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Hipotecas multidivisa

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Desde Oi Real Estate queremos contarte todo lo que debes saber con respecto al deber de información en préstamos hipotecarios en divisas. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Es fundamental contar con la información necesario para lograr tomar decisiones de inversión fundadas y prudentes. De hecho, es lo que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) recomienda a los jueces de cada país. Por eso, hemos decidido hablarte sobre el derecho de información. Se trata de exigir a los profesionales de entidades bancarias y financieras que brinden la información necesaria. Esto debe ser en el momento de brindar productos de difícil comprensión, por ejemplo, los préstamos hipotecarios en divisas.

Los préstamos hipotecarios en divisa

Durante el año 2007 fueron muchos los ciudadanos rumanos cuyos ingresos los cobraban en la moneda de Rumanía, el leu rumano (RON), que contrataron con el banco rumano, hipotecas en francos suizos (CHF). La idea era adquirir un inmueble o refinanciar otros créditos anteriores menos interesantes.

El principal objetivo de estas hipotecas se enfocaba en que los consumidores debían pagar una cuota mensual por sus créditos en la moneda de Suiza (CHF). Esto sucede en 2007, exactamente antes de que comience la gran crisis económica mundial. El pago debía ser en RON, aceptando asumir el riesgo por diferencias de cambio del RON con respecto al CHF. Este detalle es algo que no se les explicó de manera clara. De hecho, de haberse explicado previamente, lo más probable es que los consumidores no se hubieran endeudado.

Luego, ya entrada la crisis, el RON se devaluó bastante respecto al franco suizo. En otras palabras, el tipo de cambio RON-CHF empeoró bastante perjudicando a los consumidores prestatarios, y la cuota hipotecaria mensual a abonar subió significativamente. Los consumidores rumanos debieron acudir a los tribunales rumanos. El objetivo era que se declarara que sus hipotecas en divisas sean consideradas inválidas. Por el motivo de contener una cláusula contractual abusiva no vinculante (de acuerdo con la Directiva de la UE).

¿Qué demandan los consumidores rumanos?

Los consumidores demandantes alegaban que al contratar las hipotecas en divisas, la entidad bancaria presentó su producto de forma engañosa. Solo exponía los beneficios que como prestatarios se podrían obtener. Sin embargo, no aclaraban cuáles eran sus riesgos potenciales así como tampoco la probabilidad de que la relación de cambio RON-CHF pudiera llegar a empeorar. Es por este motivo que, optaron por reclamar que dicha cláusula fuera declarada abusiva debido a esta práctica del banco.

Esta situación generó que, el Tribunal Superior de Oradea, Rumanía (Curtea de Apel Oradea) le pregunte al Tribunal de Justicia de la UE sobre la obligación de las entidades bancarias de informar a sus clientes sobre el riesgo del tipo de cambio vinculado a los préstamos denominados en divisa extranjera.

La directiva sobre las cláusulas abusivas

La Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores. Se trata del texto de referencia en Europa, es decir que, todos los países tiene su transposición al ordenamiento local de este texto. Aquí te detallaremos qué es lo más relevante que dice:

Las cláusulas contractuales que no hayan sido negociadas de manera individual se considerarán abusivas si, contrario a las exigencias de la buena fe, generen en detrimento del consumidor un gran desequilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes que se derivan del contrato.

¿Qué dice al respecto el artículo 4?

El artículo 4 afirma que, sin perjuicio del artículo 7, el carácter abusivo de una cláusula contractual se apreciará considerando la naturaleza de los bienes o servicios que sean objeto del contrato. Además, teniendo en cuenta, a la hora de la celebración del mismo, cada una de las circunstancias que concurran en su celebración. Del mismo modo que todas las otras cláusulas del contrato, o de otro contrato del que dependa.

El carácter abusivo de las cláusulas no hará referencia a la definición del objeto principal del contrato, tampoco a la adecuación entre precio y retribución. Por una parte, los servicios o bienes que proporcionados como contrapartida. Por otro lado, siempre que este tipo de cláusulas se redacten de manera clara y comprensible.

El artículo 5

En el caso de contratos en los que todas las cláusulas propuestas al consumidor o algunas de ellas consten por escrito, estas cláusulas deberán ser redactadas siempre de manera clara y fácil de comprender.

La sentencia del TJUE

En la sentencia que se dictó el 20 de septiembre de 2017, el TSJU afirma que la cláusula de un préstamo en divisas regula su objeto principal. Es por esto que su carácter abusivo solo podrá examinarse con arreglo a la Directiva en caso de que no haya sido redactada de una manera clara y fácil de comprender.

