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Impuesto al Valor Agregado

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El IVA es uno de los impuestos más conocidos por todos, ya que está gravado en prácticamente todos los productos o bienes que consumimos. Las operaciones inmobiliarias no escapan a esta regla, pero sí es cierto que conservan algunas características particulares del sector. En la nota de hoy, te contamos en qué consiste el IVA de la vivienda, cuándo se paga y cuánto se tributa al comprar una casa nueva o de segunda mano.

IVA para todos

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es el tributo que grava prácticamente todas las transacciones en España y en gran parte de los países del mundo. Afecta a casi todas las personas porque suma el 21% (en términos generales) al precio de la gran mayoría de los productos y servicios. No obstante, en algunos casos puede solicitarse la devolución del impuesto, dependiendo, entre otras cosas, del lugar que ocupe tal compra en la cadena de producción y consumo. Pero antes de adentrarnos en esos detalles, veamos qué significa el IVA en el sector inmobiliario, cuándo se paga y cuánto impacta al comprar una casa.

¿Cuánto se paga de IVA al comprar una casa nueva?

Al firmar una escritura, los documentos referidos a la transmisión de la vivienda incluyen el recargo correspondiente por IVA. Actualmente, y en términos generales, en nuestro país al comprar una casa nueva se paga por IVA el 10% de su valor escriturado. No obstante hay algunos lugares, como en las Islas Canarias, donde se tributa con el 6,5% el denominado Impuesto General Indirecto Canario. Además, existen otras reducciones que atienden a otros parámetros, como si la casa es de protección oficial o de promoción pública, o la normativa de cada comunidad autónoma.

Igualmente se debe tener en cuenta que el IVA puede modificarse según las características de la vivienda. Por ejemplo, hay que sumar el 10% por los anexos (garaje o trastero) que se compren con la casa de obra nueva. Sirve aclarar que estos porcentajes son válidos si la vivienda tiene hasta dos plazas de garaje; de tener más se aplicará el 21%.

La funcionalidad del espacio sobre el que se hace la inversión también es un factor que modifica el IVA. Este es el caso al comprar un local comercial de obra nueva, sobre el que habrá que pagar un impuesto al valor añadido del 21%.

¿Se paga IVA al construir, reformar o alquilar una casa?

En rigor, son tres casos diferentes.

  • Si el futuro propietario está en proceso de construcción de su casa se paga el denominado IVA de la autopromoción. El mismo implica, como en la compra de una vivienda nueva, el 10% del valor final estipulado.
  • Distinto es si se está reformando una casa. Aquí el impuesto variará dependiendo para quién o quiénes se confeccionen las correspondientes facturas. Si es el propietario de la casa quien contrata los servicios de un profesional, el IVA será del 10%. Pero si es una compañía la que se hace cargo de la contratación, el IVA será del 21%.
  • Finalmente, si el proyecto es alquilar una vivienda se debe saber que esta actividad no está gravada con el IVA para el inquilino. En rigor, los inmuebles destinados al arrendamiento ya están contemplados en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), con montos definidos por cada comunidad autónoma. Igualmente está exento si se trata de un arrendamiento para uso estable y permanente.

¿Cuál es la diferencia de IVA al comprar una vivienda de segunda mano?

Como se dijo anteriormente, al comprar una vivienda de segunda mano no hay que pagar IVA, pero sí se tributa sobre el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). En este caso, el pago se realiza tras presentar el modelo 600 de autoliquidación en la sede de Hacienda donde esté ubicada la vivienda. Esto debe hacerse dentro de los 30 días de firmada la escritura de compraventa.

Si trasladamos esto a números y trámites, deberá considerarse que al comprar un inmueble de segunda mano, lo que no se paga de IVA se tributa de la siguiente manera:

  • Gastos de tasación (salvo que no se solicite hipoteca), con un costo aproximado de 300 euros.
  • Honorarios de los notarios, que suelen ser menores a los 1000 euros, dependiendo el trámite y el precio de la vivienda. Estos aranceles están regulados por el Estado y, por ejemplo, por la firma de una escritura pública de compraventa, los precios varían entre 600 y 875 euros.
  • Gastos de Registro de la Propiedad, que se calcula en base al valor de la vivienda que figure en la escritura, así como su ubicación y características. También aquí hay honorarios fijados por el Arancel de los Registradores de la Propiedad, que establecen el mínimo y el máximo que pueden cobrar. El precio promedio está entre los 600 y 1.000 euros.
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Según cada comunidad el porcentaje variará desde el 4% del País Vasco, hasta el 10% de Galicia o Valencia, por ejemplo.
  • Gestoría. De considerarlo conveniente, existen gestores a los que se puede contratar para facilitar al comprador los trámites de estos documentos.

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Mientras tanto, te invitamos a seguir conociendo más sobre el tema impositivo en las operaciones inmobiliarias, con el siguiente artículo:

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