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Desde Oi Real Estate queremos contarte que euríbor cierra junio en máximos de 10 años. Continúa leyendo el artículo para saber más.

¿Cómo cierra junio el euríbor?

El euríbor cierra junio en máximos de 10 años. Esto, sin lugar a dudas, genera que los hipotecados deban abonar aproximadamente unos 1000 euros más al año por sus préstamos hipotecarios. La media mensual provisional del indicador cierra junio al 0,85%. El que se ha registrado en este sexto mes del año, se trata del nivel más elevado desde agosto de 2012.

El euríbor a 12 meses continúa subiendo sin parar. La media mensual provisional del indicador de referencia para la mayor parte de los préstamos hipotecarios en España llega en junio a un 0,85%. Esto quiere decir que, nos encontramos frente al nivel más alto desde agosto de 2012.

La evolución del euríbor

Solo en medio año, el euríbor ha dado un giro inesperado. Pasando de rozar mínimos históricos, al ubicarse en torno al -0,5%, a alcanzar máximos de los últimos 10 años. Por su lado, el mercado da por hecho que la tendencia al alza recién inicia. Además, se prevé que esta situación irá a más, a medida que el Banco Central Europeo (BCE) comience a subir los tipos de interés. La primera subida del precio del dinero desde 2011 se generará en julio, con 25 puntos básicos. Luego, tendrá lugar otra en septiembre, sin embargo, por el momento se desconoce de qué cantidad se trata.

De cara la inminente subida de los tipos de interés, el euríbor, que se trata del indicador de referencia que se utiliza para tres de cada cuatro préstamos hipotecarios destinado a la compra de vivienda en el país, ha marcado hasta 10 datos diarios en el mes de junio por encima del 1%. Sin lugar a dudas, se trata de algo que no ocurría desde hacía más de una década. Si bien es cierto que la media mensual se ubicará finalmente por debajo de esta barrera psicológica.

Revisión de las hipotecas variables

De todas maneras, aquellos que tengan que revisar las condiciones de su préstamo hipotecario en las próximas semanas, deberán hacer frente a un importante encarecimiento de las cuotas que deben abonar por mes. De hecho, será mayor a los 1000 euros al año.

En definitiva, para poner un ejemplo, pensemos en un préstamo hipotecario variable a 30 años de 150 000 euros y con un diferencial de euríbor +0,99%. Dicho préstamos, atravesará un aumento de su hipoteca mensual de unos 90 euros o, lo que es lo mismo, de unos 1083,36 euros al año. Por otro lado, si la cantidad del préstamo hipotecario fuese de 300 000 euros, con las mismas condiciones, el aumento de la cuota mensual sería de 180,55 euros. Esto implica más de 2100 euros al año.

Las previsiones sobre el euríbor

Por otro lado, la mala noticia para los hipotecados es que el mercado da por hecho que el euríbor a 12 meses continuará subiendo con fuerza durante los próximos meses. Incluso, el departamento de análisis de Bankinter alerta que el euríbor se ubicará en torno al 1,9% a finales de año, lo que implicará regresar a niveles de 2011, y que rondará el 2,2% en 2023, lo que supone una fuerte revisión al alza respecto a los números que manejaba hace solo tres meses, cuando veía al indicador en torno al 0,4% este año y cerca del 0,8% en 2023. No obstante, se prevé que en 2024 podría generarse una ligera caída, hasta regresar al entorno del 2%.

Según prevé Manuel Romera, director del Sector Financiero en IE Business School, la cuota aumentará mucho más de lo que la gente cree en los siguientes cinco años. Si el euríbor a medio plazo se ubica en cerca del 3%, las cuotas de los préstamos hipotecarios pueden subir un 50%.

Por otro lado, el Banco de España ha alertado de que la subida de los tipos de interés generará problemas económicos a más de un millón de familias, que se verán en la obligación de destinar más del 40% de sus ingresos al pago del préstamo hipotecario y otros préstamos. Además, no se trata del único organismo que ha lanzado este tipo de avisos.

La Asociación Hipotecaria Española (AHE) también prevé que la subida de tipos podría sobrecargar la capacidad de pago de las cuotas del préstamo hipotecario de una gran cantidad de hogares. Por su lado, la Fundación de las Cajas de Ahorros (Funcas) piensa que se trata del riesgo más grande al que se enfrenta el mercado de la vivienda, por encima incluso, de potenciales burbujas inmobiliarias.

Es en este escenario que, los consumidores se encuentran apostando cada vez más por los préstamos hipotecarios a tipo fijo, con una contratación en niveles récord, para dejar atrás el riesgo tipo de interés, tal y como aconsejan los expertos en el tema, que recomiendan buscar ya mismo una alternativa y obtener un préstamo hipotecario a un precio más competitivo.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre cómo cierra junio el euríbor y las previsiones para los próximos años. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte en qué situación se encuentra el Euribor 2022 en el mes de abril, que ya ha alcanzado cifras positivas. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

¿Qué es el Euribor?

Euribor es el acrónimo de Euro Interbank Offered Rate, que es el tipo europeo de oferta interbancaria. Por ende, cuando hablamos del Euribor, nos referimos al índice de referencia más usado para calcular la revisión de los tipos de interés variable en los préstamos hipotecarios. Es por este motivo que el Euribor tiene una gran importancia y resulta fundamental seguir su evolución, principalmente, todo en el mes que nos toca revisar el préstamo hipotecario.

En España existe desde el 1 de enero de 2000, cuando reemplazó al Míbor, que aún se continúa publicando ya que únicamente se utiliza para los préstamos hipotecarios firmados con anterioridad y que así lo hayan pactado.

¿Cómo se calcula el Euribor?

El Euribor es calculado por la Federación Bancaria Europea con los datos de las principales entidades financieras de la zona euro. Consiste en el tipo de interés medio de contado para las operaciones de depósito en euros a plazo de un año.

Esto quiere decir que, el tipo de interés aplicado a las operaciones entre entidades bancarias europeas, o lo que es igual, el porcentaje que debe abonar como tasa una entidad bancaria cuando otra le presta dinero. Ten en cuenta que el Euribor no es un solo tipo.

Las entidades hacen uso de distintos tipos de interés dependiendo del plazo al que se prestan el dinero. Por ende, a pesar de que cuando hablamos del Euribor parece como si sólo existiera uno, la realidad es que podemos encontrar 15 tipos de interés Euribor.

En España, el Euribor hipotecario a un año es el que se usa habitualmente como referencia para los préstamos hipotecarios. Es calculado por el Banco de España cada mes con la media de los valores diarios y se publica en el BOE todos los meses.

