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impuesto a las grandes fortunas

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El día 4 de diciembre, los tres partidos que gobiernan la Comunidad, han llegado a un acuerdo. Gracias a él el impuesto a las grandes fortunas en el País Vasco ya es una realidad. De esta forma, se podrá realizar la aplicación efectiva del tributo en los tres territorios que componen esta localidad. Incluso, desde el gobierno, han dicho que se hará en los términos más exigentes de lo que se suponía en un inicio.

Según la coalición, haber logrado llegar a este acuerdo es fundamental. Es que gracias a ello, es posible obtener recursos para la fiscalidad. Consideran además que es importante poder generar coaliciones para pactar en aquellas cuestiones que puedan transformar realmente las condiciones de vida de la ciudadanía, sin importar de que partido político provengan.

En este post te contaremos todo lo que tienes que saber sobre el acuerdo y cómo el impuesto a las grandes fortunas ya es una realidad en el País Vasco. ¿Nos acompañas?

Ya es una realidad el impuesto a las grandes fortunas en el País Vasco

Luego de llegar a un acuerdo entre las fuerzas políticas Elkarrekin, Podemos, PNV y PSE-EE el 4 de diciembre, el impuesto a las grandes fortunas en el País Vasco ya es una realidad. Por medio de el se garantiza la aplicación efectiva del Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas dentro de los tres territorios vascos. Según explican, es un acuerdo fundamental que va a afectar una materia tan importante como lo es la fiscalidad. Es que por medio de estas acciones, la política se vuelve útil. De esta manera es posible pactar para generar acuerdos beneficiosos para la ciudadanía, ya que por medio de ellos pueden transformarse la condiciones de vida de la población.

El pacto que se ha establecido, fija que el tramo más alto del impuesto inicie desde los 14,5 millones con un porcentaje del 3,5 por ciento. Otro de los cambios, tiene que ver con que en el tramo anterior, en Vizcaya, se abonarán desde los 12,8 millones por un porcentaje del 2 por ciento. Cabe aclarar que en otras localidades se ha fijado este tramo en un 2,5 por ciento.

Para el resto de los tramos no se incorporarán modificaciones. Lo que si se ha trabajado con mucho encono, fue que la estructura del Impuesto de Patrimonio, no se alterara por la aplicación del tributo de Solidaridad de Grandes Fortunas. Por esta razón, no se verán afectados los tramos más bajos.

Este pacto, se ha logrado luego de que el Tribunal Constitucional haya convalidado este tributo. Recordemos que la Comunidad de Madrid, Andalucía y Galicia, habían presentado recurso de inconstitucionalidad sobre este impuesto.

Pese a esta sentencia, la presidenta de la Comuna, Isabel Díaz Ayuso, ha dado a conocer que tramitará una nueva ley con el fin de que todo lo recaudado por el Impuesto a las Grandes Fortunas, sea devuelto a la comunidad. Aclararon que lo realizarán lo más rápido posible. Es que consideran que es la única forma en que puedan devolvérselo a los contribuyentes. Esto se debe a que Ayuso entiende que el tributo, es contra el patrimonio, el trabajo y el esfuerzo de su población. 

Cuáles son las posturas para poder llegar a establecer como realidad el impuesto a las grandes fortunas en el País Vasco

Soto, desde el partido PNV, ha expresado que entendían que en Euskadi, no tenía mucho sentido generar una medida que ya estaba contemplada dentro del Impuesto de Patrimonio. Pese a ello, si no hubieran logrado llegar a este acuerdo, no se podría aplicar ni en Guipúzcoa ni el Álava.

Es que estos gobiernos forales no tienen la mayoría en las juntas Generales. Así, con esta incorporación será posible reforzar la estructura del Impuesto de Patrimonio, complementando con este nuevo tributo. Así los contribuyentes que tienen grandes patrimonios pagarán más de lo que se venía abonando en Elkarekin.

Por último, desde Podemos, consideran que haber llegado a este acuerdo podría generar molestias en el Partido Popular.

Hasta el momento, desde los partidos que han logrado llegar a un acuerdo sobre la incorporación del impuesto a las grandes fortunas, no se ha informado de la cantidad de recaudación que podría obtener el gobierno gracias a este nuevo impuesto. Pese a ello, consideran que podrán llegar a una cantidad mayor de contribuyentes. 

