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Ser inquilino puede significar, en muchas ocasiones, trasladarse entre lugares muy diferentes cuando finaliza un contrato de arrendamiento y aparece una buena oportunidad en una zona alejada. Uno de los factores determinantes a la hora de elegir dónde alquilar es, sin duda, el precio. Como cualquier otro país, España cuenta con regiones más caras y otras más baratas. ¿Dónde es más alto y en dónde más bajo el precio de la vivienda en alquiler este 2021? ¿En qué Comunidades y en qué municipios conviene más arrendar en este momento? En este artículo te lo mostramos en detalle.

La pandemia de COVID-19 significó a lo largo de todo el 2020 una gran depresión en todas las áreas de la economía. El sector inmobiliario no fue la excepción, sino que todas las operaciones conjuntas que se llevan a cabo en él descendieron. También lo hizo el precio de la vivienda en venta, que alcanzó los niveles más bajos de dicho año entre junio y julio pero a partir de noviembre comenzó a recuperarse. Sin embargo, ¿ocurrió lo mismo con el precio de la vivienda en alquiler? ¿Cómo evoluciona en este 2021, teniendo en cuenta la recuperación económica que se viene experimentando?

A continuación te lo contamos y te mostramos en qué Comunidades Autónomas y en qué municipios es más caro y más barato alquilar un piso al día de hoy. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Cómo viene evolucionando el precio de la vivienda en alquiler este 2021?

A diferencia del precio de la vivienda en venta, que durante el 2020 sufrió una depresión en los meses de más restricciones por el COVID-19, el valor de los inmuebles en alquiler no pareció experimentar los mismos efectos.

Antes de ocuparnos de analizar cómo viene evolucionando en lo que va del 2021, veamos cómo lo hizo durante todo el año pasado, tomando como referencia el precio del m² en cada mes:

Evolución del precio de la vivienda en alquiler durante el 2020

  • Enero: 11 €/m²
  • Febrero: 11.1 €/m²
  • Marzo: 11.2 €/m²
  • Abril: 11.4 €/m²
  • Mayo: 11.4 €/m²
  • Junio: 11.3 €/m²
  • Julio: 11.3 €/m²
  • Agosto: 11.4 €/m²
  • Septiembre: 11.5 €/m²
  • Octubre: 11.3 €/m²
  • Noviembre: 11.2 €/m²
  • Diciembre: 11.1 €/m²

Observando estos números podemos afirmar con seguridad que el precio de la vivienda en alquiler no fue afectado en absoluto por las consecuencias de la pandemia durante el 2020. Veamos ahora cómo viene evolucionando en lo que va de este año:

Evolución del precio de la vivienda en alquiler en lo que va del 2021

  • Enero: 11 €/m²
  • Febrero: 10.8 €/m²
  • Marzo: 10.8 €/m²
  • Abril: 10.8 €/m²
  • Mayo: 10.7 €/m²
  • Junio: 10.7 €/m²
  • Julio: 10.7 €/m²
  • Agosto: 10.7 €/m²

Según estos valores podemos concluir que el precio de la vivienda en alquiler se deprimió de manera muy leve en lo que va del 2021. De hecho, respecto a hace un año atrás, este precio descendió, específicamente, un 6,7%. 

¿En dónde es más cara y en dónde más barata la vivienda en alquiler actualmente?

Realicemos ahora una radiografía de la situación actual. A la hora de elegir un lugar donde vivir es probable que una persona con deseos de alquilar tome su decisión en base a varios factores. Sin embargo, el precio suele ser una variable determinante.

Al día de hoy el precio del metro cuadrado en alquiler es de 10,7 € promedio en toda España. A continuación veremos en qué Comunidades Autónomas y en qué municipios la vivienda se encuentra por encima y por debajo de este valor.

¿En qué Comunidades Autónomas es más cara y en cuáles más barata la vivienda en alquiler?

España se divide en diecisiete Comunidades Autónomas. Analizando el precio actual de la vivienda en alquiler en todas ellas pudimos observar que, en la mayoría de ellas, este valor se encuentra por debajo del promedio de 10,7 € a nivel país que mencionamos. En cambio, son solo cuatro las autonomías en donde este precio se ubica por encima del promedio. Es decir, son solamente cuatro las regiones de España en donde alquilar es más caro. Veamos cuáles son:

Comunidades en donde la vivienda en alquiler es más cara

  • Baleares: 11,9 €/m²
  • Cataluña: 13,4 €/m²
  • Euskadi: 12,1 €/m²
  • Madrid: 13,8 €/m²

Comunidades en donde la vivienda en alquiler es más barata

  • Andalucía: 8,6 €/m²
  • Aragón: 7,9 €/m²
  • Asturias: 7,6 €/m²
  • Canarias: 9,9 €/m²
  • Cantabria: 8,8 €/m²
  • Castilla y León: 7,1 €/m²
  • Castilla-La Mancha: 7,9 €/m²
  • Comunitat Valenciana: 7,8 €/m²
  • Extremadura: 5,6 €/m²
  • Galicia: 7,3 €/m²
  • La Rioja: 6,9 €/m²
  • Melilla: 9 €/m²
  • Murcia: 6,9 €/m²
  • Navarra: 8,9 €/m²

¿En qué municipios más seguros es más cara y en cuáles más barata la vivienda en alquiler?

Al momento de elegir un lugar en donde alquilar, además del precio, otro factor importante que muchos inquilinos tienen en cuenta es la seguridad. La Asociación Empresarial del Seguro (UNESPA) ha elaborado recientemente, en el marco del plan Estamos Seguros, un estudio a través del cual determinó cuáles son los distritos más seguros de España. Tuvo en cuenta para ello tres elementos: el nivel de robos en casas y comercios, el nivel de accidentes de tráfico y el nivel de incendios de estos centros urbanos.

A continuación veremos en cuáles de estos municipios el precio de la vivienda en alquiler se encuentra por encima del promedio general de 10,7 € y en cuáles por debajo. Todos ellos están ordenados desde el más seguro al menos seguro en cada una de las categorías.

Municipios más seguros en donde la vivienda en alquiler es más cara

  • Getxo: 11,5 €/m²
  • Donostia/San Sebastián: 14,5 €/m²
  • Sant Cugat del Vallès: 13 €/m²
  • Alcobendas: 11,3 €/m²
  • Bilbao: 12,2 €/m²
  • Barcelona: 14,6 €/m²
  • Palma: 11 €/m²
  • Madrid: 14,5 €/m²
  • Pozuelo de Alarcón: 11,9 €/m²

Municipios más seguros en donde la vivienda en alquiler es más barata

  • Albacete: 6,4 €/m²
  • San Cristóbal de la Laguna: 7,8 €/m²
  • Palencia: 6 €/m²
  • Ourense: 6 €/m²
  • Salamanca: 8 €/m²
  • Pontevedra: 6,6 €/m²
  • Lugo: 5,8 €/m²
  • Ciudad Real: 5,5 €/m²
  • Las Palmas de Gran Canaria: 9,9 €/m²
  • Logroño: 7,1 €/m²
  • Oviedo: 7,8 €/m²
  • Toledo: 7,2 €/m²
  • Santiago de Compostela: 7,2 €/m²
  • Valladolid: 7,1 €/m²
  • Orihuela: 7 €/m²
  • Gijón: 7,8 €/m²
  • Lorca: 5,4 €/m²
  • Castelló de la Plana: 6,3 €/m²
  • Santa Cruz de Tenerife: 8,7 €/m²

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Frente a las diversas medidas para afrontar la emergencia habitacional debido a la crisis provocada por el Covid-19, el Gobiernos continúa analizando los puntos centrales de la de la nueva Ley de Vivienda. Uno de ellos trata el control en precios de alquileres mediante una limitación de incrementos máximos del 10%.

