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¿Vendiste tu piso en 2020, pero no sabes cuándo ni cuánto tienes que pagar en concepto de IRPF? ¡No Te preocupes! En este artículo te contamos todo sobre el calendario fiscal 2021.

Se acerca el momento de hacer la declaración de la renta y con ello surgen muchas dudas respecto de los impuestos que deben pagarse por vender un piso. Es por eso que decidimos facilitarte toda la información que necesitas para declarar estos tributos sin mayores inconvenientes. ¡Toma nota!

Calendario fiscal 2021: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

El IRPF debe pagarse únicamente en aquellos casos en donde se produjo una ganancia patrimonial. A grandes rasgos, esto se refiere a aquellas operaciones en donde el precio de venta del inmueble fue superior al precio de compra original.

Ahora bien, su declaración se realiza a año vencido, es decir que si vendiste tu piso en 2020 deberás declararlo frente al Ministerio de Hacienda en 2021. Si, en cambio, vendiste tu piso durante el mes de enero de este año, el pago del IRPF se reserva para la declaración de la renta de 2022.

Dicho esto, si corresponde que pagues el IRPF por la venta de tu piso en 2021, ¡presta atención al calendario fiscal!

La Agencia tributaria ya lo ha publicado: el periodo de recaudación comienza el miércoles 7 de abril y finaliza el 30 de junio, siempre que la presentación se realice online. Para ello, debes contar con alguno de estos tres elementos: DNI electrónico, certificado electrónico o Cl@ve PIN.

En cambio, si decides hacer la declaración a través del teléfono o en formato presencial, las fechas cambian ligeramente.

Si la realizas por teléfono, debes pedir cita previa a partir del 4 de mayo y serás atendido en la fecha que te indiquen. Esta última podrá ser entre el 6 de mayo y el 30 de junio.

Si eliges la modalidad presencial, también debes pedir cita previa, pero a partir del 27 de mayo y serás atendido en la Agencia Tributaria a partir del 2 de junio y hasta el 30 de junio. Dadas las circunstancias, te recomendamos que elijas la modalidad online siempre que sea posible.

Calendario fiscal 2021: Plusvalía municipal

El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana se conoce comúnmente como plusvalía municipal y es otro de los impuestos que debes pagar por la venta de tu piso. Tal y como su nombre lo indica, este tributo depende del incremento del valor que ha experimentado el suelo del inmueble desde su compra hasta su venta. En consecuencia, se calcula tomando como base el valor catastral y la cantidad de años durante los cuales has sido propietario del suelo.

Aunque a primera vista parece complejo, en otro artículo te contamos cómo calcular la plusvalía municipal.

Ahora bien, en lo que respecta a este impuesto, el calendario fiscal 2021 no afecta directamente. La normativa exige que el pago de la plusvalía municipal se realice en la hacienda autonómica de la localidad correspondiente y el plazo de pago es de treinta días hábiles desde el momento en que se firma la escritura de compraventa. No obstante, la mayoría de los municipios permiten el aplazamiento del pago o el pago fraccionado, pero habrá que solicitar una autorización para ello.

Calendario fiscal 2021: Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)

El Impuesto de Bienes Inmuebles grava la mera tenencia de la propiedad, lo que significa que, estrictamente hablando, no es un impuesto relacionado con la venta del bien. No obstante, el propietario del piso al día primero de enero será quien pague el IBI.

Ahora bien, que el ayuntamiento le gire el impuesto al vendedor no significa que sea este quien deba pagarlo. La ley permite que el antiguo y el nuevo propietario negocien el porcentaje del IBI que le corresponde pagar a cada uno en función del tiempo durante el cual han sido dueños del inmueble.

Entonces si, por ejemplo, vendes tu piso el primero de octubre, deberás pagar el IBI proporcional a los primeros nueve meses, mientras que el comprador pagará el porcentaje que corresponde a los tres meses restantes.

Respecto de la fecha de pago del IBI, esta variará según la localidad en donde se encuentre el inmueble. En Barcelona, por ejemplo, el periodo de pago voluntario es entre el primero de marzo y el tres de mayo, salvo que lo tengas domiciliado. En Madrid, en cambio, el periodo de pago es entre el primero de octubre y el treinta de noviembre.

