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El gobierno revisa el interés de los préstamos a vivienda protegida. Continúa leyendo el artículo para saber más al respecto.

¿Qué es una vivienda protegida?

Cuando hablamos de una vivienda protegida nos referimos a viviendas que fueron construidas en el territorio español y que, además, cumplen con una normativa de diseño y calidad. Se trata de una normativa que puede variar en función de la Comunidad Autónoma en las que sea construida la viviendas protegida.

Entonces, para que una vivienda sea considerada protegida la comunidad autónoma en la que se ubica debe verificar que cumple con ciertos requisitos. Se trata de dimensiones máximas, diseño, habitabilidad, destino, uso, calidad y precio máximo (de venta o renta). El modo de verificarlo es por medio de la calificación provisional del proyecto y posterior calificación definitiva de la vivienda ya finalizada. A cambio, el promotor obtiene del estado y las comunidades autónomas, ayudas que compensan la limitación de precio máximo al que se pueden vender o alquilar.

Diferentes tipos de vivienda protegida

Al hablar de una vivienda protegida, generalmente, se utiliza el término VPO (vivienda de protección oficial) como concepto global. Sin embargo, la realidad es que esto no es correcto. El motivo es que hay más tipos de viviendas protegidas además de las VPO. Es por esto que, lo correcto es hablar de viviendas con protección pública o viviendas protegidas.

VPO es una vivienda calificada según la legislación estatal. Sin embargo, también hay más tipos de viviendas que cuentan con la protección por parte de las comunidades autónomas. Éstas no son consideradas VPO, cuentan con diferentes denominaciones dependiendo la comunidad autónoma en la que sean construidas.

Dependiendo del tipo de protección que tenga la vivienda, se fijará el precio máximo de la misma. Puede ser de compra o la renta mensual máxima en el caso del alquiler. Además, se establecerá el nivel de renta de la persona que la pueda comprar y las ayudas a las que tendrá derecho.

El gobierno revisa el interés de las hipotecas para viviendas protegidas

El Consejo de Ministros ha aprobado que se lleve a cabo la revisión y modificación de los tipos de interés anuales vigentes para los préstamos de vivienda protegida. Actualmente, estos tipos van desde el 2,5 % al 2,96 % variando según el plan de vivienda bajo el que fueron concedidas.

Para ser exactos, para los préstamos que fueron brindados en el marco del programa 1996 del Plan de Vivienda 1996-1999 el tipo de interés se estableció en el 2,5 %. Por otro lado, para los del Plan de Vivienda 2002-2005 el tipo es del 2,96 %. Por último, para los que fueron enmarcados dentro del Plan de Vivienda 2005-2008 será del 2,86 %.

Con esta revisión, que se hará de acuerdo con los índices de referencia que fueron publicados por el Banco de España, los nuevos tipos se encuentran por debajo del aplicable a una hipoteca del mercado libre, a interés variable, que se vaya a revisar, así lo ha indicado el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

La actualización tiene lugar en un contexto atravesado por las sucesivas subidas de los tipos de interés que se encuentra aplicando el Banco Central Europeo (BCE). El motivo de estas subidas de tipos es afrontar la escalada inflacionista. Además, coincide con la guerra de Ucrania, lo que está generando un aumento de la financiación.

En la normativa reguladora de cada Plan Estatal de Vivienda se establecen los criterios y la metodología que se deben seguir para establecer los tipos de interés efectivos anuales que se aplican a los préstamos convenidos acogidos a cada plan.

¿Cuáles son los criterios para realizar la revisión?

Por otro lado, los criterios que se siguen para la revisión de estos tipos también se fijan en la normativa de cada uno de los planes de vivienda. Debe llevarse a cabo por medio del acuerdo del Consejo de Ministros y ser publicados, luego, en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La revisión se realiza en función de la evolución de los tipos de referencia del mercado que publica el Banco de España. Se tomará como referencia la variación de los últimos meses.

¿Cómo acceder a una vivienda protegida?

Para acceder a una vivienda protegida hay diferentes opciones:

Lista de solicitantes: se trata de anotarse en la lista de solicitantes de vivienda de la comunidad autónoma donde se estuviese empadronado.

Convocatoria: deberás apuntarte a la convocatoria de un organismo público concreto y ver si tienes suerte en el sorteo mediante cual son adjudicadas.

Empresa promotora: otra manera de tener acceso a una vivienda protegida con todas sus ventajas, del mismo modo que si fuese de promoción pública, consiste en contactar con una empresa promotora o gestora de cooperativas que realice este tipo de vivienda. Esta manera de optar a una vivienda protegida, te ofrece una ventaja. Se trata de la posibilidad de conocer el proyecto y seleccionar cuál es la que más interesa, como si se tratara de una vivienda libre.

¿Cuáles son las desventajas de comprar una vivienda protegida?

La realidad es que comprar una vivienda protegida tiene también ciertas desventajas y limitaciones. Por ejemplo, las viviendas de protección oficial, una vez adquiridas, no pueden venderse libremente. Deben pasar algunos años a partir del momento en que se compraron. Una vez que haya transcurrido dicho periodo de tiempo, que puede variar dependiendo de cada comunidad autónoma, se tendrá que solicitar un permiso para venderla y deberán devolverse todas las ayudas complementarias que fueron recibidas para la adquisición del piso.

Una vez que ya se pueda vender y por 30 años, el precio de venta se encontrará limitado por los parámetros del plan de vivienda vigente en cada comunidad autónoma. La administración pública tendrá que dar su consentimiento sobre a quién se vende, ya que se continuará considerando que estas viviendas deben beneficiar a aquellas personas que verdaderamente las necesiten.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre la revisión del gobierno a los tipos de interés de préstamos para vivienda protegida. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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