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La Comunidad Autónoma de Extremadura ha tomado la determinación de realizar una rebaja fiscal para su población. La acción se efectuó mediante un decreto de medidas urgentes que incluye una serie de ítems para aliviar los bolsillos de los habitantes.

De esta forma, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura busca ayudar a distintos sectores de la sociedad. Esto se encuentra relacionado a distintos motivos. Por un lado, la situación económica difícil que están atravesando las familias. La inflación, las subidas de los tipos y las consecuencias de la guerra entre Rusia y Ucrania, han traído importantes dificultades en el día a día de los ciudadanos. Por otro lado, también se han planteado ayudas para los productores que se han visto afectados por las tormentas que azotaron la región en los últimos tiempos.

Las medidas plantean rebajas en el IRPF, Bonificaciones en el Impuesto de Patrimonio, supreción del impuesto a viviendas vacías para grandes tenedores, entre otras.

En este post te contaremos todo lo que tienes que saber sobre las medidas de rebaja fiscal que ha tomado la Comunidad de Extremadura. ¿Nos acompañas?

Rebaja fiscal y ayudas económicas

La situación económica de la población ha llevado al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura a establecer rebajas fiscales para aliviar a la población. Esto sucederá por medio de la aprobación de un decreto ley de medidas. Detallaremos a continuación cuales serán:

  • Bonificación de la totalidad del Impuesto de Patrimonio
  • Una rebaja para los primeros dos tramos del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas. Por medio de ella, se reducirán los pagos a las rentas que no superan los 22.200 euros
  • Supresión del Impuesto a Viviendas vacías a los grandes tenedores hasta el 2025
  • Rebaja en el impuesto de matriculación
  • Se aumentará al 30 por ciento la deducción respecto a las cantidades satisfechas por la renta de vivienda habitual
  • Ayudas directas a productores de cereza que se han visto afectados por las grandes tormentas sucedidas en la región
  • Se generarán medidas de apoyo a los autónomos
  • Aumentos en las subvenciones que perciben las familias que cuentan con menores acogidos

Razones de las rebajas fiscales

Las medidas han sido confirmadas mediante una rueda de prensa, luego de que se llevara adelante el Consejo de Gobierno. La presidenta de la Junta, María Guardiola, ha explicado que esta serie de medidas se han efectuado según lo que planteaba su programa electoral. De igual forma, entiende que el contexto económico en el que se encuentra el país requiere medidas urgentes. Uno de los grandes problemas tiene que ver con la alta inflación que azota a la sociedad. Por ello, entiende que era necesario aprobar de manera inmediata un primer paquete de medidas tributaria. De esta manera, Guardiola, ha justificado la forma en la que se ha puesto en vigencia. Agregó, además, que esta rebaja fiscal permitirá aumentar la renta disponible de los pobladores.

Un punto importante a tener en cuenta tiene que ver con que esta serie de medidas serán retroactivas. La fecha de ello, ha sido establecida para el 1 de enero del 2023. 

Rebaja fiscal en el IRPF

Uno de los datos que se ha podido conocer respecto a la rebaja en el IRPF tiene que ver con el impacto que tendrá en las arcas de la Comunidad esta medida. Se estima que podría alcanzar los 39,8 millones de euros.

Esta rebaja fiscal busca principalmente beneficiar a los contribuyentes que cuentan con rentas bajas y medias. Ésta es la razón por la cuál no se han modificado los tramos del IRPF de las escalas más altas. Es decir, solo se han previsto cambios en los dos primeros. Previo a ello, el porcentaje a abonar era de un 12,5 por ciento. Con el nuevo decreto, se establecerá en 8 por ciento y 10 por ciento respectivamente. 

Supresión del impuesto a las viviendas vacías

Otra de las medidas que ha decido tomar la Comunidad Autónoma de Extremadura tiene que ver con el Impuesto a las viviendas vacías. Este tributo a los grandes propietarios de inmuebles en desuso, se devengará a partir del día 1 de enero del año 2024. De esta manera, los contribuyentes que sean alcanzados por él, no deberán abonar el primer pago hasta el año 2025. Recordemos, este tributo se encuentra regulado en la nueva ley de vivienda de Extremadura, que ha sido aprobada por medio de una tramitación express en el último pleno de la legislatura.

Este impuesto busca gravar a las personas jurídicas que cuenten con un total mayor a las cinco propiedades. Las mismas, serán consideradas vacías si han permanecido cerradas, sin una causa que pueda justificarse y demostrarse en un plazo acumulado de un año.

A la hora de analizar cual puede ser el impacto que generará en las arcas de la Comunidad. La Junta calcula que podría llegar a un total de 4.000 propiedades. Tomando ese parámetro, se estima que la recaudación por ellas sería de dos millones de euros.

Se ha propuesto también, llevar a cabo un impuesto del tipo progresivo. Esto significa que será variable, dependiendo de la cantidad de superficie con que cuente el inmueble. Esto sería de la siguiente forma:

  • Propiedades de más de 4.000 metros cuadrados, abonará 11.25 euros por metro cuadrado
  • A partir de los 500 metros cuadrados, se pagarán 3.75 euros por metro cuadrado.

Algunas aclaraciones sobre la forma en que se aplicaría este tributo

Ten presente, que si cuentas con más de cinco propiedades y solo una de ellas se encuentra vacía, debes saber que tendrás que abonar el tributo. La excepción a la regla, tendrá que ver con que si dicha vivienda, se encuentra emplazada en las zonas que se denominan de baja demanda. Esta medida ha sido establecida para no penalizar a los municipios más pequeños.
Por último, es importante que podamos entender la razón por la cuál se ha incorporado este tributo. Con él se busca intervenir el mercado inmobiliario para aliviar los precios de las rentas. Esto quiere decir que se impediría que grandes sociedades puedan ser propietarios de viviendas que luego queden en desuso. Hay dos puntos que se intentan corregir. Por un lado, el defasaje entre la oferta y la demanda, motivo por el cual los valores de los alquileres aumentan. Por el otro, que haya inmuebles vacíos que puedan ampliar el parque inmobiliario.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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Si quieres poner tu piso en alquiler, tienes que realizar muchos trámites. Uno de los más importantes es estar al corriente con Hacienda y para ello, debes saber que es requisito declarar el alquiler en el IRPF. En este post, te brindaremos toda la información que necesitas conocer sobre este asunto, con el que evitarás inconvenientes a largo plazo.

Cuando se toma la decisión de poner un piso en alquiler, se deben conocer los procedimientos necesarios para que esta acción suceda rápidamente, y es por eso que aquí, te hablaremos sobre la obligación de declarar el alquiler en el IRPF. El mundo de los alquileres no es sencillo, pero si aprendes sobre sus trámites y, lo que le corresponde realizar al arrendador y, al arrendatario, no tendrás que preocuparte por problemas que puedan surgir en el futuro.