El impuesto a las grandes fortunas cuáles son sus alcances y modificaciones

Un punto que hay que tener en cuenta, es que al negociar la puesta en marcha del Impuesto a las Grandes fortunas en el País Vasco, no todos han quedado igual de conformes. Es que por ejemplo el PNV pretendía que los términos de instalación del tributo sean más exigentes.

Por otro lado, desde la coordinación de Exker, han explicado que este pacto sobre el impuesto, se ha puesto en marcha al margen de las negociaciones presupuestarias, que debemos recordar se están efectuando en los tres territorios y que hasta el momento no han llegado a su fin.

Aranta Gozalez, por su parte, explica que con este nuevo tributo, no se ha puesto fin al problema fiscal que hoy en día enfrenta Euskadi. Esto se debe, según ella, por que hace falta una reforma estructural más amplia. Para ello, deben tomarse en cuenta muchos más elementos que hasta el momento no se han podido abordar. Un claro ejemplo de ello, es la fiscalidad verde.

Toda esta situación, deja al descubierto la necesidad de efectuar una reforma, y muchos consideran que podría este, ser un buen momento para ello. La finalidad sería la de poder garantizar la calidad de los servicios públicos, la redistribución equitativa del trabajo y la riqueza. Es que de esta forma, sería posible ofrecer más oportunidades para todos, en particular para los colectivos que son más vulnerables.

David Soto, por su parte, explica que la incorporación de este tributo, puede ser un instrumento pedagógico, ya que plantea la necesidad de que la fiscalía sea por un lado un instrumento de justicia pero además de reparto de la riqueza.

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El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, desde su creación ha sido establecido como un tributo temporal. Pese a ello, desde el Consejo General de Economistas, plantean otra posibilidad. Según explican, sería muy probable que se pueda sostener a lo largo de los próximos años. Esta postura, ha sido conocida dentro de la presentación que han realizado de los documentos de la Planificación de la Renta 2023 y el Cierre fiscal del Impuesto sobre Sociedades 2023.

Debemos recordar que, en días pasados, el Tribunal Constitucional ha decidido respaldar el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Esta situación se ha dado, luego que la Comunidad de Madrid realizara una recusación al tributo. Este gravamen, se había establecido por la necesidad de lograr recaudar fondos para las arcas del estado. Este dinero, sería destinado a lograr paliar los efectos de la grave crisis del Covid en nuestro país que ha tenido que enfrentar el mundo entero.

En este post te contaremos todas las novedades respecto al Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas y te contamos sobre la posibilidad de que se extienda su vigencia. ¿Nos acompañas?

Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas podría extender su vigencia

Luego de que el Tribunal Constitucional haya decidido respaldar el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, desde el Consejo General de Economistas, han alertado que consideran que este tributo duraría más de los previsto en su creación. Ahora, aquellos grandes patrimonios que hasta el momento no debían afrontar ningún tipo de gasto por él probablemente busquen realizar cambios en sus inversiones para poder reducir el coste fiscal.

Desde el Registro de Economistas Asesores Fiscales, perteneciente al Consejo General de Economistas, han elaborado dos documentos en los que expresan la posibilidad de que continúe en vigencia el tributo que se encarga de gravar los patrimonios superiores a los 3 millones de euros. Cabe recordar que desde la Comunidad de Madrid habían realizado una presentación de inconstitucionalidad.

Allí se establecían distintos puntos por los que el gobierno de Ayuso, consideraba que se vulneraban derechos y garantías constitucionales. Pese a ello, desde el Tribunal Constitucional, no le han dado la razón. El pasado 7 de noviembre se dio a conocer la sentencia en la que reafirma el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.

Pese a haber perdido la batalla, Ayuso ha informado que pretende realizar una nueva ley de manera urgente, con la que todo lo recaudado por el tributo sea transferido a la Comunidad Autónoma. Al parecer, no será la única localidad que podría tomar esta medida. Desde Andalucía, están analizando la posibilidad de llevar adelante medidas similares.

El presidente de la organización del Registro de Economistas, ha expresado que es necesario que se coordine entre todas las administraciones con el fin de brindar un mejor servicio a los contribuyentes para que ellos cumplan con las necesidades tributarias. 

Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas como es posible reducir los costes fiscales para reducir el impacto

Una de las particularidades de los documentos que han realizado desde el Registro de Economistas, tiene que ver con algunas claves para lograr aminorar los costes a afrontar en los pagos fiscales del corriente año. También, se han presentado algunas novedades, tanto legales como respecto a la jurisprudencia de las últimas modificaciones.

Primero haremos referencia a la planificación respecto a la renta. Sobre ello, desde el Registro de Economistas, han realizado unas cien recomendaciones para los contribuyentes con el fin de minimizar el coste final del IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio. Para ello, han efectuado una diferenciación sobre los perfiles. Con esto nos referimos a si son trabajadores, empresarios, arrendadores, personas mayores de 65 años o inversores.

Por otro lado, han realizado un total de 65 recomendaciones del Impuesto sobre Sociedades. La intención es la de planificar una exitosa factura fiscal de las empresas.

Desde el Consejo General de Economistas, los fiscalistas han hablado sobre los nuevos límites que se deben tener en cuenta con el fin de reducir la factura fiscal del IRPF. Esto se debe a las aportaciones a los sistemas de previsión social. También han hecho hincapié sobre la complejidad de la normativa que puede llegar a ser un problema para desincentivar la aportación y el ahorro. Será necesario además que se tengan en cuenta los montos que serán aplicados durante el 2024 con el fin de reducir el rendimiento neto tanto para la renta de inmuebles como las nuevas deducciones por el ahorro energético.

Otro punto importante a tener en cuenta, es que es posible que este año finalicen la mayor parte de este tipo de deducciones. Por ello, explican que sería una buena medida que si algún contribuyente estuviera pensando en invertir, este es el mejor momento. Recuerda que antes de poner manos a la obra, seria beneficioso consultar los aspectos formales para poder obtener los certificados necesarios. Es que para obtener estas deducciones deberás presentar los certificados que acrediten la reducción energética

Posponer ventas y servicios

Respecto a las recomendaciones efectuadas por la entidad, otro de los puntos que han presentado, sobre el Impuesto a las Sociedades, que tiene que ver con la posibilidad de realizar algún tipo de inversión en ahorro energético. Es que muchas empresas están analizando la posibilidad de realizar algunas tareas de rehabilitación. Mediante estas acciones se busca mejorar el autoconsumo de servicios, por medio de por ejemplo la incorporación de paneles solares o placas fotovoltaicas. Si tu empresa se encuentra en esta situación debes tener presente que es posible amortizar de manera libre hasta 500.000 euros. Pero para ello, será necesario que la reforma se realice y este en funcionamiento en el transcurso de este año.

Es importante que recordemos que el Constitucional ha decidido avalar la legalidad del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Será bueno que tengas en cuenta todas las opciones presentes para reducir los costes de los impuestos y tributos. Poder planificar y acelerar algunas inversiones puede brindar mayor rentabilidad y minimizar el coste fiscal.

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Luego de que haya sido pospuesto hace unos días atrás, el Tribunal Constitucional ha podido tomar una decisión respecto al Impuesto a las Grandes Fortunas. Primero que nada debemos recordar que la Comunidad de Madrid ha llevado adelante un recuso debido, a que considera es un tributo anticonstitucional.

Pese a los argumentos esbozados por parte de Isabel Días Ayuso, el Tribunal luego del debate efectuado el pasado 7 de noviembre, ha decidido respaldar el gravamen.

Desde la Comunidad de Madrid han informado que realizará y aprobará una ley por medio de la cuál todo lo recaudado, será únicamente para ésta comunidad. De esta forma, entienden que podrán devolver a los contribuyentes lo que han aportado en el Impuesto a las Grandes Fortunas.

En este post te contaremos cuáles han sido las razones por las que no se ha aceptado la presentación de la Comuna. Además te detallaremos los planes que Ayuso piensa poner en marcha debido a la decisión del Tribunal Constitucional. ¿Nos acompañas?

El impuesto a las grandes fortunas, recusada por la Comunidad de Madrid

El 7 de noviembre, el Tribunal Constitucional, ha tenido que analizar la recusación interpuesta por la Comunidad de Madrid debido a su posible inconstitucionalidad. Pero veamos un poco más en detalle la explicación de su decisión.

