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A fines de diciembre del 2020 hablábamos sobre los alcances del nuevo decreto antidesahucios, en este artículo te contamos algunas de las consecuencias positivas y negativas que han impactado sobre propietarios e inquilinos desde su implementación.

Surgimiento de la nueva normativa del decreto antidesahucios

La crisis económica empeorada por el impacto sorpresivo de la pandemia de la COID-19 no dejó afuera al mercado de alquiler. Inquilinos, propietarios y agencias inmobiliarias tuvieron que reacomodarse a las nuevas realidades. En principio, durante las medidas más duras de restricción social, el movimiento de los arrendamientos se vio casi totalmente paralizado. Luego, a medida que se atenuó la situación de confinamiento, se volvió a trabajar, pero con una dinámica que dista bastante de la normalidad.

Por todo lo mencionado arriba, muchas personas perdieron sus trabajos o disminuyeron sus ingresos. Como consecuencia, gran cantidad de inquilinos dejaron de pagar sus alquileres, y como efecto dominó, esta situación repercutió en los propietarios que dejaron de recibir el pago de sus rentas. Esto generó un contexto conflictivo entre la relación de ambas partes.

Finalmente, el Gobierno, en diciembre pasado, aprobó la normativa del nuevo decreto antidesahucios para ayudar a los más vulnerables.

¿Cómo funciona la ayuda del nuevo decreto?

Según lo establecido por los diferentes ministerios, el decreto antidesahucios detiene los desahucios sobre todas las familias vulnerables durante el tiempo que dure el Estado de Alarma.

La novedad de la normativa reside en que no solo se contemplarán a las personas afectadas por la pandemia, sino que tampoco se permitirá echar de las viviendas a todas aquellas personas que ya se encontraban en condiciones de vulnerabilidad previa.

Sumado a esto, el escrito contempla a todos aquellos que no tienen contratos de alquiler, ni son propietarios de un inmueble. Con esto queremos decir que colabora con las personas que se encuentran ocupando una vivienda de manera ilegal. En este último caso, se aplica solamente para los grandes propietarios (no particulares), personas físicas o jurídicas con diez o más propiedades en alquiler.

¿Cómo se aplica el decreto antidesahucios?

Para sortear el desahucio, los inquilinos tienen que demostrar el estado de vulnerabilidad económica. Esta condición debe certificarse frente a un juez, presentando un informe vinculante solicitado de forma obligatoria por los tribunales. En este informe debe constar cuál es la situación que impide al inquilino a realizar el pago de la renta. Por otro lado, se aceptará otro tipo de documentación. Un ejemplo puede ser el documento que demuestre que dichas personas están atravesando una situación de ERTE o de despido laboral (posterior al momento inicial en el primer estado de alarma decretado por el Gobierno). Si se confirma que, efectivamente, la vulnerabilidad declarada es real, el propietario no podrá sacar al inquilino de la vivienda hasta que finalice el estado de alarma actual o hasta la fecha 9 de Mayo de 2021.

En el caso de ocupantes de vivienda, si se confirma la vulnerabilidad económica de estas personas, el juez puede detener el desahucio durante un máximo de tres meses. En lo que dure ese periodo de tiempo, las Administraciones (de cada CA) deben hacer el intento de encontrar una alternativa de “vivienda digna” para los vulnerables.

¿Contempla la falta de pago de suministros?

El decreto antidesahucios incluye una normativa para evitar el corte de suministros de agua, luz y gas por falta de pago. Sin embargo, este elemento aún no se ha estabilizado. Si bien a principios del Estado de Alarma las empresas que brindan estos servicios aceptaron este pacto, pasados los meses, dejaron de respetar esta situación.

Problemas ocasionados por el nuevo decreto antidesahucios

Para una parte de la población, la nueva normativa del decreto antidesahucios no solo no llegó a resolver el problema de vivienda que se está atravesando, sino que golpeó fuertemente sobre sectores donde la estabilidad económica tambalea.

El principal problema que genera esta norma es la estigmatización que recae sobre los propietarios. Primero, porque los hacen responsables de algo que tendría que asegurar el Estado y no los dueños de las propiedades. Se conoce, en general, cuánto cuesta a un casero sostener un inmueble en arrendamiento (incluso con los pagos de la renta al día). Sin ingresos, resulta prácticamente imposible. Por lo tanto, esta obligación impuesta a los propietarios de sostener a los inquilinos deudores, de no poder cumplirse, los deja muy mal parados frente a la sociedad.

Entendemos entonces, que este decreto tapa un agujero por un lado al mismo tiempo que rompe estructuras por el otro. Además, es la primera vez en el mundo que se crea una normativa legal para dejar pasar una ilegalidad como la usurpación u ocupación de viviendas. Situación que atenta directamente sobre el derecho a la propiedad. Esta circunstancia va en contra de propietarios particulares (quienes más lo sufren por la escasa espalda económica), de profesionales, de las comunidades de vecinos y hasta de las Administraciones Públicas. Esto último porque, por supuesto, no solo ocupan los lugares, sino que también, no pagan ningún impuesto.

Sumado a lo anterior, se prevé que se generarán grandes demandas al Estado por responsabilidad patrimonial, penal y económica.

Reclamos sobre el decreto antidesahucios

Es entendible que cada cual por su lado debe esforzarse y colaborar para poder salir a flote luego del hundimiento económico provocado por la crisis sanitaria y económica. Pero también es aceptable que se contemple a todos aquellos a los que el Estado les exige más.

La medida antidesahucios dejad en condición de desprotección a los propietarios, y en consecuencia, a las agencias inmobiliarias contratadas para la administración de sus inmuebles. Se genera una “bola de nieve” que arrastra a su paso a todo lo que tenga por delante el mercado de alquiler.

En definitiva, se cuenta con que los inquilinos actúan de buena fe en su solicitud de ayuda ante la crisis, y se comprende e intenta colaborar con la situación. Pero no puede determinarse que toda la responsabilidad caiga sobre los propietarios, en esto habrá que reevaluar la norma.

Existe una herramienta en favor de los dueños de vivienda de solicitar una compensación económica por el sufrimiento causado por la falta de pago o la ocupación, pero no es clara la forma y no alcanza.

En resumen, se pide se revise la normativa para que las compensaciones se den de manera equilibrada. Lograr una equidad para todo aquel que esté involucrado en el mercado de alquiler.

