Etiqueta

Incumplimiento de contrato de alquiler

Explorar

Existen diferentes razones por las cuáles un propietario puede solicitar el desahucio. Una de ellas es por la finalización del contrato, pero ¿cuánto tarda? es una de las preguntas que suele surgir. En estos casos son varios los puntos que deberás tener presente, principalmente para no tener inconvenientes a la hora de realizarlo.

Uno de los principales aspectos que debes revisar antes de solicitar el desahucio por la finalización del contrato, es la fecha correcta en la que ha finalizado. Otro motivo que puede permitirte pedir que desalojen el piso, puede ser por la falta de pago de la renta por parte del inquilino. Debes tener presente que la situación económica por la que venimos atravesando ha generado dificultades en el bolsillo de la ciudadanía. Por ejemplo, la inflación y las subidas de los precios de los servicios.

En este post te contaremos todo lo que necesitas saber sobre la solicitud de un desahucio por finalización de contrato o incumplimiento, también cuanto tiempo tarda y mucho más. ¿Nos acompañas?

Cuándo puedo pedir un desahucio

Un primer punto que tenemos que tener presente, son los posibles motivos que pueden permitirte pedir un desahucio.

El primer motivo tiene ver con la finalización del contrato. Ten presente que existen distintas fases en este tipo de documentos. La primera es la duración inicial del contrato de renta. Éste, tiene un plazo de un año y puede ser prorrogable. En algunos casos, pueden fijarse dos, tres e incluso más cantidad de años. Cuando nos referimos a contratos de arrendamientos de locales, generalmente se establecen por dos o tres años.

Estas diferencias sobre cuánto puede durar un contrato de renta, dependerán del acuerdo que se genera entre las partes. Es que según el artículo 9 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, esto debe ser así. En el caso de que sea menor a los cinco años, el contrato se extenderá automáticamente hasta un total de cinco o siete años. Lo mismo sucederá si el arrendador es una empresa y el plazo del documento sea de siete años de duración. Cabe aclarar que esto podrá modificarse en el caso de que el inquilino, informe al propietario con 30 días de anticipación que no efectuará la renovación del mismo.

El segundo momento del contrato, tendrá que ver con las prorrogas. Es que como decíamos, anteriormente, al terminar la fase inicial del acuerdo, se inicia el tipo de prórroga. Éste es un derecho que tiene el inquilino, y el propietario del inmueble, no puede impedirlo. Según la ley, estas extensiones en el plazo de alquiler, pueden realizarse de forma sucesiva, por un tiempo máximo de tres años, siempre y cuando la firma se haya efectuado antes del 6 de marzo del año 2019 y 5 años cuando se hayan realizado luego de ese día y sean destinados a vivienda habitual.

La última etapa del contrato de alquiler, tiene que ver con la tácita reconducción. Pero te preguntarás de que se trata esto. En el caso de que el contrato no se extinguiera por las causas que la ley establece, y cumpliendo siempre con los plazos de preaviso que se fijan en la normativa puede realizarse la tácita reconducción. Esto es una prórroga automática del contrato por un período de un año. Debemos aclarar que puede realizarse indefinidamente, hasta el momento en que alguna de las partes decida solicitar la extinción del contrato.

En el caso de que quieras evitar que esto suceda, es necesario que el propietario del inmueble le informe la voluntad de rescindir el contrato. Cabe aclarar que debe efectuarse por algún medio fehaciente, como puede ser el burofax.

Recuerda que en el caso de que no haya una tácita aclaración de que no habrá reconducción, no será posible desahuciar al inquilino durante el tiempo que dura la prorroga. Para evitar problemas, se recomienda comunicar al inquilino la voluntad de rescindir el contrato 70 días antes de la finalización del mismo.

Es importante aclarar que la tácita reconducción solo se da para viviendas, no para locales comerciales. Por ello, es posible que el arrendador solicite el desahucio del inquilino cuando finaliza el plazo establecido en el documento. 

Cómo y cuánto tarda un desahucio por la finalización de contrato

Una vez que se haya producido la finalización del contrato, es posible solicitar la presentación de demanda para pedir un desahucio, aunque la duda muchas veces es cuánto se tarda en efectuarla.

Debes saber que primero que nada será necesario incorporar dentro de la documentación el contrato de arrendamiento. Éste debe estar firmado por un abogado y un procurador.

Cuando se haya realizado la presentación de la demanda, el juzgado debe realizar la admisión de dicho trámite. Luego de ello, desde la justicia, deberán notificar al inquilino que se ha efectuado este proceso. A partir de ese momento, el arrendatario, cuenta con un plazo de 10 días hábiles para oponerse a ella.

