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Ley de vivienda

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Los procesos de compraventa y alquiler requieren la realización de una serie de pasos, documentos y pagos que están a cargo tanto de quien adquiere o alquila, como de quien vende o pone en alquiler su propiedad. En el sistema inmobiliario español, apriori a la nueva ley de vivienda, existía un vacío legal en relación a quién debía pagar la comisión inmobiliaria. Es decir, los honorarios correspondientes a la agencia que gestiona la operación.

Luego de la entrada en vigencia de la nueva normativa, se definió que, para el caso del alquiler de una vivienda, este pago deberá ser afrontado por los propietarios del inmueble. Sin embargo, para las operaciones de compraventa, sigue existiendo esta laguna en materia legal.

Invertir en habitaciones de hotel-Comisión inmobiliaria y nueva ley de vivienda
Invertir en habitaciones de hotel-Comisión inmobiliaria y nueva ley de vivienda

¿A quién correspondia el pago de la comisión inmobiliaria previo a la sanción de la nueva Ley de Vivienda?

Para poder dar una respuesta exaustiva, es preciso que nos detengamos en hace una diferenciación entre compraventa y alquiler.

En la mayoría de los casos, cuando se lleva a cabo una compraventa a través de una agencia inmobiliaria, lo habitual es que sea el vendedor quien se haga cargo de la comisión de la misma. Sin embargo, no existe una regulación concreta que determe de qué manera debe distribuirse tal pago, y la nueva Ley de Vivienda no ha realizado ningún cambio con rspecto a la materia.

Generalmente, la comisión inmobiliaria ronda entre un 3% y un 7% cuando se contrata una inmobiliaria tradicional, es decir, física. También, existen los servicios de inmobiliarias online que suelen presentar tarifas fija cuyo monto que oscila entre los 4000 y 8000 euros.

Esta laguna legal ha dado provado algunos tipos de interrogantes, entre los principales:

¿El comprador está obligado a abonar los costes por comisión?

En nuestro país es común que las agencias cobren no solo una comisión al vendedor. Además, se le conra un monto determinado por honorarios a quien compra la propiedad. Para algunos casos, esta cifra es cercana al 3% del total de la compra. A lo que se le debe sumar, el 21% correspondiente al IVA.

Una de los principales argumentos que expresan las inmobiliarias en relación al cobro de esa comisión a los compradores, tiene que ver con que se benefician del proceso, ya que la comisión corre por cuenta del vendedor. Por otro lado, las mismas agencias en muchas oportunidades deben conseguir la financiación adecuada para adquirir el inmueble. Este es el fundamento por el cual las inmobiliarias exponen para que el pago por dichos servicios sea afrontado por los compradores.

Otra de las situaciones que se suelen presentar respecto al pago de la comisión, es una reducción de honorarios: se rebaja el honorario al vendedor y se carga parte de ello al comprador, para que de esta manera el gasto sea compartido.

¿En qué momento se pagan los honorarios de la inmobiliaria?

Generalmente los honorarios inmobiliarios durante una compraventa se liquidan:

  • Cuando se cobran las arras,
  • 50% con las arras y 50% en la firma de la escritura.
  • El día en que se firma la compraventa ( solo una minoría de las inmobiliarias se maneja con esta modalidad)

En el caso de las operaciones para la realización de la puesta en alquiler de una propiedad, la legislación funciona de manera diferente.

El Real Decreto-Ley 7/2019, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, establecía que los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato debían ser enfrentados por el arrendador en el caso de que se trate de una persona jurídica. No obstante, el pago de la comisión en alquileres que se lleven a cabo entre personas físicas no se había regulado. Por lo tanto, la comisión inmobiliaria recaía sobre el arrendatario.

Esta situación se ha visto modificada luego de la sanción de la Nueva Ley de vivienda

Comisión inmobiliaria en el contrato de alquiler: ¿quién la paga con la nueva ley de vivienda?

Uno de los puntos a los que hace referencia la nueva Ley de Vivienda es que los honorarios de las agencias inmobiliarias, para los alquileres, corren por cuenta del arrendador de la propiedad.

De esta manera, los inquilinos pueden liberarse de uno de los gastos iniciales que deben abonar al alquilar un piso. Es que el desembolso que debía afrontarse al firmar un contrato, podría llegar hasta cuatro o cinco mensualidades. Por ejemplo, en el caso de que se fuera a firmar un contrato de alquiler por 900 euros, el pago inicial era cercano a los 2.700 euros.

Esto aumentaba la dificultad, tanto para los jóvenes como familias, poder acceder a un alquiler. De esta forma, muchos jóvenes continuaban viviendo con sus padres, sin poder independizarse. El objetivo de la normativa fue reducir el dinero necesario para la emancipación y para el ingreso a un alquiler de familias.

En resumen, el objetivo era lograr llenar un vacío legal que llevaba mucho tiempo en nuestro país. La nueva Ley de Vivienda establece que el pago de los honorarios de un contrato de alquiler corresponde a quien se beneficia económicamente con la operación, es decir, el propietario del inmueble.

Otras modificaciones incluidas en la Nueva Ley de Vivienda

Otro de los cambios que presenta la Ley de Vivienda es que prohíbe los acuerdos en los cuáles se intente contradecir alguna de las pautas de la normativa. Para ello, establece que no puede existir una posición preponderante del propietario de una vivienda sobre la del inquilino que necesita encontrar una propiedad donde vivir. De esta manera, prohíbe la incorporación de aspectos de abuso contrario a la ley.

Respecto a la compraventa de viviendas, la nueva Ley de vivienda no ha establecido modificaciones. Debido a ello, este tipo de transacciones continúan realizándose de la forma en que se efectuaban antes de la normativa.

¿Qué opinas de la nueva ley de vivienda? Te parece correcto que se regule sobre la comisión inmobiliaria? ¿Consideras adecuado que sea el vendedor o arrendador quien pague los honorarios? ¡Cuéntanoslo en comentarios! En OI REAL ESTATE queremos conocer tu opinión.

Si estas pensando en vender, comprar o arrendar un inmueble ponte en contacto con nosotros. Nuestros asesores te acompañarán en todo el camino, para que puedas llevar adelante un proceso rápido, seguro y confiable.

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El doctor en Geografía y titular del Departamento de Geografía de la Universidad Autónoma de Barcelona y además investigador asociado en el Centro de Estudios Demográficos ha informado que España necesita inmigrantes y viviendas.

Esta afirmación tiene que ver con la forma en que ha evolucionado nuestro país demográficamente.

En este post te contaremos todo lo que tienes que saber sobre la afirmación del profesional de que España necesita inmigrantes y viviendas. ¿Nos acompañas?

España necesita de inmigrantes y creación de viviendas

En el marco de SIMA, Juan Antonio Médenes Cabrerizo, quien es doctor en Geografía, ha planteado que España necesita inmigrantes y viviendas. Esto tiene que ver con un cambio en la pirámide poblacional. Es que en 1990, ésta tenía forma triangular. Había más jóvenes, quienes eran los que de alguna manera motorizaba la creación de hogares, que mayores, que en realidad son quienes los disuelven. Por este motivo, existía un desequilibro, con una demanda neta que generaba una demanda residencial.

El problema es que, con el correr del tiempo, esta evolución fue cambiando de forma. El motivo de ello es que son menos los jóvenes y mas los mayores. De esta forma, ese desequilibro que había se va reduciendo. Incluso explica que va mostrando una tendencia hacia un saldo cero, que podría llegar a ser negativo respecto a la creación neta de hogares.