En primer lugar, uno de los planteos, para solicitar la inconstitucionalidad, tenía que ver con la forma en que se había tramitado. Es que según se ha explicado, se ha aprobado por medio de una enmienda, durante la tramitación de una proposición de ley cuya finalidad era otra.

Otro de los puntos a los que se hacia referencia tiene que ver con la vulneración del impuesto a las grandes fortunas a la autonomía financiera de la Comunidad y la reserva de ley orgánica respecto a la cesión de tributos.

En tercer lugar, se había hecho hincapié en la vulneración a los principios de capacidad económica y no confiscatoriedad. Respecto a este punto, explican que los gravámenes del nuevo tributo eran muy altos. Pero no era todo.

Por último explicaba que se violaba también el principio de seguridad jurídica. Aquí, se hace referencia a la retroactividad que se ha permitido que tenga este tributo, ya que tiene incidencia sobre situaciones existentes.

Pese a los esfuerzos realizados por la Comunidad de Madrid, el tribunal Constitucional ha decidido avalar el impuesto a las grandes fortunas. Para ello, ha explicado le motivo por el cuál ha tomado esta determinación, contestando a cada uno de los conflictos que originaron esta discusión. 

Cuál la postura del Tribunal constitucional sobre el Impuesto a las Grandes Fortunas

Desde el Constitucional, han explicado cuáles han sido los motivos por los que decidieron avalar el impuesto a las grandes fortunas. A continuación detallaremos estos puntos:

Primero que nada, respecto a la forma en la que se ha llevado adelante la incorporación del tributo, desde el Tribunal explican, que es posible aplicar la doctrina constitucional sobre el derecho de enmienda. Este punto se encuentra en el artículo 23.2 de la constitución. Allí se explica que se vulnera cuando hay una evidente y manifiesta falta de conexión entre el contenido de la enmienda y la iniciativa que se intenta poner en vigencia.

Para aclarar mas el asunto, explican que el impuesto a las grandes fortunas, se encontraba dentro de la proposición de la ley 38/2022. Allí se establecía como objeto, la creación de dos gravámenes, uno energético y otro bancario, por medio de los cuáles se buscaba proveer de ingresos públicos. Estos fondos serían utilizados para poder afrontar las consecuencias de la crisis energética y de precios que ha provocado la guerra entre Rusia y Ucrania. Teniendo esto presente, se cumple con el requisito de homogeneidad a la hora de incorporar este tributo por medio de una proposición.

Con respecto a la vulneración de la autonomía financiera, explican que el impuesto a las grandes fortunas, en realidad, es un complemento del Impuesto sobre el Patrimonio. Este tributo, es estatal cedido a las Comunidades Autónomas. Así lo satisfecho por este se descuenta, para establecer el nuevo impuesto. De esta forma, no se ve afectada ninguna de las competencias autonómicas sobre el impuesto del patrimonio.

Otro de los planteos efectuados por la Comunidad de Madrid, tiene que ver con el atractivo fiscal. La Comuna, buscan reducir constantemente la carga fiscal para sus contribuyentes para ser un lugar más atractivo y atraer riqueza hacia su territorio. El hecho de incorporar el Impuesto a las Grandes fortunas, aumentará la carga fiscal para aquellos contribuyentes que cuenten con un patrimonio mayor a los 3 millones de euros. Sobre este punto, el Tribunal explica que este objetivo particular que se ha planteado Ayuso, no puede ser un impedimento para el Estado de ejercer su competencia y establecer nuevos tributos.

Respecto a la vulneración de los principios de no confiscatoriedad y capacidad económica, también ha explicado el tribunal porque no es así. Declaran que frente al argumento que ha presentado la Comunidad de Madrid, entendiendo como muy altos los porcentajes a abonar respecto a la rentabilidad actual de los mercados, explican que este nuevo tributo, solo podría considerarse confiscatorio en el caso en el que se agote el valor del patrimonio, no sobre la renta generada por los bienes gravados. Por ello, no puede considerarse como desproporcionado tampoco. Incluso dentro del texto, citan datos respecto a  las estadísticas de la AEAT. Allí se demuestra que el impuesto a las grandes fortunas se encuentra por debajo del 0,5 por ciento del valor del patrimonio gravado de un contribuyente.