¿Cuál es la situación actual del Euribor?

Lo que se venía previendo desde hace cierto tiempo se ha hecho realidad. El Euríbor 2022 ha alcanzado una cifra positiva por primera vez en seis años. Puntualmente se trata de una cifra de 0,05 %. La realidad es que, si bien no se aleja demasiado de la línea divisoria entre positivo y negativo, si implica un hecho psicológico y que generará un encarecimiento del valor de los préstamos hipotecarios. A poco más de medio mes para terminar abril, se ha generado lo que tarde o temprano iba a tener que ocurrir.

De este modo, se ha comprobado como en menos de tres meses el Euribor 2022 ha pasado de moverse en mínimos históricos, encontrándose siempre aproximadamente el medio punto negativo, a atravesar el techo del cero. Un cambio de tendencia radical que no se esperaba para el Euribor 2022.

Esta subida del Euribor no se preveía hasta el primer semestre del año 2023. No obstante, ha quedado en claro que se trata de un indicativo que se encuentra a merced de cualquier tipo de situación que venga a romper la tranquilidad geopolítica. Sin lugar a dudas, el conflicto que tiene lugar en Ucrania, el aumento de la inflación y el temor generalizado generado por este tipo de hechos no ha generado más que una mayor aceleración en lo que respecta a la subida del Euribor.

En caso de confirmarse las previsiones que son menos optimistas, hacia el final de este año sería posible llegar a ver al valor de referencia para los préstamos hipotecarios en el país con un cierre que se encuentre al rededor del 0,4 %. Esto representaría, sin lugar a dudas, un duro golpe para aquellos que tuvieran que revisar los préstamos hipotecarios a final de 2022.

Previsiones para el Euribor a futuro

Sin embargo, la realidad es que esto recién está comenzando, ya que estas mismas previsiones indican que, en caso de continuar la misma tendencia, el Euríbor puede llegar a alcanzar al 0,8 % para el año 2023. Se trata de algo completamente inesperado y que hace solo unos meses se veía prácticamente como algo imposible.

En todo caso, según cuál sea la entidad que se encargue de llevar a cabo el análisis, nos encontramos frente a una cifra u otra. Sin embargo, todas acaban dando por bueno ese 0,8 % para el año 2023. Probablemente, la entidad con sede en Valencia, CaixaBank, se trate de la que se muestra más optimista. Dicha entidad, asegura que para este 2022 no tendrá lugar un aumento que supere el 0,15 %. No obstante, la realidad es que solo el tiempo será quien, de una razón u otra, lo que no se puede negar es que la subida ya es un hecho. Sin lugar a dudas, ya son muchos los que se encuentran la calculadora en la mano para lograr anticipar cuánto se va a encarecer su préstamo hipotecario de aquí a unos meses.

¿Cómo actúan las entidades bancarias ante esta situación?

En todo caso, se trata de un cambio de panorama con respecto al Euríbor que está generando que la banca comience a redefinir toda su oferta hipotecaria. Esta situación da nueva forma a los préstamos hipotecarios de tipo variable, al mismo tiempo que va poniendo nuevas condiciones, mucho más estrictas, a las hipotecas de tipo fijo. De esta forma, tiene la intención de transformar a este tipo de préstamos en la nueva punta de lanza a la hora de adquirir un inmueble. Según afirman los datos del Instituto Nacional de Estadística, el 70 % de los nuevos préstamos hipotecarios que se firman en nuestro país son, aún hoy en día, a tipo fijo.

Únicamente la vuelta a la normalidad política, algo que por el momento no parece que vaya a suceder a medio plazo, sería de gran utilidad para aplacar los ánimos en lo referente al mercado de las hipotecas variables.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre la situación actual del Euribor. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte de qué manera afectará a las familias la subida del Euribor. Deberán abonar entre 160 y 330 euros más al año. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Quienes hayan afrontado la revisión anual de su préstamo hipotecario variable en marzo vieron cómo se encarecen sus cuotas mensuales de manera significativa.

La subida del Euribor afecta a las familias. Deberán hacer frente a cuotas que se encarecerán entre 160 y 330 euros más al año.

¿Cómo afecta la subida del Euribor?

El Euribor se encuentra en completa subida. El cambio de tono del Banco Central Europeo (BCE) y la previsible subida de tipos de interés generado la subida del Euribor. Se trata de uno de los principales indicadores que sirve de referencia a los préstamos hipotecarios variables en España. En un contexto de inflación, que generará que las familias deban gastar hasta 3000 euros de más por año en productos básicos, ahora también se suma la subida del Euribor. Esto implicará un gasto extra para los hipotecados a tipo variable. Como mencionamos más arriba, no es un gasto que pasa desapercibido. Se trata de entre 160 y 330 euros más anuales. Y subiendo, ya que si el Euribor continúa recuperando posiciones, como piensan los expertos, afectará aún más a las familias durante los próximos meses.

La media provisional del Euribor se ubica en el -0,258%, se trata de su nivel más elevado desde junio de 2020. Muy lejos del -0,335% de febrero y más aún del nivel un año atrás, cuando se despidió con un -0,501%, llegando a mínimos históricos.

El Euribor ya se encuentra más próximo al cero que a los mínimos históricos que había alcanzado hace algunos meses. Este índice de referencia de los préstamos hipotecario variables se ha elevado un 22,69% en un mes. Desde el –0,335% que fue registrado en febrero hasta el -0,259%, y un 48% desde diciembre de 2021, cuando alcanzó el segundo dato más bajo (-0,502%)

Por otro lado, es del mes de marzo es el dato más elevado desde junio de 2020, exactamente después del confinamiento estricto a causa de la pandemia del COVID-19, cuando alcanzó el  -0,147%. El cambio de tendencia, que comenzó a verse en septiembre del año anterior, ha generado que las hipotecas que son revisadas anualmente comiencen a notar una leve subida de la cuota mensual.

Por otro lado, ante la posible subida de tipos, es probable que el Euribor continúe con una tendencia ligeramente al alza e incluso logre estar en positivo este 2022.

¿Cuándo veremos esos valores positivos?

Se trata de la mayor pregunta que se hacen los expertos en este momento y que algunas entidades comienzan a despejar. Bankinter, que hasta hace un tiempo preveía un Euribor en negativo al menos hasta 2024, ha cambiado sus previsiones y para este año ubica el indicador en el 0,4%. Esto supondría volver a los niveles de 2014, por otro lado, para 2023 se prevé un Euribor en el 0,80%, en otras palabras, los niveles de agosto de 2012. En muchas ocasiones hemos visto cambios repentinos a corto plazo, con reajustes a medio plazo.