Tenemos que tener presente que, sucede en un momento en el que el acceso a la vivienda es cada vez más complicado. Esto se debe a un aumento en la demanda, que no puede ser abastecido con la oferta existente. Pese a ello, el investigador explica que no haría falta construir más viviendas. Es que al año, por fallecimiento, quedarían desocupados miles de pisos. Estos podrían ser rehabilitados y puestos nuevamente dentro del stock de viviendas.

La evolución de la inmigración

Si bien, como decíamos anteriormente, la cantidad de jóvenes actualmente es menor a los mayores, debemos tener presente que en el año 2006, la inmigración ha tocado máximos históricos. En este contexto particular en el que se encuentra España, es que el investigador plantea que necesita de inmigrantes y viviendas.

Durante el 2006, analizando las salidas y entradas a nuestro país, se ha registrado un saldo de más de 700.000 nuevos habitantes. Cabe destacar que esto ha sucedido durante el pico del ciclo inmobiliario. Por ello, Módenes explica que el boom inmobiliario ha tenido una base especulativa, pero también demográfica.

Ya entre el 2007 y el 2007, la atracción de nuestro país a migrantes había descendido. Incluso entre el 2012 y el 2014 se alcanzaron mínimos.

Al llegar al 2015, la recuperación económica fue uno de los parámetros que ha permitido que la inmigración vuelva a incrementarse. En el 2019, el saldo ha logrado ser positivo, con un total de medio millón de ingresos de nuevos habitantes a nuestro país y en el 2022 logró llegar a 727.000 personas.

Hasta el momento, no se han presentado los datos oficiales para el año pasado, pero el investigador estima que podría establecerse entre los 600.000 y 700.000 nuevos habitantes.

Si tomamos en cuenta esta subida en los ingresos de habitantes de otras poblaciones, según el investigador, España al tener esta subida en la cantidad de inmigrantes necesita de viviendas que puedan contenerla. Si se calcula aproximadamente en cada hogar un total de tres personas, sería necesario crear aproximadamente entre 200.000 y 250.000 nuevos hogares por año.

Módenes entiende que nuestro país necesita de la inmigración, principalmente por la cantidad de personas mayores. Por ello, será necesario ofrecer viviendas que puedan satisfacer esta demanda que genera el movimiento demográfico. De esta forma podrá continuar incentivándose el ingreso de nuevos habitantes.

La falta de vivienda, un problema que necesita resolución

Hemos hablado ya en otros artículos respecto al problema estructural que lleva mucho tiempo en nuestro país, que es el acceso a la vivienda. Éste tiene que ver principalmente por la cantidad de demanda que no puede ser abastecida por la oferta actual. Esta situación ha traído como consecuencia la subida de los precios, tanto para la compra como para la renta de inmuebles.

Ante esta situación, el Gobierno ha decidido poner en marcha la Ley de vivienda. Pese a un anuncio con bombos y platillos, en los que se la tomaba como la solución mágica para ello, los resultados están lejos de ser los esperados. Uno de los objetivos que con ella se buscaban, era la posibilidad de que los propietarios con pisos vacíos, pudieran incorporarla en el mercado.

Los propietarios, por su parte, han planteado que la normativa, ha establecido algunos puntos respecto a la seguridad jurídica para ellos, no les da confianza para hacerlo. De esta forma, el stock no ha aumentado y el mercado continúa en subida.

El sector inmobiliario ya ha planteado desde hace varios años que es necesario aumentar la oferta, pero no ha sido escuchado, y la situación es cada vez más delicada. Hace poco tiempo, el Instituto Español de Analistas ha recalcado que este desequilibrio se ha agravado desde el 2020. Esto sucede principalmente en las zonas en las que se concentra el trabajo. Algunos ejemplos de ello son las zonas costeras, Madrid, Cataluña, Andalucía, Comunidad Valenciana y Canarias. Esto se debe a que allí se acumula más del 70 por ciento de los nuevos empleos de nuestro país.

Ante esta situación, los especialistas explican que la clave para solucionarlo es necesario aumentar la cantidad de inmuebles. Esto podría ser mediante la colaboración público privada. Pero también será necesaria la movilización del suelo y cambios que permitan quitar las trabas burocráticas que existen hoy en día. Agregan además, la incorporación de medidas como eliminación de impuestos para la compra o puesta en marcha de deducciones en la renta deben ser precedidas por un aumento de stock. En el caso de que sucediera de manera inversa, la consecuencia sería un desequilibrio mayor.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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El 24 de mayo la Ley de vivienda cumplió un año desde su aprobación en el Parlamento. Esta normativa ha sido muy controvertida, criticada y por otros aclamada. Esto tiene que ver con distintos factores. Por un lado, que avasalla las competencias del Estado por sobre las Comunidades Autónomas.

Por otro lado, la cantidad de recusaciones que ha tenido. Sin embargo, no debemos olvidar la falta de tino del Gobierno al redactarla. Es que de ponerse de acuerdo con los distintos sectores que participan del mercado inmobiliario para lograr su aceptación y puesta en marcha quizás hubieran logrado mejores resultados.

En este artículo queremos contarte sobre las repercusiones de la ley de vivienda que cumplió un año desde su entrada en vigencia. ¿Nos acompañas?

Cumplió un año desde la entrada en vigencia de la ley de vivienda

El día 24 de mayo del año pasado veía la luz la nueva normativa por la que el  gobierno esperaba obtener importantes cambios en el mercado residencial. El problema es que en muchos aspectos, las repercusiones han sido contrarias a las esperadas.

Si bien la ley de vivienda cumplió un año, lo cierto es que el problema de acceso a la vivienda venía desde hace bastante tiempo atrás. Por ello, se han intentado incorporar medidas que ayuden a mejorar el acceso a la misma. Pese a ello, el resultado ha sido una merma aún mayor de la oferta debido a que los propietarios le desconfían mucho a la nueva normativa. Por otro lado, debemos mencionar también las subidas de los precios de las rentas. Éstas continúan incrementando y hasta, en algunos lugares, superando los máximos históricos.

Las Comunidades Autónomas, por ejemplo, no han querido incorporarse al régimen de zonas tensionadas. Esto implica que, luego de realizar los trámites pertinentes, es posible acceder a una limitación en los precios de las rentas.

Cataluña ha sido la única en sumarse a esta herramienta aunque, pese a ello, reclama en la justicia la forma en la que este índice de precios se realiza. Esto se debe a que se había acordado efectuarlo en conjunto. Es que la Comuna cuenta desde hace tiempo con los datos como para poder generar parámetros que se ajusten a la realidad de los distintos municipios.

Tampoco debemos olvidar la cantidad de Comunidades que han presentado recusaciones al Tribunal debido a la interferencia en materia de vivienda que la normativa establece. Es que cumplió un año la ley de vivienda en nuestro país, pero las controversias que genera no parecen haber terminado.

Se reduce el stock y los precios en subida

Cumplió un año la ley de vivienda y llega el momento de hacer un balance de los cambios que ha generado. La realidad es que parecen ser negativos.

Al ver los datos que se han informado, debemos decir que para los alquileres tradicionales la oferta se ha visto reducida, aumentando si, los alquileres de temporada.

Durante el último año, la renta residencial se ha reducido en un 15 por ciento. Por otro lado, el alquiler vacacional, aumentó un 56 por ciento.

Si analizamos un poco la situación de Barcelona, por ejemplo un 30 por ciento del alquiler esta destinado a fines vacacionales o de temporada. En Madrid, por otro lado, alcanza un 15 por ciento, en Málaga y Valencia un 13 por ciento, según los datos brindados por el Idealista.