El argumento del alto tribunal fue que la obligación de reembolsar un crédito en una determinada moneda diferente de la del país donde se contrata constituye un elemento esencial del contrato de préstamo. Esto se debe aque no se refiere a una modalidad accesoria de pago, sino a la misma naturaleza de la obligación del deudor.

Es por este motivo que el TJUE afirma que es obligatorio que una cláusula contractual se redacte de forma clara y sencilla. De esta manera se podrá comprender y lograr que el contrato sea transparente. Así es posible que demuestre cómo funciona el mecanismo al que se refiere la cláusula de que se trate.

De este modo, el contrato también tendrá que aclarar la relación entre ese mecanismo y el prescrito por otras cláusulas y documentos. Es decir, la publicidad y la información brindadas por el prestamista en el marco de la negociación de un contrato de préstamo. Esto generaría que el consumidor se encuentre en condiciones de valorar, basándose en criterios precisos e inteligibles, cuáles serán las consecuencias económicas que se deriven para él.

¿Cómo actuó el TJUE?

Es por todo esto que el TJUE declara que es tarea del juez nacional comprobar si fueron comunicados al consumidor cada uno de los elementos que pueden incidir en el alcance de su compromiso, dándole la posibilidad de evaluar el valor total de su préstamo.

Aclara que las instituciones financieras deben facilitar a los consumidores la información necesaria para que éstos logren tomar decisiones fundadas y prudentes. Esto no es únicamente por la apreciación o depreciación de la divisa del préstamo, sino que, también abarca a los efectos en las cuotas de las variaciones del tipo de cambio y de una apreciación del tipo de interés de la divisa del préstamo.

El consumidor tendrá que estar totalmente informado de que, al suscribir un contrato de préstamo denominado en una divisa extranjera, queda ante la posibilidad de someterse a un riesgo de tipo de cambio que le será, eventualmente, complicado de asumir desde un punto de vista económico en caso de devaluación de la moneda en la que percibe sus ingresos.

La entidad bancaria por su lado, tendrá que exponer las posibles variaciones de los tipos de cambio y comunicar cuáles son los riesgos inherentes a la suscripción de un préstamo en divisa extranjera. Principalmente, en lo que sucede en caso de que el prestatario no perciba sus ingresos en esta divisa.

Las instrucciones del TJUE

Por último, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que, si la entidad bancaria no cumple, como sucede en este caso, con estas obligaciones, pueda analizarse el carácter abusivo de la cláusula controvertida. De este modo, el juez nacional podrá evaluar, por una parte, el posible incumplimiento por parte de la entidad bancaria de la exigencia de buena fe y, por otro lado, la existencia de un posible desequilibrio significativo entre las partes del contrato.

Este análisis deberá llevarse a cabo en relación con el momento de la celebración del contrato en cuestión. Será necesario tener en cuenta particularmente la experiencia y los conocimientos de la entidad bancaria en lo que refiere a las posibles variaciones de los tipos de cambio así como también, a los riesgos inherentes a la suscripción de un préstamo en divisa extranjera.

¿Qué opina el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) fue creado en 1952. Su sede se encuentra en Luxemburgo. Está compuesto por un juez de cada país miembro y once abogados generales.

Su objetivo principal es el de garantizar que la legislación de la UE sea interpretada y aplique de la misma manera en cada uno de los países miembros. Es decir que, interpreta la legislación de la UE para asegurar que se aplique del mismo modo en cada uno de los países miembros. Además, resuelve los litigios entre los gobiernos nacionales y las instituciones europeas. Por otro lado, también vela por que los países miembros y las instituciones europeas cumplan la legislación de la UE.

En ciertas circunstancias particulares, también es posible acudir al Tribunal los particulares, empresas y organizaciones que crean vulnerados sus derechos por una institución de la UE.

Los préstamos hipotecarios multidivisa en España

En España tampoco tuvimos la posibilidad de evitar hacer frente a esta misma situación. Los clientes que sí contrataron este tipo de préstamos hipotecarios han notado que la cuota que debían pagar cada mes había ido sufriendo muchas variaciones. De modo que, es más de una ocasión debieron pagar una mayor cantidad que la prevista. Por otro lado, también notaron que el capital pendiente de amortizar había aumentado. El dinero que se fue abonando para el préstamo hipotecario apenas se había amortizado.