El último punto, tiene que ver con la retroactividad. Desde el Constitucional explican que el Impuesto a las Grandes Fortunas no se aplica en relación a un período impositivo. Lo que establece y fija es una referencia concreta de tiempo. Por ello, explican, no tiene un carácter retroactivo y tampoco vulnera el principio de seguridad jurídica. 

Cuál será la respuesta de la Comunidad de Madrid

Debido a la decisión que ha tomado el Tribunal constitucional de no declarar inconstitucional el Impuesto a las Grandes fortunas, la Comunidad de Madrid ha trazado un nuevo plan. Mediante él tramitará de urgencia una nueva ley con la que pueda recaudar el tributo para dicha comunidad.

Ayuso, explica, que se llevará adelante lo más rápido posible. Agrega que así esta recaudación quedaría en manos de los contribuyentes madrileños para que se lo puedan devolver.

Por otro lado, y pese a las explicaciones dadas por parte del Tribunal, la presidenta de la Comunidad de Madrid, insiste con que es un tributo contra el patrimonio, el trabajo y el esfuerzo de su pueblo, y por ello no se quedarán sin hacer nada.

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En los últimos días se ha conocido la decisión del Tribunal Constitucional, motivo por la cuál se aplaza el debate por el impuesto a las grandes fortunas.

Tenemos que recordar, estaba previsto que el mismo se llevara a cabo el 24 de octubre. Pese a ello, han tomado la determinación de posponerlo debido a la cantidad de casos que se encuentran pendientes.

Se aplaza el debate por el impuesto a las grandes fortunas hasta los días entre 6 y el 8 del mes de noviembre. En este post te contaremos todo lo que necesitas saber sobre este tema. ¿Nos acompañas?

¿Por qué se aplaza el debate por el impuesto a las grandes fortunas?

La fecha original para llevar adelante este debate era el 24 de octubre. Este trámite se encontraba ingresado como orden del día en el Pleno del tribunal. Debido al elevado volúmen de los asuntos que se encuentran pendientes, se aplaza el debate por el impuesto a las grandes fortunas.

Según se ha podido conocer, el mismo se llevaría adelante, si no hay nuevos cambios, entre los días 6 y 8 de noviembre.

Recordemos que la Comunidad de Madrid ha presentado el recurso contra la instalación del tributo. Mediante él se busca gravar el patrimonio de las personas físicas que posean una cuantía superior a los 3 millones de euros.

Posturas en el debate sobre el impuesto a las grandes fortunas que se aplaza para noviembre

Se ha definido que se aplaza el debate por cuál se podría establecer la inconstitucionalidad del impuesto a las grandes fortunas, y ésta será una primera deliberación. Una de las ponencias que se llevará adelante será la de la magistrada progresista María Luisa Balaguer. Según ella, este tributo no vulnera la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas ni los principios de seguridad jurídica por ello, se encargará de avalarlo.

Cabe aclarar que estos puntos son justamente los que llevaron a la Comunidad de Madrid a presentar este recurso. Es que según expresaron, este tributo podría vulnerar los principios de seguridad jurídica, capacidad económica y no confiscatoriedad. Agregan además, que traspasa las capacidades de la autonomía política y financia propia de cada Comunidad Autónoma

Pero esta no es la única pelea que piensa dar Ayuso. Es que hace poco tiempo, desde Madrid han realizado un recurso contencioso – administrativo. El mismo fue efectuado ante la Audiencia Nacional en contra de la orden efectuada por el Ministerio de Hacienda. Por medio de ella se aprobó el modelo para liquidar dicho tributo.

La Comunidad de Andalucía y de Galicia, también han decidido efectuar esta impugnación.

¿Qué es el impuesto a las grandes fortunas?

Este tributo es conocido también como Impuesto de Solidaridad. Por medio de él se establece un gravamen a los patrimonios que sean mayores a los 3 millones de euros. El mismo fue establecido el 31 de diciembre del año pasado. Para poder abonarlo, será necesaria la presentación de una declaración, entre el primero y el treinta y uno de julio.

Se trata de un impuesto impulsado por el Gobierno, que regirá de modo temporal y se ha establecido para los ejercicios 2023 y 2024.

