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índice de precios del alquiler en Cataluña

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La necesidad de aumentar la oferta de alquiler es urgente, miles de interesados en adquirir viviendas no disponen de la capacidad adquisitiva que se requiere para arrendar un piso. Es por eso que la nueva ley de vivienda ha tomado cartas en el asunto y en 2024 existirá un índice del alquiler. Sin embargo, esta acción podría perjudicar a los pequeños propietarios, descubre la respuesta en este post.

El nuevo año ya transita su tercer mes y la inestabilidad que existe en el arrendamiento, no se detiene y lo que es más preocupante, se acentúa. Comprar una propiedad se ha convertido en una posibilidad a la que acceden muy pocos, pero alquilar tampoco es sencillo, porque los precios de renta son elevados y gran parte de los inquilinos, no pueden hacerle frente a esta situación.

Estos acontecimientos provocan que aumenten los arrendatarios morosos, lo que lleva a que los propietarios salgan del mercado con mucha más frecuencia y apuesten a otros negocios a la hora de invertir. Como se necesitan muchas viviendas para satisfacer a la demanda, algunos locales comerciales han cambiado de uso y se han transformado en viviendas.

El alquiler asequible no aumenta y miles de inquilinos no encuentran un sitio para vivir, las oficinas vacías también han tratado de solucionar este asunto, convirtiéndose en pisos para alquilar. Por eso, se ha tomado la decisión de que las zonas tensionadas tengan un control sobre sus precios con el índice de alquiler. Si quieres conocer las últimas novedades sobre el tema. ¡Sigue leyendo!

¿El índice de alquiler logrará terminar con el problema del arrendamiento?

Han pasado varios años desde que terminó la cuarentena y las consecuencias que trajo son permanentes, lo que ha hecho que sectores importantes de la economía no lograran recuperarse. Uno de los que más ha sufrido es el de los inquilinos, los que muchas veces cuentan con pisos compartidos como única opción para vivir.

Todo ha aumentado, pero los ingresos no crecieron en comparación con las ganancias de las empresas, además la guerra de Rusia y Ucrania está destruyendo a Europa. Los precios de los alquileres no se detienen y se ha encontrado en el índice de alquiler, una solución momentánea para terminar con este panorama.

Que exista un control de precios en las comunidades autónomas ha dejado a muchos propietarios con serias preocupaciones sobre su futuro. No obstante, quienes son grandes tenedores y poseen pisos en zonas tensionadas, deberán cumplir con este límite de precios propuesto para evitar mayores desequilibrios en el mercado.

¿Los grandes tenedores se perjudicarán por esta medida?

Los contratos que hayan sido firmados antes del 13 de marzo de 2024, no se verán afectados de ninguna manera por el índice de alquiler. Si el casero estableció un precio, se deberá continuar con el acuerdo que se haya llevado a cabo en el contrato de arrendamiento, la situación cambia si el contrato se realiza en estos días.

Los grandes tenedores no podrán sobrepasar el monto de alquiler que se ha determinado en el índice de precios, ya que eso podría ocasionar un delito. Debido a que las zonas son muy requeridas y los precios no se caracterizan por ser bajos, se tiene que controlar la situación.

En el caso de que una vivienda se encontrara sin alquilar por los últimos cinco años, se deberá llevar adelante esta nueva disposición de índice de alquiler. Sin embargo, la única posibilidad para que los grandes tenedores lograran escaparse de esta medida es que el contrato haya sido firmado con anterioridad a la resolución.

¿Todas las comunidades autónomas se encuentran obligadas a respetar este control?

El control de los precios de alquiler, nunca ha sido una situación beneficiosa para los propietarios, a esto debe agregarse que la okupación se torna cotidiana y los desahucios son cada vez más complicados. Los propietarios salen del mercado con mucha rapidez y los sueños de un aumento en la oferta se convierten en ilusiones.

Pero no hay alternativas para modificar esta situación que no sean, con controles en los precios del alquiler. Aunque, el índice de alquiler es una gran solución para los arrendatarios, no es una realidad para toda España y muchas comunidades autónomas no lo han implementado.

Dado que, se trata de una decisión que cada comunidad debe establecer, la negativa por el momento ha ganado a la aprobación. De hecho, al día de hoy se puede indicar que solamente Cataluña implementará el índice de alquiler, por lo que las demás comunidades seguirán con el mismo cronograma y libertad para establecer las rentas.

¿Qué les ocurrirá a los pequeños propietarios con el índice de alquiler?

Los pequeños propietarios son los que más sufren con la inestabilidad de los alquileres, en muchos casos es su única fuente económica y cuando se produce la morosidad, se complican realmente las cosas. Pero contra todo pronóstico que brinda malas noticias para los propietarios, en este caso no es así.