Si es la primera vez que pones una vivienda en alquiler, es muy probable que no conozcas lo que se requiere para hacerlo. Por eso te invitamos a leer este post, en donde aprenderás por qué tienes la obligación de declarar el alquiler en el IRPF, si este trámite es necesario para aquellos que tienen este ingreso como única fuente monetaria o, cuáles son las demandas legales que pueden realizar los inquilinos ¡Sigue leyendo!

¿Por qué el propietario tiene la obligación de declarar el alquiler en el IRPF?

Siempre que se piensa en la posibilidad de poner un piso en alquiler, se habla acerca de los beneficios económicos que traerá, e incluso algunas personas viven de rentas, por parte del ingreso que reciben de los inquilinos. Sin embargo, el arrendador tiene muchas obligaciones fiscales que, debe realizar para evitar inconvenientes y entre ellas, se encuentra la de declarar el alquiler en el IRPF.

Este trámite es obligatorio, ya que se establece en La Ley de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En el artículo 22 del presente documento, se especifica cuáles son los requerimientos por lo que es de suma importancia declarar el alquiler que, debe inscribirse como capital inmobiliario y, entre sus postulados más notorios se halla la siguiente información:

Se computará como rendimiento íntegro el importe que por todos los conceptos deba satisfacer el adquirente, cesionario, arrendatario o subarrendatario, incluido, en su caso, el correspondiente a todos aquellos bienes cedidos con el inmueble”.

¿Se tiene que declarar la renta si el inquilino es un familiar?

El arrendador tiene la obligación de declarar el dinero que reciba por parte de su inquilino, si la persona que habita su inmueble es un conocido o un pariente, también debe dar cuenta de la renta que percibe de parte de su familiar. Esto ocurre, porque el dueño no convive con la persona a la que le ha alquilado el piso.

Aunque se trate de una persona allegada, se tiene que realizar un contrato en donde se especifiquen las obligaciones que le corresponden al arrendador por un lado y al arrendatario por el otro. Como se realiza el mismo procedimiento que con un inquilino del que no se posee parentesco, el arrendador tiene que declarar el alquiler en el IRPF.

Esta información se estipula en la Ley de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de la cuál hicimos mención en el apartado anterior. En su artículo 24, se puede observar la obligatoriedad del arrendador en declarar el alquiler, sea cual fuera su situación personal.

¿Cuáles son las demandas que pueden realizar los inquilinos?

Cuando no se está de acuerdo o, se perjudica al inquilino porque el arrendador no cumplió con la obligación de declarar el alquiler en el IRPF, las personas que alquilan una vivienda pueden realizar una demanda contra el dueño de la misma. Al alquilar un inmueble, el arrendador y el arrendatario se comprometen a respetar ciertas cláusulas.

Las obligaciones que tienen cada una de las partes, se establecen en el contrato de alquiler y, permiten que ante su incumplimiento, se produzcan demandas para quien incumplió con su obligación. El arrendador debe declarar el alquiler en el IRPF, si no lo hace puede perjudicar a su inquilino privándolo de declarar su renta en las deducciones por alquiler.

Cuando esto ocurre, el inquilino puede realizar una demanda por daños y perjuicios, pero esto no es lo único que le podría suceder al arrendador. También, recibiría una sanción por parte de Hacienda, por eso, es de suma importancia declarar el alquiler en el IRPF.

¿Se debe declarar el alquiler en el IRPF si es el único ingreso del arrendador?

Muchas son las inquietudes que surgen en torno a los alquileres y, para evitar problemas con el fisco tienes que conocer cuáles, son los trámites que debes realizar. Hace unos instantes, hablamos acerca de la obligación de declarar el alquiler en el IRPF, una información de la que se desconoce habitualmente.

Por eso, si tienes como único ingreso la renta recibida a través de un inquilino, también tienes que declararlo. El dinero recibido al arrendar un inmueble, se corresponde con el nombre de capital inmobiliario y, como tal tiene que ser declarado en el IRPF, ya que no interesan las circunstancias personales a la hora de la obligatoriedad en la declaración.

Sin embargo, existen situaciones por las que se está exento de declarar la renta y, estos son:

  • Los Rendimientos del trabajo personal inferiores a 22.000 euros anuales,

  • Los rendimientos de capital mobiliario que obtengan 1.600 euros anuales como máximo de ingresos.
  • Las rentas imputadas, tampoco deberán ser declaradas.

Si el arrendador no se encuentra en algunas de estas exenciones, tiene que declarar el alquiler en el IRPF.

¿Deseas poner tu piso en alquiler? No tienes de qué preocuparte, en Oi Real Estate, te brindaremos la información que necesitas conocer, para transformarte en el mejor propietario de todos y conseguir a tu próximo inquilino. Te invitamos a ingresar a nuestro sitio web, para indicarte los servicios con los que contamos.

Si tienes alguna inquietud recuerda que puedes realizarla en la sección de comentarios que se encuentra debajo de la publicación. Además, nos gustaría conocer tu opinión sobre la nota que acabas de leer o, si tienes alguna otra duda sobre este tema.

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Con el fin de incentivar el consumo Hacienda ha decidido realizar la devolución de la renta de manera exprés. Explican que esto tiene que ver con los problemas inflacionarios que ha tenido que sortear nuestro país. De esta forma se inyectaría dinero en la población para intentar aumentar el consumo.

Es que llevamos ya más de un año, con el problema de la inflación. Si bien el BCE ha tomado medidas para intentar frenarla y contenerla, todavía es un problema que no ha llegado a su fin.

Por otro lado, recordemos que el Banco Central Europeo, ha decidido aumentar los tipos de interés. Así los créditos hipotecarios, han registrado importantes subidas, que han complicado  profundamente a muchos sectores de nuestra sociedad.

Esta devolución de la renta, será para todos aquellos contribuyentes que han realizado la declaración en la Renta 2022 y cuyo resultado ha sido para devolver. De esta manera, se intenta también mitigar el retraso en los abonos que se vienen registrado desde el inicio del verano.

En este post te contaremos todo lo que necesitas saber respecto a la devolución de la renta que efectuará Hacienda y como se llevará adelante. ¿Nos acompañas?

Se acelera la devolución de la renta

Según se ha informado, Hacienda ha tomado la determinación de acelerar la devolución de los importes para aquellos contribuyentes cuyo resultado en la declaración de Renta del ejercicio 2022 haya sido negativo. Esto significa, que si has realizado pagos superiores a los que te correspondería, serás beneficiado con esta decisión.

Por medio de esta medida, la entidad, espera poder inyectar dinero en los bolsillos de los consumidores. Por ello, es mayor la cantidad de devoluciones practicadas hasta el momento. Y es que si comparamos los aplicados en el mismo momento del año pasado, es bastante superior.

Si bien desde el mes pasado, Hacienda se encuentra en el proceso de realizar la devolución de la renta, hasta el momento ha realizado el reembolso de unos 8.300 millones de euros a una cantidad de 12.041.000 contribuyentes. Se estima que estas cifras significan el pago aproximado del 80,2 por ciento de los reintegros solicitados y por un importe cercano al 70 por ciento correspondientes.

