación y los riesgos.

Si a estos puntos le sumamos el aumento de las viviendas ocupadas y la inqui-okupación, el miedo y los riesgos de este tipo de operaciones, van a traer como consecuencia el efecto contrario al que intentan llegar. Será menor la oferta y con ello, los precios de la renta continuarán en aumento. 

Los arrendatarios también sentirán los efectos negativos de la Ley de Vivienda

Ya te contamos los problemas de los arrendadores, pero los arrendatarios no quedarán tampoco bien librados. Es que si bien muchas medidas que se presentaban como una solución y una ayuda para quienes necesitan una vivienda en alquiler, la realidad y la puesta en marcha de la normativa, demuestra que no todo es color de rosa.

Primero que nada, debemos mencionar que la inseguridad jurídica y los procedimientos de desahucio, que se han extendido, han traído modificaciones respecto a los requisitos para alquilar una propiedad. De esta forma, muchas personas han quedado imposibilitados de cumplir estos requerimientos. A ello debemos sumar que los riesgos de los propietarios han provocado importantes aumentos en los montos para poder efectuar la operación.

Todas estas situaciones son las causantes de las subidas en las rentas. A continuación detallaremos, según la entidad, los motivos por los que se producen estos aumentos:

  • La poca oferta de viviendas para la renta, que no logra abastecer una altísima demanda
  • Los límites que se han impuesto a los arrendadores en la actualización de las rentas, congelación y la intervención que el estado realiza en los precios de los alquileres
  • También los riesgos que corren los propietarios debido a la inseguridad jurídica
  • Por último, la repercusión en los ingresos de los nuevos gastos que deben afrontar los arrendadores.

Inconvenientes para los abogados

Los abogados tampoco quedan exentos de los problemas que ha generado la normativa. Es que gracias a los cambios que se han efectuado respecto a los desahucios, se han visto ellos también afectados.

La ley de vivienda, establece procedimientos complicados, respecto a los requisitos necesarios para efectuar este tipo de trámites, principalmente en caso de inquilinos vulnerables. Además las normas para ello, son confusas y ambiguas, incluso en algunos casos, difícil de aplicar. 

Los efectos negativos de la ley de Vivienda para las compañías de seguro

Para este actor, el principal efecto negativo de la ley de vivienda, tiene que ver con el aumento considerable de asumir el coste por procedimientos de desahucio de los clientes. Esto puede provocar una importante subida en las primas de seguros que deberán abonar los arrendadores. Lo más probable, es que luego sea trasladada a los inquilinos, generando un aumento de los precios de la renta. 

Las agencias inmobiliarias

Este actor, también deberá afrontar efectos negativos por la ley de la vivienda. Es que al obligar a los propietarios a correr con todos los gastos de honorarios de las gestiones, se están registrando tres consecuencias negativas

  • La primera tiene que ver con que el coste de honorarios: los arrendadores buscan transferirlo a los inquilinos, con lo que los aumentos en las rentas continúan en subida.
  • En segundo lugar, la situación de indefensión de los arrendatarios: que no cuentan con profesionales que los asesoren respecto a la legalidad de las operaciones de alquiler que se realizan por fuera de las agencias, al realizar contratos directamente con los propietarios
  • Por último, muchas agencias inmobiliarias que se dedicaban exclusivamente al alquiler han debido cerrar.

Efectos negativos de la Ley de Vivienda para promotores y constructores

La normativa impone reservas de suelo del 40 por ciento en la vivienda protegida y del 20 por ciento en actuaciones de reforma interior en suelo urbanizado. También se establece una dedicación del 50 por ciento de estas reservas para alquileres protegidos. Estas nuevas medidas, han repercutido negativamente en la actividad promotora y constructora. Esto se debe a la dificultad de rentabilizar las promociones inmobiliarias por las limitaciones establecidas, sin una contraprestación a cambio.

Según José Ramón Zurdo, esto generará una merma importante de estas actividades o un aumento en los precios para compensar estas limitaciones. También, considera que afectará muchos acuerdos y colaboraciones entre el sector público y privado y entre las distintas Administraciones Públicas, promotoras y constructoras para efectuar nuevas viviendas destinadas al alquiler.

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El jueves último, en la Cámara de Diputados se ha aprobado el Proyecto de ley de Vivienda. El gobierno, busca que la nueva normativa vea la luz antes de 28 de mayo, cuando se realizarán las próximas elecciones autonómicas y municipales.

Recordemos que este Proyecto de ley de vivienda, había estado paralizado y bloqueado en el Congreso.

Luego de realizar una serie de negociaciones con partidos como el ERC y el Bildu, se ha logrado un acuerdo tras modificaciones en ella.

Al ser aprobada y publicada en el Boletín Oficial, la ley entrará en vigencia. De todas maneras debemos esperar a ver que sucede en el Senado, ya que aún es posible la incorporación de modificaciones en su texto en la tramitación parlamentaria.

