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Impuesto de patrimonio

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La Comunidad Autónoma de Extremadura ha tomado la determinación de realizar una rebaja fiscal para su población. La acción se efectuó mediante un decreto de medidas urgentes que incluye una serie de ítems para aliviar los bolsillos de los habitantes.

De esta forma, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura busca ayudar a distintos sectores de la sociedad. Esto se encuentra relacionado a distintos motivos. Por un lado, la situación económica difícil que están atravesando las familias. La inflación, las subidas de los tipos y las consecuencias de la guerra entre Rusia y Ucrania, han traído importantes dificultades en el día a día de los ciudadanos. Por otro lado, también se han planteado ayudas para los productores que se han visto afectados por las tormentas que azotaron la región en los últimos tiempos.

Las medidas plantean rebajas en el IRPF, Bonificaciones en el Impuesto de Patrimonio, supreción del impuesto a viviendas vacías para grandes tenedores, entre otras.

En este post te contaremos todo lo que tienes que saber sobre las medidas de rebaja fiscal que ha tomado la Comunidad de Extremadura. ¿Nos acompañas?

Rebaja fiscal y ayudas económicas

La situación económica de la población ha llevado al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura a establecer rebajas fiscales para aliviar a la población. Esto sucederá por medio de la aprobación de un decreto ley de medidas. Detallaremos a continuación cuales serán:

  • Bonificación de la totalidad del Impuesto de Patrimonio
  • Una rebaja para los primeros dos tramos del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas. Por medio de ella, se reducirán los pagos a las rentas que no superan los 22.200 euros
  • Supresión del Impuesto a Viviendas vacías a los grandes tenedores hasta el 2025
  • Rebaja en el impuesto de matriculación
  • Se aumentará al 30 por ciento la deducción respecto a las cantidades satisfechas por la renta de vivienda habitual
  • Ayudas directas a productores de cereza que se han visto afectados por las grandes tormentas sucedidas en la región
  • Se generarán medidas de apoyo a los autónomos
  • Aumentos en las subvenciones que perciben las familias que cuentan con menores acogidos

Razones de las rebajas fiscales

Las medidas han sido confirmadas mediante una rueda de prensa, luego de que se llevara adelante el Consejo de Gobierno. La presidenta de la Junta, María Guardiola, ha explicado que esta serie de medidas se han efectuado según lo que planteaba su programa electoral. De igual forma, entiende que el contexto económico en el que se encuentra el país requiere medidas urgentes. Uno de los grandes problemas tiene que ver con la alta inflación que azota a la sociedad. Por ello, entiende que era necesario aprobar de manera inmediata un primer paquete de medidas tributaria. De esta manera, Guardiola, ha justificado la forma en la que se ha puesto en vigencia. Agregó, además, que esta rebaja fiscal permitirá aumentar la renta disponible de los pobladores.

Un punto importante a tener en cuenta tiene que ver con que esta serie de medidas serán retroactivas. La fecha de ello, ha sido establecida para el 1 de enero del 2023. 

Rebaja fiscal en el IRPF

Uno de los datos que se ha podido conocer respecto a la rebaja en el IRPF tiene que ver con el impacto que tendrá en las arcas de la Comunidad esta medida. Se estima que podría alcanzar los 39,8 millones de euros.

Esta rebaja fiscal busca principalmente beneficiar a los contribuyentes que cuentan con rentas bajas y medias. Ésta es la razón por la cuál no se han modificado los tramos del IRPF de las escalas más altas. Es decir, solo se han previsto cambios en los dos primeros. Previo a ello, el porcentaje a abonar era de un 12,5 por ciento. Con el nuevo decreto, se establecerá en 8 por ciento y 10 por ciento respectivamente. 

Supresión del impuesto a las viviendas vacías

Otra de las medidas que ha decido tomar la Comunidad Autónoma de Extremadura tiene que ver con el Impuesto a las viviendas vacías. Este tributo a los grandes propietarios de inmuebles en desuso, se devengará a partir del día 1 de enero del año 2024. De esta manera, los contribuyentes que sean alcanzados por él, no deberán abonar el primer pago hasta el año 2025. Recordemos, este tributo se encuentra regulado en la nueva ley de vivienda de Extremadura, que ha sido aprobada por medio de una tramitación express en el último pleno de la legislatura.

Este impuesto busca gravar a las personas jurídicas que cuenten con un total mayor a las cinco propiedades. Las mismas, serán consideradas vacías si han permanecido cerradas, sin una causa que pueda justificarse y demostrarse en un plazo acumulado de un año.

A la hora de analizar cual puede ser el impacto que generará en las arcas de la Comunidad. La Junta calcula que podría llegar a un total de 4.000 propiedades. Tomando ese parámetro, se estima que la recaudación por ellas sería de dos millones de euros.