Al realizar la comparación de la devolución efectuada por la entidad el año anterior, para la misma fecha se habían transferido un total de 7.293 millones de euros a 11.177.000 contribuyentes, habiendo terminado la campaña del IRPF de ese año. Por otro lado, la emisión de las devoluciones referían a un 80,8 por ciento de las efectuadas.

Analizando estos números, podemos decir que durante el periodo fiscal del 2022, cerca de un 1.200.000 personas han logrado que se les efectúe la devolución de la renta de manera más ágil. Además Hacienda, ha tenido que  reembolsar 260 millones de euros más que los transferidos en el año anterior

La devolución de la renta exprés

En un momento en que las familias de nuestro país se encuentran pasando dificultades debido a la inflación y las subidas de los tipos, la agencia tributaria, ha decidido realizar una devolución exprés del pago de la Renta.  Es que durante el mes de junio Hacienda, ha efectuado los reembolsos de las devoluciones que surgen de las declaraciones del IRPF con más agilidad. Al realizar la comparación con años anteriores, ha sido considerablemente superior la cantidad de contribuyentes que han logrado recuperar el dinero abonado de más para este tributo.

Esta medida, explican que parece estar relacionada con la necesidad de aumentar la capacidad de gasto de los contribuyentes. Es que tenemos que tener presente que, el verano y las vacaciones son un gran momento para incentivar el consumo. Poder poner en circulación entre la población más cantidad de dinero, ayuda a reactivar la economía. Principalmente si tenemos en cuenta la situación económica por la que estamos atravesando. Existen distintas situaciones que provocan una realidad compleja para toda la población.

Desde Hacienda, consideran que esta época del año, puede llegar a ser clave en la reactivación económica, por ello, el apuro de poder realizar la devolución de manera más rauda. 

¿Una estrategia para incrementar los ingresos en la Agencia Tributaria?

Esta estrategia de devolución de la renta, tiene otra pata, importante a analizar. Es que de esta manera, al aumentar la posibilidad de consumo, estaría el estado recaudando más dinero respecto al impuesto del IVA. De esta forma, conseguiría el gobierno aumentar los recursos para poder afrontar el aumento en el gasto que deberá llevar adelante tanto para las ayudas que deberá paliar por las consecuencias económicas y sociales que nos deja la guerra en Ucrania.

O sea, que de esta manera, al mejorar la capacidad de consumir de los contribuyentes, también se aumentarán los ingresos respecto a los impuestos especiales. Estos son por ejemplo los que gravan a las bebidas alcohólicas, los combustibles o el tabaco. Dichos gastos, suelen estar asociados principalmente a consumos en los períodos vacacionales.

Pese a todo ello, desde Hacienda, explican que los plazos para la devolución de la renta, esta relacionada principalmente a los fondos y los niveles de recaudación que tenga el Estado. 

Una estrategia ya utilizada

Al analizar la puesta en marcha de esta estrategia, de realizar de manera más ágil de la devolución de Hacienda, explican que ya se ha utilizado antes. Esto sucedió en el año 2013. Durante ese año, en vez de efectuarse el reembolso durante el mes de septiembre, se adelanto a julio la transacción. De esta forma, los contribuyentes lograron recuperar el dinero de más que se había abonado durante el ejercicio 2012. Con esta medida, se le había podido dar un poco de oxigeno a la población, en otro momento de dura crisis económica que hemos tenido que sortear.

Recordemos que en ese momento, durante la Navidad del año 2012, el consumo en nuestro país había caído casi un 20 por ciento. En gran parte debido a la pérdida del poder adquisitivo al suprimir la paga extra.

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En los últimos días se dio a conocer quien será el nuevo presidente de la Comunidad Valenciana. Carlos Mazón, el día 17 de julio deberá tomar posesión del cargo que ha ganado. En el debate realizado, el nuevo mandatario, ha sostenido su proyecto, en el que se realizaran cambios en los tributos. Por un lado, la eliminación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, por el otro, la reducción del  Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.

En el marco del sentido que ha llevado al gobierno a tomar esta decisión, ha informado, las familias de la Comunidad, deben afrontar una gran cantidad de tributos. Además, aclaran que es una medida que tiene que ver con la dignidad histórica y social. Así los contribuyentes, no deberán pagar dos veces por los bienes que han tardado toda una vida en conseguir.

En este post, te contaremos todos los detalles que debes conocer tanto respecto a  la eliminación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones como del correspondiente a las Transmisiones Patrimoniales. ¿Nos acompañas?

¿Se eliminará el impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana?

Carlos Mazón, ha anunciado cuál será la primera medida en su gobierno. Esta será la de poner fin al Impuesto de Sucesiones y Donaciones para todos los contribuyentes. Hace pocos días, ha logrado obtener la cantidad de votos necesaria para lograr ser el nuevo presidente de la Generalitat Valenciana en Les Corts Valencianes. Ha obtenido 53 votos en el parlamento autonómico, gracias al apoyo del PP y del Vox.

Durante el debate realizado, el flamante Presidente ha hecho foco principalmente en la necesidad de la rebaja de una serie de impuestos que se efectuarán durante su gestión. La primera de ellas, tiene que ver con la eliminación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones para Todos.

Ha explicado, que su postura, se relaciona con la idea que busca solucionar un problema, un asunto de dignidad histórica y social. Ha informado también, que durante su gobierno, los contribuyentes no deberán “pagar dos veces por el esfuerzo de toda una vida”.

Dentro de esta presentación, ha explicado, que en la Comunidad, las familias valencianas, deben afrontar demasiados impuestos,  y no reciben los servicios a la altura de los tributos.

Por ello, destacó también que estas modificaciones, permitirán que sea posible con las rebajas, que los valencianos puedan “utilizar su dinero en lo que realmente deseen.”

Es que según ha expresado Mazón, también se buscará realizar una rebaja en el trámite autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Si bien se espera la pronta puesta en marcha de estas medidas, hasta el momento no se ha conocido de que manera la Administración podrá hacer frente al menor ingreso de dinero que esto supondrá.

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana

Un dato importante que hay que tener presente sobre el Impuesto de sucesiones y Donaciones, es referido principalmente a la magnitud que tiene para la Comunidad. Durante el año 2020, una cantidad cercana a 166.000 personas, han debido realizar este pago. Debemos recordar, no hay un valor fijo por transacción, sino que tiene que ver con una tasa que varía dependiendo del grado de parentesco y otras circunstancias particulares del beneficiario.

Según el cálculo realizado en el presupuesto, para el 2023, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, podría representar para la Generalitat valenciana, un ingreso cercano a los 392 millones de euros.

Para poder fijar el valor a transferir de este tributo, son varios los factores a tener en cuenta. Muchas veces es posible obtener algunas bonificaciones. Un ejemplo de ello, puede encontrarse en aquellos contribuyentes que han recibido una herencia en el 2020. Durante ese año, 166.493 personas han recibido una herencia y un 87,6 por ciento no ha debido afrontar el tributo.