Cuando se buscan los motivos de estas subidas, éstos tienen que ver con la necesidad de compensar las limitaciones que genera la Ley de vivienda, las actualizaciones de las rentas y los riesgos que los propietarios deben asumir.

Cumplió un año la Ley de vivienda: que cambios generó en Cataluña

Como hemos explicado anteriormente, Cataluña ha sido una de las únicas Comunidades Autónomas que han decidió alinearse a la herramienta propuesta por la normativa denominada zonas tensionadas. Cumplió un año la Ley de Vivienda, pero la realidad es que no ha resuelto el problema de acceso a la vivienda que se había prometido.

Por medio de la aplicación de las zonas tensionadas, era posible durante un plazo de tres años, limitar los precios de los alquileres en esos municipios. Cataluña, ha incorporado bajo este paraguas, un total de 140 municipios. Además, se han presentado otras 131 localidades más que hasta el momento no se han aprobado dentro del régimen.

Allí se han limitado, desde el mes de marzo las subidas en los contratos de alquiler, principalmente para los grandes tenedores. Cabe aclarar que se consideran así a los tenedores de 5 propiedades en áreas tensionadas.

Según la normativa, se limitarían los precios de las rentas o se modifican los regímenes de prórrogas de los contratos vigentes. Por otro lado, los pequeños propietarios, gracias a estos cambios, podrían tener beneficios fiscales en el IRPF.

Los contratos que ya se encuentran vigentes, podrían continuar renovándose según lo que se haya fijado en ellos, con una subida anual máxima de la renta de un 3 por ciento. Por otro lado, para los valores de alquiler para un nuevo contrato entre particulares, se utilizará el monto solicitado en el contrato anterior, posibilitando un incremento de un 3 por ciento. Esto sucedería salvo que se hayan realizado reformas de mejoras con lo que el propietario podría aumentarlo como máximo un 10 por ciento.

Otro punto a recalcar, tiene que ver con el Índice Oficial de Precios de alquiler. Éste debe ser utilizado para los nuevos contratos de arrendamiento para las áreas tensionadas. Aquí, debemos recordar también que Cataluña ha presentado una denuncia a este parámetro establecido en la normativa. Esto tiene que ver con que la forma en la que se ha realizado no toma en cuenta los registros propios de la comuna.

El problema principal tiene que ver con que hasta el momento, los precios en la Comunidad no han parado de incrementarse. Por otro lado, la cantidad de oferta se encuentra en picada con una alta demanda residencial.

Lo que si debemos aclarar es que estos problemas, no solo se dan en la Comunidad de Cataluña, sino que se ve en todo el territorio. Esto se debe principalmente ante la falta de seguridad en el mercado.

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El Parlamento veta la regulación del alquiler de temporada en Cataluña. El voto del PSC y Junts han hecho posible que caiga esta normativa. Este tema se encontraba dentro de un decreto que ha entrado en vigencia el 26 de abril de este año. Cabe aclarar que formaba parte de una serie de medidas urgentes que ha incorporado la Comunidad.

La regulación buscaba principalmente aumentar la cantidad de stock en la renta de vivienda habitual. Esta situación se da en un momento en el que la cantidad de oferta existente no puede abastecer la demanda.

Tengamos en cuenta que esta Comuna, ha decido incorporarse a lo que habilita la Ley de Vivienda como zonas tensionadas. Allí, la Comunidad puede presentar la documentación en la que se fijan los distintos municipios que necesitan regulación en los precios de las rentas.

Ante la decisión del Parlamento en la que veta la regulación del alquiler de temporada, la normativa dejará de estar vigente. De esta forma, no podrán utilizar esta herramienta para controlar a los propietarios que no quieren tener regulación en los topes de las rentas.

En la votación, los socialistas han decidido abstenerse. Por otro lado, el PP, Ciutadans y el Voz han votado en contra y solo contaba con el apoyo del ERC, Comuns y la CUP.

En este post te contaremos todo lo que debes saber sobre la decisión de la mayoría del Parlamento en la que se veta la regulación del alquiler de temporada en Cataluña. ¿Nos acompañas?

El Parlamento veta la regulación del alquiler de temporada por falta de apoyo

El Parlamento, por mayoría, veta la regulación del alquiler de temporada. Tenemos que tener presente que esta medida había entrado en vigencia el día 24 de abril por medio de un decreto de Ley. Allí, se establecían distintas medidas para la Comunidad Autónoma de Cataluña. Por medio de ellas se buscaba aumentar el stock de viviendas para la renta habitual.

Allí, se fijaba que el alquiler de temporada se encontraría sujeto a la normativa del alquiler permanente. Esto significaba la regulación para los precios de este tipo de renta, mejoras en los pisos y la prohibición de que los gastos inmobiliarios deban ser pagados por los inquilinos.

Además, se establecía un valor máximo para las rentas. De esta forma, el mismo no podría superar lo solicitado en el caso de que se encuentra dentro de una zona tensionada. Este punto se debe tomar también para el alquiler por habitaciones, por lo que en la sumatoria de cada una no podría superar el valor de una vivienda.

Por último, el decreto de ley de medidas urgentes obligaba a la hora de realizar el contrato de renta, dejar establecido la finalidad del mismo. 

Distintas posturas que provocan la caída de la normativa

Pese a la intención de la Comunidad de generar medidas que permitan mejorar el acceso a la vivienda de los ciudadanos, el Parlamento veta la regulación del alquiler de temporada y por habitación. Esto se debe a que a favor de la normativa, solo han votado ERC, Comuns y CUP. Por otro lado, los socialistas prefirieron abstenerse. Mientras que por el no, se proclamaron el PP, Ciutadans y Vox,

Cabe aclarar que, Junts ha había aclarado la forma en la que votaría. Incluso, durante la campaña únicamente los partidos que se alinean a la izquierda el PSC se comprometieron con el Sindicat de Llogateres a sumarse a la iniciativa de regular los alquileres que no sean de uso vacacional o para usos recreativos.

Los socialistas, por otro lado, no habían expresado su postura aún. La decisión de abstenerse, según explican, tienen que ver con que el decreto, genera inseguridad jurídica. Incluso agregan que puede disuadir a los propietarios de que incorporen sus viviendas al mercado de la renta.

El PSC, por otro lado, al igual que Junst ha criticado al Fovern que no haya intentado ponerse de acuerdo con los actores que se encuentran implicado. Así hubieran intentado buscar un consenso en la forma de regularlo. Al hacerlo de esta forma, entienden que lo han aprobado adrede en este momento, tan cerca de las elecciones. Más que nada teniendo en cuenta que en varias localidades se han llevado a delante manifestaciones de los ciudadanos pidiendo que se pongan en marcha este tipo de medidas. 

Cuáles han sido las repercusiones

Ester Capella, quien es la consellera de Territori, se ha mostrado molesta sobre la decisión del Parlamento por la que se veta la regulación del precio del alquiler de temporada. Esto se debe a que considera que si el decreto de Ley se elimina, se garantiza la especulación en materia de vivienda.

Por otro lado, Jéssica Albiach, quien es la líder del partido Comuns, ha expresado que lamenta principalmente la forma en la que ha votado el PSC. Esto se debe a que ellos han advertido que la regulación de los alquileres será una herramienta imprescindible para que el pacto de gobierno pueda continuar.

El Parlamento veta la regulación del alquiler de temporada: de qué se trata

El Decreto de Ley de Medidas Urgentes en Cataluña, que regula los precios de los alquileres temporales y por habitación, presenta una serie de puntos clave. La finalidad es la de lograr abordar la problemática del acceso a la vivienda en la región.