Según se ha informado desde Hacienda, hasta el momento se ha logrado recaudar un total de 623 millones de euros. Los mismos provienen de cerca de 12.010 contribuyentes que cuentan con grandes patrimonios.

Con estas cifras, se estipula que representan un 0,1 por ciento de los contribuyentes de nuestro país. Así podemos establecer una cuota promedio de unos 52.000 euros por cada uno.

La Comunidad de Madrid, es donde más personas han debido hacer frente a este tributo, con un total de 10.302 españoles, abonando un valor cercano a los 555 millones de euros.

El segundo puesto, es de Andalucía, donde 865 declaraciones han tenido que afrontar un total de 29,7 millones de euros.

Galicia, ha quedado en el tercer puesto con un total de 91 contribuyentes aportando 9,8 millones de euros.

Si tomamos estas tres Comunidades Autónomas, podemos contemplar más del 95 por ciento de los ciudadanos que han pagado el impuesto a las grandes fortunas. Es importante aclarar que estas localidades son las que han realizado la presentación de inconstitucionalidad del tributo, que ha llevado a que se realice el debate por el impuesto a las grandes fortunas que se aplaza para los primeros días del mes de noviembre.

Se aplaza el debate por el impuesto a las grandes fortunas: es considerado innecesario e inconstitucional

A principios del corriente año, el Instituto de Estudios Económicos, en conjunto con varios catedráticos de Derecho Tributario y Hacienda Pública han generado un informe sobre el impuesto a las grandes fortunas.

Mediante este documento se han expresado los motivos por los cuáles, según ellos este tributo tiene visos de ser inconstitucional.

Uno de los primeros puntos explicados, tiene que ver con la aplicación de manera retroactiva de un impuesto. El segundo aspecto al que hacen referencia es el tratamiento diferencial de los patrimonios nacionales y extranjeros. En tercer lugar, debido a la limitación de las competencias que le corresponden a las Comunidades Autónomas referidas a la fiscalidad. Por último, este conjunto de profesionales, dicen tener miedo de que el impuesto a las grandes fortunas se prorrogue en el tiempo.

Pero no fueron ellos los únicos que se han expresado en contra de este tributo. Desde la Asociación Española de Asesores Fiscales, también han criticado la forma en la que se ha puesto en vigencia este tributo. Según ellos, ha sido incluido como si fuera una enmienda en la proposición de ley. De esta forma, entienden que en el debate por el impuesto a las grandes fortunas, por más que se haya decidido desde el Tribunal Constitucional fijar una nueva fecha para su tramitación, debería ser declarado inconstitucional.

También han insistido en que poner en marcha medidas que son de deficiente calidad técnica, ayuda a que proliferen litigios contra el estado.

Estas situaciones han llevado a distintas comunidades y personas a presentar recusaciones sobre el impuesto a las grandes fortunas que, pese a que se aplaza el debate, deberá discutirse y definirse en los próximos días.

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La Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) ha informado que la llegada del Impuesto sobre el Patrimonio, genera inquietudes en cuanto a diferentes aspectos. Y es que por un lado, muchos extranjeros que pensaban realizar una inversión se han replanteado, su llegada a nuestro país.

También explican que debido a ello, han recibido varias consultas por la preocupación de este tributo, e incluso, diferentes departamentos de Fiscalidad Internacional están asesorando a sus ciudadanos respecto a cómo actuar teniendo en cuenta la situación particular y patrimonial de cada uno.

En este post queremos contarte acerca de los problemas y críticas que la AEDAF ha realizado sobre la incorporación de este tributo. ¿Nos acompañas?

Preocupación por el impuesto y como afectará la inversión

Según han explicado, la principal preocupación no está relacionada con  la posible desinversión. Lo que inquieta, es que este cambio fiscal podría llegar a ser un desincentivador en el arribo de nuevas inversiones.

Agregan, por otro lado, que se puede producir un efecto distorsionante además de una contracción en los flujos de inversión.

Al tratar de aclarar porque tienen esta visión de lo que podría suceder, esbozan que la inversión internacional es más sensible respecto a los cambios fiscales que puedan realizarse. Esto se debe a que no existe ningún apego emocional ni vínculo con el país. De esta forma se genera una perdida de interés en el sector inmobiliario.