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Sabemos que la decisión más importante en la vida de una persona puede coincidir con el momento de elegir su lugar de vivienda. Muchas veces parece más difícil la posibilidad de comprar un inmueble, y la gente se inclina por la modalidad de arrendamiento. En este caso te contamos de qué se trata el alquiler con opción de compra, una posibilidad que se acerca a ambos extremos. Recuerda de contactarte con nuestros asesores para una atención personalizada acerca del alquiler con opción de compra.

¿Qué es el alquiler con opción de compra?

Como la frase lo indica un alquiler con opción de compra es exactamente eso. Es decir, un inquilino puede arrendar una vivienda a un propietario, pero luego de determinado tiempo (pactado entre las partes), puede decidir comprar el inmueble. Por lo tanto, estamos hablando de una combinación entre dos operaciones inmobiliarias.

En la actualidad, la posibilidad del alquiler con opción de compra se ha convertido en una de las elecciones más adquiridas. Esta fórmula da lugar a invertir el dinero destinado para el alquiler de una vivienda a una posterior compra de ella.

En los casos de alquiler con opción de compra se ejecuta un modelo donde conviven un alquiler tradicional y una compraventa. Esta situación está amparada por un tipo de convenio que tiene dos negocios jurídicos. Significa que el inquilino arrienda una vivienda con las mismas condiciones que en un alquiler normal y después de pactar un plazo, en ese momento podrá decidir si ejerce la opción de compra o no.

Este tipo de operación genera interés entre todos aquellos que no tienen la posibilidad de lograr juntar grandes ahorros con los que acceder a la compra directa de un piso. También para los que no se pueden decidir de inmediato en la compra de un inmueble.

¿Cómo es el contrato para los inmuebles con opción de compra?

Para este tipo de negociación son necesarios dos contratos: el contrato de compraventa y el contrato de alquiler.

Contrato de alquiler

El primer contrato se rige bajo las normativas de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). En él deben figurar una serie de cláusulas obligatorias:

  • Los datos detallados del inmueble en cuestión: dirección, uso o destino, estado general. 
  • La vigencia: duración de los tiempos determinados para el alquiler de esa vivienda, y el plazo a partir del cual el arrendatario puede ejercer ese derecho a compra. 
  • Los precios: aquí se detallan los costes de las rentas anuales, y del alquiler mensual que el arrendatario va a tener que pagar al propietario. También la forma de pago y las fechas límites.
  • El importe de la fianza y su derivación en caso de ejecutarse la compraventa del inmueble.
  • La prima inicial por ejercer el derecho a compra siempre que se haya acordado con el fin de asegurar la posterior compra por parte del inquilino.
  • Las obligaciones que le toca cubrir por los gastos en cada caso sobre el pago de los suministros, reformas, derramas, etc.
  • Las posibles penalidades por incumplimientos de contrato de ambas partes. 

Contrato de compraventa

Luego de vencerse el contrato de alquiler, tendrá lugar el contrato de compraventa, que en este caso se rige bajo las normas del Código Civil y en el Reglamento Hipotecario. Este modo de convenio puede ser un poco más complicado y deberán ponerse en detalle algunas otras cuestiones como las siguientes:

  • La voluntad total y la obligatoriedad de que el casero venderá la propiedad al concluir el plazo de alquiler al inquilino. 
  • La posibilidad del inquilino de decidir si finalmente quiere comprar o no el inmueble sobre el cual se ha pactado el arrendamiento.
  • Los plazos, teniendo en cuenta cuánto tiempo tiene el inquilino de utilizar el derecho de compra.
  • El precio exacto de la venta del piso.
  • El porcentaje de las cuotas de alquiler que se pueden deducir después de la venta. 
  • La prima inicial aportada por el inquilino para la ejecución de compra.
  • La distribución de los impuestos y pagos asociados a la compraventa, teniendo en cuenta quién es responsable del gasto. 

Derechos y obligaciones del inquilino

En los casos de alquiler con opción de compra, los inquilinos, al igual que en otras situaciones, cuentan con una serie de derechos y otras obligaciones que deben respetarse.

Entre los derechos se distinguen los siguientes:

  • El derecho de permanecer alquilando en esa propiedad durante los años mínimos estipulados por ley o el plazo que se haya acordado entre las partes.
  • La posibilidad o la exclusividad de la compra, esto quiere decir que será el inquilino la única persona que podrá comprar la casa durante el plazo pautado.
  • El derecho a la deducción del alquiler, teniendo en cuenta el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
  • La garantía de deducir todas las mensualidades que haya pagado el inquilino al precio de compra pactado.

Por supuesto, también existe un listado de obligaciones o responsabilidades que el arrendatario debe cumplir. Aquí te mostramos dos ejemplos primordiales:

  • Pagar a tiempo la renta, ya que si el inquilino tarda más de dos meses en pagar la renta, perderá automáticamente la opción a compra. 
  • No prorrogar el contrato. Si el arrendatario decidiera prorrogar la vigencia de alquiler, también, perderá de forma inmediata la posibilidad de comprar el inmueble, porque estaría incumpliendo con una exigencia fundamental para este tipo de operación. Se anula irreflexivamente el contrato de compraventa.

Derechos y obligaciones del propietario

Los propietarios cuentan con derechos que deben ser tenidos en cuenta por ambas partes. Estos son los siguientes:

  • Recibir el pago de la renta de manera adecuada, sin retrasos, todos los meses.
  • El derecho a subir el precio de la vivienda siempre y cuando se relacione con los datos del IPC.
  • La posibilidad de solicitar una prima para la ejecución de esta opción de compra. La prima se conoce como aquella cantidad que el inquilino entrega al propietario para mantener la ejecución de opción de compra. Este monto suele variar entre un 5% y un 10% del valor pactado total de la vivienda.

Por otra parte, las obligaciones del propietario tienen que ver con lo siguiente:

  • Mantener en regla todas las cláusulas declaradas en el contrato. Aquí es importante que sepa que no puede ceder de ninguna manera, ni alquilar, ni vender a un tercero el piso, aunque mejoren la oferta. 
  • Responsabilizarse por la reparación o las reformas del edificio, al igual que lo hace un propietario en un alquiler tradicional. 
  • Declarar las ganancias percibidas por el alquiler ante Hacienda. 
  • Declarar la ganancia por la ejecución de la prima. 

Ventajas del alquiler con opción de compra

Para el comprador

Todo el alquiler que se paga se deduce del precio final, con lo cual es una buena opción para quien quiere ir ahorrando al mismo tiempo que no siente que tira el dinero en un alquiler que no va a recuperar.

Tiene la compra asegurada, aunque existan posteriores ofertas mejores para el anterior propietario.