Recuerda que, si eres propietario de un piso de alquiler, te corresponde a ti pagar el IBI, salvo que se haya pactado algo diferente en el contrato de arrendamiento.

¿Quieres saber más sobre los impuestos que debes pagar por la venta de tu piso?

En esta oportunidad hemos querido aclarar todas tus dudas respecto del calendario fiscal 2021. Pero tanto el IRPF como el IBI y la plusvalía municipal son temas complejos que ameritan mucha más información. Es por ello que decidimos facilitarte esta guía gratuita en donde profundizamos sobre cada uno de estos tributos. ¡No te la pierdas!

Descargar guía de impuestos por la venta de tu piso:

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    Vender un piso es una excelente oportunidad para ganar dinero. Sin embargo, es importante que conozcas de antemano cuáles son los impuestos que deberás pagar luego de la transacción. Solo así podrás asegurarte de que la operación llegue a buen puerto. En este artículo te contamos todo lo que tienes que saber al respecto si planeas vender tu piso en 2021. ¡Toma nota!

    Si planeas vender tu piso en el 2021 (o si ya lo has hecho durante el 2020), deberás considerar cuáles son los impuestos que tienes que pagar por la transacción. Estar al día con la Agencia Tributaria supone una gran ventaja y es por eso que decidimos ayudarte a dilucidar cuánto es exactamente lo que tendrás que pagar por la venta de tu piso.

    Impuestos por vender tu piso en 2021: ¿cuáles son?

    Los impuestos que deberás pagar por vender tu piso en 2021 son, fundamentalmente, dos: el IRPF y la Plusvalía Municipal. Aunque también deberás tener en cuenta el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, dado que, en ocasiones, le corresponde pagarlo al vendedor. Veamos, entonces, qué son y cómo se calculan cada uno de estos tributos.

    Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

    Si la venta de la propiedad te ha generado un beneficio económico, deberás pagar IRPF por la transacción. Es decir que, si consigues vender tu piso por un precio mayor al que lo pagaste al momento de adquirirlo, la Agencia Tributaria considerará que has tenido un incremento patrimonial y, en consecuencia, tendrás que pagar los impuestos asociados.

    Ahora bien, ¿cuánto se paga de IRPF por vender una casa? Para responder a esta pregunta, primero debemos definir dos conceptos clave: el valor de adquisición y el valor de transmisión.

    El valor de adquisición hace referencia a los gastos que enfrentaste cuando compraste la propiedad, pero también contempla si has recibido o no algún ingreso proveniente del alquiler del inmueble. Se calcula de la siguiente manera:

    El valor de transmisión, por su parte, se refiere al dinero que realmente obtienes luego de la venta de la propiedad. Por lo tanto, se calcula de la siguiente manera:

    Ahora bien, para conocer la base imponible del IRPF, deberás restar el valor de transmisión y el valor de adquisición. Si dicha diferencia arroja un resultado positivo, te corresponderá pagar el impuesto en cuestión.

    El importe final del tributo dependerá del tramo en donde se ubiquen tus ganancias anuales. En general, a día de hoy, el porcentaje que se aplica sobre la base imponible oscila entre el 19% y el 23%.

    Excepciones del pago del IRPF por vender un piso

    En principio te hemos dicho que siempre que obtengas una ganancia por la venta de tu piso, tendrás que pagar el IRPF. Si bien esta es una verdad general, también es cierto que existen excepciones. Veamos cuáles son.

    La primera se refiere a que, si al restar el valor de transmisión y el valor de adquisición, obtienes un resultado negativo, la Agencia Tributaria entenderá que has incurrido en pérdidas y, en consecuencia, no deberás pagar el tributo.

    La segunda excepción se aplica en aquellos casos en donde sí se ha obtenido una ganancia por la venta de la propiedad, pero el dinero se reinvierte en otra vivienda habitual.

    La tercera también data de aquellas situaciones en donde se obtiene una ganancia por la venta del inmueble, pero donde el vendedor es una persona mayor de sesenta y cinco años que ha decidido vender su vivienda habitual o contratar una renta vitalicia en el caso de que la propiedad en cuestión fuera una segunda residencia.

    La cuarta y última excepción hace referencia a aquellas personas que no pueden hacer frente al pago de la hipoteca y deciden entregar el inmueble como dación de pago.