En primer lugar, el decreto establece un marco normativo para limitar el precio máximo del alquiler en determinadas zonas catalogadas como tensionadas . Esto sucederá en función de diversos indicadores, como la evolución del mercado inmobiliario y la renta media de la población. Esta medida tiene como objetivo evitar la especulación y garantizar que los precios sean asequibles para los inquilinos.

Además, se establecen criterios específicos para regular los alquileres turísticos y temporales. Esta medida tiene el fin de evitar la proliferación de pisos destinados exclusivamente para ello, lo que contribuye a la escasez de viviendas disponibles para residentes locales.

El decreto también contempla la regulación de los precios por habitación en pisos compartidos, con el fin de garantizar que el coste del alquiler sea proporcional al espacio ocupado por cada inquilino y evitar situaciones de abuso por parte de los arrendadores.

Asimismo, se prevén medidas de control y sanciones para aquellos propietarios que incumplan la normativa, incluyendo multas y la posibilidad de revocar licencias de alquiler turístico en caso de infracciones graves.

El objetivo final de estas medidas es promover un mercado de alquiler más equitativo y accesible, que garantice el derecho a una vivienda digna para todos los ciudadanos, especialmente en un contexto de creciente presión inmobiliaria y aumento de los precios de alquiler.

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El Tribunal Constitucional avala parte de la Ley de Vivienda. Esto se ha dado en respuesta al recurso de inconstitucionalidad que habia presentado la Junta de Andalucía. En este pedido, se solicitaba que se eliminen los artículos que la Comunidad entendía que vulneraba la potestad propia de las Comunas en materia de vivienda.

Tenemos que tener en claro, a la hora de analizar este tema, que son varias las Comunidades que han realizado acciones similares. Esto tiene que ver con que cuando se trata de vivienda, son ellas las que tienen la potestad, ya en sus constituciones, sobre las decisiones. Pero lo cierto es que la Ley de Vivienda, ha interferido con ellas. Desde el Gobierno entienden que la normativa se ha puesto en vigencia, buscando mecanismos que permitan mejorar el acceso a un techo de los ciudadanos.

Al tomar una decisión, el Tribunal Constitucional avala parte de la Ley de vivienda, pero ha declarado inconstitucional y nulos varios artículos que la componen. Por ejemplo lo que se refiere a vivienda protegida, parque público de viviendas y la información a aportar por parte de los grandes tenedores.

En este artículo te contaremos todo sobre los argumentos del Tribunal Constitucional por medio de los cuáles avala parte de la Ley de Vivienda y los puntos que considera inconstitucionales. ¿Nos acompañas?

El Constitucional avala parte de la Ley de Vivienda, pero no la totalidad

Una vez que la Junta de Andalucía interpuso el recurso de inconstitucionalidad, el TC ha debido analizar la normativa en profundidad. Luego de tomarse el tiempo de hacerlo, el Constitucional avala parte de la Ley de Vivienda. Pese a ello, entiende que varios artículos avasallan la potestad de las Comunidades Autónomas.

Andalucía, en su recusación, hacia mención a 16 artículos de la normativa. También planteaba la inconstitucionalidad de la disposición adicional tercera, la transitoria primera, tres apartados de la disposición final primera y por último la disposición final cuarta. La mayor parte de la presentación, tenia que ver con la invasión de las competencias que son potestad de las Comunas en materia de viviendas.

La resolución del Constitucional avala parte de la Ley de Vivienda, pero entiende que varios artículos son inconstitucionales y nulos. Estos son específicamente los que tienen que ver con la vivienda protegida, el parque público de vivienda y la información que deben brindar los grandes tenedores. Según explican, esto tiene que ver con que estos artículos no dejan posibilidad alguna a las comunidades de regulación. Siendo esta acción un punto a realizar por las Comunas.

Cuáles son los artículos declarados inconstitucionales o nulos por el Tribunal Constitucional

  • Artículo 16: en él se fija el régimen de vivienda protegida. Según explican allí se incorpora un nivel de detalle demasiado excesivo. Esto es algo que el Estado no puede hacer teniendo en cuenta que estaría tomando medidas en un punto que es exclusiva competencia de las Comunas.  Se establece también la inconstitucionalidad a la disposición transitoria primera. En ella se hace alusión al régimen de las viviendas que ya se encontraban dentro de la calificación de protegidas antes de que la ley haya entrado en vigor. Los argumentos en este punto, tienen que ver con que la finalidad de la normativa era someter en esta categoría a viviendas que aún lo estuvieran calificadas como protegidas.
  • Artículo 19.3 inciso dos. En este punto se establecen la necesidad de suministrar información de los grandes tenedores. El Tribunal Constitucional considera que es excesiva esta regulación de información minima. Por otro lado, explica que en el caso de que la Comunidad solicite la declaración de zona tensionada, la información tendría que determinarla la Comuna.
  • Apartado 1, del párrafo tercero y 3 del artículo 27. Allí se regula el concepto, finalidad y financiación para los parques públicos de vivienda. El Tribunal Considera que es un exceso por parte de la normativa determinar estos aspectos sin encontrar la cobertura del artículo 143.1.1 y 13 CE. Además entienden que es contrario al principio de autonomía financiera. Esto se debe a que prevé afectar ingresos de las sanciones pautadas por el incumplimiento de la función social de la propiedad de la vivienda y la gestión de bienes propios de los parques públicos de vivienda.

Repercusiones de la decisión del Constitucional en la que avala parte de la Ley de Vivienda

Luego de conocerse la decisión por la cuál el Constitucional avala parte de la Ley de Vivienda, la Consejería de Fomento, Articulación y Territorio de Vivienda de la Junta de Andalucía ha analizado el fallo. Explican que con esta postura del Tribunal se reconoce que el Gobierno ha sobrepasado su potestad al regular la vivienda protegida, el parque público y la solicitud de información de los grandes tenedores. Esto se debe a que solo las Comunidades Autónomas pueden regular estos aspectos.

Ante la sentencia, han expresado que se encuentran satisfechos con la decisión debido a que blinda la regulación de las Comunas en estos temas.

Por otro lado, han dicho que la Ley Estatal de Vivienda, es una normativa que invade claramente las competencias autonómicas, y el Tribunal así lo entiende también. Debido a ello, el Estado, no debería utilizar una ley para regular de una manera tan completa y acabada dejando imposibilitada a las Comunidades de legislar sobre ello.

Consideran además que con este fallo, se protege la política de la Comuna respecto a la vivienda protegida. Cabe aclarar que este tipo de inmuebles cuenta con un régimen jurídico propio que incluso en Andalucía ha logrado mostrar efectos positivos respecto a la reactivación del mercado. Informan por ejemplo que hoy en día se logra certificar un triple de pisos protegidos.

Cabe recordar que Andalucía ha sido la primer Comuna que ha presentado un recurso de inconstitucionalidad a la Ley de Vivienda. Aunque no ha sido la única. Son varias las comunidades que consideran que es una normativa que avasalla las potestades de las Comunidades Autónomas. Otro punto importante de recordar es que en el mes de abril, desde el Congreso han solicitado que se deroguen artículos de la ley de vivienda que puedan vulnerar las competencias que le corresponden exclusivamente a las Comunidades Autónomas.

Según Andalucía, esta presentación se debe a que ésta normativa es ideológica, intervensionista e incluso avala la ocupación ilegal. Por otro lado recalcan que no ha tenido consenso en las comunidades ni en la mayor parte de los sectores que forman parte del mercado inmobiliario. Incluso consideran que fue realizada a espaldas de las Comunas.