Para el vendedor

Gana dinero con el alquiler desde el primer momento, es decir, no tiene que esperar un número de meses concreto para poder recibir algún ingreso.  Con la prima se asegura un ingreso de dinero alto y rápido.

No tendrá la vivienda vacía mientras espera el momento de la compraventa, y así evitará situaciones de ocupaciones o de deterioro del inmueble por falta de uso.

Esperamos haberte clarificado los puntos fundamentales sobre el alquiler con opción de compra. Si necesitas más información para decidirte sobre cuál operación te sienta mejor, contáctate con Oi Real Estate.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte que estamos para ayudarte con los alquileres 2021 . En este artículo te mostramos cómo realizamos la gestión integral de arrendamientos. No dudes en comunicarte con nuestros representantes para una atención personalizada.

¿De qué hablamos cuando decimos “gestión integral”?

Cuando hablamos de gestión integral nos referimos a toda aquella actividad que se realiza desde el comienzo de la negociación de un alquiler hasta su finalización. La gestión integral es el paso a paso en detalle de todo lo que debe realizarse para generar un arrendamiento rápido y seguro. En Oi Real Estate somos expertos en la materia y contamos con un servicio PREMIUM para los alquileres 2021.

Puesta a punto de alquileres 2021

Si eres propietario de un piso que quieres poner en alquiler, lo primero que haremos en Oi Real Estate, es aconsejarte sobre cómo optimizar las cualidades de tu inmueble. Una vez que vayamos a revisar el piso, te mostraremos de qué manera puedes aumentar su valor y cómo puedes mejorar las condiciones de habitabilidad para atraer mayor cantidad de inquilinos en menos tiempo. Analizaremos la iluminación del piso para conocer cómo mejorarla. Si el piso es pequeño, tenemos algunos consejos para hacerlo lucir más amplio. Evaluaremos las cualidades del mobiliario presente en la propiedad, entre otras cosas.

Una vez que dejemos el piso en condiciones, haremos un inventario de los muebles y electrodomésticos con los que esté equipado. Dejaremos asentado ese documento para incluirlo en el contrato e incluiremos un detalle con el estado general del inmueble.

Revisión de documentación necesaria

Para colocar tu piso en alquiler va a ser necesario contar con una serie de documentos y cumplir con algunos requisitos. Puede parecer engorroso tener que tramitar algunas cosas, pero no debes preocuparte por esto si contratas a nuestra agencia para realizar la gestión integral del alquiler.

Selección de inquilinos

Para que los alquileres 2021 resulten más simples para los propietarios, con nuestra gestión integral nos encargamos desde el momento cero de seleccionar a los candidatos que serán futuros inquilinos.

Lo primero que generamos es buena publicidad. Esto lo logramos subiendo tu propiedad en los mejores portales inmobiliarios, redes sociales y en nuestra propia plataforma. Podemos agregar un vídeo 360 grados (muy usado en la actualidad) para que la gente pueda conocer tu piso desde la comodidad de su sillón y se interese inmediatamente por él.

Organizamos en agenda las visitas a la propiedad y nos encargamos de acompañar a los postulantes en cada una de ellas sin tener que molestarte. Desde el primer momento hasta el último nos encargamos del vínculo con el inquilino.

Realizamos una evaluación sobre los posibles arrendatarios analizando antecedentes para prevenirte de inquilinos morosos. Esta tarea que se denomina estudio de solvencia es indispensable para que no tengas futuros problemas con los arrendatarios.

Contrato de alquiler

El contrato de alquiler es el documento más importante de toda la gestión. En este convenio figurarán de manera detallada, clara y sencilla todos los derechos y todas las obligaciones que tendrán que cumplir y respetar las partes. Contamos con profesionales de gran experiencia para asegurarte que tendrás un contrato de alquiler que garantice la protección de tu inmueble. Ten en cuenta que estos contratos están regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y debe cumplir con la normativa vigente. Nosotros nos encargamos de que así sea.

También contamos con un sistema de firma digital para que no tengas que hacerlo personalmente.

Entrega de llaves

Nos hacemos cargo de entregar las llaves a los inquilinos una vez finalizados los trámites correspondientes y también de la devolución de ellas al propietario una vez finalizado el contrato y sus correspondientes prórrogas.

Cobros del alquiler

Si contratas a Oi Real Estate para realizar la gestión integral de tus alquileres 2021, no tendrás que preocuparte por el cobro de la renta. Nosotros administramos tus ingresos y certificamos que se realicen en el tiempo y en la forma adecuada. También podemos contratar seguros de impago de alquiler para reforzar el cumplimiento por parte de los inquilinos con lo pactado en el contrato.

Incidencias en el inmueble

Cuando los inquilinos ya estén instalados en el inmueble es probable que con el correr del tiempo surjan algunas incidencias dentro de la vivienda. Como propietario estás obligado a responder por las reparaciones de estructura de la propiedad: arreglo de ventanas y puertas, paredes, suelos, sistemas eléctricos, fontanería, etc. No tiene que ser para ti un dolor de cabeza si cuentas con nosotros. Nos encargamos de gestionar todo lo necesario para atender a las emergencias que puedan surgir en el inmueble. Seleccionamos minuciosamente a los proveedores, tramitamos los suministros, nos encargamos de que todo quede en condiciones y cuidamos de que el gasto económico que tengas que realizar sea el menor posible.

Atención personalizada

Cuando contrates nuestros servicios pondremos a tu disposición un gestor personal que se encargue de resolver todas tus dudas y consultas. No hay obligación de permanencia por tu parte, podrás cancelar el servicio en el momento que lo desees si lo crees pertinente. Además podrás elegir qué tipo de servicio quieres contratar. Si no deseas la gestión integral, puedes optar por cualquiera de las opciones que te comentamos más arriba y el costo va a variar según tu elección.

Servicio PREMIUM Oi Real Estate

Aquí te dejamos un listado resumen de todo lo que comprende la gestión integral para los alquileres 2021 de nuestra agencia:

  • Revisamos el piso.
  • Hacemos el inventario.
  • Revisamos la documentación .
  • Publicamos la propiedad en los mejores portales inmobiliarios.
  • Atendemos todas las solicitudes.
  • Seleccionamos a los candidatos.
  • Realizamos estudio de solvencia a los candidatos.
  • Gestionamos el calendario de visitas al inmueble.
  • Realizamos el contrato de alquiler.
  • Contamos con firma digital para todo tipo de documentos
  • Hacemos la entrega de llaves.
  • Nos encargamos de los cobros y pagos de alquiler, y los aseguramos con un seguro de impago.
  • Gestionamos cualquier incidencia.
  • Seleccionamos proveedores.
  • Gestionamos los suministros.
  • Pintamos el piso después de que se marcha cada inquilino totalmente gratis ¡Sí, GRATIS!