Otro de los puntos que marcan, al analizar la forma en que se pueden retrotraer las nuevas inversiones, tiene que ver con las modificaciones en los tipos. Es que tenemos que recordar que nos encontramos en un contexto donde los problemas globales son varios. Algunos de ellos son: la subida en los tipos, la cercanía de las elecciones y una guerra que ha traído varios conflictos a nuestro país.

Los números que preocupan por el descenso en la inversión extranjera

A la hora de analizar este tema, se ha estudiado los datos respecto de la demanda de propiedades cuyo coste es superior a los dos millones de euros.  En el mes de enero, se ha visto reducida la cantidad de interesados con respecto a trimestres anteriores.

Pese a ello, debemos aclarar que es una tendencia que inició en el otoño pasado.

Para poder intentar frenarla, se habla de la necesidad de que se realice una modificación en el alcance. Por medio de ella, se podría realizar una distinción entre quienes adquieren propiedades para uso privativo de ellas y quienes lo realicen como una inversión que genere trabajo y movimiento económico para el país.

Excepciones a la normativa

Es importante, a la hora de solicitar el pago del impuesto a los extranjeros, tener presente  que se encuentra supeditado a los Convenios de Doble Imposición. Dependiendo de lo que diga en ellos, se podrá solicitar o no que afronten este tributo.

Por ejemplo, nuestro país ha firmado convenios en los que no se aplican al Impuesto sobre el Patrimonio. De esta forma, al no estar incluida como exenta, será posible solicitar que inversores de Estados Unidos, Italia, México y Portugal deban atenerse a él.

Con los países de Alemania, Luxemburgo, Francia, Panamá Bélgica, Israel, Sudáfrica y el Reino Unido, la firma habilita expresamente  a nuestro país a solicitar el gravamen patrimonial de las participaciones en sociedades principalmente inmobiliarias.

Por último, Argentina, Canadá, Suiza, Suecia, Países Bajos, Bulgaria y Austria, debido al convenio firmado, quedarían exentos de este tributo por lo expresado en sus Convenios de Doble Imposición.

El mercado

Según se establece en la normativa, aquellas personas no residentes que tengan propiedades, o activos superiores a los 3 millones de euros, deben abonar este tributo. Pero no es del todo así. Y es que, si la sociedad opera en los mercados organizados, quedarían exentos.

Esto podía suponer, que quienes no han entrado a operar de esta forma, podrían intentar crear nuevos vehículos de inversión cotizados con el fin de quedar fuera de esta obligación. De igual manera, hay que aclarar, que esto no es tan fácil ni gratis. Para poder operar de este modo, será necesario contar con un asesor registrado y deberá realizar la auditoria de las cuentas anualmente.

Conflictos con la forma en que se ha realizado la ley

En los últimos meses, se han explicado diferentes baches y problemas en la normativa que podría propiciar que muchos contribuyentes puedan quedar exentos del pago. Por ejemplo, ya Madrid y Andalucía, han decidido presentarse a la justicia para recurrirlo.

Uno de los motivos que se han esbozado, tiene que ver con la invasión a las competencias normativas correspondientes a las Comunidades Autónomas. Esto se debe a que infringe artículos de  la Constitución, el Estatuto andaluz y la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Por un lado, varias CCAA habían tomado la decisión de no solicitar un impuesto al patrimonio, generando una bonificación para los habitantes. De esta manera, el Gobierno, estaría  pasando por sobre ellas, obligando a quienes antes no tenían que afrontar este gasto a hacerlo.

Otro problema, que se plantea con este tributo, tiene que ver con que podía considerarse que ha sido vulnerado el principio de seguridad jurídica. Se debe a que se ha establecido la fecha de entrada en vigencia a finales del 2022 con lo que se deberá abonar en el 2023 sin aviso ni tiempo para poder actuar de la manera que cada contribuyente considere necesario.

Una última alarma que se ha encendido, tiene que ver con la forma en que se ha generado y puesto en vigencia. Y es que, constitucionalmente, no debería haber sido incorporada con una enmienda. También debería haber sido tratada, y puesta a votación, pero ello no ha sucedido. No obstante, ya se encuentran en vigencia los dos impuestos.

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