Por primera vez en mucho tiempo, las previsiones indican que podemos cerrar el año con el Euribor en positivo, cuando hasta el pasado trimestre no era así. No obstante, no hay que perder de vista que estas previsiones se modifican cada trimestre según cómo van evolucionando los datos macroeconómicos. Sin embargo, la realidad es que, de cumplirse, dejaríamos atrás el Euribor en negativo.

No resultaría extraño que, de continuar con esta tendencia, terminemos este año con el Euribor en valores positivos. No obstante, nuestra previsión es que probablemente este 2022 alcancemos el cero. Es poco probable que alcancemos un 0,5% o un 1% en positivo, ya que sería extraño que el BCE no actuara al respecto. Es por este motivo que, no debemos alarmarnos, ya que si analizamos la evolución histórica del Euribor, vemos que muchas en varias ocasiones ha habido cambios repentinos a corto plazo, pero a medio plazo también hay reajustes.

¿Cómo afectará la subida del Euribor a la economía de los hipotecados?

Quienes cuenten con un préstamo hipotecario a tipo fijo, producto más elegido de los últimos años, no tienen ningún motivo de qué preocuparse. No obstante, aquellos con un préstamo hipotecario variable que tengan que revisarla en los próximos meses verán una subida cada vez más notoria.

Además del aumento de los costes de las materias primas, de la energía y del gas, se da un empeoramiento de los tipos de interés y el aumento de las cuotas de las hipotecas por la subida del Euribor. De llegar a niveles más elevados, podría hacer que las familias se vieran más afectadas. Desde que inició el año, aquellos que deban revisar la cuota de su hipoteca variable verán cómo esta aumenta. En este caso, será entre 170 y 340 euros por año, en función del importe del préstamo. De este modo, por ejemplo, una hipoteca de 150 000 euros a 30 años con Euribor + 0,99% de diferencial pasará de abonar 449,05 euros mensuales a 462,72 euros.

De esta manera, la cuota mensual aumentará 13,67 euros, una cifra que no se ve muy elevada.Sin embargo, significa una subida anual de 164,04 euros. Para un préstamo hipotecario de 300 000 euros a 30 años, del mismo modo con un diferencial de Euribor + 0,99%, los clientes abonarán este mes 925,45 euros, mientras que en marzo de 2021 pagaban 898,10 euros. En este caso, el encarecimiento de su cuota es de 27,35 euros al mes, por ende, 328,20 euros anuales.

¿Llegará el Euríbor al 1%?

Más allá de cumplirse las previsiones que apuntan a un Euribor ya en terreno positivo durante los próximos meses, la economía de las familias se verá cada vez más afectada. De este modo, por ejemplo, considerando las previsiones de Bankinter con un hipotético 0,40% previsto para diciembre de 2022, y el dato medio del Euribor de diciembre de 2021, que se ubicaba en un -0,502%, quien tenga una hipoteca variable de 300 000 euros a 30 años, con Euribor + 0,99% de diferencial, deberá afrontar cuotas que en un año aumentarán 115,29 euros al mes. Esto implica una subida por año de 1383,48 euros. Lo que significa que, si en diciembre de 2021 abonaba 896,07 euros por mes de cuota hipotecaria, un año después deberá pagar 1011,36 euros.

Por otro lado, si se realiza el mismo cálculo para una previsión de que el Euribor alcance el 0,80% en diciembre de 2023, en este caso, el aumento sería de 52,12 euros mensuales a comparación del 2022, por ende, 625,44 euros al año. Pasaría a pagar 1063,48 euros en la cuota mensual del préstamo hipotecario.

Se viene la subida de tipos

Se cree que el impacto en el mercado inmobiliario tendrá su efecto en los datos de nuevos préstamos hipotecarios. Resultará muy difícil mantener los datos de crecimiento del 2021. Por otro lado, las entidades bancarias deben hacer frente al desafío de contener las cifras de morosidad, hasta el momento amortiguadas por las prórrogas en las carencias de los préstamos ICO Covid. Se prevé que a las hipotecas a tipo fijo no les queda demasiado tiempo de reinado. Ya comenzamos a ver en varios bancos un cambio de estrategia y cómo vuelven a poner la atención sobre las hipotecas variables. De todos modos, continuará siendo bastante barato financiarse a largo plazo por medio de una hipoteca.

En solo unos meses, las previsiones respecto al Euribor han cambiado y todo apunta a que las hipotecas a tipo fijo ya no serán tan baratas como hasta ahora. Sin embargo, con la subida del Euribor se van a ver beneficiados los hipotecados a tipo fijo. También se cree que algunas entidades financieras van a proceder a restringir o incluso, a no recomendar las hipotecas fijas. Dirán que las mejores hipotecas son las variables y para ello, bajarán los diferenciales. Las hipotecas fijas ya no serán tan baratas como hasta ahora. Hoy en día, desde los principales bancos están haciendo un esfuerzo para mejorar los diferenciales de las hipotecas variables y así mejorar estos productos para los clientes.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre la subida del Euribor. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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El 22 de septiembre de 2020 entró en vigor el índice de referencia en precios de alquiler en Barcelona. La aplicación de la Ley 11/2020, buscó establecer mediante las medidas impulsadas la contención en las cuotas mensuales de arrendamiento, temiendo un despunte fenomenal y una eventual crisis en este sector del mercado inmobiliario. Un año más tarde, el 18 de septiembre de 2021, el Ayuntamiento barcelonés acopló otras medidas a dicha normativa, que aportan ciertas modificaciones, de cara al futuro inmediato y mediano. La combinación de estas, ha dividido la opinión pública respecto a niveles de rechazos y aprobaciones; asimismo ha generado cierta confusión en torno a su aplicación y a su valedero constitucional. En este artículo de Oi Real Estate, te contaremos todo lo que necesitas saber a la hora de calcular el precio de un contrato de alquiler en Barcelona y en todo Cataluña.

CONTENIDO ACTUALIZADO

Con las medidas tomadas entre finales de 2020 y septiembre 2021, el precio del alquiler se encuentra topado en los nuevos contratos de arrendamiento de vivienda habitual. Esta medida afecta a las 60 mayores ciudades catalanas distribuidas a lo largo y anche de sus 946 municipios.

Las últimas regulaciones puestas en vigor al inicio del otoño, combinadas con aquellas (implementadas durante la “temporada alta” de la pandemia COVID 19), obligan finalmente a los propietarios a tomar dos caminos respecto a la reformulación de sus próximos contratos. Estos son:

Mantener el precio que pagaba el anterior inquilino en la cuota mensual del alquiler.