    Cabe aclarar que, aunque no debas pagar el IRPF, ¡sí estás obligado a incluir la venta en la declaración de la renta! En efecto, ha ocurrido que el Ministerio de Hacienda se ha negado a reconocer una exención porque el vendedor omitió esta información en su declaración.

    Plusvalía Municipal

    Otro de los impuestos que deberás pagar por vender tu piso en 2021 es la plusvalía municipal. Su tributo está relacionado con el valor del suelo y no con el precio de compraventa de la propiedad. En efecto, “plusvalía municipal” es el nombre popular del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IVTNU).

    Por todo esto, las variables que determinarán la cantidad de dinero que deberás pagar por la plusvalía municipal son las siguientes:

    • El valor catastral del piso.
    • Los años durante los cuales hayas sido dueño de la propiedad.
    • El coeficiente y el porcentaje del tributo, que depende del ayuntamiento.

    El cálculo de la plusvalía municipal es un tanto más complejo que el del IRPF. A grandes rasgos, cada ayuntamiento aplica un porcentaje de impuesto y un coeficiente diferente. Por lo tanto, la cantidad a pagar dependerá del lugar donde se ubique el inmueble. Veamos un ejemplo:

    Si el valor catastral de tu vivienda, que se encuentra en Barcelona, es de 150 000 euros y has sido dueño de la propiedad durante 10 años, deberás pagar de plusvalía municipal un total de 13 950 euros.

    En otro post hemos profundizado sobre este tema y puedes acceder a través del siguiente link:

    Cabe agregar que el responsable de pagar la plusvalía municipal es siempre el vendedor. Ahora bien, si heredas una vivienda, también tendrás que pagar este tributo para adjudicarte la titularidad del inmueble. Y si, a posteriori, decides venderla, tendrás que pagar nuevamente el IVTNU, salvo que la herencia y la venta ocurran durante el mismo año.

    Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)

    El Impuesto de Bienes Inmuebles se paga por el simple hecho de ser propietario de un inmueble. Estrictamente hablando, no está ligado a la venta de tu piso, pero sí deberás tenerlo en cuenta luego de realizar la transmisión.

    Lo que dice la ley es que el responsable de pagar el IBI será el dueño del inmueble al día primero de enero. Pero ¿qué ocurre si la venta se realiza a mitad del año? Habitualmente, se negocia entre ambas partes el pago del impuesto correspondiente, de forma tal que cada quien pueda pagar solo el porcentaje que corresponda al tiempo en que fue propietario del inmueble. La legislación vigente admite explícitamente este tipo de negociaciones.

    Ahora ya sabes cuáles son los impuestos que tendrás que pagar si decides vender tu piso en 2021.

    ¿Tienes más inquietudes? Puedes dejárnoslas en comentarios. ¿Quieres recibir ayuda profesional para realizar la transacción? Entonces, ¡contáctanos!

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    ¿Te has preguntado qué es el valor catastral de una vivienda y para qué sirve? En este artículo te lo contamos todo. ¡Sigue leyendo y toma nota!

    El valor catastral de una vivienda es, tal y como su nombre lo indica, una valoración del bien inmueble que está a cargo de la Dirección General del Catastro, institución que depende del Ministerio de Hacienda.

    Para conocer el valor catastral de un piso, se tienen en cuenta algunas variables que detallamos a continuación:

    • La localización del inmueble.
    • La antigüedad del edificio.
    • La calidad de los materiales de la construcción.
    • Los gastos y la aptitud para la producción.
    • El coste del suelo.
    • Si el inmueble tiene o no carácter histórico.

    En general, el valor catastral se encuentra a mitad de camino entre el precio mínimo y el precio máximo que establece el mercado por el mismo inmueble. Además, dicho valor puede actualizarse todos los años, ya sea por un coeficiente previamente establecido o porque la Dirección General del Catastro así lo decide.

    ¿Cómo puedes conocer el valor catastral de la vivienda?

    Si eres el propietario del inmueble, conocer su valor catastral será muy sencillo. En general, podrás conocerlo a través de:

    A través del recibo del IBI

    La vía más rápida para conocer el valor catastral de tu vivienda es a través del último recibo del IBI. Allí se especifica esta información.