Además, el proyecto de ley incluye que el arrendatario pueda solicitar una prórroga de su contrato de hasta tres años, a lo que se le suman los beneficios fiscales para propietarios.

La nueva Ley de Viviendas ya cuenta con un borrador

Luego de varios meses de retraso en relación al calendario pactado con Bruselas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la ley la vivienda ya cuenta con un borrador por parte del Ministerio de Transporte. Recordemos, el principal objetivo de la normativa es comprimir al máximo los obstáculos para acceder a una vivienda de alquiler asequibles. Y, al mismo tiempo, evitar el encarecimiento de los arrendamientos en zonas tensionadas de España.

Por otra parte, esta nueva normativa propondrá ofrecer beneficios fiscales para los arrendatarios, con la finalidad de fomentar a propietarios para que coloquen en régimen de alquiler a su vivienda.

El control de precios de alquileres y una prorrogo contractual

En esta oportunidad, el borrador pensado por el Ministerio plantea la limitación a un máximo del 10% la suba del precio de los alquileres en zonas tensionadas. Esta medida sería aplicada en el momento de la firma de un nuevo contrato de arrendamiento.

Además, de manera conjunta, proponen la posibilidad del inquilino de prorrogar por tres años más al finalizar el acuerdo. Durante esa prórroga se mantendrán las condiciones que se encuentren vigentes hasta el momento, y es de carácter anual. Por ultimo, se considera a la medida extraordinaria en un sola oportunidad con el mismo propietario.

Se trata de ofrecerle una posibilidad más al inquilino de poder asegurarse la vivienda una vez concluido el contrato de alquiler. Al ser extraordinaria, es independiente a la existencia o no de un acuerdo entre el propietario del inmueble y el inquilino.

En la actualidad, los contratos de alquileres son de 5 años o de 7 en el caso de que el arrendatario sea una persona jurídica (una empresa). Es decir, los inquilinos tendrán la posibilidad de extender los periodos de alquiler establecidos por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) a 8 o 10 años. Esto dependiendo del carácter de cada contrato.

Un dato importante es que, si en el trascurso de los cuatro meses antes de que concluya la vigencia del contrato, ninguna de las partes da aviso de finalización del mismo la prórroga extraordinaria comienza a regir de manera automática

Beneficios fiscales para propietarios

Otros de los puntos fuertes que propone la ley es la generación de estímulos fiscales hacia propietarios. La finalidad es aumentar la oferta de viviendas en alquiler. Lo que se pretende es regular el precio de los arrendamientos y mantener costes asequibles de contratación.

Con la reducción actual del 60% en el rendimiento puro del alquiler (IRPF) se ha identificado un aumento significativo de las viviendas en régimen de alquiler. Esto supone que el 60 % de lo que perciben por las rentas, no se suma a sus ingresos en la declaración del IRPF, por lo cual no tributan dicha cantidad. Al mismo tiempo en dicho beneficio se encuentra ausente un modo de moderación de los costes de alquileres, puntualizado en zonas con mayores problemas de oferta.

¿Cuáles serán los posibles beneficios estipulados en la ley?

La propuesta de la posible ley es, para los nuevos contratos una reducción general del 50% del IRPF en relación a una serie de criterios.

1) En el caso de que alguna vivienda haya sido rehabilitada o mejorada en los último 30 años, se considerará una reducción del 60%. A su vez, la obra debe significar un desembolso total de seis meses de pago de alquiler.

2) Con la finalidad de fomentar que los jóvenes de entre 18 y 35 años, puedan acceder a una vivienda, se beneficiará al arrendatario con un descuento del 70%.

3) Los contratos de alquiler de larga duración recibirán un 70% de estímulo fiscal. La intencionalidad es garantizar estabilidad en los inquilinos, sin que sufran incrementos que superen el ICP durante 10 años.

Por otra parte, se aplicarán mejoras en el pago de impuestos en las zonas que sean declaradas tensionadas, con la misma finalidad: promover el aumento de la oferta en dichas áreas.

Entonces se considerará:

1) La incorporación de una vivienda para alquiler habitual al mercado con una estimulación del 70% de IRPF. Se prevé que esta incentivación fomenta la entrada de nuevas viviendas que antes no estaban como viviendas habituales para alquiler.

2) Para mejorar las condiciones de los inquilinos que ya tienen un contrato vigente y para conseguir una rebaja en el coste del alquiler respecto a la renta finada en el contrato anterior. En estos casos, se otorgará una disminución en más de un 10% en la renta, respecto al contrato anterior, 90%. Se estimula la mejora de las condiciones del contrato al inquilino existente, o bien, una bajada de la renta con respecto a la fijada en un contrato anterior.

Nuevos propietarios beneficiados

Por último, en la actualidad no reciben las deducciones:

1)Las personas que decidan ceder sus viviendas para que sean destinadas a alquileres sociales y que, por ello, reciban algún tipo de remuneración o contraprestación,

2) O las personas que ofrezcan su inmueble como espacio físico de actividades sin fines de lucro

Ambas situaciones aún no reciben beneficios debido a que no son titulares de los contratos. En estos casos, la nueva ley propone una reducción del 70%.

Control en precios de alquileres y bonificaciones fiscales: medidas temporales:

Según testimonios oficiales, las medidas que regularán el control de los precios de alquileres son de carácter excepcional y temporal por el contexto de crisis en el cual se encuentra en país.

En el interior del documento borrador se afirma la funcionalidad de la posible ley:

“para amortiguar dicha tensión y conceder a las administraciones competentes el tiempo necesario para poder compensar en su caso el déficit de oferta o corregir con otras políticas de vivienda las carencias de esas zonas”. 

Hasta aquí las ultimas novedades respecto al debate en torno a la nueva Ley de Vivienda. Si te has quedado con alguna duda déjanos tu comentario. Nos interesa mucho tu opinión!

Para más información respecto a las posibles medidas que integrarán la nueva ley de vivienda te recomendamos leer la siguiente nota:

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La mayoría de los propietarios debieron bajar el precio de alquiler de sus viviendas porque los inquilinos ya no estaban dispuestos a pagar lo pactado. La crisis económica y el impacto del Efecto COVID: los españoles optan economizar la renta.

Los efectos de la pandemia aún siguen y, seguirán, generando impacto en la economía mundial. La situación no deja de ser incierta y parece no verse la luz al final del túnel, a pesar de los resultados positivos en la campaña de vacunación. El presidente Pedro Sánchez ha anunciado que en 100 días estarán inmunizada casi toda la población de España. Si bien esto es una tranquilidad, no resuelve la realidad económica que están pasando la mayoría de los españoles, que con la vida nueva ya no están para realizar los mismos gastos de antes. Además, los meses de confinamiento han agotado psicológicamente a muchos ciudadanos que ya dejaron las viviendas porque no cumplían con las características que deseaban.

Efecto COVID: los españoles optan economizar la renta

A razón de la situación, los propietarios se vieron obligados a bajar los precios de sus viviendas. Esto ha dado lugar a que el 42% de la población eligiera un presupuesto tope de 750 € para estimar en alquiler, cuando antes de la existencia del Coronavirus era solo un 34% el porcentaje de inquilinos los que pagaban hasta 750 €, según un estudio realizado por Idealista.