Bajar la cuota un 5% respecto al fijado en el nuevo índice, si la zona fuera declarada como “tensionada”.

Recordamos que una zona será declarada como tensionada si su alquiler superara el coste medio regional que recoge el Índice de Precios de la Generalitat. Esta decisión fue tomada considerando que, en estos municipios (entre ellos Barcelona y otros 59 de su área metropolitana), hay carencia de viviendas asequibles.

¿Qué ocurrirá entonces con los nuevos contratos?

La renta de los nuevos contratos no podrá superar el precio que establezca el índice. Tampoco se podrá subir, aun cuando sea inferior al índice, si la vivienda se ha alquilado por un precio inferior en los cinco años anteriores.

Excepciones a las que podrán acogerse solo algunos propietarios

La ley prevé una excepción para los propietarios que acrediten ingresos inferiores a 2,5 veces el indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC). Estos dueños podrían mantener el precio del alquiler antiguo o subirlo hasta el índice de referencia. Esa excepción, no obstante, solo sería aplicable en el caso de que la unidad familiar de los inquilinos tuviera unos ingresos superiores a 1991 euros. Es decir 3,5 veces el IRSC.

Acompañando este marco excepcional. El precio del alquiler sí podrá superar en un 5% el índice, si se les han realizado obras de mejora en el último año. También si tienen piscina, conserje, zona comunitaria o están amuebladas, sin poder sumarse a la anterior.

Dichas excepciones, han ofrecido el argumento suficiente para que los principales opositores a las regulaciones calificaran a las mismas como “blandas, jurídicamente hablando”.

¿Cómo calcular el precio de referencia?

La Generalitat dispone de un portal que permite consultar los precios de referencia para las viviendas que puedan interesarte.

Así, a través del portal de Habitatge, y luego de introducir los datos de dirección y de superficie de la vivienda, sin elementos comunes, tanto propietarios como inquilinos, así como también las agencias y agentes inmobiliarios independientes podrán concluir si el coste de un contrato se atiene a las medidas o no.

La información ofrecida debe incluir cantidad de metros cuadrados, que se pueden consultar en el catastro, y el estado de mantenimiento. Este último puede encontrarse en perfecto estado, en buen estado, falto de actualizaciones o en estado deficiente.

Además, se deberá especificar la planta y el año de construcción, y determinarlas por época en su edificación:

  1. Si es anterior a 1917.
  2. Si fue realizada entre 1918 y 1944.
  3. Definir si fue construida entre 1945 y 1978 o entre 1979 a 2007.
  4. Si es posterior al 2008.

Esta información, por supuesto, también se puede consultar en el catastro. Por otra parte, deberás tener a mano el certificado energético y especificar si la propiedad cuenta con ascensor, parking y está amueblado.

El resultado que arroja el buscador cuenta con tres referencias que son las que en definitiva conforman el índice de precios:

  • El área inferior (media con los alquileres más bajos de la zona).
  • El índice en sí (ubicándose en un promedio entre ambos).
  • Y el área superior (con los alquileres más caros).

¿Cómo se creó el índice?

El índice es una media aritmética de los precios de alquiler. Un parámetro al que se llega en el cálculo por metro cuadrado de todas las viviendas que se encuentran en el área de búsqueda, a partir de los criterios introducidos. Se han tomado como referencia 371 000 contratos de los registros del Incasòl.

Aspectos generales

Para un cálculo que permita conducir a un promedio general, en el índice se incluyen viviendas con diez metros cuadrados menos y con diez metros cuadrados más respecto a las referencias introducidas. Es decir, si se buscan pisos de 80 metros cuadrados, se recogerán también desde 70 a 90. Esta medición debe aplicarse a todos y cada uno de los criterios introducidos para la elaboración del cálculo en el portal.

¿Puede fallar?

Es posible que el resultado de error por falta de contratos en un radio de 1000 metros para establecer un índice. En este caso, el resultado algorítmico se permitirá dudar y ofrecerá el siguiente resultado: “A partir de este radio no se considera que los datos sean fiables o útiles”.

Ejemplos prácticos en las ciudades catalanas

Veamos una serie de distintos ejemplos llevados a la práctica para una mejor comprensión del índice de precios del alquiler:

-Un piso en la zona de carrer Mandri, en el barrio de Sant Gervasi de Barcelona, con 70 metros cuadrados, construido entre 1945 y 1978, en buen estado, con ascensor, se obtiene un precio de 14,64 euros el metro cuadrado. Esto fija el alquiler en 1024 euros.

-En la calle Llull, en la Vila Olímpica de la capital catalana, un primer o segundo piso de 83 metros cuadrados en el que se necesitan actualizaciones, construido entre 1945 y 1978, con un certificado energético D, la referencia es de 9,43 euros por metro cuadrado. Aquí, el alquiler sumaría alrededor de 782 euros.

-Si consultas por un piso en el municipio de La Llagosta, de unos 70 metros cuadrados, en perfecto estado, con ascensor, parking y amueblado, se fijaría el alquiler de referencia en unos 536 euros. Esto se calcula en base al precio de 8 euros por metro cuadrado que ofrece la herramienta.

-En la ciudad de Reus, una vivienda en Passeig de Prim, de unos 70 metros cuadrados, en buen estado y siendo tercera o cuarta planta construida entre 1979 y 2007, con ascensor, el precio de referencia es de 6,74 euros el metro cuadrado. El alquiler se establece en 472 euros.

-Dentro de Igualada, en la Rambla de Sant Ferran, un piso de características similares tiene un índice de 5,80 euros y un alquiler de 406 euros.

-En Manresa, en la zona cercana a la plaza Lluís Companys, el índice es de 11,74 euros, por lo que el alquiler quedaría en 821 euros.

¿En qué localidades se aplica a partir de septiembre 2021?

La Ley ha finalmente aplicado a todo Barcelona como zona tensionada, por lo que todas las propiedades en alquiler en cada una de sus localidades deberán someterse al nuevo índice a la hora de redactar sus contratos. En este sentido, y bajo lo expedido puntualmente en Septiembre último, se aplicarán también a otros municipios conformando un total de 60. Los enumeramos a continuación:

Las localidades en las que los alquileres ya están topados son: Badalona, Barberà del Vallès, Barcelona, Blanes, Calafell, Castellar del Vallès, Castelldefels, Cerdanyola del Vallès, Cornellà de Llobregat, Esplugues de Llobregat.

También en Figueres, Gavà, Girona, Granollers, L’Hospitalet de Llobregat, Igualada, Lleida, Manlleu, Manresa, Martorell, El Masnou, Mataró, Molins de Rei.