No dudes, alquila tranquilo, ¡escríbenos!

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Ya estamos atravesando los primeros días del año 2021 y es necesario verificar cómo sigue el mercado de alquiler que desde el año pasado ha demostrado mucho movimiento. Sabemos que tanto inquilinos como propietarios, a la hora de alquilar una vivienda, quieren hacerlo rápidamente una vez tomada la decisión. En este artículo te informamos sobre los tiempos en los procesos de alquiler.

Si quieres alquilar de manera rápida y segura contáctate con Oi Real Estate para más asesoramiento.

¿Cuánto tiempo demora un inquilino en alquilar una vivienda?

El Consejo General de Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (COAPI) manifestó que durante el año 2020 en el mercado de alquiler se disminuyó el coste de las rentas como consecuencia de la crisis. Sin embargo, también fue notorio el aumento de demanda de viviendas en alquiler por la misma razón.

Sabemos que tanto propietarios como inquilinos quieren acceder al alquiler de una vivienda a la mayor brevedad posible. Muchas veces por cuestiones de zona, necesidades inmediatas o por dificultades de pactar el precio adecuado la situación se puede poner bastante complicada.

Pero, ¿cuál es realmente el tiempo que se tarda en alquilar un piso? Otra pregunta que surge por la crisis impuesta por la COVID-19 es si se tarda más o menos tiempo en alquilar que antes.

Pues bien, en general, el tiempo medio para lograr alquilar un piso es de dos meses, tanto por parte del propietario como por el lado del inquilino. Al tratarse de viviendas familiares los inquilinos van a tener en cuenta los colegios de la zona, en el caso de que esté integrada por niños. Este punto suele ser uno de los más importantes a la hora de alquilar una vivienda habitual para una familia. Los padres necesitan tener un accesos rápidos a las escuelas y, por supuesto, también a los trabajos. En el caso de que no encuentren cercanía, entonces, revisarán los medios de transportes disponibles para facilitar la movilidad. Este es uno de los temas por los cuales los inquilinos tardan más tiempo en tomar la decisión.

Buscadores de lujo

Por otro lado existen inquilinos que buscan el lujo. En este sentido es probable que los arrendatarios demoren aún más tiempo en elegir el lugar de vivienda, pero es evidente que no poseen una necesidad inmediata, sino que es, simplemente, por el deseo de cambiar de zona u obtener otras comodidades que antes no poseían. El mercado de alquiler de lujo es el que más puede esperar para tomar decisiones.

Situación de los inquilinos con respecto al mercado de alquiler en el marco de la COVID-19

La situación durante el Estado de Alarma ha modificado algunos parámetros para el acceso a las viviendas. La llegada de la COVID-19 ha puesto en jaque a muchas personas con respecto a la estabilidad laboral. Por esta causa, los inquilinos comenzaron a buscar viviendas que generen menos gastos y donde los precios de renta sean más accesibles. Lo positivo es que muchas viviendas que antes estaban destinadas para servicios turísticos se adaptaron al formato vivienda habitual. El turismo fue gravemente afectado por la crisis sufriendo una parálisis casi total. Todas estas consecuencias sufridas durante el año 2020, se seguirán arrastrando, al menos, los primeros meses de este 2021.

¿Cuánto tiempo demora el propietario en alquilar un piso?

Si bien el año pasado aumentó la demanda de alquileres, en un momento el mercado se vio paralizado. Con las limitaciones de movilidad, la cantidad de gente que decidía mudarse por conveniencias geográficas con respecto a las exigencias laborales disminuyó. Otros lugares que estaban destinados al alquiler de empleados que debían permanecer algún tiempo para celebrar reuniones también se encontró detenido. Estas adversidades complicaron a los propietarios que antes podían tener el piso alquilado en menor tiempo debido al dinamismo de la propia sociedad en funcionamiento. Justo antes de la pandemia, las propiedades que se ofertaban a un precio de mercado accesible y de buenas cualidades (ubicación, luz, orientación) podían alquilarse, sencillamente, en un solo día.

A pesar de las adversidades, ahora hay muchas herramientas que puede implementar un casero para alquilar su piso más rápido. Este año parece ir normalizándose la actividad, teniendo en cuenta algunas restricciones que ya se están aplicando para prevenir grandes rebrotes de la enfermedad.

Una buena posibilidad que están utilizando los propietarios en la actualidad es alquilar pisos que posean características diferenciales para el teletrabajo. Ahora los inquilinos valoran mucho más las comodidades del hogar ya que tienen que pasar más tiempo dentro de él. Entonces, si el propietario logra cubrir las expectativas de inquilinos sobre “hogares laborales” obtendrán más postulantes para arrendatarios.

¿Qué se espera en el mercado de alquiler este 2021?

Los propietarios actualmente esperan tener inquilinos seguros. Con esto nos referimos a que, como aún la situación COVID no está totalmente controlada, lo caseros prefieren ser más accesibles con sus precios (no aumentarlos) y sostener a esos inquilinos que aún pueden pagarles. Esto en vez de intentar ingresar inquilinos nuevos para poder aumentar el coste de renta.

En la espera de la vacuna masiva contra la enfermedad pandémica, en el mercado se augura un futuro mucho más estable, con la posibilidad de normalizar los precios y los tiempos de alquiler. En este sentido se espera una evolución similar a la de la compraventa donde, si bien las previsiones de los meses coincidentes con el confinamiento fueron muy negativas, los precios se habían recuperado a finales del año anterior creciendo, incluso, en un 1,7% en el tercer trimestre.

Servicio PREMIUM Oi Real Estate

En este 2021 para tu alquiler cuenta con Oi Real Estate. Te ofrecemos un servicio PREMIUM en todo lo que concierne al procedimiento de alquiler. Desde principio a fin te acompañamos con todo lo que necesitas para alquilar tu piso más rápido y que todo esté en condiciones. Aquí un listado de todo lo que te ofrecemos:

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Sabemos que los contratos de alquiler están regularizados por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU); sin embargo, existen prácticas frecuentes tanto de inquilinos como de propietarios para realizar el incumplimiento de contrato de alquiler según la normativa vigente. Si quieres prevenirte de estas situaciones adversas contáctate con Oi Real Estate y ten un alquiler seguro. En este artículo te alertamos de qué situaciones atentan contra la legalidad de los contratos de alquiler.

