Con el fin de asegurar el acceso a la vivienda, el gobierno de Baleares ha iniciado una expropiación temporal de 56 propiedades que se encuentran vacías. Esta operación se encuentra autorizada por la Ley de Vivienda autonómica.
En este artículo encontrarás:
La Consejería de Movilidad y Territorio del Gobierno de Baleares ha iniciado los trámites para expropiar cincuenta y seis viviendas. Todas ellas se encuentran vacías y pertenecen a grandes tenedores. Para proceder con la expropiación, el gobierno deberá pagarles un justiprecio a los propietarios. Además, utilizarán estos inmuebles para aumentar la oferta de alquileres sociales.
Ley de Vivienda de Baleares
La Ley de Vivienda de Baleares se aprobó en 2008 y, desde entonces, la expropiación temporal de inmuebles para destinarlos al alquiler social está permitida durante un periodo de hasta siete años.
Ahora bien, para poder realizar este embargo temporal, la vivienda deberá cumplir una serie de requisitos:
- Ser propiedad de un gran tenedor, es decir, de aquellas personas físicas o jurídicas que poseen más de diez inmuebles a su nombre.
- Debe haber estado deshabitada por un plazo de dos años o más, sin causa justificada.
Una vez realizada la expropiación temporal, las viviendas se destinarán al alquiler social. De esta manera, las familias cuyos ingresos no les permiten pagar un alquiler estándar podrán acceder a una vivienda abonando, como máximo, el 30% de sus ingresos mensuales para la renta.
¿Dónde se ubican las 56 viviendas expropiadas?
De las 56 viviendas expropiadas, 27 se encuentran en Mallorca. Más específicamente, once se ubican en Palma, otras once en Inca, dos en Llucmajor, dos en Manacor y una en Calviá.
Otras 23 se encuentran en Menorca. Todas ellas están situadas en Ciutadella (17) y Mahón (6). En Ibiza, por su parte, se encuentran solo seis viviendas expropiadas, de las cuales dos están en Santa Eulària des Riu, tres en Sant Antoni y una en la ciudad capital.
Si todos los trámites continúan su curso, estas viviendas serán puestas a disposición del Instituto Balear de la Vivienda.
Ley de vivienda de Baleares e inmuebles vacíos
La Ley de Vivienda de Baleares obliga los grandes tenedores a inscribir las viviendas vacías en un registro diseñado exclusivamente para este fin. Sin embargo, según explicó el consejero de Movilidad y Vivienda, Josep Marí, los servicios de inspección autonómico han detectado alrededor de seis mil inmuebles cuyos propietarios son grandes tenedores. De ellos, alrededor de setecientos se encuentran vacíos.
No obstante, para formalizar la expropiación, la administración de Baleares deberá pagar por adelantado un justiprecio que cubra los siete años (como plazo máximo) durante los cuales se expropiará el inmueble.
Por las cincuenta y seis viviendas, el gobierno prevé abonar 1,8 millones de euros. En promedio, pagará 1 600 euros anuales por cada bien inmueble expropiado, o lo que es lo mismo, alrededor de 382 euros al mes. Si comparamos este valor con los precios de la renta en el mercado, representa una rebaja del 40%.
Cabe destacar que todavía pueden presentarse alegaciones por parte de los grandes tenedores. Pero solo se paralizaría la expropiación de viviendas en el caso de que se aplicaran medidas cautelares.
El derecho de tanteo y retracto
Recordemos que el derecho de tanteo y retracto se refiere a la adquisición preferente de un inmueble que tiene un inquilino sobre la vivienda en la que habita. Pero en este caso, es el estado quien tiene la capacidad de ejercer este derecho preferente en las operaciones de compraventa que se realizan entre grandes tenedores. Así lo establece la Ley de Vivienda de Baleares.
El consejero de vivienda explicó que también pretenden adquirir propiedades por este medio para dedicarlas al alquiler social. Añadió que la operación ya está en proceso en Palma, Manacor y Mercadal, donde se estima que se adquirirán cuarenta viviendas en total.
¿Qué opinan los expertos sobre la expropiación de viviendas en Baleares?
Desde la Asociación de Propietarios de Vivienda de Alquiler sostienen que “esta medida supone un ataque al Derecho a la propiedad privada consagrado en el Artículo 33 de la Constitución Española”.
Añaden que “esta expropiación es contraria a la seguridad jurídica que se necesita para desarrollar un mercado de alquiler profesional en España, homologable al de otros países europeos. Además, vulnera la confianza que reclaman los inversores para hacer crecer la oferta de vivienda en alquiler y erosiona la imagen de nuestro país como destino de inversión”.
Por otro lado, desde la Asociación también creen que “este tipo de medidas generan mucho ruido pero que no son efectivas, provocan siempre una reducción de la oferta de vivienda disponible debido a la inseguridad jurídica que generan. Esto a medio-largo plazo perjudica al acceso a un hogar a las familias vulnerables, el colectivo al que en teoría se quiere proteger”.
Ley Estatal de Vivienda España 2021
Mientras esta expropiación ocurre en Baleares, el gobierno español continúa analizando la implementación de la Ley de Vivienda en España. A través de ella se pretende regular el mercado del alquiler estableciendo límites de precios máximos a la renta. De sancionarse, nos encontraríamos frente a la mayor intervención estatal de Europa sobre el mercado de la vivienda.
En Cataluña, por su parte, la Ley de Alquileres fue sancionada, pero recientemente el TC la declaró inconstitucional. Uno de los motivos por los cuales el Tribunal tomó esta decisión es porque “afecta” el derecho a la propiedad. Recordemos que, según esta legislación, disponer de una vivienda vacía o no ofrecer la posibilidad del alquiler social supone un “incumplimiento de la función social de la propiedad”. Estas sanciones “afectan tanto a la vertiente individual como a la vertiente institucional del derecho a la propiedad, limitando las facultades de disponer y reivindicar del propietario”.
¿Tú que opinas de la expropiación de inmuebles y de la Ley de Alquileres de Baleares? ¡Cuéntanoslo en comentarios! En Oi Realtor nos interesa conocer tu opinión.