Además, en Montcada i Reixac, Montgat, Olesa de Montserrat, Olot, Palafrugell, Pallejà, Pineda, El Prat de Llobregat, Premià de Mar, Reus, Ripollet, Rubí, Sabadell.

Asimismo, se aplica en Salou, Salt, Sant Adrià de Besòs, Sant Andreu de la Barca, Sant Boi de Llobregat, Sant Cugat del Vallès.

Igualmente, en Sant Feliu de Guíxols, Sant Feliu de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Just Desvern, Sant Pere de Ribes, Sant Vicenç dels Horts.

Del mismo modo, se encuentra vigente en Santa Coloma de Gramenet, Santa Perpètua de Mogoda, Sitges,Tarragona, Terrassa, Tortosa, El Vendrell, Vic, Viladecans, Vilafranca del Penedès,Vilanova i la Geltrú y Vilassar de Mar.

Fuerte oposición a las medidas

El Consell de Garanties Estatutàries emitió recientemente un informe, a petición de algunos grupos parlamentarios que la consideraban inconstitucional por invadir competencias del Estado.

Por otro lado, los partidos políticos que la han respaldado, sin embargo, consideran que se enmarca en las competencias que tiene la Generalitat en regulación del Derecho Civil.

Fuentes inmobiliarias reconocieron que el sector está a la espera de conocer si el Gobierno decide recurrir la ley ante el Tribunal Constitucional por invasión de competencias. Solamente un recurso del Gobierno paralizaría la ley.

Los dirigentes de Podemos, en cambio, han pedido al PSOE que no recurra la norma. Además, han recordado que el control de los alquileres era una de las medidas que se incluyó en el acuerdo de Gobierno para la investidura.

El Partido Popular también ha anunciado que presentará un recurso de inconstitucionalidad, pero en este caso la norma seguiría en vigor hasta que el Tribunal Constitucional emitiera su veredicto.

¿Quién se encargará de abonar los tributos?

En este sentido, la Ley es clara y objetiva. Señala que ambas partes (propietarios o inquilinos) pueden pactar el grado de responsabilidad de cada uno frente al abono de los tributos. De esta forma, el contrato del alquiler deberá contar con un anexo en el que se detallen los conceptos por separado; figurando el total proyectado en el tiempo y desglosando sus constes a niveles mensuales.

Las zonas declaradas “bajo tensión” en el septiembre último, deberán ser revisitadas durante un período a definir de 2025 y prorrogadas como tensionadas (si calificaran de esta forma nuevamente) de forma anual a partir del año 2026. De cara al futuro, durante cada enero deberán concretarse las liquidaciones donde se justifiquen los importes al propietario. Si el inquilino hubiera pagado de más, podrá hacer efectivo el reembolso de esa diferencia.

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Establecer el precio de tu piso de alquiler en Barcelona ya no es tan sencillo, en tanto las rentas ahora se ven reguladas a través de un flamante paquete de medidas. A las regulaciones de 2020, y con la intención -desde el marco legal- de evitar la disparada en los costes de los contratos, se suma un nuevo índice de precios de alquiler, promulgado en septiembre de 2021 y como un adelanto a lo que será la implementación de la futura Ley de Vivienda. En este artículo de Oi Real Estate, veremos toda la información que necesitas para encarar la búsqueda de tu futuro piso de alquiler en Barcelona sin contratiempos. ¡Toma nota!

Las dudas al calcular el precio de un piso de alquiler

Encarar el alquiler de un piso suele conllevar una serie de dudas, apenas iniciada la búsqueda. En cuanto te encuentras con una vivienda de tu agrado, dentro de tus posibilidades económicas y a la que puedes postularte como futuro inquilino, la pregunta recurrente sobre “si el precio será el justo” no demorará en aparecer.

¿Cómo estar seguros si los costes del contrato que nos propone la agencia están ajustados a la realidad del mercado de alquiler actual? ¿Es complejo calcular estos costes? La respuesta a estos interrogantes suele desanimar a los eventuales arrendatarios, al punto de no terminar de decidirse a cerrar la operación y bajarse de la diligencia, acaso antes de tiempo.

La tendencia en los precios de alquiler 2020 / 2021 en Barcelona

Desde mediados de 2020 a comienzos de 2021, los costes del alquiler en la ciudad de Barcelona fueron a la baja, aún en el contexto del parate producido por la pandemia COVID 19. En efecto, el valor medio en enero de 2021 fue de 14,6 euros por metro cuadrado, según los datos recogidos por el sitio de consulta Idealista. Valor que se encuentra alejado del máximo histórico de 17,6 euros.

En parte, esto se debió a la normativa de regulación de los precios que se aplicó, por aquel momento, exclusivamente en territorio catalán; aunque deberíamos mencionar que el libre mercado tuvo también su cuota de responsabilidad. La baja en la afluencia de turistas obligó a los propietarios de pisos de alquiler temporal a inclinarse por el alquiler a convencional de vivienda habitual; eso desencadenó un aumento de la oferta que no fue acompañado en el mismo grado por la demanda. En consecuencia, los precios bajaron.

El alquiler hacia finales de 2020

Hacia fines de 2020, el gobierno catalán sancionó una nueva ley de alquileres que pretende contener los precios en aquellas zonas que se consideran “tensionadas”. En otras palabras, y a través de diversos estudios comunales, se realizó un listado en el cual se detallaron áreas geográficas donde los precios del alquiler eran considerablemente más altos que la media. A estas las definió como en tensión de alquiler, aplicándoseles a sus propiedades arrendadas la regulación pertinente al índice de referencia.

Desde entonces, la renta de los nuevos contratos no pudo superar el precio establecido por dicho índice. Tampoco pudieron aumentarse los precios de los alquileres preexistentes, independientemente de que su valor sea inferior al de la tabla establecida por la flamante regulación.

Excepciones a la regla del índice

Solo en algunos casos excepcionales la renta sí pudo superar el índice hasta en un 5%. Algunas de las características que habilitaron esta última posibilidad son:

  • Que se hubieran realizado obras de construcción con el fin de merjorar la vivienda durante el último año.
  • Si el piso incluye una piscina común o de uso privado.
  • Que exista un servicio de conserjería en el edificio y zonas comunes amuebladas.

¿En qué localidades se aplicó el índice de referencia 2020?