La cifra tope en las grandes ciudades

Como lo hemos mencionado ya, el precio dispuesto por los propietarios ha sido obligadamente reducido y muchos inquilinos han acudido a las ayudas por pandemia. El estudio hecho por Idealista ha deducido lo siguiente:

  • En Barcelona, por ejemplo, se ha duplicado el porcentaje de alquileres menores a 750 €. Antes significaban un 7% mientras que ahora son ya un 14%. Si nos remitimos a una franja que se extienda hasta los 1.000 € mensuales, hablamos del 49% total de los alquileres en Barcelona, cuando antes sólo significaban un 29%. Esto debido a que muchos que pagaban más de 1.000 € han bajado su nivel de vida y se trasladaron o negociaron hasta este monto.
  • Madrid, por su parte, comprende cifras similares. Cuando antes el 11% del total de alquileres se comprendía por debajo de los 750 € mensuales, hoy en día se incrementó hasta un 23%. Entre los alquileres comprendidos hasta los 1.000 €, había un porcentaje del 36% de inquilinos antes de la pandemia. Hoy en día ya son 55%, por lo menos entre los límites comprobables.
  • Mallorca, por otro lado, tenía un porcentaje de 11% del total de inquilinos pagando hasta 750 € mensuales. Tras este nefasto año de crisis sanitaria se ha incrementado hasta llegar a un 21%. En cuanto a las rentas comprendidas hasta los 1.000 €, llegaban a ocupar el 41% cuando en este 2021 significan el 55%.
  • A su vez, Málaga es dónde más ha pegado este incremento de inquilinos que redujeron sus presupuestos hasta los 750 € mensuales de alquilar. Pasaron de representar un 46% hasta llegar al 65% de ahora.
  • El resto de las ciudades donde el impacto fue fuerte son: Girona (de un 47% a un 66%). Sevilla (46% a 64%). Valencia (41% a un 54%). Tarragona (65% a 77%). Granada (75% a 86%). Huelva (85% a 95%). Palmas de Gran Canaria (51% a 60%).

Capitales donde el porcentaje ha disminuido

Paradójicamente, no en toda la España las propiedades alquiladas por debajo de los 750 € han aumentado su porcentaje de ocupación. En Pamplona antes de la pandemia el porcentaje de inquilinos que no superaban esta cifra mensualmente era del 41%, mientras que ahora se reflejan en un 32% del mercado inmobiliario de alquiler. La ciudad de San Sebastián del País Vasco, disminuyó de un 14% a un 9%. En Melilla bajó del 87% a un 84%. En León cambió de un 90% al 80% y por último, con la baja de solo un 1%, queda Ourense que pasa de un 95% al 94%.

¿Cuál es el perfil del inquilino español?

La edad media de los inquilinos españoles es de 30 años. Por lo general, sus alquileres no representan más del 40% de sus ingresos. Se estima que casi un 40% están solteros, mientras que un 34% casados y el resto se divide entre los distintos estados civiles. En cuanto a los contratos, son más los indefinidos que autónomos.  

¿Cuánto gana un inquilino español anualmente?

Los salarios de, la mayor parte de este grupo de gente, rondan entre unos 10.000 € y 20.000 € anuales. Una minoría llega a ganar entre 20.000 € y 30.000 € anuales mientras que, menos que esta minoría, ganan entre 30.000 € y 40.000 € por año. Sus edades van entre los 25 y 35 años seguido por la franja de entre 18 y 25 años.

Limitaciones en los precios de alquiler

La Comunidad de Catalunya ha establecido un tope para los precios de sus alquileres en las zonas con mayor tensión. La Ley 11/2020, publicada el 18 de septiembre de 2020, regula la contención y moderación de rentas en los contratos de arrendamiento de viviendas. Para estar contemplada por la ley, la vivienda deberá ser la residencia permanente del inquilino. Catalunya lanzó este decreto con el fin de limitar y mantener un control sobre los precios que eligen los propietarios. Sin embargo, el futuro de esta ley es incierto ya que, muchos profesionales y personas jurídicas están buscando la manera de declarar esta ley inconstitucional.

Ahora que ya sabes acerca del Efecto COVID: los españoles optan economizar la renta, coméntanos cómo te ha afectado a ti la pandemia. Además, te recomendamos los últimos artículos:

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Si es la primera vez que te mudas de piso, deberás estar sintiendo un sinfín de emociones y no sabes por dónde comenzar a empacar. En este post te daremos los mejores consejos para mudarte de casa y te diremos cuál es el perfil de los inquilinos en España.

Unos de los efectos de la pandemia fue la cantidad de gente que se decidió por cambiar de piso. Algunos porque sus hogares no cumplían con las dimensiones requeridas para pasar casi todo el día en ella, ahora más con el teletrabajo. Otros porque tuvieron diferencias con sus compañeros de pisos debido al haber tenido una convivencia más fuerte. Muchos otros porque aprovecharon que ahora el trabajo se puede realizar online y decidieron poner fin a su vida en las grandes ciudades, dando paso a la relajación de las zonas aisladas o rurales. Por lo tanto, te diremos qué consejos debes seguir para mudarte de casa y cuáles son los perfiles de los inquilinos en España.

Consejos para mudarte de casa

Los tips básicos que te daremos son, para empezar, que compares y busques todas las opciones de transportistas que tienes a tu alrededor. Llévate solamente los objetos imprescindibles y que realmente usas. Ordena los objetos en cajas muy detalladamente. Protege las cosas más valiosas que tienes. Haz un buen embalaje de todos los paquetes. Únete a blogs o distintas páginas donde la gente se deshace de los objetos que no usa más y te podrían servir.

Empresas de mudanza

En general y en promedio, las empresas de mudanzas suelen cobrar entre unos 50 € y 80 € la hora. De todas maneras, es muy difícil decirles un precio estimado ya que todo dependerá de dónde esté ubicada la casa, a dónde debes trasladar y etc. Lo que sí, ellos te podrán decir más específicamente un aproximado de cuánto te cobrarán, por lo que sé muy insistente con este tema y asegúrate de fijar un precio para no tener sorpresas. Trata de consultar la mayor cantidad de servicios posibles y compararlos, lee los grupos de Facebook o anuncios de Wallapop y Milanuncios. Obviamente, si tienes la opción de hacerla tú por tu cuenta, ya sea porque tienes una camioneta grande o te ayuda una persona de tu círculo íntimo, opta por esta opción para economizar.

Deshazte de tus artículos viejos

Ya que desarmarás todo lo que tienes en tu vivienda actual, aprovecha el momento para tirar todo lo que no usas. No vale la pena acarrear con objetos que piensas que te sirven, pero no usas nunca. Para esto te conviene hacer un balance de cuánto hace que no usas ese objeto y si todavía le puedes dar un fin. Por ejemplo, si tienes juguetes de cuando eras niño, aparatos electrónicos que ya ni te acuerdas de que los tenías o ropa de otras temporadas que están acumulando polvo, trata de donarlos o publicarlos en internet para hacerte unos euros.

Busca publicaciones de gente que done cosas

Así como tú harás una limpieza de tu inventario, la gente lo hace constantemente. Ya sea porque se moderniza o porque también se mudan. En España es normal que se desechen objetos de mucho valor y en muy buen estado, como lo son las lavadoras, heladeras y muebles. Muchas veces simplemente los tiran en la calle y ya, pero hoy en día hay de muchos grupos en las redes sociales o aplicaciones de compras online que se dedican a encontrar a gente que les sirva. Por lo tanto, si ves que llevar contigo tu nevera es muy difícil y a dos calles de tu nuevo piso están dando una en óptimas condiciones, ni lo pienses.

Organiza bien tus cajas

Te será de gran ayuda escribir bien grande en las cajas, qué es lo que llevan dentro. Es muy práctico organizar los objetos por sectores. Por ejemplo, en una caja mete todo lo que corresponda a la cocina, en otra lo que corresponda al baño y así. También organízalos entre los prescindibles o no tan importantes y asegúrate de tener a mano los que son necesarios. Está de más decir que si contratas a una empresa, lleva los objetos de gran valor siempre contigo y el dinero en mano, no sea cosa que “se pierda en el camino”.