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Canarias reformará la Ley de Suelo, según se ha podido conocer en los últimos días. La normativa que hoy se encuentra vigente, data de hace unos siete años. Por medio de esta modificación, se busca poder dar agilidad y simplificar también los procesos urbanísticos.

Desde la Comunidad explican que el objetivo es el de poder tener el borrador en el mes de septiembre y luego que pueda ser enviado a los organismos que deben aprobarlo.

Uno de los motivos por el cuál se reformará la Ley de Suelo en Canarias tiene que ver con la necesidad de un consenso entre las Administraciones y el sector privado para que puedan trabajar en conjunto y sin dificultades.

En este post te contaremos todo lo que necesitas saber sobre como reformará la Ley de Suelo la comunidad de Canarias y qué puede cambiar si se logra aprobar. ¿Nos acompañas?

Cuáles son los motivos por los que Canarias reformará la Ley de Suelo

La actual normativa ha entrado en vigencia en el año 2017. En un contexto en el que los problemas de vivienda son cada vez mas serios en muchas localidades de nuestro país, Canarias reformará la Ley del Suelo. Estos cambios se realizarán con la intención de agilizar y simplificar los procesos urbanísticos. Por ejemplo, en la concesión de licencias que podían hoy llegar a demorar un plazo de 3 años.

Por estos motivos, ya se encuentran trabajando en un borrador que luego deberá enviarse al Parlamento de la comuna. Estiman que podría presentarse en el mes de septiembre.

Un punto importante a recalcar sobre como Canarias reformará la Ley de Suelo, tiene que ver con que se intenta la participación de todos los sectores en su redacción. El Ejecutivo, que se encuentra presidido por Fernando Clavijo, explica que de esta manera será posible obtener un mayor consenso. Cabe aclarar, que no se hace alusión únicamente al gobierno, sino también con el sector privado.

Para poder obtener el amplio respaldo necesario entre el sector público y privado, el Gobierno Autonómico, ha planificado llevar adelante encuentros con los distintos organismos. Por un lado, se reunirán con los Ayuntamientos de todas las islas. De cumplirse los plazos previstos, estas reuniones deberían estar finalizando para el mes de junio.

En una segunda instancia, se trabajará en conjunto con las patronales de la construcción y turísticas. Para luego hacer parte del proyecto a los colegios profesionales de arquitectos y geógrafos. Una vez que todas estas reuniones culminen, se espera tener listo el tan ansiado borrador de la Ley de Suelo. La fecha estimada para ello sería el mes de septiembre. Allí se espera que se presente el texto a los grupos parlamentarios.

Qué se reformará en la Ley de Suelo en Canarias

La Comunidad Autónoma de Canarias reformará la Ley de Suelo luego de haber hecho modificaciones por medio de un decreto de ley de vivienda. Allí se incorporaba la posibilidad de aumentar la disponibilidad de los terrenos. Por otro lado, se incorporaron cambios respecto a la utilización de edificaciones destinadas a la vivienda. También el objetivo era el de promover, impulsar y facilitar la construcción de vivienda protegida.

Respecto a los artículos que se reformarán se incorpora la utilización del suelo rotacional público. Esto será específicamente para poder ampliar la cantidad de viviendas protegidas con promoción pública. O sea que el suelo para equipamientos, podrá ser utilizado para la edificación de este tipo de inmuebles.

Otro punto importante, tiene que ver con que se recoge la compatibilidad del uso residencial y turístico del suelo sin desarrollar. También se estipula la posibilidad de un cambio de uso de parcelas de uso residencial y recuperar suelo urbanizable residencial. Cabe aclarar que esto estaba previsto dentro de los instrumentos de ordenación no adaptados.

El decreto de vivienda, incorporaba medidas también en que se posibilita, para incrementar la utilización de edificaciones que se pensaban destinar a la vivienda. Para ello permite la recalificación de locales y edificios. Así podrá pasar a ser de uso habitacional.

Otro cambio que incorpora el decreto, es que se permite la rehabilitación de urbanizaciones y edificaciones que no hayan concluido para que puedas llegar a su fin. Por otro lado se incluyen medidas específicas para poder agilizar y simplificar los trámites administrativos para la administración, lo cuál se entiende como uno de los grandes problemas para la cesión del suelo municipal. Respecto a ese punto se fija la cesión de suelo municipal para el Instituto Canario de la Vivienda o de la empresa Visocan.

Respecto al Módulo Básico de la Comunidad, se pretende adecuar el valor a los montos del mercado actual para cada una de las islas que componen el territorio. Por ejemplo, en Gran Canaria y Tenerife, el nuevo valor será de 1.905,26 euros el metro cuadrado. Por otro lado, para La Gomera, La Palma, El Hierro, Lanzarote y Fuerteventura se aumentará su precio a un total de 2.133,89 euros el metro cuadrado.

Se podría limitar la compra de viviendas a extranjeros

En un contexto donde los problemas habitacionales no parecen dar tregua, Fernando Clavijo, el presidente del Gobierno de Canarias ha planteado, en el marco de la sesión de control parlamentaria al Ejecutivo, la posibilidad de limitar la compra de viviendas a extranjeros. Es importante recordar que hace no mucho tiempo atrás, en Nueva Canarias, al presentarse una petición similar ha sido rechazada.

El mandatario ha explicado que se ha puesto en contacto con los estudios jurídicos pertinentes para que puedan iniciar la propuesta. Así, una vez que se elija la nueva Comisión Europea que se realizará en el mes de junio, pueda realizar la presentación de este proyecto. De todas maneras, debemos tener presente que este proceso podría ser bastante largo. Esto se debe a que no solo tendrán que formar parte los cabildos insulares sino que el Gobierno central en Madrid y Bruselas deberán estar de acuerdo con dicha propuesta.

Otro punto que debemos tener presente es que hace poco tiempo atrás se ha dejado de conceder permisos de residencias, por medio de la Golden Visa a extranjeros que realicen inversiones de más de 500.000 euros en el mercado inmobiliario.

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Hace pocos días Cataluña presentó una denuncia a la Audiencia Nacional por el índice de precios de referencia. Es importante, primero que nada, que podamos poner en contexto esta situación. Esta Comuna ha sido la primera en solicitar que muchos de sus municipios se incorporen al régimen de zonas tensionadas. Esto tiene que ver con que consideran que esta medida puede ayudar a reducir el problema habitacional que tiene dentro de su territorio.

El problema con ello, es que Cataluña denuncia que la forma en que se ha llevado a cabo el índice de precios de referencia que debe ser utilizado en su territorio no toma en cuenta los registros con que la comuna cuenta. Cabe aclarar que la Ley de vivienda estipula que deben tenerse en cuenta los parámetros comunales. De esta forma los valores que allí se fijen podrán ser más certeros y correctos.

Por ello, debemos tener en claro que no está en desacuerdo con la medida en sí, sino con la forma en la que el límite de alquileres se ha construido.

En este post te contaremos porqué Cataluña denuncia el índice de precios de referencia y cómo podría seguir este proceso.  ¿Nos acompañas?

La denuncia de Cataluña al índice de precios de referencia

La Comunidad Autónoma, hace unas semanas atrás, había iniciado los trámites necesarios para ampliar las zonas tensionadas. Es que en una primera instancia incorporó 140 de sus municipios. Luego, a mediados del mes de abril, habían solicitado sumar 131 localidades más.

Debemos recordar que, mediante la aprobación de incorporar zonas tensionadas en una comunidad, es posible delimitar el valor de los alquileres allí. De esta forma, se estipula un precio máximo y un mínimo sobre lo que en dicha localidad puede ser solicitado para la renta de una vivienda.