En el caso de que el demandado, decida no oponerse a ella, desde el juzgado procederán a dictar la sentencia y ordenar el desahucio. Pero, si por el contrario, se opone, deberá efectuarse un juicio.

En el momento en que el juzgado solicita el desahucio, será necesario llevarlo a cabo. Para él se deberá presentar el procurador junto con dos miembros del juzgado y un cerrajero. Es bueno aclarar que el propietario, si desea asistir, podrá hacerlo.

Una vez que la vivienda halla sido desocupada, los miembros del juzgado que se encuentren en la propiedad, deberán realizar un documento conocido como acta de lanzamiento. Allí se dejará constancia de todo lo sucedido durante el desahucio. También se reflejará que la posesión de la vivienda se le entrega al propietario.

Si necesitas finalizar un contrato de alquiler, y que no se aplique en él la prórroga tácita, según la ley, para los contratos firmados a partir del día 6 de marzo del 2019, debes realizar un preaviso al inquilino. Éste debe efectuarse cuatro meses antes de la fecha en la que el contrato culminaría.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

SUSCRIBETE 2023

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

Si alguno de los electrodomésticos deja de funcionar ¿se puede pedir la cancelación del contrato de alquiler? Arrendar puede ser una experiencia maravillosa, pero qué ocurre si no se cumple con lo pautado en el contrato. En este post, te brindaremos toda la información que necesitas conocer sobre uno de los temas que mayores inquietudes genera en el mundo inmobiliario.

Conseguir un lugar para vivir puede ser uno de los deseos más importantes que puede tener una persona, pero muchas veces esto se ve opacado por inconvenientes que surgen en el camino. Deseamos que disfrutes de la mejor experiencia de esta aventura, por eso te indicaremos algunos aspectos que debes conocer.

En el caso de que los electrodomésticos dejaran de funcionar, se encontraran en mal estado al momento de alquilar o se rompieran debido a un mal uso del inquilino. Corresponderían distintas obligaciones y derechos por parte del arrendatario y del arrendador, todas estas cosas se encuentran estipuladas en el contrato de arrendamiento. Si quieres conocer si alguna de estos motivos puede desencadenar en la cancelación del contrato de alquiler. ¡Sigue leyendo!

¿Cómo funcionan los contratos de arrendamiento?

El contrato de arrendamiento de vivienda, es un contrato bilateral en el cual, se generan obligaciones para ambas partes contratantes. Las partes involucradas aceptan el convenio y se comprometen a cumplirlo de manera formal.

El arrendador se compromete a mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad, con una casa apta para el uso. El arrendatario, debe cumplir con la obligación de satisfacer el pago de la renta que figura en el contrato, sin excepciones.

¿Qué datos y cláusulas debe incluir?

Para que un contrato de alquiler pueda cumplir con su principal objetivo, que es el de regular el acuerdo entre propietario e inquilino, haciendo un equilibrio entre los derechos y las obligaciones de ambos, debe contar con ciertas características.

Por un lado, debe identificar de manera correcta a ambas partes implicadas y al inmueble en cuestión. Por el otro, debe dejar en claro todas las condiciones a las que estará sujeta la relación arrendador-arrendatario. De esta manera, mientras más explícito sea el contrato, menos inconvenientes podrán surgir en el futuro. También será más fácil para ambos reclamar ante un incumplimiento. 

En este sentido, es altamente recomendable contar con la participación de un profesional, como un abogado, para que redacte y participe de la firma de dicho documento.

Reparaciones a cargo del propietario

Entre las obligaciones del propietario, se encuentran aquellas reparaciones que se necesitan para el mantenimiento de elementos estructurales o de suministros básicos. Aquí se hace referencia a las reparaciones eléctricas, de calefacción o climatización, suelo, techo y paredes, la sustitución de electrodomésticos, arreglo de cañerías y similares.

La reparación de un electrodoméstico solo corresponde al propietario, si se trata de una avería importante; siempre que no se haya ocasionado por negligencia o mal uso por parte del inquilino.

Reparaciones que debe asumir el inquilino

El arrendatario está obligado a costear las reparaciones que corresponden al uso habitual de la vivienda y que son necesarias para mantenerla en buen estado. Entre ellas, la sustitución de bombillas, reparación de grifos o cisternas, persianas, bisagras y cerraduras, entre otras cosas por el estilo.

El inquilino debe pagar la reparación de cualquier avería que se haya producido por un mal uso o negligencia de su parte; ya que se detalla expresamente en el contrato de alquiler.