Embalaje perfecto

Todo lo que sea de vidrio, televisores, electrodomésticos y cosas más sensibles y frágiles, embálalas con mucha precaución. Trata de ponerles Telgopor o esas bolsas de aire para objetos delicados. Será importante hacerle un buen embalaje, no te prives de ponerle mucha cinta de embalar o de las negras fuertes, sobre todo en las aperturas y en los vértices. Te recomendamos que no pesen más de 15 kilos ya que, será más difícil mover las cajas y hay opción a que se desfonde.

¿Cuál es el perfil del inquilino español?

La edad media de los inquilinos españoles es de 30 años. Por lo general, sus alquileres no representan más del 40% de sus ingresos. Se estima que casi un 40% están solteros, mientras que un 34% casados y el resto se divide entre los distintos estados civiles. En cuanto a los contratos, son más los indefinidos que autónomos.  

¿Cuánto gana un inquilino español anualmente?

Los salarios de, la mayor parte de este grupo de gente, rondan entre unos 10.000 € y 20.000 € anuales. Una minoría llega a ganar entre 20.000 € y 30.000 € anuales mientras que, menos que esta minoría, ganan entre 30.000 € y 40.000 € por año. Sus edades van entre los 25 y 35 años seguido por la franja de entre 18 y 25 años.

Ahora que ya sabes los mejores consejos para mudarte de casa, te invitamos a dejarnos otros de los tips que usaste cuando te mudaste. Además, les recomendamos leer los siguientes posteos:

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Si tienes un piso arrendado y quieres asegurarte de que no vas a tener problemas para cobrar tu renta, esta nota te sacará las dudas de por qué contratar un seguro de alquiler es la mejor idea.

La situación económica no es la mejor y cada vez hay más inquilinos a los que se les dificulta pagar el alquiler. La pandemia está devastando los bolsillos de los ciudadanos españoles y de todo el mundo, pero aún así siempre fue el mayor temor de los propietarios: encontrarse con un inquilino moroso. Contratar un seguro de alquiler te dejaría tranquilo en muchos aspectos y no deberías tener casi preocupaciones. La opción más sencilla sería la de optar por un gestor de alquiler integral que no sólo te cubre el seguro de impago, sino también se ocupa de muchísimas otras eventualidades. Pero si sólo deseas tener el seguro, te daremos los mejores consejos e información que debes saber.

¿Por qué contratar un seguro de alquiler?

La principal razón por la que contratar un seguro de alquiler es una gran decisión, es porque te sacarás el miedo de encontrarte con un inquilino moroso. De todas maneras, cuando optas por un seguro de alquiler no sólo estás previniéndote de eso, sino que también tendrás a profesionales en la materia a tu disposición, que resolverán las cosas de manera rápida y sencilla. Recuerda que una reclamación o cualquier método legal al que acudas para resolver un problema con un deudor moroso implicará un gasto descomunal. Quizás pienses que no te convenga pagar la póliza anual del seguro porque gastarás más de lo pensado, pero esto es falso ya que si te encuentras en esta situación perderás mucho dinero y los procesos suelen ser lentos. Estarás perdiendo, no solo la renta mensual, sino todos los gastos de procesos jurídicos que estarían cubiertos si tuvieras contratado tu seguro de alquiler.

¿Qué es precisamente el seguro de alquiler?

Concretamente, cuando hablamos de seguro de alquiler estamos hablando de un resguardo de Defensa Jurídica que protegerá al propietario de una vivienda ante cualquier eventualidad que surgiera con su alquiler. Esto contemplaría no solamente a lo que se refiere con deudores morosos, sino también a cualquier desacuerdo, gastos por reparaciones, etc. Además, estarán incluidas las tarifas a abonar en caso de abogados, procuradores y garantizar las tasas.

Inquilinos que no pueden pagar la renta

La compañía emisora del seguro se responsabilizará de pagarte los meses que no esté pagando el huésped y podrán llegar a ser 12 o hasta 18 meses de cobertura. Además, se encargará de mediar con el inquilino a partir del primer mes en el que comiencen los problemas y le advertirá ante que procesos legales se enfrenta. Cuando no es posible llegar a un acuerdo, tendrás cubierto el proceso judicial. En caso de haber inconvenientes menores entre el inquilino y vecinos, la aseguradora intervendrá también.

¿Cómo prevenir que surjan problemas entre propietario e inquilino?

Te recomendamos de antemano que, antes de contratar un seguro de alquiler y de firmar un contrato de arrendamiento, hagas un estudio de solvencia. La situación económica del potencial huésped se puede comprobar a través de la acreditación de estados bancarios positivos, contrato de trabajo a largo plazo o antigüedad de más de un año, referencias de alquileres pasados, recibos de sueldo y el aval de un tercero. Por lo general, el estudio debería decirte que la renta supone un 40% del ingreso mensual de esta persona ya que, si supone más de ello, se podría meter en dificultad de cara al futuro.

Puntos que suele incluir un seguro de alquiler

No todos los seguros te protegen de los mismos aspectos y esto en parte dependerá de lo que cada propietario esté dispuesto a pagar ya que, las compañías ofrecen diversos planes que determinarán la tarifa. Hemos dicho más o menos qué es lo que incluye un seguro de alquiler, pero antes de firmar un contrato toma nota sobre estos puntos.

  • Pago de la renta: en caso de morosidad, el seguro te pagará por adelantado todos los meses. Llegan a cubrir hasta 18 meses, pero por lo general los planes más accesibles son de 12 meses.
  • Defensa y reclamación: si tu inquilino incumple el contrato de arrendamiento que han firmado, el seguro se ocupará de este aspecto.
  • Indemnización en caso de actos vandálicos: si la propiedad sufre hurtos o destrozos provocados por el inquilino, tendrás la cobertura del seguro.
  • Cerrajero: en caso de que tu huésped cambie la cerradura para okupar la casa, los gastos que tengas para cambiarla y para llamar al cerrajero están cubiertos.
  • Defensa de responsabilidad penal.
  • Gastos de abogados: en caso de no llegar a una mediación y se deba acudir a un abogado, será respaldado. Además, están incluidas las tasas y el procurador, siempre cuando esté vinculado en el alquiler.
  • Atención jurídica telefónica: tendrás a tu disposición un número de teléfono al cual acudir para resolver cualquier duda que se te plantee.

Precios de un seguro de alquiler

Todo dependerá del plan que el propietario elija. Cuantos más servicios quieres que cubra, más se elevará la cifra, eso está claro. Pero la mayoría de las compañías tienen pólizas flexibles y adaptables a las necesidades y condiciones de cada persona. El coste del seguro de alquiler suele rondar entre un 3% y 5% de la suma en concepto a un año de alquiler.

Papeles para solicitar un contrato de seguro

Estos varían dependiendo de la situación laboral y legal de cada propietario.

Asalariados:

Autónomos:

  • Último IRPF
  • Dos últimos pagos de autónomos a la Seguridad Social
  • NIF/NIE
  • Documento de solicitud firmado por los inquilinos (documento de Ley de Protección de datos)

Pensionistas:

  • Certificado de la pensión emitido por la Seguridad Social
  • NIF/NIE
  • Documento de solicitud firmado por los inquilinos (documento de Ley de Protección de datos)

Ya sabes por qué contratar un seguro de alquiler, cuéntanos si alguna vez un seguro te salvó de un inquilino moroso. Además, no olvides pasar por los siguientes temas relacionados:

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 Si tienes experiencia en haber alquilado un piso, seguramente ya te estarás planteando la posibilidad de optar por una inmobiliaria para tu próximo movimiento, ya que llevarlo a cabo uno mismo es un trabajo tedioso… Pero, de antemano te das la idea de que tendrás muchos gastos ¿Cuánto cuesta la gestión integral de alquiler? ¿Se justifica? 