Los pequeños propietarios que tengan un piso de alquiler y que se ubique dentro de lo que se considera tensionada, no tendrán inconvenientes con el índice de alquiler. Esto quiere decir que, tienen la posibilidad de mantener los precios anteriores, siempre y cuando las actualizaciones no superen el 3%.

La limitación a los aumentos de renta, se estableció en 2022 y hasta el año pasado estaba prohibido aumentar por encima del 2%. Hoy en día, esa cifra se modificó y los pequeños propietarios no pueden aumentar por encima del 3%, pero sí disponen de un alquiler que no tuvo inquilinos por el término de 5 años, deberán implementar el nuevo índice de alquiler.

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La nueva ley de alquileres catalana se encuentra en el centro del debate desde su sanción, puesto que muchos la consideraban inconstitucional. Pero el Tribunal Constitucional se manifestó al respecto y declaró nulos algunos de sus artículos.

El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucionales y nulos algunos artículos del Decreto- Ley sancionado por la Generalitat. Este pretendía, entre otras cosas, regular el precio de los alquileres. En efecto, el tribunal sostuvo que una parte de la normativa vulnera el derecho a la propiedad. No obstante, sí aprobó el instrumento del índice de precios, pero con carácter informativo y no normativo, como lo establecía el decreto. Además, declaró nulo el artículo que obligaba a los grandes tenedores a ofrecer un alquiler social a los inquilinos morosos o a los okupas.

Ley de alquileres catalanas: antecedentes para su presunta inconstitucionalidad

Todo comenzó cuando ochenta y seis diputados del grupo parlamentario popular del congreso presentaron un recurso frente al TC para declarar inconstitucional la nueva ley de alquileres catalana. Enumeramos a continuación algunos de sus fundamentos, que hemos recopilado y, en algunos casos, transcripto de la sentencia original.

Sanción por decreto, imprecisión, desiguldad y vulneración del derecho a la propiedad

  • La normativa se aprobó cuando ya había vencido el plazo establecido en la constitución. Es decir que su aprobación se demoró más de treinta días desde la promulgación del Decreto- Ley 1/2020 (popularmente conocido como la ley de alquileres catalana). Por lo tanto, habría quedado “derogado en la fecha de su aparente convalidación”.
  • “La exposición de motivos no contiene una presentación explícita […] de los motivos que hacen necesaria la aprobación del Decreto- Ley. La justificación es genérica y no está basada en ningún dato objetivo o estadística contrastable”.
  • El Decreto de Ley no expone cuáles son los “obstáculos para la tramitación de esta modificación legislativa por el procedimiento parlamentario”. En otras palabras, no justifica su sanción mediante decreto y no mediante el tratamiento parlamentario correspondiente.
  • La ley de alquileres catalana “afecta” el derecho a la propiedad. Recordemos que, según esta legislación, disponer de una vivienda vacía o no ofrecer la posibilidad del alquiler social supone un “incumplimiento de la función social de la propiedad”. Estas sanciones “afectan tanto a la vertiente individual como a la vertiente institucional del derecho a la propiedad, limitando las facultades de disponer y reivindicar del propietario”.

Desiguladad de condiciones, vulneración del principio de responsabilidad y de la intimidad personal

  • El Decreto propicia una desigualdad inadmisible entre Cataluña y el resto de España, puesto que “desfigura el contenido esencial del derecho de propiedad y convierte la propiedad en un derecho más débil”.
  • La normativa también elimina la “ocupación sin título de la vivienda y la pendencia de un litigio sobre su posesión como causas justificadoras de desocupación”. De esta manera, el ejercicio de acciones judiciales para recuperar la posesión en caso de ocupación se vuelve “inútil”.
  • Los deberes vinculados al índice de referencia de precios del alquiler “infringen las competencias exclusivas del Estado en materia de bases de las obligaciones contractuales”.
  • La nueva definición de vivienda vacía introducida por el Decreto 1/2020 que incluye su ocupación sin título, vulnera el derecho a la propiedad privada.
  • La nueva ley de alquileres catalana sanciona la tenencia de viviendas vacías por un periodo superior a los dos años. Además, prevé la subrogación de este periodo para el cómputo del plazo al adquiriente de un inmueble. Por lo que, si el vendedor de una propiedad tuvo su vivienda vacía durante un año y medio, este cómputo se extiende hacia el comprador, sin llevar el contador a cero. Esto “vulnera el principio constitucional de responsabilidad o culpabilidad, ya que permite sancionar al propietario de una vivienda por el comportamiento del anterior titular”.
  • La nueva definición de gran tenedor de vivienda “no está justificada, en cuanto incluye a las personas físicas y no solo a las jurídicas”. Además, no incluye al “principal tenedor de viviendas en Cataluña, que es la Administración pública”.
  • La nueva ley de alquileres catalana impone un “suministro generalizado e indiscriminado de datos particulares a la Administración”, para el Registro de Viviendas Vacías, que no son “ni necesarios ni adecuados”. Por lo tanto, infringe el derecho fundamental a la intimidad personal.