¿Puede existir cancelación del contrato de alquiler por incumplimiento a lo acordado?

Si alguna de las partes incumple con lo acordado, se puede apelar al artículo 11 de la ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en el que se indica que:

“El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, si han transcurrido al menos seis meses de habitabilidad en el lugar, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, el arrendatario deba indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir.

Los periodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización”.

Sin embargo, en el artículo 21.1 de la ley, se establece la obligación que pesa sobre el arrendador, debiendo realizar todas las reparaciones que sean necesarias, para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido.

El arrendatario podrá pedir la anulación del contrato por las siguientes causas: “la no realización por parte del arrendador de las reparaciones a las que se refiere el artículo 21 o la perturbación de hecho o de derecho, que realice el arrendador en la utilización de la vivienda”.

¿Cuáles son las condiciones de habitabilidad?

El contrato de arrendamiento, sirve para que se cumplan los derechos y obligaciones que le corresponde a cada parte interviniente en el acuerdo. Pero, no existe en ningún apartado de la ley, una clarificación de las condiciones de habitabilidad.

Se recurre a la jurisprudencia con el objetivo de evaluar si es posible cancelar el contrato de alquiler, ante un inconveniente ocurrido por alguna de las partes que se encuentran en conflicto.

¿Tienes alguna inquietud sobre el tema? ¡Comunícate con Oi Real Estate!

Luego de leer este artículo sobre la cancelación del contrato de alquiler, nos interesaría conocer si tienes alguna inquietud al respecto o cuál es tu opinión sobre este tema. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” que se encuentra debajo de la publicación.

Además, si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

Te invitamos a leer el siguiente post:

SUSCRIBETE 2023

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Desde Oi Real Estate queremos contarte cómo debes reclamar a tu inquilino en caso de incumplimiento de contrato de alquiler. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Invertir en viviendas para alquiler es una de las mejores opciones ya que se trata de una colocación de capital que cuenta con un fundamento perdurable en el bien inmueble. No obstante, el riesgo siempre tiene lugar en el caso en que suceda un incumplimiento de contrato de alquiler.

No es posible contar con la certeza total sobre el cumplimiento de un contrato de cualquier tipo y los de alquiler no son la excepción. Sin embargo, para estos casos tenemos las leyes que prevén las indemnizaciones por daños y perjuicios por incumplimiento de contrato de alquiler.

Principales causas del incumplimiento de contrato de alquiler

Cuando se concreta un contrato de alquiler hay tres puntos de gran importancia que son los que componen el núcleo del convenio: la vivienda, el valor de la renta y el plazo. Por lo general, en torno a al valor de la renta y el plazo, se encuentran la mayoría de los incumplimientos.

Falta de pago

Es habitual que vinculemos el incumplimiento de un contrato de alquiler con la falta de pago de los valores acordados para la renta. Cuando nos encontramos en situación de impago está claro que se incumple con una parte importante del contrato de alquiler.

Sin dadas, la estricta puntualidad a la hora de realizar los pagos del coste del alquiler es una de las prerrogativas exigibles por parte del propietario. En caso de impago que además, perdura en el tiempo, esta falta puede ser causa de un justificado litigio.

La falta de pago es una de las cuestiones que se plasman de manera explícita en cualquier contrato de alquiler. Se expresan incluso cuáles son los plazos de espera y también las acciones que puede ejercer el propietario hasta llegar al punto de reclamar el desahucio del inmueble.

El último paso en caso de un retardo en donde el inquilino incumple su obligación, es el desalojo. Por lo general, se concede un plazo razonable para exigir el valor adeudado que, al vencerse, brinda al propietario la posibilidad de ejercer acciones más radicales como el desalojo.

Si bien, el problema más habitual es el de la cesación de pagos de la renta acordada, también existen otros escenarios que pueden provocar una situación de incumplimiento de contrato de alquiler.

Rescindir el contrato antes de lo acordado

Dentro de los factores que pueden considerarse como incumplimiento de contrato de alquiler de un inmueble se encuentra el hecho de querer rescindir el contrato antes de lo acordado. Esto quiere decir, no cumplir con el plazo de alquiler previamente estipulado.

Se trata también de una causa muy habitual que se presenta cuando el inquilino por algún motivo quiere abandonar el inmueble antes de que venza el plazo acordado por contrato. Del mismo modo que en cualquier otro aspecto, será fundamental lo que esté escrito en el contrato.