Dificultades a la hora alquilar en forma particular 

Normalmente, cuando se hacen inversiones con fin de alquilarlo, o se heredan pisos y para generar ganancias se lo arrenda, la labor de tener que buscar un inquilino y luego estar pendiente de todas sus inquietudes, no entran en la planificación. Pero, es un error creer que manejar los hilos de un alquiler es tarea fácil.  

  • El cliente puede resultar moroso o su patrimonio se ve peligroso a largo plazo y tú no tienes los medios ni las formas para hacer una leve investigación patrimonial que te asegure que no tendrá dificultades en pagar todos los meses. Si esto llegara a pasar, ninguno responderá esta persona y los medios legales para poder recuperar tu vivienda no son fáciles de llevar a cabo. Una inmobiliaria respondería con un seguro de impagos que cubrirá hasta un año y se ocupará de los temas legales. 
  • La propiedad puede tener problemas por el deterioro, fallas eléctricas, goteras, el inquilino no sabe dónde están las llaves de luz, agua, gas, no baja el agua, cualquier problema que surja, recurrirá a ti sea cual sea la hora y la actividad que te encuentres haciendo. En cambio, con una gestión integral, no tendrás que preocuparte. Un profesional mediará siempre por ti y no deberás pasar grandes dolores de cabeza. 
  • El inmueble deberá cumplir con normativas legales para poder ser arrendado. Normalmente uno no las sabe de A-Z, ya que deben cumplir con el certificado energético evaluado por el Decreto 235/2013-. Un gestor inmobiliario se encargará de hacer todo este tipo de arreglos para que no haya dificultades legales. 

¿Cuánto cuesta la gestión integral de alquiler? 

Ahora que ya sabemos por qué conviene gestionar nuestros alquileres por una inmobiliaria, veamos cuánto podría a llegar a costarte. El problema para hacer una estimación es que no hay ninguna norma legal que estabilice las comisiones, dejando que cada una ponga la cotización a su criterio, en cuánto a precio y forma de pago.  

Variables 

Este presupuesto varía también de qué tipo de gestión integral busquemos, uno puede optar por pedir que solo le busquen un inquilino, como puede pedir que luego se encarguen de cobrar la renta, asistir al cliente, reparar los daños, asegurar, ocuparse de las intervenciones legales, etc. Además, no costará lo mismo la gestión de la inmobiliaria más grande y conocida del área que la que recién comienza o no tiene muchas propiedades para manejar todavía. 

Pago Mensual:  

Algunas inmobiliarias optan por cobrar entre 200 y 300 euros por mes, sin incluir el IVA.  

Pago sobre la renta anual:  

Otras pedirán un porcentaje del 10% sobre la renta anual.   

Pagos combinados: 

Asimismo, existe la posibilidad de que se cobre las dos juntas, es decir, un depósito mensual de unos 200 a 300 euros por mes, más el 10% de la ganancia de todo el año.  

Diversos tipos de planes 

Cómo ya lo especificamos en el párrafo anterior, algunos gestores integrales se han lanzado a realizar packs que incluyen más o menos servicios y así evalúan sus presupuestos. Algunas agencias optan por hacer el pack básico, pack premium y pack complet. Los nombres de los planes podrían variar pero básicamente la línea se ajusta a la cifra monetaria a la que desea estar sujeto el propietario.  Y de esto dependerá cuánto cuesta la gestión integral de alquiler.

Pack básico:  

Es la opción más barata y normalmente sería de pago mensual. La cifra más accesible ronda entre los 13€ y 15€. La mayoría de las inmobiliarias incluyen dentro de este pack la gestión de cobros, actualizaciones de renta, la atención al inquilino, las rescisiones y gestión de incidencias, la comercialización y búsqueda de nuevos inquilinos. Además, están incluidos los análisis de solvencia, la redacción de contratos de inmuebles, gestión de fianzas, descuentos en seguros de impagos y comunicación con el administrador de la finca. 

  • Gestión de cobros: La inmobiliaria se ocupará de cobrarle al inquilino y te depositará a ti la renta. Por lo general se procederá con un depósito bancario que suele ser a una fecha estipulada todos los meses sin retrasos. Lo más tradicional es hacerlo todos los 15 de cada mes. 
  • Actualizaciones de renta: El gestor estudiará todas las opciones de mercado evaluando así un precio justo y rentable. En caso de que el inquilino esté finalizando el contrato y quiera renovarlo, la inmobiliaria tendrá la facultad de aumentar o bajar el precio de la renta basándose en el estudio que ha hecho. 
  • Rescisiones: Si un inquilino quiere romper su contrato antes de tiempo, la gestión integral se ocupará de asumir legalmente el proceso y de cobrar la penalidad ya estipulada en el contrato de alquiler.  
  • Gestión de incidencias: En caso de que sucedan bienes menores o problemas con la comunidad, el propietario no deberá intervenir sino es un problema extremo. El gestor se encargará de solucionarlo cara a cara con el huésped. 
  • Comercialización y búsqueda de nuevos inquilinos: Toda inmobiliaria tiene carteras de clientes y está conectada a casi todos los portales web conocidos que proveerán una cartelera mucho más grande de la que podamos hacer nosotros individualmente. 

Pack Premium: 

El plan medio cuesta casi el doble del básico. Ronda entre unos 25€ y 30€ mensuales pero incluirán trámite de suministros, un resumen anual, la tramitación con aseguradoras y asesoramiento legal.   

  • Trámite de suministros: La inmobiliaria se encargará de llevar a cabo los cobros de los gastos de suministros, sistematizar la vivienda, que todos los papeles estén en regla y al día y que el inquilino no tenga problemas. 
  • Resumen anual: El gestor detallará minuciosamente todos los gastos y ganancias que produjo el inmueble, así como las incidencias y contactos con el inquilino. 
  • Aseguradoras y asesoramiento legal: En este pack no es sólo un descuento, sino que incluirá el seguro por impagos y se asesorará al cliente con trámites legales. 

Pack Complet: 

Este ya vendría a ser un pack para futuros y nuevos inversores. Cuesta entre 45€ y 50€ al mes e incluye todos los aspectos del pack medio más la formación para convertirte en un verdadero maestro del sector inmobiliario. 

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La posibilidad de movilizar los pisos vacíos que planteó el gobierno suscitó críticas por parte de empresas del sector que opinan que vulneraría la Ley de Arrendamientos Urbanos

El Ayuntamiento de Madrid anunció hace poco tiempo que tenía un plan para mejorar la accesibilidad de la vivienda en alquiler. Específicamente se diagramaron estrategias dirigidas a la clase media a través de distintas líneas de acción. Por un lado, a través de el pago de fianzas a los inquilinos que cumplan con algunas condiciones, con el fin de ayudarlos a poder continuar en sus viviendas. Por otro, colaborar directamente con los jóvenes y hogares que cuentan con menos recursos y finalmente la posibilidad de que los propietarios cedan sus pisos vacíos a la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS).

Esta última medida es la que está siendo criticada por las agencias que ven que esto podría vulnerar la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Si quieres saber más información sobre las consecuencias que podría traer movilizar los pisos vacíos, no dejes de leer este post!

Movilizar los pisos vacíos: puede violar la Ley de Arrendamientos Urbanos?