Los arrendamientos son una manera de ingreso económico para todos aquellos que poseen un piso disponible para colocar en alquiler. Generalmente, se trata de un procedimiento seguro donde ambas partes se comprometen a cumplir con las obligaciones que les corresponden. Sucede que otras veces alguna de las partes quiere sacar ventajas para beneficio propio e incurre en el incumplimiento de contrato de alquiler desacatando las normas que lo regulan según la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Incumplimiento de contrato de alquiler según la Ley de Arrendamientos Urbanos por parte de inquilinos

Morosidad

La principal causa de incumplimiento de contrato de alquiler por parte de los inquilinos son las rentas impagas. Los inquilinos morosos, algunas veces, pueden ser difíciles de detectar previo a la firma de contrato. Si bien existen algunas herramientas para evitar a los inquilinos morosos, hay diversas causas por las que los arrendatarios incurran en esta acción.

Morosos profesionales

En este grupo de sujetos ingresan los que deciden voluntariamente no pagar la renta a los propietarios. Estos individuos son expertos en engaño y acostumbran a realizar esta práctica como forma de vida. No pagan el alquiler o se creen con el derecho de no pagar la renta y se aprovechan, principalmente, de los propietarios particulares o de empresas del sector con poca experiencia o directamente inexpertos. Como esta actividad la ejecutan en reiteradas ocasiones, es muy probable que se encuentren en alguna lista de inquilinos morosos.

Morosos involuntarios

Los morosos involuntarios son los que, lamentablemente, han perdido su trabajo de manera imprevista y no pueden seguir pagando los costes de renta. Este caso es difícil de solucionar, pero los propietarios pueden tener voluntad de esperar a que los inquilinos puedan moverse a otro lado.

Destrozo de la vivienda

El segundo incumplimiento de contrato de alquiler más frecuente se trata de que los inquilinos generen destrozos dentro de la vivienda. Otra forma es la de no realizar el mantenimiento necesario del piso. Puede ser que muchas veces al arrendador le devuelvan el piso despintado o con algunas marcas del paso del tiempo, pero otra cosa son las roturas que indican un mal uso del lugar.

Recurrir al uso de la fianza como pago de último mes de renta

La fianza equivale a un mes de renta, monto que entrega el inquilino al propietario para que este lo deposite en la agencia correspondiente. Esta fianza funciona como garantía que, en caso de que al finalizar el contrato, el inquilino deba cubrir arreglos de la vivienda, el arrendador puede tomar el pago de allí. Las fianzas están regularizadas en el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y expresa que, una vez extinguido el contrato, el arrendador debe devolver este monto al arrendatario. El uso de la fianza para pagar el último mes de renta es una ilegalidad.

Marcharse antes de que finalice el contrato

Es una práctica frecuente que los arrendatarios decidan terminar con el contrato de alquiler antes del plazo establecido. Cuando esto sucede, a los inquilinos les parece injusto que les apliquen una penalidad, pero es lo que corresponde, salvo que en el contrato no lo diga. Si la penalización figura en el contrato y el inquilino quiere retirarse antes de cumplir los seis meses, deberá pagar la pena máxima equivalente a una mensualidad de renta por cada año del contrato que restase por cumplir, y para los períodos de tiempo inferiores al año, la parte proporcional de la indemnización.

Incluir a otra persona en la vivienda

Todas las personas que vivan en el piso arrendado deben figurar dentro del contrato. Cuando los inquilinos ingresan una o más personas mayores de edad para utilizar el piso como vivienda habitual, están ejerciendo un incumplimiento de contrato de alquiler. Esto genera muchos problemas para el arrendador porque la persona o las personas ingresadas que no figuran en el convenio no están cubiertas por las obligaciones que allí se describen. Además, lo que puede pasar es que los inquilinos reales subarrienden el piso sin consentimiento del arrendador, esto es ilegal.

Incumplimiento de contrato de alquiler según la Ley de Arrendamientos Urbanos por parte de propietarios

Pedir más de dos meses de garantías adicionales

Es muy común que los propietarios, por miedo de tener rentas impagas, quieran asegurar todo lo posible el arrendamiento de sus viviendas. Por esto exigen a los inquilinos más de dos meses de garantías adicionales. Esta práctica es contraria a la última reforma de la LAU, a través del RD 7/2019, de 1 de marzo. Aquí se expresa el límite de las garantías adicionales a un máximo de dos mensualidades.

No extender el contrato a cinco años

Según la última reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos, los inquilinos tienen derecho a permanecer en la vivienda hasta cinco años. Algunos propietarios ponen excusas falsas para poder recuperar su propiedad antes de tiempo. Esta práctica atenta contra la legalidad de los contratos de arrendamiento.

Dar uso turístico a una residencia destinada para la vivienda habitual

Algunos arrendadores generan contratos de periodos cortos para recuperar sus pisos antes de tiempo y para sacar beneficio de las rentas turísticas. De esta manera impiden que los inquilinos utilicen el derecho de prorrogar hasta los cinco años, además se aprovechan para sumar dinero al coste de renta. Sin el inquilino demuestra que la situación es de vivienda habitual, el arrendador estará obligado a modificar el contrato.

Abusos en las rentas de alquileres de viviendas protegidas

Los propietarios arrendadores cometen muchos abusos en el alquiler de viviendas protegidas sobre todo cuando se las reservan para uso propio.

¿Quieres que tu contrato de alquiler se cumpla como lo indica la normativa? Contáctate con nosotros y te garantizamos un alquiler seguro.

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En este artículo te contamos todos los términos que necesitas conocer del mundo del alquiler. ¿Eres propietario y quieres arrendar tu piso? En Oi Real Estate conoce el ABC del alquiler que tienes que tener en cuenta.

En muchos otros artículos hemos hablado del notable crecimiento de la población que decide vivir en pisos en renta. De esta manera, muchos propietarios que tienen pisos disponibles se ven tentados de ponerlos en alquiler y así obtener un ingreso mensual estable. En otras oportunidades hemos explicado los documentos que son esenciales en las operaciones de alquiler. En este artículo repasamos, en resumen, algunos de esos documentos y además te listamos el ABC del alquiler.

El ABC del alquiler para propietarios e inquilinos

API

Agente de la Propiedad Inmobiliaria. Es un profesional formado que se dedica de manera retribuida y habitual a prestar servicios de asesoramiento sobre el alquiler de inmuebles, así como también de la compra y de la venta de ellos. El Agente de la Propiedad Inmobiliaria es quien se encarga de realizar todas las gestiones al momento de poner en alquiler una propiedad. Es el intermediario entre inquilinos y propietarios y es quien confecciona toda la documentación relativa a la operación de alquileres. Regularizados por el Decreto 1294/2007 por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y de su Consejo General.