    Ahora bien, si sabes cuánto has pagado, pero no tienes el recibo, puedes hacer un cálculo sencillo para conocer el valor catastral. La operación consiste simplemente en tomar la cuantía del impuesto y dividirla por el gravamen aplicado.

    Por ejemplo, si en el ayuntamiento en donde se encuentra la propiedad aplican un gravamen del 0,4510% y tu IBI ha sido de doscientos euros, el valor catastral de tu vivienda será de 44 345 euros. Este valor es el resultado de dividir doscientos por 0,00451.

    En la oficina del catastro

    Para obtener esta información en la oficina del catastro, solo deberás conocer la referencia catastral de tu vivienda.

    Ahora bien, también podrás solicitarla en la Sede Electrónica del Catastro. Esta opción constituye la forma más cómoda y efectiva, dado que podrás conocer el valor catastral de tu vivienda de forma inmediata. Lo único que deberás hacer es introducir la referencia catastral correspondiente.

    valor catastral vivienda

    ¿Por qué es importante conocer el valor catastral de la vivienda?

    Conocer el valor catastral de una vivienda es sumamente útil para todas las cuestiones administrativas asociadas al inmueble. Ahora bien, en primer lugar, debes saber que el valor catastral nunca podrá superar el valor de mercado del inmueble. En segundo lugar, es importante destacar que la principal finalidad del valor catastral es de carácter tributario. Veamos este asunto con mayor profundidad.

    Tanto la plusvalía municipal, como el IBI, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto sobre Patrimonio (IP) y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones basan su gravamen en el valor catastral de la vivienda. Es decir que, para el Ministerio de Hacienda, el valor del inmueble por el que se tributa es el catastral y no el valor de mercado.

    La base imponible del IBI y de la plusvalía municipal está constituida por el valor catastral de la vivienda. El Impuesto sobre Patrimonio, en cambio, se computa sobre la base del mayor valor de estos tres: el catastral, el de adquisición o el establecido por la comunidad autónoma correspondiente a los efectos de calcular el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales(ITP). Sobre este último es importante destacar que los bienes se computan por su valor real, pero las comunidades autónomas utilizan el valor catastral como medio de comprobación.

    Con respecto al IRPF, cuando se trate de una vivienda habitual, no habrá que tributar por ella, aunque sí deberá informarse al respecto en la declaración de Hacienda. Si, en cambio, se trata de un bien inmueble vacío, habrá que tributar por él en la declaración de la renta en función de su valor catastral.

    valor catastral vivienda

    ¿Se puede vender un piso por debajo de su valor catastral?

    En el Código Civil se contempla el principio de autonomía. Por lo tanto, podría venderse el inmueble por un valor inferior al catastral, siempre y cuando el comprador y el vendedor acepten esas condiciones.

    Sin embargo, es importante aclarar que el vendedor deberá declarar la compraventa por el valor mínimo fiscal que marca la comunidad autónoma en donde se encuentre la propiedad. Si no lo hiciera así, podría enfrentarse a un procedimiento judicial en donde deberá demostrar que el valor dado por la Administración Pública resulta excesivo.

    Ahora bien, realizar la transacción por un valor inferior al catastral traerá asociadas algunas consecuencias tanto para el comprador como para el vendedor.

    Para el comprador, la mayor consecuencia radica en que la Agencia Tributaria puede verificar el valor oficial de la vivienda y aplicar ciertos correctores establecidos por cada comunidad autónoma. Esto está regulado por la Ley General Tributaria y podrá realizarse durante los cuatro años posteriores a la fecha de compraventa.

    Entonces, si una propiedad se vende por un precio inferior al valor catastral, la parte compradora estará obligada a pagar el ITP por el importe que resulte de la diferencia entre el valor de venta declarado y el valor catastral comprobado.

    Para el vendedor, la consecuencia principal radica en que deberá declarar en su IRPF el valor más elevado del inmueble que haya sido comprobado por Hacienda. Recuerda que en el IRPF se tiene en cuenta la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición, pero si quieres saber más, puedes entrar al siguiente link: IRPF 2020-2021.

    valor catastral vivienda

    ¿Qué puedes hacer si consideras que el valor catastral de tu vivienda es incorrecto?