El propietario podrá exigir el pago del resto de las rentas a pesar de no haber habitado la vivienda. Esto sucede cuando el contrato no brinde esta prerrogativa al inquilino y no se llegase a ningún acuerdo o convenio entre las partes.

Esto se debe a que existe la posibilidad de que el propietario cuente con ese ingreso de dinero para cumplir con obligaciones que, de no hacerlo, pueden llegar a verse perjudicado.

Si el propietario depende de ese dinero para responder a ciertas obligaciones y se ve afectado por esa decisión del inquilino, podrá ejercer acciones legales alegando daños y perjuicios por incumplimiento de contrato de alquiler.

Para esto es necesario realizar una distinción entre recuperar los costes correspondientes a las rentas no abonadas y solicitar ante tribunales una indemnización por lo explicado previamente.

Sin lugar a dudas, será necesario sustentar de forma fehaciente la posible relación directa que existe entre el hecho de no contar con los fondos negados por el impago y los efectos que esto ocasionó al propietario.

Consecuencias del incumplimiento de contrato de alquiler

Hemos analizado cuáles son los principales motivos que generan el incumplimiento de contrato de alquiler. Ahora, veremos cuáles son las consecuencias que genera este tipo de situación para quien no cumpla con el contrato de alquiler.

Primero, es posible que genere gastos adicionales traducidos en las gestiones de cobro iniciales que puede ejecutar el propietario.

Luego, puede ser que deba acudir a citaciones del juzgado para comparecer ante un reclamo judicial, todo esto genera una pérdida de tiempo y dinero.

En último lugar, puede verse sometido al desalojo forzado, una situación para nada agradable.

Además, por vía de tribunales es posible que sean reclamados los valores adeudados y ciertas cantidades adicionales que correspondan a los daños y perjuicios ocasionados. Esto es, a causa de todos los contratiempos generados por la impuntualidad en el pago.

Ten en cuenta que el propietario deberá argumentar esto último profusamente para que proceda, se trata de un riesgo inminente que corre el inquilino a la hora de caer en el incumplimiento de contrato de alquiler.

Demanda por incumplimiento de contrato de alquiler

Los términos en los que se acuerde el contrato de alquiler son fundamentales para lograr introducir las demandas que se desprendan de este tipo de situaciones.

Un contrato bien redactado donde se explique de manera explícita cada una de las obligaciones y penalidades, nos ahorrará mucho tiempo y trabajo.

Es por este motivo que un buen asesoramiento para este tipo de trabajo de redacción del contrato de alquiler siempre es aconsejable. Nada puede reemplazar a la experiencia que se pueda adquirir con el servicio prestado en el mundo inmobiliario a este tipo de negociaciones.

En definitiva, el incumplimiento de contrato de alquiler siempre es una posibilidad. No obstante, si nos ocupamos de cubrir bien los extremos legales en un contrato amplio contaremos con la posibilidad de resarcir los daños económicos que esto nos ocasione.

Luego de leer este post, nos interesa mucho saber cuál es tu opinión. Si te interesa compartirla con nosotros, es posible hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales se encontrará a tu disposición y te brindará la ayuda necesaria en todo el proceso ¡Te esperamos!

También podría interesarte:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Oi Real Estate

Sabemos que los contratos de alquiler están regularizados por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU); sin embargo, existen prácticas frecuentes tanto de inquilinos como de propietarios para realizar el incumplimiento de contrato de alquiler según la normativa vigente. Si quieres prevenirte de estas situaciones adversas contáctate con Oi Real Estate y ten un alquiler seguro. En este artículo te alertamos de qué situaciones atentan contra la legalidad de los contratos de alquiler.

Los arrendamientos son una manera de ingreso económico para todos aquellos que poseen un piso disponible para colocar en alquiler. Generalmente, se trata de un procedimiento seguro donde ambas partes se comprometen a cumplir con las obligaciones que les corresponden. Sucede que otras veces alguna de las partes quiere sacar ventajas para beneficio propio e incurre en el incumplimiento de contrato de alquiler desacatando las normas que lo regulan según la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Incumplimiento de contrato de alquiler según la Ley de Arrendamientos Urbanos por parte de inquilinos

Morosidad

La principal causa de incumplimiento de contrato de alquiler por parte de los inquilinos son las rentas impagas. Los inquilinos morosos, algunas veces, pueden ser difíciles de detectar previo a la firma de contrato. Si bien existen algunas herramientas para evitar a los inquilinos morosos, hay diversas causas por las que los arrendatarios incurran en esta acción.