Además de aprobarse el índice de regulación al precio del alquiler en Barcelona y sus aledaños, su alcance en 2020 se extendió también al resto de los territorios catalanes. Las localidades afectadas fueron las siguientes:

Badalona, Barberà del Vallès, Barcelona, Blanes, Calafell, Castellar del Vallès, Castelldefels, Cerdanyola del Vallès, Cornellà de Llobregat, Esplugues de Llobregat, Figueres, Gavà, Girona, Granollers, L’Hospitalet de Llobregat, Igualada, Lleida, Manlleu, Manresa, Martorell, El Masnou, Mataró, Molins de Rei, Montcada i Reixac, Montgat, Olesa de Montserrat, Olot, Palafrugell, Pallejà, Pineda, El Prat de Llobregat, Premià de Mar, Reus, Ripollet, Rubí, Sabadell, Salou, Salt, Sant Adrià de Besòs, Sant Andreu de la Barca, Sant Boi de Llobregat, Sant Cugat del Vallès, Sant Feliu de Guíxols, Sant Feliu de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Just Desvern, Sant Pere de Ribes, Sant Vicenç dels Horts, Santa Coloma de Gramenet, Santa Perpètua de Mogoda, Sitges, Tarragona, Terrassa, Tortosa, El Vendrell, Vic, Viladecans, Vilafranca del Penedès, Vilanova i la Geltrú y Vilassar de Mar.

Septiembre 2021 como punto de partida a nuevas regulaciones

El 18 de septiembre último, el Ayuntamiento barcelonés decidió la aprobación de un nuevo paquete de medidas a ser aplicadas con el objetivo de profundizar la regulación del alquiler; estas ordenanzas se basaron en la Ley 11/2020 y hablan de cambios adicionales sustanciales a los aprobados durante el momento más duro en la crisis de la pandemia.

La meta, sigue siendo dejar en claro el límite al coste en los contratos de alquiler de viviendas habituales; y que este pueda ser establecido tanto por ofertantes como por demandantes y agencias a través de un índice único de consulta. Siendo que hasta el momento se citaban tres precios distintos de referencia (entre inferior, superior y el establecido por el índice), la nueva ordenanza marca que el precio del contrato de renta de arrendamiento habitual no podrá ser nunca superior al señalado por la referencia.

Cómo se aplica el nuevo índice

Los cambios sustanciales a señalar en los decretos del último 18 de septiembre, citado anteriormente, son tres; y afectarán a todos y cada uno de los contratos de alquiler para vivienda de uso habitual en la ciudad de Barcelona. Se trata de los siguientes:

  1. El estudio exhaustivo de la zona barcelonesa por parte de su Ayuntamiento, ha concluido en la declaración del territorio municipal de la ciudad como zona tensionada del mercado de la vivienda, durante los próximos 5 años. Cabe señalar que este lapso, una vez sometido en 2026 a un nuevo análisis, podrá prorrogarse por otros cinco años más.
  2. El precio de referencia, según lo señalará el índice, se reducirá en un 5%.
  3. Todo piso cuya superficie supere los 150 m2, será incluido por ordenanza y deberá aplicar dicha metodología de cálculo.

Considerando la información que ofrece el Incasòl (Institut Català del Sòl), la Agencia de Vivienda de Cataluña establece un valor determinado al metro cuadrado, discriminado por zonas.

En el contexto del punto dos, a la hora de realizar un nuevo contrato de alquiler o su renovación, de ahora en más se deberá elegir entre dos opciones; a saber:

  • Mantener el coste en la cuota mensual del contrato recién finalizado.
  • Atenerse al 95% del precio total que el índice de referencia regional señala para ese barrio o zona.

¿Qué extensión territorial cubre este nuevo índice de precios de alquiler?

En contrapunto con lo ocurrido entre los últimos meses de 2020 y los primeros de 2021, desde febrero a esta parte los costes en los contratos no han hecho otra cosa que ir a la alza. Esto se ha dado por la altísima demanda por alquilar un piso, ya sea en el corazón de la ciudad de Barcelona, o en sus zonas suburbanas más próximas. La competencia en ofertantes, de cara al invierno venidero, promete ser feroz.

Por esto, la nueva regulación ha delimitado como zona tensionada de alquiler a los sesenta municipios que conforman Cataluña, de norte a sur y de oeste a este.

Ahora conoces más sobre el nuevo índice de precios de alquiler en Barcelona. Sin embargo, entendemos que las nuevas medidas pueden generar confusiones al respecto, por eso, la información es más importante que nunca.

Si quieres alquilar tu piso en Barcelona, nosotros podemos ayudarte. ¡Contáctanos!

Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo:

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La nueva ley de alquileres catalana se encuentra en el centro del debate desde su sanción, puesto que muchos la consideraban inconstitucional. Pero el Tribunal Constitucional se manifestó al respecto y declaró nulos algunos de sus artículos.

El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucionales y nulos algunos artículos del Decreto- Ley sancionado por la Generalitat. Este pretendía, entre otras cosas, regular el precio de los alquileres. En efecto, el tribunal sostuvo que una parte de la normativa vulnera el derecho a la propiedad. No obstante, sí aprobó el instrumento del índice de precios, pero con carácter informativo y no normativo, como lo establecía el decreto. Además, declaró nulo el artículo que obligaba a los grandes tenedores a ofrecer un alquiler social a los inquilinos morosos o a los okupas.

Ley de alquileres catalanas: antecedentes para su presunta inconstitucionalidad

Todo comenzó cuando ochenta y seis diputados del grupo parlamentario popular del congreso presentaron un recurso frente al TC para declarar inconstitucional la nueva ley de alquileres catalana. Enumeramos a continuación algunos de sus fundamentos, que hemos recopilado y, en algunos casos, transcripto de la sentencia original.

Sanción por decreto, imprecisión, desiguldad y vulneración del derecho a la propiedad

  • La normativa se aprobó cuando ya había vencido el plazo establecido en la constitución. Es decir que su aprobación se demoró más de treinta días desde la promulgación del Decreto- Ley 1/2020 (popularmente conocido como la ley de alquileres catalana). Por lo tanto, habría quedado “derogado en la fecha de su aparente convalidación”.
  • “La exposición de motivos no contiene una presentación explícita […] de los motivos que hacen necesaria la aprobación del Decreto- Ley. La justificación es genérica y no está basada en ningún dato objetivo o estadística contrastable”.
  • El Decreto de Ley no expone cuáles son los “obstáculos para la tramitación de esta modificación legislativa por el procedimiento parlamentario”. En otras palabras, no justifica su sanción mediante decreto y no mediante el tratamiento parlamentario correspondiente.
  • La ley de alquileres catalana “afecta” el derecho a la propiedad. Recordemos que, según esta legislación, disponer de una vivienda vacía o no ofrecer la posibilidad del alquiler social supone un “incumplimiento de la función social de la propiedad”. Estas sanciones “afectan tanto a la vertiente individual como a la vertiente institucional del derecho a la propiedad, limitando las facultades de disponer y reivindicar del propietario”.