La Agencia Negociadora del Alquiler mostró sus críticas al plan de Madrid para movilizar los pisos vacíos. El Ayuntamiento presentó recientemente sus políticas en materia de alquileres para ayudar a las personas con menos recursos.

Entre estas medidas la que más alboroto trajo fue la de la cesión de los propietarios de sus pisos vacíos a la EMVS.

Según precisa la Agencia Negociadora del Alquiler(ANA), no hay claridad en las bases del Programa REVIVA no están claras. Es esto que se podrían contraponer con la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

¿De qué se trata el Programa Reviva?

A través de este plan el gobierno intenta darle ayuda a los más carenciados, contemplando la cesión del usufructo de los inmuebles vacíos durante un período mínimo de cuatro años. Esto no significa que se pierde la propiedad sino que los derechos del uso de la vivienda son cedidos al Estado para que este pueda ponerlos en alquiler.

De esta manera el propietario del inmueble cede el usufructo a la EMVS durante un mínimo de cuatro años. Luego la entidad pondrá el piso en alquiler garantizando al propietario el cobro de la renta, independientemente de que haya o no inquilino. Además, avalará que el nuevo arrendatario no destine más del 30% de sus ingresos al pago del alquiler.

Las condiciones para que se pueda que una vivienda se pueda ceder son 

  • Que lleve un mínimo de nueves meses deshabitada (con la excepción de que se trate de un piso turístico) 
  • Haber quedado libre tras ser abandonada por una persona de la tercera edad.

Una ventaja para el propietario es que sii el inmueble necesitara reformas, la EMVS adelantará al propietario los costes de la obra. El máximo importe que se podrá pagar por estas rehabilitaciones  serán 45 mil euros, con una tasa de interés al 0%. El plazo de devolución será igual al tiempo que dure el usufructo.

Cada propietario podrá ceder hasta cinco viviendas y el precio será pautado luego de una tasación oficial basandose en los parámetros del mercado.

¿Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos sobre la permanencia de los inquilinos?

La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que la duración de los contratos de alquiler es de 7 años siempre y cuando el inquilino quiera permanecer en la vivienda y cuando el propietario no sea un particular. Esto significa que el titular debe ser una empresa patrimonial, un fondo, una entidad jurídica o una pública como lo es la EMVS.

Para la Agencia Negociadora del Alquiler si un propietario cede la propiedad por cuatro años para que la alquile la EMVS, a los inquilinos se les coartaría el derecho que tienen a permanecer por 3 años más.

Esta práctica podría vulnerar el artículo 9 de la Ley de Arrendamientos Urbanos contenido dentro del Título II. Según este artículo, que es el más proteccionista de toda la normativa, el inquilino tiene el derecho a permanecer en las viviendas arrendadas hasta un mínimo de siete años, si así lo decidieran.

¿Qué plantea la Agencia Negociadora del Alquiler sobre movilizar los pisos vacíos?

Según la Agencia el programa REAVIVA puede traer conflictos entre los arrendatarios. La base de su funcionamiento se sustenta en la cesión de las viviendas vacías a la EMVS a través de un usufructo temporal. El plazo mínimo es de cuatro años, en los cuales la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid (EMVS) se convierte en usufructuaria y puede arrendar las viviendas cedidas, por el plazo indicado. Esto supone que en determinado momento se extinguirían todos los derechos otorgados por el usufructuario, por ende también el derecho del arrendatario al extinguirse el usufructo, como se establece en el artículo 13.2 de la LAU.

El usufructo temporal podría traer problemas para este tipo de operaciones

Otro caso que podría darse hipotéticamente preocupa a la Agencia si por ejemplo entrara en juego un segundo inquilino. Si se da la situación que el inquilino que buscó el arrendamiento a través del Plan Reviva decide marcharse al tercer año del contrato, entonces al arrendador le quedaría sólo un año disponible para usufructuar. En esta situación si llegara a querer hacer usufructo de su último año de arrendamiento posible, un segundo inquilino sólo tendría la posibilidad de alquilar por un año, recortándo aún más la duración del arrendamiento. Es por esto que la figura del usufructo temporal no sería la más útil, en palabras de la Agencia.

¿Qué dice sobre el usufructo temporal la EMVS?

Para la EMVS la Ley de Arrendamientos Urbanos es muy clara y no da lugar a dudas. “Los arrendamientos otorgados por usufructuario superficiario – dice en su artículo 13-  y cuantos tengan un análogo derecho de goce sobre el inmueble, se extinguirán al término del derecho del arrendador, además de por las demás causas de extinción que resulten de lo dispuesto en la presente ley”.

Si el propietario le concede a la EMVS el usufructo por 6 años, el derecho para alquilarla la propiedad será de 6 años. Si la cede por 4, luego de ese período se terminará el derecho para gozar del usufructo.

¿Te fue útil esta información? ¿Conoces más sobre las críticas a movilizar los pisos vacíos? ¿Cuál es tu opinión al respecto?Si tienes algo para comentarnos puedes escribirnos en la casilla, debajo del post.

Y si necesitas comprar o vender una vivienda, no dudes en contactarnos. Oi Real Estate cuenta con los mejores asesores, a tu disposición.

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La llegada de la pandemia por COVID-19 afectó a la vida cotidiana de todo el mundo. En este artículo te contamos sobre el aumento de mudanzas en España a causa de esta situación. También te acercamos algunos datos sobre los costes de mudanza y te damos consejos acerca de cómo poder hacerlo de la mejor manera. Recuerda que puedes contactarte con nuestros asesores de Oi Real Estate para una atención personalizada, tenemos una cartera de viviendas en alquiler disponibles para ofrecerte.

¿Por qué el confinamiento aumentó las mudanzas en España?

El paso de la pandemia de COVID-19 ha dado un fuerte golpe que sacudió las normalidades de todos los hogares. Cuando estábamos en los primeros momentos de confinamiento, donde las restricciones eran muy rígidas, tuvimos que adaptarnos a formas de vida que nunca antes hubiéramos pensado atravesar.

La circunstancia de no poder salir de las viviendas, obligó a los españoles a pasar largas temporadas dentro de sus hogares. Muchos inquilinos notaron, luego de pasar por esta situación, que encontraban varias incomodidades dentro de sus propios pisos. Por esta razón, cuando se pudieron habilitar actividades, los servicios de mudanzas en España aumentaron en un 39%. Madrid lidera el podio seguida de Barcelona, siendo las zonas que más número de solicitud de servicio de mudanza arrojaron durante el 2020.

Teletrabajo

Las restricciones sociales, obligaron a muchos trabajadores a tener que realizar sus labores desde su casa. Como consecuencia de esta modalidad, salieron a la luz varios problemas.

Lo primero fue la necesidad de contar con un espacio al aire libre para poder pasar momentos de ocio o recreación o descanso.

Segundo, la convivencia con la familia. Aquellas personas que tenían pocas habitaciones, no podían encontrar un sector en la casa con la privacidad necesaria para trabajar correctamente.

Por otro lado, la comodidad de los muebles como escritorios, sillas, sillones; no todos pudieron solicitar a sus empresas que les acercaran los materiales para poder trabajar cómodamente y se arreglaron con lo que había en el hogar.

La luminosidad es otro elemento por el que hicieron muchas consultas de alquiler. Las personas que, normalmente, trabajan en oficinas con grandes ventanales, donde la luz natural ingresa fácilmente, extrañaron este beneficio. En la actualidad, los inquilinos buscan estos detalles para sus nuevos hogares.