Se ha propuesto también, llevar a cabo un impuesto del tipo progresivo. Esto significa que será variable, dependiendo de la cantidad de superficie con que cuente el inmueble. Esto sería de la siguiente forma:

  • Propiedades de más de 4.000 metros cuadrados, abonará 11.25 euros por metro cuadrado
  • A partir de los 500 metros cuadrados, se pagarán 3.75 euros por metro cuadrado.

Algunas aclaraciones sobre la forma en que se aplicaría este tributo

Ten presente, que si cuentas con más de cinco propiedades y solo una de ellas se encuentra vacía, debes saber que tendrás que abonar el tributo. La excepción a la regla, tendrá que ver con que si dicha vivienda, se encuentra emplazada en las zonas que se denominan de baja demanda. Esta medida ha sido establecida para no penalizar a los municipios más pequeños.
Por último, es importante que podamos entender la razón por la cuál se ha incorporado este tributo. Con él se busca intervenir el mercado inmobiliario para aliviar los precios de las rentas. Esto quiere decir que se impediría que grandes sociedades puedan ser propietarios de viviendas que luego queden en desuso. Hay dos puntos que se intentan corregir. Por un lado, el defasaje entre la oferta y la demanda, motivo por el cual los valores de los alquileres aumentan. Por el otro, que haya inmuebles vacíos que puedan ampliar el parque inmobiliario.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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El Impuesto de Patrimonio posee algunas singularidades con respecto a otros tributos percibidos por Hacienda. Es por esta razón que suelen surgir varias dudas a los contribuyentes acerca de él. ¿Qué es el Impuesto de Patrimonio y quién lo paga? ¿Cómo interviene en el sector inmobiliario? ¿Cuánto debe abonarse por él en las diferentes Comunidades Autónomas? ¿Qué cambios introduce la nueva Ley de Fraude Fiscal con respecto a él? En este artículo respondemos todas estas preguntas.

Los impuestos recaudados por Hacienda que afectan al sector inmobiliario son varios. Podemos mencionar al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD), el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) y el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) como los principales. Sin embargo, todos ellos tienen en común una cosa: son exigidos únicamente cuando se produce algún tipo de transmisión o transacción de un bien inmueble.

¿Qué ocurre con el Impuesto sobre el Patrimonio? A diferencia de los mencionados, el IP no requiere de ningún tipo de operación para ser aplicado, sino que grava, precisamente, al patrimonio de las personas. A continuación te contamos de qué se trata este tributo, quiénes lo pagan, cuánto se abona por él en las diferentes Comunidades y qué cambios introduce con respecto al Impuesto de Patrimonio la nueva Ley de Fraude Fiscal. ¡Sigue leyendo!

¿Qué es el Impuesto de Patrimonio?

El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo de tipo directo y personal. ¿Qué significa esto? Que se aplica de forma individual y no, como adelantamos, sobre ingresos anuales o transacciones. Grava el patrimonio de las personas físicas y se calcula tomando como base imponible al valor de todos los bienes que posee este sujeto pasivo.

Historia de este tributo

En España, el Impuesto sobre el Patrimonio comenzó a aplicarse en el año 1978, momento en que fue aprobada la Constitución. Su objetivo por ese entonces era censar a los grandes capitales y completar ingresos por el IRPF. Es decir, se trataba más bien de un gravamen extraordinario.

Luego, en el año 1991, su gestión fue transferida desde Hacienda a las diferentes Comunidades Autónomas. De ahí en más comenzó a aplicarse el marco legal establecido en la Ley 19/1991, de 6 de junio. Sin embargo ha seguido desarrollándose y modificándose en varias reglamentaciones posteriores. Más adelante, en este artículo, veremos qué cambios introduce con respecto a él la recientemente aprobada Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal.

Cabe mencionar que el Impuesto sobre el Patrimonio es bastante inusual, es decir, no suele aplicarse en muchos Estados. Por ejemplo, en Europa sólo lo perciben países como Suiza, Noruega o Italia.

¿Quiénes están obligados a abonar el Impuesto de Patrimonio?

Como mencionamos anteriormente, la base imponible del Impuesto sobre el Patrimonio es el valor del patrimonio neto de los contribuyentes. ¿Qué es el patrimonio neto? El conjunto de bienes y derechos económicos de los que un sujeto es titular, una vez restadas las cargas y deudas personales correspondientes. 

Ahora bien, ¿todos los contribuyentes en España están obligados a abonar este gravamen? No. Quienes deben tributar en el Impuesto sobre el Patrimonio son aquellas personas que posean: 

  • Una vivienda habitual que supere un valor de 300.000€.
  • Un patrimonio neto que supere los 700000€, excluyendo a la vivienda.

Si bien estas condiciones son las que se aplican en todo el territorio español, a continuación veremos que, al tratarse de un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas, los montos a pagar por él varían en cada una de ellas.  