Desiguladad de condiciones, vulneración del principio de responsabilidad y de la intimidad personal

  • El Decreto propicia una desigualdad inadmisible entre Cataluña y el resto de España, puesto que “desfigura el contenido esencial del derecho de propiedad y convierte la propiedad en un derecho más débil”.
  • La normativa también elimina la “ocupación sin título de la vivienda y la pendencia de un litigio sobre su posesión como causas justificadoras de desocupación”. De esta manera, el ejercicio de acciones judiciales para recuperar la posesión en caso de ocupación se vuelve “inútil”.
  • Los deberes vinculados al índice de referencia de precios del alquiler “infringen las competencias exclusivas del Estado en materia de bases de las obligaciones contractuales”.
  • La nueva definición de vivienda vacía introducida por el Decreto 1/2020 que incluye su ocupación sin título, vulnera el derecho a la propiedad privada.
  • La nueva ley de alquileres catalana sanciona la tenencia de viviendas vacías por un periodo superior a los dos años. Además, prevé la subrogación de este periodo para el cómputo del plazo al adquiriente de un inmueble. Por lo que, si el vendedor de una propiedad tuvo su vivienda vacía durante un año y medio, este cómputo se extiende hacia el comprador, sin llevar el contador a cero. Esto “vulnera el principio constitucional de responsabilidad o culpabilidad, ya que permite sancionar al propietario de una vivienda por el comportamiento del anterior titular”.
  • La nueva definición de gran tenedor de vivienda “no está justificada, en cuanto incluye a las personas físicas y no solo a las jurídicas”. Además, no incluye al “principal tenedor de viviendas en Cataluña, que es la Administración pública”.
  • La nueva ley de alquileres catalana impone un “suministro generalizado e indiscriminado de datos particulares a la Administración”, para el Registro de Viviendas Vacías, que no son “ni necesarios ni adecuados”. Por lo tanto, infringe el derecho fundamental a la intimidad personal.

Fallo del Tribunal Constitucional en lo que respecta la nueva ley de alquileres catalana

El fallo del TC sobre la nueva ley de alquileres catalanes es el siguiente:

  1. Estimar en parte el presente recurso de inconstitucionalidad y, en su virtud, declarar inconstitucionales y nulos los artículos 2.2, 2.3, 2.4, 2.5, 2.7, 2.10, 2.11 (inciso “sin perjuicio del supuesto a que hace referencia el artículo 42.6”), 2.12, 4.2, 4.5 (inciso “y del apartado 2 de la 60 disposición adicional primera”), 5.5, 5.6, 5.7, 6.3 y 6.6 y la disposición transitoria primera del Decreto ley del Gobierno de la Generalitat de Cataluña 17/2019, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda.
  2. Desestimar el recurso en todo lo demás.

Análisis de los artículos que fueron declarados inconstitucionales y nulos

Los artículos analizados a continuación son los que el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales y, en consecuencia, nulos.

Artículo 2.2 Tipifica el “incumplimiento de la función social de la propiedad de una vivienda o un edificio de viviendas que permanezcan desocupadas de manera permanente e injustificada por un plazo de más de dos años”.

Artículo 2.3 Define el incumplimiento de la función social de aquellas viviendas que no se destinen a residencia habitual y permanente de personas, “si es una vivienda con protección oficial o una vivienda reservada por el planeamiento urbanístico a este tipo de residencia”.

Artículos 2.4, 2.5, 2.7, 2.10, 2.12 y 5.5 Establecen las sanciones por incumplimientos de la normativa. Incluyen multas coercitivas y hasta la expropiación del bien. El TC las consideró como una “reacción exorbitante”.

Artículos 5.6, 5.7 y 6.6 Imponen a los propietarios de viviendas su alquiler forzoso, por el supuesto incumplimiento de la función social de la vivienda. En otras palabras, obliga a los propietarios a ofrecer un contrato de alquiler social a determinados inquilinos, regula su plazo y contenido y establece un requisito procesal para interponer acciones judiciales en la ejecución hipotecaria y el desahucio.

¿Qué ocurre con la regulación del precio de los alquileres?

El tribunal desestimó el recurso que aludía al artículo 8, donde se obliga a los arrendadores a detallar en la publicidad y las ofertas de los inmuebles que se suscriben al índice de referencia de precios. Concretamente, el TC sostuvo que:

La regulación de estos índices, tanto el estatal como el autonómico, se dirige a posibilitar la obtención de información por las Administraciones públicas que les permita conocer el estado y evolución del mercado del alquiler y, a partir de esa información, diseñar políticas de vivienda.

Agregó que el índice establece criterios orientadores que pueden contribuir a mejorar el mercado de la vivienda. Pero habrá de utilizarse como una referencia y no como una norma. Es decir que reafirma la voluntad de las partes para pactar libremente el precio del alquiler. Pero si se supera el valor de la renta que establece el índice de referencia, podría surgir una única consecuencia: la imposibilidad de acceder a ayudas públicas.

¡Esperamos haberte ayudado a comprender los factores que llevaron al TC a declarar inconstitucionales y nulos algunos artículos de la nueva ley de alquileres catalana!

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En este artículo veremos en que consiste la nueva Ley 11/2020, del 18 de septiembre y además, analizaremos como se aplica el nuevo índice de referencia de precios de alquiler en Cataluña:

La suba en los precios de los alquileres en Cataluña

En los últimos años, el mercado de la vivienda en Cataluña, ha experimentado cierta retracción respecto a su accesibilidad. Esto es debido no solo al alza en los precios, sino también por inconvenientes a la hora de obtener financiamiento acompañado por un crecimiento sustancial de la demanda de vivienda de alquiler.

Esto a propiciado una fuerte suba de los precios de alquiler, que en Cataluña ha crecido en torno al treinta por ciento en los últimos cinco años. Esta tendencia se ha profundizado en Barcelona a raíz del auge del turismo urbano, que ha desviado viviendas hacia usos no residenciales.

Por otro lado, la entrada de capital internacional asociada a grandes operaciones inmobiliarias también ha influido en la suba de los precios de los alquileres.

El acceso a la vivienda y permanecer en ella se ha vuelto un problema complejo para la región que se ha visto agravado aún más por la crisis generada por el Covid-19.

LEY 11/2020, de 18 de septiembre

Así pues, la Ley 11/2020, del 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda tiene por objetivo regular el precio de alquiler en Barcelona mediante el índice de referencia de precio de alquiler.