Arrendador

El arrendador es el propietario de la vivienda o inmueble. Es la persona jurídica que pone a disposición su propiedad para que sea alquilada. Su primer movimiento será acercarse a un Agente de la Propiedad Inmobiliaria para que lo asesore con respecto a las operaciones necesarias para disponer de su piso en alquiler en las mejores condiciones.

Arrendatario

El arrendatario es la persona física que va a gozar de los derechos y beneficios de alquilar una propiedad y quien tendrá que cumplir con las obligaciones del pago mensual pactado entre las partes y regularizado por la Ley de Arrendamiento Urbano. Esta persona también se acercará a un Agente de la Propiedad Inmobiliaria para informarse acerca de todas las disponibilidades de inmuebles en alquiler y para conocer cuáles son las mejores oportunidades.

Aval

Compromiso firmado por parte de una persona física por el que se compromete a responder por la obligación de pago que tiene otra persona en caso de incumplimiento de su deber. Es decir, es la persona que funcionará como garantía en caso de que el inquilino no cumpla con el pago de la renta mensual. Este aval debe quedar estipulado en el contrato de arrendamiento con la firma en conformidad de todas las partes implicadas en el procedimiento.

Contrato de arrendamiento

El contrato de arrendamiento es aquel documento firmado en el que el arrendador y el arrendatario establecen el pago de una señal y en el que se especifica que se va a realizar el alquiler del inmueble. En este documento figurarán, entre otras cosas, los datos de ambas partes (propietario e inquilino), los costes mensuales de renta y sus actualizaciones correspondientes, la posible contratación se seguros de impago de alquiler, las garantías o avales, el detalle del estado del inmueble al momento previo a alquilar, el certificado de habitabilidad, la habilitación de los servicios básicos y la estipulación del cambio de titularidad de estos últimos.

Desistimiento

Este concepto se refiere a la finalización del contrato antes del período estipulado en él. Generalmente, en los contratos de arrendamiento, se incluye una cláusula que especifique el monto de una indemnización por parte del inquilino si no cumpliera con el plazo estipulado. También puede suceder que sea el propietario quien quiera rescindir de ese contrato antes de lo pactado. En este último caso, el arrendador deberá garantizarle al inquilino el tiempo necesario para abandonar la vivienda.

Fianza

La fianza es la suma total de dinero que se debe entregar durante la firma del contrato de arrendamiento. La entrega del monto de fianza junto con la firma del contrato habilita al inquilino a ingresar al inmueble.

ITP

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. El ITP es un impuesto estatal que está cedido a las comunidades autónomas, por lo que se abona en la delegación de Hacienda de la comunidad correspondiente. El plazo para liquidarlo es de 30 días a partir del momento en el que se produce la firma del derecho.

LAU

Ley de Arrendamiento Urbano. La norma que regula el alquiler en España que incluye aspectos como el ámbito donde se aplica la normativa, el régimen de aplicación, condiciones de arrendamiento de la vivienda, cesión de contrato y subarrendamiento, duración del contrato, plazos mínimos, prórrogas del contrato, desistimiento del contrato, disolución de los vínculos del arrendatario y sus consecuencias en la vivienda, muerte del arrendatario, determinación de los costes de renta, actualizaciones, elevación de la renta por mejoras del inmueble, gastos generales y servicios individuales, conservación de la vivienda, obras de mejora, obras realizadas por el arrendatario, arrendatarios con discapacidad, suspensión del contrato, certificados de habitabilidad y otros documentos, incumplimiento de las obligaciones de ambas partes, fianzas, etc.

Renta

La renta se trata de la suma total de dinero que debe abonar el inquilino mes a mes estipulada en el contrato de arrendamiento y regularizada por la ley.

Subarrendamiento

El subarrendamiento es el acto por el cual un arrendatario alquila la vivienda arrendada a una tercera persona. Siempre y cuando esté avalado por el propietario de la vivienda. No en todos los casos el inquilino tiene derecho a arrendar la vivienda de otra persona.

Conoce más sobre el diccionario de alquiler

Si quieres conocer más sobre el ABC del alquiler y toda la información necesaria que debes tener en cuenta para colocar tu piso en arrendamiento, no dudes en contactarte con Oi Real Estate. Quítate todas tus inquietudes, no esperes para escribirnos, estamos para asesorarte y acompañarte en todas las gestiones relacionadas al alquiler de tu piso. Tenemos a los profesionales preparados para asegurarte de que te sientas informado sobre todos los términos que debes manejar sobre alquileres.

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El incumplimiento de contrato de alquiler ocurre siempre que alguna de las partes intenta a través de maniobras non sanctas, escapar de sus obligaciones. Entérate en esta nota cuáles son las más frecuentes en los contratos de alquiler.

Cualquier contrato comienza con la confianza. Se celebra entre dos partes, que se comprometen a cumplir determinados términos a cambio de una reciprocidad conjunta. Vale mencionar entonces que un primer componente se basa en la confianza de que ese pacto que están firmando será cumplido de buena ley por ambas personas.

Pero ¿ qué pasa cuándo esta confianza se rompe y alguno no cumple con sus obligaciones? ¿Cuáles son las causas más comunes de incumplimiento de contrato por parte de propietarios e inquilinos?

Un informe realizado por la Agencia Negociadora de Alquileres revela que han aumentado notablemente los incumplimientos por parte de inquilinos y propietarios en esta época signada por el COVID. Y es que, desde ambas partes lo que se busca es saltar a través de atajos el cumplimiento de sus obligaciones, ligadas a la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Incumplimientos más comunes de los arrendatarios:

No pagar la renta:

En el primer puesto de las faltas está el incumplir con su obligación de pagar. Este punto puede ser causado por factores muy diversos. Está el caso en el que el inquilino se ha quedado sin trabajo y está impedido de cumplir con la renta por la crisis que sacude a toda la economía. Pero también están los casos de morosos profesionales que se aprovechan de situaciones de inexperiencia de sus arrendadores. En ambos casos el panorama es complicado para el propietario inexperto, ya que deberá buscar ayudar para poder lidiar con las consecuencias o poder renegociar el pago de su renta.

Dejar en mal estado las viviendas:

En el segundo puesto de incumplimiento se encuentra del dejar el inmueble en malas condiciones. Muchas veces el propietario se encuentra con destrozos o con falta de mantenimiento en la vivienda que entregó en alquiler. Sin dejar de contar con que el transcurso del tiempo origina desgastes normales, el arrendatario tiene la obligación de mantener las instalaciones como las recibió y en el caso de alguna rotura o desperfecto imprevisto informarlo debidamente para poder decidir qué medidas tomar.