El Impuesto de Patrimonio por Comunidades Autónomas

El porcentaje que se aplica sobre el patrimonio neto de los contribuyentes, que será el importe a pagar por el Impuesto sobre el Patrimonio, oscila siempre entre el 0,2% y el 2,5%. Sin embargo, también existen ciertas bonificaciones que modifican la cuota en algunos casos. Te mostramos qué porcentajes de este tributo se aplican en algunas Comunidades:

Porcentajes que se aplican sobre el patrimonio neto en cada Comunidad

  • Andalucía, Cantabria y Galicia: 0,24% a 3,03%.
  • Asturias: 0,22% a 3%.
  • Baleares: 0,28% a 3,45%.
  • Cataluña: 0,21% a 2,75%.
  • Extremadura: 0,3% a 3,75%.
  • Murcia: 0,24% a 3%.
  • Valencia: 0,25% a 3,12%.
  • Madrid: aquí no se abona el Impuesto sobre el Patrimonio. Existe una bonificación del 100%.

Cambios respecto al Impuesto de Patrimonio que introduce la nueva Ley de Fraude Fiscal

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este 11 de julio la nueva Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, que venía debatiéndose en el Senado. Esta normativa, que ha entrado en vigencia en la fecha mencionada, implica una serie de modificaciones que repercutirán en varios de los impuestos que intervienen en el sector inmobiliario. Uno de ellos es, precisamente, el Impuesto sobre el Patrimonio. ¿De qué se tratan estos cambios?

Cambios en la forma de calcular los valores de referencias inmobiliarios y cómo afectarán al Impuesto sobre el Patrimonio

Como explicamos previamente, la base imponible del IP es el patrimonio neto de los sujetos y sólo debe ser abonado por aquellos que posean una vivienda habitual con un valor mayor a 300.000€. ¿Cómo era calculado este valor hasta hoy en día? Teniendo en cuenta el precio de compraventa de una vivienda, es decir, su valor real.

Sin embargo, a partir de la aprobación de esta nueva ley, el valor de los bienes inmuebles pasará a calcularse de manera muy diferente. ¿Por qué? El Catastro, de aquí en más, comenzará a tomar en cuenta el valor de mercado de los bienes inmuebles y no tanto su valor real para determinar sus valores de referencia inmobiliaria. Este valor de mercado, en vez de estar determinado por el precio de compraventa de la propiedad, es definido por datos individualizados en relación a su antigüedad, su conservación, su calidad constructiva, etc.

Esto significará, sin dudas, un incremento en los montos a pagar por el Impuesto sobre el Patrimonio. Incluso, es posible que algunos propietarios que hasta ahora no lo abonaban, ahora deban comenzar a hacerlo. Cabe mencionar también que estas modificaciones no sólo afectarán a este tributo. También ocurrirá lo mismo con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD) y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).

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En su nuevo informe de Consenso Económico, correspondiente al segundo trimestre de 2021, la consultora PwC hizo hincapié en la reforma fiscal que se avecina en España. Los cambios tendrán su origen en el compromiso que el Gobierno asumió con la Comisión Europea. Diferentes empresarios y directivos de compañías españolas que fueron consultados para este estudio se oponen a un incremento tributario. Incluso piden la eliminación de los impuestos de Sucesiones y Donaciones (ISyD) y Patrimonio (IP). A continuación te contamos de qué se trata esta propuesta y qué otras medidas sugieren.

La consultora multinacional PwC lanzó un nuevo informe de Consenso Económico en España, correspondiente al segundo trimestre del 2021. En esta ocasión, se prestó especial atención a la cuestión impositiva y a la reforma fiscal que entrará en vigor en el año 2023. Estos cambios se darán en el marco del compromiso asumido por el Gobierno con la Comisión Europea, como contrapartida a la llegada de los fondos del Programa Next Generation EU.

Según informa PwC, para realizar este estudio consultó a un panel de 410 expertos seleccionados, entre los cuales se encuentran diferentes empresarios y directivos de compañías españolas. En relación a la cuestión tributaria, los consultados opinaron que es necesario transformar el sistema fiscal y restaurar la suficiencia financiera. A continuación te contamos por qué los entrevistados proponen la eliminación del Impuesto de Sucesiones (ISyD) y el Impuesto de Patrimonio (IP). En ambos casos se trata de gravámenes que intervienen y afectan a las operaciones del sector inmobiliario. También, qué otras sugerencias ofrecen en materia impositiva y cómo analizan la situación económica actual en España. 

Cómo analiza la coyuntura el nuevo informe de Consenso Económico 

Para hacer referencia a la actual situación económica en España, tras un 2020 marcado por los efectos negativos del COVID-19, PwC utiliza la expresión “con la cabeza fuera del agua.” En este sentido, afirma en su nuevo informe de Consenso Económico que “la economía ya emerge. La buena marcha de la campaña de vacunación y el levantamiento paulatino de las restricciones se están dejando notar en la mejora de las expectativas de crecimiento, tanto en España como en Europa y en el conjunto del mundo.”