La jurisprudencia ha sido muy clara cuando se trata de casos de préstamos hipotecarios multidivisas. Ha condenado a las entidades bancarias por falta de claridad. También, por no haber informado de manera transparente a los consumidores acerca de los riesgos que se corren al contratar este tipo de préstamos hipotecarios. Por otro lado, el Tribunal Supremo sepronunció en 2015, al reconocer que en varios casos de cláusulas multidivisa el usuario no estaba al tanto de lo que en realidad se encontraba contratando. Es por esta causa que se podrían considerar nulas por vicio en el consentimiento y esa nulidad se obtiene por medio de la reclamación de nuestros derechos.

En resumen, el profesional de la entidad bancaria o entidad que se encargue de vendernos un producto complejo, deberá ocuparse de comunicar al consumidor afectado la información pertinente completa que le permita analizar más detalladamente cuáles serán las consecuencias económicas de una cláusula sobre sus obligaciones financieras. Ahora que tienes esta información en tu poder, cuentas con las herramientas necesarias para evitar caer en este tipo de engaños.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre el deber de información en los préstamos hipotecarios en divisa. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Desde Oi Real Estate queremos contarte todo lo que debes saber sobre la hipoteca multidivisa. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

¿Qué es una hipoteca multidivisa?

Cuando hablamos de una hipoteca multidivisa nos referimos a un tipo de hipoteca que presenta cuotas que se pueden abonar en una divisa diferentes a la local. Este tipo de producto fue comercializado entre 2004 y 2008, vinculando por lo general los préstamos a su pago en yenes o francos suizos. Esto se debe a la supuesta estabilidad de estas monedas.

Entonces, una hipoteca multidivisa es una hipoteca que debe pagarse en una moneda diferente a la del país donde se lleva a cabo.

El principal inconveniente es que la fluctuación de la divisa en la cual debe abonarse el préstamo hipotecario implica una variación del precio de la hipoteca. De modo que, es fundamental contar con amplios conocimientos financieros al momento de contratar una hipoteca multidivisa, ya que es un producto financiero de alto riesgo.

Es necesario considerar que frente a la aparente ventaja que obtenía el cliente por la aplicación de un tipo de interés más bajo que el Euribor, las fluctuaciones del tipo de cambio de divisa que afectan a este tipo de hipotecas podían llevar al cliente a la ruina.

Un préstamo hipotecario es considerado hipoteca multidivisa siempre que incluya una cláusula que permita abonarlo utilizando una moneda distinta al euro.

¿Qué dicen los bancos al respecto?

El argumento que usaron las entidades bancarias para introducir este producto fue el siguiente:

En primer lugar, que la estabilidad del yen y el franco suizo (fundamentalmente) brindaban la posibilidad al prestatario de disminuir el riesgo de la operación.

Por otro lado, también afirmaban que su vinculación al Libor en vez del Euribor bajaría su precio, por encontrarse el segundo índice (sumamente utilizado en España) en máximos históricos.

El principal inconveniente es que el Euribor se encontraba próximo a caer y las fluctuaciones de la cotización de las divisas utilizadas aumentaron de manera significativa el precio de la hipoteca multidivisa.

Así fue como una gran cantidad de consumidores llegaron a la conclusión de que se les había ofrecido un producto financiero que no tenía relación con las características prometidas. Una vez descubierto este engaño comenzó una gran cantidad de reclamaciones.

Como consecuencia, los tribunales han dictado una gran cantidad de sentencias en materia de hipoteca multidivisa, y la jurisprudencia es ya sólida y pacífica.

¿Cuándo resulta nula una hipoteca multidivisa?

Se colocara de manera engañosa.

El cliente no cuente con un perfil cualificado que le posibilite conocer con claridad cuáles son los riesgos que asumirá.

En este caso el problema viene porque las entidades bancarias establecen un tope para limitar los mínimos, y eso fue demostrado que era contar con ventaja y por ende, era nulo.

Cualquier persona que haya contratado una hipoteca multidivisa puede hacer un reclamo y no existen plazos. La jurisprudencia en relación a las hipotecas multidivisa está consolidada, otorgando la razón a los clientes.

Los principales riesgos de una hipoteca multidivisa

Es muy importante tener en cuenta que el coste de una divisa varía dependiendo de su cotización. Esta se fija en negociaciones en la bolsa, por ende, fluctúa de manera constante.

Es por este motivo que, el consumidor que pague su préstamo hipotecario en una moneda distinta a la propia no puede conocer el valor final de su hipoteca, ya que éste variará dependiendo de las variaciones de la divisa.

Se trata de un funcionamiento que no es ilegal en principio. Ya que un usuario con amplios conocimientos financieros podría utilizar la marcha del mercado para beneficiarse de un gran descuento en el coste de su hipoteca.