Confinamiento

El confinamiento dentro de las viviendas no solo afectó a los trabajadores. Muchos niños tuvieron que dejar de ir al colegio y pasar temporadas que parecían infinitas dentro de la casa. Los padres de familia, acostumbrados a sacar a los niños para realizar actividades al aire libre, se encontraron que en sus pisos no era posible. La necesidad de un jardín, de un patio o de una pequeña terraza alertó a muchos a tener que mudarse.

Costes de los servicios de mudanza

Para calcular el precio de servicio de mudanza, es necesario tener en cuenta algunas características; por ejemplo, las siguientes:

  • La cantidad de kilómetros de distancia que existen desde un inmueble hasta otro.
  • Tipo de vehículo que van a requerir (camionetas, camiones, etc.): aquí se evaluará según el volumen cúbico que se necesite.
  • Logística: cantidad de operadores que serán necesarios para cargar y descargar los objetos. También influirá si los edificios tienen escaleras, ascensores, etc.

Para calcular, aproximadamente, cuál puede ser el precio medio de una mudanza, analicemos un supuesto. Imaginemos que la mudanza de una casa que tiene tres habitaciones y se encuentra entre cincuenta y cien kilómetros de distancia, el coste podrá variar de 300 a 500 euros. De otro modo, si la distancia fuera de más de cien kilómetros, el valor oscilará entre los 800 y 1.000 euros. Para el servicio de mudanza de una distancia que va entre los cuatrocientos y ochocientos kilómetros, el precio puede darse entre 700 y 1.300 euros.

Por otro lado, si los volúmenes de los muebles que hay que trasladar son muy pesados o muy grandes, es probable que aumente el valor del servicio. También la cantidad que tengan que trasladar.

Consejos para las mudanzas en España

Para hacerte la vida un poco más sencilla, tenemos algunos consejos que pueden servirte a la hora de emprender una mudanza.

Lo primero que tienes que hacer es consultar con varias agencias de servicios de mudanza para que te hagan un presupuesto personalizado. Allí podrás calcular cuál te conviene y notarás si alguno quiere cobrarte un coste exagerado.

Empieza a embalar en cajas de cartón, al menos, tres semanas antes del día de la mudanza. Deja por fuera solo aquellas cosas que necesites sin falta. Ten en cuenta que, muchas veces, las cosas más pequeñas son las que llevan más tiempo de guardado y las que corren peligro de perderse. Para evitar extravíos, tienes que clasificar los paquetes. Una vez sellados, utiliza una fibra para colocarles un título que te asegure reconocer lo que tienen dentro una vez trasladados en el otro hogar.

Con la excusa de la mudanza, una gran idea es hacer una limpieza de todas aquellas cosas que ya no se utilizan o que están viejas o rotas. Cuando te encuentres en período de mudanza, es probable, que notes que tienes muchísimas cosas que no usas o que ya no necesitas. Es el momento perfecto para regalar, vaciar, tirar, donar y, así, disminuir la dimensión de objetos por mover.

Si crees que puedas hacer la mudanza sin contratar un servicio, piénsatelo un poco más. Generalmente, la logística de las compañías que ofrecen estos servicios funcionan muy bien. Verás que lo pueden hacer mucho más rápido y de manera ordenada. Además, la situación de tener que mudarse de un lugar a otro genera mucho estrés, simplifica esta situación.

Como último consejo, te recomendamos que te asegures de que, en el nuevo hogar, se encuentren en funcionamiento los servicios de electricidad, gas, y agua. Incluso, puedes exigir que se les informe de la mudanza. Esto para asegurarte de que podrás acomodarte una vez instalados en la nueva casa.

Como el día de mudanza suele ser agotador, cada miembro de la familia puede llevar en una maleta los elementos esenciales para pasar la primera noche con lo mínimo necesario. Luego se pondrán en campaña, al día siguiente, para seguir organizando el nuevo hogar.

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¿Tienes dudas con tu factura de la luz? ¿No estás de acuerdo con el importe? ¿No sabes cómo reclamarla? No te preocupes, en Oi Real Estate, te ayudamos a resolver todas estas cuestiones.

Cada mes los inquilinos reciben en su domicilio o en su correo electrónico la factura de luz. Aunque cabe aclarar que esto será así siempre y cuando se haya realizado el cambio de titularidad de los servicios a favor del arrendatario. Pero ¿qué ocurre cuando el importe a pagar es más alto de lo esperado? ¿Cómo puede leerse una factura de luz para comprender los conceptos y las cargas? No te preocupes, ¡en Oi Real Estate, te enseñamos cómo hacerlo!

Mercado libre y tarifas reguladas

Para comenzar a hablar de la factura de la luz, es importante aprender a diferenciar dos conceptos: las tarifas reguladas y las de mercado libre.

Las tarifas reguladas, más conocida como PVPC, son aquellas donde los precios son ajustados por el Gobierno. Para ser más precisos, la tarifa PVPC tiene un precio para el kWh que cambia a cada hora en función de la oferta y la demanda. Si el consumo medio aumenta, el precio del kWh aumenta. Si, por el contrario, el consumo se reduce, los precios bajan.

Por ejemplo, las facturas de luz con tarifas PVPC presentaron un ligero aumento durante el mes de enero en Madrid. Esto se debe a que, a causa del paso del temporal filomena, el consumo medio aumentó y, con ello, aumentaron también los valores de la energía.

Las tarifas de mercado libre, en cambio, se rigen como la de cualquier otro servicio. Los precios son aquellos que se detallan en tu contrato de suministros y permanecerán constantes siempre y cuando tu compañía no te informe sobre algún cambio.

Desglose de la factura de la luz

Ahora que ya conoces la diferencia entre las tarifas PVPC y las de mercado libre, podemos continuar desglosando tu factura de la luz. Para ello, analizaremos una a una las diferentes cargas.

1. Término de potencia

Al momento de contratar un servicio de energía, elegimos una potencia determinada. De ella dependerá la cantidad de elementos que pueden conectarse a la red al mismo tiempo sin que salte el interruptor. Para un hogar estándar, la potencia suele ser de 4,5kW. Pero esto variará en función de las necesidades del grupo familiar.

Ahora bien, el término de potencia hace referencia a esta potencia contratada y constituye la parte fija del recibo de la luz. Se factura en €/kW día y es un importe que deberás pagar siempre, independientemente de que haya consumos o no los haya.

En este sentido, cabe hacer una aclaración. En el mercado regulado es obligatorio desglosar en este apartado del peaje de acceso. Este último es un importe que debes pagar para satisfacer los costes que enfrenta el sistema eléctrico para darte acceso a la red de electricidad. En ocasiones, puede aparecer en tu factura como ATR (Acceso de Terceros a la Red).

2. Término del consumo

El término de consumo es variable, por lo que su importe será mayor cuanto más alto sea el gasto de electricidad en tu hogar. Se factura en €/kWh y, en el mercado libre, su precio está determinado por cada compañía.

En la mayoría de las tarifas, el precio del kWh es fijo. No obstante, existen servicios con discriminación horaria, en los que el precio del consumo variará en función de la hora.

3. Impuesto sobre la electricidad

Este apartado es fijo. El porcentaje está determinado por el Gobierno y corresponde al 5,113% de la suma de los términos de potencia y de energía.

4. Alquilar del contador

Si no dispones de un contador en propiedad, deberás pagar su alquiler a la distribuidora. El precio es de 0,026667 €/día.

5. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Los servicios también pagan IVA y, en este caso, grava la cuantía total de la factura con un 21%.

¿Quién debe pagar la factura de la luz, el inquilino o el propietario?