Por otro lado, solo un 3,8 por ciento del total de herederos, que corresponde a unos 6.293, han debido realizar el pago por un monto mayor a los 5.000 euros en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Quienes deben pagar el tributo de Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana

En este momento, se encuentran exentos de  abonar el tributo los descendientes, ascendientes y conyugues siempre y cuando, los descendientes sean menores de 21 años, que la suma a heredar sea menor de 156.000 euros y para los descendientes, ascendientes y cónyuges que vayan a percibir como máximo un total de 100.000 euros.

En el momento en que se efectúe la modificación tributaria, según se espera el año que viene, ningún heredero deberá realizar el pago del tributo. Sin ningún tipo de excepción particular.

Reducciones tributarias

Respecto a la política de vivienda, específicamente Mazon, ha expresado que considera que el modelo que se utiliza actualmente, se encuentra fracasado. Expresó también la necesidad de aumentar la cuantía de la construcción de viviendas sociales.

Dentro de las medidas que busca impulsar en su gestión, ha declarado que es necesario una reducción en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Principalmente explica que es necesario realizarlo de forma progresiva. De esta manera, quienes menos poder adquisitivo tenga, menos deberá pagar, para poder adquirir una vivienda.

Como dijimos anteriormente, también eliminará el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Pero esto no es todo. Planea además, llevar adelante un plan de reindustrialización y aumentar el turismo. Explica que este punto, puede convertirse en un motor para el sector. Agregó además que será importante poder resolver la cuestión jurídica. Según aclara, será importante y considera necesaria la derogación de la tasa turística, que ha sido aprobada por el  Botànic y que, según se ha establecido, entraría en vigor en el mes de enero del año que viene.

Otra de las propuestas que espera poder poner en marcha, tiene que ver con lograr la autonomía energética para la comunidad.

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Si tienes una vivienda y estás pensando en ponerla en alquiler, debes saber que hay decisiones que condicionan tu futuro. Una de esas decisiones surge del instante en que optas por declarar la vivienda en alquiler o no. ¿Qué sucede si decido no declarar una vivienda en alquiler? ¿Qué sanciones puedo recibir? ¿Cómo saben si la declaro o no? Estas pueden ser algunas de las preguntas que te estés haciendo. En este post, te contamos todo lo que tienes que saber acerca de las consecuencias de no declarar una vivienda en alquiler.

Ventajas de declarar una vivienda en alquiler

Antes que nada, cabe destacar que el hecho de declarar las ganancias del alquiler supone obtener beneficios fiscales. En este sentido, si el propietario alquila el inmueble con función de vivienda habitual, obtiene una reducción por ello. En algunos casos puede llegar hasta el 90%.

Al mismo tiempo, si existe un contrato de por medio y se ha consignado la fianza, se pueden deducir las cantidades. Esto se da siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en el IRPF. Además de un beneficio fiscal, declarar el alquiler significa una protección legal frente a distintas circunstancias que pueden surgir durante el arrendamiento. Estas situaciones pueden ser, por ejemplo, posibles desperfectos o impagos.

¿Cómo descubre Hacienda que una vivienda no está declarada?

La posibilidad más común de que la Hacienda puede descubrir la existencia del fraude es que el inquilino rompa el contrato. Además, que este decida declarar su alquiler o empadronarse. Esta es la situación donde mayormente sucedes.

El inquilino obtiene muchas ventajas declarando el importe del alquiler, por lo tanto lo hace ante la Agencia Tributaria. Una vez que sucede esto, el propietario queda automáticamente en manos del fisco. Hacienda cruza los datos aportados por inquilinos y propietarios, y de esta manera se descubre una incongruencia.

Las posibles deducciones que se pueden aplicar al inquilino dependen de que el propietario haya declarado la vivienda. Además, el arrendatario puede pedir formalmente al arrendador la documentación para poder hacer la declaración o solicitar una inspección tributaria. Al mismo tiempo, también el consumo eléctrico, por ejemplo, sirve para determinar si la vivienda está vacía o no. Y a partir de allí sacar conclusiones sobre la declaración, o no, de la misma.

Consecuencias de no declarar una vivienda en alquiler     

España tiene una gran economía sumergida derivada del incumplimiento de la declaración de la vivienda en alquiler. Aproximadamente un 28% de los arrendamientos no se declaran a Hacienda. Lógicamente que esto conlleva diferentes consecuencias. Cuando Hacienda detecta que no se ha declarado un alquiler, se pone en contacto con el contribuyente informándole de una propuesta de liquidación; o lo que se conoce como una declaración paralela a la IRPF.

En la declaración paralela, el contribuyente declara los ingresos obtenidos por el alquiler sin opción a aplicas las deducciones fiscales. Así, el propietario no podrá aplicarse la reducción del 50% de los ingresos netos obtenidos por el alquiler.

A su vez, se inicia un expediente sancionador al contribuyente, en donde se lo sanciona por no haber declarado el alquiler. El importe de dicha sanción varía según el fraude cometido. Se estima que las sanciones van entre el 50% y el 150% de la cantidad defraudada. Al mismo tiempo, depende del tipo de sanción. Esta puede ser leve, grave o muy grave.

Si la sanción es leve, la multa asciende al 50%. Hacienda aplica este tipo de sanciones cuando el importe no declarado es inferior o igual a 3.000 euros. Si la sanción es grave, la multa oscila entre el 50% y el 100%. Esto ocurre cuando la base supere los 3.000 euros y exista ocultación. Y si la sanción es muy grave, la multa va entre el 100% y el 150%. Esto se da cuando se hayan usado medios fraudulentos y representen los ingresos a cuenta repercutidos y no ingresados un porcentaje mayor al 50% del importe de la base de la sanción.

Así, como hemos explicado, además de tener que pagar una sanción de entre un 50% y 150%, no declarar también conlleva a perder la reducción del 60% y hasta el 100%. Por lo tanto, son bastante negativas las consecuencias.

La interpretación de la ley

Cabe mencionar que el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha unificado el criterio de la administración que perjudica a los propietarios. Se debe a que ha determinado que, en caso de no declarar, las consecuencias serán inmediatas si se inicia la comprobación. En este sentido, se regula la reducción del 50% aplicable sobre los rendimientos obtenidos por el alquiler de inmuebles destinados a vivienda del inquilino.

A su vez, se establece que el propietario no puede hacer ningún tipo de reclamaciones en caso del impago de la renta o desperfectos ocasionados por el inquilino. Al no existir un contrato y sin declaración de ingreso por alquiler, no existe ninguna prueba documental, siendo mucho más complicado probar la relación contractual.

¿Cómo actuar al ser sancionado por Hacienda?

La resolución que unifica los criterios se aplica solamente a la Administración Tributaria. Sin embargo, no todos los Tribunales superiores de Justicia apoyan este criterio. En este sentido, el TSJ de Madrid considera que el artículo 23.2 de la Ley del IRPF se refiere a las rentas que se hayan declarado. Que no tiene que ser de manera única la autoliquidación del IRPF. Por otro lado, el artículo 119 de la Ley General Tributaria permite a los contribuyentes una aplicación de la reducción.