A continuación te contaremos cuales son las expectativas sobre los próximos pasos que debe realizar este Proyecto de ley de vivienda para ver la luz. ¿Nos acompañas?

El proyecto de ley de vivienda llega al Senado

Luego de la aprobación el pasado jueves en la Cámara de Diputados, el proyecto de ley de vivienda, deberá ser tratado en el Senado. Allí, la intención será la de realizarlo por medio del procedimiento de urgencia. De esta forma, se podrían acotar los plazos para su puesta en marcha, pudiendo ser aprobada definitivamente el 17 de mayo en la sesión plenaria.

Según el calendario de tramitación que prevé el Senado, el proyecto de ley de vivienda, debería estar ya en la Cámara Alta.

Luego de presentar a los grupos del Senado la información para analizar, se dará plazo hasta el día 4 de mayo para presentar la incorporación de enmiendas que consideren necesarias y propuestas de veto para este Proyecto de ley de vivienda.

Para continuar su tratamiento, está previsto que se reúna la ponencia y la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, con el fin de lograr emitir el dictamen de la Ley, aunque no se ha conocido la fecha en la que se llevará adelante. Una vez que se hayan realizado será posible debatir y votar. Esto será durante el Pleno que se ha pautado para la semana del 9 de mayo.

Recordemos que estas fechas deben aún ser aprobadas por la Mesa y los Portavoces de la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Criticas a proyecto de ley de vivienda

Si bien el proyecto de ley de vivienda continúa su curso correspondiente, las críticas sobre la nueva normativa no se han detenido. Son muchos los partidos políticos, asociaciones, entidades y participantes del sector inmobiliario que han explicado las razones por las que consideran que los efectos que tendrá esta nueva normativa. Agregan que no solo no podrá solucionar los problemas que busca resolver sino que tendrá efectos negativos en la mayor parte de la comunidad.

El problema de las zonas tensionadas

Mediante la nueva normativa, se les posibilita a las Administraciones competentes a declarar zonas del mercado residencial que se encuentren tensionadas en caso de cumplirse una de las condiciones.

Una de ellas es que la carga promedio del coste de alquiler o de hipoteca en el presupuesto de las viviendas, sumado a los suministros básicos y gastos sea mayor al 30 por ciento de los ingresos medio de los hogares de esa localidad. La otra posibilidad es el que valor de compra o de los alquileres haya sufrido una subida en los últimos cinco años, de más de 3 puntos respecto al IPC de la Comunidad Autónoma en la que se emplace. Una vez que la zona haya sido catalogada dentro de estas características mediante el trámite necesario, se establecerá así por un plazo de 3 años, con la posibilidad de prorrogarse.

Iñaki Unsain, quien es el director general de la ACV Gestión Inmobiliaria y Personal Shopper Inmobiliario, sobre este punto explica que la normativa no se encarga de incentivar el acceso al mercado de la vivienda.

Teniendo en cuenta que, lo que necesita resolverse, es justamente la diferencia que en esas zonas se establece. En parte por la diferencia entre la oferta y la demanda, poder aumentar la cantidad de viviendas en alquiler, podría ser una mejor solución. Estimular a los propietarios a incorporar sus propiedades para el alquiler, debería ser el objetivo. Si se define establecer zonas de tensión, es muy probable que los titulares de viviendas prefieran desprenderse de ellas para tener mayor rentabilidad.

Limitaciones a los valores de los alquileres

Por un lado, El Proyecto de Ley de vivienda, establece un monto máximo a incrementar en los precios de alquileres. Se establece un máximo del 2 por ciento para el corriente año y un 3 por ciento para el año siguiente .También se ha pautado la creación de un nuevo índice de referencia para los años siguientes.

Sobre este tema, Iñaki Unsain, explica que regular los valores de los alquileres será sumamente negativo y es uno de los puntos que más polémica genera.

Esta normativa, considera que, aplica el tope a los contratos tanto nuevos como vigentes y así se corre el riesgo de aumentos excesivos en los precios de las viviendas. Debido a ello lo más probable es que los titulares decidan absorber el tope del aumento admitido por la ley, en el valor inicial de la renta.

Nuevamente, aclara que este tipo de medidas, tenderá a propiciar que los titulares de las viviendas prefieran deshacerse de los inmuebles, que antes rentaban, con el fin de no tener que acatar esta normativa. Así solo se reducirá la oferta agravando el problema actual.

Sobre el mismo punto, la AMADEI ha realizado declaraciones. Allí ha explicado su posicionamiento sobre las medidas de la nueva ley. Estas herramientas ya se han utilizado anteriormente, aclaran, y su resultado ha sido nocivo. Por medio de  ellas solo se ha logrado perjudicar a un sector mayor al que sale beneficiado.

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