La factura de la luz deriva de un servicio y quien lo disfruta es el inquilino. Por lo tanto, es a él a quien le corresponde pagarlo. No obstante, la compañía comercializadora de electricidad reclamará las facturas impagas al titular del contrato de suministros. Esto quiere decir que, aunque en el contrato de arrendamiento se establezca que el inquilino deberá costear estos gastos, ante un impago, la empresa reclamará el importe en cuestión al titular del contrato, que en ocasiones es el propietario.

Partiendo de esta base, queremos recordarte la importancia de realizar los cambios de titularidad de los servicios. De esta manera, el propietario se ahorrará algunos posibles disgustos. Pero también es más beneficioso para el inquilino, puesto que, de no ser titular, no podrá realizar ningún cambio sobre la factura de la luz. Es decir que, si los importes del recibo son muy altos, no estará dentro de sus posibilidades reclamar, reducir la tarifa o cambiar de compañía si lo cree conveniente.

¿Cómo reclamar una factura de luz excesiva?

Si no estás de acuerdo con el importe de tu factura de la luz, deberás ponerte en contacto con la empresa comercializadora. Posteriormente, podrás presentar una reclamación al servicio de atención al cliente. Es conveniente que esta última se realice a través de una carta certificada para que puedas tener un acuse de recibo. En esta instancia, la compañía está obligada a entregarte un número de reclamación. ¡Apúntalo y hazle seguimiento! En un plazo máximo de treinta días deberías recibir una respuesta. Si no la recibes o si estás disconforme con ella, tendrás que dirigirte a los organismos de consumo locales o autonómicos, como la OCU.

¡Ahora ya sabes cómo leer la factura de luz de tu piso de alquiler y qué hacer en caso de no estar conforme con el importe! Esperamos haber resuelto tus dudas. Si quieres recibir más información sobre pisos de alquiler.

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Retirar muebles de un piso alquilado suele ser un problema. Existen varias incógnitas sobre quién se debe hacer responsable de este movimiento. Este artículo puede servirte si eres un propietario principiante o si eres inquilino de un piso por primera vez. Quítate las dudas antes de hacerte cargo de algo que no debes. Te invitamos a que te contactes con Oi Real Estate para rentar de manera fácil y segura.

Lo primero que tienen que tener en cuenta a la hora de retirar muebles de un piso en arrendamiento es el contrato de alquiler legal. En este documento quedará establecido en qué condiciones se alquila el inmueble y cuáles son los derechos y las obligaciones de cada una de las partes. La mudanza suele ser un momento engorroso, sobre todo, para los inquilinos, y el movimiento de muebles es lo que más se dificulta. En este post te queremos contar las diversas circunstancias que pueden surgir sobre este tema entre arrendadores y arrendatarios.

Retirar muebles: ¿responsabilidad del propietario o del inquilino?

En las siguientes líneas queremos mostrarte diferentes situaciones que pueden derivar de este vínculo de inquilinos y propietarios con respecto al movimiento de muebles. Chequea si te encuentras en alguna de ellas para resolverlo de la manera correcta.

Arrendaste un piso amueblado, pero cambias de opinión

Cuando un inquilino ingresa a un piso amueblado y, luego de un tiempo, decide que quiere poner sus propios muebles puede resultar un arreglo complejo. Como dijimos en la introducción, lo fundamental es revisar el contrato de arrendamiento. Pues bien, si en este documento existe, como cláusula o como anexo, un inventario que liste todos los muebles y electrodomésticos que contiene el inmueble, deberás mantenerlo y devolverlo en las mismas condiciones cuando termine el vínculo. Sin embargo, puedes intentar arreglar con el arrendador el retiro de ellos. En este último ejemplo, tendrás que hacerte cargo de los gastos de retirar muebles si es que el propietario accede a tu pedido. Además habrá que ver si el casero tiene un lugar donde guardarlos o donde darles otro destino de utilidad.

Todo tendrá que ver con el arreglo al que puedas llegar con tu casero, pero recuerda que si firmaste un contrato con la condición de piso amueblado, lo ideal, es cumplirlo.

Todavía no alquilaste, y el piso que deseas está amueblado, pero lo quisieras vacío

Imagina que, como inquilino, habías estado buscando por todas partes y no encontrabas un piso que te convenciera. Por fin, cuando encuentras la vivienda de tus sueños, está amueblada, pero tú tienes tus propios muebles. En esta ocasión, como aún no se ha firmado el contrato, las partes pueden negociar las condiciones. La decisión final la tendrá el propietario que, si no quiere o no puede quitar los muebles, no lo hará. Cuando no logres concretar un acuerdo con el propietario, tendrás que, lamentablemente, continuar con tu búsqueda por otro lado. El propietario no está obligado a retirar los muebles.

El inquilino alquila un piso sin amueblar, pero tiene muebles

Resulta que alquilaste un inmueble y en el contrato de alquiler no figura ningún inventario ni ninguna cláusula que mencione los muebles. Pueden pasar dos cosas: que te gusten y los dejes o que los quieras quitar para amueblar a tu gusto. En esta circunstancia es responsabilidad absoluta del propietario retirar los muebles. Tendrás que arreglar con el casero para coordinar el retiro y, si este no accede al pedido, podrás tirarlos o donarlos o lo que te convenga. No tendrás ninguna consecuencia legal ya que no están detallados en ningún punto del convenio.

El inquilino se retira del inmueble y quiere dejar sus muebles allí

Imaginemos que termina el contrato de alquiler y ninguna de las partes quiere renovar el vínculo. Cuando pase esto, el inquilino tiene la responsabilidad de retirar todas sus pertenencias, incluidos, por supuesto, cada uno de sus muebles. Si el inquilino se va y deja sus cosas en el inmueble, el propietario podrá tomar parte de la fianza para cubrir los gastos destinados al vaciado del inmueble.

Todos estos problemas se pueden evitar teniendo un buen diálogo entre las partes. Si alquilaste el piso vacío, devuélvelo de la misma manera. Si lo alquilaste con muebles, intenta cuidarlos como si fueran propios. Es fundamental la calidad del trato entre los involucrados. Esto dejará un óptimo antecedente para la próxima vez que tengan que alquilar.

Derechos del propietario

El propietario como arrendador tiene todo el derecho de decidir si quiere alquilar su piso amueblado o sin amueblar. Si al inquilino las condiciones no le parecen adecuadas, tendrá que buscarse otro sitio. Es decir, si el casero optó por dejar los muebles, el inquilino deberá respetar esa decisión. Si el propietario accede a retirar los muebles, a pesar de estar incluidos en el contrato, puede dejarlo bajo la responsabilidad del arrendatario o solicitar que se redacte un nuevo contrato con las nuevas condiciones de arrendamiento.

Recomendaciones

Desde Oi Real Estate queremos dejarte algunos consejos para que puedas evitar problemas en la relación con tu inquilino o con tu casero, según corresponda.

Lo primordial es redactar un contrato de alquiler detallado y anexar un inventario de muebles y electrodomésticos incluidos en el piso.

Otra buena idea es agregar vídeos, fotografías y todo lo que puedas sumar para mostrar las condiciones en las que se entrega o es recibido el inmueble y sus pertenencias.

Respeta las condiciones que pactaron al principio del vínculo. Es fundamental sostener una buena relación entre propietarios e inquilinos.

Contáctate con nuestras agencias para alquilar de manera segura. Los profesionales siempre cuidarán de las necesidades de cada una de las partes y conocen a la perfección cada procedimiento. No te quedes con dudas, no alquiles con miedo, el arrendamiento puede resultar un acuerdo conveniente para todos los involucrados.

Si eres inquilino, has de la mudanza un momento placentero y de alegría. Evita problemas con el propietario, puedes lograr un acuerdo equitativo con respecto a los muebles y a cualquier otra circunstancia. Escríbenos para una atención personalizada.

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