Por ende, se deduce que no es un tema cerrado, dejando a su vez la puerta abierta a los propietarios a recurrir. Obviamente, antes de tener que recurrir, se recomienda al propietario declarar los ingresos para obtener las ventajosas reducciones y así evitarse futuras complicaciones.

¿Tienes alguna inquietud sobre el tema? ¡Comunícate con Oi Real Estate!

Luego de leer este artículo, nos interesaría conocer si tienes alguna inquietud al respecto o cuál es tu opinión sobre este tema. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” que se encuentra debajo de la publicación.

Además, si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Al realizar la venta de una vivienda es necesaria la liquidación de una serie de gastos y cargas impositivas que forman parte del sistema tributario español. En esta línea, una de las consultas más frecuentes que suelen presentarse en este ámbito es en relación al cálculo del IRPF por la venta de un piso heredado.

Por ello, presentamos una guía precisa y completa para conocer cómo obtener el monto de este tributo. A su vez, detallaremos sobre qué grava, sus principales características y por qué es necesario abonarlo cuando se desea vender una inmueble heredado.

Si te encuentras en este proceso o estás pensando en llevarlo adelante y se te presenta esta inquietud, a continuación respondemos todas tus preguntas al respecto. ¡Sigue Leyendo!

¿Qué es el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF)?

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo que debe ser abonado por quienes disponen o son titulares de un residencia habitual en España. Es decir, lo que se declara son los rendimientos económicos que una persona física ha obtenido a lo largo del año anterior. En este caso, se tributará por las ganancias que han sido percibidas en el 2022 cuando deba presentarse la declaración en el calendario fiscal de 2023.

Su característica principal es su carácter progresivo. Por lo tanto, entre más altos sean los ingresos, mayor será el importe a pagar en concepto de IRPF.

El impuesto sobre la renta de personas físicas es un tributo que se exige en todo lo que corresponde al territorio español. No obstante, existen acuerdos y normativas establecidas para:

  • Los regímenes tributarios forales de acuerdo y convenio que se encuentran vigentes en el País Vasco y Navarra.

  • Las regulaciones específicas que se encuentran previstas en la normativa para Canarias, Ceuta y Melilla.

  • Lo dispuesto en los tratados y convenios internacionales que formen parte oficial del ordenamiento interno.

Asimismo, el impuesto sobre la renta es un tributo que se encuentra cedido, de manera parcial, a las comunidades autónomas.

En la ley orgánica de financiación de las CC.AA. y en las normativas que regulan la cesión de los tributos, se establecen cada uno de los elementos que serán suceptibles de regulación por las mismas. A saber:

  • Tarifas correspondientes al gravamen autonómico.

  • Deducciones autonómicas.

  • El cálculo de la cuota líquida autonómica.

¿Cómo es el cálculo del IRPF por la venta de un piso heredado?

La base tributaria del IRPF, en este caso, es el incremento patrimonial. En otras palabras, el importe a pagar se calculará en función de la diferencia entre el precio de venta de una propiedad y su valor de adquisición. Cuando se trata de una vivienda adquirida por nosotros mismos, el cálculo es sencillo. Pero ¿qué sucede cuando se debe calcular el IRPF por la venta de un piso heredado?

En primer lugar, será necesario especificar las diferencias que se presentan entre el valor de transmisión y el valor de adquisición de una vivienda.

Diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición

Como mencionamos anteriormente, el cálculo del IRPF se realiza sobre la base de la diferencia (o resta) entre el valor de transmisión de la propiedad y su valor de adquisición. A continuación, desglosaremos cada uno de estos conceptos.

Valor de transmisión del inmueble

El valor de transmisión se refiere a la ganancia neta obtenida por la venta de la propiedad. Para su cálculo, se consideran tres variables:

  • El precio de venta de la casa.
  • Los gastos asociados a la operación.
  • Los tributos que se debieron pagar en el momento de la transmisión.

En definitiva, el valor de transmisión será igual al importe de venta de la casa, menos los gastos y los tributos asociados. Para luego, llevar adelante el cálculo específico a la situación impositiva.

Valor de adquisición del inmueble

Este valor de adquisición está vinculado al total de inversión que se realizó sobre la propiedad. He aquí el asunto que más dudas genera al momento de calcular el IRPF por la venta de un piso heredado. Se deben tener en cuenta las siguientes variables:

  • El precio de adquisición de la vivienda.
  • Las inversiones que hayamos realizado para mejorarla.
  • Los gastos y tributos asociados a la herencia.
  • Las amortizaciones.

Ahora bien, ¿cuál es el precio de adquisición si a la vivienda la hemos heredado? La respuesta es muy simple: para calcular el IRPF por la venta de un piso heredado se debe considerar el precio de la vivienda que ha sido utilizado para declarar el impuesto de sucesiones y donaciones.

¿Cuál es la cuantía a pagar de IRPF por la venta de un piso heredado?

Una vez que se haya calculado la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición, solo restará calcular el importe exacto que se deberá pagar en concepto de IRPF.

Ahora bien, como punto de partida, será necesario considerar dos escenarios posibles:

  • Si el incremento patrimonial arroja un resultado negativo, es un indicativo de que no se ha obtenido ningún incremento patrimonial y, en consecuencia, no se deberá pagar IRPF.
  • Si la resta nos da un resultado positivo, se deberá multiplicar esa cuantía por un porcentaje establecido por el Ministerio de Hacienda que dependerá de las ganancias totales. En otras palabras, el tipo de gravamen dependerá de los ingresos anuales que se hayan percibido en 2021 por la actividad económica que se lleva adelante.

Como hemos mencionado, el impuesto sobre la renta de personas físicas es un tributo de carácter progresivo, por lo tanto, funciona por tramos. Es decir, el tipo impositivo va aumentando a medida que se incrementan las ganancias. Para su cálculo, Hacienda establece un porcentaje distinto para cada uno de dichos tramos, considerando las diversas rentas que se incluyen en la base general de impuesto.

Los tramos que establece el Ministerio de Hacienda para el cálculo del importe del IRPF por la venta de un piso heredado son los siguientes:

¿Cuándo se paga el IRPF 2022 en 2023?

El calendario en 2023 para la declaración de los movimientos fiscales inició el miércoles 6 de abril y finalizó el 30 de junio.

Por otra parte, los modos de llevar adelante la presentación de la renta, continúan siendo igual al día de hoy. Es decir, si se desea realizar la declaración de forma online, se podrá presentar la documentación necesaria a lo largo del periodo de trámite en 2023. En los casos en los cuales se desee realizar la gestión de manera presencial se deberá esperar si se necesitará solicitar cita previa.

Hasta aquí te hemos contado acerca de cómo calcular el IRPF por la venta de un piso heredado. Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo.