Morosos profesionales

En este grupo de sujetos ingresan los que deciden voluntariamente no pagar la renta a los propietarios. Estos individuos son expertos en engaño y acostumbran a realizar esta práctica como forma de vida. No pagan el alquiler o se creen con el derecho de no pagar la renta y se aprovechan, principalmente, de los propietarios particulares o de empresas del sector con poca experiencia o directamente inexpertos. Como esta actividad la ejecutan en reiteradas ocasiones, es muy probable que se encuentren en alguna lista de inquilinos morosos.

Morosos involuntarios

Los morosos involuntarios son los que, lamentablemente, han perdido su trabajo de manera imprevista y no pueden seguir pagando los costes de renta. Este caso es difícil de solucionar, pero los propietarios pueden tener voluntad de esperar a que los inquilinos puedan moverse a otro lado.

Destrozo de la vivienda

El segundo incumplimiento de contrato de alquiler más frecuente se trata de que los inquilinos generen destrozos dentro de la vivienda. Otra forma es la de no realizar el mantenimiento necesario del piso. Puede ser que muchas veces al arrendador le devuelvan el piso despintado o con algunas marcas del paso del tiempo, pero otra cosa son las roturas que indican un mal uso del lugar.

Recurrir al uso de la fianza como pago de último mes de renta

La fianza equivale a un mes de renta, monto que entrega el inquilino al propietario para que este lo deposite en la agencia correspondiente. Esta fianza funciona como garantía que, en caso de que al finalizar el contrato, el inquilino deba cubrir arreglos de la vivienda, el arrendador puede tomar el pago de allí. Las fianzas están regularizadas en el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y expresa que, una vez extinguido el contrato, el arrendador debe devolver este monto al arrendatario. El uso de la fianza para pagar el último mes de renta es una ilegalidad.

Marcharse antes de que finalice el contrato

Es una práctica frecuente que los arrendatarios decidan terminar con el contrato de alquiler antes del plazo establecido. Cuando esto sucede, a los inquilinos les parece injusto que les apliquen una penalidad, pero es lo que corresponde, salvo que en el contrato no lo diga. Si la penalización figura en el contrato y el inquilino quiere retirarse antes de cumplir los seis meses, deberá pagar la pena máxima equivalente a una mensualidad de renta por cada año del contrato que restase por cumplir, y para los períodos de tiempo inferiores al año, la parte proporcional de la indemnización.

Incluir a otra persona en la vivienda

Todas las personas que vivan en el piso arrendado deben figurar dentro del contrato. Cuando los inquilinos ingresan una o más personas mayores de edad para utilizar el piso como vivienda habitual, están ejerciendo un incumplimiento de contrato de alquiler. Esto genera muchos problemas para el arrendador porque la persona o las personas ingresadas que no figuran en el convenio no están cubiertas por las obligaciones que allí se describen. Además, lo que puede pasar es que los inquilinos reales subarrienden el piso sin consentimiento del arrendador, esto es ilegal.

Incumplimiento de contrato de alquiler según la Ley de Arrendamientos Urbanos por parte de propietarios

Pedir más de dos meses de garantías adicionales

Es muy común que los propietarios, por miedo de tener rentas impagas, quieran asegurar todo lo posible el arrendamiento de sus viviendas. Por esto exigen a los inquilinos más de dos meses de garantías adicionales. Esta práctica es contraria a la última reforma de la LAU, a través del RD 7/2019, de 1 de marzo. Aquí se expresa el límite de las garantías adicionales a un máximo de dos mensualidades.

No extender el contrato a cinco años

Según la última reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos, los inquilinos tienen derecho a permanecer en la vivienda hasta cinco años. Algunos propietarios ponen excusas falsas para poder recuperar su propiedad antes de tiempo. Esta práctica atenta contra la legalidad de los contratos de arrendamiento.

Dar uso turístico a una residencia destinada para la vivienda habitual

Algunos arrendadores generan contratos de periodos cortos para recuperar sus pisos antes de tiempo y para sacar beneficio de las rentas turísticas. De esta manera impiden que los inquilinos utilicen el derecho de prorrogar hasta los cinco años, además se aprovechan para sumar dinero al coste de renta. Sin el inquilino demuestra que la situación es de vivienda habitual, el arrendador estará obligado a modificar el contrato.

Abusos en las rentas de alquileres de viviendas protegidas

Los propietarios arrendadores cometen muchos abusos en el alquiler de viviendas protegidas sobre todo cuando se las reservan para uso propio.

¿Quieres que tu contrato de alquiler se cumpla como lo indica la normativa? Contáctate con nosotros y te garantizamos un alquiler seguro.

También puede interesarte:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas