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El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP) grava la compraventa de viviendas, entre otros. Se trata de un impuesto patrimonial que se paga a Hacienda. Esto sucede cuando se realizan transacciones de compraventa de bienes inmuebles o muebles.

¿Qué sabes sobre este Impuesto Patrimonial?

La recaudación del mismo corre a cargo de la respectiva Comunidad Autónoma. Por eso, los contribuyentes se verán afectados por la imposición de este tributo, dependiendo de la Comunidad en la que vivan.

En el caso más común, este impuesto grava aquellas compraventas de viviendas en las que el comprador está obligado al pago del impuesto. La cuota a pagar se saca sobre un porcentaje del precio real del bien adquirido.

Este Impuesto Patrimonial es un único texto legislativo que contiene tres impuestos diferentes. Afecta a las personas físicas y jurídicas y grava las transmisiones patrimoniales onerosas (TPO), las operaciones societarias (OS) y los actos jurídicos documentados (AJD).

A su vez, dentro del AJD se encuentran tres submodalidades: los documentos notariales, los mercantiles y los administrativos.

Otras características destacables

Es un impuesto cedido a las Comunidades autónomas (CCAA), lo que les posibilita amplias facultades legislativas.

El ITP grava tres operaciones distintas, pero dependiendo de la modalidad en la que nos encontremos se grava de manera diferente:

  • Transmisiones Patrimoniales Onerosas: las transmisiones onerosas por actos intervivos de toda clase de bienes. También, los derechos que integren el patrimonio de las personas físicas y jurídicas que estén fuera del tráfico comercial.  Estas transmisiones tributan entre un 4 % y un 10 % dependiendo de la comunidad autónoma y de las deducciones que se apliquen.
  • Operaciones Societarias: relacionadas con la constitución, el aumento o la disminución del capital. También con la fusión, escisión o disolución de sociedades. Además, se consideran como hechos imponibles las aportaciones realizadas por los socios para reponer pérdidas sociales. En operaciones societarias el  impuesto es de un 1 %.
  • Actos Jurídicos Documentados: se refiere a los documentos notariales, mercantiles o administrativos que se formalizan dentro de España. También a los que se realicen en el extranjero pero que surtan efecto en España. Este impuesto es también diferente en cada comunidad autónoma, oscilando entre el 0,5 % y el 1,5%.

Más información…

José Miguel Sada explica: ¿Cuándo no se paga ITP? “En ningún caso el ITP se aplicará a transmisiones entre empresarios y particulares, pues las mismas ya están gravadas por el IVA. El docente pone como ejemplo el cambio de propiedad o el alquiler de una vivienda.

En el caso de los actos jurídicos documentados, hay que diferenciar dependiendo la submodalidad que sea:

  • Documentos notariales: la cuota fija se paga en el Registro de la Propiedad Intelectual. La cuota variable se paga por la utilización de los notarios de su papel.
  • Documentos mercantiles: la utilización de Letras de cambio y los documentos que realicen función de giro o los pagarés.
  • Documentos administrativos: contienen dos tipos de hechos imponibles claramente diferenciados:
  1. La rehabilitación y transmisión de grandezas y títulos nobiliarios.
  2. Las anotaciones preventivas que se practiquen en los registros públicos.

¿Quién paga este impuesto patrimonial?

  • TPO: el adquirente del bien, el arrendatario, el pensionista, etc.
  • OS: la sociedad en su constitución en el aumento de capital, los socios en la reducción de capital o en caso de disolución de la sociedad.
  • AJD: el adquirente del bien o las personas que soliciten o expidan los documentos notariales.

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