Intentar pagar el último mes con el monto de la fianza:

Este es otro de los incumplimientos más realizados por parte de los inquilinos. Por temor de que el propietario intente quedarse con la fianza, una práctica muy común es que los arrendatarios la sustituyan por el pago del último mes. Bajo ningún punto de vista esto es legal. En ningún caso el inquilino está autorizado a sustituir la fianza por el mes del alquiler. Esto está regulado por el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

La devolución de la fianza debe concretarse al fin del arriendo. El saldo que deba ser restituido devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución.

Irse antes de que finalice el contrato

Muchos arrendatarios consideran que se pueden ir cuando lo deseen de su vivienda alquilada sin sufrir penalizaciones. Esto puede ocurrir sólo si no figura en el contrato un artículo que lo exprese. En general en la mayoría de los contratos figura explícitamente la explicación sobre lo que sucede ante el abandono anticipado del inmueble y penaliza el incumplimiento del contrato.

En el caso de que el inquilino decida irse antes de los seis meses deberá pagar un proporcional de los meses que faltan para que se cumpla el medio año de contrato.

Si se retira de la vivienda a los seis meses y lo comunica con 30 días de anticipación, el inquilino deberá pagar una multa equivalente a una mensualidad de renta por cada año que no ocupará el inmueble. Si le quedara menos de un año de contrato se pagará un proporcional de lo que le falte por cumplir.

En caso de no avisar con 30 días de anticipación el propietario también está en el derecho de reclamar su penalización.

Subalquilar la vivienda

Esto es de suma gravedad y también una práctica bastante difundida entre algunos arrendatarios, que para alivianar sus gastos recurren a otra persona para incluirla en la propiedad como residente habitual. Por supuesto que esto se realiza a espaldas del propietario, que no está informado de la situación. Esta practica puede traer muchos inconvenientes ya que los nuevos habitantes están exentos de las obligaciones del contrato legal firmado con el propietario.

Esto puede generar muchos dolores de cabeza. En primer lugar los inquilinos originales pueden marcharse dejando a los subarrendatarios en el inmueble. Estos últimos no tienen obligación firmada con el propietario por lo que será más dificultoso recuperar la vivienda.

Incumplimiento de contrato por parte de propietarios

Los propietarios también son propensos a incurrir en ciertas prácticas tendientes a beneficiarse, incumpliendo su parte del contrato. Algunas de las más comunes son:

Pedir más de dos meses de garantía

A causa del temor por los impagos y para asegurarse su renta algunos propietarios exigen a los inquilinos más de dos meses de garantía, saliendo de esta forma de la ley. La reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos se refiere expresamente a este punto en su reforma del 7/2019 del 1 de marzo. En los únicos casos en los que el propietario puede pedir más de dos meses como garantía adicional es cuando el contrato dure más de 5 años para personas físicas o más de 7 años para personas jurídicas.

Negar la prórroga de 5 años

Los arrendatarios que así lo necesiten podrán reclamarle al propietario el derecho a permanecer en la vivienda hasta 5 años. Este artículo está contemplado en la última reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Sin embargo algunos propietarios se niegan a cumplir esta nomra y en muchos casos obligan a los inquilinos a dejar la vivienda antes de los 5 años, actuando claramante fuera de la ley.

Usar un alquiler residencial como si fuera turístico

Aprovechándose del desconocimiento del inquilino, muchos propietarios arman contratos con plazos menores a un año de duración. El motivo es dejar desprovisto al arrendatario de su derecho a prórroga por 5 años y poder recuperar su vivienda en un período corto. Si el inquilino puede demostrar que el alquiler era para residencia habitual, está en derecho de reclamar y el contrato pasará automáticamente a ser contrato de residencia

Incumplimiento de contrato en alquiler de vivienda protegida

Los propietarios suelen incurrir en abusos cuando se trata de viviendas de protección oficial, ya sean VPO, VPP, VPT, etc. Esto sucede cuando se reservan espacios de las viviendas que son derecho del inquilino, como por ejemplo los trasteros que son parte inseparable del inmueble.

Si tienes alguna duda sobre éstos ú otros temas inmobiliarios no dudes en contactarnos. En Oi Real Estate tenemos la solución a tus demandas.

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Aquí te contaremos todo lo que debes saber sobre el contrato de alquiler. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

La fianza es un importe de dinero que el inquilino debe abonar en el momento de la constitución del contrato de alquiler. A través de ella, el arrendatario pretende garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, que son las siguientes:

  1. Pagar mensualmente el importe del alquiler pactado en el contrato.
  2. Responsabilizarse del cuidado y la conservación del inmueble arrendado.
  3. Restituir la propiedad a su dueño cuando finalice la relación contractual.

Si el inquilino incumple con cualquiera de estas obligaciones, el propietario podrá retener la fianza en su totalidad o de manera parcial. Veamos un ejemplo:

Supongamos que tú eres propietario y el inquilino no te ha pagado la renta durante un mes. Llegado el momento de la finalización del contrato, podrás descontarle de la fianza el importe correspondiente al monto adeudado.

Ahora bien, tanto propietarios como inquilinos suelen tener numerosas inquietudes que queremos resolver. Por esos, decidimos enumerar los mitos y las verdades que rodean a la fianza en el contrato de alquiler.

El importe de la fianza es igual a un mes de renta

La fianza es obligatoria y está regulada por la Ley de Arrendamientos Urbanos. Allí se establece que el importe de la misma en el caso del alquiler de una vivienda es igual a un mes de renta. Aunque también se aclara que podrán pedirse garantías adicionales, lo que supondría la duplicación del importe mencionado.

A la fianza no la guarda el propietario

En el imaginario popular suele pensarse que es el propietario quien guarda la fianza, pero esto es un error. En efecto, cada Comunidad Autónoma establece un organismo para ingresarla. En Madrid, por ejemplo, se deberá depositar en la Agencia de Vivienda Social.

La fianza se le devolverá al inquilino dentro de los treinta días posteriores a la finalización del contrato

Si el inquilino cumplió con todas sus obligaciones, el propietario deberá devolverle el importe de la fianza en un plazo máximo de treinta días desde la restitución del inmueble. Si seste plazo no se respeta, el propietario será penalizado con intereses, siempre y cuando no existan desperfectos en la vivienda ni cualquier otra causa que justifique la retención.