Pese a ello, Cataluña ha decidido presentar la denuncia ante la Audiencia Nacional al índice de precios de referencia. La Generalitat, al ser consultada por los motivos, explica que la discrepancia tiene que ver contra el sistema que se ha utilizado para efectuarlo.

Por esta razón, desde el Gobierno de la Comuna han decidido interponer un recurso en lo contencioso administrativo en contra de la resolución del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. De manera especifica, es contra el Índice Estatal de Referencia de precios para los alquileres de inmuebles. El mismo fija el monto máximo y mínimo que deberían abonar los inquilinos para los nuevos contratos de rentas que se realizaran en las localidades que se apegaran al régimen de zonas tensionadas.

Cabe aclarar que, antes de esta presentación, se había enviado un requerimiento desde el Departamento de Territorio al Ministerio. Allí se solicitaba la enmienda de la resolución por la que se reclamaba la combinación de dos sistemas. Por un lado, el sistema estatal y, por el otro, la información que la Comuna tiene sobre los precios de las rentas. Esto había sido acordado en las negociaciones realizadas antes de que se solicitara la incorporación a las zonas tensionadas de las localidades de Cataluña.

Cómo continuará la denuncia de Cataluña al índice de precios de referencia

Luego de presentar el requerimiento, en el cual le solicitaban al Ministerio la enmienda de la forma en la que se había efectuado el índice de precios de referencia, al no haber ningún tipo de respuesta, se ha presentado la denuncia por parte del Gobierno de Cataluña. Ahora la Comuna deberá esperar que la Audiencia Nacional se pronuncie al respecto. Esto se encuentra establecido en la normativa reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Pese a ello, Cataluña tendría todas las posibilidades de lograr que la denuncia al índice de precios de referencia pueda llegar a buen puerto. Esto se debe a que dentro de la normativa de la comuna se estipula que el Estado debe aplicar el índice por ámbitos territoriales. Esto significa que debe tener en cuenta a la hora de fijar los precios la información previa que existe en las comunidades autónomas. Se aclara, además, que debe intentar que la información pueda ser coordinada en la aplicación de ambos sistemas.

Esta resolución fué efectuada por el Ministerio y ha sido publicada en el BOE el 15 de marzo de este año. Mediante este cambio, se preveía  y contemplaba la creación de un sistema estatal de índices en conjunto con las Comunidades. Por ende, está explícito dentro de la redacción que el sistema estatal de índices debe ser fijado por ámbitos territoriales. Pese a ello, no se incluye ninguna aplicación territorial en este caso. Tampoco se tienen en cuenta los índices que pudieran realizar las Comunidades o el complemento de información que pudiera hacerse.

Según la Generalitat, realizar el índice de precios de referencia de esta forma vulnera la normativa estatal vigente. Es que el Real Decreto de Ley de medidas urgentes dice que en cada ámbito territorial son las Comunidades Autónomas quienes pueden definir los precios propios y adaptados a su realidad.

Problemas en la limitación de los precios

La Ley por el derecho a la vivienda estatal, establece que es posible que coexistan los índices estatales y autonómicos. Por ello, se obliga a la cooperación para poder desarrollar un índice en colaboración entre ambos sistemas.

El Departamento entiende que el Ministerio vulnera el ordenamiento jurídico. El requerimiento que había enviado la Comuna y que ahora presenta mediante un nuevo recurso contencioso administrativo solicita que se modifique la resolución por la que puedan coexistir ambos índices.

Cabe aclarar que esto se había acordado previamente entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y el Departamento de Territorio de Comunidad Autónoma,  aunque en la práctica no fue así.

El acuerdo definía que en el caso de que el índice de referencia de Cataluña se encuentre dentro del índice estatal, el límite de precios válido será el de la Comuna. Pero, por otro lado, cuando el índice Catalán este fuera del rango del estatal, se aplicará el rango superior o inferior estatal, dependiendo el que se encuentre más próximo al de la Generalitat.

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El 26 de abril del corriente año, entro en vigencia el Decreto de ley de medidas urgentes en materia de vivienda en Cataluña. Por medio de él la Comunidad busca solucionar el problema habitacional que tiene. Cabe recordar que ya ha incorporado muchos municipios en el marco de zonas tensionadas. De esta manera, el decreto busca regular los precios de los alquileres y evitar las subidas injustificadas de los valores para la renta.

En este post te contaremos todos los cambios que genera el decreto de ley de medidas urgentes en Cataluña. ¿Nos acompañas?

Se endurece el alquiler vacacional y por habitación por el Decreto de Ley de medidas urgentes en Cataluña

Ante el problema habitacional que enfrenta Cataluña, el 26 de abril ha entrado en vigencia el Decreto de ley de medidas urgentes. Por medio de él se amplia la regulación en los precios de los alquileres. Ahora le ha tocado el turno a los alquileres vacacionales o temporales y por habitación. Con esto se engloba a aquellos que tengan finalidades de ocio, vacacionales o recreativas, que no duran un período de más de 11 meses.

Tenemos que tener en cuenta que Cataluña es la primer Comunidad Autónoma en incorporar municipios al régimen de zonas tensionadas. De esta forma, se utiliza el Índice de precios, donde se fija un valor máximo y mínimo para los valores de la renta. Esta medida, al parecer no ha logrado el efecto deseado. Es que en este momento, la regulación de ellos está provocando que la oferta se estrangule. Debido a ello los montos solicitados por los pisos sigan en aumento de manera descontrolada.

Cabe aclarar que aún debe ser validado por el Parlamento de Cataluña. Eso sucederá luego de que se cumpla el plazo de 30 días hábiles luego de ser promulgada.

El decreto de ley de medidas urgentes en la comunidad de Cataluña, establece la prohibición de los aumentos en los alquileres temporales que se encuentren destinados fines laborales, profesionales, estudiantiles, asistencia médica y situaciones de tiempo limitado siempre que cubran necesidades de vivienda permanente aunque el plazo del contrato o la renta sea de manera temporal.

Qué cambios establece el nuevo Decreto

Ante la falta de oferta de vivienda, uno de los mercados a los que se intenta regular es el de habitaciones y vacacionales. Así, se intenta de aumentar el stock en el sector. Es que lo cierto es que la Ley de viviendas, no ha tomado en cuenta este tipo de retas dentro de su regulación.

Cabe recordar que, en el último tiempo, la ciudadanía ha realizado distintas manifestaciones solicitando a los gobiernos que pueda regular de alguna manera este tipo de alquileres. Esto se debe a que esperan, que al llevar adelante esta acción, pueda aumentarse la cantidad de oferta de inmuebles.

Pero, veamos un poco con detalle que se está regulando en el decreto de ley de medidas urgentes de Cataluña.

  • La primera medida, regula que será obligatorio dejar asentado en el contrato cuál es la finalidad del arrendamiento. En el caso de que no se realice, se entenderá que el mismo será para una vivienda permanente y no para el alquiler temporal. Este punto se establece tanto para el alquiler temporal como para la renta por habitación.
  • El segundo punto, tiene que ver con que el alquiler de temporada se encontrará sujeto a la normativa del alquiler permanente. Esto se refiere específicamente a la regulación de la renta, actualizaciones de precios, finanzas, mejoras en los pisos y la prohibición de que los gastos inmobiliario y de formalización de contratos deba pagarla el inquilino.
  • Se fijará en tercer lugar un valor máximo para el alquiler. Esto se encuentra en el segundo artículo del decreto de ley de medidas urgentes en Cataluña. Así se  impide que el alquiler temporal o por habitaciones supere una determinada cantidad de dinero en el caso de que sea rentada como vivienda habitual y se encuentre dentro de una zona tensionada.
  • Dentro de la regulación, para el alquiler de habitaciones, se fija un precio máximo. Este punto deja plasmado que la suma de las rentas que se establezcan en la vivienda no podrá ser mayor a la que se solicitaría por una vivienda completa.
  • Un último punto a tener en cuenta tiene que ver con que no se aplicarán regulaciones por medio de este decreto a quienes renten una vivienda con fines de ocio, vacaciones, recreativos o culturales.