En OI REAL ESTATE te responderemos a la brevedad.

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Quedan ya pocos días para realizar la presentación del IRPF. Si no la has hecho y no sabes como tributan las subvenciones en el IRPF en este artículo te contaremos todo lo que necesitas saber sobre ello, para no cometer errores  a la hora de cargar la información necesaria. ¿Nos acompañas?

Las subvenciones en el IRPF

Si cuentas con subvenciones, debes saber que muchas tienen que ser informadas en el IRPF y deberás tributar por ellas.

En algunos casos, estas son recibidas al no desarrollar una actividad económica. Por a ello, serán consideradas de ganancia patrimonial y deberán ser tributadas en el IRPF.

Otra posibilidad es que la obtengas realizando algún trabajo, y se considere también un rendimiento de tu actividad. En este caso, tributará dependiendo del destino que le des a esa suma de dinero y de si está relacionado con tu actividad económica. Así esa subvención, en el IRPF deberá tributar como un rendimiento. De no ser así, será ingresado como ganancia patrimonial.

 

Clasificación según Hacienda de las subvenciones en el IRPF

Subvenciones ligadas a un elemento patrimonial no afecto a una actividad económica

Éste dinero, debe ser incorporado en la declaración del IRPF dentro de la categoría “Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales”

  • En esta categoría se consideran los pagos por la adquisición o rehabilitación de tu vivienda habitual. Estos valores deben ser incorporados en las casillas 299 y 300.
  • Las que, se reciben por la reparación de defectos estructurales en la vivienda habitual se informarán en la casilla 300.
  • Por otro lado, respecto a las subvenciones recibidas por ayudas públicas para el pago del IBI en el IRPF deben ser incorporadas en la casilla 301.
  • Todas aquellas ayudas que los contribuyentes obtengan por el Plan Renove referido a bienes, como electrodomésticos, ventanas, aire acondicionado, deberán declarase en la casilla 301. En la misma  deberían incorporarse aquellas subvenciones  recibidas para la instalación de rampas, ascensores o cualquier reforma que permita mejorar la movilidad. También, aquellas que se hayan recibido para la compra de vehículos sostenibles.

 

Subvenciones cuya obtención no se encuentre ligada a elementos patrimoniales y no se catalogue como rendimiento de trabajo

  • Ayudas públicas respecto al alquiler, se debe ingresar en la casilla 303.
  • Aquellas personas que reciban subvenciones por bajo nivel de ingreso y patrimonio deberán declararlo en el IRPF dentro de la casilla 356.
  • El Bono Social Térmico, se debe informar en la casilla 301
  • El Bono Cultural Joven, en la 323
  • Otros Bonos culturales, 304
  • Las subvenciones a titulares de bienes que integran el Patrimonio Histórico de nuestro país, con el fin de conservación o rehabilitación, se informarán en la casilla 266
  • Las ayudas recibidas para la primera instalación de jóvenes agricultores previstas dentro del Marco Nacional de Desarrollo Rural con el fin de la adquisición de una participación en el capital de empresas agrícolas deberá ser declarado dentro de la casilla 279

 

Para las Subvenciones referidas a rendimientos de trabajo

Otras de las ayudas que brinda el estado, pueden ser catalogadas como rendimientos de trabajo. Estas pueden ser para la compra de material, comedor, transporte escolar o dinero para guardería. Estas son consideradas como ayudas de Integración y Emergencia Social.

También se considerarán dentro de esta categoría a las subvención de Seguridad Social, por distintos motivos al igual que las becas de formación.

Estas ayudas se deberán informar dentro del IRPF, como de rentas del trabajo, que resultará más ventajoso fiscalmente, que si se ingresa como ganancia patrimonial.

 

Subvenciones respecto a los rendimientos económicos

Serán aquellas que ayudaran a los contribuyentes a financiar la adquisición de elementos que se encuentran ligados a la actividad económica que lleva adelante. También, para Hacienda, serán consideradas así las que se encuentran relacionadas directamente con el negocio o sustituyan ingresos en el ejercicio fiscal a ingresar.

 

Subvenciones exentas del IRPF

Es importante que puedas revisar en el acuerdo de concesión de ayuda o subvención que consultes si esta exenta la presentación de esta información en el IRPF. A continuación de detallaremos cuáles son las ayudas que se encuentran exentas en la declaración para este ejercicio:

  • Becas públicas: muchas de ellas se encuentran exentas, será aconsejable que puedas revisarlo dentro de la normativa.
  • Subvenciones entregadas por instituciones públicas a personas discapacitadas, siempre que llegue a un grado igual o mayor al 65 por ciento. También a mayores de 65 años, para la financiación de su estancia en centros de día o residencias.
  • Ayudas brindadas a victimas de delitos violentos
  • Prestaciones a familias  percibidas de entidades de Administraciones Públicas (nacimiento, cuidado de hijos menores, acogimiento o adopción)

 

Cuál es el monto que deberás afrontar por una subvención en Hacienda en el IRPF

Esta respuesta no será para todos los casos la misma. Dependerá de la calificación con la que cuente el ingreso o ayuda y por otro lado, el tipo fiscal que deba aplicarse para ello, como en cualquier otro ingreso que obtengas durante todo el año que vas a declarar. Esto se debe a que dependiendo del tramo en el que te encuentres, dentro del tributo, se fijará el porcentaje que deberás afrontar en el mismo.

De todas maneras, algo que debes tener presente es que aquellos ingresos que tributan dentro de la categoría de rentas de trabajo, cuentan con una fiscalidad más ventajosa que las comprendidas como ganancias patrimoniales, por ejemplo. Por otro lado, aquellas que se informen como rendimiento de la actividad económica en la que te encuentras comprendido, generalmente, lo harán al tipo que se establece como un ingreso en tu actividad.

Un último punto que es importante aclarar es que las subvenciones que puedas recibir, deben ser incorporadas en la declaración teniendo en cuenta la fecha en la que se cobran. Por ello no deberás informarla en el momento en que hayan sido concedida.

 Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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Entre tantos objetivos, una persona a lo largo de su vida desea tener una casa propia. Así como también, a cierta edad muchos quieren y deciden vender la vivienda. Sin embargo, muchas veces resulta ser un proyecto muy complejo de concretar. Ante los desafíos de una buena calidad de vida, existen alternativas que ayudan a la pensión jubilatoria pública. Una de ellas son las rentas vitalicias.

En el siguiente artículo te contamos de que se trata y cómo funcionan. Sigue leyendo.

Rentas Vitalicias

¿Qué son las rentas vitalicias?

Cuando hablamos de rentas vitalicias nos referimos a un instrumento cuya utilidad es complementar la pensión pública de jubilación. Es decir, son idóneas para alivianar las pensiones que forman parte del sistema público y ayudan a la sostenibilidad del mismo. Son un instrumento para acompañar la creciente longevidad, lo cual exige un esfuerzo previsional de toda la sociedad.