Incluso, una hipoteca multidivisa, en principio, permite cambiar la moneda en la que se calculan el préstamo y las cuotas. No obstante, a cambio del pago de las preceptivas comisiones.

No obstante, el usuario medio no cuenta con formación e información suficiente para aprovechar estas variaciones. De hecho, la mayoría de los consumidores ni siquiera sabían que la fluctuación de la moneda Implicaba que la cuota de la hipoteca variaría con el precio de la moneda elegida. Tampoco que la fluctuación de la moneda además afectaría al importe principal.

Esto quiere decir que, esta clase de préstamos atentó contra la idea de que si un prestatario solicita cierta cantidad de euros deberá devolver la misma cantidad de euros más los intereses. El resultado fue que una gran cantidad de familias vieron que, a pesar de pagar puntualmente las cuotas hipotecarias, el capital no lograba amortizarse jamás porque se revalorizaba al alza recurrentemente. Esto generó que, en muchas ocasiones se termine debiendo más dinero del que inicialmente les habían prestado.

¿En qué contexto se comercializaron estas hipotecas?

Si la situación planteada ya resulta muy desfavorable para el consumidor medio, la realidad es que se desarrolló de una manera aún más nociva:

El Euribor comenzó a caer luego de la comercialización de este tipo de hipotecas. A pesar de que los bancos afirman que nada podían saber de esta bajada del índice, la realidad es que como gestoras de riesgo es previsible que tuvieran conocimiento de esta tendencia. Lo que sucedió fue que, los tipos aplicables a las hipotecas multidivisa (referenciados al Libor) se conservaron más altos de lo que habrían sido en caso de referenciarse al Euribor.

Las políticas financieras y la tesitura económica fortalecieron las divisas utilizadas frente al euro. Esto generó un encarecimiento relativo de los préstamos hipotecarios, ya que se calculaban en esas divisas que pasaron a costar más que la moneda usada por el consumidor.

Las entidades bancarias tienen la obligación de informar

Con todo lo que hemos mencionado más arriba se puede comprender un poco la complejidad de las hipotecas multidivisa. Con estos motivos, resultaría exigible que las entidades bancarias hubieran cuidado la información brindada a sus clientes. En particular:

Habría sido necesario que expliquen cómo podía afectar la fluctuación de la divisa a la hipoteca.

Debieron brindar distintos escenarios para que el cliente pudiera entender cuáles eran los riesgos que implicaba la operación.

En resumen, al ser un producto complejo, la Ley del Mercado de Valores obliga a los bancos que comercialicen hipotecas multidivisa a someterse a estrictas obligaciones de información. El inconveniente es que dichas obligaciones fueron incumplidas sistemáticamente.

¿Cómo reclamar la hipoteca multidivisa?

Las sentencias que han determinado la nulidad de la hipoteca multidivisa son muchas. Cada una de ellas parte de la histórica STS de 15 de noviembre de 2017, que aseguraba que este producto se comercializó de manera poco transparente. Ya que no informó a los consumidores de los riesgos que acarreaba la operación.

Esto implica que todo prestatario que haya contratado una hipoteca multidivisa puede reclamarla sin afrontar a plazos de prescripción. Incluso, es posible reclamar hipotecas multidivisa que ya fueron amortizadas.

El único requisito para reclamar la hipoteca es que el consumidor no tuviera conocimiento de las características del producto. Para ello es necesario que no cuente con un perfil cualificado y que el banco omitiera sus deberes de información.

Es necesario destacar que es la entidad bancaria quien debe demostrar que cumplió con sus obligaciones de transparencia. De modo que resulta relativamente simple ganar un juicio por hipoteca multidivisa cuando se cuenta con un abogado especializado en reclamaciones bancarias.

Los efectos de la reclamación de una hipoteca multidivisa

La jurisprudencia considera que las escrituras de hipoteca multidivisa son parcialmente nulas. Esto implica que debe eliminarse la cláusula de divisa de la hipoteca cuando ésta haya sido comercializada con falta de transparencia.

Esto genera que, el capital y los intereses deban recalcularse, fijándose en euros y referenciándose al Euribor. El nuevo cálculo disminuirá la cantidad pendiente de amortizar en lo que se haya pagado de más en virtud de la cláusula de divisa. Si resulta un saldo a favor del cliente, la entidad bancaria deberá devolverlo.

De modo que, cuando se reclama una hipoteca multidivisa que ya ha sido amortizado, el prestatario puede recuperar lo que ha abonado de más debido a esta cláusula.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre la hipoteca multidivisa. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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