Cambios en los contratos de renta

Como mencionamos anteriormente, el nuevo decreto de ley de medidas urgentes en Cataluña, plantea la obligatoriedad de ingresar en el contrato de renta algunos datos importantes. A continuación, detallaremos cada uno de ellos. Es importante que puedas tenerlo en cuenta para evitar problemas a futuro.

  • Deberá informarse cuánto ha sido el valor solicitado en el contrato anterior para el arrendamiento que haya estado vigente en los últimos cinco años.
  • Se debe aclarar también cuál es el monto máximo de renta que se aplica según el índice de precios de referencia en la localidad donde se encuentre la vivienda.
  • En caso de que el inmueble se encuentre en una zona tensionada, deberá aclararse si el propietario se encuentra englobado dentro de la categoría de gran tenedor.
  • Por último se estipula que al momento de que se formaliza el contrato, quienes sean los futuros inquilinos, tendrán el derecho de recibir la información respecto a los índices de precios de referencia para la localidad solicitada. También podrán solicitar la cédula de habitabilidad o la documentación equivalente allí y el certificado de eficiencia energética.

Qué sanciones se imponen en caso de incumplir el decreto de ley de medidas urgentes en Cataluña

En el caso de que se detecte un incumplimiento en el decreto de ley de medidas urgentes de Cataluña, se han añadido varias multas para ello a lo que se estaba aplicando.

  • Cuando el valor del alquiler sea mayor en un 30 por ciento sobre el índice de referencia o se pueda constatar que el motivo del alquiler no es cierto, la Comunidad lo entenderá como una falta muy grave. Por ello, las sanciones irán desde los 90.000 a los 900.000 euros.
  • En el caso de que el sobreprecio oscile entre un 10 y un 30 por ciento más que el índice, no se informe la causa de la renta o se le solicite al inquilino hacerse cargo de gastos de gestión inmobiliario o de contrato, la falta será considerada grave. Allí las multas irán de los 9.000 a los 90.000 euros.
  • Serán consideradas faltas leves a que los anuncios para este tipo de alquileres no incorporen el monto máximo de la zona, precio establecido para el contrato anterior, si es un gran tenedor el propietario o un alquiler de hasta un 10 por ciento más del fijado en el índice de precios. En estos casos las multas irán desde 3.000 a 9.000 euros.

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El pasado 24 de abril, hace muy pocos días, el Govern de Cataluña ha aprobado un nuevo Decreto de Ley. Por medio de él se regula el alquiler temporal y por habitación.

Un punto importante a tener en cuanta es que, se han fijado sanciones a quienes no cumplan con esta medida. Cabe aclarar que se da en un momento en el que ya se han incorporado más de 200 municipios de esta Comunidad Autónoma a lo establecido en la Ley de Vivienda como zonas tensionadas. El impacto de esta regulación ya comienza a sentirse en Cataluña. La consecuencia de ello, es el estrangulamiento de la oferta y subidas de precio que no pueden ser controlados.

En este post te contaremos cómo Cataluña regula el alquiler temporal y por habitación. Además te contaremos cuáles son las consecuencias en caso de no hacerlo. ¿Nos acompañas?

Cataluña regula ahora el alquiler temporal y por habitación

Hace solo unos días, el 24 de abril se ha aprobado un decreto de ley. Por medio de él, Cataluña regula e alquiler temporal y por habitación. Esto dejará afuera aquellas rentas que se utilicen con fines de ocio, vacaciones o recreación.

Es importante que recordemos que, hace poco tiempo, Cataluña ha comenzado a regular los precios de la renta. Es que se han alineado más de 270 municipios en las zonas tensionadas para poder resolver el problema de las subidas de precios en los alquileres. Pese a ello, se esta evidenciando un estrangulamiento en lo que es la oferta. La consecuencia de ello, es la contraria a la esperada. Ya que los montos solicitados continúan aumentando sin poder controlarlos.

Este nuevo decreto de ley ha sido anunciado por la Consellera de Territorio de la Generalitat de Cataluña, Ester Capella junto a la portavoz del Fovern, Patricia Paja. Fue informado en una rueda de prensa luego del Consell Executiu. 

Cuáles son las implicancias de la nueva medida por la que Cataluña regula el alquiler temporal y por habitación

Cataluña regula el alquiler temporal y por habitación. Esto implica que no esta permitido aumentar los valores en las rentas temporales que se encuentren destinados a fines laborales, profesionales, de estudios, asistencia médica o cualquier otra situación de tiempo limitado que sean para cubrir necesidades de vivienda permanente, pero dentro de un contrato temporal.

A la hora de explicar los motivos de la medida, Capella hace alusión a los huecos que la ley de vivienda ha dejado, al no regular este tipo de renta. Debido a ello, establecen una medida en los baches que había. De esta forma se busca evitar que se pueda burlar de alguna manera el tope de los alquileres que se aplicaron en la Comunidad autónoma y no puedan aprovechar dichos vacíos legales.

Teniendo en cuenta todo esto, Cataluña regula el alquiler y por habitación. Esto regirá para los contratos efectuados de manera temporal en lo que se refiere a finanzas, determinación de renta, actualizaciones de precio o la repercusión de mejoras a realizar en la vivienda. 

Cuáles son los objetivos que se persiguen con la normativa

Es importante que podamos tener en claro cuáles son los objetivos que persigue Cataluña y por que regula el alquiler temporal y por habitación. Según explican desde el Govern, se intenta sanear los puntos que la Ley de Vivienda ha dejado de lado. De esta forma, intentan evitar que haya muchos contratos vencidos que puedan obviar la contención de precios que fija la Comunidad al pasarse al tipo de alquiler temporal.

Por otro lado, explicaron que van garantizar el aumento del parque inmobiliario público. Esta aclaración se debe a que podría encontrarse afectado debido a la falta de Presupuestos para la Comuna de este año.

Los peligros de este tipo de regulaciones

Pese al hecho de que Cataluña regula el alquiler temporal, por habitación e incorpora las zonas tensionadas, explican desde el Idealista que podría haber graves consecuencias. Es que debemos recordar que organismos, como el FMI y el Banco de España, consideran que este tipo de medidas pueden ser nocivas. Las razones, tienen que ver con que con ellas, se criminaliza a los propietarios y no se tiene presente que es la misma legislación, impuesta por medio de decretos y prohibiciones las que llevan a la situación actual.

Por otro lado, hacen referencia a la utilización de recetas que no hay funcionado. Incluso, podrían generar consecuencias más negativas. Por ejemplo, dañar aún mas la oferta de viviendas para la renta. Esto impactará directamente en las familias, tanto por la escasez, la falta de actualización y mantenimiento de las viviendas.

Renta por habitaciones

No solo Cataluña regula el alquiler temporal, sino también por habitación. Para ello desde el 24 de abril, la suma que se solicite para la renta en el conjunto de los contratos, no podrá ser mayor a la renta que se establece como máxima en la zona en la que se encuentra teniendo en cuenta la vivienda completa.