Además, este tipo de rentas logran garantizar un nivel de vida seguro para quienes las perciben. Un claro elemento para ir ganando terreno hacia un sistema de previsión que sea complementario.

Al igual que el resto de las rentas, las rentas vitalicias, luego de la jubilación, son una real alternativa para disponer de un ahorro ya que:

  • Es un producto ideal que funciona como complemento para las pensiones públicas. Ya sean de jubilación, de viudedad, etc..
  • Son rentas que reducen y difieren la carga fiscal. En recurrentes casos pueden ser cuantiosa, ante la posibilidad de recibir la prestación de una vez.
  • Es una manera de preservar el patrimonio para los futuros herederos.
  • Son de garantizar una renta periódica a quien está asegurado. Siempre con la periodicidad que éste elija. Estas pueden ser mensuales, trimestrales, semestrales o anuales.
  • Suelen representar importantes ventajas fiscales.
  • En la actualidad económica del país en la cual los tipos de interés están al alza, las rentas vitalicias y su rentabilidad se beneficia, ya que incremental las prestaciones que cobrará cada tenedor.

Principales características de las rentas vitalicias

Por un lado, las rentas vitalicias son rentas aseguradas. Nos referimos a que son una póliza de seguro de vida. Las rentas de esta índole se perciben hasta que la persona que la recibe fallezca.

Es una manera perfecta de darle sentido a un plan de pensiones. Con esto nos estamos refiriendo que, las rentas vitalicias, son una de las mejores alternativas en la fase de la vida en la que se debe desacumular lo ahorrado. Hablamos de esa fase luego de la jubilación o en los años siguientes de haberse retirado.

Esto se debe a que son rentas para toda la vida, compuestas desde el ahorro provisional que se realiza de manera gradual durante la etapa aboral o de un bien generado previamente.

Las rentas vitalicias pueden al mismo tiempo:

  • No consumir el capital aportado. Es decir, permiten a los beneficiarios percibir la totalidad de lo ahorrado en el plan. Por otra parte, que la cantidad se incremente en un determindo porcentaje por cobertura de fallecimiento. Puede ser un 5%, un 3%, etc.

  • Consumir el capital aportado. No referimos a que los beneficiarios perciben la diferencia entre el importe de las rentas que ya se han pagado y la cantidad ahorrada. Es decir, son rentas vitalicias con reembolso.
  • Continuar pagándole a un beneficiario. Por lo general se trata de los conyugues. Puede ser completo o porcentualmente hasta el del fallecimiento de dicha persona. Hablamos de las rentas vitalicias reversibles.
  • Liquidarse en el momento del fallecimiento del beneficiario son que se traslade a otra persona. Se trata de rentas vitalicias puras.

¿Cuáles son las ventajas fiscales de este tipo ?

A continuación, algunas de las ventajas de este tipo de rentas. En primer lugar, hay que saber que las ventas fiscales dependerán de donde proviene el dinero ahorrado. Las mismas son:

Dinero proveniente de un producto de ahorro por fuera de la previsión (depósito, seguro de ahorro, cuenta, etc.): en estos casos los rendimientos que se generen tendrán la consideración de rendimientos de capital mobiliario en IRPF. En decir, el beneficio es que solo tributan por un porcentaje de la renta percibida. Dicho porcentaje se calcula según la edad al momento de comenzar a cobrar la renta.

  • Para los planes individuales de ahorro sistemático o PIAS. En estos casos se tendrá el privilegio fiscal de la rentabilidad que se ha acumulado siempre que la presentación sea percibida en forma de renta vitalicia.

Si se trata de dinero que proviene de la transmisión de un elemento patrimonial (un inmueble) o venta de fondos de inversión la ganancia serán consideradas como ganancias patrimoniales en IRPF.

Desde el año 2005 las rentas vitalicias tienen una ventaja adicional. Hablamos de la exención completa para los mayores de 65 años cuando se obtienen ganancias ante la transmisión de algún elemento patrimonial. Este beneficio cumple con ciertos requisitos: El límite de ganancia es de 240.000, un plazo de 6 meses para destinar la ganancia en realizar una renta vitalicia. Esta a su vez debe cumplir con ciertas condiciones: una periodicidad de cobro igual o inferior a un año; comenzar a ser percibida en el plazo de 365 días desde la contratación; el importe por año de las rentas no podrán decrecer en más de un 5% en relación a las del año anterior.  

Por otra parte, desde 2019 únicamente puede haber un beneficiario en caso de fallecimiento. Y a su vez, si hay un tiempo de cobro no podrá superar los 10 años. Y para los casos en los cuales exista un capital asegurado para el fallecimiento, no podrá superar los siguientes porcentajes:

Rentas vitalicias

  • Dinero procedente del ahorro acumulado en un plan de pensiones o plan de previsión asegurado (PPA), Para estos se considerará a la prestación como rendimiento de trabajo en IRPF. Es decir, el cobro en forma de rentas supondrá una opción importante para poder diferir e impacto fiscal.

Hasta aquí te hemos presentado toda la información vinculada a las rentas vitalicias.

Si te ha surgido algún interrogante te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

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Una persona, entre muchos objetivos propios a lo largo de su vida planifica tener la casa propia. Un techo asegurado para toda la familia. Así como también, a cierta edad muchos quieren y deciden vender la vivienda. En estas circunstancias, son muchas las preguntas que pueden llegar a surgir. Una de las más recurrentes está vinculada a los impuestos que se deben pagar y cuáles no en el caso de las personas mayores de 65 años.

En este artículo contaremos los tributos que se deben abonar ante la venta de una propiedad las personas de la tercera edad durante todo el 2023. Asimismo, puntualizaremos los impuestos de los que están exentos y demás aspectos vinculados al proceso de compraventa. Sigue leyendo!!

¿Cómo se regula la venta de una vivienda habitual en los mayores de 65 años en España?

La venta de viviendas que realizan mayores de 65 años es una operación que se encuentra sujeta a una normativa fiscal diferente a la que se aplica al resto de transacciones de la misma índole. Las particularidades de la normativa afectan, especialmente, a la vivienda de tipo habitual. Es decir, en la que se reside de forma efectiva.

De manera concreta, una de las particularidades de la reglamentación está destinada a un sector de la población en concreto. Hablamos de los mayores de 65 años y su liberación en el pago de algunos tributos vinculados al proceso de compraventa. Es decir, recibirán por parte de la Agencia Tributaria una serie de beneficios fiscales.

Las deducciones del tributo dependerán del tipo de propiedad que esté a la venta y del porcentaje que le corresponda al titular. Según estos criterios, el beneficio en relación al pago del IRPF será menor.

Recordemos, que vender una vivienda siempre implica el pago del IRPF si la operación ha generado algún tipo de ganancia. En este sentido, si la vivienda vendida es en la cual se residía habitualmente, no debe abonarse dicho impuesto, siempre y cuando el dinero haya sido reinvertido en su totalidad en la compra de una nueva propiedad para habitar.