    Puede ocurrir que tu cuota del IBI sea superior a lo que consideras que deberías pagar por tu propiedad. Incluso, puede darse también la situación de que quieras vender tu propiedad y la tasación inmobiliaria arroje un valor mucho más alto del que imaginabas. Entonces, ¿qué puedes hacer en estos casos?

    Lo mejor será realizar una reclamación en la oficina del Catastro para que realicen una revisión catastral que determine el valor real de tu casa. En ese sentido, debes saber que el valor catastral nunca podrá superar el 50% del precio del mercado. Si esto no se respetara, deberás presentar tu discrepancia para asegurarte de que tanto el precio de venta como el cálculo de tus impuestos sean correctos.

    Esperamos haberte ayudado con toda esta información sobre el valor catastral de tu vivienda. ¿Tienes alguna inquietud? Déjanosla en comentarios. Si deseas vender tu piso, ¡contáctanos! Estaremos encantados de ayudarte.

    Desde Oi Real Estate, como expertos inmobiliarios, queremos acompañarte a cada paso del proceso de compraventa de tu vivienda. Por este motivo, en el siguiente artículo, especificaremos cuáles son los impuestos que deberás pagar por ser el dueño de una propiedad. Toma nota.

    Llegar a ser propietario de un inmueble supone un gran esfuerzo económico. Sin embargo, los gastos no terminan con la adquisición del inmueble, sino que también hay que cumplir con el pago de los impuestos.

    A estos impuestos habrá que tenerlos en cuenta dentro del presupuesto familiar, ya que algunos de ellos suponen un gran gasto, dependiendo del sitio de España en el que se ubique el inmueble y en función del tipo de vivienda que sea.

    ¿Cuáles son los impuestos que se pagan por poseer una propiedad?

    Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

    El primero de los impuestos por ser dueño de una propiedad es el tributo comúnmente conocido como contribución o con la propia sigla: IBI. Es uno de los impuestos que más afectan a la economía familiar.

    Es el encargado de gravar la propiedad de los bienes inmuebles, aunque sean urbanos o rurales. Es un impuesto que se abona anualmente y tiene carácter municipal.

    El importe que se deberá pagar se fija en función del valor catastral del inmueble, es decir, del valor que tenga el suelo y la propia edificación. También se calcula en función del tipo de gravamen que contemple cada ayuntamiento de la localidad en la que se encuentre la propiedad.

    Según la Ley de Haciendas Locales, se establece un rango a aplicar, que en el caso de los inmuebles llamados urbanos está entre el 0,4% y el 1,1%, y será cada ayuntamiento el que estipule cuál aplicar dentro de este rango.

    Existen algunos tipos de inmuebles que quedan exentos de este impuesto, como por ejemplo aquellos que sean propiedad del Estado y tengan que ver con servicios ciudadano, como educación, seguridad y penitenciarías, entre otros.

    Asimismo, los inmuebles que pertenezcan a la Iglesia Católica o los inmuebles de gobiernos extranjeros también quedarán exentos del pago. Además, se aplican descuentos o bonificaciones a las familias numerosas, así como a las viviendas de protección oficial.

    Tasa de Basuras

    Dentro de los impuestos por poseer una propiedad, se encuentra la tasa de basuras. Este tributo no tiene el mismo importe en todos los municipios y lo recaudado va dirigido al asumir el coste del servicio de recogida de residuos.

    En algunos lugares, como en Madrid, está prevista la eliminación del impuesto, que representa un coste medio de 60 euros.

    Tasa de agua

    No está presente en todos los ayuntamientos, aunque sí en varios. Esta tasa se paga para tener acceso al agua potable. Está presente en los municipios donde el agua es un bien preciado o en los que son necesarias labores especiales de mantenimiento para mantener el servicio de agua potable funcionando.

    La tasa del agua como impuesto es habitual en urbanizaciones vacacionales construidas para veraneo.

    Impuesto por tener la casa vacía

    Este es un caso especial que muchas veces pasa desapercibido. Si tienes casa, pero no es tu vivienda habitual, también tendrás que pagar impuestos. En este caso tributarás en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), por lo que se conoce como una imputación de renta inmobiliaria.