Si no te devuelven la fianza, puedes reclamarlo

La devolución de la fianza es un tema polémico, pues suele generar muchos conflictos entre inquilinos y propietarios. Pero, si vencido el plazo, el arrendador no realiza la devolución ni la justifica, se podrá reclamar por dos medios :

La primera es a través de un burofax donde se solicite amablemente la restitución correspondiente.

La segunda, es iniciar un juicio ordinario o uno monitorio.

En definitiva, la fianza es uno de los puntos más importantes del contrato de alquiler y, en ocasiones, genera problemas. Por eso, la mejor manera de llevar adelante la operación sin mayores inconvenientes es a través del asesoramiento inmobiliario.

En Oi Real Estate estamos dispuestos a ayudarte. ¿Qué esperas para contactarnos?

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¿Eres propietario o estás buscando un piso para alquilar? Entonces, te recomendamos leer este artículo. Pues te daremos cinco consejos para evitar problemas a futuro con el contrato de alquiler del inmueble.

Sabemos que tanto los inquilinos como los arrendatarios asumen riesgos a la hora de alquilar un piso. Y es por ello que en esta oportunidad queremos darte cinco consejos que deberías tener en cuenta antes de firmar un contrato de alquiler.

1. Firma el contrato por escrito

Los contratos de alquiler verbales son legales en España, pero lo cierto es que, si existiera cualquier conflicto con el arrendamiento, resultaría muy difícil demostrar las condiciones pactadas para el alquiler de la vivienda.

Por eso, aunque resulte una obviedad, te aconsejamos que el contrato se realice siempre por escrito.

2. Guárdate una copia del contrato de alquiler

El contrato ha de estar firmado por el arrendador y el arrendatario, además de por los avalistas en el caso de que existieran.

Es importante que ambas partes puedan conservar una copia, por eso el contrato deberá imprimirse por duplicado. Además, recuerda firmar todas sus páginas para evitar que alguna de ellas pueda ser sustituida.

3. Si eres inquilino, revisa bien las condiciones del inmueble

En todos los contratos de alquiler suele escribirse que “la vivienda está en perfectas condiciones”, pero esto no siempre es cierto.

Por lo cual, nuestro consejo es que realices fotografías que reflejen el verdadero estado de conservación del piso. Pues de no hacerlo, a la hora de finalizar el contrato de arrendamiento podrían reclamarte desperfectos que no fueron ocasionados por ti.

4. Certificado energético y cédula de habitabilidad en el contrato de alquiler

Al momento de firmar un contrato de alquiler, deberán presentarse siempre: el certificado de eficiencia energética del inmueble y la cédula de habitabilidad. Si esta última faltara, por ejemplo, es posible que no puedas dar de alta los suministros como la luz o el gas.

5. Nota simple

Si tienes alguna duda sobre los datos del propietario del inmueble, podrás solicitar una Nota Simple en el Registro de la Propiedad.

Allí podrás conocer la referencia catastral del piso, los datos el propietario y la dirección, entre otras cosas. Esta información es de dominio público y tardan tan solo 48 horas en proporcionártela.

El proceso de alquiler de un piso es relativamente sencillo, pero todos sabemos que, en ocasiones, puede traer problemas.

Por ello, lo mejor es siempre intermediar la operación con una agencia inmobiliaria. Pues el profesionalismo te ahorrará muchísimas preocupaciones ya seas inquilino o propietario.

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Sabemos que invertir en un piso para alquilar requiere de mucho esfuerzo y de años de trabajo. Pero afortunadamente, hay inquilinos que estarán dispuestos a cuidar de tu casa como si fuera suya. Por eso, ¡sigue leyendo este post! Te daremos cinco consejos que te permitirán encontrar al inquilino ideal.

Elige bien a tu público objetivo

El primer paso para encontrar al inquilino ideal es elegir a qué público quieres dirigirte. Si, por ejemplo, quieres alquilar un piso de una sola habitación, deberás hablarle a parejas o a personas solas.

Tradicionalmente, las familias con hijos mayores son quienes mejor cuidan los inmuebles. Pero si no tienes el piso adecuado para ellos, se tratará de encontrar a aquellos interesados cuyos perfiles sean responsables y tranquilos.

Publica un anuncio completo

Las publicaciones del inmueble en los portales web atraerán muchas visitas. Pero ahorrarás tiempo si detallas todas las características de tu vivienda. Pues, no vale de nada recibir una gran cantidad de interesados en el piso si sabes de antemano que el inmueble no se adaptará a sus necesidades.

Además, deberás ser minucioso con la documentación que pedirás y detallarla en el anuncio. Generalmente, se requieren:

  • Contrato de alquiler.
  • Últimas tres nóminas.
  • Importe de fianza.
  • Garantías adicionales o aval bancario.

Pregunta al interesado si alquilará solo

Muchas veces a las visitas al inmueble las realiza una sola persona, pero al final los inquilinos pueden ser dos o más. Es importante que conozcas esta información con anticipación para saber exactamente cuántas personas vivirán en tu piso. En parte, de ello dependerá el desgaste de la edificación.

Realiza una entrevista personal

Durante mucho tiempo, los propietarios pensaban al inquilino ideal como aquel que tuviera nóminas muy altas y un trabajo estable. No es que este aspecto no sea importante, pero una nómina alta no es garantía de pago.

Por eso, realizar una entrevista personal con el interesado te permitirá conocer su carácter y su estilo de vida. En tan solo unos minutos descubrirás si es o no el inquilino ideal. Pero, ¡cuidado! Tampoco debes guiarte solo por las apariencias. El equilibrio entre su solvencia y su carácter es lo que realmente debes buscar.

Cumple con tu parte

Las relaciones suelen ser bidireccionales. Si quieres al inquilino perfecto, deberás ser tú también el propietario ideal. Para ello, acondiciona el inmueble y déjalo en óptimas condiciones: píntalo, arregla los desperfectos, asegúrate de que todas las instalaciones funcionen y de que el inquilino se sienta a gusto en la primera impresión.

Alquilar tu piso es una tarea sencilla, pero conlleva aspectos importantes que deberán ser tomados con cautela. ¿Puedes hacerlo tú mismo? Claro que sí. Pero también debes saber que los agentes inmobiliarios están especializados en estos asuntos. Es por ello que la elección del inquilino ideal resultará más fácil para alguien que sabe escuchar, que puede leer el lenguaje corporal y que tiene la suficiente experiencia como para simplificar la elección.

Como siempre, en OI REAL ESTATE estaremos encantados de ayudarte a encontrar a tu inquilino ideal. Contacta con nosotros y tendrás el éxito asegurado.

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