La única excepción a esta regla está dirigida para la población de la tercera edad. Según lo establece la normativa, los mayores de 65 años no deberán pagar el IRPF, cuando la casa que venda sea la habitual sin ninguna condición extra. Esto significa que una vez vendida la vivienda, se podrá reinvertir el dinero obtenido en lo que se desee. Esto incluye el caso en que se quiera invertir el beneficio de la venta en el pago de una residencia.

En el caso de que el elemento patrimonial vendido no sea un inmueble, tampoco se deberá tributar por la ganancia obtenida. Siempre y cuando lo obtenido se destine a constituir una renta vitalicia asegurada, con un máximo de 240.000 euros, en un periodo menor a los seis meses desde la enajenación.

Venta de una vivienda no habitual por mayores de 65 años

La exención de la que estuvimos hablando hasta el momento solo se aplica a la vivienda que es considera habitual. Si se tratase de la venta de cualquier otro inmueble, implicará el pago de impuesto que se incluyen en la declaración de la renta. Salvo en algunas ocasiones particulares.

Un ejemplo claro de ese tipo de exención sería la venta de la casa de la playa. La normativa determina que, en estos casos, habrá que pagar impuestos por el beneficio obtenido. Este se entenderá como la diferencia entre el precio de compra y de venta con algunos correctores. 

¿Qué sucede en estos casos?

A pesar de lo mencionado anteriormente, existe un supuesto para poder aplicar la exención por venta de vivienda a la casa no habitual. En este sentido, no se deberá pagar impuestos en la declaración de la renta si se destinan los beneficios de la venta a constituir una renta vitalicia.

Para esos casos, el artículo 42 del Real Decreto 349/2007 sobre exención por reinversión en rentas vitalicias indica las condiciones en las que se otorga dicho beneficio. Los puntos más importantes en términos del procedimiento a seguir son:

– Que la renta vitalicia deberá constituirse en el plazo de seis meses desde la fecha de transmisión del elemento patrimonial.

– Que el contrato de renta vitalicia deberá suscribirse entre el contribuyente beneficiario y una entidad aseguradora, y comenzar a percibirse en el plazo de un año desde su constitución. Además, el contribuyente deberá comunicar a la entidad aseguradora que la renta vitalicia que se contrata constituye la reinversión del importe obtenido por la transmisión de elementos patrimoniales.

– Si la reinversión no se realiza en el mismo año de la venta, el contribuyente estará obligado a hacer constar en la declaración del Impuesto del ejercicio en el que se obtenga la ganancia de patrimonio su intención de reinvertir en las condiciones y plazos señalados. En consecuencia, el contribuyente hará una autoliquidación complementaria, con inclusión de los intereses de demora, en el plazo que medie entre la fecha en que se produzca el incumplimiento y la finalización del plazo reglamentario al período impositivo vigente.

Asimismo, en estos casos, la plusvalía también quedará exenta del pago del IRPF, sea o no la vivienda habitual. No obstante, al igual que en el transmisión de una vivienda habitual, la plusvalía municipal sí hay que abonarla.

¿Qué sucede con la plusvalía municipal?

Aunque el excedente patrimonial generado por la venta de la vivienda habitual esté exento de tributar el IRPF, la operación generará, en la mayoría de los casos, un incremento patrimonial. Por tal motivo, dicha ganancia deberá ser incluida en la declaración de la renta correspondiente.

Es decir, el hecho de que la venta esté exenta a efectos de IRPF no quiere decir que el vendedor no deba pagar otros impuestos. Hablamos de la plusvalía municipal.

Este tributo grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. La plusvalía municipal está cedido a las comunidades autónomas, Por ello, el porcentaje que se deberá tributar por este impuesto dependerá de cada ayuntamiento. No obstante, como regla general, todo ciudadano español está obligado a pagarlo. No importa en que localidad española habite ni cual sea la edad al momento de llevar adelante la venta de la propiedad.

En conclusión, el IRPF presenta importantes particularidades para los mayores de 65 años. En principio, muchos jubilados quedan libres de pagar impuestos ya que quedan exentos del impuesto quienes ingresan menos de 14.000 euros al año.

Sin embargo, no existe ningún tipo de beneficio fiscal vinculado al pago de la plusvalía municipal. Ni a los gastos que demanda poner a la venta una propiedad.

¿Cuáles son las ventas que no tienen exención?

Salvo los casos mencionados anteriormente, el resto no tendrá exención. Es decir, si una persona mayor de 65 años vende una segunda residencia o una casa que no es la habitual y no constituye una renta vitalicia, tendrá que pagar impuestos en la declaración de la renta.

En concreto, pagará por la diferencia entre el precio de compra más las mejoras que hubiese hecho en la casa (por ejemplo, un aire acondicionado) y el precio de venta. Además, podrá aplicar una serie de reductores en función de los años de la vivienda. 

El alquiler de las viviendas: otra opción para los mayores de 65 años

No vender la casa y ponerla en alquiler, siempre es una posibilidad y es rentable. El alquiler también tributa en la declaración de la renta. Sin embargo, en el sector tributario español es posible aplicar una reducción general del 60% a las rentas obtenidas.

El criterio principal que se deberá considerar para poder hacer uso de este beneficio fiscal es que el alquiler debe suponer, como mínimo, el 1,1% del valor catastral del piso.

Hasta aquí te hemos presentado toda la información vinculada a los beneficios fiscales para mayores de 65 años en caso de vender una vivienda.

Si te ha surgido algún interrogante te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde OI REAL ESTATE te responderemos a la brevedad.

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Si aún no has realizado la declaración del IRPF esta información puede ser muy útil. Aquí te detallaremos, los beneficios fiscales que puedes incorporar. Ten presente que los Ayuntamientos, tienen la potestad de brindar deducciones a sus contribuyentes y pueden diferir dependiendo del lugar en el que debas declarar.

Para la renta, existen algunos beneficios fiscales que son de carácter estatal y otros que son establecidos por las comunidades. En este artículo te comentaremos cuáles son los que establecen los municipios. ¿Nos acompañas?

Beneficios fiscales en Andalucía

Deducciones fiscales en Aragón

Reducciones aplicables en la Comunidad Autonómica de Asturias

Beneficios aplicables para el IRPF en Castilla y León

Deducciones fiscales en Canarias

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Deducciones fiscales en Cantabria

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Beneficios en Cataluña

Beneficios fiscales en Castilla – La Mancha

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Descuentos aplicables en la Comunidad Autonóma de Extremadura

Deducciones aplicables en la Comunidad Autónoma de Galicia

Beneficios fiscales

Beneficios para el IRPF en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

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Deducciones fiscales para el IRPF en La Rioja

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Deducciones fiscales en la Comunidad Autónoma de Madrid

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Beneficios en la Comunidad Autónoma de Murcia

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Deducciones fiscales en la Comunidad Valenciana

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Esperamos que este detallado artículo respecto a las deducciones que pueden ser incorporadas en el Impuesto sobre la Renta de Personas físicas te haya sido útil para realizar la presentación anual.

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