    Esta imputación representa el dinero que Hacienda entiende que podrías obtener si alquilaras la casa que tienes vacía. Es el rendimiento que el fisco estima que genera una vivienda y que te imputa si decides no alquilarla efectivamente. Esta imputación supone un 2% del valor catastral de la vivienda, con carácter general.

    Esta imputación se creó para evitar alquileres a coste cero a familiares o alquileres por una renta simbólica.

    Si tienes una casa alquilada, también tendrás que pagar impuestos en la declaración de la renta, aunque podrás restar al beneficio todos los gastos que tengas.

    ¿Qué impuestos deberás abonar por alquilar tu piso?

    Como propietario, tendrás que seguir haciendo frente a los impuestos de la casa, aunque la alquiles. El hecho de arrendar la vivienda no te exime del pago de los tributos. Otra opción, es que decidas imputárselos en el precio al inquilino.

    A estos impuestos deberás añadir los propios por los ingresos que percibes del alquiler. Y es que el alquiler de vivienda tributa en la declaración de la renta, da igual que sea para vivienda habitual o para vivienda turística.

    En el primero de los casos, solo pagarás impuestos por el beneficio real del alquiler. Hacienda entiende el beneficio como la diferencia entre los ingresos del alquiler y los gastos en los que incurres, incluidos tributos como el IBI.

    En el caso del alquiler vacacional, no se aplica la normativa habitual a la que la mayoría está acostumbrado, ya que esta se reserva para alquiler para vivienda habitual. Esto implica que no podremos aplicar la reducción del 60% en el IRPF a los ingresos obtenidos, precisamente porque el uso de la vivienda no será el de habitual.

    Si te interesó este tema y quieres seguir conociendo sobre el mundo inmobiliario, te invitamos a leer el siguiente artículo de Oi Real Estate:

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    ¿Quieres comprar un piso pero tienes dificultades para conseguir el dinero necesario? Si es así, no te preocupes. Porque en Oi Real Estate te contamos todo sobre las ayudas para comprar piso que ofrece el estado. ¡Te invitamos a continuar leyendo!

    El acceso a la vivienda es un problema que aqueja a muchos españoles y en los últimos años se ha convertido en uno de los temas principales de la agenda gubernamental. En efecto, en el 2018 se publicó un Boletín Oficial donde se informaba del nuevo Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 que todavía está vigente.

    En este documento se incluyeron varios tipos de ayudas que se dirigen tanto al alquiler como la compra de una propiedad. Pues apunta a resolver la necesidad de todas las personas de acceder a una vivienda digna, aun cuando sus recursos no fueran suficientes.

    Por eso, en esta oportunidad, en Oi Real Estate queremos contarte cuáles son las ayudas para comprar piso que ofrece el estado.

    ¿Quién puede solicitar una ayuda para comprar piso?

    A grandes rasgos, las ayudas se clasifican según el público al que se dirigen, que pueden ser:

    • Jóvenes menores de 35 años.
    • Emprendedores.
    • Titulares de familias numerosas.

    A continuación, vamos a ver cada una de estas posibilidades. Pero antes te explicaremos qué es el IPREM. Pues verás que, en todas las solicitudes de ayudas, se usará este índice para determinar si cumples o no con los requisitos.

    ¿Qué es el IPREM?

    El Indicador Público de la Renta de Efectos Múltiples (IPREM) es un índice de referencia utilizado en España para la asignación de ayudas y subsidios en función de los ingresos. Fue introducido en el año 2004 en sustitución del Salario Mínimo Interprofesional.

    Sus valores se actualizan a principio de cada año en conjunto con la Ley de Presupuestos. Y los valores aprobados en el 2020 fueron los siguientes:

    • IPREM mensual: 537,84 €
    • Para doce pagas, IPREM anual: 6 454,03 €
    • Para catorce pagas, IPREM anual : 7 519,59 €

    Entonces, ahora que ya dispones de esta información esencial, continuemos con los tipos de ayudas para comprar piso.

    Ayudas para comprar piso en España

    Ayudas para jóvenes menores de 35 años

    Con el fin de facilitar el disfrute de una vivienda digna, el gobierno de España pone a disposición de los jóvenes menores de 35 años una suma de dinero de hasta 10 800 euros para que puedan adquirir su primera vivienda.

    Pero hay algunos requisitos que se deben cumplir para acceder a esta ayuda.