Otro punto importante, es que establece la obligatoriedad de que todos los contratos informen la causa por la que se realiza. En el caso de que no se aclare este punto, será considerada una vivienda permanente. Con ello se deberá aplicar el tope estipulado para estas rentas.

Se ha incorporado también, la obligatoriedad de que los anuncios y los contratos, deben informar cuál es el precio de referencia, la renta que se ha fijado en el último contrato y aclarar si el propietario es un gran tenedor.

Un punto importante a tener en cuenta, es que en el caso de los anuncios que ya se han publicados, tendrán un plazo de cinco días para incluir esta información dentro del mismo. 

Qué sanciones podrán tener los propietarios

A la hora de establecer las sanciones, la Comunidad de Cataluña, han incorporado distintos puntos para ello a los que ya se encontraban vigentes.

  • La primera tiene que ver con que incumplir esta normativa se considerará una falta grave. Por ello, las multas podrían ir entre los 90.001 y los 900.000 euros. Esto sucederá cuando el valor del alquiler fijado sea un 30 por ciento mayor al índice de referencia. También cuando pueda constatarse una causa falsa de alquiler en el contrato.
  • Para el caso en el que el alquiler estipulado sea entre un 10 y un 30 por ciento mayor al índice, que no se deje constancia de la causa del alquiler o que se le exija al inquilino el pago de gastos de inmobiliaria y por la firma del contrato, será también considerado falta grave. La multa será de entre 9.001 y 90.000 euros.
  • En el caso de que los anuncios no tengan la información de los precios máximos para la zona, el monto del último contrato o la condición de gran tenedor y que se solicite un pago mayor al 10 por ciento del correspondiente a la zona, será considerado falta leve. Por ello el monto a abonar será de entre 3.000 y 9.000 euros.

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El Partido Popular, ha  presentado una serie de medidas para resolver el problema de la vivienda. Estas se encuentran enmarcadas dentro del Plan Más Vivienda. Según explican, estas medidas serán llevadas a las Cortes para lograr el aval necesario para que se puedan implementar en todo el territorio nacional.

En este post te contaremos de qué se tratan estas 16 medidas que servirían para resolver el problema de la vivienda. ¿Nos acompañas?

El PP presenta medidas para resolver el problema de la vivienda

Sabemos que hoy en día es cada vez más difícil poder acceder a un inmueble y más aún en las zonas tensionadas. Para buscar una solución a ello, el PP ha presentado medidas para resolver el problema de la vivienda. Las propuestas son 16 y que se encuentran enmarcadas en el Plan más Vivienda. Luego, deberá ser presentado a las Cortes para poder obtener el aval necesario.

Algunas de estas medidas, por ejemplo, implicarían una reducción del 100 por ciento en el IRPF a aquellos propietarios que decidan poner una vivienda en alquiler. Esta deberá haber estado en desuso por un plazo de al menos dos años. El titular, deberá rentarla a jóvenes menores de 35 años.

Este plan, establece la posibilidad de realizar esta deducción para aquellos propietarios que realicen nuevos contratos de renta para viviendas. La vivienda, tiene que estar en desuso durante dos años. Otro de los requisitos debe ser que el contrato deberá tener una duración de por lo menos tres años.

Según ha expresado la secretaria del Partido Popular, Cuca Gamarra y Paloma Martín, quien es la vicesecretaria de Desarrollo Sostenible, esta medida busca principalmente lograr dar respuesta a la necesidad de vivienda. Además de ello, creen que con el Plan Más Vivienda se podría ayudar a corregir el desequilibrio que existe entre la oferta y la demanda.

Medidas para resolver el problema de vivienda

Dentro del plan de las 16 medidas para resolver el problema de vivienda, se encuentra la eliminación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones para las viviendas heredadas. También se plantea la posibilidad de brindar facilidades para el acceso a la hipoteca a aquellos jóvenes que buscan comprar un inmueble. Esto sería posible a través de avales, que cubrirían hasta el 95 por ciento del total del bien.

Un punto que ha aclarado sobre estas medidas, según Paloma Martín, es que ya se ha puesto en marcha en lugares que se encuentran gobernados por el Partido Popular. Pero ahora se busca llevar estas medidas al Congreso y al Senado. De esta forma podrán ser debatidas y aplicadas en todo el territorio nacional.

El problema del suelo y la okupación

Para poder poner fin al problema de la vivienda, existen algunas dificultades como la seguridad jurídica y la gestión urbanística que deben ser modificadas según el PP.

Por ello, dentro del plan que plantea el partido, será necesario buscar más terrenos en los que sea posible construir viviendas. Pero no es todo, también se necesita terminar con el infierno burocrático que debe transitarse para poder efectuar una obra. Lo que sucede desde la ordenación del planeamiento hasta la gestión urbanística y las licencias.

Otro punto que se trabaja dentro de las medidas para resolver el problema de la vivienda, tiene que ver con la necesidad de modernizar el longevo parque inmobiliario de nuestro país. Para ello, se ha propuesto trabajar en la figura de agentes rehabilitadores y poder impulsar la regeneración de barrios.

Con respecto a la okupación de viviendas, el planteo del PP busca impulsar la posibilidad de empadronarse en la casa ocupada, poder desalojar en un plazo de 24 horas las viviendas ocupadas. Por último, aumentar las penas a quienes realicen una okupación pero también para quienes protegen, alientan o inciten estos ilícitos.

Consideran necesario también proporcionar refuerzo a todas las comunidades de propietarios en las que haya viviendas ocupadas. Así será posible generar acciones preventivas, dar atención a las víctimas y poder erradicar la okupación en las viviendas públicas.

No debe el Okupa ser protegido, es necesario que con estas medidas para resolver el problema de vivienda y este plan generar el choque necesario con el cuál se generen cambios para revertir este gran problema que tiene nuestra sociedad.

La postura del PP sobre la Ley de vivienda

Si bien la Ley de Vivienda, venia como el gran salvador para el problema  habitacional que tiene nuestro país, parece haber solo sido un sueño.

Se le ha consultado a Martín respecto a la posibilidad de que las comunidades que tengan su mismo signo político podrían solicitar ser incorporados como zonas tensionadas. A esto, ha contestado que la medida es un fracaso absoluto y que la realidad es que ni las comunidades gobernadas por el PSOE como Castilla- La Mancha, Asturias o Navarra han incorporado esta herramienta.

La intención del Partido Popular es la de lograr la derogación de la Ley de Viviendas. Esto se debe a que la consideran ineficiente. Por ello es que han buscado establecer estas 16 medidas para resolver el problema de la vivienda.

También se les ha consultado respecto a la actitud que consideran mejor tomar sobre la vivienda turística. Desde el PP, explican que se está produciendo un movimiento hacia la vivienda turística y de temporada. Según ellos debido a la Ley de Vivienda, ya que esta normativa genera inseguridad. Por ello, prefieren destinarla a otro tipo de fin. Consideran además que el Gobierno debería estuchar a cada uno de los municipios. Es que la realidad es que la situación es muy distinta en cada uno de ellos.

Durante el 2023, por ejemplo, se ha registrado un incremento del 40 por ciento en las viviendas turísticas. En lo que va de este año la tendencia es la misma pero con porcentajes mayores.

Otro de los puntos que se les ha consultado sobre las medidas para resolver el problema de la vivienda tiene que ver con la Ley de Suelo. Esta normativa ha sido lleva al Congreso para ser aprobada y luego deberá seguir su recorrido para su puesta en marcha. Sobre este tema Martín ha dicho que se basa en un texto que su partido ha presentado y que esperaban un llamado de parte del Gobierno.

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