La mayoría de los expertos consultados en el estudio consideran a la presente situación económica como regular. También creen que las expectativas para los próximos meses son muy favorables. En cuanto al sector inmobiliario, lo más destacable es el aumento en la demanda de las familias que prevén. Esta tendría como consecuencia un incremento en la compraventa de viviendas.

¿Cómo se analiza la reforma fiscal y por qué se pide la eliminación de los impuestos de Sucesiones y Patrimonio?

En síntesis, los empresarios y directivos de compañías españolas que PwC consultó para elaborar su nuevo informe de Consenso Económico, ofrecieron en relación a la cuestión tributaria, propuestas para obtener más ingresos en las arcas estatales y generar menos gasto público. Las sugerencias para alcanzar este nivel de eficiencia a nivel impositivo están divididas en los siguientes apartados:

Cómo recaudar más

La mayoría de los encuestados, casi un 70%, están en desacuerdo con un aumento impositivo generalizado. Estos expertos apuestan, en cambio, por un mayor esfuerzo del Estado contra el fraude fiscal. Sobre esta cuestión existe un proyecto de ley que actualmente se está debatiendo en el Senado.

Sin embargo, hablando de tributos en concreto, ante la posibilidad de aumentar los tipos del IVA existe cierta división. Son mayoría los empresarios y directivos que están en contra. Las medidas o recargos transitorios para elevar la presión en impuestos directos, como el IRPF o el Impuesto de Sociedades, también son rechazadas por gran parte de ellos. Tampoco creen que deberían realizarse ajustes en la fiscalidad de las rentas salariales ni en las cotizaciones sociales, que ya tienen una carga impositiva importante.

Dónde meter la tijera

En términos generales, al hablar de qué recortes debería hacer el Estado para recuperar la suficiencia financiera, el estudio de PwC apunta principalmente hacia el gasto corriente. De hecho, tres de cada cuatro entrevistados están de acuerdo en que las reducciones comiencen por ahí.

Por otro lado, varios expertos afirman que otra forma de ganar eficiencia es reducir las bonificaciones y los tipos reducidos en algunos impuestos. Casi la mitad de ellos están a favor. Sin embargo, al referirse a tributos en concreto, solo en el caso del Impuesto de Sociedades hay un porcentaje significativo que defiende suprimir las exenciones y bonificaciones que se aplican actualmente. En el caso del IRPF y el IVA no existe un consenso para eliminarlas.

Eliminación del Impuesto de Sucesiones, del Impuesto de Patrimonio y simplificación del Impuesto sobre Sociedades 

Como adelantamos al inicio de este artículo, los empresarios y directivos que participaron de este estudio piden la eliminación de los impuestos de Sucesiones y Donaciones (ISyD) y Patrimonio (IP). Ambos tributos intervienen y afectan a muchas operaciones del sector inmobiliario, mayoritariamente las que tienen que ver con, precisamente, herencias y donaciones de bienes inmuebles.

Cabe mencionar nuevamente el proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal. Actualmente, esta propuesta se encuentra ingresada en el Senado y pendiente de aprobación. La regulación impulsada por Hacienda eliminaría los beneficios en los pactos sucesorios. También modificaría la base imponible del Impuesto de Patrimonio (IP), entre otros tributos que intervienen en operaciones inmobiliarias. Sin embargo, el PSOE ha presentado una enmienda que mantendría las ventajas fiscales de las donaciones en vida de bienes inmuebles. ¿Se tendrán en cuenta las opiniones de los expertos plasmadas en el informe de Consenso Económico confeccionado por PwC para seguir modificando el proyecto?

Por otra parte, los entrevistados defienden la simplificación de las contribuciones fiscales por parte de las empresas. En este sentido, piden que los esfuerzos de la inspección se centren en los grandes grupos empresariales. En concreto, el 77,7% de los empresarios y directivos apoya el reciente pacto de la OCDE. Este busca establecer un tipo mínimo del 15% en el Impuesto sobre Sociedades. Sin embargo, casi la mitad cree que es poco probable que este acuerdo se lleve a la práctica.

Cómo financiar los servicios públicos

En cuanto a la forma de financiación de los servicios públicos, se preguntó a los entrevistados por una propuesta del Gobierno en particular. Se trata de la posibilidad de establecer un peaje a las autovías. Un 36,5% se manifiesta en contra de esta medida.

Incluso más oposición genera la fórmula del copago en la educación, que es rechazada por el 39,4% de los expertos. Por el contrario, la incorporación de sistemas de copago en los servicios de sanidad pública y en los medicamentos cuentan con un respaldo significativo.

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