    Requisitos asociados a la vivienda

    Por un lado, existen ciertos requisitos que competen al inmueble y estos son los siguientes:

    • El piso que deseas comprar deberá estar ubicado en una ciudad cuya población sea menor a cinco mil habitantes.
    • El inmueble, además, tendrá que destinarse a vivienda habitual y permanente.
    • El importe de adquisición deberá ser inferior a 100 000 euros.
    • Por último, el importe de la ayuda nunca podrá superar el 20% del valor total de la vivienda. Y el máximo a percibir es de 10 800 euros.

    Requisitos del comprador

    Por el otro, si tú deseas solicitar una ayuda para comprar piso, tendrás que cumplir con todos estos requisitos:

    • Tener 35 años o menos al momento de realizar la solicitud.
    • Ser el titular del contrato de compraventa.
    • No disponer de ninguna otra vivienda, ni en propiedad ni en usufructo. Salvo que puedas demostrar que la tienes, pero no puedes acceder a ella por causas ajenas a tu voluntad.
    • Por último, los ingresos totales de la unidad familiar no podrán superar estos valores:

      3 IPREM de forma general
      4 IPREM si se trata de familias numerosas
      5 IPREM si se trata de familias numerosas de categoría especial

    Cabe destacar también que, si recibes otra ayuda por parte del estado, como el programa de Renta Básica, por ejemplo, no podrás solicitar este subsidio.

    Ayudas para emprendedores

    El gobierno de España también otorga ayudas a los emprendedores para comprar el establecimiento donde llevarán a cabo su trabajo. En este caso, la subvención podrá ser de hasta 10 000 euros, aunque variará en cada comunidad autónoma.

    Entonces, para poder solicitar esta ayuda, deberás pertenecer a alguno de los siguientes grupos:

    • Desempleados.
    • Jóvenes desempleados (hasta los 30 años).
    • Desempleados con discapacidad.

    Ayudas para comprar piso dirigidas a familias numerosas

    Una familia numerosa es aquella que tiene tres o cuatro hijos. Y una familia numerosa de categoría especial es la que tiene cinco o más.

    Ahora bien, el gobierno de España brinda a las familias numerosas ayudas para comprar piso, pero este dinero no se destina directamente a la adquisición de la propiedad. En verdad, las familias numerosas tienen beneficios impositivos sobre el pago del IBI (Impuestos de Bienes Inmuebles) y el ITP (Impuesto de transmisiones patrimoniales).

    Antes de continuar, si aún no sabes qué es el IBI, te recomiendo que leas este post:

    • IBI

    Ahora bien, decíamos que las familias numerosas pueden acceder a ciertos beneficios fiscales. Veamos cuáles son.

    Ayudas para comprar piso en el Impuestos de transmisiones patrimoniales

    El ITP es un tributo que deberás pagar si compras una casa de segunda mano entre particulares. El pago corre siempre por cuenta del comprador y el importe a abonar dependerá siempre de la comunidad autónoma donde se encuentra el piso adquirido.

    En Madrid, por ejemplo, el importe a pagar por ITP es del 6% del precio de compra de la vivienda. Ahora bien, si perteneces a una familia numerosa, dicho porcentaje se reducirá a un 4%.

    En Cataluña, por su parte, el gravamen general del ITP para la compra de viviendas de segunda mano entre particulares es del 10%. Pero una familia numerosa tributará solo el 5%.

    Subsidios sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles

    Además, todos los ayuntamientos ofrecen bonificaciones para los titulares de familias numerosas sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles. Pero el porcentaje de la bonificación dependerá exclusivamente de cada ayuntamiento. Veamos cómo funciona en Barcelona.

    Familia numerosa categoría general:

    Renta Bonificación
    Hasta 29.180 € 80%
    De 29.181 € a 36.475 € 50%
    De 36.476 € a 45.594 € 30%
    De 45.595 € a 56.992 € 20%
    De 56.993 € a 71.240 € 10%
    De 71.241 € a 90.000 € 5%

    Familia numerosa especial o miembros con discapacidad:

    Renta Bonificación  
    Hasta 29.180 € 90%  
    De 29.181 a 36.475 € 60%  
    De 36.476 a 45.594 € 40%  
    De 45.595 a 56.992 € 30%  
    De 56.993 a 71.240 € 20%  
    De 71.241 a 90.000 € 15%  

    ¿Cómo se solicitan estas ayudas para comprar piso?