Con la normativa anterior, el índice de referencia del alquiler era orientativo y se movía entre tres precios de referencia: el inferior, el superior y el establecido para el índice.

Con la nueva regulación, el precio de la renta de un alquiler de larga estancia no podrá ser superior al del índice de referencia de precios de alquiler.

¿A qué viviendas afecta la ley?

La presente ley aplica a los contratos de vivienda en los que concurran las siguientes circunstancias:

  • Que la vivienda arrendada esté destinada a residencia permanente del arrendatario.

  • Que la vivienda arrendada esté situada en un área que haya sido declarada área con mercado de vivienda tenso.

¿Cuáles contratos de arrendamiento quedan excluidos del indice de referencia de precios de alquiler?

Los contratos de arrendamiento que quedan excluidos del índice de referencia de precios de alquiler son:

  • Los contratos de vivienda sujetos a regímenes especiales de determinación de la renta.

  • Los suscritos antes del 1 de enero de 1995.

  • Los que tienen por objeto viviendas sujetas a un régimen de protección oficial.

  • Los que tienen por objeto viviendas integradas en redes públicas de viviendas de inserción o de mediación para el alquiler social o en el Fondo de vivienda de alquiler destinado a políticas sociales.

  • Los de carácter asistencial.

  • Los que se suscriban de acuerdo con las disposiciones legales aplicables al alquiler social obligatorio.

Además, tampoco aplicará si el inquilino/a cuenta con unos ingresos iguales o inferiores a 2,5 veces el indicador de renta (19.919,33€/año), siempre y cuando el propietario/a tenga unos ingresos iguales o superiores a 3,5 veces el indicador de renta (27.887,05€/año).

¿Qué es el índice de referencia de precios de alquiler en Barcelona?

Como ya dijimos, estas medidas sirven para contener la renta de los alquileres mediante el índice de referencia de precios de alquiler. Pero, ¿quién fija este índice?:

En este sentido, hay que saber que el índice de precios de alquiler es un marco de referencia determinado por la Agència de l’Habitatge de Catalunya, que tomando en cuenta los datos que proporciona el Incasòl (Institut Català del Sòl), establece un valor por metro cuadrado en una zona determinada.
En consecuencia, la renta máxima a cobrar por el arrendador al arrendatario será el precio de referencia establecido de acuerdo con el índice mencionado, con una máxima desviación de hasta un cinco por ciento, dadas las características específicas de la vivienda objeto de
arrendamiento.

¿Cómo calcular el índice de referencia de precios de alquiler de Barcelona?

En principio, es importante tener en cuenta que la Agència de l’Habitatge de Catalunya ha puesto al servicio de los usuarios una herramienta que permite calcular el índice de referencia de precios de alquiler.

Así pues, para calcularlo será necesario introducir los siguientes datos:

  • Dirección del inmueble

  • Superficie útil de la vivienda en metros cuadrados (que se puede encontrar en la cédula de habitabilidad)

  • El estado de mantenimiento

  • En qué piso se ubica

  • Año de construcción

  • Certificado energético

  • Si cuenta con aparcamiento, ascensor y/o muebles

Una vez que introducimos los datos, es necesario multiplicar el valor que establece el índice de referencia de precios de alquiler por la cantidad de metros cuadrados.

¿Cómo se determina el valor del índice? El valor del índice se determina mediante un sistema de geolocalización. Es decir, en función de los datos introducidos en el formulario es que la herramienta calcula el precio de acuerdo a los alquileres máximos y mínimos encontrados en la zona indicada. Así, el índice se basa en la media objetiva de los datos registrados.

Entonces: ¿Dónde se aplica el índice de referencia de precios de alquiler?

Como ya explicamos, el precio del alquiler en Barcelona no ha hecho más que subir en los últimos años, y esta situación se ha agravado por la crisis económica que ha originado la pandemia.

Por este motivo, la Ley ha delimitado una “área de mercado de vivienda tensa”, formada por los 60 municipios de Cataluña donde más se ha visto incrementado el precio del alquiler.

¿Cuáles zonas podrán ser declaradas áreas con mercado de vivienda tenso?

Las que cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones:

  • Que la media del precio del alquiler de vivienda sea claramente superior
    a la media de Cataluña.
  • Que la media del precio del alquiler de vivienda supere el 35 por ciento
    de los ingresos habituales de los hogares, o que supere el 35 por ciento
    de la renta media de las personas menores de 35 años.
  • Que el precio del alquiler de vivienda haya crecido en los últimos 5 años,
    de forma acumulada, al menos un 3 por ciento por encima del Índice de
    Precios al Consumo de Cataluña.

¿Cuál es el precio máximo que se puede aplicar?

El precio del alquiler no podrá ser superior:

  • Al que establece el índice de referencia
  • Al del último contrato de alquiler (si este ha sido también más bajo que el precio que establece el índice)

Además, vamos a remarcar dos puntos importantes:

  1. Que el índice lo que hace es fijar un precio por metro cuadrado, por lo cual, para establecer ese monto es necesario contar con la superficie útil del inmuebles que se encuentra en la cédula de habitabilidad.
  2. Si el último contrato se realizo con un familiar no se podrá aplicar el índice del contrato precedente como dijimos anteriormente, aunque el precio fuera inferior.

¿Qué elementos permiten incrementar el precio de la renta mensual del alquiler por encima del índice?

Si el piso reúne, como mínimo, 3 de las siguientes características, el precio máximo del alquiler podrá aumentarse hasta en un 5%:

  • Ascensor
  • Aparcamiento
  • Vivienda amueblada
  • Sistema de calefacción o refrigeración
  • Zonas comunitarias de uso compartido, como jardín o azotea
  • Piscina comunitaria o equipamientos análogos
  • Servicios de conserjería en el edificio
  • Vistas especiales

Por otra parte, si el arrendador durante el último año ha ejecutado obras de rehabilitación en la vivienda, es decir, obras que mejoren su habitabilidad, seguridad, confortabilidad o eficiencia energética podrá también incrementar en un 5% el precio máximo de alquiler.
Asimismo, el incremento del precio de referencia se calculará en base al capital invertido en las mejoras, según lo determinado por la normativa vigente de arrendamientos urbanos, y respetando en cualquier caso el incremento máximo.

Por otro lado, hay que tener en cuenta que el importe de las subvenciones y las ayudas públicas de que pueda beneficiarse el arrendador para la mejora de la vivienda no puede considerarse capital invertido a efectos del cálculo del incremento de la renta del precio de referencia.

¿Estas buscando un inmueble para alquilar? En Oi Real Estate tenemos una selección de viviendas en alquiler.

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