Fallo del Tribunal Constitucional en lo que respecta la nueva ley de alquileres catalana

El fallo del TC sobre la nueva ley de alquileres catalanes es el siguiente:

  1. Estimar en parte el presente recurso de inconstitucionalidad y, en su virtud, declarar inconstitucionales y nulos los artículos 2.2, 2.3, 2.4, 2.5, 2.7, 2.10, 2.11 (inciso “sin perjuicio del supuesto a que hace referencia el artículo 42.6”), 2.12, 4.2, 4.5 (inciso “y del apartado 2 de la 60 disposición adicional primera”), 5.5, 5.6, 5.7, 6.3 y 6.6 y la disposición transitoria primera del Decreto ley del Gobierno de la Generalitat de Cataluña 17/2019, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda.
  2. Desestimar el recurso en todo lo demás.

Análisis de los artículos que fueron declarados inconstitucionales y nulos

Los artículos analizados a continuación son los que el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales y, en consecuencia, nulos.

Artículo 2.2 Tipifica el “incumplimiento de la función social de la propiedad de una vivienda o un edificio de viviendas que permanezcan desocupadas de manera permanente e injustificada por un plazo de más de dos años”.

Artículo 2.3 Define el incumplimiento de la función social de aquellas viviendas que no se destinen a residencia habitual y permanente de personas, “si es una vivienda con protección oficial o una vivienda reservada por el planeamiento urbanístico a este tipo de residencia”.

Artículos 2.4, 2.5, 2.7, 2.10, 2.12 y 5.5 Establecen las sanciones por incumplimientos de la normativa. Incluyen multas coercitivas y hasta la expropiación del bien. El TC las consideró como una “reacción exorbitante”.

Artículos 5.6, 5.7 y 6.6 Imponen a los propietarios de viviendas su alquiler forzoso, por el supuesto incumplimiento de la función social de la vivienda. En otras palabras, obliga a los propietarios a ofrecer un contrato de alquiler social a determinados inquilinos, regula su plazo y contenido y establece un requisito procesal para interponer acciones judiciales en la ejecución hipotecaria y el desahucio.

¿Qué ocurre con la regulación del precio de los alquileres?

El tribunal desestimó el recurso que aludía al artículo 8, donde se obliga a los arrendadores a detallar en la publicidad y las ofertas de los inmuebles que se suscriben al índice de referencia de precios. Concretamente, el TC sostuvo que:

La regulación de estos índices, tanto el estatal como el autonómico, se dirige a posibilitar la obtención de información por las Administraciones públicas que les permita conocer el estado y evolución del mercado del alquiler y, a partir de esa información, diseñar políticas de vivienda.

Agregó que el índice establece criterios orientadores que pueden contribuir a mejorar el mercado de la vivienda. Pero habrá de utilizarse como una referencia y no como una norma. Es decir que reafirma la voluntad de las partes para pactar libremente el precio del alquiler. Pero si se supera el valor de la renta que establece el índice de referencia, podría surgir una única consecuencia: la imposibilidad de acceder a ayudas públicas.

¡Esperamos haberte ayudado a comprender los factores que llevaron al TC a declarar inconstitucionales y nulos algunos artículos de la nueva ley de alquileres catalana!

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La regulación del precio del alquiler en Suecia está vigente desde los tiempos de la Segunda Guerra Mundial. Analizar su impacto sobre el acceso a la vivienda nos permite prever lo que podría ocurrir en Cataluña durante los próximos años.

La mayor novedad del mercado inmobiliario en este 2020 no ha sido el coronavirus, sino la regulación de los precios del alquiler en Cataluña que, en un principio, se extendería hacia el resto de España en los próximos meses.

Estas medidas han generado mucha incertidumbre respecto del impacto que podrían tener sobre el mercado del alquiler. Sin embargo, existe un país en donde las rentas están reguladas desde la época de la Segunda Guerra Mundial: Suecia. Analizar las consecuencias de la regulación del precio del alquiler en este país podría vislumbrar los posibles efectos a largo plazo que tendrían las medidas regulativas en Cataluña (y, probablemente, en España).

¿Cómo funciona la regulación del precio del alquiler en Suecia?

El sistema se regulación del alquiler en Suecia es indirecto y sienta sus bases sobre dos pilares fundamentales.