    Todas estas ayudas dependen directamente de cada ayuntamiento. Por eso, lo mejor será que te dirijas al organismo público de vivienda de tu comunidad autónoma. Ellos podrán indicarte los pasos a seguir para solicitar estas ayudas, siempre y cuando cumplas con todos los requisitos que te hemos mencionado.

    Pero para facilitarte la búsqueda, te dejamos el enlace a la página web del organismo encargado de tramitarlas en las principales comunidades autónomas:

    Si te interesó este tema y quieres seguir conociendo sobre el mundo inmobiliario, te invitamos a leer el siguiente artículo de Oi Real Estate:

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    ¿Tienes tres hijos o más?, ¿estás pensando en comprar una propiedad donde pueda vivir toda tu familia? Si ambas respuestas fueron afirmativas, debes saber que perteneces a una familia numerosa y, en consecuencia, dispones de múltiples beneficios impositivos. Por eso te recomiendo que sigas leyendo este artículo, así no pagarás de más a la hora de comprar una vivienda.

    Una familia numerosa en España es aquella que tiene tres o cuatro hijos, independientemente de si son o no comunes a ambos miembros de la pareja. Y una familia numerosa de categoría especial es aquella que tiene cinco hijos o más. Por eso, si perteneces a algunas de estos grupos, te alegrará saber que cuentas con beneficios impositivos a la hora de comprar una vivienda habitual.

    Impuesto de transmisiones particulares

    El impuesto de transmisiones particulares (ITP) es un tributo que deberás pagar si compras una casa de segunda mano entre particulares. El pago corre por cuenta del comprador, mientras que el vendedor deberá afrontar el IRPF correspondiente a sus ganancias patrimoniales.

    El importe a pagar por ITP dependerá de la comunidad autónoma en la que te encuentres. En Madrid, por ejemplo, el porcentaje establecido es del 6% del valor de compra de tu vivienda. Ahora bien, si perteneces a una familia numerosa, este porcentaje se reduce al 4%.

    Si bien parece una diferencia insignificante, en términos absolutos representa un descuento importante:

    Imaginemos que has comprado un inmueble por 250 mil euros en la comunidad de Madrid. EL ITP que deberías haber pagado en condiciones normales sería de quince mil euros. Mientras que, por pertenecer a una familia numerosa, el monto habría disminuido hasta los diez mil.

    Ahorrar cinco mil euros durante la compra de tu inmueble no estaría nada mal, ¿verdad?

    Plazos para el pago del ITP

    El plazo para el pago del ITP, pertenezcas o no a una familia numerosa, es de treinta días desde la firma del contrato de compraventa. Aunque en algunas ocasiones las comunidades autónomas establecen plazos diferentes.

    Sin embargo, si ya has adquirido la vivienda y te has dado cuenta a posteriori de que contabas con este beneficio, podrás solicitar la devolución del importe que pagaste de más y de los intereses correspondientes. Para ello, deberás presentar una solicitud de ingresos indebidos dentro de los cuatro años posteriores al vencimiento del plazo para liquidar el ITP.

    Bonificaciones en el Impuesto de Renta a las Personas Físicas (IRPF)

    Además, si perteneces a una familia numerosa, podrás desgravarlo en la declaración de la renta. En términos generales, la Agencia Tributaria establece una deducción de 1200 euros anuales para una familia numerosa y de 2400 si perteneces a una familia de categoría especial.

    Para solicitar esta deducción, deberás buscar la casilla 0660 en tu declaración de la renta, dentro del hipervínculo “deducción por familia numerosa”.

    Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para el titular de una familia numerosa

    También contarás con beneficios impositivos a la hora de pagar el impuesto de bienes inmuebles. En este año 2020, podrás obtener una bonificación de hasta un 90% de la cuota líquida.

    Sabemos que buscar una vivienda para toda tu familia no es una tarea sencilla. Pero puedes contar con nosotros, te ayudaremos a encontrar ese hogar que tanto anhelas. 

    Si te interesó este tema y quieres seguir conociendo sobre el mundo inmobiliario, te invitamos a leer el siguiente artículo de Oi Real Estate:

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