El primero es un procedimiento de negociación llevado a cabo por los representantes de los inquilinos, las empresas municipales de la vivienda y los representantes de los propietarios privados. En él se establece un precio de referencia del alquiler, cuya frecuencia es anual, que se basa en las siguientes características de la vivienda:

  • Utilidad.
  • Localización geográfica.
  • Calidad de los materiales.
  • Distribución.
  • Tamaño.
  • Antigüedad.

De esta manera, se logra que todas las viviendas con características similares se oferten a un precio equitativo. Además, se busca que las rentas sean accesibles para toda la población. Al respecto, el valor del alquiler no puede superar el 30% del salario del inquilino.

Además, se regulan en este acuerdo los incrementos máximos de la renta, que solo podrán realizarse si se produce un cambio en la utilidad de la propiedad. Por ejemplo, podría incrementarse el precio del alquiler si se efectuara una reforma.

El segundo pilar consiste en que los arrendadores y los arrendatarios pueden pactar libremente el precio inicial del alquiler. Sin embargo, el inquilino puede considerar que la renta es excesiva en relación con el precio de referencia estimado en la negociación y elevar, en consecuencia, una queja al tribunal regional del alquiler. Esta institución trabaja con las referencias establecidas en la negociación colectiva, por lo que fallará a favor del inquilino.

En definitiva, este sistema ha permitido que el 90% de las viviendas arrendadas en el país fijen su precio en función del valor de referencia. El 10% restante sitúa el precio de la renta por debajo de dicho valor.

Consecuencias de la regulación del precio del alquiler en Suecia

En primera instancia, debes saber que la regulación del precio del alquiler en Suecia ha sido efectiva, dado que ha logrado contener el valor de las rentas durante los últimos años. Sin embargo, también ha traído algunas otras consecuencias que es conveniente analizar si pretendemos evaluar la posible evolución de las medidas aplicadas en Cataluña.

Falta de oferta

Una de las consecuencias de la regulación del precio del alquiler en Suecia radica en que la rentabilidad de la operación disminuye considerablemente para el propietario. Por lo tanto, es esperable que se retiren inmuebles del mercado de alquiler para destinarlos a la compraventa. En efecto, esto es lo que ha sucedido en el país escandinavo.

Según el Swedish National Board of Housing, Building and Planning, en el 93% de los municipios suecos existe un déficit de vivienda en alquiler. Mientras en 1994 solo tres municipios presentaban escasez de propiedades, desde 1994 hasta la fecha este valor se ha incrementado hasta los 270.

Además, se acumulan las solicitudes de acceso al alquiler de una vivienda pública, lo que genera que existan largas listas de espera a lo largo del país.

Endeudamiento de los hogares

La escasez en la oferta de alquiler ha obligado a las familias a endeudarse para comprar una vivienda o una participación en las bostadsrätt. Estas últimas pueden traducirse como “condominio”, ya que se trata de una especie de cooperativa en la que se puede comprar una participación en una asociación que permite el derecho a uso de una vivienda de manera vitalicia.

El 80% del endeudamiento de los hogares puede atribuirse a las hipotecas. Pero cabe aclarar que el precio de compra de la vivienda se ha disparado un 200% en las últimas décadas. En efecto, el Banco Central de Suecia consideró este hecho como el principal riesgo económico del país.

Bloqueo del stock existente

El hecho de que la participación en las bostadsrätt asegure el disfrute de la vivienda de por vida genera una consecuencia ineludible: hay poca rotación de los inquilinos. En efecto, solo el 0,5% de los inquilinos de una vivienda ubicada en el centro de Estocolmo abandonan la propiedad.

Esta situación, entonces, impide que los jóvenes puedan acceder a un piso público de alquiler. Además, provoca un uso ineficiente del stock existente, como, por ejemplo, que una sola persona habite un inmueble de tres habitaciones.

Economía sumergida

El exceso de demanda y la falta de oferta de viviendas en alquiler provoca que los inquilinos potenciales estén dispuestos a pagar un precio más elevado por la renta. De hecho, el 20% de los jóvenes admite haber vivido de alquiler ilegalmente. De este hecho deriva otro más grave: los inquilinos de primera mano subalquilan los pisos a un precio que es entre el 65% y el 104% más caro que el establecido como referencia.

En definitiva, podría decirse que la regulación del precio del alquiler en Suecia ha logrado contener las rentas, pero no ha triunfado en su intento de facilitar el acceso a la vivienda. Por el contrato, la ha dificultado, especialmente para los jóvenes, los inmigrantes y las familias con hijos.

Solo el tiempo confirmará cuál será el impacto de la regulación de los alquileres en Cataluña. Pero, por lo pronto, Suecia marca un precedente que nos alerta sobre las consecuencias potenciales.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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